TRABAJADOR CONTRATADO A TIEMPO PARCIAL Trabajador con la categoría de Auxiliar administrativo, grupo 7 de cotización a la Seguridad Social,. Posee un contrato de carácter indefinido y una jornada laboral a tiempo parcial todos los lunes y miércoles con la jornada habitual de la empresa. La jornada habitual de la empresa es de 8 horas diarias de lunes a viernes. Para realizar el ejercicio calcularemos que ha trabajado 9 días y hay 8 días de descanso semanal. En el mes de marzo recibe las siguientes remuneraciones: Salario Base: 295,75 Plus Convenio. 25,02 Horas complementarias (6 horas) 41,02 Horas extraordinarias estructurales 8,30 También tiene reconocidas dos pagas extraordinarias de 295,75 EUR cada una de ellas. Está sujeto al CNAE a) de la tarifa de primas de cotización a efectos de contingencia de accidentes y enfermedad profesionales(at y EP), al que corresponden los porcentajes del 0,65 por IT y 0,35 por IMS. El trabajador presenta la siguiente situación familiar: soltero y sin hijos a cargo. Se le estiman unos ingresos anuales de 4.932,98. Soporta unas cotizaciones a la Seguridad Social de 246,65 EUR. No tiene hipoteca. La empresa no cuenta con más trabajadores en plantilla. Se pide: 1.Calcular las bases de cotización a la Seguridad Social, las cuotas de la empresa y trabajador. 2.Importe de las retenciones a cuenta de IRPF. 3.Confección del recibo de salarios del mes de marzo 4. Recibo de liquidación de la cotización a la Seguridad Social correspondiente al mes de marzo. SOLUCION: 1. Contingencia Comunes La cotización en los contratos de tiempo parcial, se efectuará en razón de la remuneración percibida en función de las horas trabajadas en el mes. Para determinar la base de cotización para contingencias comunes, se computará lo percibido por las horas ordinarias y complementarias en el mes, independientemente de que se trate la remuneración diaria, semanal o mensual. Ver manual de laboral página 36 y 37 Conceptos computables: Salario base + Plus Convenio+ horas computables Importe de la base: Salario base 295,75 Plus Convenio 25,02 Horas complementarias 41,02 Prorrata Pagas Extras (295,75 x 2 /12) 49,29 Total Base 411,08
La cuantía de la base no podrá ser inferior a la base mínima mensual 4,60 euros/hora multiplicado por las horas realizadas durante el mes y los descansos computables como trabajo, que corresponda al descanso semanal y festivos Únicamente existirá descanso computable como de trabajo, respecto de los festivos, cuando el día festivo debiera haberse trabajado y no se hizo. En cuanto al descanso semanal, existiría en todo caso, por ser imperativo legal. Las horas trabajadas durante el mes de marzo han sido: contaremos todos los lunes y miércoles del mes y los multiplicaremos por 8 horas diarias (en el enunciado nos dice que calculamos que han sido 9 días) 9 días x 8 = 72 horas Para determinar el número de horas a computar por día de descanso a tener en cuenta, habrá que poner en relación la jornada realizada diaria, semanal o mensualmente por el trabajador con la jornada habitual en la empresa. Las 16 horas semanales realizadas por el trabajador en relación con las 40 horas semanales en la empresa, suponen el 40% de la misma. Utilizando esta proporción para una jornada diaria (40% de 8 horas), da un resultado de 3 horas y 12 minutos por día. Este será el número de horas a considerar para cada día de descanso computable como de trabajo Por tanto en el mes de marzo hay 8 días de descanso semanal. 8 días x 3 horas y 12 minutos = 25 horas y 36 minutos horas Todos los minutos que sobrepasen de los 30 se añadirá una hora más trabajada. En este caso es 26 Base mínima = 26 + 72 + 6 = 104 horas x 4,60 = Vemos que la base de cotización 411,08 está fuera de la base mínima Base de Contización por Contingencias Comunes mes de Marzo = 2. Contingencia Profesionales(AT y EP) Sumaremos a la base de contingencias comunes las horas extras. 411,08 + 8,30 = 419,38 Vemos que la base de cotización esta también fuera de la base mínima. Base de Contización por Contingencias Profesionales mes de Marzo = 3. Desempleo, FOGASA y Formación Profesional La Base para Desempleo, FOGASA y Formación Profesional coincide con la Base por Contingencias Profesionales:
4. Calculo de las cuotas de cotización CONCEPTO BASE C/TRABAJA DOR CUOTA TRABAJAD OR C/EMPRESA CUOTA EMPRESA Contingencia Comunes 4,70% 22,48 23,60% 112,90 Contingencia Profesionales (AT y EP) por IT 0,65% 3,11 Contingencia Profesionales (AT y EP) por IMS 0,35% 1,67 Horas extras 8,30 4,70% 0,39 23,60% 1,96 Por Desempleo 1,55% 7,42 5,50% 26,31 FOGASA 0,20% 0,96 Formación Profesional 0,10% 0,48 0,60% 2,87 TOTAL APORTACIONES TRABAJADOR/EMPRESA 30,77 149,78 5. Cálculo de las Retenciones a Cuenta del IRPF Situación del trabajador Según el cuadro 1 de la página 18 del manual de nóminas está excluido a practicar retención 6. Cuota de retención Cuota retención = 0%
Empresa: Trabajador: Domicilio: N.I.F.: Nº Libro Matrícula: CIF.: Número de afiliación a la Seguridad Social: Código de cuenta de cotización a la S, Social: Categoria o grupo profesional: Grupo de cotización: Periodo de liquidación del.. 01...al 31..de..marzo 2016 Total días 30 I. DEVENGOS 1. Percepciones salariales TOTALES Salario Base Complementos Salariales Horas complementarias Horas extraordinarias 295,75 25,02 41,02 8,30 Gratificaciones extraordinarias Salarios en especie 2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Otras percepciones no salariales A. TOTAL DEVENGADO 370,09 I. DEDUCCIONES 1.Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta % Contingencias comunes 4,70% 22,48 Desempleo 1,55% 7,42 Formación Profesional 0,10% 0,48 Horas extraordinarias Fuerza mayor o estructurales 4,7% 0,39 No estructurales TOTAL APORTACIONES 30,77 2. I.R.P.F. 0,00% 0,00 3. Anticipos 4. Valor de los productos recibidos en especie 5. Otas deducciones B. TOTAL DEDUCCIONES 30,77 LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B) 339,32 DETERMINACION DE LAS BASES DE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACION CONJUNTAY DE LA BASE SUJETA A RETENCION DEL I.R.P.F. 1. Base de cotización por contingencias comunes Base Tipo Aportación empresa Remuneración mensual Prorrata pagas extraordinarias Base por IT 2. Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta TOTAL 23,60% 112,90 4,74 5,50% 26,31 0,60% 2,87 0,20% 0,96 3. Base de cotización adicional por horas extraordinar 8,30 23,60% 1,96 4. Base de retención del I.R.P.F. AT y EP Desempleo F. Profesional 361,79 49,29 0,00 FOGASA 370,09
Recibo de liquidación de cotizaciones Datos de envio Nº de autorización xxxxxx Codigo de envio xxxxxx Referéncia de envio Datos de empresa Código cuenta de cotización xxxxx Peridodo liquidación 01/03 al 31/03 del 2016 Razón social xxxxxx Entidad AT y EP xxxxxx Nº trabajadores 1 Modalidad de pago Huella electrònica xxxxxx Periodo de pago Num. Emisora Núm. Referéncia mar-16 xxxxxx xxxxxx Identificación Importe xxxxxx 180,55 Descripción Base Importe Contigencias comunes 135,38 Horas extras 8,30 2,35 Liquido cotizaciones generales 137,73 Cuotas por IT por Ap y EP 3,11 Cuotas por IMS 1,67 Compensación IT AT y EP Líquido AT y EP 4,78 Otras cotizaciones (Desempleo, FOGASA y FP) 38,04 Suma de bonficaciones, subvenciones y compensaciones Liquido otras cotizaciones 38,04 Importe a ingresar 180,55 Validación mecánica/ Sello de las entidades financieras Este documento no implica el pago de las cuotas si no va acompañado del correspondiente comprobante de ingreso de la Entidad Financiera. Periodo de pago Num. Emisora Núm. Referéncia mar-16 xxxxxxx xxxxxx Identificación Importe xxxxxx 180,55 Código cuenta de cotización Peridodo liquidación Calificador de liquidación Razón social Huella electrònica Para la Entidad Financiera, únicamente cuando el ingreso se tramite en ventanilla.