Análisis y valoración de estos puntos clave en la Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo
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- Eugenio Muñoz Vega
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1 ENCUENTRO ESPECIALIZADO Contratos, Despidos e Indemnizaciones Análisis y valoración de estos puntos clave en la Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo En colaboración con: Madrid, 17 de marzo de 2011 Auditorio Unidad Editorial
2 ENCUENTRO ESPECIALIZADO Contratos, Despidos e Indemnizaciones Estimado amigo, La crisis financiera y económica que se ha desarrollado en nuestro país desde principios de 2008 tiene como consecuencia más grave una intensa decadencia en el empleo y el consecuente aumento del desempleo. En la actualidad, teniendo como fondo la Nueva Ley de medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo, las organizaciones se ven envueltas en ajustes laborales que desembocan en despidos y sus correspondientes indemnizaciones. El debate social está sobre la mesa, siendo numerosos los estudios que defienden el descenso de las cuantías como forma de apaciguar la contratación temporal y como vía de alcance de una mayor flexibilidad laboral que estimule a las empresas a llevar a cabo nuevas contrataciones de carácter indefinido. Cada vez se hacen más contratos indefinidos incentivados, es decir, con menor indemnización, según datos del Ministerio de Trabajo. En marzo de 2010, casi tres de cada cuatro nuevos contratos de trabajo se acogieron a esta medida, que se puso en marcha en la reforma laboral de 1997 y se amplió en el año Una indemnización con menor despido podría generalizarse en la próxima reforma del mercado de trabajo, según ha dado a entender el actual Gobierno en varias ocasiones. Conscientes de la complejidad de los procesos y de las necesidades que tienen las organizaciones para adaptarse a la nueva situación laboral por la que atraviesa nuestro país, Unidad Editorial y Sagardoy Abogados le ofrecen una oportunidad única de conocer un análisis detallado de la situación actual, realizando un balance de aplicación, ofreciendo una valoración y dando a conocer las nuevas propuestas para el Desarrollo de la Ley en materia indemnizatoria. Esperamos que este seminario sea de su interés, reciba un cordial saludo, María Justicia Directora de Programas UNIDAD EDITORIAL CONFERENCIAS Y FORMACIÓN El coste laboral de las empresas se situó en 2.421,49 euros por trabajador y mes en el tercer trimestre de 2010, el 0,3% menos que en el mismo periodo del año pasado y el primer descenso que se registra desde que se empezó a elaborar hace diez años la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL). Los costes no salariales disminuyeron el 1,5% debido principalmente al menor gasto en indemnizaciones por despido y en otras percepciones no salariales (desgaste de herramientas o adquisición de ropa de trabajo, entre otras). El INE subrayó que la Industria fue el único sector de actividad donde aumentaron los costes laborales, debido principalmente al menor impacto de los expedientes de regulación de empleo (ERE). Este sector también registró la menor caída en las indemnizaciones por despido. Por el contrario, la construcción experimentó la mayor caída de costes laborales, debido a los menores salarios ordinarios y al descenso más grande en las indemnizaciones por despido. 17 de diciembre de Expansión
3 ENCUENTRO ESPECIALIZADO Contratos, Despidos e Indemnizaciones Agenda 9.00 Recepción de los asistentes y entrega de la documentación Modalidades de Contratación Saludo y bienvenida: UNIDAD EDITORIAL Preside y modera la jornada: D. Antonio Gómez de Enterría Vicepresidente SITUACIÓN ACTUAL DE LA LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO 9.15 Materias críticas de la Ley 10/2010 La Estrategia de Economía Sostenible incluía el compromiso de realizar una reforma del mercado de trabajo, que se materializó a través del Real Decreto Ley 10/2010, de 16 de junio, que ha sido sustituido por la presente Ley, aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 15 de septiembre de Esta reforma tiene como objetivo esencial contribuir a la reducción del desempleo e incrementar la productividad de la economía española. A estos efectos, se dirige a corregir la dualidad del mercado de trabajo promoviendo la estabilidad en el empleo y a incrementar la flexibilidad interna de las empresas, como aspectos más destacables. >> En qué período legal nos encontramos? >> Exposición e interpretación de la incidencia de las materias fundamentales, reguladas por la nueva Ley sobre la legislación anterior >> Interrelaciones, concordancias y vacíos legales que puedan existir >> Ausencias de tratamiento >> Proyección sobre los costes laborales para las empresas >> Una referencia sistematizada D. Antonio Gómez de Enterría Vicepresidente Coloquio y preguntas Contratación Temporal 04 de noviembre de Expansión El ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, dice que no basta con modificar la normativa laboral para crear empleo en los términos que necesita la economía española para rebajar considerablemente la cifra de parados, el 19,8% de la población activa. De la misma manera que va ser muy difícil reducir los niveles de empleo temporal por otra causa que no sea la propia crisis. 07 de noviembre de Expansión.com La normativa laboral común permite la contratación por un cierto tiempo, exclusivamente para atender las necesidades de la empresa en un breve periodo, debiendo existir una correspondencia entre la naturaleza temporal del vínculo y la naturaleza temporal de la actividad o trabajo a realizar. >> Las diferentes modalidades de contratos de duración determinada >> Contratos para obra o servicio determinado >> Otras modalidades de contratación temporal >> La incidencia de la nueva Ley en la naturaleza jurídica >> Requisitos esenciales de las distintas modalidades de contratos de trabajo de duración determinada >> Régimen indemnizatorio D. Bernabé Echevarría Mayo Socio Coloquio y preguntas
4 11.15 Café Contrata, Subcontrata, Externalización de Servicios. Las Empresas de Trabajo Temporal La reforma laboral elimina las restricciones clásicas de las ETT para operar en sectores como la construcción, la sanidad y la Administración Pública, pero limita su actividad a la cesión eventual de trabajadores. La situación impide que se conviertan en agencias globales, entidades que, además de contrataciones temporales, ya gestionan la selección, formación y colocación indefinida de profesionales en buena parte de países de la Unión Europea. 05 de noviembre de Expansion.com El gasto de las empresas en indemnizaciones por despido fijadas en los juzgados de lo social se disparó en la primera mitad del año, al duplicar la cifra registrada en el mismo periodo de En los dos primeros trimestres del año, los juzgados establecieron por sentencia unas indemnizaciones totales de 340,5 millones de euros, un 114,6% más que en la primera mitad del año anterior (158,7 millones), según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración. Por su parte, en los asuntos judiciales que terminaron en acuerdo en los juzgados la cuantía de las indemnizaciones acordadas entre enero y junio de este año alcanzó los 637,5 millones de euros, lo que supone un 44,9% menos que en el mismo periodo de 2009, cuando la cifra alcanzó los 1.156,8 millones de euros. La externalización de servicios por parte de las empresas, es un tema de actualidad en el que el objetivo principal de la empresa es la reducción de gastos directos, basados en la subcontratación de servicios externos que no afectan la actividad principal de la empresa. Existe un especial tratamiento de la incidencia de la reforma en las Empresas de Trabajo Temporal. Elimina las restricciones clásicas de las ETT para operar en sectores como la construcción, la sanidad y la Administración Pública, pero limita su actividad a la cesión eventual de trabajadores. En este contexto realizaremos una breve referencia introductoria de análisis de los distintos supuestos que se pueden dar: >> Requisitos de legalidad >> Aspectos críticos >> Extensión y límites de responsabilidades D. Bruno Álvarez Padín Abogado Asociado Coloquio y preguntas MODALIDADES EXTINTIVAS DE CONTRATOS El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) destinó 1.046,8 millones de euros al pago de prestaciones hasta octubre, el 60,1% más que en el mismo período de 2009 ( ) CCOO, en un comunicado, subrayó la importante función del FOGASA en tiempos de crisis porque garantiza que los trabajadores puedan percibir salarios e indemnizaciones por despido. 22 de noviembre de Expansion.com La Extinción Individual del Contrato >> Se dará a conocer de forma breve la referencia al régimen legal del despido disciplinario >> El Despido Objetivo: Requisitos esenciales Efectos indemnizatorios directos Forma y sistema de cálculo >> Otros posibles efectos económicos: Salarios de tramitación Indemnizaciones complementarias Indemnizaciones por daños y perjuicios Dña. María Jesús Herrera Duque Socio Profesional
5 Madrid, 17 de marzo de 2011 La Extinción Colectiva del Contrato >> El Expediente Administrativo de Despidos Colectivos >> Iniciación, desarrollo, tramitación y efectos >> Análisis e interpretación de la incidencia de la nueva Ley >> Modificación sustancial de las condiciones de contrato >> La reducción de jornada >> Balance de aplicación de la reforma legal >> Propuestas para el desarrollo de la Ley D. Antonio Gómez de Enterría Vicepresidente Coloquio y preguntas Almuerzo Análisis de los Costes Económicos- Laborales de la Nueva Ley Efectos Indemnizatorios Derivados >> En materia indemnizatoria directa >> Bonificaciones y penalizaciones derivadas de la nueva Ley >> Otras indemnizaciones complementarias derivadas de la concurrencia de normas sustantivas y procesales >> Casos de aplicación de indemnizaciones D. Luis Gil Suarez Consejero Asesor Ex Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo Coloquio y preguntas La Negociación Colectiva El incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos registrados en los diez primeros meses del año alcanzó el 1,3%, nueve décimas por debajo del IPC. 05 de octubre de Expansion.com La Negociación Colectiva es el instrumento mediante el cual los trabajadores, a través de los representantes, establecen con la patronal las condiciones colectivas de trabajo, mediante un proceso de diálogo y negociación. En este apartado podremos conocer: >> Cuál es su estructura actual >> La incidencia de la nueva Ley en la negociación colectiva >> Propuestas para su desarrollo Dña. María Jesús Paredes Gil Ex Secretaria General de la Federación de Banca Ahorros y Servicios CONFIA Coloquio y preguntas Fiscalidad indemnizatoria En caso de extinción del contrato de trabajo con anterioridad al acto de conciliación, estarán exentas las indemnizaciones por despido que no excedan de la que hubiera correspondido en el caso de que el mismo hubiera sido declarado improcedente. El tratamiento fiscal en 2010 de los despidos como consecuencia de Expedientes de Regulación de Empleo, que se correspondan con causas económicas, técnicas organizativas de producción o de fuerza mayor, quedarán libres la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente. D. Salvador Ruiz Gallud Socio Equipo Económico Coloquio y preguntas Fin de la jornada Todos los ponentes han confirmado formalmente su asistencia. En caso de producirse cambios en el programa, será por razones ajenas a la voluntad de la organización.
6 Organiza: Unidad Editorial Conferencias y Formación Avda. de San Luis, Madrid Tel.: Fax: infoconferencias@unidadeditorial.es Síganos y plantee sus cuestiones en nuestros canales 2.0 Colabora: ENCUENTRO ESPECIALIZADO Contratos, Despidos e Indemnizaciones Precio por inscrito: 850 e + 18% IVA Fecha y lugar de celebración Madrid, 17 de marzo de 2011 Auditorio Unidad Editorial Avda. de San Luis, Madrid Tel. Unidad Editorial Precio: 725 e + 18% IVA* si se inscribe antes del 20 de febrero de 2011 * Oferta no acumulable a otras promociones en vigor Cancelaciones Si usted no puede asistir, tiene la opción de que un sustituto venga en su lugar, comunicándonos sus datos al menos 24h antes de la Conferencia. Para cancelar su asistencia envíenos un al menos 24h antes de la Conferencia a attclienteconferencias@unidadeditorial.es. En este caso será retenido un 10% en concepto de gastos administrativos. En caso de no cancelar la inscripción o hacerlo en menos de 24h, no será reembolsado el importe de la conferencia. Ventajas fiscales asociadas a esta Conferencia La cuota de inscripción de esta Conferencia constituye un gasto fiscalmente deducible tanto para empresas, Impuesto sobre Sociedades, como para profesionales, en el cálculo del rendimiento neto de actividades económicas, IRPF. Al mismo tiempo, puede beneficiarse de una deducción en la cuota íntegra de ambos impuestos, por el 5% de su importe. Transportista Oficial Para Asistentes, Comité Organizador y Ponentes Invitados: Para vuelos Nacionales, Europeos e Intercontinentales destino final el lugar donde se celebre el Evento y v.v. (OW y/o RT): 45% de descuento sobre tarifas completas en Business 50% de descuento sobre tarifas completas en Turista Para vuelos directos, operados por AIR NOSTRUM (IB-8000): 30% de descuento sobre tarifas completas Business y Turista Hoteles colaboradores Hotel NH Abascal Teléfono de Reservas: Consulte precio especial Hotel InterContinental Madrid Teléfono de Reservas: Consulte precio especial Hotel Petit Palace Embassy Teléfono de Reservas: Consulte precio especial Cómo inscribirse Indique su asistencia a este evento para formalizar su reserva Hoteles recomendados Hotel Nuevo Madrid C/ Bausá, 27. Tlf Distancia a la Sede de Unidad Editorial 1,8 km-6 minutos Hotel Confortel Pío XII Avda. Pío XII, 77. Tlf Distancia a la Sede de Unidad Editorial 4,1 km-9 minutos Entre en Regístrese como usuario Seleccione la conferencia a la que desea asistir y pulse inscríbase ahora Indique el número de inscripciones y pulse actualizar total y a continuación comprar Compruebe que sus datos están correctos y pulse enviar Elija forma de pago: Tarjeta VISA Transferencia Recibirá automáticamente confirmación de su inscripción vía C_INDEMIDESP_www Asociaciones Colaboradoras: Publicación Colaboradora: Portales Colaboradores:
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