Independencia Judicial en Honduras?

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1 ANÁLISIS fesamericacetral.org Idepedecia Judicial e Hoduras? Balace de la situació y pricipales desafíos. Edy Alexader Tábora Agosto 2015

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3 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Ídice Itroducció La Idepedecia Judicial y el Estado de Derecho Estado de derecho Idepedecia Judicial Estructura orgaizativa del Poder Judicial e Hoduras La Corte Suprema de Justicia Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial Cortes de Apelació Juzgados de la República Ispectoría Geeral de Órgaos Judiciales El Poder Judicial y la Política de Seguridad Pública Elecció de los Magistrados/as a la Corte Suprema de Justicia Coyutura de la elecció de Órgao Propoete para la Elecció de los Magistrados/as para la Corte Suprema de Justicia Coclusioes Recomedacioes... Bibliografía

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5 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Itroducció La població ha perdido cofiaza hacia los órgaos relacioados co el sector Justicia del Estado. El Poder Judicial y el Miisterio Público se ve afectados pricipalmete por esa pérdida de cofiaza. Esto o solamete es otorio, sio preocupate ya que es sitomático de u deterioro profudo del Estado y de la democracia. La descofiaza abarca tambié al órgao que crea las leyes como el Cogreso Nacioal de la República. Segú reporta ua serie de ecuestas realizada por el Equipo de Reflexió, Ivestigació y Comuicació de la Compañía de Jesús (ERIC S-J) y la uiversidad José Simeó Cañas (UCA), los años ; ; , tato el Cogreso Nacioal (CN), como el Poder Judicial (PJ) y el Miisterio Público (MP), muestra porcetajes que orbita etre u 70% y u 85% de descofiaza e la percepció de las y los hodureños. Esto sigifica que 7 y 8 de cada 10 hodureñas y hodureños descofía de estas istitucioes: la que crea las leyes, la que ivestiga y acusa y la que juzga e imparte justicia. Gráfico No. 1 Porcetajes de descofiaza de la població sobre Órgaos relacioados co el sector justicia Fuete: Equipo de Reflexió, Ivestigació y Comuicació de la Compañía de Jesús (ERIC S-J) y la Uiversidad José Simeó Cañas (UCA). Ua mirada sobre estas ecuestas o sodeos de opiió os dice que si bie la descofiaza era más alta e los años posteriores al Golpe de Estado del 28 de juio de 2009; a mayor cercaía co el golpe, mayor descofiaza y a mayor distacia del golpe, la descofiaza dismiuye, auque o e gra medida pues o supera los 10 putos. Llama la ateció que persiste cifras muy elevadas e la descofiaza, y durate el período se matiee detro del ámbito de los tres cuartos e iveles de isatisfacció. E especial el flujo etre el 83 y el 73% de descofiaza respecto de la Corte Suprema 1 Equipo de Reflexió, Ivestigació y Comuicació de la Compañía de Jesús (ERIC S-J) y la uiversidad José Simeó Cañas (UCA); Sodeo de opiió pública: Percepcioes sobre la situació hodureña e el año 2012 (Noviembre diciembre 2012), p. 8, dispoible e: iformes/boleti_eric-uca_sodeo_opiio_2012.pdf 2 Equipo de Reflexió, Ivestigació y Comuicació de la Compañía de Jesús (ERIC S-J) y la uiversidad José Simeó Cañas (UCA); Sodeo de opiió pública: Percepcioes sobre la situació hodureña e el año 2013 (diciembre 2013), p. 11, dispoible e: ivetigacio-aalisis/item/775-alguos-datos-del-sodeo-deopii%c3%b3-p%c3%bablica-eric Equipo de Reflexió, Ivestigació y Comuicació de la Compañía de Jesús (ERIC S-J) y la uiversidad José Simeó 5

6 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? de Justicia (CSJ), que idica la urgete ecesidad de ivestigar el grado de idepedecia del Poder Judicial, sus magistrados/as y jueces. Pero esto o es todo. E los últimos meses y e la mayoría de ciudades de Hoduras, se ha llevado a cabo masivas protestas lideradas por jóvees del autodeomiado Movimieto de las y los idigados. Movilizacioes que supera las deceas de miles de persoas, que lleva e sus baderas, reclamos claros y cotudetes hacia todo el sector justicia, ate los iveles altísimos de corrupció e impuidad que persiste. Ua de las pricipales demadas del movimieto es la solicitud para la istalació de ua Comisió Iteracioal cotra la Impuidad (CICI), similar a la de la experiecia guatemalteca, ate la descofiaza co el sistema de Justicia del país. 1. La Idepedecia Judicial y el Estado de Derecho 1.1. Estado de derecho Es importate comezar por difereciar el Estado Legal de lo que se cooce como Estado de Derecho. El primero es u cocepto exclusivamete formal y metódico que puede darse e todo Estado orgaizado y ordeado segú el derecho. E el setido de que e el Estado todo se desarrolla legalmete, de acuerdo co el derecho positivo 4, es decir el derecho creado geeralmete por el Poder Legislativo. El segudo, el Estado de Derecho, se refiere a ua forma de orgaizació jurídico-política caracterizada por: i. La icorporació al ordeamieto jurídico (costitucioal) de uos valores cosiderados fudametales para la comuidad, como los derechos humaos (los de las mujeres, la iñez, la juvetud, los pueblos idígeas y egros, la diversidad sexual, la adultez mayor, de las persoas co discapacidad, etc.). ii. iii. La cosagració del pricipio de legalidad, que implica que la actuació de los poderes públicos esté emarcada detro de lo que establece la Costitució y la ley, e virtud de los cual puede ser objeto de cotrol judicial; y El Estado hodureño, ha sido y es u Estado Legal, auque de maera formal la Costitució de la República lo describe como u Estado de Derecho, pero el modelo, o solo e el texto sio e la práctica dista mucho de la realidad. U Estado para cosiderarse de Derecho debe reuir los siguietes elemetos eseciales: 6 a. La fucioalizació del ejercicio de dichos poderes a la garatía del goce de todos los derechos humaos 5. El imperio de la ley: Se costituye e u elemeto fudametal del Estado de Derecho e el setido de que la ley: i) debe ser creada por los órgaos represetativos de la volutad geeral a través de los procedimietos formales establecidos. ii) Que a su vez esté subordiada a los coteidos costitucioales. Por tato, la validez de la ley depede o sólo de las ormas procedimetales de su creació, sio tambié de las ormas sustaciales de sus coteidos; es decir, de su coherecia co la Costitució y el respeto y garatía de los derechos humaos recoocidos e ella 7. Cañas (UCA); Sodeo de opiió pública: Percepcioes sobre la situació hodureña e el año 2014, p. 9, dispoible e: item/1556-bolet%c3%ad-sodeo-de-opii%c3%b3p%c3%bablica Véase: E. MONCADA SILVA, Esayos Costitucioales, Tegucigalpa, 2009, p Véase: P. ANDRÉS IBAÑEZ (Ed.), Corrupció y Estado de Derecho. El papel de la jurisdicció, Trotta, Madrid, 1996, p Joaquí Mejía, realizó u aálisis sobre el Estado de Derecho. Véase: J. A. MEJÍA, Los derechos Humaos y el Estado de Derecho e Hoduras, Editorial Casa Sa Igacio, Tegucigalpa, 2007, pp L. Ferrajoli, El Garatismo y la Filosofía del Derecho, Uiversidad Exterado de Colombia, Bogotá, 2000, p. 168, citado e: Ibíd., p Ibíd. pp E. Díaz, Estado de derecho y sociedad democrática, Taurus Edicioes (1966), Madrid, 9ª edició, 1998, pp Véase: J. A. Mejía, Los derechos Humaos y el Estado de Derecho e Hoduras, op. cit. ota 6, pp

7 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora b. c. Divisió o separació de poderes: esta exigecia costituye el resultado histórico de la lucha cotra el absolutismo, para evitar la cocetració del poder. Para ello se cosolida u sistema de equilibrios etre los tres poderes del Estado mediate mutuo cotrol y limitació, especialmete e lo que se refiere a la garatía de los Derechos Humaos DDHH. La importacia de esta limitació recíproca radica e que se costituye e ua garatía frete a todo tipo de absolutismo 8. La legalidad de la admiistració: costituye ua exigecia para que la Admiistració se someta a la costitució y a las leyes, y esté cotrolada por u sistema de resposabilidad que asegure su accioar coforme a derecho. Para dicho fi, se establece u cotrol jurisdiccioal cotra posibles ifraccioes legales llevadas a cabo por los órgaos de aquella. De este modo, e el Estado de Derecho, a diferecia de lo que ocurría e el Acie Régime, la actuació de la Admiistració Pública está fiscalizada jurídicamete a través de u sistema de recursos d. Orgaigrama No. 1 Estado de Derecho Tradicioal que puede ser usados por los particulares cotra las posibles ifraccioes legales admiistrativas. E este setido, la discrecioalidad de los poderes públicos es reducida y limitada por la ley y la costitució, al cotrario de lo que sucede e u Estado absolutista co amplios poderes discrecioales y si igú tipo de cotrol jurisdiccioal 9. La efectiva realizació de los derechos humaos: el objetivo y la fialidad de todo Estado de derecho y de sus istitucioes es lograr la garatía y plea efectividad de los derechos humaos, ya que represeta el cojuto de valores más importates para la sociedad, y por lo tato, costituye u elemeto esecial del sistema de legitimidad istitucioal. 10 De acuerdo co el artículo 1 de la Costitució de la República, Hoduras se defie como u Estado de Derecho, y el artículo 4, establece que su forma de gobiero se ejerce por tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, esto represeta el Estado de Derecho Tradicioal. Fuete: Elaboració propia segú la Costitució de la República. Estos tres poderes tradicioalmete ha ejercido el cotrol de las actividades públicas y de las y los habitates del Estado hodureño. E los años oveta y pricipio de la década del 2000, e Hoduras se produjo la moderizació istitucioal del cotrol público, sobre todo los dedicados a la 11 R. DROMI, Moderizació del cotrol público, Bueos Aires, 2005, p Declaració de Viea y Programa de Acció, adoptada por la Coferecia Mudial de Derechos Humaos celebrada e Viea el 25 de juio de 1993, p Comisió Iteracioal de Juristas (CIJ), Pricipios 7

8 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? fiscalizació pública, como el Miisterio Público, el Tribual Superior de Cuetas, el Istituto de Acceso a la Iformació Pública. Auque los titulares de estas istitucioes so elegidos/as por otro Poder (el Poder Legislativo) e su fucioamieto está cofigurados para que sea idepedietes y sirva como cotrapesos a los poderes pricipales. Hay que teer e cueta que la moderizació o ecesariamete sigifica la trasformació de lo preexistete 11, es decir que e el caso hodureño la mayoría de las istitucioes del Estado por o decir todas, ace co vicios e la cofiguració istitucioal, o e las primeras desigacioes de las y los titulares. Se geera por tato ua apariecia de cotrol público sobre los actos de la admiistració pública, co cotates discursos por parte de los más altos fucioarios/as, llamado a la població al respeto a la istitucioalidad democrática que está desacreditada. Orgaigrama No. 2 Estado de Hoduras segú la istitucioalidad modera para el Cotrol Público Fuete: Elaboració propia co los datos de la Costitució de la República Idepedecia Judicial La admiistració de justicia es de importacia decisiva para la cabal realizació de los derechos humaos si discrimiació algua y es idispesable e los procesos de democratizació y desarrollo humao 12. El sistema judicial co idepedecia de jueces y magistrados, co poder suficiete para hacer operativas y aplicables sus resolucioes, es esecial para la protecció de los derechos humaos y las libertades. Los tribuales de justicia desempeña ua fució fudametal para asegurar que las víctimas sea protegidas u obtega protecció ate ua violació o potecial de violació de derechos humaos, pero tambié que dispoga de u recurso efectivo, que sea admitido tramitado co objetividad y de maera expedita, de tal modo que las víctimas o poteciales víctimas obtega reparació. Tambié el fucioamieto óptimo del sistema de justicia, desde la garatía del ejercicio del derecho de petició, la ivestigació y la acusació, debe lograr que los perpetradores de las violacioes a los derechos humaos sea llevados ate la justicia y que cualquier sospechoso de haber cometido u delito tega u juicio justo de acuerdo co las ormas iteracioales. Allí es visible que el sistema judicial es u cotrapeso esecial de los demás poderes del gobiero; que asegura que las leyes del poder Iteracioales sobre la Idepedecia y Resposabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales Guía para Profesioales No. 1, Giebra, Suiza 2005, p. 1. Dispoible e: edu/humarts/research/peru-pricipios%20iteracioales%20 sobre%20resposabilidad%20de%20jueces%20y%20%20 Fiscales.pdf 14 Ibíd. p Comisió Iteracioal de Juristas, cita al Comité de Derechos Humaos: Comuicació 263/1987, Caso Miguel Gozález del 8

9 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora legislativo y los actos del poder ejecutivo respete los derechos humaos y el Estado de derecho 13. La existecia de tribuales idepedietes e imparciales costituye el úcleo cetral de u sistema judicial garate de los derechos humaos e plea coformidad co el derecho iteracioal de los derechos humaos. La costitució, las leyes y las políticas de u país debe asegurar que el sistema judicial sea verdaderamete idepediete de los demás poderes del Estado. Detro del sistema judicial, los jueces, abogados y fiscales debe teer la libertad para desempeñar sus deberes profesioales si iterferecia política, y debe estar protegidos, e el derecho y e la práctica, de todo ataque, acoso y persecució e el desempeño de su actividad profesioal e la defesa de los derechos humaos. 14 Para que u juicio sea justo, el juez o tribual de la causa debe ser idepedietes. Todos los istrumetos iteracioales de derechos humaos se refiere a u juicio justo por u tribual idepediete e imparcial. El Comité de Derechos Humaos adoptó e repetidas ocasioes la opiió de que el derecho a u tribual idepediete e imparcial es u derecho absoluto que o admite excepcioes. 15 E el caso de Hoduras la idepedecia judicial es y ha sido e el pasado reciete, ua garatía costitucioal altamete cuestioada. E particular, se ha señalado la falta de idepedecia judicial co ocasió del golpe de Estado de juio de Basta traer a colació sobre estos sucesos el apoyo de la Corte Suprema de Justicia a las autoridades de facto defediedo medidas restrictivas a costa de la protecció de los derechos humaos y del Estado de derecho. 16 La relatora de las Nacioes Uidas, Margaret Sekaggya, hizo ver e 2012 que el meoscabo o falta de idepedecia judicial e imparcialidad afecta egativamete la efectividad de la admiistració de justicia y el rol potecial de los jueces que actúa como defesores de derechos humaos 17. Esto mismo se evideció uevamete e los sucesos posteriores al rompimieto del orde costitucioal de juio de 2009, cuado tres jueces y ua magistrada itegrates de la Asociació de Jueces por la Democracia que se opusiero al Golpe fuero despedidos. Los jueces y magistrada e meció impulsaro e esos mometos críticos medidas tedietes a la protecció de los derechos de la ciudadaía 18. Esta toma de posició a favor de la defesa del Estado de Derecho y de sus resposabilidades jurisdiccioales les traería como cosecuecia que sufriera represalias y posteriormete expulsados del Poder Judicial La idepedecia frete a otros poderes u órgaos del Estado La Comisió Iteramericaa de Derechos Humaos e u iforme sobre Idepedecia Judicial 20 ha señalado que la idepedecia desde el puto de vista istitucioal se refiere a la relació que guarda la etidad de justicia detro del sistema del Estado respecto de otras esferas de poder e istitucioes estatales. 21, y a esto agrega que cuado o existe idepedecia e esta faceta se preseta situacioes de subordiació o depedecia a otros poderes o istitucioes ajeos a la etidad de justicia que debería ser idepediete. 22 Río c. Perú, 28 de octubre de 1992, doc. cit., párr Ibíd. p Iforme de la Alta Comisioada de las Nacioes Uidas para los Derechos Humaos sobre las Violacioes de los Derechos Humaos e Hoduras desde el Golpe de Estado de 2009, divulgado el 03 de marzo de 2010, párrafo. 68, págia Declaració de la Relatora de Nacioes Uidas sobre la Situació de los Defesoras de Derechos Humaos, Margaret Sekaggya, al cocluir su visita oficial a Hoduras, del 7 al 14 de febrero de Iforme de la Alta Comisioada de Nacioes Uidas para los Derechos Humaos sobre las Violacioes, op., cit., párr. 68, p OEA. Comisió Iteramericaa de Derechos Humaos,Garatías para la idepedecia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimieto del acceso a la justicia y el estado de derecho e las Américas. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 44, 5 diciembre Así lo ha expresado el Relator de Nacioes Uidas e relació co el Poder judicial. Nacioes Uidas. Comisió de Derechos Humaos. Iforme de la Relatora Especial sobre la idepedecia de los magistrados y abogados, Sra. Gabriela Caria Kaul de Albuquerque e Silva. A/HRC/14/26, 9 de abril de 2010, párr. 17. Citado e: Ibíd. párr Corte IDH. Caso Reveró Trujillo Vs. Veezuela. Excepció Prelimiar, Fodo, Reparacioes y Costas. Setecia de 30 de juio de Serie C No. 197, párr. 67. Citado e Ibíd, párr

10 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? El acceso a la justicia y el debido proceso so derechos trasversales e la cofiguració istitucioal del Estado de Derecho, por lo que la CIDH, ha maifestado que la idepedecia de todo órgao que realice fucioes de carácter jurisdiccioal es u presupuesto idispesable para el cumplimieto de las ormas del debido proceso e tato derecho humao y su ausecia afecta el ejercicio del derecho de acceder a la justicia, aparte de geerar descofiaza y hasta temor, que orille a las persoas a o recurrir a la los tribuales. 23 La CIDH observa que e alguas costitucioes de los Estados de la regió se establece que los poderes deberá colaborar o cooperar etre sí 24, de maera formal esto ocurre e el caso de la Costitució hodureña que e su artículo 4, establece que los poderes so complemetarios. Segú la CIDH, estas disposicioes llama, e pricipio, la ateció, porque o es claro el setido que puede darse a esa colaboració o cooperació y lo que ello implica para la idepedecia del Poder judicial, e particular, cuado la colaboració se califica de armóica. Ua formulació amplia o ambigua del pricipio de colaboració de poderes podría favorecer ua iterpretació que impoga al Poder judicial ciertos comportamietos o decisioes, o a esperar del Poder judicial ciertas decisioes o comportamietos que se ajuste a la política del Gobiero e turo, e aras de la armoía etre los poderes 25. Es lo que pasa e Hoduras, por ejemplo, co la creació del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad (mismo que se tratará e u apartado especial) y co la Fuerza Nacioal de Seguridad Iteristitucioal (Fusia). E fecha 17 de febrero de 2013, se crea la Ispectoría de la Fuerza Nacioal de Seguridad Iteristitucioal (Fusia). Y de acuerdo co ua publicació del portal oficial del gobiero: dicho órgao de seguridad estatal está coordiado por el Miisterio Público e itegrado por la Policía Nacioal, Policía Militar, Ejército, Direcció de Ivestigació e Iteligecia del Estado, Direcció Nacioal de Servicios Especiales de Ivestigació y operadores de justicia a ivel acioal ( )2 26. E palabras de u fucioario de gobiero la misma se creó co el objetivo de cotiuar reduciedo los ídices de iseguridad e el país y ate los grades resultados de la Operació Morazá ( ). El fucioario afirmó que lo que se pretede es trabajar coordiadamete los distitos operadores de justicia co el propósito de que iguo de los eslaboes falle. Por ejemplo e el caso de que se realice capturas de delicuetes por parte de la Policía Nacioal, las Fuerzas Armadas o a través de la Policía Militar del Orde Público (PMOP), y que sea liberados por los tribuales. Eso o puede cotiuar e el país, es por ello que hemos creado la FUSINA, orgaismo que tambié apoyará para que las capturas y documetació sea presetadas de maera oportua e los tribuales y ya o exista la liberació de delicuetes 27. La Corte Iteramericaa de Derechos Humaos (CIDH) isiste e que la idepedecia del Poder judicial y su clara separació respecto de los otros poderes, debe ser respetada y garatizada tato por el Poder ejecutivo como por el Poder Legislativo, lo cual parte por el recoocimieto ormativo de su idepedecia y la o ijerecia de otros poderes 28. Si embargo de acuerdo co lo afirmado por el fucioario de casa de gobiero, además de la itromisió de u Poder (el Ejecutivo) e otro (el Judicial), tal declaració está aulado el pricipio 23 Ibíd. párr Ibíd. párr Ibíd. 26 Véase: php/k2/k2-categories/blog/item/323-fusia-garatizaoperatividad-e-los-orgaos-de-justicia-y-seguridad 27 Co la lectura de estas declaracioes desde el Poder Ejecutivo e Hoduras, e coferecia de febrero de 2014, podemos establecer que lo que se espera del cocepto de complemetariedad es que la misma sea armóica. Véase: Observatorio de Descetralizació, Ageda del Poder Ejecutivo, 17 de febrero de 2014, dispoible e: observatoriodescetralizacio.org/dowload/agedas_del_ poder_ejecutivo_2014/ageda%20consejo%20de%20 MINISTRO%20FEBRERO.pdf Es decir que FUSINA lo es todo e el sistema persecutor, es el CNDS e u segudo ivel. 28 OEA. Comisió Iteramericaa de Derechos Humaos, Garatías para la idepedecia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimieto del acceso a la justicia y el estado de derecho e las Américas, op. cit. ota 20, párr

11 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora de iocecia y plateado la ifalibilidad e Policías y Militares e detrimeto de la idepedecia judicial. Para 2012 existía ua marcada sujeció del Poder Judicial al Legislativo, como se observa e ua referecia de la Relatora Especial de Nacioes Uidas sobre la Idepedecia de Jueces y Abogados: el Cogreso Nacioal de Hoduras ejerce u cotrol cosiderable sobre el Poder Judicial, lo cual es icompatible co el pricipio de separació de poderes y la idepedecia del Poder Judicial, elemetos fudametales de toda democracia y de todo Estado de Derecho 29. Actualmete la sujeció que se observa es al Poder Ejecutivo, aspecto que se desarrollará e otro apartado del documeto. Siguiedo el iforme sobre la visita a Hoduras de la Relatora Especial de Nacioes Uidas sobre la Situació de los Defesoras de Derechos Humaos, ésta se refirió de la siguiete maera a la idepedecia del Poder Judicial: La relatora tambié recibió iformació que idicaba la falta de idepedecia e imparcialidad e el Poder Judicial. Esa situació reduda e desmedro tato de la eficacia de la admiistració de justicia como de la posible fució que cabe a los jueces como defesores de los derechos humaos. Los recursos de protecció, tales como el habeas corpus y el amparo, se ha covertido e mecaismos ilusorios La idepedecia e la fució idividual A pesar de costituir ua garatía vital, la idepedecia istitucioal o es suficiete para que se respete el derecho a u juicio justo e todos los casos. Si los jueces o está libres de iterferecias ijustificadas al decidir u caso específico, se viola el derecho idividual a teer u juicio justo 31. Al respecto, el Estatuto del Juez Iberoamericao dispoe: E el ejercicio de la jurisdicció, los jueces o se ecuetra sometidos a autoridades judiciales superiores, si perjuicio de la facultad de éstas de revisar las decisioes jurisdiccioales a través de los recursos legalmete establecidos, y de la fuerza que cada ordeamieto acioal atribuya a la jurisprudecia y a los precedetes emaados de las Cortes Supremas y Tribuales Supremos 32. Existe ua serie de criterios para determiar si u tribual es idepediete. Como criterios geerales, el Tribual Europeo de Derechos Humaos ha establecido que cuado se examia la idepedecia de u tribual debe teerse e cueta, iter alia, la forma de desigació de sus itegrates y su madato, la existecia de salvaguardias cotra presioes exteras y la cuestió de si tiee apariecia de idepediete 33. Asimismo señaló que u tribual o juez o solamete debe cumplir estos criterios objetivos, sio que además debe ser visto como idepediete 34. Dicha idepedecia sigifica que los jueces o puede decidir casos de acuerdo co sus preferecias persoales. Los jueces tiee el derecho y la obligació de decidir los casos que se preseta ate ellos de acuerdo co el derecho, si temor a igú tipo de represalias 35, tal y como lo establece el úmero 2de los Pricipios básicos relativos a la idepedecia de la judicatura: Los jueces resolverá los asutos que coozca co imparcialidad, basádose e los hechos y e cosoacia co el derecho, si restricció algua y si ifluecias, alicietes, presioes, ameazas o itromisioes idebidas, sea directas o idirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo 36. No obstate, muchos jueces e el mudo 29 Grave atetado a la democracia de Hoduras la destitució de cuatro magistrados de la Sala Costitucioal, dispoible e: aspx?newsid=12958&lagid=s 30 Declaració de la Relatora de Nacioes Uidas sobre la Situació de los Defesoras de Derechos Humaos, Margaret Sekaggya, al cocluir su visita oficial a Hoduras, párr Comisió Iteracioal de Juristas No. 1, Pricipios Iteracioales sobre la Idepedecia y Resposabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales, Giebra, 2007, p Estatuto del Juez Iberoamericao, artículo Véase: Ical c. Turquía, setecia del TEDH del 9 de juio de 1998, Serie 1998-IV, párr. 65. Véase además: Fidlay c. Reio Uido, setecia de Tribual Europeo de Derechos Humaos (e adelate, TEDH) del 25 de febrero de 1997, Serie 1997-I, párr Ical c. Turquía, op. cit. ota 32, párr. 65 y Fidlay c. Reio Uido, op. cit. ota 32, párr Comisió Iteracioal de Juristas No. 1, Pricipios Iteracioales sobre la Idepedecia y Resposabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales, op. cit. ota 30, p Véase: Attacks o Justice: A Global Report o the 11

12 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? sufre presioes sutiles y o ta sutiles, que va desde traslados, procedimietos discipliarios por cumplir co sus deberes profesioales, destitucioes ilegítimas, ameazas de muerte, agresioes físicas y asesiatos 37. Desde el puto de vista de la idepedecia persoal, es fudametal que los jueces o esté subordiados jerárquicamete al Poder Ejecutivo o legislativo, i que sea empleados civiles de cualquiera de esos poderes. U requisito fudametal de la idepedecia judicial es que los jueces, a todos los iveles, sea fucioarios del poder judicial y o esté subordiados o respoda a los otros poderes del Estado, especialmete al Ejecutivo 38. E Hoduras ecotramos e el discurso público de fucioarios del gobiero expresioes directas que afecta la idepedecia a ivel idividual, como las citadas e el apartado aterior y que reiteramos al citarla uevamete (el subrayado es uestro): Lo que se pretede es trabajar coordiadamete los distitos operadores de justicia co el propósito de que iguo de los eslaboes falle, e el caso de las capturas de delicuetes por parte de la Policía Nacioal y las Fuerzas Armadas a través de la Policía Militar del Orde Público (PMOP), y que sea liberados por los tribuales. Eso o puede cotiuar e el país, es por ello que hemos creado la FUSINA, orgaismo que tambié apoyará para que las capturas y documetació sea presetadas de maera oportua e los tribuales y ya o exista la liberació de delicuetes. 39 Por otra parte el hecho que el Poder Judicial, forme parte del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad y de FUSINA, rompe tambié la idepedecia de poderes. El Cosejo Nacioal de Defesa es presidido por el Presidete de la República, esto subordia e este espacio al Poder Judicial, además de que el iterés del Ejecutivo ifluye directamete, tato e el ombramieto como e los resultados esperados, pues es quie defie la política de seguridad pública. La CIDH, e su visita i loco, a Hoduras e 2014, se refirió a este tema de la siguiete maera: Auque el aterior propósito es legítimo detro del cotexto de violecia geerado por el crime orgaizado, esta estrategia geera preocupacioes desde ua perspectiva de derechos humaos. E lo fudametal, porque de acuerdo a la ley so precisamete estos fiscales y jueces quiees además de acompañar a la policía militar tambié está exclusivamete facultados para, respectivamete, ejercer la acció peal y coocer los casos de delitos cometidos por los miembros de la policía militar. A la luz de la iformació puesta e coocimieto de la Comisió durate su visita esta situació resulta ampliamete problemática por los aspectos que se detalla a cotiuació 40. Asimismo, la CIDH, aaliza el Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad: E primer lugar, la Comisió ota que la asigació de este cuerpo de fiscales y jueces se verifica e el marco de la participació cojuta de varias autoridades e u Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad, creado e 2011, e el cual participa el Presidete de la Suprema Corte de Justicia; el Fiscal Geeral; el Secretario de Estado e el Despacho de Seguridad; el Secretario de Estado e el Despacho de Defesa Nacioal y el Presidete de la República, quie lo preside co el propósito rectorar, diseñar y supervisar las políticas públicas geerales e materia de Seguridad, Defesa Nacioal e Iteligecia así como armoizar las accioes para el mejor desempeño de las etidades que participa e él. Dicho propósito comú etre la fiscalía, los jueces y los militares fue percibido a lo largo de la visita de maera cosistete por varias orgaizacioes como u aspecto que afecta la imparcialidad de estos operadores de justicia 41. Idepedece of Judges ad Lawyers, 11ª edició, Comisió Iteracioal de Juristas, Giebra Dispoible e líea e 37 Comisió Iteracioal de Juristas No. 1, Pricipios Iteracioales sobre la Idepedecia y Resposabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales, op. cit. ota 30, p Comisió Iteracioal de Juristas No. 1, Pricipios Iteracioales sobre la Idepedecia y Resposabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales, op. cit. ota 30, p Véase: ota OEA. Comisió Iteramericaa de Derechos Humaos, Observacioes Prelimiares sobre la situació de los derechos humaos e Hoduras, Visita i loco, 05 de diciembre de Ibíd. 12

13 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Sigue la CIDH, el aálisis sobre las pruebas de cofiaza realizadas por u órgao del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad: E segudo lugar, de acuerdo a la Ley de Policía Militar y Orde Público, la asigació de los equipos de fiscales y jueces para el acompañamieto de esta policía, se realiza previa realizació de pruebas de cofiaza que so practicadas por la Direcció Nacioal de Ivestigació e Iteligecia, órgao cuyo director es ombrado por el Cosejo de Nacioal de Defesa y Seguridad, ajeo al poder judicial y la Fiscalía 42. Siempre la CIDH, aaliza la celebració de audiecias e istalacioes militares e la siguiete maera: E tercer lugar, la ormativa aplicable señala que estos jueces y fiscales puede celebrar audiecias si ecesidad de determiar su ubicació física; por medios virtuales, e iclusive residir fuera del país. La Comisió recibió iformació sobre al meos cico casos ate tribuales de jurisdicció acioal cuyas audiecias fuero realizadas e istalacioes militares, aspecto que afectaría la percepció de imparcialidad e esos juicios 43. Luego se establece la icidecia del Presidete de la Corte Suprema de Justicia e las decisioes de los Jueces/as: Fialmete, e cuarto térmio, la Comisió observa que el Presidete de la Corte Suprema de Justicia y el titular de la Fiscalía que participa y asume acuerdos detro del Cosejo Nacioal tiee u sigificativo grado de iterveció e los respectivos marcos discipliarios para jueces y fiscales. Esta situació, geera el riesgo de que el comportamieto de estos operadores de justicia se oriete por los acuerdos adoptados e el marco del Cosejo Nacioal, bajo el temor de ser sujetos a procesos discipliarios e caso de o hacerlo 44. Y por último, la CIDH, cocluye maifestado sus preocupacioes: E suma, la Comisió advierte que sumado al relacioamieto que tiee los jueces y fiscales asigados como apoyo a la policía militar e el día a día, la estrategia de actuació cojuta por parte de las autoridades que itegra el Cosejo co propósitos comues hace que tato e los procedimietos de asigació, como e los de remoció y durate el desempeño de sus fucioes, exista u permaete grado de participació directa o idirecta de autoridades ajeas a la Fiscalía y el Poder Judicial que icluye al Poder Ejecutivo y,e particular, a su Secretario del Despacho de Defesa el cual precisamete represeta la policía militar 45. ( ) La Comisió expresa su preocupació debido a que estos jueces y fiscales podría carecer de suficietes garatías de idepedecia e imparcialidad para coocer de las violacioes a derechos humaos cometidas por los miembros de la policía militar, creado u modelo de justicia excepcioal co las características de u fuero especial. Dicho modelo tambié geera u grave desequilibrio e los derechos de las persoas sometidas a la ivestigació y proceso, cuyos casos, icluso puede ser realizados e audiecias detro de batalloes o cuarteles militares. La Comisió ista al Estado de Hoduras a revisar esta ormativa y asegurar que o resulta violatoria de los estádares de idepedecia e imparcialidad que debe existir e la ivestigació y sació de los resposables de violacioes a derechos humaos 46. Además la CIDH, se refirió a otro tipo de mecaismos de presió para ifluir e las decisioes de los Jueces y Juezas, ya sea a través del uso del derecho peal o de procedimietos discipliarios: La Comisió recibió iformació sobre otros medios de presió a las labores de las y los operadores de justicia. Al respecto, durate la visita operadores de justicia deuciaro el uso del delito de prevaricato por parte de fiscales co el objetivo de amedretar a jueces por emitir decisioes cotrarias a sus itereses. La Comisió ota co preocupació que varios jueces expresaro su temor a ser objeto de este tipo de persecució peal, particularmete porque el Decreto que reformó el Código Peal, estableció al delito de prevaricato como uo de los cuales o admite medidas sustitutivas de prisió prevetiva Ibíd. 43 Ibíd. 44 Ibíd. 45 Ibíd. 46 Ibíd. 47 Ibíd. 13

14 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Asimismo, la CIDH, e la referida visita, tambié se expresó preocupació por las ameazas de implemetació de motajes de procesos discipliarios que se realizaría cotra jueces y juezas co el objetivo de atemorizarles y maipular sus decisioes. Al respecto, u abogado litigate e Sa Pedro Sula ejemplificó que al cometar a u juez que presetaría u peritaje de psiquiatría forese para modificar el régime de prisió prevetiva solicitado por la Fiscalía, el propio juez le respodió: te voy a hablar claro, yo como juez peal si te doy u sobreseimieto para esa muchacha, al día siguiete estoy despedido El maejo del presupuesto como u elemeto de la idepedecia Varios istrumetos iteracioales recooce la ecesidad del Poder Judicial de recibir suficietes fodos. Por ejemplo, los Pricipios básicos de Nacioes Uidas relativos a la idepedecia de la judicatura establece que Cada Estado Miembro proporcioará recursos adecuados para que la judicatura pueda desempeñar debidamete sus fucioes 49. Asimismo, el Estatuto del Juez Iberoamericao dispoe que el Estado garatizará la idepedecia ecoómica del Poder Judicial, mediate la asigació del presupuesto adecuado para cubrir sus ecesidades y a través del desembolso oportuo de las partidas presupuestarias. 50 E este puto, vale la pea señalar que las ormas iteracioales permite que cada Estado determie la mejor maera de garatizar que el Poder Judicial reciba los fodos adecuados, ya que u adecuado fiaciamieto costituye u elemeto esecial de la idepedecia del Poder Judicial- Este pricipio debe estar icluido e el sistema jurídico de cada país, preferetemete e la costitució. Para cumplir co este requisito, ciertas costitucioes icluye ua disposició mediate la cual estipula que u porcetaje fijo del presupuesto deberá ser asigado a la admiistració de justicia. 51 Este es el caso de la Costitució hodureña, que establece e el artículo 318 que el Poder Judicial goza de completa autoomía admiistrativa y fiaciera. E el Presupuesto Geeral de Igresos y Egresos de la República, tedrá ua asigació aual o meor del tres por cieto (3.0%) de los igresos corrietes ( ). Si embargo, e Hoduras o se cumple co esta obligació ormativa, además de que el maejo e las asigacioes presupuestarias desde el Poder Ejecutivo, deja etrever la maipulació a partir de premios y castigos 52. U caso que ilustra bie esto es lo ocurrido hace poco luego que la Sala de lo Costitucioal de la Corte Suprema de Justicia, fallara a favor de dos recursos de icostitucioalidad, cuya resolució e violació a los artículos pétreos, permite la reelecció presidecial, uos días después u diputado oficialista presetó u proyecto de Ley para ampliar el presupuesto del Poder Judicial 53. Para mostrar la coducta del Estado de cara al militarismo y la idepedecia judicial, a cotiuació se preseta el presupuesto de este poder el Estado e los últimos 7 años, es decir el período de los actuales Magistrados/as de la Corte Suprema de Justicia, y se cotrasta co el presupuesto de la Secretaría de Defesa. Tabla No. 1 Presupuesto del Poder Judicial Año Presupuesto e Lempiras Presupuesto e Dólares ,546,753,700 81,279, ,501,269,700 78,889, ,597,204,500 83,842, ,761,672,800 89,698, ,824,954,800 89,022, ,906,954,800 90,248, ,906,954,800 86,916, Fuete: Elaboració propia co los datos de la Secretaría de Fiazas (SEFIN) y el Baco Cetral de Hoduras (BCH). 48 Ibíd. 49 Pricipios básicos de Nacioes Uidas relativos a la idepedecia de la judicatura, Pricipio Estatuto del Juez Iberoamericao, artículo Comisió Iteracioal de Juristas No. 1, Pricipios Iteracioales sobre la Idepedecia y Resposabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales, op. cit. ota 30, p FOSDEH, idetificaba esta situació desde hace varios años: 14

15 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Si comparamos el presupuesto del Poder Judicial co el Presupuesto para Defesa (Fuerzas Armadas) os daremos cueta por dode va la política e estatal, el Estado hodureño o está iteresado e el fortalecimieto del Poder Judicial y las cifras lo demuestra. Tabla No. 2 Presupuesto asigado a Defesa del Es evidete el compromiso co la militarizació y probablemete co el oscuro y retable egocio de lo militar basado e la secretividad oficial e el maejo de los fodos, la evidecia es clara y lo es más aú si se hace el aálisis co los presupuestos asigados a Educació o Salud. Año Presupuesto e Lempiras Presupuesto e Dólares ,101,259, ,418, ,593,527, ,286, ,682,513, ,814, ,943,235, ,859, ,783,550, ,563, ,551,901, ,423, ,418,882, ,986,433 Fuete: Elaboració propia co los datos de la Secretaría de Fiazas (SEFIN) y el Baco Cetral de Hoduras (BCH). 2. Estructura orgaizativa del Poder Judicial e Hoduras De acuerdo co la divisió tradicioal de poderes del Estado, el Poder Judicial es uo de los tres poderes clásicos (Ejecutivo, Legislativo, Judicial). La Costitució de la República, o defie qué es el Poder Judicial, pero si se refiere a sus atribucioes, al decir que la potestad de impartir justicia emaa del pueblo y se imparte gratuitamete e ombre del Estado, por magistrados y jueces idepedietes, úicamete sometidos a la Costitució y las leyes 54. Tambié se refiere la Costitució a la itegració de este poder: El Poder Judicial se itegra por ua Corte Suprema de Justicia, por las Cortes de Apelacioes, los juzgados, por tribuales co competecia exclusiva e zoas del país sujetas a regímees especiales creados por la Costitució de la República y además depedecia que señale la Ley 55. Además el Cosejo de la Judicatura 56. A cotiuació se preseta el esquema istitucioal del Poder Judicial, se icluye los deomiados tribuales co competecia exclusiva e zoas del país sujetas a regímees especiales, que más adelate se tratará e u apartado especial. Orgaigrama No. 3. Poder Judicial de Hoduras Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. Cuidado co las trasferecias. Cosiderado la polarizació política del mometo, se requiere prudecia y ecuaimidad para cumplir co las trasferecias que de carácter obligatorio se estipula e la Costitució de la República. No se puede maejar el tema de las trasferecias como políticas de premio o castigo. Véase: Foro Social de la Deuda Extera, Realidad Nacioal, No. 20, juio de 2009, p Aprobaría 90 milloes más para Poder Judicial: u proyecto 15

16 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Como se observa e el gráfico el Poder Judicial, cueta co tres órgaos que istitucioalmete debe servir de cotrapesos iteros, y que debería garatizar la idepedecia judicial etre los órgaos, si iterferecias etre labores jurisdiccioales y labores admiistrativas. Si embargo, más adelate se verá que uo de los graves problemas de idepedecia se debe a que la presidecia tato de la Corte Suprema como del Cosejo de la Judicatura, recaiga sobre la misma persoa, resulta ilusoria la separació etre lo jurisdiccioal y la admiistració del Poder Judicial La Corte Suprema de Justicia La Corte Suprema de Justicia, es el máximo Órgao Jurisdiccioal; su jurisdicció comprede todo el territorio del Estado hodureño. Si embargo co la creació de las Zoas Especiales de Empleo y Desarrollo la Corte o tedría competecia 57, por la creació de órgaos jurisdiccioales especiales. La CSJ, está itegrada por quice (15) Magistrados. Sus decisioes se tomará por la mayoría de la totalidad de sus miembros 58. Atribucioes de la Corte Suprema de Justicia: 59 Dirigir el Poder Judicial e la potestad de impartir justicia; Coocer los procesos icoados a los más altos fucioarios del Estado y los Diputados; Coocer e Seguda Istacia de los asutos que las Cortes de Apelacioes haya coocido e primera istacia; Coocer de las causa de extradició y de las demás que deba juzgarse coforme a Derecho Iteracioal; Coocer de los recursos de Habeas Corpus, Habeas Data, Casació, Amparo, Revisió e Icostitucioalidad de coformidad co la Costitució y la Ley; Autorizar al ejercicio del Notariado a quiees haya obteido el título de Abogado; Coocer e primera istacia del Atejuicio cotra los Magistrados de las Cortes de Apelacioes; Emitir su reglameto Iterior y los otros que sea ecesarios para el cumplimeto de sus fucioes; Las demás que le cofiera la Costitució y las leyes; Elaborar el proyecto del presupuesto del Poder Judicial cojutamete co el Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, y eviarlo por medio del Presidete al Cogreso Nacioal; Fijar la divisió del territorio para efectos jurisdiccioales; y Crear, suprimir, fusioar o trasladar los Juzgados, Cortes de Apelacioes y demás depedecias previo dictame favorable del cosejo de la judicatura y de la Carrera Judicial. Juzgar a los altos fucioarios del Estado. 60 Orgaizació de la Corte Suprema de Justicia: Para el coocimieto y resolució de los diferetes asutos sometidos al coocimieto de la Corte Suprema de Justicia, ésta se orgaiza e salas: La Sala de lo Costitucioal: La Sala de lo Peal La Sala de lo Laboral; y La Sala de lo Civil. de ley para ampliar el presupuesto del Poder Judicial e 90 milloes de lempiras, fue presetado al pleo por el diputado acioalista por Olacho, Fracisco Rivera. Véase: Diario el Tiempo de Hoduras, de fecha jueves 30 de abril de 2015, dispoible e: aprobaria-90-milloes-mas-para-poder-judicial. tiempo.h/sucesos/item/29197-aprobaria-90-milloes-maspara-poder-judicial. 54 Véase: art. 303 de la Costitució de la República. 55 Ibíd. 56 Véase: art. 317 de la Costitució de la República y el art. 2 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. 57 Véase: art. 329 de la Costitució de la República. 58 Véase: Art. 308 de la Costitució de la República. 59 Véase: Art. 313 de la Costitució de la República. 60 Art. 414 al 417 del Código Procesal Peal. Véase: Código Procesal Peal, Decreto No E, de fecha de19 de diciembre 1999 y publicado el Diario Oficial La Gaceta No. 29,176 de fecha 20 de mayo de Vigete a partir del 19 de mayo de Art. 316 de la Costitució de la República. 62 Art. 325 de la Costitució de la República. 16

17 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Las decisioes que o se tome por uaimidad e las Salas las resolverá el Pleo, es decir los 15 Magistrados. La Sala de lo Costitucioal es la más importate para la protecció de los derechos humaos, es por eso que la Costitució se refiere expresamete a ella: La Corte Suprema de Justicia, está orgaizada e salas, ua de las cuales es la de lo Costitucioal, itegrada por cico (5) Magistrados, cuado las setecias de las salas se proucie por uaimidad de votos, se debe proferir e ombre de la Corte Suprema de Justicia y tiee el carácter de defiitivas. Cuado o haya uaimidad e la toma de decisió del asuto, los magistrados que haya participado e la sala, o debe itegrar el pleo 61. La Sala de lo Costitucioal tiee las atribucioes siguietes: Coocer, de coformidad co esta Costitució y la Ley, de los recursos de Habeas Corpus o Exhibició Persoal, Habeas Data, Amparo, Icostitucioalidad y Revisió ;y Dirimir los coflictos etre los Poderes del Estado, icluido el Tribual Supremo Electoral, así como etre las demás etidades u órgaos que idique la ley. Orgaigrama No. 4. La Corte Suprema de Justicia Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República Presidecia de la Corte Suprema de Justicia La Costitució de la República, establece que la la Corte Suprema de Justicia cumplirá sus fucioes costitucioales y legales bajo la Presidecia de uo de sus Magistrados, quie fugirá e el cargo por todo el periodo de elecció, ejercerá la represetació del Poder Judicial y e ese carácter actuará de acuerdo co las decisioes adoptadas por la Corte e pleo 62. Orgaigrama No. 5. Presidecia de la CSJ Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República. 17

18 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Redició de Cuetas de la Corte Suprema de Justicia Admiistrativa i. Régime Discipliario El régime discipliario coteido e la Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial o es aplicado a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, pues el mismo sólo es de aplicació para los/as miembros/ as de la Carrera Judicial. 63 ii.improbació de la Coducta Admiistrativa La Costitució de la República le da facultades al Cogreso Nacioal para que pueda revisar actuacioes sobre coducta del Poder Judicial. 64 La orma costitucioal o prevé sació algua e este caso. E otra disposició costitucioal (art. 314 de la Costitució) se establece que los Magistrados podrá ser sustituidos por causas legales, pero o establece cuales podría ser esas causas, bajo la lupa del aálisis sólo podría ser la codea por delito doloso. Esta figura fue la usada e el año 2012 cuado el Cogreso Nacioal destituyó ilegalmete a cuatro Magistrados de la Sala de lo Costitucioal de la Corte Suprema de Justicia, lo cual costituyó u Golpe de Estado. El Cogreso Nacioal e ese mometo compuesto por mayoría del Partido Nacioal y de presidete del mismo, el actual Presidete de la República, destituyó ilegalmete a los magistrados, mediate decreto de 12 de diciembre de 2012, utilizado la figura de improbar la coducta admiistrativa. 65 Sobre estos hechos la Relatora de Nacioes Uidas sobre la Idepedecia de Jueces y Magistrados, Gabriela Kaul, expresó: La destitució de los cuatro magistrados represeta u grave atetado a la democracia e Hoduras. Estimado que: Los jueces puede ser destituidos úicamete por razoes graves de mala coducta o icompetecia, tras u procedimieto que cumpla co el debido proceso y las garatías de u juicio justo y que tambié prevea ua revisió idepediete de la decisió, subrayó la relatora 66. iii. Juicio Político A los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia se les podrá someter a Juicio Político, cuado e su cotra exista deucia grave e el desempeño e su cargo, por realizar actuacioes cotrarias a la Costitució de la República o el iterés acioal y por maifiesta egligecia, icapacidad o icompetecia para el desempeño del cargo. Si perjuicio de la resposabilidad admiistrativa, civil y peal, la destitució del cargo será la úica cosecuecia derivada de la resposabilidad decretada mediate u juicio político Véase: arts. 25 y de de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 64 Art. 205 umeral 20 de la Costitució de la República. 65 El Cogreso Nacioal de Hoduras aprobó esta madrugada la destitució de cuatro de los cico magistrados de la Sala Costitucioal (...), e ua acció que fue calificada de ilegal y atetatoria cotra el estado de derecho. La determiació habría cotado co la veia del presidete de Hoduras, Porfirio Lobo, quie segú trascedió extraoficialmete se reuió co el titular del Cogreso Nacioal, Jua Orlado Herádez, y los miembros de la Juta de Comadates, ates que la moció fuera presetado al pleario legislativo. ( ) Diputados que co posicioes e cotra de la decisió alegaro que el Cogreso Nacioal o tiee la facultad de destituir a magistrados de la CSJ y las causales que se esgrimiero o so válidas y atetatorias a la separació de poderes. ( ) Los diputados acioalistas Atoio Rivera Callejas, Daiel Flores y Mario Barahoa se maifestaro e cotra. Rivera Callejas cuestioó que e meos de 24 horas se elaboró u iforme para tomar esta decisió que o está apegada a derecho. Subrayó que los diputados o teemos la facultad de destituir a los magistrados de la Corte. La destitució se discutió a escasas horas de que el pleo de la Corte Suprema de Justicia resuelva sobre la icostitucioalidad del decreto , declarado ilegal por el voto de los cuatro magistrados destituidos. (...) El presidete de la bacada liberal, José Alfredo Saavedra, afirmó que la determiació tiee el úico propósito de amedretar a otro poder de Estado como lo es el Poder Judicial. No tiee estas atribucioes el Cogreso Nacioal de aprobar o improbar las setecias emitidas por la Corte Suprema de Justicia. El presidete del Cogreso Nacioal, Jua Orlado Herádez, iició la sesió a la 1:35 de la madrugada y de imediato pasó a tocar el tema de la destitució de los magistrados. Idicó que el pueblo hodureño debe ver la sesió como ua defesa a la població que clama seguridad. Es ua decisió difícil porque el país paso hace alguos años por ua gra cotroversia, pero la seguridad es la preocupació pricipal del pueblo hodureño. Es preocupate lo que hemos detectado, es prácticamete ua cospiració y estamos obligados a debatir este tema, dijo 18

19 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Resposabilidad Peal Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia puede someterse al fuero peal por delitos cometidos e el ejercicio de sus fucioes. Primero se les sigue u atejuicio, e la misma Corte Suprema 68. Si se declara co lugar, el Miisterio Público, podrá presetar acusació, e el Procedimieto para coocer de los procesos icoados a los más altos fucioarios del Estado Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial E eero de 2011 se reformó la Costitució de la República, y se creó el Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial 70, que es el órgao de gobiero del Poder Judicial, co autoomía e idepedecia fucioal y admiistrativa 71. Por otra parte es el ecargado de ejercer el régime discipliario a los miembros/as de la carrera judicial 72. Casi u año después, e diciembre de 2011 el Cogreso Nacioal de Hoduras aprobó el Decreto No. 219 que establece la Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. La creació del Cosejo costituyó u importate paso para separar las fucioes admiistrativas que veía desarrollado la Corte Suprema de Justicia. La ley teía como fialidad la separació de la fució admiistrativa de la jurisdiccioal, y la existecia de u orgaismo profesioal para garatizar la idepedecia judicial y el ombramieto adecuado de los jueces y juezas. Se pretedía que la carrera judicial girara e toro al Cosejo y o a la Corte Suprema de Justicia, si embargo el diseño o fue del todo lo que se esperaba, pues se icluyó como Cosejero al Magistrado/a titular de la Presidecia de la Corte Suprema de Justicia. La CIDH, e su iforme prelimiar sobre la visita i loco a Hoduras e 2014, se refirió a este Cosejo de la maera siguiete: La Comisió resalta e primer térmio que la creació de este Cosejo es u paso fudametal para difereciar las fucioes de impartició de justicia respecto de las de admiistració y gobiero del Poder Judicial. La CIDH observa además que a diferecia del régime aterior, el marco legal actual o obstaculiza que se iterpoga recursos para cuestioar sus resolucioes, sea a través de la vía de amparo o de u proceso e la vía coteciosa admiistrativa. No obstate ello, a lo largo de la visita la Comisió otó co preocupació que varios operadores de justicia maifestaro su temor ate la ausecia de procesos ivestigativos adecuados por parte del Cosejo, y porque su actuació pudiera estar motivada e factores políticos coducetes a geerar a toda costa ua percepció de eficacia de sus labores e irrespeto de la idepedecia de jueces y juezas 73. Específicamete, la Comisió recibió iformació de que a partir del mes de oviembre de 2013 el Cosejo empredió u iteso proceso de depuració del Poder Judicial siedo 28 jueces suspedidos y otros 29 despedidos durate su primer año de labores. Se deució que esta depuració comezó de maera acelerada si ua ley que estableciera las causales discipliarias y sacioes a aplicar, teiedo por úico fudameto ua circular dictada por los propios itegrates del Cosejo. Añadió que o es posible que siga esta ola delicuecial, mietras uos trabajamos otros cospira, afirmó si detallar e qué cosiste dicha cospiració. Nota de presa publicada por Diario El Heraldo, de fecha 12 de diciembre de 2012, dispoible e: AlFrete/story.csp?cid=565717&sid=300&fid=209(cosultada el 01 de mayo de 2015) 66 Grave atetado a la democracia de Hoduras la destitució de cuatro magistrados de la Sala Costitucioal, dispoible e: aspx?newsid=12958&lagid=s 67 Art. 234 de la Costitució de la República. 68 Art. 421 del Código Procesal Peal. 69 Arts del Código Procesal Peal. 70 Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, Decreto de fecha 19 de eero de 2011 y publicado e el diario Oficial La Gaceta No. 32,443 de fecha 15 de febrero de Ratificado por Decreto de fecha 17 de febrero de 2011 y publicado e el Diario oficial La Gaceta No. 32,460 de fecha 7 de marzo del Art. 2 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 72 Art. 3 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 73 OEA. Comisió Iteramericaa de Derechos Humaos, Observacioes Prelimiares sobre la situació de los derechos humaos e Hoduras, Visita i loco, op. cit. ota

20 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? El Reglameto que icluyó estas causales y sacioes recié se aprobó e septiembre de 2014 y, actualmete cursa ate la justicia hodureña u recurso iterpuesto cuestioado el hecho de que se aplique sacioes discipliarias co fudameto e u reglameto y o e la ley 74. Ello tiee ua implicació profudada e el proceso de debilitamieto de la idepedecia judicial. E primer lugar por la ijerecia que impide que se separe las fucioes admiistrativas y las jurisdiccioales. Lejos de lograrse tal fi, se cocetró poder e la figura del Presiete de la Corte Suprema, a tal puto que es o solo factible, sio u hecho cocreto el cotrol sobre las decisioes y fallos de los jueces. A cotiuació se preseta el esquema istitucioal del Cosejo de la Judicatura, e el que puede verse que la Presidecia recae sobre la misma persoa que osteta el cargo de la Presidecia de la Corte Suprema de Justicia. Orgaigrama No. 6. Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y la LCJCJ Fucioes Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial Las pricipales fucioes del Cosejo so 75 : Orgaizar y dirigir fiaciera y admiistrativamete al Poder Judicial. Admiistrar todos los recursos fiacieros, materiales y humaos del Poder Judicial. Nombrar y remover a Magistrados de Cortes de Apelacioes y Jueces, así como a los demás fucioarios y auxiliares jurisdiccioales, persoal admiistrativo y técico. Evaluar de forma periódica y capacitar permaetemete a los fucioarios de la Carrea Judicial y demás persoal. Ejercer el régime discipliario de los miembros de la Carrera Judicial y de los demás fucioarios y auxiliares jurisdiccioales, persoal admiistrativo y técico. Dirigir y admiistrar la Carrera Judicial, la Escuela Judicial. Elaborar y aprobar los reglametos que sea ecesarios para el cumplimieto de sus atribucioes, así como los istructivos para su implemetació. Aprobar los aumetos al salario de los jueces, magistrados, fucioarios, defesores públicos, persoal admiistrativo y Jurisdiccioal del Poder Judicial de acuerdo al Presupuesto Geeral de Igresos y Egresos de la República del ejercicio fiscal respectivo, aprobado por el Cogreso Nacioal e relació co el Artículo 50 de la misma Ley. Crear los tribuales co competecia exclusiva y autóoma e las zoas sujetas a régime especial de coformidad a los artículos 303 y 329 de la Costitució de la República a solicitud del Comité de Adopció de Mejores Prácticas de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDE). 74 Ibíd. 75 Véase: art. 3 Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 20

21 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Nombrar, previo cocurso, a los jueces y magistrados de las zoas sujetas a régime especial, de u listado de diez (10) persoas presetado por el Comité de Adopció de Mejores Prácticas de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDE) o removerlos a solicitud del referido Comité. Practicar a los magistrados de Cortes de Apelacioes, jueces, fucioarios, persoal admiistrativo, jurisdiccioal y técico del Poder Judicial de maera geeral o selectiva, evaluacioes de cofiaza como las toxicológicas, psicométricas, psicológicas, de polígrafo, los estudios e ivestigacioes de patrimoio, evaluació de desempeño y cumplimieto de térmios legales Composició del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial El Cosejo está itegrado por cico (5) Cosejeros Titulares y dos (2) supletes: 76 El presidete de la Corte Suprema de Justicia, quie lo presidirá. Dos represetates de las asociacioes de Jueces y Defesores Públicos. U represetate del Colegio de Abogados de Hoduras. U represetate de la Asociació Nacioal de Empleados y Fucioarios del Poder Judicial. del poder judicial, cosidera que el Cosejo, tal como está previsto, adolece de varias deficiecias co respecto a su capacidad para salvaguardar la idepedecia del poder judicial. El hecho de que el Presidete de la Corte Suprema presida el Cosejo puede crear ijerecias políticas e icidir e la legitimidad del poder judicial 78. So atribucioes del Presidete/a del Cosejo: La represetació legal del Cosejo. Covocar y presidir las sesioes del cosejo. 79 Para respaldar lo aterior, a cotiuació se preseta el esquema istitucioal de la Presidecia del Cosejo Presidete del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial El art. 4 de la Ley del Cosejo establece que el Magistrado/a Presidete/a de la Corte Suprema de Justicia será el Presidete/a del Cosejo. La Relatora Especial sobre la idepedecia de los magistrados y abogados, ha recomedado que la Presidecia del Cosejo de la Judicatura o recaiga e la misma persoa que preside la Corte Suprema de Justicia 77. Asimismo e el Iforme sobre la visita i loco a Hoduras por parte de la Relatora Especial sobre la Situació de los Defesores/as de Derechos Humaos, maifestó: La Relatora Especial, si bie toma ota que la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial (Nº ) es positiva, ya que refuerza la idepedecia 76 Véase: art. 4 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 77 Asamblea Geeral de la ONU, Iforme de la Relatora Especial sobre la idepedecia de los magistrados y abogados, A/HRC/17/30/Add.3 (2011),Recomedació 94 i), dispoible e: Iteracioal/iformeRelatoraEspecial.pdf 78 ONU. Cosejo de Derechos Humaos, Iforme de la Relatora Especial sobre la situació de los defesores de los derechos humaos, Margaret Sekaggya, Misió a Hoduras, A/HRC/22/47/Add.1, 13 de diciembre de Véase: art. 5 Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 21

22 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Orgaigrama No. 7. Presidecia del Cosejo de la Judicatura Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y la LCJCJ. Procedimieto para la elecció de los Cocejales Órgao propoete: Se propodrá ua ómia de 5 cadidatos/as por cada istitució, a excepció de las asociacioes de Jueces que cojutamete propodrá 15 cadidatos/as. Los órgaos propoetes so: el Colegio de Abogados, la Asociació Nacioal de Empleados y Fucioarios Judiciales, las Asociacioes de Jueces 80. Órgao Elector: el Cogreso Nacioal 81. Número de votos: se elegirá co el voto favorable de las dos terceras partes del total de votos 82. Redició de Cuetas del Cosejo de la Judicatura Admiistrativa i. Régime Discipliario El régime discipliario coteido e la Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial o es aplicado a los Cocejales, pues el mismo sólo es de aplicació para los/as miembros/as de la Carrera Judicial, por otra parte quie aplica el régime discipliarios so los mismos cocejales. 83 ii.improbació de la Coducta Admiistrativa del Cosejo de la Judicatura La Costitució de la República otorga facultades amplias al Cogreso Nacioal para que pueda revisar actuacioes sobre coducta del Poder Judicial, e las que puede icluir al Cosejo de la Judicatura 84, co lo cual sigue mateiedo u poderoso cerco sobre las posibilidades de idepedecia de las y los impartidores de justicia. Resposabilidad Peal de los Cosejeros del Cosejo de la Judicatura Es aplicable a los Cocejales lo dicho para la deducció de resposabilidad peal por delitos cometidos e el ejercicio de sus fucioes, de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, e cuato al atejuicio y al procedimieto especial: procedimieto para coocer de los procesos icoados a los más altos fucioarios del Estado Cortes de Apelació Las Cortes de Apelació cooce por lo geeral asutos e diversas materias como peal o civil, como seguda istacia, es decir que tiee la facultad de revisar las setecias de los Juzgados de Letras que emitiero resolució e primera istacia. Pruebas de Evaluació y Cofiaza A los cadidatos a Magistrados/as a las Cortes de Apelacióde Setecia (y a quiees ya lo sea), se les aplicará las Pruebas de Evaluació y Cofiaza 86, mecioadas para aplicació a los cadidatos a la Corte Suprema de Justicia. La 80 Véase: art. 4 de la Ley del Cosejo de la Judicatura. 81 Véase: art. 317 de la Costitució de la República. 82 Véase: art. 317 de la Costitució de la República. 83 Véase: arts. 25 y de de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 84 Véase: art. 205 umeral 20 de la Costitució de la República. 85 Véase: arts del Código Procesal Peal. 86 Véase: art. 5 de la Ley Geeral de la Superitedecia para la Aplicació de Pruebas de Evaluació de Cofiaza, véase: Ley Geeral de la Superitedecia para la Aplicació de Pruebas de Evaluació y de Cofiaza, de fecha 16 de diciembre de 2013, 22

23 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora facultad directa es para el Cosejo de la Judicatura, segú el artículo 3 de la Ley del Cosejo de la Judicatura 87, si embargo e la práctica esto violeta la idepedecia judicial a ivel idividual (tambié co efectos a la idepedecia istitucioal) tal como se estableció e el apartado úmero Sobre la idepedecia e la fució idividual. Como se plateó co aterioridad, la participació del Poder Judicial e el Cosejo Nacioal de Seguridad y Defesa, subordia este Poder ate el Ejecutivo. Y esto se agrava co el hecho de que fialmete quie practica las pruebas de cofiaza a jueces y magistrados, o es el Cosejo de la Judicatura, sio el Poder Ejecutivo. A cotiuació se preseta la desigació de los Magistrados/as de las Cortes de Apelació, icluyedo aquí la participació del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad, a través de la Superitedecia para la Aplicació de Pruebas de Evaluació de Cofiaza. Orgaigrama No. 8. Desigació de Magistrados/as de Cortes de Apelació Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y la LCJCJ. Redició de Cuetas de Cuetas de las Cortes de Apelació Régime Discipliario Está sometidos al régime discipliario coteido e la Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial ya que so miembros/as de la Carrera Judicial. 88 La aplicació le correspode al Cocejo de la Judicatura. 89 Admiistrativa Resposabilidad Peal Para ser sometidos al fuero peal por delitos cometidos e el ejercicio de sus fucioes, primero debe seguírseles u atejuicio ate la misma Corte Suprema de Justicia. 90 Si es declarado co lugar el atejuicio, el órgao persecutor (Miisterio Público), podrá presetar acusació, mediate el procedimieto ordiario Juzgados de la República i. Juzgados ordiarios e Materia Peal Estos Órgaos Jurisdiccioales está facultados para coocer y Juzgar delitos que sea perseguibles por Acció Pública, es decir aquellos delitos por los cuales el Miisterio Público, está e la obligació de ivestigar y acusar 92. So coocidos como Juzgados de Letras de lo Peal y Tribuales de Setecia 93. Represeta el mayor úmero detro publicado e el Diario La Gaceta úm. 33,372 de fecha 06 de marzo de 2014, vigete a partir de 06 de marzo de Véase: art. 3: Atribucioes del Cosejo de la Judicatura: Practicar a los magistrados de Cortes de Apelacioes, jueces, fucioarios, persoal admiistrativo, jurisdiccioal y técico del Poder Judicial de maera geeral o selectiva, evaluacioes de cofiaza como las toxicológicas, psicométricas, psicológicas, de polígrafo, los estudios e ivestigacioes de patrimoio, evaluació de desempeño y cumplimieto de térmios legales. Véase: Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. 88 Véase: arts. 25 y de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 23

24 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? del Poder Judicial. So ombrados por el Cocejo de la Judicatura 94, pero tomado e cueta que participa de la desigació el Presidete de la Corte Suprema de Justicia. Pruebas de Evaluació y Cofiaza A los cadidatos para desempeñarse como Juez de letras y de los Tribuales de Setecia (y a quiees ya lo sea), se les aplicará las Pruebas Orgaigrama No. 9. de Evaluació y Cofiaza 95, mecioadas para aplicació a los cadidatos a la Corte Suprema de Justicia. La facultad directa es para el Cosejo de la Judicatura, segú el artículo 3 de la Ley del Cosejo de la Judicatura. 96 Al igual que e el caso de la desigació de los Magistrados/as es ua violació a la idepedecia judicial que participe u órgao relacioado co el Poder Ejecutivo e la práctica de estas pruebas. 97 Desigació de Jueces/as de los Tribuales Ordiarios Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y la LCJCJ. Redició de Cuetas de los Jueces y Juezas de Letras y Tribuales de Setecia Régime Discipliario Está sometidos al régime discipliario coteido e la Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial ya que so miembros/as de la Carrera Judicial. 98 La aplicació le correspode al Cocejo de la Judicatura. 99 Admiistrativa Resposabilidad Peal Para ser sometidos al fuero peal por delitos cometidos e el ejercicio de sus fucioes, primero debe seguírseles u atejuicio ate la misma Corte Suprema de Justicia. 100 Si es declarado co lugar el atejuicio, el órgao persecutor (Miisterio Público), podrá presetar acusació, mediate el procedimieto ordiario. 101 ii. Juzgados de Jurisdicció Nacioal e Materia Peal De acuerdo co la Ley de creació, estos órgaos jurisdiccioales surge para complemetar y fortalecer los esfuerzos de lucha cotra grupos delictivos orgaizados. 102 La desigació de Jueces/ as y Magistrados/as de Cortes de Apelació, de acuerdo co la Especial correspode a la Corte Suprema de Justicia. 103 Estos juzgados so competetes para coocer y juzgar: 104 Delitos cometidos por grupos delictivos orgaizados, cometidos e cualquier lugar del territorio acioal. El coocimieto de los procesos de privació defiitiva de domiio. E el esquema que se preseta a cotiuació, resalta que quie desiga estos fucioarios es directamete la Corte Suprema de Justicia, lo cual va e cotra de la ley de la Judicatura, pues es fució del Cosejo de la Judicatura, efectuar los procesos de selecció. 89 Véase art. 3 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 90 Véase: art. 421 del Código Procesal Peal. 91 Véase: arts. 422 del Código Procesal Peal. 92 Véase: art. 54 del Código Procesal Peal. 93 Véase: art. 57 y 58 del Código Procesal Peal. 94 Véase art. 3 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 95 Véase: art. 5 de la Ley Geeral de la Superitedecia para la Aplicació de Pruebas de Evaluació de Cofiaza, decreto de fecha 16 de diciembre de

25 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Orgaigrama No. 10. Desigació de Jueces/as co Jurisdicció Nacioal Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y la LCJCJ. iii. Juzgados Especiales de las Zoas Especiales de Desarrollo De acuerdo co la Costitució de la República la fialidad de la creació de estos tribuales es la de resolver de coflictos detro de las zoas del país sujetas a regímees especiales. Los cuales deberá ser creados por el Cosejo de la Judicatura, co competecia exclusiva y autóoma sobre éstos. 105 Los jueces/as será propuestos por las zoas especiales a través del Comité de Adopció de Mejores Prácticas 106 de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDE) 107. Los Tribuales de las zoas sujetas a u régime jurídico especial podrá adoptar sistemas o tradicioes jurídicas de otras partes del mudo siempre que garatice igual o mejor los pricipios costitucioales de protecció a los Derechos Humaos previa aprobació del Cogreso Nacioal. 108 De acuerdo co la Ley de las ZEDE, los tribuales de las mismas operará bajo la tradició de derecho comú o aglosajó (commolaw). 109 Por otra parte el artículo 18 de esta ley, establece que los órgaos jurisdiccioales de las ZEDE, debe fallar los asutos que coozca e equidad o e derecho segú se defia al mometo de su creació. 110 De acuerdo co estas ormas las persoas que habite e las ZEDE, será sometidas a u derecho basado e la costumbre, ua tradició jurídica que sólo se aplica e los países que fuero coloizados por el Reio Uido. Por otra parte de acuerdo co la Ley de las ZEDE, habrá u Tribual de Protecció de Derechos Idividuales (de ua vez elimia los derechos ecoómicos, sociales y culturales), y se establece que para asistir a u foro iteracioal, sólo será ecesaria la setecia de éste Tribual. 111 Es decir que igú asuto podrá someterse ate el Tribual de Protecció de los Derechos Fudametales de Hoduras (la Sala de lo Costitucioal de la Corte Suprema de Justicia). Hay que recordar que tato los jueces de este Tribual de Protecció como los otros jueces de los otros juzgados de las ZEDE será seleccioados por el Comité de Adopció de 96 Véase: art. 3: Atribucioes del Cosejo de la Judicatura: Practicar a los magistrados de Cortes de Apelacioes, jueces, fucioarios, persoal admiistrativo, jurisdiccioal y técico del Poder Judicial de maera geeral o selectiva, evaluacioes de cofiaza como las toxicológicas, psicométricas, psicológicas, de polígrafo, los estudios e ivestigacioes de patrimoio, evaluació de desempeño y cumplimieto de térmios legales. Véase: Ley del Cosejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. 97 Alguas de la pruebas so icostitucioales, como la prueba de polígrafo. 98 Véase: arts. 25 y de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 99 Véase art. 3 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 100 Véase: art. 421 del Código Procesal Peal. 101 Véase: arts. 422 del Código Procesal Peal. 102 Véase: art. 1 de la Ley Especial de Órgaos Jurisdiccioales co Competecia Territorial Nacioal e Materia Peal, Decreto , aprobado el 29 de diciembre de 2010, publicado e el diario oficial La Gaceta úmero 32,417 e fecha 15 de eero de 2011 y vigete a partir del 15 de eero de Véase: art. 5 y 18 de la Ley Especial de Órgaos Jurisdiccioales co Competecia Territorial Nacioal e Materia Peal. 104 Véase: art. 6 de la Ley Especial de Órgaos Jurisdiccioales co Competecia Territorial Nacioal e Materia Peal. 105 Véase: art. 329 de la Costitució de la República. 25

26 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Mejores Prácticas, por lo tato respoderá ate ellos. E el Iforme sobre la visita i loco, realizada por el Relator Especial sobre la Promoció y Protecció del Derecho a la Libertad de Opiió y Expresió e 2013, estableció lo siguiete e relació co estos Juzgados y sobre las ZEDES: el Relator cosidera que el establecimieto de programas de supuesto desarrollo que pretede salirse del régime territorial del país y de la competecia de los tribuales de justicia, tales como las ciudades modelo, que además desplazaría poblacioes y pretede geerar u régime istitucioal y legal distito y autóomo al del Estado, so ua violació de la soberaía acioal, del derecho de acceso a la justicia, y de la garatía de respeto, promoció y protecció de los derechos humaos que tiee el Estado co la població e su territorio. El Relator Especial ota co satisfacció que el 18 de octubre de 2012 la Corte Suprema de Justicia declaró icostitucioal el Decreto Legislativo N. º que creó las ciudades modelo, cosiderado que dicho decreto viola la soberaía, el territorio y la forma de Gobiero. 112 Luego de esto el Cogreso Nacioal efectuó otra reforma al artículo 29 de la Costitució de la República y creó ua ueva Ley deomiada Ley Orgáica de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico 113. La advertecia el Relator Especial sobre la Promoció y Protecció del Derecho a la Libertad de Opiió y Expresió, ya señalada, se vuelve más precisa e la medida que se hace lectura de la Ley e las ZEDES. De acuerdo co esta ueva Ley, e el artículo 3: Las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDE) goza de autoomía fucioal y admiistrativa que icluye las fucioes, facultades y obligacioes que la Costitució de la República y las leyes le cofiere a los muicipios. Cotará co tribuales autóomos e idepedietes co competecia exclusiva e las mismas, los que puede adoptar sistemas o tradicioes jurídicas de otras partes del mudo, debiedo garatizar los pricipios costitucioales de protecció a los Derechos Humaos. E cuato a la istitucioalidad de las ZEDES, estará coformada por persoas extrajeras co facultades de proposició de Jueces y Juezas especiales para las ZEDES, tal como lo establece el artículo 11 de la Ley: Créase el Comité de Adopció de Mejores Prácticas, itegrado por veitiú persoas de recoocida hoorabilidad, liderazgo, capacidad ejecutiva y prestigio iteracioal e el sector privado co o si fies de lucro, e la academia o e el sector público. Sus fucioes será las siguietes ( ) Los miembros del Comité para la Adopció de Mejores Prácticas será ombrados por el Presidete de la República. Ese ombramieto debe ser ratificado por el Cogreso Nacioal 114. Es decir que el Estado hodureño ha cedido su Soberaía, elemeto fudacioal del Estado Nació, e cotra de las ormas costitucioales. 106 Véase artículo 329 de la Costitució de la República y art. 14 y 15 de la Ley de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDES). 107 Véase: art. 329 de la Costitució de la República y art. 3 Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 108 Véase: art. 329 de la Costitució de la República. 109 Véase art. 14 de la Ley de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDES). 110 Véase art. 18 de la Ley de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDES). 111 Véase art. 16 de la Ley de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico (ZEDES). 112 Cosejo de Derechos Humaos, Relator Especial sobre la Promoció y Protecció del Derecho a la Libertad de Opiió y Expresió, Iforme del Relator Especial sobre la promoció y protecció del derecho a la libertad de opiió y expresió, Misió a Hoduras, A/HCR/23/40/Add. 1, 22 de marzo de 2013, párr Ley Orgáica de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico, decreto , de fecha 12 de juio de 2013, publicado e la Gaceta úm. 33,222, de fecha 06 de septiembre de 2013, vigete a partir de esa fecha. 114 Véase: art. 11 de la Ley Orgáica de las Zoas de Empleo y Desarrollo Ecoómico. 26

27 INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Edy Alexader Tábora Orgaigrama No. 11. Desigació de Jueces/as de los Tribuales de las ZEDES Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Costitució de la República y y la Ley de la ZEDE Ispectoría Geeral de Órgaos Judiciales La Ispectoría Geeral de los Órgaos Judiciales es la depedecia técica idepediete fucioal y admiistrativamete del Cosejo de la Judicatura, ecargada de la ispecció y verificació del fucioamieto admiistrativo de los juzgados y cortes de apelacioes de la República y del persoal a su cargo. El titular de la Ispectoría Geeral de los Órgaos Jurisdiccioales debe cumplir co los mismos requisitos exigidos para ser miembro del Cosejo de la Judicatura y durará el mismo tiempo que los Cosejeros 115. Nombramieto El Ispector Titular y el Ispector adjuto será ombrados por el Cogreso Nacioal de ua ómia de cico (5) itegrates para los cargos propuestos por el Cosejo de la Judicatura, los quiees tedrá idepedecia fucioal y admiistrativa 116. Objetivo de la Ispecció La labor de ispecció tiee por objeto la comprobació y el cotrol del fucioamieto de los servicios de la Admiistració de Justicia y del cumplimieto de los deberes del persoal judicial, idetificado sus respectivas carecias, debilidades y fortalezas, todo ello e aras de su mejoramieto 117. Se excluye de sus atribucioes la ispecció del ámbito y coteido de las resolucioes judiciales, cotra las cuales úicamete cabe los recursos procesales. Asimismo, la ispecció o puede compreder la privacidad de los jueces, es decir, el espacio de libertad cultural, social, religiosa y política de los mismos. La labor de ispecció tiee por objeto la comprobació y el cotrol del fucioamieto de los servicios de la Admiistració de Justicia y del cumplimieto de los deberes del persoal judicial, idetificado sus respectivas carecias, debilidades y fortalezas, todo ello e aras de su mejoramieto El Poder Judicial y la Política de Seguridad Pública A partir del año 2011 se viee observado ua reorgaizació istitucioal del Estado de Hoduras, que cocetra el poder público e materia de seguridad y defesa e el Presidete de la República, a partir de la creació delcosejo Nacioal de Defesa y Seguridad (CNDS) 119, cuya fialidad legal es la de diseñar, rectorar y supervisar las políticas geerales e seguridad, defesa acioal e iteligecia Art. 23 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 116 Art. 23 de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 117 Art. 24de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 118 Art. 24de la Ley del Cosejo de la Judicatura y la Carrera Judicial. 119 Este órgao lo cotempla el art. 287 de la CR y está detro del capítulo X (De la Defesa Nacioal), pero esta orma o describe e qué cosistirá. Se le dio operatividad e 2011, véase: Ley Especial del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad, Decreto de fecha 08 de diciembre de 2011, publicado e el Diario La Gaceta úm. 32,692, del 12 de diciembre de 2011 vigete a partir de 12 de diciembre de Art. 5 de la Ley Especial del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad. 27

28 Edy Alexader Tábora INDEPENDENCIA JUDICIAL EN HONDURAS? Está coformado por: el Presidete de la República (quie lo preside); so sus subordiados los Secretarios de Defesa y Seguridad (todos ejecutores de la admiistració pública); el presidete de la Corte Suprema de Justicia (el presidete de este poder cocetra fucioes tato jurisdiccioales como admiistrativas del Poder Judicial; poder ecargado de cotrolar la icostitucioalidad de las leyes, los actos ilegales de la admiistració pública y juzgar los delitos); el presidete del Cogreso Nacioal (el presidete de este poder tiee la exclusividad de la ageda legislativa de acuerdo co su Ley Orgáica) 121, y el Fiscal Geeral de la República (represetate de los itereses de la sociedad co varias fucioes etre ellas la persecució del delito de acció pública, la vigilacia del respeto a la Costitució de la República) 122. La existecia del CNDS, poe e duda el pricipio de idepedecia y separació de poderes que forma parte del Estado de Derecho e Hoduras al meos ormativamete desde Todas estas istitucioes que coforma el Cosejo, posee competecias separadas para mateer u equilibrio de poder, que garatiza los cotrapesos istitucioales, pero que, co la creació del CNDS, se elimia. Ya que e las decisioes participa todos, esto implica igua decisió que se tome e el seo de este orgaismo pueda ser objeto de u verdadero cotrol democrático, auque se presete las solicitudes respectivas, como ser la icostitucioalidad de ua ley (todas la leyes relacioadas co seguridad y defesa e estos años se diseña e el CNDS), o recurrir e amparo frete a ua resolució del Cosejo, porque el Presidete de la CSJ forma parte. Por otro lado, o se puede ivestigar ua acció delictiva pues el Fiscal Geeral itegra el Cosejo. Tampoco es posible que ua iiciativa o proyecto de ley, co el objetivo de derogar ua ley o ormas que haya sido promovida desde el CNDS y que sea cotrarias a los derechos fudametales, sea discutida por la cámara legislativa, ya que el presidete del Cogreso maeja discrecioalmete la ageda legislativa. Orgaigrama No. 12. Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad Fuete: Elaboració propia de acuerdo co la Ley del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad. La CIDH, ha expresado que e el ámbito de la dimesió istitucioal, la Comisió ha etedido que correspode aalizar el grado de idepedecia que debe guardar la istitució respecto de otros poderes públicos como sistema, de tal maera que exista garatías suficietes que permita que la istitució o etidad de justicia o sea sometida a abusos o restriccioes idebidas por parte de otros poderes o istitucioes del Estado. Respecto de esta faceta de la idepedecia el Comité de Derechos Humaos de las Nacioes Uidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situació e que las fucioes y competecias del poder judicial y del poder ejecutivo 121 Véase: art. 22 de la Ley Orgáica del Poder Legislativo, de fecha 20 de eero de 2014, publicado e el Diario La Gaceta úm. 33,335 de fecha 22 de eero de 2014, vigete a partir de 22 de eero de Art. 1 de la Ley Especial del Cosejo Nacioal de Defesa y Seguridad. 123 Art. 4 de la Costitució de la República. 28

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