Proyecto de Libros y Comprobantes de Pago Electrónicos. Libros Electrónicos Últimos cambios normativos
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- Francisca Sánchez Henríquez
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1 Proyecto de Libros y Comprobantes de Pago Electrónicos Libros Electrónicos Últimos cambios normativos
2 Temario Marco legal Sistemas de Libros Electrónicos: PLE y Portal Plazos de atraso del Registro de Ventas y de Compras Electrónico Principales cambios en las estructuras (versión 4.0) Ejemplo de un Reg. de Ventas Electrónico Ejemplo de un Reg. de Compras Electrónico Beneficios de usar Libros Electrónicos
3 MARCO LEGAL
4 Libros Electrónicos: normativa vigente Res. de Superintend. Tema que norma Nº Dictan disposiciones para la implementación del llevado optativo de determinados Libros y Registros de manera electrónica, mediante el Programa de Libros Electrónicos PLE, a partir del 01/07/2010 Nº Modifican la RS N determinándose a los PRICOS como sujetos obligados a llevar libros electrónicos mediante el PLE, a partir del 01/01/2013 N Modifican la RS N en lo relativo a la incorporación al sistema de llevado de libros electrónicos. Se establecen nuevos plazos de atraso para el Registro de Ventas y de Compras en el PLE Nº Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica en SOL (Portal) Nº Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT están obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2014. Asimismo, se posterga la posibilidad de llevar dichos registros en PLE o en Portal, a partir del 01/05/2014. Fecha 30/12/ /10/ /01/ /02/ /12/2013 CPC Jorge De Velazco B.
5 SISTEMAS DE LIBROS ELECTRÓNICOS: PLE Y PORTAL
6 Sistemas de Libros Electrónicos - SLE Registro de Ventas Portal Registro de Compras Portal Registro de Ventas y Registro de Compras - PLE Libro Diario y Libro Mayor - PLE Otros Libros PLE
7 Modelo de Libros Electrónicos - PORTAL El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT Operaciones en Línea SOL que permite la captura de la información para generar el RVI y el RC de manera electrónica. A los contribuyentes que opten en ser usuarios del sistema, la SUNAT los sustituirá en su obligación de almacenamiento, archivo y conservación de los Registros Electrónicos generados en el sistema. El contribuyente podrá descargar ejemplares de los Registros Electrónicos generados en el sistema. Se deben generar ambos Registros por un mismo periodo.
8 Registro de Ventas Portal - Opciones Registro de Comprobante de Pago Físicos Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Importación de Comprobantes de Pago Físico Disponible 1 de octubre 2013 Generación de Registro de Ventas Electrónico Descarga de Registro de Ventas Electrónico
9 Registro de Compras Portal - Opciones Registro x de Comprobante de Pago Físicos Consultas, x modificaciones y bajas de CdP Físicos Importación de Comprobantes de Generación de Pago Físico Registro de Compras Electrónico Descarga de Registro de Compras Electrónico
10 Modelo de Libros Electrónicos - PLE El Programa de Libros Electrónicos PLE no es un software contable. Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT). No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto). Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico (que incluye el Hash correspondiente). El Resumen del RVI y del RC: incluye el detalle de los CdP que dan derecho al uso de crédito fiscal.
11 Modelo de Libros Electrónicos - PLE CONTRIBUYENTE SUNAT SW Contable propio Ventas TXT BD LE Resumen + Hash Ventas Domicilio Fiscal Ventas + CdR Ventas CdR Ventas PRICO Otro Domicilio Ventas + CdR Ventas Constancia de Recepción + Firma SUNAT
12 Anotación en los Libros Electrónicos - PLE Se debe anotar las operaciones que correspondan en el Libro Electrónico a partir del mes o ejercicio por el cual se incorporó o se afilió. Se deben cerrar los Libros y/o Registros llevados en forma física (manual o en hojas sueltas o continuas) correspondiente al mes anterior o ejercicio anterior al que corresponde el Libro Electrónico por el cual se generó el primer envío del Resumen.
13 Resumen del Libro electrónicos - PLE La generación del libro electrónico y el envío del Resumen deberá efectuarse una sola vez luego de haber finalizado el mes o ejercicio. Debe presentarse ante la SUNAT la información de los comprobantes de pago que dan derecho al uso del crédito fiscal y que se anotaran en el Registro de Ventas y en el Registro de Compras, la que se entenderá cumplida con la generación del Resumen. Se debe mantener la correlatividad de los períodos.
14 Cierre de los Libros Electrónicos - PLE Baja de Inscripción en el RUC: cuando se encuentren en alguna de las situaciones señaladas en la Resolución de Superintendencia N /SUNAT. No exista la obligación de llevar alguno de los Libros o Registros Electrónicos, de acuerdo a la normatividad vigente.
15 Sujetos en el PLE Incorporados Obligados Afiliados
16 Sujetos incorporados al PLE N INCORPORADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras 1 Los que eran PRICOS cuando entró en vigencia la RS N Los que fueron designados nuevos PRICOS mediante la RS N Los PRICOS señalados en el Anexo I de la RS N Los nuevos PRICOS que sean designados en el futuro mediante alguna RS Desde Enero 2013 PLE Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo A Desde Marzo 2013 PLE Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo A Desde Enero 2014 PLE Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo B Desde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en vigencia la RS que lo designe PRICO PLE Plazo de atraso: Cronograma Tipo B Libro Diario y Libro Mayor Desde Junio 2013 PLE Plazo de atraso: 3 meses Desde Junio 2013 PLE Plazo de atraso: 3 meses Desde Junio 2014 PLE Plazo de atraso: 3 meses Desde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en vigencia la RS que lo designe PRICO PLE Plazo de atraso: 3 meses
17 Exclusión de los Directorios de PRICOS de los sujetos incorporados La exclusión de los directorios de PRICOS de los sujetos incorporados al Sistema determina que, a partir del mes siguiente a la fecha de entrada en vigencia de dicha exclusión, puedan optar por llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras en el SLE-PORTAL. No se considera exclusión aquella que se realiza respecto de sujetos incorporados al Sistema que se excluyen de un directorio de PRICOS para incluirse en otro directorio de PRICOS distinto.
18 Exclusión de los Directorios de PRICOS de los sujetos incorporados La exclusión no tiene efecto respecto de la obligación de continuar llevando en el Sistema el Libro Diario, el Libro Diario de Formato Simplificado o el Libro Mayor ni de aquellos libros voluntarios por los que se hubiera generado la primera constancia de recepción antes de la entrada en vigencia de la exclusión de los directorios de PRICOS. Respecto del Libro Diario, el Libro Diario de Formato Simplificado o el Libro Mayor se mantiene la obligación respecto de su conservación.
19 Sujetos obligados al PLE N INCORPORADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras 5 Los que no sean PRICOS ni se hayan afiliado al SLE-PLE y que hayan obtenido ingresos mayores a 500 UIT entre los meses de julio 2012 a junio Como la UIT es la del 2012 (3,650), el monto referencial es de S/.1 825,000. Para tal efecto, se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT 621 o la casilla 100 del PDT 621 Simplificado IGV. Desde Enero 2014 PLE o Portal (desde el ) Plazo de atraso 2014: Cronograma Tipo B Libro Diario y Libro Mayor No es obligatorio
20 Sujetos afiliados al PLE N INCORPORADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras 6 Los que no sean PRICOS y se afiliaron voluntariamente al SLE-PLE antes del Los que no sean PRICOS y se afiliaron voluntariamente al SLE-PLE a partir del Desde el mes de afiliación PLE o Portal (desde el ) Plazo de atraso: Cronograma Tipo A Desde el mes de afiliación PLE o Portal (desde el ) Plazo de atraso: Cronograma Tipo B Libro Diario y Libro Mayor Desde Junio 2013 PLE Plazo de atraso: 3 meses No es obligatorio
21 Movilidad en el sistema de llevado de LE Se modifican las reglas de cambio de sistema: a) Se suspende el cambio del sistema (PLE a Portal o viceversa), hasta el 1 de mayo de b) El cambio lo pueden hacer desde el periodo enero 2014 en adelante.
22 Libros obligatorios PLE Anexo 1 N LE Obligatorios 1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2 REGISTRO DE COMPRAS Anexo 5 N LE Obligatorios 1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2 REGISTRO DE COMPRAS 3 LIBRO DIARIO Obligados y Afiliados desde el LIBRO MAYOR LIBRO DIARIO DE FORMATO 5 SIMPLIFICADO PRICOS y Afiliados antes del
23 Libros voluntarios PLE Anexo 4 N LE Voluntarios 1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES 2 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS 3 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO 4 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS 5 LIBRO CAJA Y BANCOS 6 REGISTRO DE CONSIGNACIONES 7 REGISTRO DE COSTOS 8 LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34 DE LA LIR Todos los que están el SLE-PLE
24 Tablas Paramétricas PLE ANEXO 3: TABLAS Tabla Nombre Tabla Nombre 1 TIPO DE MEDIO DE PAGO TIPO DE DOCUMENTO DE 2 IDENTIDAD 3 ENTIDAD FINANCIERA 4 TIPO DE MONEDA 5 TIPO DE EXISTENCIA 6 CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA 7 TIPO DE INTANGIBLE 10 TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO 11 CÓDIGO DE LA ADUANA 12 TIPO DE OPERACIÓN 13 CATÁLOGO DE EXISTENCIAS 14 MÉTODO DE EVALUACIÓN 15 TIPO DE TÍTULO 16 TIPO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES 17 PLAN DE CUENTAS 18 TIPO DE ACTIVO FIJO 19 ESTADO DEL ACTIVO FIJO 20 MÉTODO DE DEPRECIACIÓN 21 CÓDIGO DE AGRUPAMIENTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL
25 PLAZOS DE ATRASO DEL REGISTRO DE VENTAS Y DE COMPRAS ELECTRÓNICO
26 Plazos de atraso del RVI y del RC Electrónico - PLE ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC MES / RUC Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
27 Plazos de atraso del RVI y del RC Electrónico - PORTAL La generación se sujeta a los plazos máximos de atraso siguientes: RVI: Último día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago respectivo. RC: Último día hábil del mes siguiente al que corresponda el registro de las operaciones, según las normas sobre la materia.
28 Plazo de atraso para los que ya llevan LE: PLE y PORTAL ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC MES (*) / RUC Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
29 Plazo de atraso para los nuevos que lleven LE: PLE y PORTAL ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B FECHA MÁXIMA DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC MES (*) / RUC Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
30 PRINCIPALES CAMBIOS EN LAS ESTRUCTURAS (VERSIÓN 4.0)
31 Ejemplo de Estructura: Registro de Compras Electrónico Campo Descripción Formato Observaciones Periodo Numérico 1. Obligatorio 2. Validar formato AAAAMM <= MM <= Menor o igual al periodo informado 5. Si periodo es menor a periodo informado, entonces campo 32 es igual a '9' 6. Si el periodo es igual a periodo informado, campo 32 es diferente a '9' 1 7. No acepta valor por default 2 Número correlativo del Registro o código único de la operación Alfanumérico 1. Obligatorio 2. No acepta valor por default 3 Fecha de emisión del comprobante de pago o documento DD/MM/AAAA 1. Obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo Si fecha de emisión corresponde al periodo señalado en el campo 1, entonces campo 32 = '1' 5. Si fecha de emisión está dentro de los doce meses anteriores al periodo señalado en el campo 1, entonces campo 32 = '6' 6. Si fecha de emisión está fuera de los doce meses anteriores al periodo señalado en el campo 1, entonces campo 32 = '7' 4 Fecha de Vencimiento o Fecha de Pago (1) DD/MM/AAAA 1. Opcional, excepto cuando el campo 5 = '14' en cuyo caso es obligatorio 2. Menor o igual al periodo informado 3. Menor o igual al periodo señalado en el campo 1. 5 Tipo de Comprobante de Pago o Documento Numérico 1. Obligatorio 2. Validar con parámetro tabla En caso de no existir, registrar '00' 6 Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas (DUA) o de la Declaración Simplificada de Importación (DSI) se consignará el código de la dependencia Aduanera. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si campo 5 = '01', '03', '04', '07', '08' => longitud 4, para el resto longitud hasta Si campo 5 = '50', '52' => longitud 3. Validar con parámetro tabla En caso de no existir, registrar '-' 7 Año de emisión de la DUA o DSI Numérico 1. Obligatorio 2. Si campo 5 = '50', '52' registrar número mayor a 1981 y menor o igual al año del periodo informado y al año del periodo señalado en el campo En caso de campo 5 <> '50', '52', registrar '0' 8 9 Número del comprobante de pago o documento o número de orden del formulario físico o virtual donde conste el pago del impuesto, tratándose de liquidaciones de compra, utilización de servicios prestados por no domiciliados u otros, número de la DUA, de la DSI, de la Liquidación de cobranza u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el crédito fiscal en la importación de bienes. En caso de optar por anotar el importe total de las operaciones diarias que no otorguen derecho a crédito fiscal en forma consolidada, registrar el número final (2). Alfanumérico Numérico 10 Tipo de Documento de Identidad del proveedor Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Positivo, de ser numérico 1. Si campo 5 = '00','03','05','06','07','08','11','12','13','14','15','16','18','19','23','26','28','30','34','35','36','37','55','56','87' y '88', campo 9 debe ser positivo o cero 2. En caso contario, registrar '0' 1. Obligatorio, excepto cuando a. campo 5 = '00','03','05','06','07','08','11','12','13','14','15','16','18','19','22','23','26','28','30','34','35','36','37','55','56','87', '88','91','97' y '98' o b. campo 5 = '07', '08', '87', '88', '97', '98' y campo 25 = '03', '12', '13', '14' y '36' en cuyos casos será opcional 2. Validar con parámetro tabla 2 3. En caso de no existir, registrar '0'
32 Que son los Estados? Estado Detalle de la Operación o Documento cuando Reg. de Ventas 0 Reg. de Compras La operación (anotación optativa sin efecto en el IGV) corresponde al periodo, emitidas en el periodo X X 1 La operación corresponde al periodo X X X El documento (CdP) ha sido inutilizado (anulado) durante el periodo previamente a ser entregado, emitido o durante su emisión. La fecha de emisión del CdP o del pago del impuesto, por operaciones que otorguen derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda La fecha de emisión del CdP o pago del impuesto, por operaciones que otorgaban derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce luego de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda La operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y NO X X X Demás Libros ha sido anotada en dicho periodo X X la operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo X X X
33 Que son las Tablas Paraméticas? ANEXO 3: TABLAS Tabla Nombre Tabla Nombre 1 TIPO DE MEDIO DE PAGO 2 TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD 3 ENTIDAD FINANCIERA 4 TIPO DE MONEDA 5 TIPO DE EXISTENCIA 6 CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA 7 TIPO DE INTANGIBLE 10 TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO 11 CÓDIGO DE LA ADUANA 12 TIPO DE OPERACIÓN 13 CATÁLOGO DE EXISTENCIAS 14 MÉTODO DE EVALUACIÓN 15 TIPO DE TÍTULO 16 TIPO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES 17 PLAN DE CUENTAS 18 TIPO DE ACTIVO FIJO 19 ESTADO DEL ACTIVO FIJO 20 MÉTODO DE DEPRECIACIÓN 21 CÓDIGO DE AGRUPAMIENTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL
34 Libro Diario: se incluye un sublibro adicional Versión 3 Versión LIBRO DIARIO 5.1 LIBRO DIARIO 5.3 DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO: Código de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado Obligatorio en el periodo de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez. En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modificaciones.
35 Libro Diario: Código Único de Operación Long. Descripción Hasta 40 De 2 hasta 10 Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identifica de manera únivoca el asiento contable Formato Observaciones Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 13 es igual a '1', consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación que se está informando 3. Si el campo 13 es igual a '8', consignar el Código Único de la Operación (CUO) que corresponda al periodo en que se omitió la anotación. Para modificaciones posteriores se hará referencia a este Código Único de la Operación (CUO) 4. Si el campo 13 es igual a '9', consignar el Código Único de la Operación (CUO) de la operación original que se modifica Número correlativo del asiento contable identificado en el campo 2. El primer dígito debe ser: "A" para el asiento de apertura del ejercicio, "M" para los asientos de movimientos o ajustes del mes o "C" para el asiento de cierre del ejercicio. 1. Obligatorio Alfanumérico 2. El primer dígito debe ser: A, M o C
36 Libro Diario: Código Único de Operación Libro Diario Físico COMPRAS 40, Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas IGV - Cuenta propia CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES TERCEROS Facturas, boletas y otros comprobantes por 421 pagar 4212 Emitidas 05/01/2014 Por la compra de mercaderías del mes , MERCADERÍAS 40, Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 47, Costo 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 40, Mercaderías 6111 Mercaderías manufacturadas CUO CUO 05/01/2014 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén. 1ra línea del asiento da línea del asiento ra línea del asiento ra línea del asiento da línea del asiento 0235 Defaults? Libro Diario PLE ver M /01/2014 Compra de mercadería del mes M /01/2014 Compra de mercadería del mes M /01/2014 Compra de mercadería del mes M /01/2014 Mercadería ingresadas al almacén M /01/2014 Mercadería ingresadas al almacén En la versión 4.0 son dos campos y en la 3.0 es uno solo
37 Reg. Compras: Código Único de Operación Long. Descripción Formato Observaciones Hasta 40 De 2 hasta Contribuyentes del Régimen General: Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del sofware contable que identifica de manera únivoca el asiento contable en el Libro Diario o en el Libro Diario de Formato Simplificado en que se registró la operación. 2. Contribuyentes del Régimen Especial de Renta - RER: Número correlativo del mes. Número correlativo del asiento contable identificado en el campo 2, cuando se utilice el Código Único de la Operación (CUO). El primer dígito debe ser: "A" para el asiento de apertura del ejercicio, "M" para los asientos de movimientos o ajustes del mes o "C" para el asiento de cierre del ejercicio. Alfanumérico Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Si el campo 34 es igual a '0'', 1' o '6' o '7', consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo de la operación que se está informando 3. Si el campo 34 es igual a '9', consignar el Código Único de la Operación (CUO) o número correlativo de la operación original que se modifica 1. Obligatorio 2. El primer dígito debe ser: A, M o C 3. No se registra nada en este campo en los casos de Contribuyentes del RER
38 Reg. Compras: Código Único de Operación Régimen General PLE ver M001 05/01/ JORGE LUIS DE VELAZCO BORDA Régimen Especial de Renta - RER Defaults? /01/ JORGE LUIS DE VELAZCO BORDA
39 Registro Permanente Valorizado Long. Descripción Formato Observaciones 1 Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor Validar con parámetro tabla 13 Hasta 24 Código propio de la existencia correspondiente al catálogo señalado en el campo 5. Alfanumérico 1. Obligatorio 2. Según catálogo utilizado 8 Código de la existencia, de acuerdo al Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de cada año. Numérico 1. Obligatorio TABLA 13: CATÁLOGO DE EXISTENCIAS (*) El Catálogo de Naciones Unidas es el mismo que se hace referencia en la Tabla 13 "Catálogo de Existencias". N DESCRIPCIÓN 1 NACIONES UNIDAS 3 GS1 (EAN-UCC) 9 OTROS
40 Catálogo de Bienes, Servicios y Obras: OCSE 3. Catálogo de Existencias GS1 (EAN-UCC) PAÍS EMPRESA PRODUCTO DIG.CONTROL
41 Catálogo de Bienes, Servicios y Obras: OCSE 1. Catálogo de Existencias de Naciones Unidas RUBRO FAMILIA CLASE ARTICULO
42 Reg. Perm. Valorizado PLE ver 4.0 Registro Permanente Valorizado CUO: 0235 Código de Establecimiento Anexo: 0001 (Domicilio Fiscal) Código de Catálogo utilizado - GS1: 3 (tabla 13) Tipo de existencia: Mercadería 01 (tabla 5) Código de la existencia: Código de la existencias según OSCE (UNSPSC): (8 dígitos) Tipo de operación efectuada: Compra nacional 02 (tabla 12) Código de la Unidad de Medida: MA Machine per unit (tabla 6) Código del método de valuación de existencias aplicado Promedio Ponderado: 1 (tabla 14) M /01/ CARGADOR (FRONTAL) DE ENTRADA MA
43 Registro de Activo Fijo Long. Descripción Formato Observaciones 1 Hasta 24 8 Código del catálogo utilizado. Sólo se podrá incluir las opciones 3 y 9 de la tabla 13. Código propio del activo fijo correspondiente al catálogo señalado en el campo 3. Código del activo fijo, de acuerdo al Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (*) establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y vigente al 01 de enero de cada año. Numérico 1. Obligatorio 2. No acepta el valor Validar con parámetro tabla 13 Alfanumérico 1. Obligatorio Numérico 1. Obligatorio TABLA 13: CATÁLOGO DE EXISTENCIAS (*) El Catálogo de Naciones Unidas es el mismo que se hace referencia en la Tabla 13 "Catálogo de Existencias". N DESCRIPCIÓN 1 NACIONES UNIDAS 3 GS1 (EAN-UCC) 9 OTROS
44 Registro de Activo Fijo Reg. de Activo Fijo PLE ver 4.0 CUO: 0286 Código de Catálogo utilizado - GS1: 3 (tabla 13) Código de la existencia: Código de la existencias según OSCE (UNSPSC): (8 dígitos) Código del tipo de activo fijo- No revaluado o revaluado sin efecto tributario: 1 (tabla 18) Código de la cuenta contable: (PCGE) M CARGADOR (FRONTAL) DE ENTRADA CATERPILLAR 966K FC /01/ /01/
45 EJEMPLO DE UN REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS ELECTRÓNICO
46 Anotación del Registro de Ventas Electrónico (RG) Periodo: Abril 2014 LIBROS ELECTRONICOS LIBROS FISICOS Periodo CUO Nro. Correlativo Tipo CdP Serie Numero BI IGV Estado M , , M , M , , M , , M Estado 1: la anotación corresponde al mes de emisión del CdP (Abril 2014) Estado 2: anotación del CdP anulado (Boleta de Venta N ) del mes de Abril 2014 Error en anotar la Factura N que fue emitida por S/ 10,000 (BI) + 1,800 (IGV) Se omitió registrar la Factura N que fue emitida por S/ 10,000 (BI) + 1,800 (IGV)
47 Rectificación del Registro de Ventas Electrónico (RG) Periodo: Junio 2014 Periodo CUO Nro. Correlativo Tipo CdP Serie Numero BI IGV 1004 M , , M E , , M M Estado M , , M , , Estado 1: la anotación corresponde al mes de emisión del CdP (Junio 2014). Estado 8: Se anota el CdP omitido (Factura N ) de un mes anterior (Abril 2014). Se toma como referencia las 3 primeras columnas (llave única): M001 Estado 9: Se corrige la información de un mes anterior (Abril 2014) con toda la anotación correcta. Se toma como referencia las 3 primeras columnas (llave única): M005
48 EJEMPLO DE UN REGISTRO DE COMPRAS ELECTRÓNICO
49 Anotación del Registro de Compras Electrónico (RG) Periodo: Abril 2014 Periodo CUO Nro. Correlativo Fecha de emisión Tip o de CdP Serie Numero BI IGV Total Estado M001 05/04/ , , M005 15/04/ , , , M002 15/04/ , M001 25/04/ M007 01/04/ , , , M002 31/03/ M001 01/03/ , Estado 0: la anotación (sin efecto en el IGV) corresponde al periodo. En este caso se anota la operación de un servicio prestado por un no domiciliado. En la línea anterior se anotó el formulario virtual que da derecho usar el crédito fiscal. Estado 1: La anotación del CdP corresponde al mes de emisión (Abril 2014). Estado 6: El CdP es anterior al mes declarado, pero dentro de los 12 meses siguientes a su emisión. Estado 7: El CdP es anterior al mes declarado, pero fuera de los 12 meses siguientes a su emisión. Estado 8: No existe en el Registro de Compras. Estado 9: Corrige la información de un CdP de meses anteriores. Se toma como referencia las 3 primeras columnas (llave única): M001 9
50 BENEFICIOS DE USAR LIBROS ELECTRÓNICOS
51 Beneficios del llevado de LE Se eliminan los costos asociados al llevado físico de los libros manuales u hojas sueltas o continuas: hojas, legalización del Notario, impresión, almacenamiento físico y custodia. Se elimina el uso del papel: mayor responsabilidad social de las empresas con la ecología de nuestro país. Mayor cantidad y calidad de información: probabilidad de detección para los que emiten doble facturación o facturas clonadas, anotan fuera de plazo, compras de gastos personales, etc.
52 SUNAT PREGUNTAS?
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