Personas físicas. Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios

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1 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Guía para presentar la declaración anual de 2006

2 GUÍA PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL DEL 2006 INGRESOS POR JUBILACIÓN EN PAGO ÚNICO Y SUELDOS Y SALARIOS PERSONAS FÍSICAS

3 Documento vigente a partir de febrero de 2007

4 ÍNDICE Presentación 7 Información general 9 4Quiénes están obligados a presentar declaración anual 9 4Qué impuesto debe declarar 9 4Qué información y documentos necesita 9 4Qué ingresos debe considerar 10 4Qué gastos personales puede deducir 10 4Dónde debe presentar la declaración y pagar los impuestos 11 4 Recomendaciones para el uso adecuado de las formas fiscales 11 4Cómo debe llenar las formas fiscales 12 4Formas de pago 12 Caso práctico 14 4Deducciones personales 18 4Datos informativos de los retenedores 20 4Cálculo de los ingresos gravables 22 4Cálculo del impuesto por los ingresos acumulables 23 4Cálculo del subsidio acreditable 24 4Cálculo del impuesto por los ingresos acumulables 26 4Cálculo del impuesto a los ingresos no acumulables 27 4Determinación del impuesto a cargo a favor 28 Datos complementarios de la declaración 29 4Compensación de saldos a favor anteriores y otras cantidades que se pueden restar del saldo a cargo 29 4Qué hacer si le resulta impuesto a cargo y compensa un saldo a favor de declaraciones anteriores 30 4Pago en parcialidades 31 4Datos informativos obligados 32 Datos personales del contribuyente 33 Salarios mínimos 35 4Áreas geográficas para efectos del salario mínimo general 35 Servicios gratuitos y confidenciales 37 Pág.

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6 PRESENTACIÓN Ponemos a su disposición la Guía para presentar la declaración anual de Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios.. Para cumplir con esta obligación le informamos lo siguiente: 8Los documentos y datos que necesita para elaborar la declaración anual 8El procedimiento para calcular sus impuestos, incluido un caso práctico 8La manera de llenar la forma fiscal impresa 8La tarifa del artículo 177 y la tabla del artículo 178 de la Ley del Impuesto sobre la Renta 8Los salarios mínimos de las áreas geográficas A, B y C 8Los lugares y medios para hacer el pago Además, para una mejor comprensión del llenado de la forma fiscal, se ha reproducido cada uno de los cuadros que contiene, y con el caso práctico se ejemplifica la manera de llenarlos para que al hacer el cálculo con sus propias cantidades, ubique fácilmente los campos o renglones en los que debe anotarlas. También señalamos los gastos que puede deducir, el procedimiento para obtener la devolución de los saldos a favor, y los diversos servicios de orientación gratuita y confidencial que puede utilizar.

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8 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios INFORMACIÓN GENERAL Esta guía es sólo para elaborar la declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas que durante 2006 percibieron ingresos por jubilación en pago único y además sueldos y salarios. La declaración se debe presentar en abril de Quiénes están obligados a presentar declaración anual Las personas que perciban ingresos por salarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral, así como por otros ingresos asimilados a salarios, tienen obligación de presentar declaración anual en los siguientes casos: 8Cuando obtengan otros ingresos acumulables distintos de salarios. 8Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año, o cuando hayan prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea. 8Cuando obtengan ingresos por concepto de salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones, como son los organismos internacionales y los Estados extranjeros. 8Cuando obtengan ingresos anuales por salarios, que excedan de 400,000 pesos. 8Cuando hayan comunicado por escrito al patrón que presentarán declaración anual por su cuenta. Qué impuesto debe declarar 8Sólo el impuesto sobre la renta (ISR). Qué información y documentos necesita 8La forma fiscal 13-A y su anexo 1. Los puede adquirir en papelerías o imprimirlos desde el programa DeclaraSAT versión La constancia de pagos y retenciones del impuesto sobre la renta, que le debe entregar su patrón a más tardar el 28 de febrero de 2007 en la forma fiscal 37 o el anexo 1 de la forma fiscal 30, Declaración Informativa Múltiple, o el que genera el programa electrónico con el que se presenta dicha declaración informativa. 8Comprobantes de sus gastos personales que correspondan a 2006, como son: honorarios médicos y dentales, hospitalarios, funerarios, donativos, e intereses reales por créditos hipotecarios para casa habitación, entre otros. 9

9 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Qué ingresos debe considerar Los ingresos efectivamente cobrados en el año por sueldos y salarios o por conceptos asimilados, de uno, dos, o más patrones, incluidas las jubilaciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral. Qué gastos personales puede deducir 8Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, incluidos aquellos que sean indispensables por la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente; prótesis; 1 medicinas que se incluyan en las facturas de los hospitales; honorarios a enfermeras; análisis y estudios clínicos. No son deducibles las medicinas compradas en farmacias ni los pagos de cuotas por seguros médicos a instituciones públicas de seguridad social. Los gastos anteriores son deducibles siempre que se hayan pagado a instituciones o a personas que residan en México, y hayan sido para usted, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, sus hijos, nietos, padres o abuelos, siempre que dichas personas no hayan percibido ingresos en el año anterior por una cantidad igual o mayor a un salario mínimo general de su área geográfica, elevado al año. 2 8Gastos funerarios. Puede deducir el monto pagado hasta el equivalente a un salario mínimo general anual de su área geográfica. 3 Los gastos para cubrir funerales a futuro se deducirán el año en que se utilicen los servicios funerarios. Los gastos son deducibles siempre que se hayan pagado a instituciones o a personas que residan en México, y hayan sido efectuados por usted para su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, sus hijos, nietos, padres o abuelos. 8Primas de seguros de gastos médicos, siempre que el beneficiario sea usted, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, o sus hijos, nietos, padres o abuelos. 8Los intereses reales pagados en el año por créditos hipotecarios para casa habitación, contratados con el sistema financiero (bancos, casas de bolsa, etc.) siempre que el crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión. 8Donativos no onerosos ni remunerativos (gratuitos); es decir, que no se otorguen imponiendo algún gravamen a cambio de servicios recibidos por el donante. 8Transporte escolar de los hijos o nietos, siempre que sea obligatorio o cuando se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante. 8El importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto que puede deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos. 8Las aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o en las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias en la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con el requisito de permanencia para los planes de retiro. 1 Incluidos los gastos por la compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales. 2 Para conocer el monto que le corresponde de acuerdo con el área geográfica, consulte la página 35 de esta guía. 3 Para conocer el monto que le corresponde de acuerdo con el área geográfica, consulte la página 35 de esta guía. 10

10 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios El monto de esta deducción es máximo de 10% de los ingresos acumulables, sin que dichas aportaciones excedan de cinco salarios mínimos generales de su área geográfica, elevados al año. 4 Dónde debe presentar la declaración y pagar los impuestos Por Internet Le recomendamos presentar su declaración por Internet, 5 es más rápido, fácil, cómodo y seguro. Para ello utilice el Programa DeclaraSAT versión 2007 que obtiene en el portal del SAT. Cuenta con las siguientes opciones: a) Captura de datos con cálculo automático de impuestos b) Captura de datos sin cálculo automático de impuestos También puede utilizar el programa DeclaraSAT en línea, que hace el cálculo automático de impuestos. Es más rápido y no necesita descargarlo en su máquina. En caso de que su declaración resulte con saldo a favor o en ceros, sólo debe enviar su declaración al SAT desde nuestro portal de Internet y conservar el acuse de recibo. Para enviar su declaración vía Internet debe contar con firma electrónica avanzada o clave de identificación electrónica confidencial (CIEC). Si le resulta impuesto a cargo, una vez que haya enviado la declaración debe pagar mediante transferencia electrónica de fondos a través del portal de Internet del banco autorizado con el que previamente haya contratado una cuenta para estos fines. En ventanilla bancaria Cuando la declaración resulte con impuesto a cargo, la puede presentar mediante la forma fiscal 13-A ante los bancos autorizados. Si obtiene saldo a favor o en ceros, la puede presentar ante los bancos autorizados o en las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente. Recomendaciones para el uso adecuado de las formas fiscales 8Antes de iniciar el llenado de la declaración, lea las indicaciones en la forma fiscal 13-A. 8Anote sus datos reales en el recuadro correspondiente, siguiendo la secuencia del caso práctico. 8Utilice sólo formas fiscales originales; no fotocopias ni reducciones. 8La forma fiscal no debe contener tachaduras, enmendaduras, manchas u otras marcas que impidan su lectura. 8Imprima sólo en tinta negra. 4 Para conocer el monto que le corresponde de acuerdo con el área geográfica, consulte la página 35 de esta guía. 5 Para mayor información pregunte en los módulos de asistencia al contribuyente o consulte nuestro portal de Internet. 11

11 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Las formas fiscales se adquieren en papelerías o se pueden descargar del programa DeclaraSAT versión En este último caso sólo se debe imprimir por un lado de la hoja. Cómo debe llenar las formas fiscales 8A máquina o mediante computadora, anotando las cantidades de derecha a izquierda. 8No anote signos de puntuación como puntos, comas, guiones, u otros caracteres ni deje espacios entre las cantidades. 8Las cantidades en la forma fiscal deben anótarse redondeadas, sin centavos. Para sus cálculos sí debe considerar los centavos. Las cantidades se redondean al peso inmediato superior a partir de 51 centavos y al peso inmediato inferior cuando se trate de 50 centavos o menos. Ejemplo: Cantidad determinada en el cálculo Cantidad que debe anotar en la forma fiscal $4, $5, Recuerde anotar su RFC a trece posiciones y su CURP a 18 posiciones en todas las hojas de la forma fiscal. 8Debe anotar todos sus datos sin abreviaturas. Si al llenar su declaración le surgen dudas, utilice nuestros servicios de asistencia (vea la página 37 de esta guía). Formas de pago Cuando presente su declaración en el banco y le haya resultado cantidad a cargo, debe efectuar el pago en efectivo o con cheque, personal, certificado o de caja. Si la presenta por Internet, el pago se efectúa a la Tesorería de la Federación por transferencia electrónica de fondos de su cuenta bancaria. Los pagos con cheque se entenderán realizados en las siguientes fechas: 8El mismo día, cuando se trate de un cheque presentado antes de las 13:30 horas en el banco a cuyo cargo fue librado. 8El día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente después de las 13:30 horas en el banco a cuyo cargo fue librado. 8El día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente antes de las 13:30 en un banco distinto de aquel a cuyo cargo fue librado. 8El segundo día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente después de las 13:30 horas en un banco distinto de aquel a cuyo cargo fue librado. 12

12 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Si paga con cheque personal, anote en el mismo lo siguiente: En el anverso: Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación. En el reverso: Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente [nombre del contribuyente] con Registro Federal de Contribuyentes [clave del RFC del contribuyente]. Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación. 13

13 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios CASO PRÁCTICO A continuación desarrollamos un caso práctico con el cálculo de los impuestos y las cantidades que debe anotar en la forma fiscal. Además se inserta la parte de la forma fiscal que se debe llenar en cada paso. Usted debe seguir el mismo procedimiento en su forma fiscal anotando sus propias cantidades. Debe considerar los datos de la constancia que le proporciona su patrón, como los siguientes: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO ($) SUS DATOS ($) Sueldos Ingresos obtenidos 92, Ingresos exentos 6 Aguinaldo 1, Prima vacacional PTU Proporción de subsidio 0.92 Impuesto retenido 9, Jubilación en pago único Ingresos obtenidos 524, Ingresos no acumulables 210, Ingresos acumulables 32, Impuesto retenido 20, Ingresos exentos 6 281, Total de ingresos 617, Total de ingresos exentos 284, Total de ingresos acumulables 122, Total de ingresos no acumulables 210, Total de impuesto retenido 29, Deducciones personales 19, Fecha del pago único por jubilación 29 de sept. de 2006 Días transcurridos entre la fecha del pago único por jubilación y el 31 de diciembre 93 de Los ingresos exentos que puede restar para hacer el cálculo del impuesto son como máximo 30 días de aguinaldo, 15 para prima vacacional y 15 para PTU. En el caso de los ingresos por jubilación, hasta nueve veces el salario mínimo como monto diario. Todas estas cantidades se calculan tomando el salario mínimo general de su área geográfica. En el rubro de otros ingresos exentos se pueden considerar, en su caso, las horas extras y las prestaciones de previsión social, entre otros. Dichos montos los calcula el patrón y los señala en la constancia que le debe proporcionar. 14

14 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Datos de la constancia de percepciones y retenciones por jubilación y por sueldos y salarios CONSTANCIA DE SUELDOS, SALARIOS, CONCEPTOS ASIMILADOS Y CRÉDITO AL SALARIO (INCLUYE INGRESOS POR ACCIONES) PERIODO QUE AMPARA LA CONSTANCIA: 1 DATOS DEL TRABAJADOR O ASIMILADO A SALARIOS REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES MES INICIAL MES FINAL EJERCICIO ESTA CONSTANCIA DEBERÁ SER CONSERVADA POR EL TRABAJADOR. CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S) MARQUE CON X EL RECUADRO QUE CORRESPONDA Y/O CONTESTE LO QUE SE SOLICITA: ÁREA GEOGRÁFICA DEL SALARIO MÍNIMO ( 1 ) PROPORCIÓN DEL SUBSIDIO: CALCULADA CONFORME A LAS DISPOSICIONES VIGENTES EN EL EJERCICIO QUE DECLARA ( * ) MARQUE CON X SI EL TRABAJADOR ES SINDICALIZADO RFC DEL(LOS) OTRO(S) PATRÓN(ES) ( 6 ): HELM630303RN1 2 IMPUESTO SOBRE LA RENTA TOTAL DE INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS (Campo O, más el A. campo P de esta página, más los campos a, más i, más 617,003 H. SUBSIDIO NO ACREDITABLE m de la página 2, más el campo S1 de la página 3) IMPUESTO LOCAL A LOS INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y EN GENERAL POR LA B. PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO ( 7 ) INGRESOS EXENTOS C. (Campo T de esta página, más el campo c de la página 2, más el campo R1 de la página 3) INGRESOS NO ACUMULABLES D. (Campo W de esta página, más el campo g de la página 2) HERNÀNDEZ LOERA MARIANA A SI EL PATRÓN REALIZÓ CÁLCULO ANUAL SI ES ASIMILADO A SALARIOS, SEÑALE LA CLAVE CORRESPONDIENTE ( 4 ) TARIFA UTILIZADA DEL EJERCICIO QUE DECLARA ANVERSO 1991 (Actualizada) CLAVE DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DONDE PRESTÓ SUS SERVICIOS ( 5 ) 37 FRACCIÓN I ( 2 ) FRACCIÓN II ( 2 ) APLICADA ( 3 ) CALCULADA DISPOSICIONES CONFORME VIGENTES A. EN 1991 ( * ) , ,636 I. J. MONTO DEL SUBSIDIO ACREDITABLE FRACCIÓN III ( 2 ) MONTO DEL SUBSIDIO ACREDITABLE FRACCIÓN IV ( 2 ) K. IMPUESTO SOBRE INGRESOS ACUMULABLES HELM630303MDFRRR05 X X E. INGRESOS ACUMULABLES ( A - B - C - D ) F. ISR CONFORME A LA TARIFA ANUAL 122,361 L. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO EN EL M. EJERCICIO QUE DECLARA ( K + L ) IMPUESTO RETENIDO AL CONTRIBUYENTE (Campo X de esta página, más los campos h, mas j, G. SUBSIDIO ACREDITABLE N. más n de la página 2, más los campos U1, más V1 de la página 3) 3 PAGOS POR SEPARACIÓN 29,500 JUBILACIONES, PENSIONES O HABERES DEL RETIRO MONTO TOTAL DEL PAGO EN UNA SOLA O. EXHIBICIÓN (No deberá hacer anotación alguna en P, Q y R) P. Q. R. S. INGRESOS TOTALES POR PAGO EN PARCIALIDADES (No hacer anotación alguna en O) MONTO DIARIO PERCIBIDO POR JUBILACIONES, PENSIONES O HABERES DE RETIRO EN PARCIALIDADES (No hacer anotación alguna en O) CANTIDAD QUE SE HUBIERA PERCIBIDO EN EL PE- RIODO DE NO HABER PAGO ÚNICO POR JUBILACIO- NES, PENSIONES O HABERES DE RETIRO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN (No hacer anotación alguna en O) NÚMERO DE DÍAS ( 8 ) 524, T. INGRESOS EXENTOS U. INGRESOS GRAVABLES V. INGRESOS ACUMULABLES W. INGRESOS NO ACUMULABLES X. IMPUESTO RETENIDO 281, ,414 32, ,636 20,000 ( * ) Es obligatorio requisitar estos campos. ( 1 ) Anotará A, B o C, según corresponda al área geográfica que señala la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. ( 2 ) Únicamente para constancias de 2001, de conformidad con el Art. Segundo Transitorio, del Decreto por el que se reforma el Art. 80-A de la LISR, publicado en el DOF el 29 de noviembre de ( 3 ) Deberá utilizar este campo, cuando el patrón haya realizado cálculo anual de ISR y al trabajador le corresponda una proporción distinta a la de los demás trabajadores. ( 4 ) A. Miembros de las sociedades cooperativas de producción, B. Integrantes de sociedades y asociaciones civiles, C. Miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o comisarios; D. Actividad empresarial (comisionistas), E. Honorarios asimilados a salarios, F. Ingresos en acciones o títulos valor, G. Otros. ( 5 ) 01 Aguascalientes, 02 Baja California, 03 Baja California Sur, 04 Campeche, 05 Coahuila, 06 Colima, 07 Chiapas, 08 Chihuahua, 09 Distrito Federal, 10 Durango, 11 Guanajuato, 12 Guerrero, 13 Hidalgo, 14 Jalisco, 15 México, 16 Michoacán, 17 Morelos, 18 Nayarit, 19 Nuevo León, 20 Oaxaca, 21 Puebla, 22 Querétaro, 23 Quintana Roo, 24 San Luis Potosí, 25 Sinaloa, 26 Sonora, 27 Tabasco, 28 Tamaulipas, 29 Tlaxcala, 30 Veracruz, 31 Yucatán, 32 Zacatecas. ( 6 ) En caso de que el trabajador haya tenido más de un patrón en el ejercicio, deberá señalar el (los) RFC del(los) otro(s) patrón(es). ( 7 ) Aplicable a partir del ejercicio

15 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios 2 REVERSO 37 3 PAGOS POR SEPARACIÓN (Continuación) OTROS P AGO S 1 ) POR SEPARACIÓN ( a. MONTO TOTAL PAGADO b. NÚMERO DE AÑOS DE SERVICIO DEL TRABAJADOR c. INGRESOS EXENTOS d. INGRESOS GRAVADOS e. f. INGRESOS ACUMULABLES (Último sueldo mensual ordinario ) ( 2 ) IMPUESTO CORRESPONDIENTE AL ÚLTIMO SUELDO MENSUAL ORDINARIO g. INGRESOS NO ACUMULABLES h. IMPUESTO RETENIDO 4 INGRESOS ASIMILADOS A SALARIOS (Sin incluir ( 3 )) i. INGRESOS ASIMILADOS A SALARIOS j. IMPUESTO RETENIDO DURANTE EL EJERCICIO 4.1 INGRESOS EN ACCIONES O TÍTULOS VALOR QUE REPRESENTAN BIENES (Por ejercer la opción otorgada por el empleador) k. l. VALOR DE MERCADO DE LAS ACCIONES O TÍTULOS VALOR AL EJERCER LA OPCIÓN ( 4 ) PRECIO ESTABLECIDO AL OTORGARSE LA OPCIÓN DE INGRESOS EN ACCIONES O TÍTULOS VALOR INGRESO ACUMULABLE m. ( k - l siempre que k sea mayor ) n. IMPUESTO RETENIDO 5 PAGOS DEL PATRÓN EFECTUADOS A SUS TRABAJADORES (Incluyendo ( 3 )) GRAVADO EXENTO o. SUELDOS, SALARIOS, RAYAS Y JORNALES 86,123 p. GRATIFICACIÓN ANUAL 2,000 1,460 q. VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE r. TIEMPO EXTRAORDINARIO s. PRIMA VACACIONAL t. PRIMA DOMINICAL u. v. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (PTU) REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS, DENTALES Y HOSPITALARIOS w. FONDO DE AHORRO x. CAJA DE AHORRO y. VALES PARA DESPENSA z. AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL CONTRIBUCIONES A CARGO DEL A1. TRABAJADOR PAGADAS POR EL PATRÓN B1. PREMIOS POR PUNTUALIDAD C1. PRIMA DE SEGURO DE VIDA D1. SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES E1. VALES PARA RESTAURANTE ( 1 ) Incluyendo, entre otros, prima de antigüedad e indemnizaciones. ( 2 ) Si el pago por separación es menor al último sueldo mensual ordinario, deberá anotar el pago por separación. ( 3 ) Funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como miembros de las fuerzas armadas. ( 4 ) Si la opción para adquirir acciones o títulos valor se otorgó antes del 1 de enero de 2005, se anotará el valor de mercado que tenían dichas acciones o títulos valor al 31 de diciembre de

16 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios 5 3 PAGOS DEL PATRÓN EFECTUADOS A SUS TRABAJADORES (Incluyendo ( 1 )) (Continuación) GRAVADO EXENTO ANVERSO 37 F1. VALES PARA GASOLINA G1. VALES PARA ROPA H1. AYUDA PARA RENTA I1. AYUDA PARA ARTÍCULOS ESCOLARES J1. DOTACIÓN O AYUDA PARA ANTEOJOS K1. AYUDA PARA TRANSPORTE CUOTAS SINDICALES PAGADAS POR L1. EL PATRÓN M1. SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD BECAS PARA TRABAJADORES Y/O SUS N1. HIJOS PAGOS EFECTUADOS POR OTROS O1. EMPLEADORES ( 2 ) ( 3 ) P1. OTROS INGRESOS POR SALARIOS 6 SUMA DEL INGRESO GRAVADO POR SUELDOS Y Q1. SALARIOS (Suma de los campos o al P1 de la columna gravado ) SUMA DEL INGRESO EXENTO POR SUELDOS Y R1. SALARIOS (Suma de los campos o al P1 de la columna exento ) SUMA DE INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS S1. ( Q1 + R1 ) MONTO DEL IMPUESTO LOCAL A LOS INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y EN GENERAL POR LA T1. PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO RETENIDO ( 4 ) U1. IMPUESTO RETENIDO DURANTE EL EJERCICIO V1. 7 IMPUESTO RETENIDO POR OTRO(S) PATRÓN(ES) DURANTE EL EJERCICIO ( 2 ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR SUELDOS Y SALARIOS 89,583 2,920 92,503 9,500 SALDO A FAVOR DETERMINADO EN EL EJERCICIO QUE DECLARA, QUE EL PATRÓN W1. COMPENSARÁ DURANTE EL SIGUIENTE EJERCICIO O SOLICITARÁ SU DEVOLUCIÓN SALDO A FAVOR DEL EJERCICIO ANTERIOR NO X1. COMPENSADO DURANTE EL EJERCICIO QUE AMPARA LA CONSTANCIA SUMA DE LAS CANTIDADES QUE POR Y1. CONCEPTO DE CRÉDITO AL SALARIO LE CORRESPONDIÓ AL TRABAJADOR ( 5 ) CRÉDITO AL SALARIO ENTREGADO EN Z1. EFECTIVO AL TRABAJADOR DURANTE EL EJERCICIO ( 6 ) MONTO TOTAL DE INGRESOS OBTENIDOS POR a1. CONCEPTO DE PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL SUMA DE INGRESOS EXENTOS POR b1. CONCEPTO DE PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL DATOS DEL RETENEDOR REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES TMM CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN * APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S) O DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL TRANSPORTES MARÌTIMOS MEXICANOS DATOS DEL R EPRESENT ANT E LEGAL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S) CASC651808HB6 CASTRO SALAZAR CARLOS CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN CASC651808HDFSLR08 FIRMA DEL RETENEDOR O REPRESENTANTE LEGAL SELLO DEL RETENEDOR (EN CASO DE TENERLO) FIRMA DE RECIBIDO POR EL CONTRIBUYENTE * Sólo personas físicas. ( 1 ) Funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como miembros de las fuerzas armadas. ( 2 ) Sólo si el patrón que expide la constancia realizó cálculo anual. ( 3 ) No deberá duplicar los conceptos exentos que se resten una sola vez por ejemplo: gratificación anual, prima vacacional, entre otros. ( 4 ) Aplicable a partir de ( 5 ) Se deberá anotar la suma del crédito al salario determinado conforme a la tabla de la LISR correspondiente. ( 6 ) Suma de las diferencias que durante el ejercicio se entregaron en efectivo al trabajador conforme a las disposiciones fiscales vigentes. 17

17 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Deducciones personales Antes de iniciar el cálculo del impuesto le sugerimos llenar el anexo 1, página 4, de la forma fiscal 13-A, en el que debe desglosar las deducciones personales y anotar la clave de cada concepto conforme a la relación que se señala en el cuadro de la izquierda de dicha página, así como el RFC de quien expide el comprobante y el importe del gasto. También debe anotar el importe total de las deducciones, y en su caso, la cantidad recuperada de los gastos. En el ejemplo se hicieron los siguientes gastos: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO ($) SUS DATOS ($) REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13-A Honorarios médicos 11, ( a ) Columna III, página 4 Honorarios dentales 7, ( b ) Columna III, página 4 Gastos hospitalarios Donativos a instituciones autorizadas ( c ) Suma de deducciones anotadas en esta hoja 19, Columna III, campo a, página 4 Suma de deducciones anotadas en otras hojas del anexo 1 Menos, en su caso, cantidad recuperada de los gastos efectuados ( d ) Columna III, campo b, página 4 ( e ) Columna III, campo c, página 4 Total de deducciones personales 19, ( f ) Columna III, campo d, página 4 En caso de que los renglones sean insuficientes, puede utilizar más hojas del anexo 1. En ese caso, debe anotar la suma de otras hojas en el campo b de la página 4. Para obtener el total de deducciones personales, anote en el campo d el resultado de (a + b c). 18

18 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Llenado de la página 4, apartado: Desglose de deducciones personales, de la forma fiscal 13-A HELM630303RN1 HELM630303MDFRRR05 A A PEVR551003MC2 MAPY (a) (b) 7823 (c) (d) (e) (f)

19 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Datos informativos de los retenedores En el anexo 1, página 3, de la forma fiscal debe anotar los datos de las retenciones conforme a lo siguiente: 8En la columna I el RFC de cada retenedor 8En la columna II el monto de los ingresos pagados 8En la columna III la proporción del subsidio acreditable que le aplicó el patrón 8En la columna IV el impuesto sobre la renta retenido Recuerde que estos datos los obtiene de la constancia que le proporciona su patrón. 8En el campo A, columna II, anote la suma de los montos de los ingresos pagados por todos sus patrones anotados en esta hoja. 8En el campo B, columna IV, anote la suma de los montos de ISR retenido por todos sus patrones anotados en esta hoja. 8En el campo B1 anote, en su caso, la suma de los montos anotados en otras hojas del anexo 1. 8En el campo B2 anote, en su caso, la suma de los montos anotados en otras hojas del anexo 1. Cuando no sea suficiente una hoja para incluir a todos los retenedores, debe utilizar las hojas que sean necesarias. En el campo C anote el total de impuestos retenidos, que es el resultado de sumar B + B2. 20

20 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Llenado de la página 3, Anexo 1 de la forma fiscal 13-A: Retenciones, pagos efectuados por terceros y deducciones personales HELM630303RN1 HELM630303MDFRRR TMM (A) (B) (B 1 ) (B 2 ) (C)

21 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Cálculo de los ingresos gravables Para calcular el impuesto por los ingresos por jubilación recibidos en un solo pago, al total de ingresos se restará el ingreso exento. La diferencia son los ingresos gravados. Los ingresos gravados se dividen en ingresos acumulables e ingresos no acumulables. Estas cantidades las calcula el patrón y las desglosa en la constancia que le debe proporcionar. Cálculo de la base gravable por los ingresos acumulables (sueldos y jubilación) Para determinar la base gravable por los ingresos acumulables, realice las operaciones siguientes: Menos: Menos: Menos: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO $ SUS DATOS $ REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13-A Total de ingresos 617, ( 1 ) Página 2, campo A Ingresos exentos 284, ( 2 ) Página 2, campo B Ingresos no acumulables por jubilación 210, ( 3 ) Página 2, campo C Ingresos acumulables 122, ( 4 ) Página 2, campo D Deducciones personales (monto señalado en la página 18 de esta guía) 19, ( 5 ) Página 2, campo E Base gravable 102, ( 6 ) Página 2, campo F DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A. INGRESOS EXENTOS B. ( Sin exceder de A ) C. INGRESOS NO ACUMULABLES INGRESOS ACUMULABLES D. ( A - B - C ) E. TOTAL DE INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS DEDUCCIONES PERSONALES ( Campo d de la página 4 ) F. BASE GRAVABLE ( D - E ) G. ISR CONFORME A TARIFA ANUAL (1) (2) (3) (4) (5) (6) J. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES K. IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO ( I + J ) PAGOS PROVISIONALES L. EFECTUADOS IMPUESTO RETENIDO AL M. CONTRIBUYENTE ( Campo C de la página 3 ) IMPUESTO ACREDITABLE PAGADO N. EN EL EXTRANJERO OTRAS CANTIDADES A CARGO O. DEL CONTRIBUYENTE OTRAS CANTIDADES A FAVOR P. DEL CONTRIBUYENTE H. SUBSIDIO ACREDITABLE I. IMPUESTO SOBRE INGRESOS ACUMULABLES ( G - H ) DIFERENCIA ( K - L - M - N + O - P ) Q. ISR A CARGO R. ISR A FAVOR 22

22 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Cálculo del impuesto por los ingresos acumulables Para calcular el impuesto por estos ingresos se utiliza la tarifa del artículo de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior ($) ($) ($) (%) , , , , , , , , , , En adelante 14, En esta tarifa debe localizar la base gravable o base del impuesto entre las columnas del límite inferior y el límite superior; posteriormente tome las cantidades del renglón que corresponda y efectúe las operaciones que se señalan. Menos: CONCEPTO Base gravable (monto calculado en la pág. 22 de esta guía) DATOS DEL EJEMPLO ($) 102, SUS DATOS ($) Por: Más: Límite inferior 88, Excedente del límite inferior 14, Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 25% Impuesto marginal 3, Cuota fija 11, ISR conforme a tarifa anual 14, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de

23 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Cálculo del subsidio acreditable Para calcular el subsidio se utiliza la tabla del artículo de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento de subsidio sobre impuesto marginal ($) ($) ($) (%) , , , , , , , , , , , , , , , , , , , En adelante 37, En esta tabla también debe localizar la base gravable o base del impuesto entre las columnas del límite inferior y el límite superior; luego tome las cantidades del renglón que corresponda y efectúe las operaciones que se señalan. Menos: Por: Por: Más: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO ($) Base gravable (monto determinado en la pág. 22 de esta guía) 102, Límite inferior (tabla del artículo 178 LISR) 88, Excedente del límite inferior 14, Porcentaje para aplicarse sobre excedente del límite inferior (porcentaje de la tarifa del artículo 25% 177) Impuesto marginal 3, Porcentaje de subsidio sobre impuesto marginal 50% Subsidio sobre impuesto marginal 1, Cuota fija de subsidio 5, Subsidio a 100% 7, SUS DATOS ($) 9 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de

24 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Para conocer la cantidad que tiene derecho a disminuir del impuesto por concepto de subsidio acreditable, debe hacer lo siguiente: Paso 1: Calcule el porcentaje de subsidio no acreditable Calcule la proporción del subsidio no acreditable. Para ello, a la unidad (1.00) reste la proporción del subsidio que le corresponda señalada en la constancia que le entrega el patrón, y efectúe las operaciones siguientes: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS ($) Menos: Por: Unidad 1.00 Porcentaje de subsidio (dato señalado en la pág. 14 de esta guía) 0.92 Resultado 0.08 Dos 2 Porcentaje del subsidio no acreditable 0.16 Paso 2: Calcule el porcentaje de subsidio acreditable A la unidad (1.00) reste el porcentaje de subsidio no acreditable determinado anteriormente. CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO SUS DATOS Menos: Unidad 1.00 Porcentaje de subsidio no acreditable 0.16 Porcentaje de subsidio acreditable 0.84 Paso 3: Calcule el monto del subsidio acreditable Multiplique el monto del subsidio a 100% por el porcentaje de subsidio acreditable. Por: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO Subsidio a 100% (monto calculado en la pág. 24 de ($) esta guía) 7, Porcentaje del subsidio acreditable 0.84 Monto del subsidio acreditable 6, SUS DATOS ($) 25

25 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Cálculo del impuesto por los ingresos acumulables CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO ISR conforme a la tarifa anual (cantidad determinada en la página 23 de esta guía) 14, SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13-A ( 7 ) Campo G, página 2 Menos: Subsidio acreditable (cantidad determinada en la página anterior) 6, ( 8 ) Campo H, página 2 Impuesto sobre ingresos acumulables 8, ( 9 ) Campo I, página 2 Llenado de la página 2, apartado: Determinación del impuesto sobre la renta, de la forma fiscal 13-A DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A. INGRESOS EXENTOS B. ( Sin exceder de A ) C. INGRESOS NO ACUMULABLES INGRESOS ACUMULABLES D. ( A - B - C ) E. F. BASE GRAVABLE ( D - E ) G. ISR CONFORME A TARIFA ANUAL H. SUBSIDIO ACREDITABLE I. TOTAL DE INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS DEDUCCIONES PERSONALES ( Campo d de la página 4 ) IMPUESTO SOBRE INGRESOS ACUMULABLES ( G - H ) (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) 6164 (9) 8514 J. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES K. IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO ( I + J ) PAGOS PROVISIONALES L. EFECTUADOS IMPUESTO RETENIDO AL M. CONTRIBUYENTE ( Campo C de la página 3 ) IMPUESTO ACREDITABLE PAGADO N. EN EL EXTRANJERO OTRAS CANTIDADES A CARGO O. DEL CONTRIBUYENTE OTRAS CANTIDADES A FAVOR P. DEL CONTRIBUYENTE DIFERENCIA ( K - L - M - N + O - P ) Q. ISR A CARGO R. ISR A FAVOR 26

26 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Cálculo del impuesto a los ingresos no acumulables Para calcular el impuesto que corresponde a los ingresos no acumulables, aplique una tasa o porcentaje que se calcule de la siguiente manera: Entre: Por: CONCEPTO Impuesto sobre ingresos acumulables (cantidad determinada en la página anterior) DATOS DEL EJEMPLO ($) 8, Base gravable (cantidad determinada en la pág. 22 de esta guía) 102, Cociente SUS DATOS ($) Cien Tasa de impuesto aplicable a ingresos no acumulables 8.27% Una vez obtenida la tasa, calcule el impuesto de la siguiente forma: Por: CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO Ingresos no acumulables (cantidad señalada $ en la pág. 14 de esta guía contenida en la constancia que proporciona el patrón) 210, Tasa de impuesto aplicable a ingresos no 8.27% acumulables Impuesto sobre ingresos no acumulables 17, SUS DATOS ($) REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13-A ( 3 ) Campo C, página 2 ( 10 ) Campo J, página 2 27

27 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Determinación del impuesto a cargo o a favor CONCEPTO DATOS DEL EJEMPLO ($) SUS DATOS ($) REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13-A Más: Menos: Impuesto sobre ingresos acumulables (monto determinado en la pág. 26 de esta guía) 8, Impuesto sobre ingresos no acumulables (monto determinado en la página anterior) 17, Impuesto sobre la renta causado en el ejercicio Impuesto retenido al contribuyente (monto señalado en la pág 14. de esta guía) 25, , ( 9 ) Campo I, página 2 ( 10 ) Campo J, página 2 ( 11 ) Campo K, página 2 ( 12 ) Campo M, página 2 ISR a cargo ( 13 ) Campo Q página 2 Saldo a favor del ejercicio * 3, ( 14 ) Campo R página 2 *El saldo a favor en ningún caso puede ser superior al monto del impuesto retenido (ISR acreditable). Llenado de la página 2, apartado 1: Determinación del impuesto sobre la renta, forma fiscal 13-A DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LARENTA A. TOTAL DE INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS (1) J. IMPUESTO SOBRE INGRESOS NO ACUMULABLES (10) INGRESOS EXENTOS B. ( Sin exceder de A ) (2) K. IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO ( I + J ) (11) C. INGRESOS NO ACUMULABLES (3) PAGOS PROVISIONALES L. EFECTUADOS INGRESOS ACUMULABLES D. ( A - B - C ) (4) IMPUESTO RETENIDO AL M. CONTRIBUYENTE ( Campo C de la página 3 ) (12) E. DEDUCCIONES PERSONALES ( Campo d de la página 4 ) (5) IMPUESTO ACREDITABLE PAGADO N. EN EL EXTRANJERO F. BASE GRAVABLE ( D - E ) (6) OTRAS CANTIDADES A CARGO O. DEL CONTRIBUYENTE G. ISR CONFORME A TARIFA ANUAL (7) P. OTRAS CANTIDADES A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE H. SUBSIDIO ACREDITABLE I. IMPUESTO SOBRE INGRESOS ACUMULABLES ( G - H ) (8) 6164 (9) 8514 DIFERENCIA ( K - L - M - N + O - P ) Q. ISR A CARGO R. ISR A FAVOR (13) (14)

28 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios DATOS COMPLEMENTARIOS DE LA DECLARACIÓN Una vez que haya determinado el impuesto a cargo o a favor, anote en la carátula de la forma fiscal lo siguiente: Impuesto sobre la renta. Anote el monto a cargo que haya calculado. Si le resultó saldo a favor, anote 0 (cero). Si presenta en tiempo la declaración no debe actualizar el impuesto a cargo ni pagar multas o recargos. En este caso anote en la carátula de la forma fiscal la misma cantidad de la referencia ( 15 ) en: Si no efectúa compensaciones de saldos a favor ni disminuye otros estímulos, anote dicha cantidad en: Si le resultó impuesto a cargo y efectúa el pago total en esta declaración, anote dicha cantidad en: ( 15 ) Campo A, carátula ( 16 ) Campo E, carátula ( 17 ) Campo J, carátula ( 18 ) Campo N, carátula Si no obtuvo cantidad a pagar o le resultó saldo a favor, anote 0 (cero) en los campos antes mencionados Compensación de saldos a favor anteriores y otras cantidades que se pueden restar del saldo a cargo Si obtuvo saldo a cargo y desea compensar saldos a favor por los cuales no haya solicitado devolución, actualice dichos saldos y súmelos con otros estímulos fiscales a los que, en su caso, tenga derecho. El resultado que obtenga es el total de aplicaciones que puede restar, en su caso, del saldo a cargo que haya determinado. Más: Cantidad a compensar de ISR (actualizada) ( 16-A ) Campo F carátula Estímulos fiscales ( 16-B ) Campo G carátula Total de aplicaciones ( 16-C ) Campo H carátula En caso de no tener cantidad alguna por dichos conceptos, anote 0 (cero) en el renglón Total de aplicaciones, referencia ( 16-C ). 29

29 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Llenado de la caratula de la forma fiscal 13-A: Pago del impuesto sobre la renta IMPUESTO SOBRE LA RENTA A. ( Campo Q de la página 2 ) PARTE ACTUALIZADA DE IMPUESTOS ( Se anotará la diferencia entre sus B. impuestos y los mismos ya actualizados, conforme lo dispone el CFF ) C. RECARGOS PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (15) 0 H. I. TOTAL DE APLICACIONES ( F + G ) MONTO PAGADO ( en la declaración que rectifica ) CON ANTERIORIDAD CANTIDAD A CARGO J. ( E - H - I cuando E es mayor ) (16-C) 0 (17) 0 D. MULTA POR CORRECCIÓN FISCAL K. IMPORTE DE LA PRIMERA PARCIALIDAD TOTAL DE CONTRIBUCIONES E. A PAGAR ( A + B + C + D ) (16) 0 L. IMPORTE SIN LA PRIMERA PARCIALIDAD ( J - K ) F. COMPENSACIONES ( Sin exceder de E ) OTROS ESTÍMULOS G. ( Sin exceder de E - F ) (16-A) (16-B) M. CANTIDAD A FAVOR ( H + I - E cuando E es menor ) CANTIDAD A PAGAR N. ( J - L ) (18) 0 Qué hacer si le resulta impuesto a cargo y compensa un saldo a favor de declaraciones anteriores Si compensa saldos a favor del impuesto sobre la renta que tenga pendientes, debe presentar ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda un aviso de compensación en la forma fiscal 41, en los siguientes plazos: Sexto dígito numérico de la clave del RFC Día siguiente de aquel en que presentó la declaración donde haya compensado 1 y 2 Sexto y séptimo día hábil siguiente 3 y 4 Octavo y noveno día hábil siguiente 5 y 6 Décimo y décimo primer día hábil siguiente 7 y 8 Décimo segundo y décimo tercer día hábil siguiente 9 y 0 Decimocuarto y decimoquinto día hábil siguiente 30

30 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Pago en parcialidades Si le resultó impuesto a cargo puede pagarlo hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, sin autorización previa y sin tener que garantizar el interés fiscal. Para ello debe hacer lo siguiente: 8Presente la declaración anual a más tardar en abril, pagando la primera parcialidad. 8Presente el aviso de pago en parcialidades mediante escrito libre 10 dentro de los cinco días hábiles siguientes de aquel en que presentó la declaración. 8Pague la segunda parcialidad y posteriores con la forma fiscal FMP-1 (solicítela en la administración local de recaudación que le corresponda). En dicha forma ya se incluirán la actualización y los recargos que se determinen. Para llenar la forma fiscal: 8Anote en la referencia ( 17 ) campo J en el importe de la cantidad a cargo 8Anote en la referencia ( 17-A ), campo K, el importe de la primera parcialidad, que resulta de dividir la cantidad total a cargo señalada en la referencia ( 17 ), campo J, entre el número de parcialidades elegidas, sin exceder de seis. 8Anote en la referencia ( 17-B ), campo L, la diferencia que resulte de restar a su cantidad a cargo, el importe de la primera parcialidad; es decir, J - K. 8Anote en la referencia ( 17-C ), campo N, la cantidad a pagar, que resulta de la cantidad a cargo señalada en la referencia ( 17 ) campo J, menos la cantidad, sin la primera parcialidad, señalada en la referencia ( 17-B ), campo L. Ejemplo: Para este ejemplo utilizaremos otra cantidad de saldo a cargo, ya que en el ejemplo anterior resultó saldo a favor. CONCEPTO DATOS DEL EJEMPO SUS DATOS REFERENCIA EN LA FORMA FISCAL 13-A Cantidad a cargo Importe de la primera parcialidad ( ) ( 17 ) Carátula, campo J ( 17-A ) Carátula, campo K Importe sin la primera parcialidad ( ) ( 17-B ) Carátula, campo L Cantidad a pagar (importe de la primera parcialidad) [monto determinado en la referencia ( 17-A ) de esta página] ( 17-C ) Carátula, campo N 10 El escrito libre debe estar dirigido a la Administración Local de Recaudación que le corresponda y contener su RFC, nombre, domicilio fiscal, el señalamiento de que opta por pagar en parcialidades y el número de ellas, así como su firma autógrafa. 31

31 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios Llenado de la carátula de la forma fiscal 13-A, correspondiente al pago en parcialidades PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA IMPUESTO SOBRE LA RENTA A. ( Campo Q de la página 2 ) PARTE ACTUALIZADA DE IMPUESTOS ( Se anotará la diferencia entre sus B. impuestos y los mismos ya actualizados, conforme lo dispone el CFF ) C. RECARGOS D. MULTA POR CORRECCIÓN FISCAL TOTAL DE CONTRIBUCIONES E. A PAGAR ( A + B + C + D ) F. COMPENSACIONES ( Sin exceder de E ) OTROS ESTÍMULOS G. ( Sin exceder de E - F ) H. I. CANTIDAD A CARGO J. ( E - H - I cuando E es mayor ) K. L. M. TOTAL DE APLICACIONES ( F + G ) MONTO PAGADO ( en la declaración que rectifica ) CON ANTERIORIDAD IMPORTE DE LA PRIMERA PARCIALIDAD IMPORTE SIN LA PRIMERA PARCIALIDAD ( J - K ) CANTIDAD A FAVOR ( H + I - E cuando E es menor ) CANTIDAD A PAGAR N. ( J - L ) ( 17 ) 108 ( 17-A ) 18 ( 17-B ) 90 ( 17-C ) 18 En caso de que le haya resultado saldo a favor, puede elegir una de las siguientes opciones para recuperarlo: Devolución. En este caso sólo marque con X el recuadro identificado con la referencia ( H ); señale el nombre del banco en la referencia ( J 1 ) y el número de cuenta para transferencia electrónica a 18 dígitos, Clabe (Clave bancaria estandarizada; la proporcionan los bancos en los estados de cuenta) en la referencia ( J 2 ), para que hagan el depósito correspondiente. Si su saldo a favor es de 25, 000 pesos o más, para que le efectúen la devolución automática debe enviar su declaración por Internet con su firma electrónica avanzada. Compensación. También en este caso marque con una X el recuadro identificado con la referencia ( I ). S. EN EL CASO DE OBTENER SALDOAFAVOR DELISR, MARQUE CON X SI OPTAPOR: (H) NOMBRE DEL BANCO DEVOLUCIÓN (I) COMPENSACIÓN DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE ES MI VOLUNTAD COMO CONTRIBUYENTE BENEFICIARME DE LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A QUE TENGO DERECHO CONFORME AL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, Y QUE ÉSTA SEA DEPOSITADA EN: NÚMERO DE ( J 1 ) CUENTA CLABE ( J 2 ) Datos informativos obligatorios En esta declaración debe informar, en su caso, los ingresos que haya percibido por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación, aun cuando ya haya pagado el impuesto correspondiente. Los conceptos y montos son los siguientes: 8Los ingresos por préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de un millón de pesos. 8Los ingresos exentos del impuesto sobre la renta por concepto de herencias o legados y por enajenación de casa habitación, siempre que la suma de los ingresos totales, contenidos en su declaración, sea superior a 500,000 pesos. 8En el caso de ingresos por viáticos, debe informarlos en su declaración anual, siempre que el monto que haya percibido en el año por este concepto exceda de 500,000 pesos y represente más de 10% de los ingresos por sueldos. Cuando no tenga cantidad alguna por los conceptos citados anote 0 (cero) en cada uno de ellos. 32

32 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios Llenado del recuadro: Datos informativos obligatorios, forma fiscal 13-A a. PRÉSTAMOS RECIBIDOS b. PREMIOS OBTENIDOS DATOS INFORMATIVOS OBLIGATORIOS c. DONATIVOS OBTENIDOS f d. VIÁTICOS COBRADOS ( EXENTOS ) e. INGRESOS EXENTOS POR ENAJENACIÓN DE CASA HABITACIÓN DEL CONTRIBUYENTE INGRESOS EXENTOS POR HERENCIAS O LEGADOS DATOS PERSONALES DEL CONTRIBUYENTE Para completar el llenado de su declaración, es necesario anotar la siguiente información en la forma fiscal, en el renglón o recuadro correspondiente, de acuerdo con la letra de referencia. 8Apellido paterno, materno y nombre(s), completos, sin abreviaturas. ( A ), ( A1 ), ( A2 ) Carátula 8Registro Federal de Contribuyentes (a trece posiciones) en la parte superior de todas las páginas ( B ) de la forma fiscal y del anexo. 8Clave Única de Registro de Población (a 18 posiciones), en la parte superior de todas las ( B1 ) páginas de la forma fiscal y del anexo. 8El año que declara ( C ) Carátula 8La letra correspondiente al tipo de declaración que realiza. ( D ) Carátula Declaración N 8Si presenta declaración complementaria, anote la fecha en que presentó la última declaración que modifica, iniciando por el día, mes y año, así como el número de operación o folio que se le asignó en la última declaración que modifica. 8Marque en el extremo superior derecho el número de hojas del anexo 1 que presenta. 8Su domicilio fiscal. Anote las palabras completas, sin abreviaturas, así como su correo electrónico en caso de tenerlo. ( D1 ) ( D2 ) Carátula ( E ) Carátula ( F ) Carátula 8Su firma o la de su representante legal, en caso de tenerlo. ( G ) Página 2 8Los datos de su representante legal, en caso de tenerlo. ( G 1 ) Página 2 33

33 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y salarios ANTES DE INICIAR EL LLENADO, LEA LAS INSTRUCCIONES. Deberá anotar las cantidades sin centavos, alineadas a la derecha, sin caracteres distintos a los números. DECLARACIÓN DEL EJERCICIO. PERSONAS FÍSICAS. SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS ANVERSO 13-A REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES 13AP1A05C ( B ) HELM630303RN1 APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S) ANOTE LA LETRA DE LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE: N= C= R= I= ( A ) HERNÀNDEZ ( A 1 ) LOERA (A 2 ) MARIANA NORMAL COMPLEMENTARIA CORRECCIÓN FISCAL CRÉDITO PARCIALMENTE IMPUGNADO (D) N (D 1 ) EJERCICIO TRATÁNDOSE DE DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA: FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA NÚMERO DE OPERACIÓN O FOLIO DECLARACIÓN INMEDIATA ANTERIOR ANTERIOR DÍA MES AÑO ( C ) 2006 CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN ( B 1 ) ELM630303MDFRRR05 (D 2 ) INDIQUE EL NÚMERO DE HOJAS QUE PRESENTA DEL ANEXO 1 (E) 1 DE LAS DISPOSICIONES FISCALES (F) CALLE Avenida Hidalgo DOMICILIO FISCAL NO. Y/O LETRA EXTERIOR 77 NO. Y/O LETRA INTERIOR ENTRE LAS CALLES DE Valerio Trujano Y DE Reforma COLONIA Guerrero MUNICIPIO O DELEGACIÓN EN EL D.F. Cuauhtémoc CÓDIGO POSTAL LOCALIDAD Mèxico ENTIDAD FEDERATIVA Distrito federal TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO ( G 1 ) DATOS DELREPRESENTANTE LEGAL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CLAVEÚNICADE REGISTRO DE POBLACIÓN APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE(S) DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTA DECLARACIÓN SON CIERTOS (G) FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL CONTRIBUYENTE O BIEN, DEL REPRESENTANTE LEGAL QUIEN MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE A ESTA FECHA EL MANDATO CON EL QUE SE OSTENTA NO LE HA SIDO MODIFICADO O REVOCADO 34

34 Ingresos por jubilación en pago único y sueldos y Salarios SALARIOS MÍNIMOS Salarios mínimos generales vigentes 11 Área geográfica Diario $ Anual $ 30 días $ 15 días $ Cinco salarios mínimos anuales $ A , , , B , , , C , , , Áreas geográficas para efectos del salario mínimo general Área geográfica A integrada por todos los municipios de los estados de Baja California y Baja California Sur; los municipios de Guadalupe, Juárez y Práxedis G. Guerrero, del estado de Chihuahua; el Distrito Federal; el municipio de Acapulco de Juárez, del estado de Guerrero; los municipios de Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz y Tultitlán, del Estado de México; los municipios de Agua Prieta, Cananea, Naco, Nogales, General Plutarco Elías Calles, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado y Santa Cruz, del estado de Sonora; los municipios de Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Matamoros, Mier, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, San Fernando y Valle Hermoso, del estado de Tamaulipas, y los municipios de Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Las Choapas, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Moloacán y Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Área geográfica B integrada por los municipios de Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, del estado de Jalisco; los municipios de Apodaca, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina, del estado de Nuevo León; los municipios de Altar, Atil, Bácum, Benito Juárez, Benjamín Hill, Caborca, Cajeme, Carbó, La Colorada, Cucurpe, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo, Huatabampo, Ímuris, Magdalena, Navojoa, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, San Ignacio Río Muerto, San Miguel de Horcasitas, Santa Ana, Sáric, Suaqui Grande, Trincheras y Tubutama, del estado de Sonora; los municipios de Aldama, Altamira, Antiguo Morelos, Ciudad Madero, Gómez Farías, González, El Mante, Nuevo Morelos, Ocampo, Tampico y Xicoténcatl del estado de Tamaulipas, y los municipios de Coatzintla, Poza Rica de Hidalgo y Túxpam, del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 11 Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de

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