LOS JUECES SUBROGANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN 1

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Transcripción:

LOS JUECES SUBROGANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN 1 Contenido I. Introducción... 2 II. Breve repaso por el marco normativo... 3 Cuadro 1. Régimen normativo... 5 III. Metodología... 6 IV. Jueces titulares y jueces subrogantes... 7 Gráfico 1. Cargos titulares y subrogantes... 7 Cuadro 2. Distribución cargos titulares y subrogantes por fuero... 8 V. Distribución por jerarquía... 11 Gráfico 2. Distribución las subrogancias por cargos sempeñados... 11 Cuadro 3. Subrogancias por jerarquía... 11 VI. Análisis temporal... 12 Cuadro 4. Año signación los subrogantes... 12 VII. Cargos efectivos los jueces subrogantes... 14 Gráfico 3. Cargos efectivos los jueces subrogantes... 15 Cuadro 5. Jueces subrogantes en distintas ciudas con respecto a su cargo titular... 16 VIII. Género y subrogancias... 18 Cuadro 6. Jerarquía los jueces subrogantes... 18 Cuadro 7. Cargos efectivos y género... 19 IX. Algunas conclusiones... 19 1 Este informe fue elaborado por Celeste Leonardi y Eleonora Rabinovich, abogada y directora, respectivamente, l área la ADC. La investigación que sirvió base fue realizada por Celeste Leonardi.

I. Introducción El presente informe expone los resultados preliminares una investigación en sarrollo por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que tiene como principal objetivo analizar la situación los jueces subrogantes l Por Judicial la Nación. El mismo fue elaborado en el marco un proyecto stinado a monitorear el funcionamiento l Consejo la Magistratura la Nación, el cual indaga en la inpenncia judicial y la transparencia en los sistemas selección y remoción jueces. La información relevada fue sistematizada intificando la cantidad jueces provisorios y su ocupación profesional, ya sea ntro como fuera l Por Judicial. También se analizó la distribución por fuero y jerarquía (el cargo judicial ocupado por el subrogante), examinando la cuestión con perspectiva género. Finalmente se indagó en el plazo permanencia en el cargo interino 2. De acuerdo a los datos obtenidos, actualmente el 18,17% los jueces son subrogantes, es cir que uno cada cinco magistrados ha sido signado por un sistema distinto al establecido por la Constitución Nacional para el acceso a la magistratura 3. La elevada proporción jueces provisorios impacta, por sus ficiencias, en la garantía inpenncia judicial. Tal como ya sostuvo hace dos años la ADC junto a un grupo organizaciones en el documento Principios para una Reforma Democrática l Consejo la Magistratura "la enorme cantidad jueces subrogantes actualmente en funciones y la inacción los pores públicos para resolver esta grave ficiencia, son el fiel reflejo l fracaso no sólo l Consejo la Magistratura sino todo el diseño l sistema selección jueces/zas 4. En ese sentido, el retraso l Consejo la Magistratura en concluir los concursos y la mora l Por Ejecutivo en remitir al Senado la elección uno los candidatos las ternas, continúa provocando un terioro l sistema constitucional. La magnitud este fenómeno se refleja en que en los últimos dos años el Consejo solo concluyó 5 concursos públicos stinados a cubrir 21 vacantes, mientras que solo en 2010 se concluyeron 39 concursos stinados a cubrir 119 vacantes. Por su parte, hasta julio 2012 se encontraban 2 Una investigación CIPECC examinó los cargos subrogantes durante el año 2010. Véase Garrido Manuel, La situación actual los jueces ferales en el ámbito feral. Documento trabajo Nº 43, Programa y Transparencia, Área Fortalecimiento las instituciones, CIPECC, Abril 2010. 3 La reforma constitucional l año 1994 estableció un sistema mixto 3 selección jueces l Por Judicial la Nación (con excepción los miembros la Corte Suprema ) conforme al cual el Presinte nombra a los magistrados los tribunales inferiores a partir una terna vinculante l Consejo la Magistratura, con acuerdo l Senado 3. Así, el proceso se inicia con el llamado a concursos públicos por parte l Consejo la Magistratura. El concurso consta tres etapas: un examen escrito y oral; una evaluación antecentes y entrevistas personales. Una vez concluido se eleva una terna al Presinte la Nación, con los candidatos seleccionados. El Por Ejecutivo, a través l Ministerio y Derechos Humanos, convoca a un proceso consultivo a fin que miembros la sociedad civil observen, impugnen o apoyen a las candidaturas 3. Luego el Presinte selecciona a un candidato y remite el pliego al Senado la Nación, que be prestar el acuerdo los 2/3 los miembros presentes. 4 Principios para una reforma mocrática l Consejo la Magistratura, documento elaborado por ADC, ACIJ, CELS, CIPPEC, Por Ciudadano y la Asociación Usuarios y Consumidores, 16 marzo 2010. Disponible en www.adc.org.ar/download.php?fileid=502

pendientes en el Ejecutivo 81 signaciones 5. El pasado 11 julio ingresaron 19 pliegos al Senado la Nación, quedando pendiente resolución 62 vacantes 6. II. Breve repaso por el marco normativo La signación jueces subrogantes se produce cuando, por motivos cesos, renuncias, jubilaciones y remociones, entre otros, los jueces titulares, se genera una vacancia en el juzgado o tribunal que integran. La actuación los subrogantes se extien hasta la signación un juez según el procedimiento constitucional o bien hasta su remoción. En marzo 2004 el Consejo la Magistratura aprobó el Reglamento Subrogaciones los Tribunales Inferiores la Nación 7, el cual, en su artículo 1 disponía su aplicación en caso subrogación por recusación, excusación, licencia, suspensión, vacancia u cualquier otro impedimento los jueces los tribunales inferiores la Nación. El reglamento regulaba un sistema signación que distinguía entre subrogaciones transitorias y prolongadas. En el primer caso, intervenían en el proceso signación exclusivamente las cámaras apelaciones, tanto ferales como nacionales. En el segundo caso, los órganos intervinientes eran las cámaras o los tribunales orales, tanto ferales como nacionales, quienes elevaban una terna a la comisión selección magistrados, y la escuela judicial l Consejo, que se encargaba signarlos hasta el cese la vacancia o hasta el cumplimiento l plazo 12 meses previsto en la ley Consejo Magistratura 8. En ambos casos podían ser signados jueces en ejercicio, magistrados jubilados, abogados la matrícula feral y secretarios cámara 9. Como ya ha sostenido la ADC, este sistema ha recibido fuertes críticas, dado que saltea los procedimientos establecidos en la Constitución para la signación y remoción jueces. Tanto estos mecanismos en los que toman parte los órganos políticos- como el conjunto salvaguardas l que gozan los jueces una vez signados no son caprichosos, sino que intentan resguardar la inpenncia los jueces minimizando las posibilidas que los otros pores influyan inbidamente sobre ellos 10. 5 Fuente: Informes la Comisión Selección sobre concursos concluidos l 18/05/2012 y sobre concursos en trámite junio 2012 y consultas a la página l Ministerio y Derechos Humanos, http://www.jus.gob.ar/la-justicia-argentina/seleccion--magistrados/ternas.aspx. 6 Fuente: Informe sobre concursos concluidos l 18/05/2012, disponible en www.pjn.gov.ar y Lista Asuntos entrados al Senado l 11/07/2012, disponible en http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/asuent_open_pdf.php?clave=sesion11-07-12.pdf 7 Conf. Resolución Nº 76/04 l Consejo la Magistratura. 8 Ley 24.937 (texto según ley 25.876) art. 7, inc. 15 En los supuestos vacancia, las signaciones efectuadas en virtud l presente inciso no podrán superar el plazo doce meses. Dicho plazo podrá ser prorrogado por seis meses por cisión fundada. 9 Reglamento Subrogaciones los Tribunales Inferiores la Nación, Arts. 2 a 7, 10 y 11. 10 Asociación por los Derechos Civiles (ADC). La Corte y los Derechos informe 2005/2007. Pág. 170. 1ª ed.- Buenos Aires, Editorial Siglo XX, 2008.

El 23 mayo 2007 la Corte Suprema la Nación, al fallar en el caso Rosza 11, claró la inconstitucionalidad dicho procedimiento subrogancias, ya que el mismo no contemplaba la participación los tres organismos que, por mandato constitucional, son los encargados signar a los jueces titulares: Consejo la Magistratura, Por Ejecutivo y Senado la Nación. Asimismo, consiró que el procedimiento signación be garantizar la inamovilidad en el cargo y la intangibilidad l salario l juez subrogante. De lo contrario, entendió, se alterarían el principio división pores y la garantía constitucional contar con un juez imparcial e inpendiente 12. No obstante, la Corte resolvió mantener en el ejercicio sus cargos a los subrogantes hasta que cesaran las razones que motivaron su nombramiento, o fueran reemplazados o ratificados mediante un procedimiento constitucionalmente válido que los restantes pores l Estado bían establecer en el plazo máximo un año 13. En mayo 2008 el Congreso Nacional sancionó la Ley 26.376, que dispone que el nombramiento subrogantes será efectuado directamente por las Cámaras Apelaciones entre jueces titulares la misma jurisdicción, o entre una lista conjueces que confeccionará el Por Ejecutivo con acuerdo l Senado la Nación exclusivamente entre abogados la matrícula feral. Para los jueces las Cámaras Casación o Apelación, la ley dispone que: se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 31 l Decreto-Ley Nº 1285/58. De no resultar ello posible, se realizará el sorteo entre la lista conjueces prevista en el artículo 3º ( ). El mecanismo l Decreto-Ley Nº1285/58 al que se refiere la norma establece que las Cámaras serán integradas por sorteo entre los más miembros las mencionadas, luego l mismo modo, con los jueces la otra Cámara en el orn establecido en el Decreto Ley y, por último también por sorteo, con los jueces primera instancia que pendan la Cámara que be integrarse 14. Una las falencias la Ley 26.376 es que no estableció la participación l Consejo la Magistratura en el proceso signación provisoria, contrariando, este modo, lo dicho por la Corte Suprema en el caso Rosza. Amás, dispuso prorrogar las subrogancias vigentes al 11 Corte Suprema la Nación. Caso Rosza, Carlos Alberto y otro s/ recurso casación. Sentencia l 23 mayo 2007 (voto los jueces Lorenzetti, Highton Nolasco y Maqueda; Fayt, según su voto; Zaffaroni y Argibay en disincia) 12 Asociación por los Derechos Civiles (ADC). Ob.cit. Pág. 172. 13 Corte Suprema la Nación. Caso Rosza, Carlos Alberto y otro s/ recurso casación. Sentencia l 23 mayo 2007 (voto los jueces Lorenzetti, Highton Nolasco y Maqueda; Fayt, según su voto; Zaffaroni y Argibay en disincia) Pág. 18. 14 Decreto-Ley 1285/58, Artículo 31. La Cámara Feral Casación Penal, la Cámara Nacional Casación en lo Criminal y Correccional la Capital Feral, los tribunales orales y las cámaras nacionales apelaciones en lo criminal y correccional feral, en lo criminal y correccional y en lo penal económico se integrarán por sorteo entre los más miembros aquéllas; luego l mismo modo, con los jueces la otra Cámara en el orn precentemente establecido y, por último también por sorteo, con los jueces primera instancia que pendan la Cámara que be integrarse. El sistema integración antes establecido se aplicará para las cámaras nacionales apelaciones en lo civil y comercial feral, en lo contencioso administrativo feral y feral la seguridad social la Capital Feral. También regirá este sistema para las cámaras nacionales apelaciones en lo civil, en lo comercial y l trabajo la Capital Feral. Las cámaras ferales apelaciones con asiento en las provincias se integrarán con el juez o jueces la sección don funcione el Tribunal ( )

momento sancionarse la ley, hasta que se instrumentara el nuevo procedimiento 15. Hasta el cierre este informe, el Por Ejecutivo, no había aún creado la lista conjueces exigida por ley 16. En lo referente al sistema nombramiento subrogantes tribunales orales en lo Criminal Feral todo el país, se sancionó la Ley 26.372, que dispone un procedimiento signación que estará a cargo la Cámara Feral Casación Penal 17, pudiendo intervenir por avocación la Corte Suprema. En caso no resultar posible, orna realizar un sorteo a partir la lista confeccionada por el Por Ejecutivo. El marco reglamentario está fijado por las Acordadas 16, 22 y 24 l año 2007 y la Acordada 10/2008 18 la Corte Suprema, que establecen reglas generales con respecto a los diversos lapsos vigencia las subrogaciones que venían cumpliendo abogados y funcionarios judiciales, el modo reemplazarlos en caso cesar y cómo bía procerse ante las situaciones excepción que pudieran presentarse en la justicia feral l interior en los casos licencias, o a raíz excusaciones o recusaciones los magistrados o dichos subrogantes. Dichas normas no establecen cómo serán signados los subrogantes y el término dicha suplencia, otorgándoles a las Cámaras un marco discrecionalidad en el nombramiento. En síntesis, la normativa aplicable es compleja, no existiendo reglas claras y precisas. A su vez, se ja librado a las Cámaras el sistema signación, afectando este modo la garantía inpenncia judicial. Cuadro 1. Régimen normativo Órgano judicial a subrogar Normativa aplicable Órgano que signa al juez subrogante Procedimiento Marco reglamentario Juzgados Primera Instancia Nacionales y Ferales Ley 26.376 Cámara la jurisdicción a la que correspon la vacante Se signa conformidad al siguiente orn: 1) Con un juez igual competencia la misma jurisdicción. 2) Por sorteo, entre la lista conjueces confeccionada por el Por Ejecutivo. Acordadas 16/2007, 22/2007, 24/2007 y 10/2008 CSJN 15 Conf. art. 6, Ley 26.376 16 El día 23/05/12 se realizó una consulta telefónica a la Secretaria l Ministerio y Derechos Humanos la Nación (actualmente a cargo Alejandro Julián Álvarez) a los fines conocer si la lista conjueces había sido elaborada por el Por Ejecutivo. Se nos respondió que la información no podía ser brindada por dicho medio telefónico. En virtud ello, posteriormente se remitió un pedido información al Ministerio y Derechos Humanos. 17 Conf. art. 3 18 La Acordada 10/2008 estableció que hasta tanto se instrumente el procedimiento reemplazo previsto en la ley, frente a toda situación que se presente en materia subrogaciones que no esté contemplada por el texto legal sancionado, se aplicarán por las Cámaras Nacionales y Ferales, en lo pertinente, las reglas establecidas por esta Corte en las acordadas 16, 22 y 24, todas l 2007.

1) Cámara Casación Penal 2) Cámaras Apelaciones Nacionales y Ferales -Ley 26.376 -Decretoley 1285/58 (Art. 31) Cámara la jurisdicción a la que correspon la vacante Serán integradas por sorteo en el siguiente orn: 1) Por los más miembros la Cámara a la que corresponda la vacante. 2) Por los jueces la otra Cámara en el orn establecido en el Decreto Ley. 3) Por los jueces primera instancia que pendan la Cámara que be integrarse. Acordadas 16/2007, 22/2007, 24/2007 y 10/2008 CSJN 3) Tribunales Orales en lo Criminal, en lo Penal Económico y Menores con asiento en la Ciudad Buenos Aires Tribunales Orales en lo Criminal Feral Ley 26.372 Fuente: ADC / Elaboración propia. Cámara Casación Penal. Por avocación, pue intervenir la Corte Suprema la Nación. En caso no resultar posible dicho procedimiento se be realizar un sorteo entre la lista conjueces confeccionada por el Por Ejecutivo. De acuerdo al siguiente orn, se signará jueces : 1) Los Tribunales Orales en lo Criminal Feral la jurisdicción, teniendo prelación los jueces las ciudas más cercanas. 2) La Cámara Feral Apelaciones la jurisdicción 3) Los Tribunales Orales en lo Criminal Feral la jurisdicción más próxima. En caso no resultar posible dicho procedimiento se be realizar un sorteo entre la lista conjueces confeccionada por el Por Ejecutivo. Acordadas 16/2007, 22/2007, 24/2007 y 10/2008 CSJN III. Metodología Para realizar este informe, se realizó un relevamiento los jueces subrogantes l Por Judicial la Nación, ello incluye todos los órganos judiciales los fueros nacionales, fueros ferales, el fuero nacional Casación Penal y el fuero la Seguridad Social, que abarcan un total 908 cargos. Para ello se efectuó una investigación cuantitativa, relevando datos la Guía Judicial la página web l Por Judicial Nacional 19. Posteriormente, se enviaron 25 pedidos 19 Disponible en http://www.pjn.gov.ar/

información a las Cámaras Apelaciones todo el país requiriendo: nombre los subrogantes, órgano judicial en don el interino ejerce la titularidad l cargo, fecha signación, y en su caso, término la subrogancia. En la mayoría los casos y, bido a la mora en responr o a la información brindada en forma parcial, el requerimiento estuvo acompañado consultas telefónicas y personales. Por otra parte, en virtud la ya citada Ley 26.372, la Cámara Casación Penal fue el organismo informante los subrogantes en los Tribunales Orales en lo Criminal Feral todo el país. IV. Jueces titulares y jueces subrogantes El número total cargos habilitados en el Por Judicial Nacional es 908 20. El número jueces subrogantes se eleva a 165, es cir que el 18,17% nuestros jueces han sido signados por sistema distinto al establecido en la Constitución Nacional para accer a la magistratura. Gráfico 1. Cargos titulares y subrogantes Titulares Subrogantes 18,17% 81,83% Fuente: ADC / Elaboración propia 21. 20 Los órganos no habilitados, a la fecha cierre l presente informe, sumaban 51 vacantes. 21 Información recopilada entre el 09/02/2012 y el 07/05/2012, con base en las respuestas las Cámaras Apelaciones Nacionales y Ferales; la Cámara Casación Penal y la Cámara la Seguridad Social. Para las vacantes sobrevinientes al 07/05/2012, se realizó un relevamiento l Boletín Oficial hasta el 10/07/2012 y se consultó telefónicamente, obteniendo información respecto 5 órganos judiciales.

De los 165 jueces subrogantes, 148 cubren el cargo por vacancia (ya sea por renuncia, remoción o jubilación su titular) 22. Los restantes 17 jueces han sido signados para cubrir licencias provisorias. Cuadro 2. Distribución cargos titulares y subrogantes por fuero Fuero Totalidad cargos Jueces subrogantes Porcentaje subrogantes Nacional en lo Comercial 44 10 23 22,72 Nacional l Trabajo 110 35 24 31,81 Nacional en lo Civil 149 23 25 16,77 Nacional en lo Criminal y Correccional 186 25 26 13,44 Nacional Casación Penal 17 3 27 17,64 Nacional la Seguridad Social 19 3 28 15,78 Nacional en lo Penal Económico 26 4 29 15,38 Nacional en lo Civil y Comercial Feral Nacional en lo Contencioso Administrativo Feral Nacional en lo Criminal y Correccional Feral 20 6 30 30 33 3 31 9,09 36 5 32 13,88 22 Previamente habíamos mencionado que el número órganos vacantes respecto los cuales se había signado un juez subrogante era 146. Este número se contrapone al aquí referido 148 jueces subrogantes. Ello en virtud que el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 14 y Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 23 se encuentran a cargo dos jueces subrogantes cada uno ellos, que se sempeñan en distintas secretarías. En suma, dos juzgados vacantes están ocupados por 4 jueces subrogantes. 23 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones en lo Comercial el 06/02/2012 y respondida el 09/02/2012. 24 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones Trabajo el 06/02/2012 y respondida el 10/02/2012. Para los Juzgados l Trabajo Nº 23, 36, 64 y 79 se utilizó el informe la Comisión Selección recibido el 27/04/12 y el informe sobre los Concursos concluidos l 18/05/2012. Amás se actualizó a partir la guía judicial disponible en www.pjn.gov.ar (último acceso el 25/06/2012). 25 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones en lo Civil el 06/02/2012 y respondida el 07/05/2012. 26 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional el 06/02/2012 y respondida el 09/02/2012. 27 Información requerida a la Cámara Nacional Casación Penal el 08/02/2012 y respondida el 24/04/2012. 28 Información requerida a la Cámara Nacional la Seguridad Social el 06/02/2012 y respondida el 03/04/2012. 29 Información requerida a la Cámara Nacional Penal Económico el 08/02/2012 y respondida el 10/02/2012. Asimismo, utilizamos como fuente el Boletín Oficial l 30/05/2012 y consultamos telefónicamente el día 04/07/2012. 30 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones en lo Civil y Comercial Feral el 06/02/2012 y respondida el 14/02/2012. 31 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Feral el 06/02/2012 y respondida el 08/02/2012. 32 Información requerida a la Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional Feral el 08/02/2012 y respondida el 14/02/2012.

Feral Bahía Blanca 13 3 33 23,07 Feral Comodoro Rivadavia 18 1 34 5,5 Feral Córdoba 23 5 35 21,73 Feral Corrientes 9 2 36 22,22 Feral General Roca 18 2 37 11,11 Feral La Plata 24 3 38 12,5 Feral Mar l Plata 17 0 39 0 Feral Mendoza 25 8 40 32 Feral Paraná 10 3 41 30 Feral Misiones 9 1 42 11,11 Feral Resistencia 14 2 43 14,28 Feral Salta 14 5 44 35,71 Feral Santa Fe 23 1 45 4,34 Feral San Martín 33 11 46 33,33 Feral Tucumán 18 1 47 5,55 33 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Bahía Blanca el 29/02/2012 y respondida el 06/03/2012. 34 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Comodoro Rivadavia el 29/02/2012 y respondida el 20/03/2012. 35 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Córdoba el 29/02/2012 y respondida el 25/04/2012. 36 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Corrientes el 29/02/2012 y respondida 19/03/2012. 37 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones General Roca el 29/02/2012 y respondida el 05/03/2012. 38 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones La Plata el 01/03/2012 y respondida el 21/03/2012. 39 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Mar l Plata el 29/02/2012 y respondida el 27/03/2012. 40 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Mendoza el 29/02/2012 y respondida el 09/03/2012. También se utilizó como fuente el Boletín Oficial l 02/05/2012 y consultamos telefónicamente el día 04/07/2012. 41 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Paraná el 29/02/2012. Debido a la falta información en la respuesta recibida el 19/06/2012, los datos se han obtenido la guía judicial l Por Judicial disponible en www.pjn.gov.ar (último acceso 31/05/2012) y corroborada telefónicamente. 42 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Posadas el 29/02/2012 y respondida el 14/03/2012. 43 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Resistencia el 29/02/2012 y respondido el 09/03/2012. También se utilizó como fuente el Boletín Oficial l 14/05/2012 y consultamos telefónicamente el día 04/07/2012. 44 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Salta el 29/02/2012 y respondido el 09/03/2012. 45 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Rosario el 29/02/2012 y respondido el 16/03/2012. 46 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones San Martín el 29/02/2012 y respondido el 27/03/2012. También se utilizó como fuente el Boletín Oficial l 9 y 30 mayo 2012 y consultamos telefónicamente el día 04/07/2012. 47 Información requerida a la Cámara Feral Apelaciones Tucumán el 29/02/2012 y respondido el 18/04/2012.

Total 908 165 18,17 Fuente: ADC / Elaboración propia. Algunas las cifras resultan altamente preocupantes, como por ejemplo que en cinco los 25 fueros hay 30% o más jueces subrogantes. El porcentaje mayor se evincia en la Feral Salta, don el porcentaje se eleva al 35,71, seguido por la justicia feral San Martín con 33,33% y la Nacional l Trabajo con 31,81%. En cambio, existen jurisdicciones con cifras menos alarmantes, como las Tucumán y Comodoro Rivadavia don tan solo hay un 5,5% jueces subrogantes. El único fuero todo el Por Judicial Nacional sin jueces provisorios es el correspondiente a Mar l Plata. Por su parte, en el fuero Criminal y Correccional Feral - que investiga los litos que comprometen el accionar los funcionarios públicos, tales como los casos corrupción 48 - cuatro los doce juzgados están vacantes y ocupados por tres subrogantes (dos juzgados se encuentran a cargo un mismo juez provisorio). Los subrogantes son: 1. Marcelo Pedro Martínez Giorgi: Es secretario la Sala II la Cámara Criminal y Correccional Feral. Se sempeña como juez interino en el Juzgado Nº8, siendo signado por el Consejo la Magistratura el 13 diciembre 2006, y en el Juzgado Nº2 s el 22 octubre 2008, conforme la signación la Presincia la Cámara. Es cir, fue signado por dos sistemas selección distintos, uno ellos contrario a fallo Rosza. Martínez Giorgi se sempeña como secretario la Cámara y como juez interino en dos juzgados, lo que podría impactar en la eficiencia l servicio justicia. 2. Mario Norberto Oyarbi: juez titular l Juzgado Nº5, fue nombrado subrogante en el Juzgado Nº 7 s el 11 abril 2008 por la Presincia la Cámara. 3. Sergio Gabriel Torres: juez titular l Juzgado Nº9, fue signado subrogante en el Juzgado Nº 9 s el 4 marzo 2010 también por la Presincia la Cámara. En relación al tiempo ejercicio en el cargo, Martínez Giorgi se sempeña en el Juzgado Nº8 hace 2.028 días y en el Juzgado Nº 2, hace 1.359 días; Oyarbi en el Juzgado Nº 9 hace1.550 días y Torres, en el Juzgado Nº7, hace 867 días. Para cubrir esas vacantes, y tras realizarse el Concurso Público Oposición y Antecentes Nº 140, el Por Ejecutivo ya signó a Martínez De Giorgi; que actuaba como subrogante mientras concursaba, a Luis Rodríguez, juez l Juzgado Criminal Instrucción Nº 11 ; a Sebastián Ramos, secretario l Juzgado Criminal y Correccional Feral Nº3; y a Sebastián Casanello, secretario la Sala I la Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional Feral, cuyos pliegos fueron enviados al Senado en julio este año. Recormos que el Concurso Nº 140 se había iniciado en 2005, fue anulado por el Consejo la Magistratura por sospechas frau y fue reabierto en octubre 2008 49. 48 Conf. art. 33 Código Procesal Penal la Nación. 49 Ver http://www.lanacion.com.ar/1488627-proponen-a-cuatro-jueces-clave

V. Distribución por jerarquía Conforme surge la investigación, el 69,1% los subrogantes ejerce el cargo interino en juzgados, el 17% en Cámaras Apelaciones y el 13% en Tribunales Orales. Gráfico 2. Distribución las subrogancias por cargos sempeñados 16,96% Cámara 13,94% Tribunales Orales Juzgados 69,1% Fuente: ADC / Elaboración propia 50. Cuadro 3. Subrogancias por jerarquía Órgano Cantidad cargos Cantidad subrogantes Porcentaje Cámaras 226 28 12,38% 50 Información proveniente las Cámaras Apelaciones, recopilada entre el 09/02/2012 y el 07/05/2012.

Tribunales Orales 51 248 23 52 9,27% Juzgados 434 114 26,26% Total 908 165 Fuente: ADC / Elaboración propia 53. El cuadro 3 señala que el 26,26% los Juzgados Primera Instancia todo el Por Judicial la Nación se encuentra a cargo jueces provisorios. La cifra disminuye en lo relativo a los Tribunales Orales en lo Criminal y a las Cámaras. VI. Análisis temporal Un aspecto fundamental la temática en análisis es el relativo al ámbito temporal, es cir, terminar el tiempo s que los jueces subrogantes se encuentran ejerciendo el cargo y, en su caso, si se ha estipulado un término durante el cual ejercerán el cargo provisorio. En lo relativo a la fecha signación los jueces que se encuentran ejerciendo el cargo en forma interina, hemos accedido a la información respecto 124 54 subrogantes y a partir ello hemos distribuido los mismos por año en que fueron signados para sempeñar la subrogancia, obteniendo la siguiente información: Cuadro 4. Año signación los subrogantes Año signación como juez subrogante Cantidad jueces subrogantes 2012 16 51 La información proviene datos proporcionados por la Cámara Nacional Casación Penal. En 15 casos los 38 casos relevados, se informó por escrito que el cargo está vacante, sin indicar quien es el juez subrogante. El 27/04/2012 la Oficina Judicial la Cámara informó telefónicamente que en los casos indicados en el informe como vacantes sin indicar el juez subrogante se be a que no hay ningún juez a cargo. Se establecen jueces interinos por periodos muy breves (ya sea por licencia o actuación en una causa específica). En la misma fecha, se remitió un correo electrónico a la ADC en don se hizo referencia al sistema mencionado: Las subrogancias los Tribunales esta jurisdicción se realizan por pedido los señores magistrados intervinientes don se encuentra vacante una vocalía y dicho nombramiento son por periodos cortos y se modifica constantemente. Las resoluciones los nombramientos son comunicadas a los Tribunales solicitantes. El procedimiento integración es una actuación administrativa por un lapso terminado, breve, no es una subrogancia que se cubre el lugar vacante hasta que un juez signado, conforme lo establece la ley, ocupe el cargo titular. Entonces, la suma los jueces subrogantes (23) y jueces interinos (15) se computa un total 38 jueces provisorios, que representan el 15,32% en los Tribunales Orales. 52 Los datos fueron obtenidos sobre la base la información brindada por la Cámara Nacional Casación Penal el 24/04/2012. Amás entre el 24/05/2012 y el 31/05/2012 fueron consultados telefónicamente los siguientes tribunales: TOC Nº 15 la Capital Feral, TOC Nº 18 la Capital Feral, TOC Nº 29 la Capital Feral, TOCF La Rioja, TOCF Corrientes, TOCF San Luis, TOCF San Juan y TOCF Jujuy. 53 Información proveniente las Cámaras Apelaciones, recopilada entre el 09/02/2012 y el 07/05/2012. 54 Información proveniente las Cámaras Apelaciones, recopilada entre el 09/02/2012 y el 07/05/2012.

2011 50 2010 22 2009 16 2008 6 2007 7 2006 3 2005 2 Total 124 Fuente: ADC / Elaboración propia 55. El cuadro 4 indica el año en que fueron signados 124 jueces subrogantes. Respecto al plazo durante el cual se ejercerá el cargo subrogante, solo han respondido a dicha solicitud información 14 las 25 Cámaras Apelaciones consultadas 56. Los datos brindados se refieren a 82 jueces. De estos, únicamente sobre 9 se ha dispuesto un plazo vencimiento 57. Los restantes 73 jueces subrogantes no tienen un plazo cierto y actuarán, según informaron las distintas Cámaras, hasta que concluyan las razones que motivaron su signación, hasta que sea cubierto el cargo, hasta que cuente con la lista la ley 26.376, sin término. 58 Recormos que la Ley 26.376 59 estableció la prórroga las subrogancias vigentes al momento la sanción la norma los Jueces Primera o Segunda Instancia, Nacionales o Ferales, hasta que se instrumente el procedimiento reemplazo 60. Dicha instrumentación se refiere a la confección la lista conjueces a cargo l Por Ejecutivo, que aún se encuentra pendiente elaboración. En ese sentido, la Corte Interamericana Derechos Humanos sostuvo que: los nombramientos provisionales ben constituir una situación excepción y no la regla. De esta manera, la extensión en el tiempo la 55 Información recopilada entre 09/02/2012 y el 07/05/2012. 56 Cámara Nacional Apelaciones en lo Comercial, Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Cámara Nacional Apelaciones en lo Penal Económico, Cámara Nacional Apelaciones l Trabajo, Cámara Nacional Apelaciones en lo Civil y Comercial Feral, Cámara Nacional Apelaciones en lo Contencioso Admistrativo Feral, Cámara Feral Apelaciones Comodoro Rivadavia, Cámara Feral Apelaciones Corrientes, Cámara Feral Apelaciones La Plata, Cámara Feral Apelaciones Misiones, Cámara Feral Apelaciones Resistencia, Cámara Feral Apelaciones Tucumán, Cámara Feral Apelaciones San Martín y Cámara Feral la Seguridad Social. 57 Los 9 plazos informados se tallan a continuación: para la subrogancia la vocalía 18 la Sala VII la Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional s el 05/08/2009 al 31/12/2012, para el Juzgado Criminal Instrucción N 43 s el 01/02/2012 al 08/06/2012, para el Juzgado Correccional N 6 s el 01/12/2011 al 30/06/2012, para el Juzgado Correccional N 7 s el 01/02/2012 al 31/07/2012, para el Juzgado Menores Nº 5 s 02/12/2011 al 17/06/2012, para el Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº2 s el 01/02/2012 al 01/08/2012, para el Juzgado Nacional l Trabajo Nº 28 s el 17/06/2011 hasta el 31/12/2012, Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Feral Nº1 s el 24/02/2012 hasta el 04/03/2012 y para el Juzgado Feral Rio Gallegos s el 11/03/2009 al 25/05/2012. 58 Ibíd. 59 Sancionada: Mayo 21 2008 y promulgada: Junio 4 2008 60 Conf. art. 6 la Ley 26.376.

provisionalidad los jueces o el hecho que la mayoría los jueces se encuentren en dicha situación, generan importantes obstáculos para la inpenncia judicial. 61 El cuadro 4 señala que en el año 2005 se signaron dos jueces subrogantes, los cuales pertenecen al Fuero Feral San Martín. En ambos casos la Cámara Apelaciones no informó si se había estipulado un plazo, y en su caso, el tiempo duración. Por otra parte permanecen tres magistrados signados en 2006, dos ellos, Martínez Girogi y Hector Pedro Plou, concursaron para accer al cargo en el cual ejercían la subrogancia. El 11 pasado junio la Presinta eligió a los nombrados, remitiendo los pliegos el Senado 62. De los 7 casos que iniciaron el ejercicio l cargo en 2007, en 2 se estipuló que la subrogancia se extenría Hasta el reintegro l titular o el cese finitivo la vacancia. En lo relativo a los vocales los Tribunales Orales en lo Criminal rige lo establecido por la ley 26.372, que dispone un límite temporal a la subrogancia en los siguientes términos: la signación se realizará exclusivamente por el tiempo mandado para resolver las causas mediante el dictado una sentencia finitiva que ponga fin al proceso 63. Es cir, el subrogante inicia su función interina en un proceso penal en particular, cesando en el cargo una vez que se dicte sentencia finitiva. Los Tribunales Orales en lo Criminal Feral tienen competencia para entenr en los juicios por los crímenes lesa humanidad, que en general, bido al alto número imputados y a la complejidad los litos investigados, mandan gran cantidad tiempo. En suma, no existen límites temporales precisos y terminados. VII. Cargos efectivos los jueces subrogantes Para la elaboración los cuadros que se presentan a continuación, contamos con la información respecto 145 subrogantes, es cir que no hemos podido accer a los datos referentes a 20 jueces provisorios. 61 Corte Interamericana Derechos Humanos. Caso Apitz Barbera y otros ( Corte Primera lo Contencioso Administrativo ) vs. Venezuela. Sentencia 5 agosto 2008. 62 Fuente: Informe sobre concursos concluidos l 18/05/2012, disponible en www.pjn.gov.ar y Lista Asuntos entrados al Senado l 11/07/2012, disponible en http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/asuent_open_pdf.php?clave=sesion11-07-12.pdf 63 Confr. art. 4.

Gráfico 3. Cargos efectivos los jueces subrogantes 1,21% 11,51% Jueces 9,10% 3,63% Secretarios y Prosecretarios Jueces Cámara Magistrados jubilados (Convocados) 53,53% Abogados la matrícula 20,90% Sin datos Fuente: ADC / Elaboración propia 64. Conforme surge l cuadro, más l 53% los jueces subrogantes ocupa un cargo efectivo como juez titular. El 20,9% son secretarios y prosecretarios, es cir que no han participado mecanismo constitucional alguno para su signación. Por otra parte, es relevante el escaso número abogados la matrícula (solo 2). Los 2 abogados se sempeñan en el Juzgado Feral Paso los Libres y en el Juzgado Feral Junín. En este último caso el juez interino, en el marco l Concurso Público Nº 250, fue signado por la Presinta el 11 julio 2012 para ocupar el cargo judicial que subroga. Los jueces subrogantes que sempeñan cargos judiciales como titulares suman 137 65. De ellos, el 87,6% sempeña sus funciones como titular e interino en la misma jurisdicción. El restante 12,4% cumple funciones en distintas ciudas un mismo fuero y, en algunos casos, en distintas fueros 66. 64 Ím. 65 Como se ha mencionado, el número total jueces subrogantes ascien a 165. De ellos, 137 tienen cargos titulares en el Por Judicial la Nación, ya sea como camaristas, jueces, secretarios o prosecretarios, 8 son magistrados jubilados y abogados la matrícula, y en 20 casos no hemos accedido a los datos respecto la ocupación profesional. 66 En 7 casos los subrogantes se sempeñan en distintas jurisdicciones y en 10 casos en distintas ciudas pertenecientes al mismo fuero.

Cuadro 5. Jueces subrogantes en distintas ciudas con respecto a su cargo titular Órgano don subroga Fuero al que pertenece el órgano don subroga Cargo titular Fuero al que pertenece el cargo titular Ciudad don ejerce la subrogancia Ciudad don ejerce cargo titular el TOCF Santa Rosa- La Pampa Feral Bahía Blanca Juez Tribunal Oral en lo Criminal Feral Neuquén Feral General Roca La Pampa Neuquén TOCF Santa Rosa- La Pampa Feral Bahía Blanca Tribunal Oral en lo Criminal Feral General Roca Feral General Roca La Pampa General Roca TOCF La Rioja Feral Córdoba Juez TOC 2 Córdoba Feral Córdoba La Rioja Córdoba Juzgado Feral General Roca Feral General Roca Secretario (interino) en la Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional Feral la Capital Nacional en lo Criminal y Correccional Feral General Roca Ciudad Buenos Aires TOCF General Roca Feral General Roca Juez Tribunal Oral en lo Criminal Feral Neuquén Feral General Roca General Roca Neuquén TOCF Nº1 La Plata Feral La Plata juez en el TOCF Mar l Plata Feral Mar l Plata La Plata Mar l Plata TOCF Nº1 La Plata Feral La Plata juez en el TOCF Mar l Plata Feral Mar l Plata La Plata La Plata Juzgado Feral Primera Instancia Eldorado Feral Misiones Juzgado Feral Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y lo Cont. Adm. Posadas Feral Posadas Eldorado Posadas Cámara Apelaciones Feral Juez TOCF San Juan Feral Mendoza San Juan

Mendoza, Sala B. Mendoza Mendoza TOCF San Juan Feral Juez l TOCF San Luis Feral San Juan San Luis Mendoza Mendoza Juzgado Feral Nº2 Jujuy Feral Salta Juez Juzgado Tucumán Nº2 Feral Tucumán Jujuy Tucumán TOCF Salta Feral Salta Juez l TOCF Tucumán Feral Tucumán Salta Tucumán TOCF Jujuy Feral Salta Juez Cámara Apelaciones Salta Feral Salta Jujuy Salta TOCF Jujuy Feral Salta Juez Cámara Apelaciones Salta Feral Salta Jujuy Salta Cámara Apelaciones San Martín Feral San Martín Juez Feral en lo Criminal y Correccional Nº3 Morón Feral San Martín San Martín Morón Cámara Apelaciones San Martín Feral San Martín Juez Feral en lo Criminal y Correccional Tres Febrero Feral San Martín San Martín Tres Febrero Juzgado Feral Campana Feral San Martín Sec. l Juzgado Fed. en lo Crim. y Corr. Nº1 San Isidro Feral San Martín Campana San Isidro Fuente: ADC / Elaboración propia 67. En el cuadro 5 se indicaron las ciudas don el subrogante ejerce el cargo, comparándolas con las ciudas don sempeña su cargo efectivo. Resulta trascennte atenr a estos datos ya que si bien puen existir buenas razones para dichas signaciones (como por ejemplo, equilibrar juzgados con mucha y poca carga trabajo) el traslado hasta los lugares trabajo manda tiempo, pudiendo afectar la eficacia funcional ambos órganos judiciales. 67 Información proveniente las Cámaras Apelaciones, recopilada entre el 09/02/2012 y el 31/05/2012

VIII. Género y subrogancias Al analizar las signaciones con perspectiva género, hemos verificado que el 69,1 % los subrogantes son varones y el 30,9% son mujeres. A su vez, la mayoría mujeres sempeñan cargos interinos en Juzgados Primera Instancia, mientras que las funciones en las Cámaras y en los Tribunales Orales son sempeñadas por varones. En efecto, 28 magistrados subrogantes en Cámaras Apelaciones, 25 son varones y 23 magistrados en Tribunales Orales, 20 son varones. En suma, no solo el número magistradas subrogantes es bajo, sino que ellas, la mayoría se sempeña en los cargos jerarquía inferior, es cir, en los Juzgados Primera Instancia, quedando reservado a los varones los cargos superiores. En realidad, estas cifras reproducen las diferencias género existentes en general en el Por Judicial. La Oficina la Mujer la Corte Suprema realizó un mapa género la justicia argentina en el cual revela que el 71,93% la Feral y Nacional está integrada por jueces y camaristas varones. Sin embargo, los cargos secretarias/os y prosecretarias/os se encuentran ocupados en un 54,82% por mujeres 68. De acuerdo a un informe l Equipo Latinoamericano Género y (ELA), las mujeres constituyen el 54,4% l total l personal l Por Judicial la Nación, pero ocupan un 15% los puestos mayor responsabilidad 69. Cuadro 6. Jerarquía los jueces subrogantes Jerarquía Cámaras Porcentaje Tribunales Orales Porcentaje Juzgados Porcentaje Total Porcentaje Género Mujer 3 1,81% 3 1,81% 45 27,27% 51 30,9% Fuente: ADC / Elaboración propia 70. Varón 25 15,16% 20 12,13% 69 41,82% 114 69,9% 68 Oficina la Mujer, Corte Suprema la Nación Informe: Mapa Género la Argentina Disponible en http://www.csjn.gov.ar/om/trab_unidas/mapa.pdf 69 Ver Sexo y Por Quién manda en la Argentina? Disponible en http://www.ela.org.ar/ 70 Información recopilada entre el 09/02/2012 y el 31/05/2012.

Cuadro 7. Cargos efectivos y género Cargo efectivo l subrogante Mujer Varón Total Jueces Cámara 1 14 15 Jueces 27 61 88 Magistrados jubilados 2 4 6 Secretarios y Prosecretarios 13 21 34 Abogados la matrícula 0 2 2 Sin datos 20 TOTAL 43 102 165 Fuente: ADC / Elaboración propia 71. IX. Algunas conclusiones La garantía inpenncia judicial respon al principio básico que toda persona tiene recho a ser juzgada por los tribunales ordinarios acuerdo a los procedimientos legales establecidos. Dicha garantía constituye uno los pilares l sistema mocrático y como tal ha sido reconocida en diversos tratados con jerarquía constitucional. En ese sentido, la inpenncia judicial no es un fin en si mismo, sino un medio para garantizar la imparcialidad 72. A efectos asegurar un procer inpendiente, la Constitución Nacional le ofrece a los jueces una serie garantías que le otorguen cierta estabilidad y lo protejan presiones e influencias inbidas, tales como la inamovilidad l cargo e intangibilidad sus remuneraciones 73. Los subrogantes, al ser signados por un sistema distinto al establecido en la Constitución Nacional, no cuentan con dichas garantías. El elevado número jueces provisorios en la actualidad y el mantenimiento esta situación a través l tiempo han tornado en regla un sistema que bería responr ante caso excepcionales. Cómo sostuvo la Corte Interamericana Derechos Humanos: los nombramientos provisionales ben constituir una situación excepción y no la regla. De esta manera, la extensión en el tiempo la provisionalidad los jueces o el hecho que la mayoría los jueces se encuentren en dicha situación, generan importantes obstáculos para la inpenncia judicial 74. La información obtenida muestra que, cómo ya nunció la ADC, no existe uniformidad alguna en los mecanismos subrogancia. Hay poco control, no hay 71 Ibím. 72 Julio Maier, Derecho Procesal Penal, Buenos Aires, Ed. Del Puerto, 1996, P.739. 73 Art. 110, Constitución Nacional. 74 Corte Interamericana Derechos Humanos. Caso Apitz Barbera y otros ( Corte Primera lo Contencioso Administrativo ) vs. Venezuela. Sentencia 5 agosto 2008.

información centralizada y, por lo tanto, existe mayor opacidad sobre la forma en que este mecanismo se está senvolviendo 75. Algunas las conclusiones preliminares esta investigación revelan que: El acceso a la información constituye uno los problemas principales ya que la misma no se encuentra disponible en un único organismo. Para elaborar este informe bimos consultar a cada una las Cámaras Apelaciones todo el país, a la Cámara Nacional Casación Penal y la Cámara Feral Seguridad Social. Las solicitus han sido respondidas en distintos momentos dificultando la sistematización los datos. Las Cámaras cuentan con excesiva discrecionalidad para signar a los subrogantes. La normativa aplicable establece parámetros generales, sin regular específicamente como se llevará a cabo la signación. No existe un órgano que controle las signaciones interinas efectuadas y el Consejo la Magistratura no tiene participación alguna en la signación. Hasta el cierre la presente investigación, el Por Ejecutivo, no había aún creado la lista conjueces exigida por ley, subsistiendo por lo tanto las subrogancias claradas inconstitucionales por la Corte Suprema. No se establece un término en el cual se sempeñará el juez subrogante. Cómo se dijo anteriormente, la ADC pudo obtener información sobre 82 jueces provisorios, ellos, únicamente sobre 9 se ha dispuesto un plazo vencimiento. Si bien la normativa nada dice respecto a este punto, sería conveniente que se regulara un plazo para el ejercicio l cargo interino. Es relevante la disparidad las signaciones subrogantes en relación al peso las distintas corporaciones que operan en la administración la justicia. Actualmente, acuerdo a los datos la investigación, más l 53% los jueces subrogantes ocupa un cargo efectivo como juez titular, el 20,9% son secretarios y prosecretarios, y únicamente 2 son abogados. En la normativa vigente no se establecen criterios género para las signaciones, que reproducen la asimetría global l Por Judicial. Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Septiembre 2012 75 Ver Principios para una reforma mocrática l Consejo la Magistratura, documento elaborado por ADC, ACIJ, CELS, CIPPEC, Por Ciudadano y la Asociación Usuarios y Consumidores, 16 marzo 2010. Disponible en www.adc.org.ar/download.php?fileid=502

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