ACCESORIOS PARA EQUIPOS DE LABORATORIO

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1 SOLICITUD DE COTIZACION CONTRATACION DIRECTA CD No. 08/2012 SUMINISTRO: ACCESORIOS PARA EQUIPOS DE LABORATORIO FUENTE DE FINANCIAMIENTO DONACIÓNES DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL ESPAÑA EL Señor ofertante: Favor leer detenidamente las condiciones que deberá cumplir su oferta. 1

2 1. OBJETO DE LA SOLICITUD DE COTIZACION. El Gobierno de El Salvador representado por el Ministerio de Salud, que en lo sucesivo se denominará MINSAL, y éste por medio de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, que en lo sucesivo se denominará UACI, invita a participar en la presente Solicitud de Cotización Contratación Directa CD No. 08/2012, que tiene por objeto la adquisición del suministro de ACCESORIOS PARA EQUIPOS DE LABORATORIO. FONDOS: DONACIONES DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL ESPAÑA EL SALVADOR, de conformidad a las condiciones y especificaciones que se establecen a continuación: Queda entendido que al presentar la oferta, el oferente acepta sin reserva alguna la aplicación de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Publica y su Reglamento, todas las disposiciones del Derecho Común aplicables al caso, y las condiciones de la presente Solicitud de Cotización. 2. DESCRIPCIÓN DE LOS ACCESORIOS. ITEM CODIGO DEL COMPRADOR DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD SISTEMA DE ANALISIS POR INYECCION DE FLUJO (FIAS) PARA ESPECTROFOTOMETRO DE ABSORCION ATOMICA, MARCA PERKIN ELMER: ESPECIFICACION TECNICA: Sistema por inyeccion de flujo modelo FIAS 100 para ser acoplado con Espectrofotómetro de Absorción Atómica modelo AAnalyst 800 (ya existente en el Laboratorio de Control de Calidad de Alimentos y Aguas).Incluye válvula de inyeccion, cámara de mezclado con separador gas/liquido, celda de cuarzo, interfases RS- 232 y IEEE-488 (GPIB), con Automuestreador modelo S-10 operado de forma autónoma o por computadora, incluye charola de 149 muestras, además de una posición para lavado y 8 posiciones para estándares, puede hacerse muestreo aleatorio. Debe incluir Celda Eléctrico-Calentada para el FIAS-100 para AA800 e interfase PCI, para conectar FIAS-100 C/U ENGRANAJE DE AUTO MUESTREADOR CON POLEA DE MOVIMIENTO Y BASE SUJETADORA DE BRAZO, PARA ESPECTROFOTOMETRO DE ABSORCION ATOMICA MODELO AANALYST 800 MARCA PERKIN ELMER C/U FUENTE DE PODER PARA ESPECTOFOMETRO LAMDA 35 C/U CELDA DE PASO OPTICO VARIABLE DE KBR PARA SOLUCIONES NO ACUOSAS Y LIQUIDOS ORGANICOS PARA ESPECTROFOTOMETRO C/U 1 2

3 INFRARROJO, MARCA SHIMADZU CELDA DE PASO OPTICO VARIABLE DE ZNSE PARA SOLUCIONES NO ACUOSAS Y LIQUIDOS ORGANICOS PARA ESPECTROFOTOMETRO INFRARROJO, MARCA SHIMADZU C/U 1 3. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS OFERTAS. 3.1 La Solicitud de Cotización podrá ser consultada en la dirección electrónica y si están interesados en presentar oferta deberán considerar lo siguiente: 3.2 Los interesados podrán obtener la Solicitud de Cotización de forma gratuita descargándolas directamente del sitio electrónico de compras públicas habilitado para ello para lo cual debe presentar en la UACI del MINSAL a mas tardar el 21 de marzo de 2012, último día para retirar la Solicitud de Cotización. Una nota manifestando la decisión de participar en dicha Solicitud de Cotización estableciendo el lugar para recibir notificaciones; caso contrario no será considerado en la notificación de adendas y aclaraciones. La Solicitud de Cotización podrá ser descargada electrónicamente, hasta las 11:59 p.m. el 21 de marzo de a. Las ofertas deberán presentarse en original y 1 copia impresas y firmadas por el Representante Legal debidamente selladas, rotuladas así: Solicitud de Cotización CD Nº 08/2012 Nombre o Razón Social, Dirección y Teléfono del Ofertante. No se aceptarán ofertas o documentación que tenga testados, borrones, raspaduras, enmendaduras, omisiones, entrelineas o adiciones, sino están debidamente salvadas al final de cada documento de oferta. b. La oferta presentada así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella, que intercambie el ofertante y el MINSAL deberá redactarse en idioma castellano o vertidos al mismo y deberán estar traducidos cumpliendo con los requisitos establecidos en el numeral 8 de las presentes Solicitud de Cotización. c. El ofertante establecerá la dirección del domicilio y dirección de correo electrónico exacto donde recibirá las notificaciones de la UACI y la designación de una persona facultada para recibirlas, así mismo el número de teléfono y fax. En caso de cambio de dirección deberá notificarla de inmediato vía escrita a la UACI del MINSAL. La notificación se hará personalmente al interesado, por fax o por correo electrónico; el ofertante acusará de recibo dichas notificaciones a más tardar dentro de las dos horas siguientes de su envió. En caso de no acusar el recibo de las notificaciones por dicho medio, se entenderá que las han recibido satisfactoriamente y quedarán oficialmente notificados. d. Las ofertas técnicas y económicas incluirán los índices que faciliten la ubicación de cualquier información durante el proceso de revisión, evaluación y adjudicación. Todas las páginas deberán ser numeradas. e. Las ofertas deberán presentarse con base al Manual del Proveedor del Sistema de Adquisiciones Versión y deberán de ingresarse de conformidad a los archivos específicos para la empresa participante en el proceso de compra relacionado en la presente base de licitación, archivos que estarán disponible según lo especificado en el ANEXO No1. 3

4 f. El ofertante deberá verificar, asegurar y responsabilizarse de que la información contenida en el CD-R u otro medio magnético, coincida exactamente con el formulario de oferta impresa y el MINSAL se reserva el derecho de realizar las pruebas necesarias para asegurar la integridad de la información contenida en el CD-R g. En caso de discrepancia de la información de la oferta escrita o la establecida en el CD-R u otro medio magnético, prevalecerá la oferta escrita. h. La documentación deberá ser presentada en hojas tamaño carta y protegida por cubierta adecuada en forma suficientemente segura para evitar su deterioro por el uso durante las tareas de su revisión y evaluación. NOTA IMPORTANTE PARA INSTALAR EL SISTEMA DE ADQUISICIONES: Cada vez que participe en licitaciones y tenga que introducir información con el Sistema de Adquisiciones del Ministerio de Salud, o los establecimientos de la Red Nacional del MINISTERIO DE SALUD, debe instalarlo COMO NUEVO, y sólo tiene que existir en la base de información la Licitación participante, de lo contrario corre el riesgo que su información se duplique o que no imprima. PROCEDIMIENTO PARA INSTALAR LA APLICACIÓN DEL MÓDULO DE OFERTAS DEL SISTEMA DE ADQUISICIONES. Acceder a la dirección de Internet - En la página principal seleccionar la página principal, accesos directos, dentro de ésta seleccionar la opción Adquisiciones y Contrataciones. En esta pantalla, bajo el tema Módulo de ofertas se encuentran los link que permiten bajar el Manual de Usuario (pdf) y el Archivo ejecutable (Aplicación actualizada al 07/10/2010). Para ejecutar la instalación, se deberá hacer clic en la opción Archivo ejecutable (Aplicación 07/10/2010), en ese momento se desplegará la ventana de diálogo, en la que se deberá hacer clic en Abrir. - AUTOMÁTICAMENTE SE INICIARÁ EL PROCESO DE INSTALACIÓN PARA C:/ - EL PROCESO DE INSTALACION DESPLEGARA UNA SERIE DE PANTALLAS DE DIALOGO Y EN TODAS ELLAS DEBERÁ PRESIONAR ENTER HASTA LA FINALIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN. - AL FINALIZAR EL PROCESO DE INSTALACIÓN LA APLICACIÓN QUEDARÁ INSTALADA EN EL DISCO DURO DE LA MÁQUINA LOCAL EN UN DIRECTORIO LLAMADO C:\OFERTASMSPAS, LA CUAL PUEDE HACER ACCESO DIRECTO SI LO DESEA CADA EMPRESA. - EN LA CARPETA OFERTAS HABRÁ UN EJECUTABLE CON EL NOMBRE OFERTAS, (este archivo lo utiliza también para modificar o continuar alimentando su oferta) EN EL QUE DEBERÁ HACERSE DOBLE CLICK PARA INICIAR CON LA CAPTURA DE OFERTAS. - PARA CONTINUAR SOLO SE NECESITA SEGUIR LAS INSTRUCCIONES DESCRITAS EN EL MANUAL DE USUARIO DEL MÓDULO DE OFERTAS DEL SISTEMA DE ADQUISICIONES. - PARA PODER IMPRIMIR SU OFERTA TÉCNICA ECONÓMICA TIENE QUE INTRODUCIR EN EL SISTEMA LA INFORMACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS DE SU EMPRESA. 3.3 LA OFERTA TÉCNICA deberá contener las condiciones y especificaciones técnicas de la presente Solicitud de Cotización de acuerdo al Anexo No. 1, adjuntando además los documentos obligatorios siguientes: 4

5 - Catálogos originales del renglón ofertado debidamente identificado con el número de renglón, número de la Solicitud de Cotización, y el nombre de la empresa. - Nota en la que se comprometen a cambiar o sustituir el accesorio que durante el periodo de garantía resultare defectuoso, el cual deberá efectuarse en un plazo no mayor de 60 días calendario, después de la comunicación que haga el MINSAL, este documento deberá ser emitido por el Representante Legal. - Declaración jurada ante Notario por el ofertante, si es persona natural y en el caso de las sociedades, por el Representante Legal de la misma y/o apoderado en su caso sobre la veracidad de la información proporcionada; aceptación plena de los términos de referencia, plazo de entrega, especificaciones técnicas y de no estar en cualquiera de las incapacidades establecidas en los artículos 25 y 26, y las exclusiones del Artículo 158 y los efectos del artículo 159 todos de la Ley de Adquisiciones de la Administración Pública y demás condiciones establecidas en la presente solicitud de cotización. (Anexo No. 3). 3.4 LA OFERTA ECONOMICA Deberá contener la información requerida de acuerdo al formulario de presentación de ofertas según Anexo No.1, también deberá contener lo siguiente: Carta firmada por el Representante Legal o Persona Natural, indicando en números y letras, el monto total ofertado. Los montos totales ofertados en dólares de los Estados Unidos de América, y se considerarán únicamente cuatro decimales. Los precios ofertados deberán incluir el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y se mantendrán en firme durante la vigencia de la oferta y el contrato respectivo. Las ofertas deberán ser presentadas en la Unidad de Medida solicitada y el precio de acuerdo a esa medida. El ofertante deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el equivalente al 3% del monto total ofertado. La fianza deberá presentarse de acuerdo al formulario descrito en el (Anexo No. 4) de la presente Solicitud de Cotización, en caso de presentar alternativas el monto afianzado deberá ser el 3% del monto total de la oferta de mayor valor ofertado VIGENCIA DE LAS OFERTAS El período de vigencia de la oferta, será de 90 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. 5

6 4. PERIODO PARA ADENDAS Y CONSULTAS 4.1 Consultas y Aclaraciones Toda consulta o aclaración que los interesados consideren necesario, deberá formularse por escrito a la UACI del Nivel Superior del MINSAL y las empresas extranjeras a la dirección de correo electrónico jramirez@mspas.gob.sv, a mas tardar el día 23 del mes de marzo de 2012, las que serán contestadas y comunicadas por escrito a todos los interesados que hayan retirado la Solicitud de Cotización. Cuando se trate de aclaraciones que soliciten al MINSAL, los que hayan obtenido gratuitamente la Solicitud de Cotización, éstas serán contestadas por el Jefe UACI y tendrá legal validez. 4.2 Adendas o Enmiendas El MINSAL por medio de la UACI podrá hacer por escrito, adendas o enmiendas a la Solicitud de Cotización, antes de la presentación de ofertas, las cuales notificará a todos los interesados que hayan obtenido la Solicitud de Cotización. Dichas adendas o enmiendas las suscribirá la Titular del MINSAL, y formarán parte de los documentos contractuales; no tendrán ninguna validez las explicaciones o instrucciones verbales. 4.3 Presentación de Ofertas. La presentación de las ofertas se efectuará en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional ubicada en Calle Arce No. 827, San Salvador, en fecha 13 de abril del año 2012 de las 7:30 a.m. a las 15:30 p.m. (hora local). 5. EVALUACIÓN DE OFERTAS La comisión de evaluación de ofertas, procederá a efectuar el análisis utilizando para ello la siguiente metodología: 5.1 EVALUACION DE LOS ASPECTOS TECNICOS (100%) En este criterio se evaluarán los siguientes aspectos: CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS (100%) Para la evaluación de este criterio, se considerará lo establecido en el Numeral 2 que son Especificaciones Técnicas del producto requerido, numeral 3.3 Oferta Técnica, así como el cumplimiento en el plazo de entrega solicitado, verificando cada uno de los elementos bajo el criterio CUMPLE O NO CUMPLE, si cumple los tres elementos se le asignará el porcentaje establecido a cada criterio caso contrario se asignará CERO POR CIENTO (0%). Los Porcentajes asignados para evaluación de cada uno de los tres elementos son los siguientes: ELEMENTOS A EVALUAR PORCENTAJE Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, establecidas en el numeral 2 100% TOTAL 100% 6

7 5.2 OTRAS CONSIDERACIONES DE LA EVALUACION DE OFERTAS Durante el proceso de evaluación de las ofertas si se considerase necesario realizar aclaraciones, la UACI a requerimiento de la Comisión Evaluadora de Ofertas, solicitará las aclaraciones y documentación complementaria necesarias, las cuales serán presentadas en el plazo que el MINSAL le señale. En caso de no presentarlo en el plazo establecido no será evaluada con respecto al criterio de evaluación correspondiente Las solicitudes de aclaraciones y respuestas se harán por escrito. No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación de los precios o de los elementos sustanciales de la oferta El MINSAL se reserva el derecho de verificar en cualquier momento la veracidad de la documentación presentada e información proporcionada por el ofertante Concluida la evaluación los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, elaborará un informe de recomendación basado en los criterios de evaluación establecidos en la Solicitud de Cotización que comprenderá la calificación de la (s) oferta (s) mejor evaluada para la adjudicación correspondiente Al final de la evaluación la Comisión de Evaluación de Ofertas levantará el Acta de recomendación que incluye el informe la cual será firmada por los mismos. 6. DE LA ADJUDICACIÓN Y PLAZOS 6.1 ADJUDICACION a) Las ofertas deberán alcanzar un puntaje mínimo en la evaluación del 100%, para ser considerada su oferta económica y se recomendará la adjudicación a la oferta de mejor precio, entre las que cumplen y alcanzan dicho puntaje. b) En caso de empate en la oferta económica se aplicarán los artículos Nos. 55 y 56 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. c) El MINISTERIO DE SALUD, se reserva el derecho de verificar en cualquier momento la veracidad de la información proporcionada por el ofertante. d) Concluida la evaluación, los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, elaborará un informe de recomendación basado en los criterios de evaluación establecidos de la presente Solicitud de Cotización que comprenderá la calificación de la (s) oferta (s) mejor evaluada(s) para la adjudicación correspondiente. e) Al final de la evaluación la Comisión de Evaluación de Ofertas levantará el Acta de recomendación la cual incluye el informe correspondiente y será firmada por los mismos. f) La Titular del MINSAL podrá adjudicar de forma total o parcial la oferta presentada y se reserva el derecho de declarar desierta la presente Contratación Directa, cuando solo hubiere una oferta y no cumpla con lo requerido en la Solicitud de Cotización o no estuviere acorde con los precios de mercado. 7

8 g) Al momento de la adjudicación, el MINSAL sin ninguna responsabilidad se reserva el derecho de disminuir las cantidades, de acuerdo a la situación emergente que se presente y estas no tendrán variación del precio unitario o de otros términos y condiciones. 6.2 PLAZOS h) La adjudicación no podrá ser superior al plazo de 60 días calendario después de la apertura de ofertas, pudiendo la Titular de la Institución, en casos Excepcionales, prorrogarlo por 30 días más. i) Se establece el plazo de 10 días calendario, a partir de la notificación de la Resolución de Adjudicación, para que el Adjudicatario presente en la UACI del Nivel Superior del MINSAL, ubicada en Calle Arce No. 827, San Salvador, la nota de aceptación, indicando en la misma a la persona que autoriza legalmente para suscribir el contrato, agregando los documentos que legitimen la calidad con que actúa. Así como también fotocopias certificada por Notario del Documento Único de Identidad (DUI) y NIT de la persona que suscribirá el contrato, en caso de ser nacional extrajera, pasaporte o carné de Residente y NIT. 7. DOCUMENTOS PARA CONTRATAR. En caso de que su empresa resultare adjudicada deberá presentar dentro de los dos días hábiles siguientes de haber recibido el oficio de adjudicación: 7.1 SI ES PERSONA JURÍDICA NACIONAL FOTOCOPIA CERTIFICADA POR NOTARIO DE: a) Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro de Comercio. b) Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, Transformación o Fusión de la Sociedad inscrita en el Registro de Comercio (si las hubiere). c) Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente, constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación, o primera vez según sea el caso. d) Credencial de Representante Legal u otro documento que lo acredite como tal, debidamente inscrita en el Registro de Comercio y Testimonio de la Escritura Pública del poder otorgada por el Representante legal, inscrita en el Registro de Comercio, en caso de comparecer por medio de apoderado. e) Documento Único de Identidad (DUI), Pasaporte o Carné de Residente del Representante Legal de la Sociedad y/o apoderado en su caso, documentos que deben estar vigentes. f) Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) del Representante Legal y/o del apoderado según sea el caso. g) Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad. 8

9 7.1.2 ORIGINALES DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: a) Solvencia de Impuestos Internos (IVA y Renta) vigente a la fecha de contratación. b) Solvencia del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) Régimen Salud vigente a la fecha de contratación. En caso de no existir registro de empleador y afiliados deberá presentar la respectiva constancia. c) Solvencias del Pago de Cotizaciones Prrevisionales de la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), vigente a la fecha de contratación, en caso de no existir registro de empleador y afiliados deberá presentar la respectiva constancia.. d) Solvencia de obligaciones previsionales de las AFPs e IPSFA vigente a la fecha de contratación, en caso de no tener cotizantes de algunas de las AFPs e IPSFA, deberá presentar las respectivas constancias. e) Solvencia de Impuestos Municipales de la Sociedad, vigente a la fecha de contratación, la solvencia deberá ser de la Alcaldía Municipal del domicilio del ofertante. 7.2 SI ES PERSONA NATURAL NACIONAL FOTOCOPIA CERTIFICADA POR NOTARIO DE: - Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación, o primera vez según sea el caso. - Documento Único de Identidad (DUI) Vigente. - Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT). - Tarjeta de Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios IVA ORIGINALES DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Los mismos documentos originales solicitados a las personas jurídicas nacionales en la presente solicitud de Cotización. 7.3 SI ES PERSONA JURIDICA EXTRANJERA. 1. Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad, debidamente inscrita en el Registro correspondiente al país del ofertante. 2. Testimonio de Escritura Pública de Modificación, Transformación o Fusión de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro correspondiente al país del ofertante. (en caso que las hubiere). 9

10 3. Credencial de Representante Legal u otro documento que acredite como tal, y Testimonio de la Escritura del poder otorgado por el Representante Legal, en caso de comparecer por medio de apoderado. 4. Documento de identidad vigente: Pasaporte o Carné de Residente del Representante Legal de la Sociedad, o del apoderado en su caso. 7.4 SI ES PERSONA NATURAL EXTRANJERA. Documento de identidad vigente: Pasaporte o Carné de Residente del ofertante, y/o apoderado en su caso. Tanto las personas Jurídicas y Naturales Extranjeras en caso de ser adjudicadas, deberán tramitar ante el Ministerio de Hacienda de El Salvador la Tarjeta de Identificación Tributaria. (NIT). 8. REQUISITOS LEGALES PARA DOCUMENTOS EMANADOS EN EL EXTRANJERO. Todos los documentos solicitados en la presente Solicitud de Cotización que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano y clase de moneda de curso legal (dólares de los Estados unidos de América), con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de autenticas hasta por el consulado de El Salvador más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador. No será necesario este requisito para aquellos documentos privados que no contengan certificaciones oficiales o por Notarios emitidas en el extranjero, si no únicamente lo referente al trámite de traducción. APOSTILLADO O AUTENTICA DE FIRMA: Para que los documentos cumplan con este requisito, la firma que los autoriza debe de estar debidamente autenticada, para lo cual los ofertantes tienen dos opciones, LA PRIMERA a través de APOSTILLA, convenio del cual El Salvador es suscriptor y debe de serlo el país de origen de los documentos y LA SEGUNDA de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 261 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES en aquellos casos en que los documentos se hubieren emitido o iniciado su proceso de emisión bajo la vigencia de dicho Código; pero si su fecha de emisión es posterior al 30 de junio de 2010 deberá de cumplir lo establecido en el ARTÍCULO 334 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL, dichos procedimientos se detallan a continuación: CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS. Art. 1 El presente convenio se aplicará a los documentos públicos que hayan sido autorizados en el territorio de un estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro estado contratante. Se consideran como documentos públicos en el sentido del presente convenio: a) Los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un Secretario oficial o Agente oficial. b) Los documentos administrativos, 10

11 c) Los documentos Notariales, d) La certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado. Sin embargo el presente convenio no se aplicará: a) A los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares, b) A los documentos administrativos relacionados directamente con la operación comercial aduanera. ART CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES: Para que haga fe el instrumento público o auténtico, emanado de país extranjero, la firma que lo autoriza debe estar autenticada por el Jefe de la Misión Diplomática, Cónsul, Vice-Cónsul o encargado de los Asuntos Consulares de la República, o en su defecto, por los funcionarios correspondientes del Ministerio de Relaciones Exteriores de donde proceden tales documentos, y la firma que autoriza tal legalización habrá de ser autenticada también por el Ministro o Subsecretario de Relaciones Exteriores de El Salvador, o por el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que, por medio de acuerdo ejecutivo en el mismo ramo, haya sido autorizado de modo general para ello. También harán fe los instrumentos auténticos emanados de país extranjero extendidos por medio de fotocopias, siempre que por razón puesta al reverso de las mismas se haga constar la fidelidad de tales fotocopias y que se han llenado las formalidades exigidas por la ley del país en donde se han extendido. Esta razón deberá ser firmada por el funcionario competente del país de donde proceden, y la firma de éste, autenticada de la manera prevenida en el inciso anterior. Si los instrumentos a que se refiere el presente artículo estuvieren escritos en idioma extranjero, vertidos que sean al castellano por intérprete nombrado por Juez Competente, no hay necesidad de nueva versión para que obren en los demás tribunales de justicia, u otras oficinas gubernativas, y tampoco habrá necesidad de esta versión cuando los instrumentos hayan sido ya traducidos de acuerdo con la ley del país de donde proceden y la traducción esté debidamente autenticada. Siempre que el Juez o Tribunal, o el Jefe de la Oficina gubernativa donde el instrumento o instrumentos vertidos en el extranjero, fueren presentados, creyeren conveniente una nueva versión, podrán de oficio acordarla, como también en el caso de solicitarlo persona interesada en ello; y esa nueva versión practicada en forma legal por juez competente, será la única que se tomará en cuenta ARTÍCULO 334 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL: Los instrumentos públicos se considerarán auténticos mientras no se pruebe su falsedad. Sin perjuicio de lo previsto en Tratados Internacionales, suscritos y ratificados por El Salvador, para que se haga fe el instrumento público, emanado de país extranjero, la firma que los autoriza debe de estar autenticada por el Jefe de la Misión Diplomática, Cónsul, Vice-Cónsul o Encargado de los Asuntos Consulares de la República, o en su defecto, por los funcionarios correspondientes del Ministerio de Relaciones Exteriores de donde proceden tales documentos, y la firma que autoriza tal legislación habrá de ser autenticada también por el Ministro o Viceministro de Relaciones Exteriores de El Salvador, o por el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que, por medio de Acuerdo Ejecutivo en el mismo ramo, haya sido autorizado de modo general para ello. 11

12 También harán fe los instrumentos públicos emanados de país extranjero extendidos por medio de fotocopias, siempre que por razón puesta al reverso de las mismas se haga constar la fidelidad de tales fotocopias y que se han llenado las formalidades exigidas por la ley del país en donde se han extendido. Esta razón deberá ser firmada por el funcionario competente del país de donde proceden, y la firma de éste, autenticada de la manera prevenida en el inciso anterior. Siempre que el Juez o Tribunal, o el jefe de la oficina gubernativa donde el instrumento o instrumentos vertidos al castellano en el extranjero, fueren presentados, creyeren conveniente una nueva versión, podrán de oficio acordarla, como también en el caso de solicitarlo persona interesada en ello; y esa nueva versión practicada en forma legal por juez competente, será la única que se tomará en cuenta. 9. ADMINISTRADOR DE CONTRATO La Unidad Correspondiente del MINSAL, propondrá el Técnico o los técnicos idóneos como Administradores del Contrato quien o quienes serán nombrados por la Titular del MINSAL, para el cumplimiento de dicha actividad y estará a cargo de los mismos con las responsabilidades establecidas en la LACAP, las cuales se detallan a continuación: a) Verificar el cumplimiento de las cláusulas contractuales. b) Elaborar oportunamente los informes de avances de la gestión de los contratos e informar de ello tanto a la UACI como a la Unidad responsable de efectuar los pagos o en su defecto reportar los incumplimientos. c) Informar a la UACI a efecto de que se gestione el informe al titular para iniciar el procedimiento de aplicación de las sanciones a los contratistas, por los incumplimientos de sus obligaciones. d) Conformar y mantener actualizado el expediente del seguimiento de la ejecución del contrato de tal manera que este conformado por el conjunto de documentos necesarios que sustenten las acciones realizadas hasta la recepción final. e) Elaborar y suscribir conjuntamente con el contratista, las actas de recepción total o parcial de la adquisición del bien de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la LACAP. f) Remitir a la UACI en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la recepción del suministro, en cuyos contratos no existan incumplimientos, el acta respectiva a fin de que esta proceda a devolver al contratista las garantías correspondientes. g) Gestionar ante la UACI las modificaciones a los contratos, una vez identificada tal necesidad. h) Gestionar los reclamos al contratista relacionados con fallas durante el periodo de vigencia de las garantías, e informar a la UACI de los incumplimientos en caso de no ser atendidos en los términos pactados, así como informar a la UACI sobre el vencimiento de las mismas para que esta proceda a su devolución en un periodo no mayor a ocho días hábiles. i) Cualquier otra responsabilidad que establezca la LACAP, Reglamento de la misma y Contrato. 10. GARANTÍAS a. Garantía de Mantenimiento de Oferta. Todo ofertante deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta. El valor de dicha garantía será lo establecido, según numeral 3.4. en dólares de los Estados Unidos de América, la cual estará vigente durante el plazo de 120 días calendario contados a partir de la recepción de las ofertas indicadas en la presente Solicitud de Cotización y serán devueltas cuando el ofertante favorecido presente la Garantía de Cumplimiento de Contrato. (Anexo No. 5) 12

13 b. Garantía de Cumplimiento de Contrato. El adjudicatario deberá presentar en la UACI del MINSAL, la Garantía de Cumplimiento de Contrato, por el doce por ciento (12%) del valor total del suministro adjudicado y contratado, la cual deberá presentar dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de distribución del contrato respectivo y estará vigente durante el plazo de CIENTO CINCUENTA DÍAS contados a partir de la fecha de distribución del contrato. (Anexo No. 5). La UACI entregará el quedan correspondiente. c. Garantía de Buena Calidad. El contratista garantizará la buena calidad del suministro entregado, para lo cual presentará una Garantía por el diez por ciento (10%) del monto total del contrato y deberá presentarse en la UACI del MINSAL, dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha en que el suministro sea recibido en su totalidad y a entera satisfacción, de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará en el lugar de entrega establecido y estará vigente durante el plazo de 2 AÑOS, contados a partir de dicha fecha (Anexo No. 6). La UACI del MINSAL proporcionará el Quedan correspondiente. 11. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA El trámite del suministro deberá realizarse en los Almacenes generales del MINSAL, situados en la 6ª. Calle Oriente No. No. 1105, Colonia El Paraíso, San Salvador e instalados y funcionando en el Laboratorio de Control de Calidad de Alimentos y Aguas ubicado en Alameda Roosevelt Edificio Dr. Max Bloch contiguo a Hospital Rosales y frente a Parque Cuscatlán en ENTREGA DEL 100%, dentro de 60 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la distribución del contrato respectivo. 12. FORMA, TRÁMITE Y PLAZO DE PAGO La cancelación la hará en la Tesorería de la Unidad Financiera Institucional del MINSAL, ubicada en Calle Arce No. 827, San Salvador, en Dólares de los Estados Unidos de América. Para los contratistas Nacionales, el pago se hará mediante las modalidades de: cheque en un plazo de 30 días calendario posteriores a que el Contratista presente en la Tesorería de Fondos Externos del MINSAL, para el pago siguiente: factura duplicado cliente a nombre de SETEFE-MINSAL Proyecto 2541, Desarrollo y Fortalecimiento Institucional del Instituto Nacional de Salud-FFI; incluyendo en la facturación número de Contrato, número de Solicitud de Cotización, número de Oficio de Adjudicación, No. de renglón, código, precio unitario, detalle de las cantidades entregadas, precio total y la retención del 1% como anticipo del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), original y 2 copias de actas de recepción y original y copia de las notas de aprobación de las garantías que estipule el contrato correspondiente extendidas por la UACI, previa presentación de un juego de copias de la documentación de pago en la UACI MINSAL, para lo cual se verificará confirmación de recibido con las actas de recepción original que llevará el sello correspondiente. El ofertante deberá considerar que el MINSAL ha sido designado como agente de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios ( IVA ), por lo que se aplicara la retención del uno por ciento ( 1% ) de dicho impuesto. 13

14 Para los contratistas Extranjeros, el pago se hará mediante las modalidades de: transferencia cablegráfica, en un plazo de 30 días calendario posteriores a que el contratista presente en la Tesorería Fondos Externos del MINSAL, para el pago siguiente: factura a nombre SETEFE-MINSAL Proyecto 2541, Desarrollo y Fortalecimiento Institucional del Instituto Nacional de Salud-FFI para efectos de facturación firmada y sellada por el guardalmacén respectivo; incluyendo en la facturación número de contrato, número de licitación, número de Oficio de Adjudicación, No. de renglón, código, precio unitario, detalle de las cantidades entregadas, precio total, original y 2 copias de acta de recepción, original y copia de las notas de aprobación de las garantías que estipule el contrato correspondiente extendidas por la UACI, previa presentación de un juego de copias de la documentación de pago en la UACI MINSAL, para lo cual se verificará confirmación de recibido, con las actas de recepción original que llevará el sello de revisado en UACI. Si el contratista solicita el pago a través de Transferencia cablegráfica, será el garante de cubrir el costo que implique dicho trámite, tanto en el país de origen como en El Salvador. Es importante que el ofertante determine en su oferta la modalidad de pago requerida. El MINSAL hará las retenciones y deducciones estipuladas en la legislación correspondiente. El ofertante deberá considerar que el MINSAL retendrá el 13% del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), incluido en el monto ofertado y emitirá el cheque a favor del ente fiscalizador. 13. DOCUMENTOS CONTRACTUALES Forman parte integrante de los Contratos con plena fuerza obligatoria para las partes los documentos siguientes: a) La Solicitud de Cotización b) Adendas y/o enmiendas a la Solicitud de Cotización (si las hubiere) c) La oferta del Contratista y sus documentos d) Oficio de Adjudicación. e) Las garantías. f) Las Resoluciones Modificativas (si las hubiere). g) Prevaleciendo el Contrato y sus Anexos en caso de discrepancia, sobre los documentos antes mencionados. 14. PRORROGA DE LOS CONTRATOS. Los contratos, podrán prorrogarse una sola vez, por un periodo igual o menor al pactado inicialmente, siempre que las condiciones del mismo permanezcan favorables a la institución y que no hubiere una mejor opción. La Titular de la Institución emitirá la resolución debidamente razonada y motivada para proce der a dicha prorroga." 15. MODIFICACIÓN DE CONTRATO El MINSAL podrá modificar los contratos en ejecución regidos por la LACAP, independientemente de su naturaleza y antes del vencimiento de su plazo, siempre que concurran circunstancias imprevistas y comprobadas. Para efectos de la LACAP, se entenderá por circunstancias imprevistas, aquel hecho o acto que no puede ser evitado, previsto o que corresponda a caso fortuito o fuerza mayor. La comprobación de dichas circunstancias, será responsabilidad de la Titular del MINSAL. 14

15 Cualquier modificación en exceso del veinte por ciento del, monto original del contrato, de una sola vez o por varias modificaciones, se considerara como una nueva contratación, por lo que deberá someterse a un nuevo proceso, siguiendo todo el procedimiento establecido en la LACAP, so pena de nulidad de la modificación correspondiente. En los contratos de servicios para atender las necesidades en Estados de Emergencia no se establecerá límite alguno en cuanto al porcentaje de modificación del contrato, es decir que podrán modificarse en un porcentaje mayor al que se establece en los incisos precedentes, todo en atención a las modificaciones que se requieran para atender las necesidades generadas por el Estado de Emergencia o las que a razón de ellas se continúen generando. El titular podrá autorizar dicha modificación, justificándola financieramente y emitiendo la correspondiente resolución razonada, la cual deberá ser publicada en el Sistema Electrónico de Compras Públicas. Prohibición de Modificación. Los contratos no podrán modificarse cuando se encuentren encaminadas a cualquiera de los siguientes objetivos: a) Alterar el objeto contractual; b) Favorecer situaciones que correspondan a falta o inadecuada planificación de las adquisiciones, o convalidar la falta de diligencia del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones. La modificación que se realice en contra de lo establecido en el inciso anterior será nula, y la responsabilidad será del titular de la institución." 16. PROHIBICIONES Después de la apertura de ofertas y antes de la notificación del resultado del proceso, no se brindara información alguna con respecto al examen, tabulación, aclaración y evaluación de las ofertas y las recomendaciones relativas a las adjudicaciones de la misma, a ninguna persona o personas que no estén vinculadas en el proceso de análisis y evaluación de ofertas. Esto se aplica tanto a funcionarios o empleados de la institución contratante, como a personal relacionado con las empresas ofertantes. La infracción a la anterior prohibición dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes. No obstante lo establecido en el inciso anterior, durante el periodo de prohibición, si la comisión evaluadora de ofertas tuviere la necesidad de realizar consultas sobre la aplicación de la LACAP y el reglamento, podrán realizarse a la UNAC, sin que en dicha consulta se revelen datos identificativos correspondientes a los ofertantes. De conformidad a lo estipulado en el Art. 54 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. No se podrá contratar ni directa o indirectamente con aquellas personas naturales o jurídicas, que tengan cualquiera de los impedimentos a que se refieren los Art. 25 y 26 y las exclusiones a que se refiere el Art. 158 y los efectos del Art. 159 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Tal como se detalla a continuación: 17. IMPEDIDOS PARA OFERTAR (Art. 26 de la LACAP) a) El Presidente y Vicepresidente de la Republica, los Diputados Propietarios y Suplentes de la Asamblea Legislativa y del Parlamento Centroamericano, los miembros de los Concejos Municipales y del Consejo de Ministros, los Titulares del Ministerio Publico, el Presidente y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Cuentas de la Republica, los miembros de la Junta Directiva del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), los miembros de la Junta Directiva. de las Instituciones Financieras y de Crédito Publico tales como: Banco Central de Reserva de El Salvador, Fondo Social para la Vivienda (FSV), Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), Banco de Fomento Agropecuario (BFA), Banco Hipotecario, Banco Multisectorial de Inversiones (BMI), así como los miembros del Tribunal de Servicio 15

16 Civil, del Consejo Nacional de la Judicatura, del Tribunal Supremo Electoral, del Registro Nacional de Las Personas Naturales, Las miembros de Las Juntas de Gobernadores o Consejos Directivos de Las instituciones Autónomas y todos Los demás titulares de Las instituciones públicas, ni las personas jurídicas en las que estos ostenten la calidad de propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, consejales o representantes legales, no podrán ofertar en ninguna institución de la Administración Pública; b) Los funcionarios y empleados públicos y municipales, en su misma institución; ni las personas jurídicas en las que aquellos ostenten la calidad de propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, consejales o representantes legales. Esta disposición también será aplicable a los miembros de Las Juntas o Consejos Directivos; c) El cónyuge o conviviente, y Las personas que tuvieren vinculo de parentesco hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad, con Los funcionarios públicos y empleados públicos mencionados en el literal anterior, así coma las personas jurídicas en las que aquellos ostenten la calidad de propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, concejales o representantes Legales; d) Las personas naturales o jurídicas que en relación con procesos de adquisición o Contratación, hayan sido sancionadas administrativa o judicialmente, o inhabilitados por cualquier institución de la administración pública, por el plazo en que dure la inhabilitación; e) Las personas naturales o jurídicas que hayan tenido relación de control por Administración o propiedad, con las personas a que se refiere el literal anterior al momento de su incumplimiento. Estas inhabilidades se extienden de igual forma a las subcontrataciones. Las restricciones previstas para Las personas jurídicas establecidas en este articulo, no serán aplicables en Los casos que el Estado sea el accionista o cuando la participación de Los socios o accionistas particulares a que el mismo artículo se refiere, no exceda del cero punto cero cero cinco por ciento (0.005%). Las contrataciones en que se infrinja lo dispuesto en este artículo son nulas. 18. CAPACIDAD PARA CONTRATAR (Art. 25 de la LACAP) Podrán ofertar y contratar con la administración pública, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad legal para obligarse; y que no concurra en ellas las siguientes situaciones: f) Haber sido condenado con anterioridad, mediante sentencia firme, por delitos contra la Hacienda Pública, corrupción, cohecho activo, tráfico de influencias y los contemplados en la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos; mientras no hayan sido habilitados en sus derechos por la comisión de esos ilícitos; g) Haber sido declarado en estado de suspensión de pagos de sus obligaciones o declarado en quiebra o concurso de acreedores, siempre que no este rehabilitado; h) Haberse extinguido por parte de la institución contratante el contrato celebrado con alguna de las instituciones, por causa imputable al contratista, durante los últimos cinco años contados a partir de la referida extinción. 16

17 i) Estar insolvente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social; j) Haber incurrido en falsedad material o ideológica al proporcionar la información requerida de acuerdo a esta Ley; k) En el caso de que concurra como persona jurídica extranjera y no estuviere legalmente constituida de conformidad a las normas de su propio país, o no haber cumplido con las disposiciones de la legislación nacional, aplicables para su ejercicio o funcionamiento; l) Haber evadido la responsabilidad adquirida en otras contrataciones, mediante cualquier artificio. Los contratos celebrados en contravención a lo dispuesto en este artículo producen nulidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal en que se incurra. Las situaciones a que se refieren los literales a), b) y e) serán declaradas en sede judicial. Cuando las instituciones de la administración pública tengan conocimiento de las situaciones anteriores, deberán informarlas a la UNAC, para los efectos legales consiguientes, a través del funcionario competente." 19. INHABILITADOS PARA PARTICIPAR (Art. 158 de la LACAP) La institución inhabilitará para participar en procedimientos de contratación administrativa, al ofertante o contratista que incurra en alguna de las conductas siguientes: I. Inhabilitación por un año: a) Estar insolvente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social; b) Haber sido sancionado con multa por la misma institución dos o más veces dentro del mismo ejercicio fiscal; c) Haber sido sancionado de conformidad al artículo 25 literal c) de la Ley de Competencia. II. Inhabilitación por dos años: a) Reincidir en la conducta contemplada en los literales del romano anterior; b) Si afectare reiteradamente los procedimientos de contratación en que participe; c) No suministrar o suministrar un bien, servicio u obra que no cumplan con las especificaciones técnicas o términos de referencia pactadas en el contrato u orden de compra. III. Inhabilitación por tres años: a) Reincidir en alguna de las conductas tipificadas en los literales b) y c) del romano anterior; b) No suscribir el contrato en el plazo otorgado o señalado, sin causa justificada o comprobada; 17

18 c) Obtener ilegalmente información confidencial que lo sitúe en ventaja respecto de otros competidores. IV. Inhabilitación por cuatro años: a) Reincidir en la conducta contemplada en el literal b) del romano anterior; b) Suministrare dadivas, directamente o por intermedio de tercera persona, a los funcionarios o empleados involucrados en un procedimiento de contratación administrativa; c) Acreditar falsamente la ejecución de obras, bienes o servicios en perjuicio de la institución contratante. V. Inhabilitación por cinco años: a) Reincidir en alguna de las conductas contempladas en los literales b) y c) del romano anterior; b) Invocar hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación; c) Participar directa o indirectamente, en un procedimiento de contratación, pese a estar excluido por el régimen de prohibiciones de esta Ley. Las inhabilitaciones a que se refiere este articulo, surtirán efecto en todas las instituciones de la administración pública, debiendo hacerse por resolución razonada, y de todo lo actuado la UACI deberá incorporar la información al Registro e informar a la UNAC de dichas inhabilitaciones, para su correspondiente divulgación. Si a un proveedor inscrito en el Registro le sobreviene alguna causal de inhabilidad con posterioridad a la inscripción, esta será dejada sin efecto hasta que cese su inhabilidad." Art. 159 No se dará curso a nuevos contratos con el mismo ofertante, mientras este no haya pagado las multas ó el valor del faltante o averías o que haya habido lugar por incumplimiento parcial o total del contrato. 20. ASPECTOS SUBSANABLES. Se considerará como aspecto subsanable los errores u omisiones en los requisitos establecidos en el numeral 3.3 de esta Solicitud de Cotizacion. El MINISTERIO DE SALUD otorgará un plazo máximo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificacion para su presentación, el ofertante que no cumpla en su totalidad con la información solicitada será disminuido su ponderación con respecto al parámetro incumplido. En el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, no podrá ser subsanada en el monto asegurado y la vigencia de la misma, (aclarándose que cuando el monto total asegurado tenga errores obvios en la escritura por letras mal colocadas u omisión de alguna de ellas, si podrán ser subsanadas); de no superar las observaciones efectuadas, la oferta presentada será denominada NO ELEGIBLE para recomendar la adjudicación. San Salvador, 12 de marzo de 2012 MARIA ISABEL RODRIGUEZ MINISTRA DE SALUD 18

19 ANEXO No. 1 (EJEMPLO) Oferta Técnica Económica por Renglón por el Sistema de Adquisiciones Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Presentación de Oferta Técnica Económica MINISTERIO DE SALUD Licitación y/o Concurso No. : Hoja de Proveedor No. : Fecha: / / (Día/Mes/Año) Nombre o Razón Social de: _Nombre de la empresa La empresa o Consorcio Especificaciones Renglón No.: Código del Articulo: Descripción del producto o servicio: Unidad Cantidad Precio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de medida ofrecida Unitario Total XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX c/u XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Marca: Origen: Vencimiento del Producto: Monto total de la oferta en letras: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Plazo de entrega: Numero de Registro ante el Consejo Superior de Salud Pública: Vigencia de la oferta: Observaciones: Nombre, firma y Sello del ofertante Nombre: Firma: Sello: 19

20 Proveedor No. : ANEXO No. 1-A (EJEMPLO) Oferta Técnica Económica Consolidada por el Sistema de Adquisiciones Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Hoja 1 Presentación de Oferta Técnica Económica MINISTERIO DE SALUD Licitación y/o Concurso No. : Formulario de Oferta Técnica Económica No. Renglón Código Descripción del producto U/M Cantidad Precio Plazos No. Articulo o servicio: ofrecida Unitario Total Entrega xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx C/U $ Según xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx bases Marca: ; Origen: ; Vencim.: ; Vigen. ofer.. Casa Representada: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx C/U $ Según xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx bases Marca: ; Origen: ; Venció.: ; Vigen. ofer.. Casa Representada: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx C/U $ Según xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx bases Marca: ; Origen: ; Vencim.: ; Vigen. ofer.. Casa Representada: Total oferta $0, Firma: Sello: Representante Legal : 20

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