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Transcripción:

Preguntas Frecuentes 1.- Qué es una Factura Electrónica o Comprobante Fiscal Electrónico? La factura electrónica en México es la representación digital de un Comprobante Fiscal Digital (CFD) con validez fiscal, que utiliza los estándares definidos por el SAT (RMF Anexo 20) en cuanto a forma y contenido, garantizando la integridad, autenticidad y no repudio del documento Integridad: Garantiza que la información contenida en el mensaje queda protegida y no puede ser manipulada o modificada, confirmando la no alteración de los datos de origen. Autenticidad: Permite verificar la identidad del emisor y el receptor del CFD. No Repudio: El emisor que selle digitalmente un CFD no podrá negar la generación del comprobante. 2.- Qué diferencia existe entre un Comprobante Fiscal electrónico y el de papel? Desde el punto de vista fiscal, ambos comprobantes tienen los mismos efectos y alcances, sin embargo, los electrónicos cuentan con elementos de seguridad superiores a los de papel. Otra diferencia importante es la versatilidad, ya que a diferencia de los de papel, los electrónicos son creados, enviados, validados y almacenados por medios electrónicos y se pueden imprimir en caso que así se requiera. 3.- Qué beneficios ofrecen los electrónicos? Mayor seguridad Se puede determinar la veracidad de estos rápidamente utilizando los servicios en línea del SAT. Incremento en productividad: - Reducción de tiempos en procesos administrativos. - Rapidez y seguridad en el intercambio de información. - Mejor servicio al cliente. - Mejora la precisión de la información. - Agiliza la interacción cliente - proveedor aprovechando el intercambio electrónico de facturas. Ahorro en costos administrativos y de oficina: - Reducción en volumen de papeleo, correo, fax y otros gastos fijos. - Mejor utilización de espacios físicos. - Evitar recaptura de la información. - Reducción de tiempos de edición y remisión. Reducción en tiempos operativos 4.- Cómo funcionan los electrónicos? Los comprobantes fiscales electrónicos son un esquema de que utiliza tecnología digital para generar y resguardar este tipo de comprobantes fiscales digitales. Cada comprobante que se emite cuenta con un sello digital que permite corroborar el origen e integridad del mismo y le da validez ante las autoridades fiscales, una cadena original que es un resumen de la factura, así como un folio que indica el número de la transacción. Pueden ser enviados y guardados utilizando medios electrónicos. También pueden imprimirse en caso de que el solicitante así lo requiera, y tienen la misma validez que los tradicionales. 5.- Es obligatorio usar esta nueva modalidad de electrónicos? Si, pero también hay distintas opciones para los años 2011 y 2012 se van apreciar 5 modelos que paulatinamente se reducirán a los digitales. a).- CFD (Comprobantes Fiscales Digitales) los electrónicos emitidos de acuerdo al modelo operativo hasta el 31 de Diciembre del 2010, seguirá funcionando en el 2011 para aquellos contribuyentes que realizaron la solicitud de folios y sellos digitales para su uso. Utilizado por sus propios medios, las empresas que utilizan actualmente a un PACFD (Prestador Autorizado de Comprobantes Fiscales Digitales), solo podrán utilizar esa modalidad hasta el 30 de Junio del 2011.

b).- Comprobantes Fiscales impresos por imprentas autorizadas Los contribuyentes que cuenten con estos tendrán una vigencia de 2 años para su uso o hasta agotarse "Sin importar el monto menor o mayor a $2,000.00", al concluir su vigencia deberán de utilizar los electrónicos. VER TABLA DE FACTURACION PARA EL 2011 c).- Facturas Impresas con Código de Barras Bidimensional El contribuyente ahora podrá solicitar al SAT folios mediante el SICOFI, adicionalmente el SAT les entregará un código bidimensional (QR) holograma para su uso por ende las representaciones impresas y que entra en vigencia a partir del 1 de enero del 2011. Estos folios tendrán una vigencia de 2 años y el contribuyente deberá de presentar un reporte al SAT de cada comprobante que expedida. VER TABLA DE FACTURACION PARA EL 2011 https://www.consulta.sat.gob.mx/_mem_bin/formslogin.asp?/sicofi_web/modulofoliosv2/principal.asp d).- PAC (Prestador de Autorizado de Certificación) A partir del 1 de enero de 2011 deberán de existir los PAC que serán los proveedores autorizados para realizar la validación, timbrado, sellado y agregar los folios del SAT al Nuevo Comprobante Electrónico denominado CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet). Las impresiones del CFDI también deberán agregar el Código Bidimensional y contendrá 2 sellos digitales y la cadena original del timbrado; Fecha de emisión y fecha de timbrado; Leyenda que indique que "es la representación impresa de un CFDI". VER TABLA DE FACTURACION PARA EL 2011 E.- CFDA (Comprobantes Fiscal Digital para Asociaciones) Nace una nueva figura para aportar a sus agremiados o asociados el uso del CFD para el sector primario, en donde no esta obligado a cumplir con los requerimientos para funcionar como el CFD se utiliza hoy en día. Se incluyen el código de barras en dos dimensiones para realizar la representación impresa del CFD que vendrá a sustituir el sello y cadena original de la actual versión del CFD, cambia la versión del anexo 20 y se incluyen nuevos nodos de timbrado en el CFD. 7.- Cuáles son los requisitos para implementar Comprobantes Fiscales Digitales ó Electrónicos (CFDs)? - Contar con un Certificado vigente de Firma Electrónica Avanzada. - Contar con al menos un certificado de sello digital. - Contar con un determinado rango de folios asignados por el SAT. Si hiso este trámite antes del 31 de Diciembre del 2010 podrá solicitar el servicio; A partir del día 1 de Enero del 2011 el SAT ya no está otorgando dichos certificados y folios. 8.- Qué es la Firma Electrónica Avanzada (FIEL)? La Firma Electrónica Avanzada son aquellos datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de datos, siempre que cuenten con un certificado expedido por el SAT. http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/tu_firma/60_11505.html 9.- Qué es un certificado de sello digital? Las personas físicas y morales que cuenten con un certificado de firma electrónica avanzada vigente y lleven su contabilidad en sistema electrónico, podrán emitir los comprobantes de las operaciones que realicen mediante documentos digitales, siempre que dichos documentos cuenten con sello digital amparado por un certificado expedido por el Servicio de Administración Tributaria, cuyo titular sea la persona física o moral que expida los comprobantes. Los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere el párrafo anterior, deberán cumplir con todas las obligaciones que se refiere el artículo 29 del Código de la Federación y las reglas 2.22.6 a la 2.22.12 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal. Una de estas obligaciones es tramitar ante el Servicio de Administración Tributaria el certificado para el uso de sellos digitales. Los contribuyentes podrán optar por el uso de uno o más sellos digitales dependiendo de las sucursales o puntos de facturación registrados, los certificados de sello digital se utilizarán exclusivamente para la emisión de los comprobantes fiscales digitales. El certificado de sello digital permitirá acreditar la autoría de los comprobantes fiscales digitales que emitan las personas físicas y morales. Los certificados de sello digital quedan sujetos a la misma regulación aplicable al uso de una firma electrónica avanzada.

Los contribuyentes podrán tramitar la obtención de un certificado de sello digital para ser utilizado por todos sus establecimientos o locales, o bien, tramitar la obtención de un certificado de sello digital por cada uno de sus establecimientos. La tramitación de un certificado de sello digital sólo podrá efectuarse mediante una solicitud que cuente con la firma electrónica avanzada de la persona solicitante, solicitud que deberá presentarse a través del sistema CertiSAT WEB. (Fundamento legal: Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación). Es muy importante que haya tramitado su sello digital antes del día 31 de Diciembre del 2010, así como la asignación de folios ya que a partir del día 1 de Enero del 2011 el SAT ya no está otorgando dichos sellos y folios. 10.- Se deben conservar los Comprobantes Fiscales Digitales? Sí; los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales digitales que emitan. El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión de los comprobantes fiscales digitales. Los comprobantes fiscales digitales, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, quedando sujetos a lo dispuesto en el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación. Y se deben conservar por un plazo mínimo de 5 años por estipulación del SAT (Fundamento Legal: Artículo 29 fracción IV del Código Fiscal de la Federación) 12.- Si expido Comprobantes Fiscales Digitales, aún tendré la opción de emitir facturas impresas? Los contribuyentes que opten por emitir comprobantes fiscales digitales no podrán expedir otro tipo de comprobante, salvo que lo determine el SAT. (Fundamento legal: Artículo 29 fracción VI segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación). 13.- Qué sucederá con los comprobantes simplificados? Los comprobantes simplificados no podrán emitirse como facturas electrónicas puesto que no tienen efectos fiscales (no pueden deducirse), por lo que seguirán imprimiéndose estas últimas en papel. 15.- Qué sucederá con los comprobantes fiscales en papel? Seguirán siendo válidos? Siguen siendo validos hasta que se termine su vigencia. (2 años); Todos los documentos que se hayan impreso a través de un impresor autorizado antes del día 31 de Diciembre del 2010; Y también todos aquellos que obtén por los impresos con el código de barras Bidimensional hasta el día 30 de Junio del 2011. 16.- Cómo se puede tramitar un certificado de sello digital? El proceso para obtener el certificado de sello digital es muy similar al de la firma electrónica avanzada, ya que, nuevamente, usted va a tener que usar el programa SOLCEDI y generar un archivo de requerimiento para obtener el Certificado de Sello Digital. Una vez generado este archivo, deberá ingresar nuevamente a este portal en la sección Generación del certificado y enviar su requerimiento vía web. http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/comprobantes_fiscales/15_6547.html

TABLA DE FACTURACION PARA EL 2011

MODELO DE FACTURA ELECTRÓNICA 2011 CFDI Y PAC CFDI (Comprobantes Fiscal Digital por Internet 2011) Este es un nuevo modelo que esta implementado el SAT, de acuerdo a las definiciones el modelo de operación es el siguiente: Se genera el CFD en donde ahora se adicional y se convierten en opcionales los siguientes campos. Folio de factura (este es que se obtenga del ERP) Serie (Es opcional) Tipo de cambio (Campo opcional para definir el tipo de cambio a utilizar) Moneda (Campo Opcionales, para expresar la moneda) Se genera el XML y se firma con el certificado de sello digital de la empresa y Se remitirá a un PAC Qué es un PAC y su función? Las reglas mencionan que un PAC es una empresa que tiene la autorización por parte del SAT a realizar los siguientes requerimientos: Validar el CFD (XML). Validar la vigencia del sello digital (Del Emisor). Integrar un timbrado. Regresar al Contribuyente el Timbrado. Enviar en línea al SAT todas las facturas timbradas. EL PAC solicitará al SAT un Certificado de Sello Digital para integrarlo al timbrado de los CFDI, el SAT menciona que este servicio es gratuito por parte del PAC para cualquier empresa. TIMBRADO Que contiene el Timbrado Versión UUID Fecha Timbrado Sello CFD Número de Certificado del SAT El resultado de la validación de un CFDI, asignación de un folio fiscal e incorporación del sello digital del SAT se entenderá como el Timbrado Fiscal Digital. El folio fiscal digital será referido como el UUID Esta información se regresará al contribuyente para integrarlo al CFD en donde se tiene la facilidad de integrar la ADDENDA que se esté utilizando.

CFDI Y LAS REGLAS OPERACIONALES En cuanto a los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) se establecieron principalmente las siguientes reglas de operación: a) Se tendrá por cumplida la obligación de señalar la clave del RFC de la persona a favor de quien se expida el comprobante, para aquellos CFDI, que amparen una o más operaciones efectuadas con el público en general, cuando en el mismo se consigne el RFC genérico: XAXX010101000 y para los residentes en el extranjero que no se encuentren inscritos en el RFC, se consigne el RFC genérico: XEXX010101000. (Regla I.2.23.3.1 Anteproyecto Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2010). b) Los contribuyentes que emitan y reciban CFDI, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML sujetándose estrictamente a lo dispuesto por la Secretaría de Economía en la Norma Oficial Mexicana No. 151 vigente (NOM-151), publicada en el DOF y mantengan en todo momento a disposición del SAT los elementos necesarios para su verificación y cotejo. (Regla I.2.23.3.2 Anteproyecto Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2010). c) Los contribuyentes podrán utilizar uno o más proveedores de certificación de CFDI autorizados y utilizar de manera simultánea la prestación de varios proveedores autorizados por el SAT y deberán proporcionar por escrito su manifestación de conocimiento y autorización al proveedor de servicios de certificación de CFDI autorizado. (Regla I.2.23.3.3 Anteproyecto Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2010). Para efectos de hacer deducible un CFD, los Contribuyentes deberán validar las facturas electrónicas recibidas por parte de sus proveedores utilizando el servicio de validación (CFD y CFDI) en el que se deberán ingresar uno a uno los datos del Comprobante a validar o bien, usar la herramienta de validación masiva (CFDI) disponible en el Portal del SAT. (Artículo 29 CFF y Regla II.2.23.3.8 y II.2.23.4.6 Anteproyecto Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2010). Para llevar a cabo las funciones de validación, timbrado y asignación de folios en representación del SAT, los proveedores autorizados de Certificación (PAC), deberán contar con un servicio de validación y certificación gratuito para los CFDI que generen los Contribuyentes a partir de una aplicación gratuita que también deberán poner a disposición del público en general. (Artículo Tercero Resolutivo Anteproyecto Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2010) ACTUALIZACIÓN FEBRERO DEL 2011