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Transcripción:

BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE SANIDAD Orn SAN/17/2011, 19 mayo, por la que se crean y regulan los Comtés Segurdad l Pacente y Gestón los Resgos la Comundad Autónoma Cantabra. La crecente complejdad los sstemas santaros y l entorno la actvdad clínca supone un nuevo escenaro para el ejercco las profesones santaras, ya que, la combnacón compleja procesos, tecnologías e nteraccones humanas, resultan un porcentaje elevado efectos adversos. Por ello la segurdad l pacente consttuye una prordad y un componente esencal la caldad asstencal. Los sstemas santaros ben establecer meddas que permtan prevenr los errores y los efectos adversos evtables en la práctca clínca y, este modo, controlar y mnmzar los resgos para el pacente. En este sentdo, la estratega 8 l Plan Caldad l Sstema Naconal Salud tene por objeto mejorar la segurdad los pacentes atenddos en los centros santaros l Sstema Naconal Salud. En concordanca con dcha estratega, la Comundad Autónoma Cantabra asume el compromso stuar la segurdad los pacentes en el centro su polítca santara e mpulsar los proyectos y estrategas necesaras para la mejora práctcas seguras en los centros santaros su terrtoro. Por otra parte, el Mnstero Sandad y Consumo y la Comundad Autónoma Cantabra frmaron el 11 dcembre 2008 un conveno colaboracón en el que se prevé el sarrollo undas o grupos trabajo específcos en caldad que permtan promover una estratega unfcada en segurdad pacentes en la Comundad Autónoma. Así, buscando la consoldacón una polítca segurdad para los pacentes nuestra Comundad Autónoma y ntro las estrategas encamnadas a la puesta en marcha una acuada gestón resgos que permta un abordaje sstemátco en el que la organzacón y los profesonales se responsablcen la cuestón, se consra oportuna la creacón un Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos, así como Comtés Funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos en cada una las Gerencas l Servco Cantabro Salud. En vrtud lo expuesto y conformdad con las atrbucones conferdas por el artículo 33 f) la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, DISPONGO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto La presente orn tene por objeto la creacón y regulacón : a) El Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos. b) Un Comté Funconal Segurdad l Pacente y Gestón Resgos en cada Gerenca l Servco Cantabro Salud. Artículo 2. Naturaleza Los Comtés Segurdad l Pacente y Gestón Resgos señalados en el artículo anteror se confguran como órganos colegados carácter consultvo y asesoramento en matera resgos santaros y segurdad l pacente. Pág. 18161 1/5

BOLETÍN OFICIAL DE CAPÍTULO II COMITÉ AUTONÓMICO DE SEGURIDAD DEL PACIENTE Y GESTIÓN DE RIESGOS Artículo 3. Adscrpcón, objetvos y funcones. 1. El Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos, cuyo ámbto actuacón será el conjunto l Sstema Autonómco Salud, se adscrbe a la Consejería Sandad a través la Dreccón General competente en matera ornacón, nspeccón y atencón santara. 2. El Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos tene como objetvos: a) Promover la cultura segurdad en la asstenca santara. b) Fomentar el establecmento sstemas vglanca eventos adversos en la asstenca santara. c) Colaborar en la ntfcacón factores asocados y plantear meddas preventvas. d) Desarrollar una metodología homogénea análss la nformacón sobre eventos adversos. e) Coordnar la mplantacón práctcas clíncas seguras en el Servco Cantabro Salud. 3. Amás las generales que rvan su propa naturaleza, correspon al Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos las sguentes funcones: a) Coordnar, drgr y controlar las actuacones sobre segurdad l pacente splegadas por los dstntos Comtés Funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos. b) Impulsar el sarrollo y actvdas l proyecto mejora la segurdad clínca. c) Aprobar el programa, objetvos, y plan banual trabajo. d) Documentar la memora anual trabajo. e) Proponer profesonales para la confguracón Grupos Mejora para el sarrollo líneas específcas trabajo en segurdad l pacente en el Servco Cántabro Salud. Artículo 4. Composcón. 1. El Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos se compone los sguentes membros: a) Presnte: El ttular la Dreccón General competente en matera ornacón, nspeccón y atencón santara. b) Vcepresnte: El ttular la Subdreccón competente en matera sarrollo y caldad l Servco Cantabro Salud. c) Vocales: Un representante cada uno los Comtés Funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos. Un representante la Undad Farmacovglanca l Servco Cantabro Salud. Un representante l Banco Sangre y Tejdos Cantabra. Un representante l nvel Atencón Especalzada. Un representante l nvel Atencón Prmara. Un representante l Servco Gestón Farmacéutca l Servco Cantabro Salud. Un representante l Servco Asesoramento Jurídco la Consejería Sandad. Un representante la Inspeccón Médca la Consejería Sandad. 2. Actuará como Secretaro l Comté, con voz pero sn voto, un funconaro la Dreccón General competente en matera ornacón, nspeccón y atencón santara. Pág. 18162 2/5

BOLETÍN OFICIAL DE Artículo 5. Funconamento. 1. El funconamento l Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos se ajustará a las reglas establecdas para los órganos colegados en la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común y en la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. 2. El Comté se reunrá, con carácter ordnaro, dos veces al año. Con carácter extraordnaro se reunrá sempre que lo solcte alguno sus membros. 3. Prevo acuerdo nterno, se podrá nvtar a partcpar en las reunones l Comté, en caldad asesores, a profesonales expertos o con un especal conocmento o dcacón en los asuntos a tratar. 4. Los membros l Comté están oblgados a guardar secreto respecto los asuntos que tuveran conocmento por razón su condcón membros l Comté. 5. El ttular la Dreccón General competente en matera ornacón, nspeccón y atencón santara podrá sgnar entre sus membros un coordnador l Comté que se encargará nstrumentar y ejecutar los acuerdos l msmo y coordnar sus actuacones. Artículo 6. Grupos mejora 1. El Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos podrá acordar la consttucón Grupos Mejora nterdscplnares para el sarrollo líneas trabajo nsttuconales en segurdad clínca. 2. Se fomentará la partcpacón en los grupos mejora representantes la totaldad las Gerencas l Servco Cántabro Salud. 3. El Grupo Mejora permanecerá actvo hasta el cumplmento los objetvos planteados. CAPÍTULO III COMITÉS FUNCIONALES DE SEGURIDAD DEL PACIENTE Y GESTIÓN DE RIESGOS Artículo 7. Adscrpcón, objetvos y funcones. 1. Los Comtés Funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos se adscrben a cada una las Gerencas l Servco Cantabro Salud. 2. Los Comtés Funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos tendrán como objetvos: a) Promover la cultura segurdad en la asstenca santara los centros salud y centros hosptalaros. b) Potencar sstemas vglanca eventos adversos en la práctca clínca dara cada gerenca, sarrollando una metodología homogénea teccón y análss la nformacón. c) Coordnar la mplantacón práctcas seguras en los centros. d) Evaluar el resultado las meddas adoptadas. e) Coordnar los grupos mejora en gestón resgos que se hayan consttudo. 3. Correspon a los Comtés Funcones Segurdad l Pacente y Gestón Resgos las sguentes funcones: a) La potencacón, sarrollo y evaluacón las accones orentadas a la práctca asstencal segura, sguendo las drectrces l Comté Autonómco Segurdad l Pacente y Gestón Resgos. Pág. 18163 3/5

BOLETÍN OFICIAL DE b) La promocón la formacón y sensblzacón l personal en segurdad l pacente. c) La vglanca eventos o sucesos adversos, coordnando la realzacón estudos sobre eventos especal nterés por su ncnca sobre el pacente y estudos sobre los eventos adversos más prevalentes. d) La mplantacón sstemas, meddas control y estrategas en segurdad l pacente, dseñando estrategas segurdad y caldad asstencal, partcpando en el splegue, mplantacón, sarrollo y evaluacón práctcas seguras, gestonado los resgos en cada centro y apoyando a los equpos drectvos cada Gerenca para promover el compromso todos los profesonales. e) El apoyo metodológco, partcpando en el dseño cualquer actuacón relaconada con la segurdad l pacente. f) Cualquer otra funcón que se les asgne relaconada con la segurdad l pacente. Artículo 8. Composcón 1. En el ámbto la atencón especalzada, se constturá en cada Gerenca Atencón Especalzada, un Comté Funconal Segurdad l Pacente y Gestón Resgos, como órgano partcpacón colegado y multdscplnar. Estará presddo por un drectvo la Gerenca que sgne su Drector Gerente y por los vocales que sgne cada Drector Gerente. Necesaramente formarán parte l Comté como vocales, los presntes comsones y responsables grupos mejora relaconados con el ámbto la segurdad, el responsable segurdad l Servco Medcna Preventva l centro y un membro Atencón Prmara l área corresponnte. Ejercerá las funcones secretaría l órgano uno los vocales l Comté Funconal que sgne su Presnte. 2. En el ámbto la tencón prmara, se constturá en cada Gerenca un Comté Funconal Segurdad l Pacente y Gestón Resgos, como órgano partcpacón colegado y multdscplnar. Estará presddo por un drectvo la Gerenca que sgne su Drector Gerente y por los vocales que sgne cada Drector Gerente. Necesaramente formarán parte l Comté como vocales los profesonales relaconados con el ámbto la segurdad y un representante los Comtés Funconales cada centro hosptalaro. Ejercerá las funcones secretaría l órgano uno los vocales l Comté Funconal que sgne su Presnte. Artículo 9. Funconamento. 1. El funconamento los Comtés Funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos se ajustará a las reglas establecdas para los órganos colegados en la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común y en la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. 2. Prevo acuerdo nterno, se podrá nvtar a partcpar en las reunones l Comté, en caldad asesores, a profesonales expertos o con un especal conocmento o dcacón en los asuntos a tratar. 3. Los membros l Comté están oblgados a guardar secreto respecto los asuntos que tuveran conocmento por razón su condcón membros l Comté. Artículo 10. Grupos mejora 1. Los Comtés funconales Segurdad l Pacente y Gestón Resgos podrán acordar la consttucón Grupos Mejora nterdscplnares para el sarrollo líneas trabajo nsttuconales en segurdad clínca. 2. El Grupo Mejora permanecerá actvo hasta el cumplmento los objetvos planteados. Pág. 18164 4/5

BOLETÍN OFICIAL DE Dsposcón adconal únca Gerenca Únca l Área II-Laredo El Comté Funconal la Gerenca Únca l Area II-Laredo se ajustará a lo dspuesto en el artículo 8.1 la presente Orn. Dsposcón rogatora únca Derogacón normatva Quedan rogadas las dsposcones gual o nferor rango que se opongan a lo establecdo en la presente orn. Dsposcón fnal únca Entrada en vgor La presente Orn entrará en vgor el día sguente a su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra. 2011/7228 Santanr, 19 mayo 2011. El consejero Sandad, Lus María Truan Slva. Pág. 18165 5/5