SENTENCIA DEFINITIVA NÚMERO: 32/2016 Torreón, Coahuila, a (18) dieciocho de marzo de (2016) dos mil dieciséis.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Procedimiento No Contencioso, expediente 2206/2015 promovido por **********, y radicado en éste Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Torreón, con residencia en esta ciudad y R E S U L T A N D O : PRIMERO. Que por escrito recibido el (09) nueve de diciembre de (2015) dos mil quince, compareció ante éste Tribunal ********** a promover Procedimiento No Contencioso de Información Testimonial, a fin de acreditar la dependencia económica que tiene su menor hija ********** de él, fundándose para ello en los hechos a que se refieren en su escrito inicial de demanda, los cuales se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaran y a los que nos remitimos en obvio de repeticiones. SEGUNDO. A dicha solicitud se le dio el trámite legal correspondiente por auto de (10) diez de diciembre de (2015) dos mil quince, ordenándose dar la vista al C. Agente del Ministerio Público adscrito, misma que desahogó el (12) doce de enero del año en curso, señalándose día y hora para el desahogo de la información testimonial correspondiente, la que se llevó a cabo el (29) veintinueve de febrero de (2016) dos mil dieciséis, a cargo de **********, ordenándose con la misma dar vista en forma personal al C. Agente del Ministerio Público adscrito, a fin de manifestar lo
2 correspondiente, la que desahogó por instancia de (08) ocho de marzo del presente año, manifestando su conformidad con el presente procedimiento, ordenándose por auto de (16) dieciséis de marzo de (2016) dos mil dieciséis, dejar los autos a la vista del juzgador, a fin de dictar la resolución definitiva a que haya lugar, misma que se procede a emitir en atención a los siguientes: C O N S I D E R A N D O: PRIMERO. Que de conformidad con lo preceptuado por los artículos 1135 del Código Procesal Civil establece que los Procedimientos sin litigio comprenden todos los actos en que por disposición de la Ley o solicitud de los interesados se requiere la intervención del juzgador, sin que este promovida ni se promueve cuestión alguna entre las partes determinadas. El artículo 1136 del Código en mención establece que la objeción de la intervención judicial tendrá por objeto, cuando ello sea conveniente demostrar la existencia de hechos o actos que han producido efectos jurídicos y de los cuales no derive perjuicio a persona conocida. Podrá también intervenir la autoridad judicial para regular con certeza las situaciones jurídicas, en aquellos casos en que exista incertidumbre. SEGUNDO. Que de conformidad con lo dispuesto por la fracción XVII del artículo 40 del Código Procesal Civil, es Juez competente el del domicilio del que promueve, como en el presente negocio, por lo que este Tribunal se considera competente para conocer del presente juicio. TERCERO. Que en términos del artículo 423, del Código Procesal Civil, las partes tienen la carga de demostrar sus respectivas proposiciones de hecho, por lo que en presente caso ********** tiene la carga de probar, su nacimiento, su matrimonio
3 celebrado con **********, el nacimiento de ********** y la dependencia económica que tiene ********** de él. Al efecto, ofreció la documental pública consistente en las certificaciones del Registro Civil relativas a su nacimiento, a su matrimonio celebrado con **********, así como al nacimiento de **********; documental que merece valor probatorio pleno al tenor de lo que disponen los artículos 81, 145 y 158 del Código Civil vigente, en relación con los artículos 513 y 514 del Código Procesal Civil, con las que queda debidamente acreditado el nacimiento del promovente, su matrimonio celebrado con **********, así como el nacimiento de su menor hija **********. De la misma forma, allegó en copia xerográfica simple de: (01) un recibo expedido por el Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Torreón, del domicilio **********, (01) una credencial de alumno, expedida por la Universidad Autónoma de Coahuila, (01) una constancia de estudios de (04) cuatro de noviembre de (2015) dos mil quince y (01) un ultrasonido obstétrico de (20) veinte de noviembre de (2015) dos mil qunce, documentos a nombre de **********; medios de convicción que se valoran al tenor de lo que dispone el artículo 513 del Código Procesal Civil; con lo que se acredita que ********** es hija del promovente y de **********, se encuentra cursando el Bachillerato de un plan de dos años, en la Preparatoria Manuel Acuña de esta ciudad, y presenta un embarazo a la fecha de elaboración de ultrasonido de 8.6 semanas de gestación, con lo que se robustece el supuesto relativo a que la ********** depende económicamente de su padre **********. Igualmente, ofreció y les fue admitida la información testimonial a cargo de **********, quienes en actuación judicial de (29) veintinueve de febrero de (2016) dos mil dieciséis, fueron
4 contestes al declarar saber y constarles que: [ ] la C. ********** [ ] A LA PRIMERA.- Que si conoce a su presentante, la conoce hace doce años aproximadamente por que la esposa de mi presentante es amiga de mi prima y por medio de ella hicimos amistad.- A LA SEGUNDA.- Que sabe y le consta que su presentante es casado con la C. **********, quienes procrearon una hija de nombre **********, de diecisiete años de edad, quien se y me consta que actualmente se encuentra estudiando desconociendo en que grado se encuentre, haciendo mención que ********** siempre ha estado con mi presentante y su esposa, pues se y me consta que ambos al igual que su hija viven y habitan en el domicilio ubicado en: **********.- A LA TERCERA.- Que sabe y le consta que no sabe si alguien más depende económicamente de mi presentante a parte de su esposa e hija.- A LA CUARTA.- Que sabe y le consta que el presente tramite lo requiere mi presentante para el seguro de **********, pues hago mención que ésta última se encuentra embarazada y se que en la actualidad no tiene pareja pues no se quizá hacer cargo del embarazo, por lo que mi presentante se que se hace cargo de los gastos del embarazo. [ ] ********** [ ]A LA PRIMERA.- Que si conoce a su presentante, la conoce hace doce años aproximadamente por que somos vecinos ya que llegue a vivir a la colonia ********** y ellos ya vivían en ese lugar, es decir, mi presentante, su esposa de nombre **********.- A LA SEGUNDA.- Que sabe y le consta que su presentante es casado con la C. **********, quienes como ya lo dije procrearon una hija de nombre **********, que en la actualidad tiene diecisiete años de edad, quien se y me consta que actualmente se encuentra estudiando la preparatoria en la preparatoria **********, de esta ciudad, haciendo mención que EMELY siempre ha estado con mi presentante y su esposa, pues se y me consta que ambos al igual que su hija viven y habitan en el domicilio ubicado en: **********.- A LA TERCERA.- Que sabe y le consta que nadie más depende de su presentante a parte de su esposa e hija.- A LA CUARTA.- Que sabe y le consta que el presente tramite lo requiere mi presentante para atiendan en la institución media a**********, pues se encuentra embarazada teniendo aproximadamente seis mese de embarazo, ya que el padre del bebe no se hizo cargo, haciendo mención que ********** no tiene pareja, por lo que mi presentante se que se hace cargo de los gastos del embarazo. [ ] ********** [ ] A LA PRIMERA.- Que si conoce a su presentante, lo conoce hace catorce años aproximadamente porque somos vecinos.- A LA SEGUNDA.- Que sabe y le consta que su presentante es casado con la C. **********, quienes procrearon una hija de nombre **********, que en la actualidad tiene diecisiete años de edad, quien se y me consta que actualmente se encuentra estudiando la preparatoria desconociendo la escuela, pero sé que es en ciudad, haciendo mención que ********** siempre ha estado con mi presentante y su esposa, pues se y me consta que ambos al igual que su hija viven y habitan en el domicilio ubicado en: **********.- A LA TERCERA.- Que sabe y le consta que nadie más depende de su presentante a parte de su
5 esposa e hija las cuales ya mencione.- A LA CUARTA.- Que sabe y le consta que el presente tramite lo requiere mi presentante por el embarazo de su hija **********, a fin de atenderla en la Clínica del Magisterio, haciendo mención que ********** no tiene pareja, por lo que mi presentante se que se hace cargo de los gastos del embarazo [ ] Declaraciones que se valoran al tenor de lo que disponen los artículos 513 y 1145 del Código Procesal Civil, con las que se tiene acreditado que ********** depende económicamente de su padre **********. Por lo anterior, sin oposición de terceros ni de la C. Agente del Ministerio Público adscrita, se autoriza la presente información testimonial en los anteriores términos; en consecuencia, expídansele al promovente las copias certificadas que en su momento solicite una vez que cause ejecutoria la presente sentencia. En mérito de lo expuesto y con fundamento además en lo preceptuado por los artículos 241 Fracción IV, 242, 243, 1135, 1136, 1137, 1138 1140 y 1145 del Código Procesal Civil, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO. Procedió la vía intentada y tramitada. SEGUNDO. Se aprueba la información testimonial respecto a que ********** depende económicamente de su padre **********, con fundamento en lo que dispone el artículo 1145 del Código Procesal Civil, en consecuencia, expídanse al promovente las copias certificadas que en su momento solicite una vez que cause ejecutoria la presente sentencia. TERCERO. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE Y LISTESE. Artículo 211 Fracción V del Código Procesal Civil.- Así definitivamente juzgando lo resolvió y firmó el C.
6 LICENCIADO LUIS EMERSON DOMÍNGUEZ LOZANO, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Torreón, ante C. Secretaria de Acuerdo y Trámite LICENCIADA DIANA ARELLANO FUENTES que autoriza. DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En la misma fecha se fijó en la lista de acuerdo. Conste. - - - - - - 5-10 La Licenciada DIANA ARELLANO FUENTES hago constar y certifico que, en términos de lo previsto en los artículos 27, fracción IX, 58, 68 y 75, fracción III, de la Ley de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Coahuila de Zaragoza, en esta versión pública se suprime la información considerada como reservada o confidencial que encuadra en el ordenamiento mencionado y en las disposiciones aplicables. Asimismo, este documento fue cotejado previamente con su original por el servidor público que elabora la presente versión pública.