GOBIERNO DE P-CJ-DLH-00 Página de 5 PROCEDIMIENTO CIUDADANO DE LA TESORERÍA GENERAL
GOBIERNO DE P-CJ-DLH-00 Página 2 de 5 OBJETIVO Resolver las consultas de los Contribuyentes que formulen en los términos legales. ALCANCE Este procedimiento aplica a: Contribuyentes Asesores Jurídicos Coordinador de Patrimonio y Resoluciones Coordinador de Normatividad Directora Legal Hacendaria Consejero Jurídico Subsecretario de Ingresos Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado DEFINICIONES N/A ENFOQUE DE PROCESO Proveedor(es) (Int. /Ext.) Entrada(s) Salida(s) Contribuyente Escrito de Consulta Notificación de la resolución al contribuyente. PROCESO Cliente(s) (Int. /Ext.) Contribuyente PROCESOS INTERRELACIONADOS Solicitud de información a dependencias. Solicitud de información a contribuyentes. DIAGRAMA DE FLUJO
GOBIERNO DE P-CJ-DLH-00 Página 3 de 5 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO Recibir y Enviar Oficio de Consulta El Área Recepción recibe por parte del Contribuyente un escrito de consulta cumpliendo con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación o del Estado, dependiendo de sí la naturaleza del asunto consultado es federal o estatal, con el sello oficial correspondiente y la firma del receptor, posteriormente la recepción lo turna directamente al Titular de la Dirección, quien firma cada documento de enterado. Firmar Escrito de Consulta La Directora Legal Hacendaria recibe el Oficio de Consulta, firmando cada documento de enterado. Envía el Oficio al Titular de la Coordinación de Normatividad. Recibir y Enviar escrito de consulta. El Titular de la Coordinación de Normatividad recibe el oficio de consulta firmado por el Titular de la Dirección y lo envía al Coordinador de Patrimonio y Resoluciones, para la elaboración del proyecto correspondiente. Analizar Oficio de Consulta. El Asesor Jurídico revisa que el escrito reúna los requisitos legales. Elaborar Oficio Solicitud Requisitos Faltantes. En caso que el Oficio de Consulta, no reúna los requisitos, los asesores jurídicos, elaboran un proyecto para firma del titular de la Dirección para solicitarlos al interesado. Entregar Oficio Solicitud Requisitos Al Área de Recepción recibe el oficio de solicitud de requisitos y lo entrega al contribuyente. Entregar Requisitos Faltantes. En caso que el oficio de consulta no reúna los requisitos, el contribuyente recibe el oficio de solicitud de requisitos, posteriormente entrega los requisitos faltantes a al Área de Recepción. Elaborar Proyecto de Resolución de la Consulta. Una vez que los Asesores Jurídicos verifican que el oficio de consulta reúna los requisitos y en su caso entregados por el contribuyente, procede a elaborar el Proyecto de Resolución para proponerlo al Coordinador de Patrimonio y Resoluciones. En caso necesario dictamina previamente el criterio de respuesta con el Coordinador de Patrimonio y Resoluciones y en casos especiales éste a su vez lo dictamina con el Coordinador de Normatividad. Revisar Proyecto Resolución de la Consulta. El Coordinador de Patrimonio y Resoluciones revisa los proyectos de las resoluciones elaboradas por los Asesores Jurídicos, si no hay cambios, los turna para su revisión al Coordinador de Normatividad para su revisión definitiva y visto bueno.
GOBIERNO DE P-CJ-DLH-00 Página de 5 Hacer cambios a proyectos de resolución de la consulta. El Coordinador de Normatividad recibe del Coordinador de Patrimonio y Resoluciones el proyecto de resolución para su revisión definitiva y visto bueno. Si no existen modificaciones al proyecto, se procede a la emisión de la resolución correspondiente. Realizar emisión de resolución de la consulta. Una vez que se aprueba el Proyecto de Resolución de la consulta, se procede a la emisión de la resolución correspondiente y se envía la Dirección Legal Hacendaria para que sea ante firmada o firmada por el Titular de la Dirección, dependiendo de la naturaleza de la consulta. Ante Firmar Resolución de la Consulta. El titular de la Dirección recibe y firma la resolución de la Consulta, o en su caso ante firmada por el Titular de la Unidad Administrativa competente en los términos de Ley. Firmar la Resolución de Consulta. Subsecretario de Ingresos o en su caso, el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, firma la resolución de la Consulta. Posteriormente envía la Resolución firmada al Coordinador de Patrimonio y Resoluciones. Verificar que se notifiquen las resoluciones de las consultas. El Coordinador de Patrimonio y Resoluciones es el encargado de verificar que las resoluciones de las consultas se notifiquen a los contribuyentes y en su caso a las Unidades Administrativas que legalmente deban tener conocimiento del asunto o por cuando la naturaleza del mismo lo requiera. Enviar resolución de consultas a archivo. Una vez notificada la resolución, el asesor encargado del asunto lo turna al Área de Archivo, como asunto totalmente concluido. DOCUMENTOS ASOCIADOS. Escrito de petición. 2. Oficio de solicitud de requisitos adicionales. 3. Código Fiscal de la Federación. Código Fiscal del Estado 5. Ley del Impuesto Sobre la Renta 6. Ley del Impuesto al Valor Agregado 7. Ley del Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos 8. Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León. 9. Ley de Hacienda del Estado 0. Ley de Hacienda para los Municipios del Estado. Ley Federal de Procedimiento Administrativo
GOBIERNO DE P-CJ-DLH-00 Página 5 de 5 2. Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. 3. Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal CONTROL DE REGISTROS Registro Almacenaje Recuperación Retención mínima Formato Archivo, Expediente. Coordinador de Patrimonio y Resoluciones 5 años