Propuestas para dinamizar la indemnización de perjuicios por pcr Emilio José Archila Peñalosa earchila@archilaabogados.com 1
Fusión de intereses públicos y privados El derecho a la libre competencia es de «todos»: Consumidores, competidores y «todos» en el adecuado funcionamiento de la economía. Esos intereses se materializan: - El interés general, en la sanción que desincentiva la violación de la ley. Los afectados, en la indemnización. En ausencia de uno u otro, la «ecuación del mal» puede resultar beneficiando a los delincuentes. 2
Aplicación privada vs pública: Falso dilema Razones jurídicas: El artículo 333 de la CP no hace distinción Los intereses de los 3 «todos» merecen protección Razones prácticas: La SIC no puede «auditar» todos los mercados siempre Los particulares si cuentan con la información y el conocimiento Los particulares ponen al servicio de la causa sus propios recursos El hecho que los particulares participen no «corrompe» las decisiones de las autoridades El gana gana: Se precisa del estímulo o, por lo menos de la indemnización, para que colaboren. 3
Ventajas de la aplicación privada Protección directa a los afectados en la comisión de una pcr Mejor asignación de los recursos de las autoridades administrativas La combinación entre la acción pública y privada genera mayor eficacia al sistema de protección de la competencia, lo que permite generar un efecto disuasorio 4
Ejemplo norteamericano En un estudio que analizó 40 casos (1990 y 2007) se evidenció que se recuperaron entre 18.006 millones y 19.639 millones de US adquiridos mediante pcr. La suma recuperada se destinó a los consumidores y a los competidores Entre 7.600 y 8.900 millones recaudados sin un rol activo del gobierno. Entre 6.100 y 6.400 millones en casos de origen netamente público 4.200 millones de US se recaudaron en acciones de origen mixto (acciones públicas y privadas) 5
Áreas de posible mejora Proceso ordinario Acción de grupo Acción popular Acción de cumplimiento Funciones jurisdiccionales para la SIC 6
Proceso ordinario Las obligaciones nacen ( ) a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona + El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro es obligado a la indemnización = Antimonopolios. Para aquellas controversias que no estén sometidas a un trámite especial. 7
Propuestas para proceso ordinario - En caso que se haya verificado durante la investigación, obviar la conciliación como requisito de procedibilidad. - Si el demandante no involucra ninguna variación, tener por probados los hechos demostrados en la investigación de la SIC. - Si el demandante no involucra nuevos hechos, tener por vinculante que la conducta es contraria a derecho - Hacer indisoluble la terminación de la investigación por garantías, con un acuerdo de indemnización con quienes se hayan constituido en terceros interesados. 8
Acciones de grupo «( ) mecanismo de defensa judicial ( ) utilizado por una categoría o clase de personas determinadas, que pretenden lograr una indemnización resarcitoria económicamente, del perjuicio ocasionado por un daño infringido en sus derechos e intereses.» (Corte Constitucional Sentencia C 1062 de 2000) «tiene por objeto la reparación de los perjuicios de contenido subjetivo o individual de carácter económico, que provienen de un daño ya consumado o que está produciéndose. Esta característica permite diferenciarla de la acción popular que tienen un objetivo fundamentalmente preventivo y persiguen la salvaguarda de derechos colectivos». (Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. M. P. Germán Rodríguez Villamizar. Sentencia del 29 de enero de 2004. Radicación AG200190003. ) 9
Propuestas para acciones de grupo En caso que la SIC abra una investigación, se suspenda el término de caducidad de la acción Dada la necesidad de significatividad, que en caso de una decisión de la SIC, se obvie el requisito de que el grupo esté integrado por un mínimo de personas. En los eventos en que la multa en las investigaciones sea por el 150% de la utilidad derivada del daño, el 100% inicial se entregue como garantía de pago de los perjuicios que decretarán en el proceso. 10
Propuestas para acciones de grupo Se cree una Defensoría del Pueblo especializada en temas de pcr que, entre otras funciones, siempre participe en las investigaciones de pcr en representación de los afectados. Qué, en ausencia de una demanda privada, 4 meses después de cerrada la investigación de la SIC deba ser presentada por el Defensor del Pueblo en nombre de los consumidores o competidores. Parte del monto de los perjuicios no reclamados o no acreditados ante el Defensor, se destinen a financiar otras de estas acciones. 11
Acciones Populares Mecanismo procesal que procede contra acciones y/u omisiones de autoridades públicas o particulares, con el fin de proteger los derechos e intereses colectivos, dentro de los cuales se encuentra la libre competencia económica. Objetivo de la acción: Evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos Restituir las cosas a su estado anterior (de ser posible). 12
Propuestas para las acciones populares Restituir el incentivo para quienes las inicien y adelanten exitosamente, acompañado de amenaza de sanción severa en caso de acciones temerarias: (i) Se rompe el dilema de los costos; (ii) El actor arriesga y puede ganar; (iii) El causante de la afectación debe repararla y paga los costos del proceso; y (iv) La comunidad se beneficia 13
Propuestas para las acciones populares Participación activa de la SIC. Legitimación activa que ya existe + acción de cumplimiento: «Las entidades públicas que cumplan funciones de control, intervención o vigilancia, siempre que la amenaza o vulneración a los derechos e intereses colectivos no se haya originado en su acción u omisión.» La acción de cumplimiento procede contra toda acción u omisión de la autoridad que incumpla ( ) normas con fuerza de ley o actos administrativos. 14
Funciones jurisdiccionales para la SIC La posibilidad de un número alto de casos es un argumento a favor y no en contra. La Autoridad Única en materia de competencia tiene el know how, el experticio y los elementos para resolver los casos. Se daría una sinergia público - privado para detectar casos de violación a la ley. La existencia del requisito de la significatividad es garantía de que no se malgastarán los recursos de la SIC. Se lograría una solución integral a los casos de antimonopolios. La SIC ya ajustó su estructura creando una delegatura para asuntos jurisdiccionales. 15
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