CAPITULO I: DE LOS OBJETIVOS, FINES Y RESPONSABILIDADES



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La Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados de ST. Jude Medical Costa Rica Ltda., con fundamento en el Artículo 49 de Ley No. 6970 (Ley de Asociaciones Solidaristas), acuerda crear el siguiente reglamento interno de Crédito a efecto de regular todas las operaciones crediticias entre la Asociación y sus clientes. CAPITULO I: DE LOS OBJETIVOS, FINES Y RESPONSABILIDADES Artículo 1: Se establecen los siguientes objetivos y fines: Objetivos: Regular el otorgamiento de créditos, de manera que se mejore la calidad de vida del asociado obteniendo recursos en forma ágil y a tasas de interés razonable, respetando las metas financieras propuestas por la Junta Directiva en función del beneficio de la Asociación definidas estas en cada línea de crédito establecida en este documento. Finalidad: El sistema de crédito se orientará prioritariamente a la mejora de la calidad de vida del asociado y su familia. Alcance y limitaciones: Este reglamento está orientado a reglamentar la actividad crediticia de ASESJM con sus asociados en todas las líneas de crédito establecidas Artículo 2: Órganos facultados para la aprobación de créditos: Junta Directiva: Sin límite de suma Administración: Cualquier Crédito según lo establecido en este reglamento, respetando las garantías en base al aporte personal del asociado. Comité de Crédito: Cualquier Crédito según lo establecido en este reglamento, respetando las garantías en base al aporte personal del asociado. Artículo 3: Órganos facultados para modificar este reglamento: Junta Directiva: Puede modificar parcial o totalmente siempre que se cumpla con los estatus de ASESJM Comité de Crédito: Puede modificar parcial o totalmente siempre que se cumpla con los estatutos de ASESJM y la aprobación de la Junta Directiva Artículo 4: De las responsabilidades de los involucrados en la solicitud, aprobación de créditos así como en el cumplimiento de este reglamento: Junta Directiva: Es responsable de: Aprobar el reglamento de crédito Velar por el cumplimiento de este reglamento 1

Comité de crédito: Es responsable de: Elaborar el reglamento de crédito Modificar el reglamento de crédito Actualizar tasas de intereses y plazos Crear nuevas líneas de créditos Administración de ASESJM: Es responsable de: Asesorar al comité de crédito Asesorar a la Junta Directiva Hacer y dar a conocer al comité y junta directiva los estudios de tasas del mercado Cumplir con lo estipulado en el reglamento Hacer del conocimiento de todos los asociados el reglamento Emitir informes a solicitud de Junta de los créditos otorgados, recuperación crediticia, situaciones anómalas, es decir de toda la actividad o movimientos que tengan los créditos y sus reglamentos Deudor: Es responsable de: Conocer y entender este reglamento Estar al día con los pagos de las cuotas crediticias con ASESJM Ser Asociado Activo Completar los formularios para la solicitud de créditos Cumplir con los requisitos establecidos para la línea de crédito que este solicitando Autorizar a la empresa para deducir por medio de la planilla de manera bisemanal las cuotas de los prestamos Tener registrada la cuenta de planillas en la información de ASESJM para depositar los préstamos. Cancelar la totalidad de los montos adeudados con ASESJM si deja de ser asociado activo. CAPITULO II: NORMAS GENERALES PARA LA GESTION CREDITICIA Artículo 5: Los préstamos podrán ser otorgados en todas sus líneas a los asociados (as), que cumplan con lo establecido en este Reglamento, excepto a quienes tengan el salario embargado; este aspecto no aplica para el crédito personal sobre el ahorro. Artículo 6: Para solicitar crédito, el colaborador (a) asociado (a) debe tener: Capacidad de pago del solicitante: la suma de todas sus deducciones de la asociación y de entes externos no podrá ser mayor a un 65% de su salario ordinario bruto incluyendo la cuota del nuevo crédito. Estar cotizando activamente. 2

Artículo 7: Toda solicitud de crédito deberá presentarse por escrito en la oficina de ASESJM con la información requerida, en fórmulas que para este efecto suplirá la administración. Además la administración será responsable de explicarle al deudor los deberes contraídos al adquirir un crédito con los detalles pertinentes según la línea de crédito solicitada. Las solicitudes de crédito deberán ser firmadas por el solicitante. Artículo 8: Los plazos, líneas de crédito, tasas de interés y los montos serán revisados mínimo cada 3 meses por la Junta Directiva en reunión ordinaria o cuando lo considere necesario y conveniente para la asociación. Artículo 9: Renovación de créditos: los créditos se refundirán según la frecuencia para renovación del crédito establecida (ver Tabla 2, Anexos), pero con su misma línea. Artículo 10: Los aportes personales y dividendos capitalizados serán la garantía por créditos autorizados. En caso que el deudor dejase de laborar para la Empresa o no sea socio activo, se aplicarán al saldo de sus deudas la totalidad de sus aportes personales, excedentes capitalizados, ahorros extraordinarios con el fin de saldar la deuda. Artículo 11: De las tasas de Intereses Ordinarios, Cargos administrativos e intereses moratorios: Las tasas de interés ordinarios que se aplicaran serán según estudio de las tasas del mercado, que la administración de ASESJM le entregaran a la Junta Directiva en sesión ordinaria para su discusión, aprobación y se actualizarán de manera mensual y publicaran en la tabla No 01 del anexo de este reglamento. Las tasas a utilizar dependerán de la línea de crédito a criterio de la Junta Directiva, pero la misma no puede ser menor a la tasa básica pasiva vigente que establece el Banco Central de Costa Rica para colones, y para dólares la tasa en dólares vigente en el Banco Nacional de Costa Rica Las tasas de intereses moratorios que se aplicaran serán un 3% mensual sobre saldos morosos. Cargos Administrativos: Todos los costos en que se incurra para la formalización de los préstamos deberán ser cubiertos por el asociado y serán rebajados del monto del crédito solicitado. Se fija una comisión administrativa por papelería del 1% del monto a desembolsar para todos los créditos excepto comerciales y vales en caso de préstamos otorgados en líneas sociales que no cumplan con los requisitos de documentación posteriores tendrán una comisión del 0.5% sobre el monto total del préstamo. Artículo 12: Para efectos de agilizar el análisis y la aprobación de los créditos, se establecen los siguientes niveles de aprobación: Créditos garantizados con los ahorros del Asociado y que cumplan con todos los requisitos de este reglamento de crédito: se aprobarán automáticamente por la analista de crédito de ASESJM. 3

Artículo 13. Abonos extraordinarios y cancelaciones: El asociado podrá realizar cualquier abono extraordinario cuando desee el cual deberá depositar en las cuentas bancarias a nombre de ASESJM y entregar el comprobante en las oficinas de ASESJM, el mismo se tomará como amortización completa siempre que esté al día con sus intereses. De igual manera puede proceder a cancelar cualquier deuda para lo cual debe solicitar el saldo de previo al pago. CAPITULO III: DE LAS LÍNEAS DE CREDITO Artículo 14: Líneas de crédito que ASESJM tiene a disposición: Líneas de crédito para asociados: 1. CREDITO PERSONAL: A. Rápido: Crédito dirigido para atender necesidades de carácter personal y urgentes. Los préstamos rápidos pueden ser solicitados los: lunes, miércoles, jueves para ser depositados en la cuenta de planillas que el asociado utiliza con la empresa al día siguiente de la aprobación de la solicitud. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM No tener saldos pendientes de otros prestamos rápidos, caso contrario deberá cancelarlo inmediatamente o el neto a girar será el nuevo préstamo rápido menos el saldo restante del anterior Cumplir con las disposiciones generales de crédito y lo establecido en los Anexos (Tablas No 01 y No 02) Capacidad de pago del solicitante: según lo establecido en el artículo 6 de este reglamento. Capacidad de pago del solicitante: la sumatoria de las cuotas de pago sobre las deudas no podrá ser mayor al 35% sobre su salario ordinario neto. B. Personal: Créditos dirigidos para atender necesidades de carácter personal. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM Tener 3 meses consecutivos como asociado activo No tener saldos pendientes de otros préstamos personales, caso contrario deberá cancelarlo o refinanciarlo inmediatamente o (el neto a girar será el nuevo préstamo rápido menos el saldo restante del anterior). Cumplir con las disposiciones generales de crédito y lo establecido en los Anexos (Tablas No 01 y No 02) Capacidad de pago del solicitante: según lo establecido en el artículo 6 de este reglamento. 4

C. Comercial: Crédito ligado a empresas con los que se establecen convenios comerciales para compra de bienes y servicios o artículos que la asociación mantiene en vitrina, los cuales podrán ser utilizados por el asociado. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM Tener 1 mes como socio activo Cumplir con las disposiciones generales de crédito y lo establecido en los Anexos (Tablas No 01 y No 02) Capacidad de pago del solicitante: según lo establecido en el artículo 6 de este reglamento. D. Autovales: Adelantos de salario cuya garantía principal corresponde al salario mensual líquido del asociado, este crédito será entregado en efectivo. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM Tener 3 meses consecutivos como socio activo. No tener saldos pendientes de otros autovales, caso contrario deberá cancelarlo para solicitar otro crédito. 2 LINEA DE CREDITO REVOLUTIVA SOBRE AHORROS VOLUNTARIOS: A. Crédito Back to Back: Se definirá como préstamo de carácter personal para uso discrecional del colaborador asociado con ahorros de carácter voluntario en la Asociación. Bajo ésta línea el asociado con capacidad de pago (según porcentaje establecido) podrá obtener un crédito hasta por el 100% de la suma de sus ahorros voluntarios anuales (navideño y escolar) e intereses acumulados sobre estos mismos ahorros. El plazo máximo será de cinco años, con un plazo de refundición cada tres meses. Esta línea de crédito no podrá ser utilizada para cancelar saldos de otras líneas contenidas en éste reglamento, ni podrá ser refundida con otras líneas diferentes a ésta. La garantía serán los ahorros e intereses voluntarios registrados a favor del solicitante, por lo que los mismos permanecerán congelados por el monto y plazo que se defina en el crédito otorgado o bien por el saldo adeudado. La tasa de interés será variable y se ajustará en forma automática de acuerdo al índice de tasa básica. La tasa de interés estará compuesta por la sumatoria del índice de tasa básica más un 3%. La cuota podrá contener pago de principal e intereses o bien únicamente pago por intereses, bajo la segunda modalidad (pago solo de intereses) el deudor autoriza en el acto a cancelar el principal en un solo pago al vencimiento, mediante la aplicación de sus ahorros voluntarios requeridos para la cancelación del saldo de su crédito al vencimiento. Los socios que podrán solicitar esta línea serán los que tienen comprometido su ahorro personal. En el caso que los ahorros (navideño o escolar) sean liquidados por fecha de pago de ahorros y estos superen la deuda el asociado, este definirá cuál de los ahorros queda de garantía y cual se podrá liquidar. 5

3 PERSONAL FIDUCIARIO: Tiene el objetivo de financiar las necesidades personales de cada asociado, una vez excedida la garantía que brindan del aporte obrero.. El monto máximo a prestar es del 200% del ahorro personal a partir de un año de asociado. Tasas interés. Fiduciaria vía instrumento legal del 25% anual. Plazos, hasta un máximo de 5 años, Este crédito podrá ser refinanciado sobre la misma línea de crédito cada ano cumpliendo con los mismos requisitos del préstamo original. Para préstamos con garantía fiduciaria se exigirá un fiador los cuales deben cumplir los siguientes requisitos: Deben ser afiliados de ASESJM por más de un año consecutivo. Fotocopia de la cédula de identidad o residencia. Datos de localización, dirección, números telefónicos y copia de recibo público para verificar la dirección. Salario no deben tener embargos, pensiones alimenticias ni gravámenes. No tener fianzas o deudas en mora. Capacidad de pago del 40%, incluyendo fianzas otorgadas. El asociado solamente puede tener una fianza y esta no puede ser reciproca con el deudor Todo deudor y fiador debe firmar un pagare en el que se establecen las condiciones generales del crédito. Si un fiador renuncia a ASESJM y no a la empresa mantendrá su condición de fiador caso contrario deberá liquidar la deuda. Si un fiador deja de laborar en la Compañía seguirá siendo solidario con la fianza por la deuda adquirida Todos los saldos deberán estar cubiertos por una póliza de saldos deudores cuyo porcentaje de costo será asumido por el deudor y emitida a través de la aseguradora elegida por ASESJM 1.4 CREDITO SOCIAL: A. Salud: Se define como aquel préstamo que fuera utilizado para tal fin por el asociado para sí mismo como para su familia (cónyuge, y familiares en primer grado de consanguinidad. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM Tener 3 meses consecutivos como socio activo No tener saldos pendientes de otros prestamos salud, caso contrario deberá cancelarlo inmediatamente o el neto a girar será el nuevo préstamo rápido menos el saldo restante del anterior Cumplir con las disposiciones generales de crédito y lo establecido en los Anexos (Tablas No 01 y No 02) Capacidad de pago del solicitante: según lo establecido en el artículo 6 de este reglamento. 6

Entregar copia de las facturas originales y /o comprobantes que demuestre la correcta utilización del préstamo concedido, para aplicar la tasa de interés correspondiente. Esto deben ser entregados a la semana siguiente de otorgado el crédito en la oficina de la Asociación, de lo contrario pasará a ser considerado préstamo personal consumo y pagara una multa del 0.5% por cargos administrativos sobre el monto total del préstamo. B. Educación: Recursos dirigidos atender estudios generales del asociado, cónyuge e hijos. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM Tener 3 meses consecutivos como socio activo No tener saldos pendientes de otros prestamos educación, caso contrario deberá cancelarlo inmediatamente o el neto a girar será el nuevo préstamo rápido menos el saldo restante del anterior Cumplir con las disposiciones generales de crédito y lo establecido en los Anexos (Tablas No 01 y No 02) Capacidad de pago del solicitante: según lo establecido en el artículo 6 de este reglamento. Entregar copia de las facturas originales y/o comprobantes que demuestre la correcta utilización del préstamo concedido, para aplicar la tasa de interés correspondiente. Esto deben ser entregados a la semana siguiente de otorgado el crédito en la oficina de la Asociación, de lo contrario pasará a ser considerado préstamo personal consumo y pagara una multa del 0.5% por cargos administrativos sobre el monto total del préstamo. 1.5 CREDITO GARANTIA REAL: PRESUPUESTO MAXIMO PARA LOS CREDITOS CON GARANTIA REAL. En cada período fiscal, el presupuesto para otorgar los créditos con garantía real, prendas o hipotecas, no podrá sobrepasar el 20% del total de los recursos administrados por la Asociación. A. Prendario: Crédito para compra de vehículo nuevo o usado. Condiciones para socios Tener un año consecutivo de ser Asociado. Monto Máximo a Financiar en vehículo Nuevo 80% del Avaluó con un tope presupuestario individual de 15,000,000.00 y Vehículo Usado: según la siguiente tabla: Año % de avalúo Tope Individual presupuestario 2015-2013 80% 15,000,000.00 2012-2010 70% 8,000,000.00 2009-2008 60% 6,000,000.00 Plazo máximo: 5 años vehículos usados y 7 años vehículos nuevos. Tasa de interés: 11 % Anual colones fija por 3 años, a partir del 4 año TB+6 revisable trimestralmente 7

Garantía: Prenda (Cualquier préstamo Prendario debe quedar en primer grado y libre de todo gravamen) Gastos administrativos: 1% de comisión sobre el monto a financiar más gastos de póliza de vehículo. Los gastos legales y de constitución de la prenda deben ser asumidos por el deudor. Requisitos en caso de Compra de Prenda y Cancelación de Prenda en Otras entidades: Vehículo Usado: Solicitud de Crédito. Fotocopia de orden patronal del asociado. Fotocopias de la cédula (por ambas lados) del asociado. Fotocopia de recibo de servicio público con dirección actual del asociado. Constancia de Salario detallada. Fotocopia del Derecho de Circulación al día. Fotocopia del Comprobante de RTV al día Fotocopia del Título de Propiedad. Peritaje por un agente designado por ASESJM del cual los gastos Son asumidos por el socio. En caso de que el vendedor sea una Sociedad Anónima solicitar la Personería Jurídica. En caso de ser Cancelación de Prenda con otra entidad se requiere el último Estado de Cuenta de la deuda. Máximo cinco años de antigüedad en función con el año en curso (se realizaran ampliaciones de antigüedad si el solicitante asume el 50% de valor del avalúo. En caso de que se tenga un poder para la venta, deberá entregar el testimonio original para la respectiva escritura de traspaso. Seguro total por parte del agente de ASESJM. Información adicional podría ser requerida por la Junta Directiva de ASESJM. Vehículo Nuevo: Solicitud de Crédito. Fotocopia de orden patronal del asociado. Fotocopias de la cédula (por ambas lados) del asociado. Fotocopia de recibo de servicio público con dirección actual del asociado. Constancia de Salario detallada. Fotocopia del DUA Documento de Registro de Aduanas Fotocopia del Derecho de Circulación. Seguro total por parte del agente de ASESJM. Comprobante del pago del impuesto a la propiedad de vehículos y seguro obligatorio. Fotocopia del Comprobante de RTV al día Fotocopia del Título de Propiedad. Factura proforma que incluya los gastos de inscripción. Los trámites serán realizados por el abogado asignado por ASESJM. En caso de que el vendedor sea una Sociedad Anónima solicitar la Personería Jurídica. En caso de ser Cancelación de Prenda con otra entidad se requiere el último Estado de Cuenta de la deuda. 8

La opción de compra y venta. Información adicional podría ser requerida por la Junta Directiva de ASESJM. Documentos de Formalización en caso de ser aprobado el crédito: o Original y fotocopia de la Cédula de identidad del comprador y vendedor. 2. Original y Fotocopia del Derecho de Circulación. 3. En caso de ser Sociedad Anónima se requiere copia de la Personería Jurídica. o En caso de ser Apoderado, presentar el testimonio original donde se otorga el poder. 4. Seguro Total obligatorio a través de agente INS de ASESJM (Acreedor Prendario). Retiro de asociado SITUACION DEL CREDITO EN CASO DE DESAFILIACION. En caso de que el deudor pierda la calidad de asociado, por una situación atribuible o no a él, se le deberán compensar todos sus créditos con el ahorro obrero, ahorros voluntarios, excedentes capitalizados y excedentes ordinarios, incluyendo los créditos con garantía prendaria o hipotecaria. Si después de realizada la compensación quedasen saldos en descubierto, las tasas de interés se mantendrán iguales por tres meses; pasados éstos las tasas de interés anuales aumentarán hasta que sea equiparada a un 30% los corrientes y a un 40% los moratorios. En los casos en que el socio vuelva a afiliarse, las condiciones más beneficiosas se empezarán a aplicar 3 meses después de re afiliado. La forma de pago será por medio de ventanilla, deducción automática o transferencia bancaria a la cuenta indicada por la asociación. Todos los créditos, quedarán garantizado por una póliza de saldos deudores, que ASESJM mantiene suscrita con el I.N.S. o la aseguradora elegida por la Asociación. Capacidad de pago El asociado podrá tener comprometido hasta un máximo de un 35% de su salario brutal mensual, el cálculo de este se hará sumando todas las cuotas por créditos, las cuotas por fianzas y demás obligaciones que pague a ASESJM En caso de que el deudor no sea responsable en sus pagos oportunamente se le cobraran intereses moratorios del 3% mensual sobre saldos.. 9

C. Hipotecario: Compra de lote o vivienda, construcción, reparación o ampliación de vivienda y compra de otras deudas hipotecarias. Condiciones: o Monto máximo: 90% del avalúo practicado por un perito acreditado. o Plazo máximo: 360 meses o Tasa de interés: 11% anual colones por el dos año y a partir del segundo ano seria Tasa Básica más 3 puntos con un piso del 11%. o Capacidad de pago del 45% sobre salario bruto del deudor y codeudor (para el caso de codeudor se incluye ingreso familiar del cónyuge, padres e hijos que vivan con el deudor). La deducción del 100% de la cuota debe ser cubierta por el deudor por planilla. o Garantía: Hipotecaria en primer grado. o Aplica gastos legales y de constitución y póliza saldos deudores o similares. o Gastos administrativos: 0.75% de comisión sobre el valor a prestar. Requisitos Un año continúo como asociado. Escritura de la Propiedad a hipotecar, Estudio Registral Literal de la propiedad libre de gravámenes, Plano Catastrado, Certificación de Impuestos Municipales y Territoriales al Día de la propiedad, Certificación del saldo de la deuda a cancelar en caso de tratarse de un traslado de deuda, Seguro hogar seguro 2000 o su similar (si aplica). Avalúo de la propiedad Copia de la cédula del propietario actual y sus calidades o personería si es jurídico. Deudor y codeudores debe presentar copia de la cédula y sus calidades, orden patronal, constancia salarial o de ingresos emitida por un CPA. Estudio de codeudores. Opción de Compra y venta (si aplica) Planos de construcción y presupuesto de construcción con contrato visados por la Municipalidad (si aplica) Permisos de construcción. En caso de construcción de realizará en 3 desembolsos previa revisión del perito. ASESJM destinara como máximo el 20% de su capital social para esta línea de crédito. Garantías para adquisición de bienes: Los préstamos catalogados como hipotecarios según las definiciones de este reglamento, se otorgarán únicamente con garantía hipotecaria de primer grado, siempre que el avalúo del inmueble en garantía, practicado por un perito autorizado alcance a cubrir ese monto, y la primera hipoteca haya sido otorgada a ASESJM o la institución autorizada. 10

Cuando la garantía hipotecaria esté cubriendo áreas construidas, se exigirá la cobertura de una póliza de incendio u hogar seguro 2000 a favor de la asociación por un monto que cubra el 100% del valor de la construcción, según el peritaje efectuado y por el tiempo que dure la deuda. Si el deudor por algún motivo deja de pertenecer a la asociación la tasa de intereses será penalizada con un incremento de 5 puntos porcentuales al interés vigente de la operación. ASESJM se reserva el derecho de liquidar la hipoteca y transferir la operación a la entidad bancaria de su conveniencia. D. Vivienda Personal: Compra de lote o vivienda, construcción, reparación o ampliación de vivienda cuya garantía será el ahorro personal disponible. Requisitos: Completar y entregar debidamente la solicitud a la Administración de ASESJM Tener 3 meses consecutivos como socio activo. No tener saldos pendientes de otros prestamos de vivienda personal, caso contrario deberá cancelarlo inmediatamente o el neto a girar será el nuevo préstamo rápido menos el saldo restante del anterior Cumplir con las disposiciones generales de crédito y lo establecido en los Anexos (Tablas No 01 y No 02) Capacidad de pago del solicitante: según lo establecido en el artículo 6 de este reglamento. Entregar copia de las facturas originales y/o comprobantes que demuestre la correcta utilización del préstamo concedido, para aplicar la tasa de interés correspondiente. Esto deben ser entregados a la semana siguiente de otorgado el crédito en la oficina de la Asociación, de lo contrario pasará a ser considerado préstamo personal consumo y pagara una multa del 0.5% por cargos administrativos sobre el monto total del préstamo. CAPITULO IV: DE LAS GARANTÍAS DEL SISTEMA CREDITICIO Artículo 15: Los préstamos hasta por el 100% del monto aporte personal ahorrado y excedentes capitalizados, mantendrán como garantía el mismo aporte personal ahorrado y los excedentes capitalizados. Artículo 16: El Comité de Crédito y/o la administración para tramitar favorablemente una solicitud de crédito deberá basarse en las siguientes condiciones: Finalidad del Crédito: Plan de inversión Capacidad de pago del solicitante: la sumatoria de las cuotas de pago sobre las deudas no podrá ser mayor al 35% sobre su salario ordinario neto. Garantías de acuerdo a la línea de crédito: VER TABLA Nº 2, ANEXOS. 11

CAPITULO V: REQUISITOS, SEGUROS Y DISPOSICIONES GENERALES Artículo 17: Pólizas de seguros Póliza de Saldos Deudores Para todas las líneas de crédito se estará realizando una póliza de saldos deudores con la empresa y agente autorizado por ASESJM Para la línea de crédito rápido o personales como la garantía es el ahorro personal será opcional para el asociado el participar en la póliza de saldos deudores, para estos casos el asociado deberá aceptar en el contrato de crédito que el importe de la misma se incluya en la cuota del crédito. Para la línea de crédito fiduciario será obligatorio participar en la póliza de saldos deudores, para estos casos el asociado deberá aceptar en el contrato de crédito que el importe de la misma se incluya en la cuota del crédito. Artículo 18: Disposiciones generales: El deudor deberá firmar un pagaré en las línea que lo requieran según este reglamento donde se establecen las condiciones generales del crédito, autorizando a la empresa la respectiva deducción a pagar de la obligación adquirida aunque la garantía sea el ahorro personal. Será obligatorio la presentación de los comprobantes a nombre del asociado que demuestre la correcta utilización del préstamo concedido, para aplicar la tasa de interés correspondiente a cada tipo de crédito a excepción de la línea de crédito personal de consumo y rápido. Para los créditos de salud, educación el asociado deberá presentar los comprobantes la semana siguiente de otorgado el crédito en la oficina de la Asociación, de lo contrario pasará a ser considerado préstamo personal consumo. Los créditos aprobados se giraran por medio de cheques transferencia electrónica que firmarán y autorizaran en forma mancomunada por dos de cualquiera de los siguientes miembros: Presidente, Vicepresidente, Tesorero de la Junta Directiva, Administradora la prioridad en firmas la tendrán el tesorero y presidente. La asociación se reserva el derecho de destruir todos los pagarés cancelados que tengan un año de no haber sido retirados luego de la fecha de cancelación en los casos de las líneas de crédito que lo ameriten. Arreglos de pago por Incapacidades, permisos sin goce de salario: Las personas que estén incapacitadas o tengan permisos sin goce de salario y mantengan cuotas de crédito: a. Deberán igualmente cancelar de manera bisemanal las cuotas establecidas; pero si su capacidad de pago no es suficiente deberá: i. Pagar los intereses moratorios correspondientes ii. En caso de ser necesario readecuar la deuda, presentándose a las oficinas de la Administración de ASESJM iii. Cancelar los préstamos de manera inmediata 12

iv. de vacaciones y que tengan crédito y mantengan cuotas pendientes, el asociado deberá presentarse en las oficinas de la asociación con el fin de realizar una readecuación de su deuda. Queda facultado el asociado para realizar pagos extraordinarios sobre su obligación sin cobro de comisiones por pago anticipado. Las solicitudes aprobadas serán formalizadas en las oficinas de la asociación en los días y hora que para tal efecto establezca la administración. En caso de que el deudor no sea responsable en sus pagos oportunamente se le cobraran intereses moratorios del 3% mensual sobre saldos. El asociado autoriza a la Empresa para que realice la aplicación respectiva de las deducciones por concepto de cuotas de sus créditos. CAPITULO VI: DISPOSICIONES FINALES Artículo 19: El presente Reglamento podrá ser modificado parcial o totalmente por la Junta Directiva, de acuerdo a condiciones que se presenten y al sano criterio de ésta. Las modificaciones entrarán en vigencia 15 días después de su publicación. Artículo 20: Los casos no previstos en este Reglamento, los resolverá la Junta Directiva de acuerdo a las disposiciones legales y estatutarias de la Asociación. Artículo 21: Este reglamento fue aprobado por Junta Directiva el 02 de diciembre del 2010 en sesión ordinaria Nº 14. Rige a partir del 09 de diciembre del 2010 con las líneas de crédito rápido, personal, salud, educación y comercial; línea de crédito autovale fue aprobada el 01 de Marzo 2012 sesión ordinaria Nº 44 y rige a partir del 30 de marzo 2012, línea de crédito fiduciaria y back to back fue aprobada el 07 de Junio 2012 en sesión ordinaria Nº 52 y rige a partir de esta fecha, línea de crédito prendaria aprobada el 21 de Febrero 2013 en sesión ordinaria Nº 71 y modificada en el sesión ordinaria Nº 89 del 24 de octubre 2013, línea de crédito hipotecaria y vivienda personal aprobada el 15 de Marzo 2013 en sesión ordinaria Nº 73 y rigen a partir de esta fecha, acta. Última modificación de reglamento el 27 de Junio del 2013. 13

ANEXOS TABLAS TABLA Nº.1 TASA DE INTERES, MONTOS Y PLAZO Tipo de Monto Tasa de Tasa Interés mensual Tipo de Plazo Crédito Anual Cuota Autovale Comercial Monto máximo 80,000.00 Monto mínimo de 30,000.00 100% de Ahorro personal menos saldos de préstamos activos. Plazo Bisemanal 60% 5% 2 meses 4 bisemanas TB + 10 puntos Variable 1 año 26 bisemanas Máximo 40% Salario ordinario neto, monto Rápido mínimo a prestar 10.000.00 30% 2,5% Fija 3 meses 6 bisemanas Personal 100% de Ahorro personal menos saldos de préstamos activos. TB + 10 puntos Variable 3 años 130 bisemanas Salud 100% de Ahorro personal menos saldos de préstamos activos. TB + 3 puntos Variable 1 año 26 bisemanas Educación 100% de Ahorro personal menos saldos de préstamos activos. TB + 3 puntos Variable 1 año 26 bisemanas Back to back Fiduciario Hipotecario Vivienda Personal Prendario 100% de Ahorros Voluntarios anuales e intereses (navideño y escolar) 200% de Ahorro Personal 80% del avalúo practicado por un perito acreditado. 100% de Ahorro personal menos saldos de préstamos activos. 90% del avalúo practicado por un perito acreditado. TB + 3 puntos 5 años 25% Variable 5 años 130 bisemanas 130 bisemanas 11% Variable 20 años 780 bisemanas 11% 11% Variable Variable 5 años 5 años 130 bisemanas 130 bisemanas Nota: La tasa básica de referencia será la que anuncie el banco central al final de cada mes y será la que se utilice para el mes siguiente. 14

TABLA Nº.2 GARANTIAS Tipo de Crédito Garantía Frecuencia para renovación del crédito Autovale Adelanto del 15% de salario Libre Comercial Ahorro Personal Libre Rápido Ahorro Personal Bisemanal Personal Consumo Ahorro personal Libre Salud Ahorro personal Libre Educación Ahorro personal Libre Back to back Ahorros Voluntarios (navideño y escolar) 3 meses Fiduciario Fiador y firma de pagare 6 meses Hipotecario Firma de hipoteca en primer grado. Libre Vivienda Personal Ahorro personal Libre Prendario Firma de prenda en primer grado. Libre 15