ESCUELA PARTICULAR WALT DISNEY N 92 . REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA PARTICULAR N 92 WALT DISNEY RBD:

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1 . REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ESCUELA BASICA PARTICULAR N 92 WALT DISNEY IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO: Nombre: Escuela N 92 Walt Disney Decreto cooperador:2542/1967 Rol Base de Datos (RBD) : Ubicación: Colon N 6704 La Cisterna Santiago Región Metropolitana. Introducción Asuntos Generales La Dirección del colegio en conjunto con el Consejo de profesores ha elaborado el presente reglamento de Evaluación. El colegio está facultado para establecer todas las normas que estime conveniente, cautelando no contradecir los decretos, D.S.511/97,y su modificación descrita en D:S 107/2003,de Educación Básica. DEL ASPECTO PEDAGOGICO. Síntesis Proyecto Técnico Pedagógico La labor pedagógico tiene como objetivo fundamental, favorecer el encuentro del alumno(a) con el aprendizaje, como camino permanente y progresivo de humanización, de medio para comprenderse a sí mismo como también al mundo que lo rodea. Dando lo anterior, los docentes en la tarea educativa tenemos como marco de referencia permanente al gran desafío de una educación integral, que abarca los diversos planos de la personalidad de nuestros alumnos (as),favoreciendo el desarrollo de sus potencionalidades, por lo tanto, nos proponemos:

2 Favorecer un aprendizaje significativo, que facilite internalización progresiva de los contenidos. Buscar estrategias metodológicas que permitan atender a los diversos estilos de aprendizaje y a las diferencias individuales de los alumnos(as). LA EVALUACION DEL APRENDIZAJES EN EL CONTEXTO DE LA REFORMA EDUCACIONAL. La evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es crear condiciones para promover y desarrollar los aprendizajes. Por lo tanto, se la debe asumir como un proceso continuo de observación, monitoreo y medios para establecer juicios profesionales, sobre el estado de aprendizaje de los alumnos (as) ;el cual es inferido a partir de lo observado en los trabajos, desempeños, actuaciones e interacciones en las distintas instancias educativas. Condiciones Generales Respecto de la Evaluación 1. La evaluación no se puede desvincular de los procesos pedagógicos que se llevan a cabo y debe estar al ser al servicio del aprendizaje. 2. La evaluación debe ser utilizada en el momento de tomar decisiones pedagógicas. 3. Toda evaluación forma parte del proceso de aprendizaje. por lo tanto debe estar incorporada en las diferentes etapas de este; ya que permite la comparación 4. Una evaluación consciente y centrada en el aprendizaje es un seguimiento continuo que ofrece oportunidades para que todos los agentes conozcan como están avanzado. Busca apoyar, fortalecer y estimular el logro de las metas y, de este modo, puede ser usada con éxito para promover los aprendizajes. DISPOSICIONES O NORMAS GENERALES ART.1 El presente manual de procedimientos evaluativos de alumnos y alumnas de enseñanza Básica, se encuentra basado en los Decretos supremos 511/1997, refrendado en 107/2003,y en el marco curricular de Enseñanza Básica aprobado en el decreto supremo de Educación N 40.

3 ART.2: La Dirección del Establecimiento a propuesta del Consejo de Profesores establece un Reglamento de Evaluación sobre la base de las disposiciones del presente decreto. este Reglamento será comunicado oportunamente a todos los alumnos, padres y apoderados. DE LA EVALUACIÓN ART.3: El Reglamento de Evaluación del Establecimiento contiene: a) Estrategia para evaluar aprendizaje: - Pruebas orales y escritas - Examen final - Interrogaciones orales y escritas - Lista de cotejo - Tablas de aprendizaje - Escala de evaluación - Trabajos grupales e individuales ( de investigación,disertacion,foros,debates,portafolio,dramatización,etc) a) Forma de calificar e informar a los alumnos (as),padres y apoderados b1) Formas de calificar Evaluación Diagnostica: Sé realiza al iniciarse cada una de las faces del aprendizaje, y tiene la finalidad de proporcionar información sobre los conocimientos previos de los alumnos (as),para determinar el nivel en que se debe desarrollar los nuevos aprendizaje. Sus propósitos centrales son ubicar al alumno o alumna en el punto adecuado al iniciar el proceso de enseñanza-aprendizaje y establecer las causas básicas de las deficiencias del aprendizaje. Se calificará a partir de los conceptos L= Logrado o PL= Por Lograr. Evaluación Formativa: tiene una constante función de retroalimentación recalcando el carácter Educativo y orientador propio de la Evaluación.

4 La evaluación formativa está basada en los principios de: - Refuerzo, ejercicio y transferencia de los aprendizaje; Cumpliendo los siguientes propósitos: - Verificar el grado de dominio del aprendizaje y verificar los aspectos específicos en que no se han logrado los aprendizajes. Se calificará a partir de los conceptos L= logrado o PL Por Lograr Evaluación Acumulativo sumativa: Entrega evidencias acerca de la efectividad del proceso de enseñanza-aprendizaje al finalizar una unidad de aprendizaje, semestre o año escolar. Cumple el propósito de asignar calificaciones a fin de informar sobre el desarrollo de los aprendizajes. Para su aplicación se utilizará la escala numérica de 1.0 a 7.0 con un decimal, con una exigencia del 60% para nota 40. b 2) Formas de entrega de información Comunicación a los alumnos( as):se Informa a los alumnos y alumnas acerca de sus calificaciones mediante, la entrega e sus Evaluaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles. Comunicación a los Apoderados: Se informa a los padres y Apoderados a través de la entrega de notas bimestrales, y semestrales al Termino del año se promediaran los promedios finales del 1er y 2do Semestre b) Procedimiento para determinar situación final de los alumnos c) Disposiciones de evaluación diferenciada. La evaluación diferenciada consiste en un conjunto de procedimientos metodológicos e instancias evaluativos que permite atender estudiantes que tengan dificultades o permanentes, para desarrollar adecuadamente sus proceso de aprendizaje en los sectores del plan de estudio.

5 Los procedimientos metodológicos están referidos a la estrategia pedagógicas diferenciadas a las dificultades de aprendizaje que presenta el alumno(a). Los procedimientos evaluativos corresponden a instrumentos adecuados a las características de las dificultades de aprendizaje que presenta el estudiante. Los padres y/o apoderados son los responsables de solicitar la diferenciada para sus hijos, a través de una entrevista personal con el profesor jefe. La solicitud debe ser acompañada por los informes actualizados ( año lectivo en curso ) de los especialista que respalden dicha petición, los informes deben incluir: 1. Diagnóstico 2. Síntoma o limitaciones asociadas al diagnóstico 3. Implicancias para el proceso de aprendizaje 4. Sugerencias educativas (metodológicas y /o de evaluación ) La evaluación diferencial tendrá validez por un año, y en caso de mantenerse la situación podrá ser renovada a petición de los padres y/o apoderados acreditando los tratamientos de especialistas (internos y/o externos) llevados a cabo para intentar superarlas y/o los informes que establezcan que la dificultad continúa. Las solicitudes para evaluación diferenciada se recibirán hasta 30 de mayo del año electivo en curso y comenzarán a regir una vez aprobada. d) Mecanismos de revisión de procedimientos evaluativos Los diferentes instrumentos evaluativos aplicados por los docentes del Establecimiento, serán revisados antes de su aplicación por la Unidad Técnica Pedagógico. Este organismo guardara el ejemplar original de cada instrumento para archivarlo. e) Eximición de un subsector de Aprendizaje. F1)Los alumnos y (as) podrán acceder a la Eximición de un sector de aprendizaje a excepción de Lenguaje, Matemática y Religión, Para realizar este trámite anualmente el apoderado deberá presentar a la Dirección del Establecimiento una solicitud de Eximición adjuntando los documentos que la avalen.

6 Estos deberán ser emitidos por un especialista precisando las evaluaciones a las cuales fue sometido al alumno (a),así como el tratamiento que este debe seguir. El Director del Establecimiento en conjunto con la UTP, analizarán la solicitud para proceder a aceptarla o rechazarla, decisión que será comunicada al a apoderado F2) Obligaciones del alumno(a) eximido de un sector de aprendizaje. La eximición de un alumno (a) de un sector de aprendizaje, no lo libera de cumplir las siguientes obligaciones: Permanecer físicamente en el lugar en el que se desarrolla la clase del sector de aprendizaje. Eximido. Participar activamente en las clases del sector de aprendizaje eximido, de acuerdo a sus áreas descendidas. Presentar un comportamiento acorde con las normas establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar del Establecimiento, durante el desarrollo de las clases del sector eximido. f) Situaciones especiales de evaluación. G1) Ausencias al colegio por periodos de tiempo prolongados. Los apoderados de los alumnos y alumnas, que se encuentren en este caso, deberían presentar a la dirección n del Establecimiento la documentación que la avale. En el momento que el alumno(a) se reintegre al Colegio,la Unidad Técnico pedagógica, procederá a hacer Recalendarización de las actividades pendiente del alumno (a),proporcionándole los plazos necesarios para pueda regularizar su situación. Cuando las ausencias a clase sean por períodos prolongados y se encuentren debidamente justificadas, el estudiante podrá obtener su promedio semestral con el 60% de las notas requeridas.

7 ART 4. Los alumnos y alumnas serán evaluados en todos los sectores, asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio en forma semestral con el siguiente número mínimo de calificaciones. Sector con 2 horas 2 coeficiente 1+1 coeficiente Sector con 3 horas 3 coeficiente 1+1 coeficiente 2 = 4 Calificaciones 2 = 5 calificaciones Sector con 4 horas 4coeficiente 1+1 coeficiente 2 = 6 Calificaciones Sector con 5 horas 5 coeficiente 1+1 coeficiente Sector con horas 6 coeficiente 1+1 coeficiente 2 = 7 calificaciones 2 = 8 calificaciones

8 DE LAS EVALUACIONES ART 5. Los resultados de las evaluaciones, expresados como calificaciones de los alumnos(as) en cada una de los sectores asignaturas o actividades de aprendizajes para el fine de registrarlas al termino del año escolar se anotaran en una escala numérica de 1 a 7 hasta con un decimal. La calificación mínima de aprobación deberá ser un 4.0. La nota 1 deberá ser justificada en forma escrita, indicando los pasos previos realizados antes de la consignación de la nota. ART 6. Los objetivos fundamentales transversales se registrarán en un informe de desarrollo personal y social del alumnado (a) que se entregará a los padres y apoderados semestralmente. ART 7 La calificación obtenida por los alumnos (as) en el sector de aprendizaje de religión, no incidirá en su promoción y se califica en conceptos ( I,S,B,BM), sin embargo, ella igual es considerada en lis informes de nota, debido a la relevancia que tiene en la formación valórica de los alumnos y alumnas. DELA PROMOCIÓN ART 8 Para la promoción de los alumnos (as) enseñanza básica y media, se consideraran conjuntamente el logro de los objetivos de los sectores asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clase.

9 1. Respecto al logro de los objetivos Enseñanza Básica a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los sectores, asignatura o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. b) Serán promovidos los alumnos de los cursos de 2 a 3 años y de 4 a 8 año de enseñanza básica que hubieren aprobado un sector, asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 a superior,incluido el no aprobado. c) Igualmente serán promovidos los alumnos (as) de los cursos 2 a 3 año,y de 4 hasta 8 año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos sectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluido los no aprobado. d) No obstante lo señalado en los párrafos anteriores, la Dirección del Establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en varias evidencias del profesor (a) jefe del curso de los alumnos (as) afectados, no promover de 1 a 2 o de 3 a 4 año básico, aquellos alumnos as que presenten retraso significativo en lectura escritura y / o matemática, en relación, a los aprendizaje esperado en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizaje en el curso superior Además para adoptar tal medida el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno (a) y la constancia de haber informado oportunamente de su situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. Asimismo los alumnos (as) con necesidades educativas especiales integrados (as) a la educación regular, Considerado las educaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor (a) especialista. 2. Respecto a la asistencia - Serán promovidos todos los alumnos (as) de Enseñanza Básica y Enseñanza Madia, que hayan asistido, a lo menos al 85% de las clases, establecidas en calendario escolar anual. - La Dirección del establecimiento de que se trate podrá autorizarla promoción de alumnos (as) con porcentaje menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

10 ART 9 La Dirección del Establecimiento Educacional deberá resolver de las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos (as) de 1 a 8 año básico. La Dirección del Establecimiento resolverá los casos de los alumnos (as) que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un periodo determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos (as) de 1 a 8 básico deberán quedar resueltas dentro del periodo escolar correspondiente. ART 10 La situación final de promoción de los alumnos (as) deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso el establecimiento educacional entregara a cada alumno (a) un documento anual de estudios que indique los sectores y sub sectores de aprendizaje o asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. La Documentación de los estudiantes, no será retenida por el Establecimiento ART 11 Las actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignaran en cada curso las calificaciones finales en cada sector, asignatura o actividad de aprendizaje asistencia y situación final de los alumnos (as) y Cédula nacional de Identificación, fecha de nacimiento, sexo y comuna de residencia de cada uno de ellos, al reverso del acta el Rut del profesor. Las actas serán firmadas por todos los profesores de cada uno de los sectores de aprendizajes o plan de estudios que aplica el establecimiento Educacional. ART 12 Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente Reglamento, serán resueltas cuando corresponda por la Dirección del Establecimiento y Secretaria Regional Ministerial de Educación respectivas dentro de la esfera de su competencia.

11 DISPOCICIONES FINALES a) Calendarización de Evaluaciones Las fechas y contenidos de las evaluaciones, deberán ser comunicadas al alumno al inicio de cada unidad 1. Ausencia de alumnos (as) a pruebas calendarizadas En caso de que la ausencia de un alumno (a) a clases coincida con el día de una evaluación avisada con anterioridad o la entrega de un trabajo, el apoderado deberá justificar personalmente el mismo día o a mas tardar al día siguiente a la fecha de la rendición de la prueba o de entrega del trabajo.se entregara una colilla que el alumno (a) deberá presentar al profesor de la asignatura correspondiente. En caso de ausencia a una prueba, es responsabilidad del alumno (a) conversar con el profesor de asignatura y en conjunto fijar una nueva fecha para la evaluación.esta no debe exceder a una semana después de ingresada a clases. De no cumplirse con esta disposición el alumno (a) será evaluado al momento de reintegrarse al Colegio. Si la ausencia fue motivada por una enfermedad que se prolongó por más de 3 días, deberá presentar certificado médico en insectoría. El profesor del sector de aprendizaje deberá registrar en la hoja de observaciones el alumno (a) la inasistencia a la evaluación con el objeto de poder realizar un seguimiento de dicha situación. En el caso de que la ausencia se produzca en forma reiterada, el profesor deberá citar al apoderado.

12 2. Alumno (a) sorprendido copiando. El profesor del sector de aprendizaje deberá registrar la situación en la hoja de observaciones del libro de clase. El profesor de aprendizaje deberá aplicar una nueva evaluación al alumno (a) lo antes posible. El profesor del sector de aprendizaje deberá citar al apoderado para comunicarle la situación haciendo hincapié en la falta calórica grave que ha cometido su pupilo. 3. Postergación de pruebas Las evaluaciones no se postergarán a excepción de razones de fuerzas mayor 4. Alumno (a) que no entrega trabajo en plazo establecido. Si el alumno (a) no entrega un trabajo en el plazo establecido, deberá solicitar al profesor un nuevo plazo de entrega explicando las razones de dicho atraso. Si nuevamente el alumno no cumple con la entrega en el plazo dado el profesor del sector de aprendizaje, informara por escrito al apoderado y procederá a fijar una interrogación oral que abarque los mismos objetivos del trabajo. Dicha situación debe ser consignada en la hoja de vida del alumno (a) por el profesor del sector.

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