CAPITULO II Ingresos por Actividad Empresarial y Profesional ART. 100 AL 110

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1 CAPITULO II Ingresos por Actividad Empresarial y Profesional ART. 100 AL INGRESOS QUE SE GRAVAN REGIMEN GENERAL ART. 100 AL 110 DE LISR ART. 14 Y 18 DE LIVA REGIMEN FISCAL APLICABLE A PERSONAS FÍSICAS CON INGRESO POR ACTIVIDADES PROFESIONALESY ACTIVIDAD EMPRESARIAL ISR. De acuerdo con la LISR, este Cápitulo se divide en dos secciones, la primera corresponde al Régimen General de actividades empresariales y profesionales, y la segunda al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que inició vigencia en 2014, con el propósito de hacer Formales a los contribuyentes que no están dados de alta en el SAT. El RIF, substituyó automáticamente a los contribuyentes que tributaban en el Régimen de Pequeño Contribuyente (REPECO), que estuvo vigente hasta diciembre de A continuación se indican los Artículos aplicables a cada Régimen TITULO IV Personas Físicas I.S.R. Capítulo II Ingresos por actividades Empresariales y Profesionales (Art. 100 al 113 ) Sección I De las Personas Físicas con Actividades Empresariales y profesionales (Art. 100 a 110) Sección II Del Régimen de Incorporación Fiscal (Art. 111 al 113 LISR) 44

2 ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES Art. 100 LISR Sujetos del ISR P.F.(Mexicanas o Extranjeras) que reciban ingresos (en territorio nacional) por : a) Actividades Empresariales (Mayor información CFF16) b) Prestar Servicios Profesionales Provenientes de actividades 1.-Comerciales 2.-Industriales 3.-Agrícolas 4.-Ganaderas 5.-Pesca o 6.-Silvicola Remuneraciones derivadas de un servicio Personal Independiente y no este n considerados sueldo (Cap I Tit IV) Art. 100 LISR Objeto de ISR a) Actividades Empresariales b) Prestar Servicios Profesionales Los ingresos los obtiene en su totalidad quien realice la actividad empresarial o preste el servicio profesional. 45

3 INGRESOS ACUMULABLES ACTIVIDAD EMPRESARIAL Art. 101 y 102 LISR Se consideran Ingresos Acumulables además de los del Art. 100 LISR los siguientes: Si son del Sistema Financiero se acumula: 1.-Condonaciones, quitas, remisiones, Deudas prescritas Principal Actualizado + Inflación $ (-) Monto de la quita, remisión, etc Ingreso a c u m u l a b l e ====================================. Liq. Total < Principal < Principal= Deuda Si NO son del Sistema Financiero: El monto total de la quita INGRESOS ACUMULABLES ART. 101 LISR 2.- Ingresos por Factoraje Financiero 3.- Recuperación de Seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros 4.-Cantidades recibidas para gastos a cuenta de terceros 5.- Enajenación de Obras de arte del contribuyente 6.- Honorarios de los agentes y promotores por servicios a 7.-Por la explotación de una patente aduanal. De pérdidas de bienes del contribuyente Salvo que los comprobantes estén a nombre del tercero Instituciones de crédito, Seguros, Fianzas, Valores, Administradoras de fondo para el retiro. 8.- Por la explotación de derechos de autor 9.-Intereses cobrados por la actividad Sin ajuste alguno Que se efectúen Que se reciban Si la deducción se realizó 10.- DEVOLUCIONES DESCUENTOS BONIFICACIONES ( Sobre Compra ) 11.- Ganancia Derivada de la enajenación de activos afectos a la actividad (Activos Fijos) 12.- Ingresos determinados presuntivamente por la autoridad Los contribuyentes de régimen intermedio consideraran como ganancia el total del ingreso obtenido en la enajenación Derivados de una auditoría fiscal. Se consideran ingresos acumulables de esta sección I, si los ingresos del contribuyente son preponderantes de actividad empresarial o servicios profesionales Preponderante = + 50% actividades del ejercicio o del anterior Tomando la proporción que representen los ingresos o activos en México Vs. Extranjero 13.- La autoridad puede determinar la Utilidad de EP de Extranjeros 46

4 INGRESOS QUE SE GRAVAN PARA EFECTOS DE IVA 1.- La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra. ART 14 LIVA. Se consideran prestación de servicios independientes No es servicio independiente, si hay subordinación mediante un pago. Tampoco se consideran los servicios que según LISR se asimilen a salarios. 2.- Transporte de personas o bienes 3.- El seguro, el afianzamiento y refinanciamiento 4.- El mandato, la comisión, la mediación, la agencia, la representación, la correduría, la consignación y la distribución 5.- Asistencia técnica y la transferencia de tecnología 6.- Toda la obligación de dar, de no hacer o permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no estén considerada por esta la Ley de IVA como enajenación o arrendamiento. 1.- Comisiones y gastos relacionados con la obtención de un crédito hipotecario para casa habitación; 2.- Las comisiones que cobren las AFORES a los trabajadores por la administración de sus fondos; 3.- Servicios gratuitos ART. 15 LIVA No se pagará IVA por los siguientes servicios (Ingresos Exentos) 4.-Servicios de enseñanza prestados por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal, o prestados por particulares que tengan Autorización o REVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios) 5.- Transporte Público de personas prestados exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o metropolitanas (Exentos: Micros, taxis, combis. Gravados: Flecha Roja, etc) 6.- Servicios Profesionales de Medicina- 7.- Algunos intereses 47

5 ART.17 LIVA MOMENTO DE ACUMULACION DE IVA En el caso de servicios, se pagará el IVA cuando efectivamente se cobre la contraprestación excepto en los casos de intereses del Art. 18-A. Se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en: - efectivo, - en bienes o - en servicios, - Aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, - o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones. PAGO CON CHEQUE: Art. 1-B LIVA CONCEPTO DE EFECTIVAMENTE COBRADO. Cuando el precio o contraprestación pactados por: - la enajenación de bienes, - la prestación de servicios o - el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes se pague mediante cheque, se considera que el valor de la operación, así como el IVA trasladado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha de cobro del mismo o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración 48

6 2.2 MOMENTO DE ACUMULACION (ART. 102, PARRAFO 1 LISR) Momento de Acumulación de los ingresos Art. 102 LISR Los Ingresos se consideran ACUMULABLES en el momento en que sean EFECTIVAMENTE PERCIBIDOS, es decir, cuando se reciban:: - En efectivo - En Bienes - En Servicios - Sean de Anticipos - Sean de Depósitos o con el nombre que se le designe - Se reciban títulos de crédito (cheques) de personas distintas a quien realiza el pago (Endoso de cheques) - En el caso de cheques se considera percibido en la fecha de cobro del mismo - En el caso de cheques se considera percibido cuando se transmita a un tercero - Cuando el interés del acreedor se satisfaga mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones. - En el caso de quitas, condonación, remisión y prescripción, en la fecha de convenio. - En EXPORTACIÓN, cuando se perciba efectivamente, o si pasan 12 meses después de la exportación, se acumula al transcurrir el plazo 49

7 2.3 DEDUCCION DE GASTOS E INVERSIONES ART. 103, 104, 105 Y 106 LISR. 1.- Devoluciones Descuentos Bonificaciones 2.- Compras Que se reciban Que se hagan -Mercancías -Materias Primas -Productos semiterminados -Productos Terminados DEDUCCIONES AUTORIZADAS ART.103 Los activos fijos, terrenos y acciones 3.-Los gastos 4.- Las Inversiones 5.- Los Intereses pagados 6.-Cuotas del IMSS pagadas por el patrón. 7.-Impuesto local sobre ingresos por actividades mercantiles o servicios profesionales Se deducen conforme a los Art. 104, 19, 22 respectivamente (Activos Fijos, Ver Art.104 LISR) Pag Por las actividades a fines Tratándose de PF Extranjeras con EP Aplicarán las deducciones del E.P., erogadas en México o en el extranjero. PF= Persona Física EP= Establecimiento Permanente 50

8 Son efectivamente erogadas cuando el pago se haga en: a) Efectivo b) Traspaso bancario o casa de bolsa c) En servicios d) En bienes (Que no sean títulos de crédito) e) Cheque: 1.- En la fecha que haya sido cobrado 2.- En la fecha en que se transmita a un tercero, Excepto en procuración. REQUISITOS GENERALES DE LAS DEDUCCIONES ART Que sean efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate Cuando se pague con cheque la DEDUCCIÓN se efectuará en el ejercicio en que se COBRE, siempre que no hayan pasado + de 4 meses desde la fecha del documento y el cobro efectivo del cheque. f) Entregue el contribuyente títulos de crédito suscritos por otra persona. g) Cuando el interés del acreedor quede satisfecho mediante cualquier forma de extinción de la obligación. Nota: Si se expiden Pagarés, Letra de Cambio, etc. (excepto cheque) constituyen una garantía de pago al contribuyente. El pago se entiende recibido cuando efectivamente se pague o el titulo de crédito se transmita a un tercero. 2.- Que sean estrictamente indispensables 3.-En el caso de inversiones A la actividad del contribuyente. - Aplicar lo establecido en el Art. 104 LISR - Si se trata de Arrendamiento financiero cumplir también con el Art.38 LISR - No se le de efectos fiscales a la reevaluación (Art. 105 Frac VII) 4.- Que se reste una sola vez 5.-Que las primas de seguro y fianzas 6.- Que cuando se pague a plazos 7.-Plazo para requisitos y comprobantes Correspondan a conceptos deducibles Se deduzcan las parcialidades efectivamente pagadas (No aplica en inversiones Art.104 LIS) -Se cumpla con los requisitos particulares a más tardar el ULTIMO DIA DEL EJERCICIO. -En el caso de documentación comprobatoria (Comprobantes mayores a $ ) se cumpla a más tardar el DIA EN QUE EL CONTRIBUYENTE DEBA PRESENTAR SU DECLARACIÓN. 51

9 NOTA: El propio Art. 105 en su último párrafo complementa los requisitos con diversas fracciones del Art. 27 de la LISR que se enuncian a continuación (El alumno tendrá que hacer un cuadro sinóptico que analice dichas fracciones): ART.27 LISR REQUISTOS DE LAS DEDUCCIONES: III. Documentación comprobatoria, pagada con transferencia electrónica, cheque, tarjeta de crédito, debido o monederos electrónicos IV. Contabilidad V. Cumplir con la retención de impuestos VI Traslado de IVA en forma expresa X. Asistencia Técnica, Transferencia de Tecnología y Regalías. XI. Gastos de Previsión Social XIII Costo de adquisición y de intereses sean los de mercado XIV. Mercancías de Importación XVII. Comisiones y mediaciones a extranjeros XVIII. Plazo para cumplir con los requisitos y documentación comprobatoria. XIX.-Subsidio para el empleo XXI. Deducción de gastos de previsión social. Art.103, Último Párrafo LISR GASTOS E INVERSIONES NO DEDUCIBLES Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, considerarán los gastos e inversiones NO DEDUCIBLES del ejercicio en los términos del Art. 28 de esta Ley. A continuación se hace un listado de las fracciones del Art. 28 LISR. (El alumno tendrá que hacer un cuadro sinóptico que analice dichas fracciones) I. ISR propio y/o de terceros, crédito al salario. II. Inversiones no deducibles III. Obsequios y atenciones a clientes IV. Gastos de representación V. Gastos de viaje o viáticos no destinados a hospedaje, alimentación, transporte etc. VI. Sanciones, indemnizaciones penas convencionales VII. Algunos Intereses VIII. Provisiones de activo o pasivo IX. Reservas para indemnizar al personal X. Primas en reducción de capital XI. Perdidas por caso fortuito o mayor cuando el valor no sea de mercado XII. Crédito Comercial XIII. Arrendamiento de casas, aviones y embarcaciones XIV. Perdidas de activos fijos no deducibles XV. IVA e IEPS existe una excepción XVI. Perdidas de Fusión, reducción de capital o liquidación de sociedades XVII. Perdida por venta de acciones XVIII. Gastos a prorrata con el extranjero XIX. Perdidas de Operaciones Financieras Derivadas entre partes relacionadas XX. El 91.5% de los consumos de restaurantes XXI. Gastos en comedores XXII. Pago de algunos servicios aduaneros XXIII. Pagos a REFIPRE (Regímenes Fiscales Preferentes) XXIV. Pagos de iniciales de divisas, acciones, etc. de mercados no reconocidos XXV. Restitución de Títulos recibidos en préstamo XXVI. PTUE XXVII. Intereses sobre deudas excesivas (Subcapitalización) XXVIII. Anticipo a proveedores XXIX. Pagos deducibles para parte relacionada XXX. Pagos de ingresos exentos al trabajador (aguinaldo, prima vacacional etc) por el factor de 0.53 o

10 DEDUCCION DE LAS INVERSIONES (ART. 104 LISR Y SEC II CAP. II DEL TITULO II DE LISR) La Deducción de Inversiones se hará aplicando lo establecido en la Sección II del Capítulo II del Título II Se consideran Inversiones las establecidas en el Art.32 de LISR (Artículo que deben repasar los alumnos, fue tema de Impuestos I ) DEDUCCIÓN DE INVERSIONES ART. 104 LISR Los % s de Deducción se aplicarán sobre el MOI (Monto original de Inversión) Se haya pagado o no en su totalidad el bien. Si es financiado el bien y no se separa del monto total el MOI y los Intereses, se considera como MOI el Total Pagado. FORMA DE DEDUCIR LAS INVERSIONES ART.31 LISR Ejercicios Regulares: Monto Original de Inversión X % Máximo Depreciación. = Depreciación Histórica X Factor de Actualización. = Depreciación Actualizada Deducción de Inversiones ====================== Ejercicios Irregulares: Número de Meses COMPLETOS USO = % del % de Deprec. 12 MESES X M O I. DEPRECIACIÓN HISTORICA ==================== M O I X % Depreciación. = Depreciación Ejercicio / 12 meses. X Meses de Uso. DEPRECIACIÓN HISTORICA ======================== Factor Actualización: INPC Último mes 1ª ½ periodo de Uso INPC Mes de adquisición. El factor se calcula hasta el diezmilésimo Art.17-A C.F.F Último párrafo. La Depreciación Histórica. Se multiplica por el Factor de Actualización para obtener la DEPRECIACIÓN ACTUALIZADA La Dep. Hist. Se multiplica por el Fac para obtener la DEPRECIACIÓN ACTUALIZADA 53

11 2.4 PAGOS PROVISIONALES ART. 106 LISR RETENCION DEL 10% DE ISR POR PERSONA MORAL. RETENCION DEL % (2 TERCERAS PARTES DEL16%) POR PERSONA MORAL ART. 1-A FRAC II Y ART 3 RIVA Periodicidad Fecha de Entero Mensual 17 del mes inmediato posterior PAGOS PROVISIONALES MENSUALES ACTIVIDAD PROFESIONALES ART. 106LISR Cómo se determina? Ingresos periodo (Desde Inicio Ejercicio hasta mes que corresponda el pago) (Menos) Deducciones periodo (Desde Inicio Ejercicio hasta mes que corresponda el pago) (Menos) P.T.U.E. Pagadas en el ejercicio. (Menos) Pérdidas Fiscales Ejercicios Anteriores. R E S U L T A D O Se aplica TARIFA Art. 96 (Modificada acumulada). (IGUAL) ISR DEL PAGO PROVISIONAL DEL PERIODO (Menos) ISR DE PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS (Menos) RETENCIONES DE PERSONA MORAL (10%) RETENCIONES ISR POR INTERESES BANCARIOS (Art.133 LISR) (IGUAL) ISR A ENTERAR EN EL MES Las Personas Morales que paguen a Personas Físicas con Actividad Empresarial Deben Retener el 10% de ISR como ocurre con la Prestación de Servicios Profesionales (Art.106 LISR)? No, porque en el Art. 106 LISR solo aplica a Servicios Profesionales (Honorarios). COPROPIEDAD EN ACTIVIDAD PROFESIONAL ART.108 LISR. El representante común calculará la Utilidad Fiscal o la Pérdida Fiscal del Ejercicio Cumplirá con todas la obligaciones de ISR por cuenta de los copropietarios La Utilidad o Pérdida Fiscal se repartirá a los copropietarios en forma proporcional a su participación. Los Pagos Provisionales se acreditarán a los copropietarios en forma proporcional a su participación. 54

12 2.5 OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES ART. 110 LISR OBLIGACIONES DE CONTRIBUYENTES CON INGRESOS POR ACTIVIDADES PROFESIONALES (ART. 133 LISR) Solicitar inscripción en el RFC Llevar contabilidad de conformidad al CFF y RCFF Expedir los comprobantes fiscales que acrediten los de ingresos que perciban Conservar la contabilidad y los comprobantes de los asientos respectivos, (Al menos 5 años Art.30 CFF) - 5.-Contribuyentes con actividades empresariales, formularán Estado de Posición Financiera, levantarán inventario al 31 de diciembre de cada año Determinar la UTILIDAD FISCAL y la PTU de los trabajadores - 7.-Presentar declaración de préstamos recibidos del extranjero y declaración de ingresos recibidos en efectivo mayores a $100, Expedir constancias de retención de préstamos recibidos en el extranjero Expedir constancias de retención, cálculo, retención y entero de ISR por retenciones de sueldos y salarios Declaración de operaciones con partes relacionadas Conservar documentación comprobatoria de actividades con partes relacionadas en el extranjero 55

13 CASO PRÁCTICO UNO ACTIVIDAD EMPRESARIAL PAGINA 56 INTEGRANTE Grupo: PRACTICA DE PAGOS PROVISIONALES DE PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL REGIMEN GENERAL C.P. M.C. ( C) J Francisco Martínez López Material para capacitación. Uso exclusivo de MARTINEZCALDERON RIVERA Y ASOCIPRACTICA UNO DE PAGOS PROVISIONALES PLANTEAMIENTO: P.F. ACTIVIDAD EMPRESARIAL EL SR. ARMANDO GONZALEZ CORREA REQUIERE DE TUS SERVICIOS PROFESIONALES PARA QUE LE CALCULES LOS PAGOS PROVISIONALES DEL EJERCICIO EL TRIBUTA COMO PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL REGIMEN GENERAL DE LEY. LOS INGRESOS, DEDUCCIONES Y RETENCIONES DE CADA MES DEL EJERCICIO SON LOS SIGUIENTES: MES INGRESOS INGRESOS DEDUCCION IVA FACTURADOS COBRADOS AUTORIZADASACREDITABLE ENERO 52, , , , FEBRERO 52, , , , MARZO 80, , , , ABRIL 61, , , , MAYO 41, , , , Se pagó en mayo PTU de: $ 51, JUNIO 51, , , , JULIO 144, , , , AGOSTO 162, , , , SEPTIEMBRE 79, , , , OCTUBRE 229, , , , NOVIEMBRE 441, , DICIEMBRE 165, , , , ,561, ,516, , , CON LOS DATOS ANTERIORES RESOLVER LOS SIGUIENTES REACTIVOS 1.- CALCULAR LOS PAGOS PROVISIONALES DE ISR MENSUALES 2.- ACLARAR AL CONTRIBUYENTE SI SUS CLIENTES PERSONAS MORALES, LE DEBEN HACER UNA RETENCION DEL 10% SOBRE LOS INGRESOS COBRADOS DE CONFORMIDAD CON EL ART 106 DE LISR. 3.- CUÁL ES EL IMPORTE DE LOS PAGOS PROVISIONALES EFECTIVAMENTE ENTERADOS? 4.- CUÁL ES EL IMPORTE DE ISR DE PAGOS PROVISIONALES QUE PUEDE APLICARSE A LA DECLARACION DEL EJERCICIO? 5.- DESPUES DE QUE ELABORASTE EL CALCULO DEL ISR DE PAGOS PROVISIONALES, DETERMINA LA DECLARACION DEL EJERCICIO, CONSIDERANDO QUE TIENE LAS SIGUIENTES DEDUCCIONES PERSONALES GASTOS HOSPITALARIOS HIJO ADOPTIVO 35, LENTES GRADUADOS CONTRIBUYENTE 2, LENTES GRADUADOS HIJO DE SU MATRIMONIO 2, HONORARIOS DENTALES ESPOSA QUE SE DEDICA AL HOGAR 7, LAS TARIFAS APLICABLES PARA ESTA PRACTICA SE ENCUENTRAN EN LA PAGINA Ubicar los siguientes menús: INFORMACION GENERAL TABLAS E INDICADORES TARIFAS PARA CALCULO DE ISR PAGOS PROVISIONALES 56

14 PRACTICA DE PAGOS PROVISIONALES DE PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Material para capacitación. Uso exclusivo de C.P. JOSE FRANCISCO MARTINEZ LOPEZ CASO PRACTICO UNO ACTIVIDAD EMPRESARIAL ARMANDO GONZALEZ CORREA C.P. M.C. ( C) J Francisco Martínez López DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES ISR DE PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL ART. 106 LISR Hoja 01 ENE FEB MZO ABR MAY INGRESOS DE COBRADOS ACTIV EMPRES. OTROS INGRESOS ( + ) INGRESOS DEL PERIODO DEDUCCIONES DEL MES ( - ) DEDUCCIONES DEL PERIODO ( - ) PTU PAGADA ( - ) PERDIDAS FISCALES ( = ) RESULTADO ( - ) Limite Inferior ( = ) Excedente ( x ) Tasa ( = ) Impuesto Marginal ( + ) Cuota Fija ( = ) ISR DEL PERIODO ( - ) Pagos prov pagados con anterioridad ( = ) PAGO A ENTERAR EN EL MES Pagos Enterados del periodo DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES IVA DE PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL ENE FEB MZO ABR MAY ACTOS O ACTIVIDADES COBRADOS (X16%IVA TRASLADADO (A CLIENTES) ( - ) IVA ACREDITABLE IVA ACREDITABLE DEL MES IVA ACREDITABLE MESES ANTERIORES TOTAL IVA ACREDITABLE ( = ) IVA A CARGO ( = ) IVA A FAVOR CONTROL IVA MESES ANTERIORES SUMA SALDOS A FAVOR MESES ANT. 57

15 PRACTICA DE PAGOS PROVISIONALES DE PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Material para capacitación. Uso exclusivo de C.P. JOSE FRANCISCO MARTINEZ LOPEZ CASO PRACTICO UNO ACTIVIDAD EMPRESARIAL ARMANDO GONZALEZ CORREA C.P. M.C. ( C) J Francisco Martínez López DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES ISR DE PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL ART. 106 LISR Hoja 02 JUN JUL AGO SEP OCT INGRESOS DE COBRADOS ACTIV EMPRES. OTROS INGRESOS ( + ) INGRESOS DEL PERIODO DEDUCCIONES DEL MES ( - ) DEDUCCIONES DEL PERIODO ( - ) PTU PAGADA ( - ) PERDIDAS FISCALES ( = ) RESULTADO ( - ) Limite Inferior ( = ) Excedente ( x ) Tasa ( = ) Impuesto Marginal ( + ) Cuota Fija ( = ) ISR DEL PERIODO ( - ) Pagos prov pagados con anterioridad ( = ) PAGO A ENTERAR EN EL MES Pagos Enterados del periodo DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES IVA DE PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL JUN JUL AGO SEP OCT ACTOS O ACTIVIDADES COBRADOS (X16%IVA TRASLADADO (A CLIENTES) ( - ) IVA ACREDITABLE IVA ACREDITABLE DEL MES IVA ACREDITABLE MESES ANTERIORES TOTAL IVA ACREDITABLE ( = ) IVA A CARGO ( = ) IVA A FAVOR CONTROL IVA MESES ANTERIORES SUMA SALDOS A FAVOR MESES ANT. 58

16 PRACTICA DE PAGOS PROVISIONALES DE PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Material para capacitación. Uso exclusivo de C.P. JOSE FRANCISCO MARTINEZ LOPEZ CASO PRACTICO UNO ACTIVIDAD EMPRESARIAL ARMANDO GONZALEZ CORREA C.P. M.C. ( C) J Francisco Martínez López DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES ISR DE PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL ART. 106 LISR Hoja 03 NOV DIC TOTALES INGRESOS DE COBRADOS ACTIV EMPRES. OTROS INGRESOS ( + ) INGRESOS DEL PERIODO DEDUCCIONES DEL MES ( - ) DEDUCCIONES DEL PERIODO ( - ) PTU PAGADA ( - ) PERDIDAS FISCALES ( = ) RESULTADO ( - ) Limite Inferior ( = ) Excedente ( x ) Tasa ( = ) Impuesto Marginal ( + ) Cuota Fija ( = ) ISR DEL PERIODO ( - ) Pagos prov pagados con anterioridad ( = ) PAGO A ENTERAR EN EL MES Pagos Enterados del periodo DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES IVA DE PF ACTIVIDAD EMPRESARIAL NOV DIC TOTALES ACTOS O ACTIVIDADES COBRADOS (X16%IVA TRASLADADO (A CLIENTES) ( - ) IVA ACREDITABLE IVA ACREDITABLE DEL MES IVA ACREDITABLE MESES ANTERIORES TOTAL IVA ACREDITABLE ( = ) IVA A CARGO ( = ) IVA A FAVOR CONTROL IVA MESES ANTERIORES SUMA SALDOS A FAVOR MESES ANT. Utilizar tablas publicadas en el SAT 59

17 DETERMINACION DE LA DECLARACION ANUAL 60

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