LOS CONTRATOS DE TRABAJO CON RELACIÓN A SU PLAZO
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- Álvaro Valverde Ríos
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2 Al momento de la contratación laboral, los patronos deben decidir por cuánto tiempo contratarán a su personal. LOS CONTRATOS DE TRABAJO CON RELACIÓN A SU PLAZO Las empresas durante el transcurso de la ejecución de sus operaciones, necesitan de la fuerza de trabajadores para el cumplimiento de sus metas y compromisos. Por esta razón, las empresas deben de analizar qué tipo de contrato de trabajo deben suscribir con sus nuevos empleados y la duración que debe sostener con cada uno de ellos. El patrono tiene la libertad de negociar con cada uno de sus trabajadores la duración que tendrá su relación laboral, pero para tal efecto debe conocer las opciones que la ley le otorga, el impacto de cada tipo de opción y las obligaciones emanadas de cada una. Por qué necesito determinar la temporalidad de mis relaciones laborales? Ya sea que se inicien operaciones o cuando el volumen de las operaciones va en aumento, la contratación de personal es necesaria para el cumplimiento de los objetivos. En el momento de la contratación, la empresa adquiere el carácter de patrono frente a los trabajadores, quienes estarán bajo su dependencia continuada y dirección inmediata. Por tal motivo, es un requisito legal el determinar la temporalidad de las relaciones laborales dependiendo del objetivo, la temporalidad del proyecto, la época en que la mano de obra sea necesaria y características de las actividades por desarrollar en el negocio o empresa. Por ejemplo, si la empresa necesita de un personal permanente, le convendrá suscribir contratos por tiempo indefinido. Si desarrollará un proyecto temporal, que tendrá una finalización cierta y que concluido dicho proyecto ya no requerirá a la misma mano de obra, entonces posiblemente convenga suscribir contratos a plazo fijo o por obra determinada. Tipos de Contratos de Trabajo en la legislación guatemalteca atendiendo a su temporalidad De conformidad con el Código de Trabajo, con relación al plazo de duración de los contratos, los contratos de trabajo pueden ser: a) Por tiempo indefinido; b) A plazo fijo; c) Para obra determinada. Contratos por tiempo indefinido o indeterminado De conformidad con el propio Código de Trabajo, los contratos por tiempo indefinido son aquellos que no especifican fecha para su terminación. Estos contratos, en general, terminarán por la renuncia, el despido, la muerte o por la jubilación del trabajador.
3 De conformidad con la ley, y como un elemento de protección al trabajador, todo contrato de trabajo se presume que ha sido celebrado por tiempo indefinido salvo prueba o estipulación lícita y expresa en contrario. Esto es de especial importancia, debido a que no obstante se estipule por escrito en un contrato que el mismo es por plazo fijo o por obra determinada, se tendrá siempre como suscrito por tiempo indefinido si la naturaleza de las actividades de la parte patronal son permanentes o si dichas actividades continúan al vencimiento de dichos contratos y si la causa que les dio origen los contratos subsiste. Estos contratos inician con un período de prueba de dos meses, salvo que las partes de mutuo acuerdo estipulen un período menor. Dentro del período de prueba, cualquiera de las dos partes puede dar por terminado el contrato de trabajo sin responsabilidad alguna. La estipulación sin responsabilidad significa que el patrono no deberá pagarle la indemnización al trabajador, ni el trabajador estará sujeto a pagarle al patrono por el preaviso de terminación o por concepto de daños y perjuicios. Sin embargo, en caso que el patrono termine la relación laboral dentro del período de prueba, el patrono sí está obligado a pagarle al trabajador las cantidades proporcionales de vacaciones, aguinaldo, bonificación para trabajadores del sector privado y público ( bono 14 ) y el salario que haya percibido hasta el día de su efectiva terminación (a este pago en su conjunto se le conoce comúnmente en el ámbito laboral práctico como las prestaciones irrenunciables o las famosas las irrenunciables ) aún por éste pequeño período. Ahora, transcurrido dicho período de prueba, si el trabajador desea finalizar la relación laboral sin justa causa o atendiendo únicamente a su propia voluntad, deberá cumplir con dar el preaviso de terminación que estipule el propio contrato de trabajo o en su defecto el Código de Trabajo, en donde se estipula que el preaviso podrá ser desde un mínimo de una semana de anticipación hasta el máximo de un mes, según sea el caso. Por su parte, si el patrono es la persona que desea dar por terminada la relación laboral, podrá darla por terminada con o sin responsabilidad de su parte (como lo establecimos anteriormente, esto es con la obligación de pagar indemnización o no). Si el patrono desea finalizar la relación laboral debido a una justa causa ( despido justificado ), estará obligado únicamente al pago de las prestaciones irrenunciables. Ahora, si el patrono desea finalizar la relación laboral sin mediar una justa causa, atendiendo únicamente a su voluntad o por una causa constitutiva de despido indirecto ( despido injustificado ), estará obligado al pago tanto de las prestaciones irrenunciables como al pago de la indemnización. Contratos a plazo fijo De conformidad con el Código de Trabajo, los contratos a plazo fijo son aquellos que especifican la fecha de su terminación o cuando se ha previsto el acaecimiento de algún hecho o circunstancia como la conclusión de una obra o un proyecto, que forzosamente ha de poner término a la relación de trabajo. En este tipo de contratos, cada una de las partes puede dar por terminada la relación laboral sin
4 justa causa, antes de advenimiento del plazo. Si la terminación prematura del contrato ha sido decretada por la parte patronal, este deberá pagarle al trabajador su indemnización, sus irrenunciables y adicionalmente daños y perjuicios que a juicio de un inspector de trabajo o un juez de trabajo determinen, los cuales no pueden ser inferiores a un día de salario por cada mes de trabajo continuo ejecutado o fracción de tiempo menor, si el mes no se ha cumplido. Si la terminación prematura del contrato es decretada por el trabajador, entonces este deberá pagarle al patrono los daños y perjuicios correspondientes, a juicio de un inspector de trabajo o si ya ha surgido litigio, a juicio de los tribunales de trabajo. Por otro lado, de conformidad con el Código de Trabajo, el avenimiento del plazo en los contratos a plazo fijo, finalizan el contrato de trabajo sin responsabilidad para ninguna de las partes, caso en el cual el patrono deberá pagarle únicamente al trabajador las prestaciones irrenunciables. Contratos para obra determinada De conformidad con el Código de Trabajo, los contratos para obra determinada son aquellos en donde patrono y trabajador ajustan globalmente o en forma alzada el precio de los servicios del trabajador desde que se inician las labores hasta que éstas concluyan, tomando en cuenta el resultado del trabajo, o sea, la obra realizada. En este tipo de contratos, cada una de las partes puede dar por terminada la relación laboral sin justa causa, antes de la conclusión de la obra. Si la terminación prematura del contrato ha sido decretada por la parte patronal, éste deberá pagarle al trabajador su indemnización, sus irrenunciables y adicionalmente daños y perjuicios que a juicio de un inspector de trabajo o un juez de trabajo determinen, los cuales no pueden ser inferiores a un día de salario por cada mes de trabajo continuo ejecutado o fracción de tiempo menor, si el mes no se ha cumplido. Si la terminación prematura del contrato es decretada por el trabajador, entonces este deberá pagarle al patrono los daños y perjuicios correspondientes, a juicio de un inspector de trabajo o si ya ha surgido litigio, a juicio de los tribunales de trabajo. Por otro lado, de conformidad con el Código de Trabajo, la conclusión de la obra en los contratos para obra determinada, finalizan el contrato de trabajo sin responsabilidad para ninguna de las partes, caso en el cual el patrono deberá pagarle únicamente al trabajador las prestaciones irrenunciables. Los patronos deben asesorarse de expertos a la hora de la suscripción de los contratos de trabajo. La correcta elaboración de los contratos desde un inicio, es clave para tener relaciones de trabajo sanas. En CCI somos expertos en derecho laboral y asesoramos a las empresas desde el inicio de sus inversiones y apertura de negocios, así como en el mantenimiento y manejo de relaciones de trabajo día a día. Para más información comuníquese con nosotros. Yours Legally
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