NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420

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1 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420 ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO PARA INFORMAR SOBRE LA COMPILACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA PROFORMA INCLUIDA EN UN FOLLETO Intrducción (Aplicable a ls infrmes de aseguramient cn fecha a partir del 31 de marz de 2013) CONTENIDO Apartad Alcance de esta NIEA Fecha de entrada en vigr... 9 Objetivs Definicines Requerimients NIEA Aceptación del encarg Planificación y realización del encarg Manifestacines escritas Frmación de la pinión Tip de pinión Preparación del infrme de aseguramient Guía de aplicación y tras antacines explicativas Alcance de esta NIEA... Finalidad de la infrmación financiera prfrma incluida en un fllet... Cmpilación de infrmación financiera prfrma... Naturaleza de un encarg de seguridad raznable... Definicines... Aceptación del encarg... Planificación y realización del encarg... Manifestacines escritas... Frmación de la pinión... Preparación del infrme de aseguramient... Anex: Ejempl de un infrme de un prfesinal ejerciente cn una pinión n mdificada (favrable) A1 A2 A3 A4 A5 A6 A7 A9 A10 A12 A13 A44 A45 A46 A50 A51 A57 La Nrma Internacinal de Encargs de Aseguramient (NIEA) 3420, Encargs de aseguramient para Infrmar sbre la Cmpilación de infrmación financiera prfrma incluida en un fllet debe interpretarse cnjuntamente cn el Prefaci de ls Prnunciamients Internacinales de Cntrl de Calidad, Auditría, Revisión, Encargs de aseguramient y Servicis Relacinads. NIEA

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3 Este dcument del Cnsej de Nrmas Internacinales de Auditría y Aseguramient (IAASB) publicad pr IFAC en lengua inglesa, ha sid traducid al españl pr el Institut de Censres Jurads de Cuentas de España, cn las aprtacines de la Federación Argentina de Cnsejs Prfesinales de Ciencias Ecnómicas y el Institut Mexican de Cntadres Públics, y se reprducen cn el permis de IFAC. El prces seguid para la traducción de este dcument ha sid cnsiderad pr IFAC y la traducción se ha llevad a cab de acuerd cn el dcument de plítica Plítica de Traducción y Reprducción de Nrmas publicadas pr la Federación Internacinal de Cntadres. El text aprbad de este dcument es el que ha sid publicad pr IFAC en lengua inglesa. Text en inglés pr la Federación Internacinal de Cntadres (IFAC). Tds ls derechs reservads. Text en españl 2015 pr la Federación Internacinal de Cntadres (IFAC). Tds ls derechs reservads. Fuente riginal: Handbk f Internatinal Quality Cntrl, Auditing, Review, Other Assurance, and Related Services Prnuncements 2013 Editin, Part I and II ISBN: NICC 1 36

4 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 Intrducción Alcance de esta NIEA 1. Esta Nrma Internacinal de Encargs de Aseguramient (NIEA) trata de ls encargs de seguridad raznable realizads pr un prfesinal ejerciente 1 cn el fin de infrmar sbre la cmpilación pr la parte respnsable 2 de infrmación financiera prfrma que se incluye en un fllet. Esta NIEA es aplicable cuand: dich infrme es requerid pr la ley del mercad de valres pr el reglament de la blsa ( dispsición legal reglamentaria aplicable ) en la jurisdicción en la que se emitirá el fllet dich infrme se cnsidere práctica generalmente aceptada en dicha jurisdicción. (Ref: Apartad A1) Naturaleza de la respnsabilidad del prfesinal ejerciente 2. En un encarg realizad de cnfrmidad cn esta NIEA, el prfesinal ejerciente n tiene respnsabilidad alguna de cmpilar la infrmación financiera prfrma para la entidad. Dicha respnsabilidad le incumbe a la parte respnsable. La única respnsabilidad del prfesinal ejerciente es infrmar sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada pr la parte respnsable, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. 3. Esta NIEA n trata de ls encargs distints a ls encargs de aseguramient en ls que la entidad cntrata al prfesinal ejerciente para cmpilar sus estads financiers histórics. Finalidad de la infrmación financiera prfrma incluida en un fllet 4. La finalidad de la infrmación financiera prfrma que se incluye en un fllet es únicamente mstrar el impact de un hech transacción significativ sbre infrmación financiera n ajustada de una entidad cm si el hech la transacción hubiese tenid lugar en una fecha anterir elegida para ls fines de la demstración. Est se cnsigue mediante la aplicación de ajustes prfrma a la infrmación financiera n ajustada. La infrmación financiera prfrma n presenta la situación financiera real de la entidad, ni sus resultads ecnómics, ni sus flujs de efectiv. (Ref: Apartads A2 A3) Cmpilación de infrmación financiera prfrma 5. La cmpilación de infrmación financiera prfrma implica la btención, clasificación, resumen y presentación de infrmación financiera pr la parte respnsable cn el fin de mstrar el impact de un hech transacción significativ sbre infrmación financiera n ajustada de la entidad cm si el hech la transacción hubiese tenid lugar en la fecha elegida. Este prces implica ls siguientes pass: identificación de la fuente de la infrmación financiera n ajustada que se utilizará para la cmpilación de infrmación financiera prfrma y extracción de la infrmación financiera n ajustada de dicha fuente; (Ref: Apartads A4 A5) aplicación de ls ajustes prfrma a la infrmación financiera n ajustada cn el fin para el que se presenta la infrmación financiera prfrma; y presentación de la infrmación financiera prfrma cn la crrespndiente infrmación a revelar. Naturaleza de un encarg de seguridad raznable 1 El términ prfesinal ejerciente se describe en la NIEA 3000, Encargs de Aseguramient distints de la auditría de la revisión de infrmación financiera histórica, apartad 1. 2 En el Marc Internacinal de ls Encargs de Aseguramient (el Marc de Aseguramient) se describe el significad del términ parte respnsable, apartads NIEA 3420

5 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO Un encarg de seguridad raznable cuy bjetiv es infrmar sbre la cmpilación de infrmación financiera implica la realización de ls prcedimients descrits en esta NIEA cn el fin de valrar si ls criteris aplicables utilizads pr la parte respnsable para la cmpilación de la infrmación financiera prfrma prprcinan una base raznable para la presentación de ls efects significativs directamente atribuibles al hech a la transacción, y la btención de evidencia adecuada y suficiente sbre si: (Ref: Apartad A6) Ls crrespndientes ajustes prfrma representan adecuadamente dichs criteris y La clumna prfrma resultante (ver apartad 11(c)) refleja la adecuada aplicación de dichs ajustes a la infrmación financiera n ajustada. También implica la evaluación de la presentación glbal de la infrmación financiera prfrma. El encarg n implica, sin embarg, la actualización re-emisión pr el prfesinal ejerciente de cualquier infrme u pinión sbre cualquier infrmación financiera histórica utilizada en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma, la realización de una auditría revisión de la infrmación financiera histórica utilizada en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. Relación cn trs prnunciamients prfesinales 7. En la realización de encargs de aseguramient distints de la auditría de la revisión de infrmación financiera histórica se requiere que el prfesinal ejerciente cumpla cn la NIEA La NIEA 3000 cntiene requerimients relativs a temas tales cm aceptación de encargs, planificación, evidencia y dcumentación que sn de aplicación a tds ls encargs de aseguramient, incluids ls encargs cnfrmes a la presente NIEA. Esta NIEA desarrlla la frma en la que la NIEA 3000 debe ser aplicada en un encarg de seguridad raznable para infrmar sbre la cmpilación de infrmación financiera prfrma incluida en un fllet. El Marc Internacinal de ls Encargs de aseguramient (el Marc de Aseguramient) que define y describe ls elements y bjetivs de un encarg de aseguramient, prprcina cntext para la cmprensión de esta NIEA y de la NIEA El cumplimient de la NIEA 3000 requiere, entre trs, que el prfesinal ejerciente: cumpla ls requerimients de independencia y demás requerimients del Códig de Ética para Prfesinales de la Cntabilidad del Cnsej Internacinal de Ética para Cntadres (Códig de Ética del IESBA); e implemente ls prcedimients de cntrl de calidad específicamente aplicables al encarg. 3. Fecha de entrada en vigr 9. Esta NIEA es aplicable a ls infrmes de aseguramient cn fecha a partir del 31 de marz de Objetivs 10. Ls bjetivs del prfesinal ejerciente sn: (a) la btención de una seguridad raznable sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada pr la parte respnsable, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables; e (b) emitir un infrme de cnfrmidad cn ls hallazgs del prfesinal ejerciente. Definicines 11. A efects de esta NIEA, ls siguientes términs tienen ls significads que figuran a cntinuación: 3 NIEA 3000, apartads 4 y 6. NICC 1 38

6 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 (a) Criteris aplicables Ls criteris empleads pr la parte respnsable en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. Ls criteris pueden haber sid establecids pr un rganism emisr de nrmas autrizad recncid pr dispsición legal reglamentaria. En el cas de que n existan criteris establecids, serán desarrllads pr la parte respnsable. (Ref: Apartads A7 A9) (b) Ajustes prfrma En relación cn infrmación financiera n ajustada, incluyen: (i) ajustes a la infrmación financiera n ajustada que muestran el impact de un hech transacción significativ ( hech transacción ) cm si el hech la transacción hubiese tenid lugar en una fecha anterir elegida para ls fines de la demstración y (ii) ajustes a infrmación financiera n ajustada necesaris para que la infrmación financiera prfrma sea cmpilada sbre una base cngruente cn el marc de infrmación financiera aplicable de la entidad a la que se refiere ( entidad ) y cn sus plíticas cntables dentr de dich marc. (Ref: Apartads A15-A16) Ls ajustes prfrma incluyen la infrmación financiera pertinente de un negci que ha sid será adquirid ( bjet de inversión ), de un negci que ha sid será vendid ( bjet de desinversión ), siempre que dicha infrmación sea utilizada en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma ( infrmación financiera del bjet de inversión desinversión ). (c) Infrmación financiera prfrma - Infrmación financiera que se muestra cnjuntamente cn ajustes cn el fin de mstrar el impact de un hech transacción sbre infrmación financiera n ajustada cm si el hech la transacción hubiese tenid lugar en una fecha anterir elegida para ls fines de la demstración. En esta NIEA se supne que la infrmación financiera prfrma se presenta en frmat de clumnas que muestran:(a) la infrmación financiera n ajustada; (b) ls ajustes prfrma; y (c) la clumna prfrma resultante. (Ref: Apartad A2) (d) Fllet Un dcument emitid en cumplimient de requerimients de dispsicines legales reglamentarias relativs a ls valres de una entidad en relación cn ls que se presupne que un tercer debe tmar una decisión de inversión. (e) Infrmación financiera publicada Infrmación financiera de la entidad de un bjet de inversión de desinversión que se hace pública. (f) Infrmación financiera n ajustada Infrmación financiera de la entidad a la que la parte respnsable aplica ajustes prfrma. (Ref: Apartads A4 A5) Requerimients NIEA El prfesinal ejerciente n indicará que ha cumplid cn esta NIEA salv si ha cumplid cn ls requerimients de esta NIEA y de la NIEA Aceptación del encarg 13. Antes de aceptar un encarg para infrmar sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables, el prfesinal ejerciente: (a) determinará que el prfesinal ejerciente tiene la capacidad y cmpetencia necesarias para llevar a cab el encarg; (Ref: Apartad A10) (b) sbre la base de un cncimient preliminar de las circunstancias del encarg y de una discusión cn la parte respnsable, determinará que ls criteris aplicables sn adecuads y que n es prbable que la infrmación financiera prfrma induzca a errr teniend en cuenta su finalidad; 39 NIEA 3420

7 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420 (c) evaluará la redacción de la pinión prescrita pr la dispsición legal reglamentaria aplicable, en su cas, cn el fin de determinar que es prbable que el prfesinal ejerciente pueda expresar la pinión prescrita basándse en la aplicación de ls prcedimients especificads en esta NIEA; (Ref: Apartads A54 A56) (d) cuand las fuentes de las que han sid extraídas la infrmación financiera n ajustada y la infrmación financiera de cualquier bjet de inversión de desinversión hayan sid auditadas revisadas y se haya expresad una pinión de auditría cnclusión de revisión mdificadas, el infrme cntenga un Párraf de Énfasis, cnsiderará si las dispsicines legales reglamentarias aplicables permiten la utilización de la pinión de auditría cnclusión de revisión mdificadas del infrme que cntiene el Párraf de Énfasis, que se haga referencia a ls misms en el infrme del prfesinal ejerciente; (e) si la infrmación financiera histórica de la entidad nunca ha sid auditada revisada, cnsiderará si el prfesinal ejerciente puede btener cncimient suficiente de la entidad y de sus prácticas cntables y de infrmación financiera para realizar el encarg; (Ref: Apartad A31) (f) si el hech transacción incluye una adquisición y la infrmación financiera histórica de la entidad adquirida nunca ha sid auditada revisada, cnsiderará si el prfesinal ejerciente puede btener cncimient suficiente de la entidad y de sus prácticas cntables y de infrmación financiera para realizar el encarg; y (g) btendrá el acuerd de la parte respnsable de que recnce y cmprende su respnsabilidad de: (Ref: Apartads A11 A12) (i) revelar y describir adecuadamente ls criteris aplicables, en el cas de que ésts n sean públics, a ls usuaris a quienes se destina el infrme; (ii) cmpilar la infrmación financiera prfrma sbre la base de ls criteris aplicables y (iii) prprcinar al prfesinal ejerciente: a. acces a tda la infrmación (incluid, cuand sea necesari para ls fines del encarg, infrmación del de ls bjetivs de inversión en el cas de una cmbinación de negcis), tales cm registrs, dcumentación y cualquier tr material que sea pertinente para la evaluación de si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables; b. infrmación adicinal que pueda slicitar el prfesinal ejerciente a la parte respnsable para ls fines del encarg; c. acces a las persnas pertenecientes a la entidad y a sus asesres de ls que el prfesinal ejerciente determine que resulta necesari btener evidencia en relación cn la evaluación de si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables y d. cuand sea necesari para ls fines del encarg, acces a tdas las persnas pertenecientes al bjet de inversión en el cas de una cmbinación de negcis. Planificación y realización del encarg Evaluación de la adecuación de ls criteris aplicables 14. El prfesinal ejerciente evaluará la adecuación de ls criteris aplicables, cm l requiere la NIEA y, en especial, determinará que incluyen, cm mínim que: 4 NIEA 3000, apartad 19 NICC 1 40

8 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 (a) la infrmación financiera n ajustada sea extraída de una fuente aprpiada; (Ref: Apartads A4 A5, A27) (b) ls ajustes prfrma sean: (i) directamente atribuibles al hech transacción; (Ref: Apartad A13) (ii) sprtads bjetivamente y (Ref: Apartad A14) (iii) cngruentes cn el marc de infrmación financiera aplicable de la entidad y cn sus plíticas cntables dentr de dich marc y (Ref: Apartads A15-A16) (c) se realice una presentación adecuada y se prprcinen revelacines para permitir a ls usuaris a quienes se destina la infrmación entender la infrmación transmitida. (Ref: Apartads A2 A3, A42) 15. Además, el prfesinal ejerciente evaluará si ls criteris aplicables: (a) sn cngruentes y n tienen cnflicts cn la ley ls reglaments aplicables y (b) n es prbable que tengan cm resultad infrmación financiera prfrma que induzca a errr. Materialidad imprtancia relativa 16. En la planificación y realización del encarg el prfesinal ejerciente tendrá en cuenta la materialidad en relación cn la evaluación de si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. (Ref: Apartads A17 A18) Obtención de cncimient del md en que la parte respnsable ha cmpilad la infrmación financiera prfrma y de tras circunstancias del encarg. 17. El prfesinal ejerciente btendrá cncimient de: (Ref: Apartad A19) (a) el hech transacción en relación cn el que se ha cmpilad la infrmación financiera prfrma; (b) el md en que la parte respnsable ha cmpilad la infrmación financiera prfrma; (Ref: Apartads A20 A21) (c) la naturaleza de la entidad y de cualquier bjet de inversión desinversión, incluid: (Ref: Apartads A22 A23) (i) sus peracines; (ii) sus activs y pasivs y (iii) la frma en la que están estructurads y la manera en que se financian; (d) ls factres sectriales, legales y reglamentaris y trs factres externs relativs a la entidad y a cualquier bjet de inversión de desinversión; (Ref: Apartads A24 A26) (e) el marc de infrmación financiera aplicable y las prácticas cntables y de infrmación financiera de la entidad y de cualquier bjet de inversión de desinversión, incluida su selección y aplicación de plíticas cntables. Obtención de evidencia sbre si la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada fue adecuada 41 NIEA 3420

9 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO El prfesinal ejerciente btendrá evidencia sbre si se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada de una fuente adecuada. (Ref: Apartads A27 A28) 19. Si n existe un infrme de auditría de revisión de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada, el prfesinal ejerciente aplicará prcedimients para satisfacerse de que la fuente es adecuada. (Ref: Apartads A29 A31) 20. El prfesinal ejerciente determinará si la parte respnsable ha extraíd la infrmación financiera n ajustada de esa fuente de manera aprpiada. Obtención de evidencia sbre l adecuad de ls ajustes prfrma 21. En la evaluación de la adecuación de ls ajustes prfrma, el prfesinal ejerciente determinará si la parte respnsable ha identificad ls ajustes prfrma necesaris para mstrar el impact del hech transacción en la fecha durante el perid de la demstración. (Ref: Apartad A32) 22. En la determinación de si ls ajustes prfrma cncuerdan cn ls criteris aplicables, el prfesinal ejerciente determinará si sn: (a) Directamente atribuibles al hech transacción; (Ref: Apartad A13) (b) sprtads bjetivamente. Si se incluye infrmación financiera de bjetivs de inversión de desinversión en ls ajustes prfrma y si n existe un infrme de auditría de revisión de la fuente de la que se ha extraíd dicha infrmación financiera, el prfesinal ejerciente aplicará prcedimients para satisfacerse de que la infrmación financiera está sprtada bjetivamente y (Ref: Apartads A14, A33 A38) (c) cngruentes cn el marc de infrmación financiera aplicable de la entidad y cn sus plíticas cntables dentr de dich marc. (Ref: Apartads A15-A16) Opinión de auditría cnclusión de revisión mdificadas, párraf de énfasis, cn respect a la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera del bjet de inversión de desinversión 23. Es psible que se haya expresad una pinión de auditría cnclusión de revisión mdificadas tant cn respect a la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada cm a la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera del bjet de inversión de desinversión, que se haya emitid un infrme que cntiene un párraf de énfasis cn respect a dicha fuente. En tales circunstancias, si la dispsición legal reglamentaria aplicable n prhíbe la utilización de tal fuente, el prfesinal ejerciente evaluará: (a) la cnsecuencia ptencial sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables; (Ref: Apartad A39) (b) la actuación adicinal adecuada que se debe realizar y (Ref: Apartad A40) (c) si hay algún efect sbre la capacidad del prfesinal ejerciente de infrmar de cnfrmidad cn ls términs del encarg, incluid cualquier efect sbre el infrme del prfesinal ejerciente. Fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada ajustes prfrma n adecuads 24. En el cas de que, basándse en ls prcedimients aplicads, el prfesinal ejerciente identifique que la parte respnsable ha: (a) utilizad una fuente inaprpiada para extraer la infrmación financiera n ajustada u NICC 1 42

10 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 (b) mitid un ajuste prfrma que debiera haber sid incluid, aplicad un ajuste prfrma que n es cnfrme a ls criteris aplicables aplicad inadecuadamente de algún tr md un ajuste prfrma, el prfesinal ejerciente discutirá la cuestión cn la parte respnsable. Si el prfesinal ejerciente n puede acrdar cn la parte respnsable el md en que debería reslverse la cuestión, el prfesinal ejerciente evaluará la actuación psterir que debe realizar. (Ref: Apartad A40) Obtención de evidencia sbre ls cálculs implícits en la infrmación financiera prfrma 25. El prfesinal ejerciente determinará si ls cálculs implícits en la infrmación financiera prfrma sn aritméticamente crrects. Evaluación de la presentación de la infrmación financiera prfrma 26. El prfesinal ejerciente evaluará la presentación de la infrmación financiera prfrma. Est incluirá la cnsideración de: (a) la presentación glbal y la estructura de la infrmación financiera prfrma, incluid si está claramente descrita para pder ser diferenciada de la infrmación financiera histórica u tra; (Ref: Apartads A2 A3) (b) si la infrmación financiera prfrma y las ntas explicativas muestran el impact del hech de la transacción de un md que n induce a errr; (Ref: Apartad A41) (c) si se prprcinan revelacines adecuadas para permitir a ls usuaris a quienes se destina la infrmación financiera prfrma entender la infrmación transmitida y (Ref: Apartad A42) (d) si el prfesinal ejerciente cnce cualquier hech significativ psterir a la fecha de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada al que sea necesari hacer referencia revelar en la infrmación financiera prfrma. (Ref: Apartad A43) 27. El prfesinal ejerciente estudiará el rest de la infrmación incluida en el fllet que cntiene la infrmación financiera prfrma cn el fin de identificar, en su cas, incngruencias materiales cn la infrmación financiera prfrma. En el cas de que, al estudiar la tra infrmación, el prfesinal ejerciente identificara una incngruencia material detectara una incrrección material en dicha tra infrmación, el prfesinal ejerciente discutirá la cuestión cn la parte respnsable. Si resulta necesari crregir la cuestión y la parte respnsable rehúsa hacerl, el prfesinal ejerciente tmará las medidas adicinales aprpiadas. (Ref: Apartad A44) Manifestacines escritas 28. El prfesinal ejerciente btendrá de la parte respnsable manifestacines escritas de que: (a) en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma, la parte respnsable ha identificad tds ls ajustes prfrma necesaris para mstrar el impact del hech transacción en la fecha durante el perid de la demstración y (Ref: Apartad A45) (b) la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. Frmación de la pinión 29. El prfesinal ejerciente se frmará una pinión sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. (Ref: Apartads A46 A48) 43 NIEA 3420

11 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO Cn el fin de frmarse esa pinión, el prfesinal ejerciente cncluirá si el prfesinal ejerciente ha btenid evidencia adecuada y suficiente sbre si la cmpilación de la infrmación financiera prfrma está libre de misines materiales de un us aplicación inadecuads de un ajuste prfrma. Esa cnclusión incluirá una evaluación de si la parte respnsable ha revelad y descrit adecuadamente ls criteris aplicables en el cas de que ésts n se encuentren dispnibles públicamente. (Ref: Apartads A49 A50) Tip de pinión Opinión n mdificada (favrable) 31. El prfesinal ejerciente expresará una pinión n mdificada (favrable) cuand el prfesinal ejerciente cncluya que la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada pr la parte respnsable, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. Opinión mdificada 32. En muchas jurisdiccines, las dispsicines legales reglamentarias aplicables prhíben la publicación de un fllet que cntenga una pinión mdificada sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. Cuand este sea el cas y el prfesinal ejerciente cncluya que una pinión mdificada es n bstante aprpiada de cnfrmidad cn la NIEA 3000, el prfesinal ejerciente discutirá la cuestión cn la parte respnsable. Si la parte respnsable rehúsa realizar ls cambis necesaris, el prfesinal ejerciente: (a) retendrá el infrme; (b) renunciará al encarg (c) cnsiderará btener asesramient legal. 33. En algunas jurisdiccines, las dispsicines legales reglamentarias aplicables pueden n prhibir la publicación de un fllet que cntenga una pinión mdificada sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. En estas jurisdiccines, si el prfesinal ejerciente determina que es aprpiada una pinión mdificada de cnfrmidad cn la NIEA 3000, el prfesinal ejerciente aplicará ls requerimients de la NIEA relativs a las pinines mdificadas. Párraf de énfasis 34. En algunas circunstancias, el prfesinal ejerciente puede cnsiderar necesari llamar la atención del usuari sbre una cuestión presentada revelada en la infrmación financiera prfrma en las ntas explicativas. Este sería el cas cuand, en pinión del prfesinal ejerciente, la cuestión es de tal imprtancia que resulta fundamental para que el usuari entienda si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. En esas circunstancias, el prfesinal ejerciente incluirá un párraf de énfasis en su infrme, siempre que el prfesinal ejerciente haya btenid evidencia adecuada y suficiente de que la cuestión n afecta al hech de que la infrmación financiera prfrma haya sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables. Ese párraf se referirá únicamente a infrmación presentada revelada en la infrmación financiera prfrma en las ntas explicativas. Preparación del infrme de aseguramient 35. El infrme del prfesinal ejerciente incluirá ls elements básics que se detallan a cntinuación: (Ref: Apartad A57) 5 NIEA 3000, apartads 51 y -52. NICC 1 44

12 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 (a) un títul que indique claramente que se trata de un infrme de aseguramient independiente; (Ref: Apartad A51) (b) un varis destinataris, cm se acuerde en ls términs del encarg; (Ref: Apartad A52) (c) párrafs intrductris que identifiquen: (Ref: Apartad A53) (i) la infrmación financiera prfrma; (ii) la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada y si se han publicad n un infrme de auditría de revisión sbre dicha fuente; (iii) el perid cubiert pr la infrmación financiera prfrma la fecha de la misma y (iv) una referencia a ls criteris aplicables sbre cuya base la parte respnsable ha realizad la cmpilación de la infrmación financiera prfrma, y la fuente de ls criteris. (d) una declaración de que la parte respnsable es respnsable de la cmpilación de la infrmación financiera prfrma sbre la base de ls criteris aplicables; (e) una descripción de las respnsabilidades del prfesinal ejerciente, incluidas declaracines de que: (i) la respnsabilidad del prfesinal ejerciente es expresar una pinión sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, pr la parte respnsable sbre la base de ls criteris aplicables; (ii) a ls fines de este encarg el prfesinal ejerciente n tiene la respnsabilidad de actualizar vlver a emitir cualquier infrme u pinión sbre cualquier infrmación financiera histórica utilizada en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma, y el prfesinal ejerciente, en el curs de este encarg, tampc ha realizad una auditría revisión de la infrmación financiera histórica utilizada en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma; y de que (iii) la finalidad de la infrmación financiera prfrma que se incluye en un fllet es únicamente mstrar el impact de un hech transacción significativ sbre infrmación financiera n ajustada de una entidad cm si el hech la transacción hubiese tenid lugar en una fecha anterir elegida para ls fines de la demstración. En cnsecuencia, el prfesinal ejerciente n prprcina ninguna seguridad de que el resultad real del hech de la transacción a dicha fecha hubiese sid el que se muestra; (f) una declaración de que el encarg se ha realizad de cnfrmidad cn la NIEA 3420, Encargs de aseguramient para infrmar sbre la cmpilación de infrmación financiera prfrma incluida en un fllet, que requiere que el prfesinal ejerciente cumpla ls requerimients de ética y planifique y aplique prcedimients cn el fin de btener una seguridad raznable sbre si la parte respnsable ha cmpilad, en tds ls aspects materiales, la infrmación financiera prfrma sbre la base de ls criteris aplicables; (g) declaracines de que: (i) Un encarg de seguridad raznable, cuy fin es infrmar sbre la si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables, implica la aplicación de prcedimients para valrar si ls criteris aplicables utilizads pr la parte respnsable en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma prprcinan una base raznable para la presentación de ls efects significativs directamente atribuibles al hech a la transacción, y la btención de evidencia adecuada y suficiente sbre si: ls crrespndientes ajustes prfrma representan adecuadamente dichs criteris y 45 NIEA 3420

13 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420 la infrmación financiera prfrma refleja la adecuada aplicación de dichs ajustes a la infrmación financiera n ajustada; (ii) ls prcedimients elegids dependen del juici del prfesinal ejerciente, teniend en cuenta el cncimient que tiene el prfesinal ejerciente de la naturaleza de la entidad, del hech transacción cn respect al cual ha sid cmpilada la infrmación financiera prfrma, y tras circunstancias relevantes del encarg y (iii) el encarg también implica la evaluación de la presentación glbal de la infrmación financiera prfrma. (h) Salv si la dispsición legal reglamentaria requiere tra csa, la pinión del prfesinal ejerciente utilizand una de las frases que figuran a cntinuación, que se cnsideran equivalentes: (Ref: Apartads A54 A56) (i) la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de [ls criteris aplicables] (ii) la infrmación financiera prfrma ha sid adecuadamente cmpilada, sbre la base indicada; (i) la firma del prfesinal ejerciente; (j) la fecha del infrme y (k) la lcalidad de la jurisdicción en la que ejerce el prfesinal ejerciente. *** Guía de aplicación y tras antacines explicativas Alcance de esta NIEA (Ref: Apartad 1) A1. Esta nrma n trata las circunstancias en las que la infrmación financiera prfrma se prprcina cm parte de ls estads financiers de la entidad cm resultad de ls requerimients de un marc de infrmación financiera aplicable. Finalidad de la infrmación financiera prfrma incluida en un fllet (Ref: Apartads 4, 11(c), 14(c), 26(a)) A2. La infrmación financiera prfrma se acmpaña de ntas explicativas que a menud revelan las cuestines expuestas en el apartad A42. A3. Pueden incluirse en el fllet diferentes presentacines de infrmación financiera prfrma dependiend de la naturaleza del hech de la transacción y del md en que la parte respnsable pretende ilustrar el impact de dich hech transacción en la infrmación financiera n ajustada de la entidad. Pr ejempl, es psible que la entidad adquiera alguns negcis antes de una ferta pública de venta. En estas circunstancias, la parte respnsable puede elegir presentar un estad de patrimni net prfrma cn el fin de mstrar el impact de las adquisicines sbre la situación financiera de la entidad y sbre ratis clave tales cm el endeudamient, cm si ls negcis adquirids se hubiesen cmbinad cn la entidad en una fecha anterir. La parte respnsable también puede elegir presentar un estad de resultads prfrma cn el fin de mstrar cuál hubiese pdid ser el resultad de expltación para el perid terminad en dicha fecha. En ess cass, la naturaleza de la infrmación financiera prfrma puede describirse cn títuls cm Estad de patrimni net prfrma a 31 de diciembre de 20X1 y "Estad de resultads prfrma para el ejercici finalizad el 31 de diciembre de 20X1. Cmpilación de infrmación financiera prfrma NICC 1 46

14 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 Infrmación Financiera n ajustada (Ref: Apartads 5, 11(f), 14(a)) A4. En muchs cass, la fuente de la cual se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada es infrmación financiera pública tal cm estads financiers anuales intermedis. A5. Dependiend del md en que la parte respnsable elija mstrar el impact del hech de la transacción, la infrmación financiera n ajustada puede incluir: un más estads financiers sls, cm un estad de situación financiera un estad de resultads glbal; infrmación financiera adecuadamente resumida a partir de un cnjunt cmplet de estads financiers, pr ejempl, un estad de patrimni.net. Naturaleza de un encarg de seguridad raznable (Ref: Apartad 6) A6. En esta NIEA, la descripción de que la infrmación financiera prfrma se ha cmpilad adecuadamente significa que la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, pr la parte respnsable sbre la base de ls criteris aplicables. Definicines Criteris aplicables (Ref: Apartad 11(a)) A7. Cuand n existan criteris establecids para la cmpilación de la infrmación financiera prfrma, la parte respnsable habrá desarrllad ls criteris sbre la base, pr ejempl, de la práctica en un determinad sectr de ls criteris en una jurisdicción que tenga criteris establecids, y ha revelad dich hech. A8. Ls criteris aplicables para la cmpilación de la infrmación financiera prfrma serán adecuads en las circunstancias si cumplen ls parámetrs expuests en el apartad 14. A9. Las ntas explicativas pueden incluir detalles adicinales acerca de ls criteris cn el fin de describir el md en que ilustran ls efects del hech transacción de que se trata. Est puede incluir, pr ejempl: La fecha en la que se supne que ha tenid lugar el hech se ha realizad la transacción. El enfque que se ha utilizad para distribuir ls ingress, ls gasts generales, ls activs y pasivs entre ls negcis invlucrads en cas de una desinversión. Aceptación del encarg Capacidad y cmpetencia para realizar el encarg (Ref: Apartad 13(a)) A10. El Códig de Ética del IESBA requiere que el prfesinal ejerciente mantenga cncimients y aptitudes prfesinales, incluids la actualización y cncimient de ls crrespndientes desarrlls técnics, prfesinales y empresariales, cn el fin de prprcinar un servici prfesinal cmpetente. 6 En el cntext de este requerimient del Códig de Ética del IESBA, la capacidad y cmpetencias necesarias para la realización del encarg también incluyen cuestines cm las siguientes: cncimient y experiencia del sectr en el que pera la entidad; cncimient de las dispsicines legales y reglamentarias del mercad de valres y ls desarrlls relacinads; 6 Códig de Ética del IESBA, apartads 130,1 y -130,3. 47 NIEA 3420

15 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420 cncimient de ls requerimients de ctización de ls mercads de valres crrespndientes y de las transaccines del mercad de valres tales cm fusines, adquisicines y fertas de valres; familiaridad cn el prces de preparación de un fllet y de clcación de valres en el mercad y cncimient de ls marcs de infrmación financiera utilizads en la preparación de las fuentes de las que se han extraíd la infrmación financiera n ajustada y, en su cas, la infrmación financiera de ls bjetivs de inversión. Respnsabilidades de la parte respnsable (Ref: Apartad 13(g)) A11. Un encarg de cnfrmidad cn esta NIEA se realiza baj la premisa de que la parte respnsable ha cnfirmad y cmprende que tiene las respnsabilidades enumeradas en el apartad 13 (g). En algunas jurisdiccines estas respnsabilidades pueden estar especificadas en la dispsición legal reglamentaria aplicable. En tras, puede haber pca ninguna definición legal reglamentaria de estas respnsabilidades. Un encarg de aseguramient para infrmar sbre si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables se basa en la hipótesis de que: (a) el papel del prfesinal ejerciente n implica respnsabilizarse de la cmpilación de esa infrmación y (b) el prfesinal ejerciente tiene expectativas raznables de btener la infrmación necesaria para el encarg. En cnsecuencia, esta premisa es fundamental para la realización del encarg. Cn el fin de evitar malentendids, se alcanza un acuerd cn la parte respnsable de que cnfirma y cmprende que tiene esas respnsabilidades cm parte del acuerd y registr de ls términs del encarg de cnfrmidad cn la NIEA A12. Si las dispsicines legales reglamentarias prescriben de frma suficientemente detallada ls términs del encarg, el prfesinal ejerciente sól tendrá que hacer cnstar el hech de que dichas dispsicines sn aplicables y de que la parte respnsable recnce y cmprende sus respnsabilidades enumeradas en el apartad 13 (g) Planificación y realización del encarg Evaluación de la adecuación de ls criteris aplicables Ajustes directamente atribuibles (Ref: Apartads 14(b)(i), 22(a)) A13. Es necesari que ls ajustes prfrma sean directamente atribuibles al hech transacción cn el fin de evitar que la infrmación financiera prfrma refleje cuestines que n surjan slamente cm resultad del hech que n sean una parte integral de la transacción. Ls ajustes directamente atribuibles excluyen aquells que se relacinan cn hechs futurs que dependen de actuacines que deben realizarse una vez que se ha cmpletad la transacción, inclus si dichas actuacines sn clave para que la entidad emprenda la transacción (pr ejempl, el cierre de sitis de prducción redundantes después de una adquisición). Ajustes sprtads bjetivamente (Ref: Apartads 14(b)(ii), 22(b)) A14. También es necesari que ls ajustes prfrma puedan ser sprtads bjetivamente cn el fin de prprcinar una base fiable para la infrmación financiera prfrma. Ls ajustes sprtads bjetivamente sn susceptibles de determinación bjetiva. Las fuentes de sprte bjet de ls ajustes prfrma incluyen, pr ejempl: Acuerds de cmpra y venta. Dcuments de financiación del hech transacción, cm acuerds de préstam. 7 NIEA 3000, apartad 10 NICC 1 48

16 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 Infrmes de tasación independiente. Otrs dcuments relacinads cn el hech transacción. Estads financiers publicads. Otra infrmación financiera revelada en el fllet. Actuacines legales reglamentarias relacinadas, cm en el área fiscal. Acuerds de emple. Actuacines de ls respnsables del gbiern de la entidad. Ajustes cngruentes cn el marc de infrmación financiera aplicable de la entidad y cn sus plíticas cntables dentr de dich marc (Ref: Apartads 11(b)(ii), 14(b)(iii), 22(c)) A15. Para que la infrmación financiera prfrma tenga sentid, es necesari que ls ajustes prfrma sean cngruentes cn el marc de infrmación financiera aplicable de la entidad y cn sus plíticas cntables dentr de dich marc. En el cntext de una cmbinación de negcis, pr ejempl, la cmpilación de la infrmación financiera prfrma sbre la base de ls criteris aplicables implica la cnsideración de cuestines cm: si existen diferencias entre las plíticas cntables del bjet de inversión y las de la entidad y si las plíticas cntables para transaccines realizadas pr el bjet de inversión que la entidad n ha realizad anterirmente sn plíticas que la entidad hubiese adptad para dichas transaccines dentr de su marc de infrmación financiera aplicable, teniend en cuenta las circunstancias específicas de la entidad. A16. En algunas circunstancias puede también ser necesaria la cnsideración de l adecuad de las plíticas cntables de la entidad. Pr ejempl, cm parte del hech de la transacción, es psible que la entidad prpnga emitir pr primera vez instruments financiers cmplejs. Si este es el cas, puede ser necesari cnsiderar: si la parte respnsable ha seleccinad plíticas cntables adecuadas para ser utilizadas en la cntabilización de ess instruments financiers dentr de su marc de infrmación financiera aplicable y si ha aplicad adecuadamente esas plíticas en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. Materialidad imprtancia relativa (Ref: Apartad 16) A17. La materialidad cn respect a si la infrmación financiera prfrma ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables n depende de una medida cuantitativa única. Pr el cntrari, depende de la magnitud y naturaleza de la misión de la inadecuada aplicación de un element de la cmpilación cm se describe en el apartad A18, sea n intencinal. El juici sbre ests aspects de magnitud y naturaleza dependerá a su vez de cuestines tales cm: el cntext del hech transacción; el prpósit para el que se ha cmpilad la infrmación financiera prfrma y las circunstancias relacinadas cn el encarg. El factr determinante pdría ser la magnitud la naturaleza de la cuestión una cmbinación de ambs. 49 NIEA 3420

17 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420 A18. El riesg de que se cnsidere que la infrmación financiera prfrma n ha sid cmpilada, en tds ls aspects materiales, sbre la base de ls criteris aplicables puede surgir cuand hay evidencia, pr ejempl: De la utilización de una fuente inadecuada para extraer la infrmación financiera n ajustada. De la extracción incrrecta de la infrmación financiera n ajustada de una fuente adecuada. En relación cn ls ajustes, la n aplicación de plíticas cntables de que ls ajustes n sean cngruentes cn las plíticas cntables de la entidad. De n haber realizad un ajuste requerid pr ls criteris aplicables. De la realización de un ajuste que n es cnfrme a ls criteris aplicables. De un errr matemátic aritmétic en ls cálculs cntenids en la infrmación financiera prfrma. De revelacines inadecuadas, incrrectas u mitidas. Obtención de cncimient del md en que la parte respnsable ha cmpilad la infrmación financiera prfrma y de tras circunstancias del encarg.(ref: Apartad 17) A19. El prfesinal ejerciente puede btener este cncimient mediante una cmbinación de prcedimients cm: Realizar indagacines ante la parte respnsable y a tr persnal de la entidad invlucrads en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. Realizar indagacines ante tras partes aprpiadas cm ls respnsables del gbiern de la entidad y ls asesres de la entidad. Estudiand la dcumentación sprte relevante cm cntrats acuerds. Estudiand actas de las reunines de ls respnsables del gbiern de la entidad. El md en que la parte respnsable ha cmpilad la infrmación financiera prfrma (Ref: Apartad 17(b)) A20. El prfesinal ejerciente puede btener cncimient del md en que la parte respnsable ha cmpilad la infrmación financiera prfrma cnsiderand, pr ejempl: La fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada. Ls pass seguids pr la parte respnsable para: Extraer la infrmación financiera n ajustada de la fuente. Identificar ls ajustes prfrma adecuads, pr ejempl, el md en que la parte respnsable ha btenid infrmación financiera del bjet de inversión en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. La capacidad de la parte respnsable para la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. La naturaleza y extensión de la supervisión de la parte respnsable del tr persnal de la entidad invlucrad en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma. El enfque de la parte respnsable en la identificación de las revelacines adecuadas para sprtar la infrmación financiera prfrma. NICC 1 50

18 NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD 1 A21. En una cmbinación de negcis en una desinversión, las áreas que pueden intrducir cmplejidad en la cmpilación de la infrmación financiera prfrma incluyen la imputación de ingress, de gasts generales y de activs y pasivs a entre ls negcis implicads. En cnsecuencia, es imprtante que el prfesinal ejerciente cmprenda el enfque de la parte respnsable y ls criteris para esas imputacines y que las ntas explicativas que acmpañan a la infrmación financiera prfrma revelen estas cuestines. Naturaleza de la entidad y de cualquier bjet de inversión desinversión (Ref: Apartad 17(c)) A22. Un bjet de inversión puede ser una entidad jurídica una actividad sin persnalidad jurídica identificable pr separad dentr de tra entidad cm una división, sucursal línea de negci. Un bjet de desinversión puede ser una entidad jurídica cm una filial un negci cnjunt una actividad sin persnalidad jurídica identificable pr separad dentr de la entidad cm una división, sucursal línea de negci. A23. El prfesinal ejerciente puede dispner de td parte del cncimient necesari de la entidad de cualquier bjet de inversión desinversión y de sus respectivs entrns, si el prfesinal ejerciente ha auditad revisad su infrmación financiera. Factres sectriales, legales y reglamentaris y trs factres externs (Ref: Apartad 17(d)) A24. Ls factres sectriales relevantes incluyen las cndicines del sectr cm el entrn cmpetitiv, las relacines cn prveedres y clientes y ls desarrlls tecnlógics. Ejempls de cuestines que puede cnsiderar el prfesinal ejerciente incluyen: El mercad y la cmpetencia, incluida la demanda, capacidad y cmpetencia en cuestión de precis. Prácticas de negcis habituales dentr del sectr. Actividad cíclica estacinal. Tecnlgía de prducts relacinada cn ls prducts de la entidad. A25. Ls factres legales y reglamentaris incluyen el entrn legal y reglamentari. Est incluye, entre trs, el marc de infrmación financiera aplicable de cnfrmidad cn el que la entidad, en su cas, el bjet de inversión prepara su infrmación financiera periódica, y el entrn legal y reglamentari. Ejempls de cuestines que puede cnsiderar el prfesinal ejerciente incluyen: Prácticas cntables específicas del sectr. El entrn legal y reglamentari para un sectr regulad. Las dispsicines legales y reglamentarias que afectan significativamente a las peracines de la entidad, en su cas, a las peracines del bjetiv inversión desinversión, incluidas las actividades de supervisión directa. Fiscalidad. Las plíticas gubernamentales que afectan en la actualidad a la realización de ls negcis de la entidad, en su cas, a ls negcis de ls bjetivs de inversión desinversión, cm plíticas mnetarias (incluids cntrles de cambi), plíticas fiscales, incentivs financiers (pr ejempl, prgramas de ayuda gubernamental) y plíticas arancelarias de restricción de cmerci. Requerimients mediambientales que afectan al sectr a ls negcis de la entidad de ls bjetivs de inversión desinversión. 51 NIEA 3420

19 NORMA INTERNACIONAL DE ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO 3420 A26. Cm ejempls de trs factres externs que afectan a la entidad, en su cas, al bjet de inversión desinversión que el prfesinal ejerciente puede cnsiderar se incluyen las cndicines ecnómicas generales, ls tips de interés y la dispnibilidad de crédit y la inflación revaluación de la mneda. Obtención de evidencia sbre si la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada fue adecuada Factres relevantes a cnsiderar (Ref: Apartads 14(a), 18) A27. Ls factres que afectan a l adecuad de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada incluyen la existencia de un infrme de auditría de revisión sbre dicha fuente y si la fuente: Está autrizada específicamente prescrita pr la dispsición legal reglamentaria aplicables, está autrizada pr el mercad de valres crrespndiente en el cual será depsitad el fllet se utiliza cm tal en cndicines nrmales de mercad de la práctica. Es claramente identificable. Cnstituye un punt de partida raznable para la cmpilación de la infrmación financiera prfrma en el cntext del hech de la transacción, incluid si es cngruente cn las plíticas cntables de la entidad y crrespnde a una fecha adecuada cubre un perid aprpiad. A28. Puede haberse emitid pr tr prfesinal ejerciente un infrme de auditría de revisión sbre la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada. En esta situación, la necesidad de cncimient de la entidad y de sus prácticas cntables y de infrmación de cnfrmidad cn ls apartads 17 (c) y (e) pr el prfesinal ejerciente que emite un infrme de cnfrmidad cn esta NIEA y la necesidad de estar satisfech de que la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada es adecuada, n se ven reducidas. N existe infrme de auditría de revisión de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada (Ref: Apartad 19) A29. Cuand n existe un infrme de auditría de revisión de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada, el prfesinal ejerciente aplicará prcedimients para satisfacerse de que la fuente es adecuada. Entre ls factres que pueden afectar a la naturaleza y extensión de ests prcedimients se incluyen, pr ejempl: Si el prfesinal ejerciente ha auditad revisad la infrmación financiera histórica de la entidad cn anteriridad y el cncimient de la entidad que el prfesinal ejerciente ha btenid de ese encarg. Si es reciente la auditría revisión de la infrmación financiera histórica de la entidad. Si la infrmación financiera de la entidad está smetida a revisión periódica pr el prfesinal ejerciente, pr ejempl, cn el fin de cumplir requerimients reglamentaris de depósit de infrmación. A30. Es prbable que ls estads financiers del perid inmediatamente anterir al de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada hayan sid auditads revisads, aunque la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada n l haya sid. Pr ejempl, la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada pueden ser estads financiers intermedis que n han sid auditads revisads mientras que es psible que ls estads financiers del perid anual inmediatamente anterir hayan sid auditads revisads. En este cas, ls prcedimients que el prfesinal ejerciente puede aplicar, cn respect a ls factres del apartad A29, en relación cn l adecuad de la fuente de la que se ha extraíd la infrmación financiera n ajustada, incluyen: Realizar indagacines ante la parte respnsable sbre: NICC 1 52

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 580 MANIFESTACIONES ESCRITAS CONTENIDO

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 580 MANIFESTACIONES ESCRITAS CONTENIDO Intrducción NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 580 MANIFESTACIONES ESCRITAS (Aplicable a las auditrías de estads financiers crrespndientes a perids iniciads a partir del 15 de diciembre de 2009) CONTENIDO

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