Municipio de Acatlán, Hgo. Palacio Municipal S/N, Col. Centro Tels. 775 75 45148/45122 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Oficialía del Registro del Estado Familiar
CONTENIDO Presentación.... 2 Marco normativo....3 Atribuciones.... 4-5 Misión.......6 Visión........ 7 Organigrama.....8 Funciones y responsabilidades del oficial........ 9 Perfil del oficial del registro del estado de lo familiar....... 10 Funciones y responsabilidades del auxiliar.........11 Perfil del auxiliar.......12 Glosario.....13 1
PRESENTACION El Registro del Estado Familiar se encuentra a cargo del Poder Ejecutivo del Estado, quien ejerce su función por sí o a través de los Municipios, en el Estado de Hidalgo estará a cargo de los Oficiales del Registro del Estado de Hidalgo y en los Municipios a cargo los Oficiales del Registro del Estado Familiar, siendo su actividad de vital importancia dentro de La Sociedad Mexicana, ya que en estas dependencias se inscriben los hechos y actos jurídicos relacionados con el Estado Familiar de las personas. En el presente documento se describen de manera sencilla las actividades y métodos de trabajo, que se efectúan para el apropiado funcionamiento de la Oficialía, detallándolas de una manera sencilla y precisa para un adecuado entendimiento de la persona que lo consulte. 2
MARCO NORMATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado de Hidalgo. Ley para la Familia vigente en el Estado de Hidalgo. Ley Orgánica Municipal. Reglamento del Registro del Estado Familiar. Ley de responsabilidades de los servidores públicos del Estado de Hidalgo. Código de conducta de los funcionarios de la Presidencia de Acatlán, Hgo. Código de Ética. 3
ATRIBUCIONES El Oficial del Registro del Estado Familiar tiene las facultades, atribuciones, obligaciones y derechos para constatar y autorizar los actos del Estado Familiar y extender las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, concubinato, divorcio, tutela, emancipación y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes dentro de su demarcación, inscribir las ejecutorías que declaren la ausencia, presunción de muerte, ausencia, pérdida de capacidad legal para administrar bienes, y las resoluciones definitivas propias a la materia del Estado Familiar de las personas, las cuales se asentarán en documentos especiales que se denominarán Formas del Registro del Estado Familiar, de las que se llevará un duplicado en la Dirección del Registro del Estado Familiar. 4
ATRIBUCIONES Para asentar las actas se tienen las siguientes formas: 1.- De Nacimiento 2.- De Reconocimiento de hijo 3.- De Tutela 4.- De Matrimonio 5.- De Concubinato 6.- De Divorcio 7.- De Defunción 8.- Las Inscripciones de las ejecutorías que declaren la ausencia, la presunción de muerte o que se ha perdido la capacidad legal para administrar bienes. Las anotaciones que se realicen por mandato de autoridad judicial se anotarán de acuerdo a la naturaleza del trámite judicial, la anotación marginal de identidad de persona se adjuntará al acta correspondiente un extracto de la sentencia y en la certificación al reverso se anotarán los puntos resolutivos de la sentencia y de la ejecutoría. Es responsabilidad del Oficial el resguardar los libros en donde se han inscrito los diversos actos y hechos jurídicos relativos al estado familiar de las personas, así como expedir las certificaciones tal y como han sido asentadas. 5
MISIÓN Garantizar a todos los habitantes del Municipio de Acatlán su derecho a la identidad personal. Dar certeza jurídica sobre el estado familiar de las personas a través del registro, las inscripciones y la emisión de certificaciones. Simplificar los trámites administrativos, apoyados en el compromiso de servicio con tecnología de punta, con servidores públicos constantemente capacitados, con oficinas cercanas a la ciudadanía y con un alto sentido humano y de servicio. Establecer alianzas estratégicas con instancias gubernamentales de los tres niveles de gobierno que posibiliten servicios integrales. 6
VISIÓN Modernizar la Oficialía y producir un impacto positivo para la población usuaria, traducido en beneficios palpables e inmediatos en los trámites que se realizan en nuestra dependencia. Logrando estar a la vanguardia de los servicios electrónicos, aumentando y simplificando los vínculos con la ciudadanía. 7
ORGANIGRAMA Presidente Municipal Constitucional C. Genaro Antonio González Guarneros Secretario Municipal Lic. Benito Olvera Muñoz Oficial del Registro del Estado Familiar Lic. Alfredo Arciniega Olvera Auxiliar C. Violeta Cervantes Cruz 8
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES La función del Oficial del Registro del Estado Familiar es organizar, dirigir, coordinar, vigilar, el adecuado funcionamiento de la oficialía; una función de vital importancia es expedir las certificaciones de los actos y documentos que se encuentra en los archivos de la oficialía, de igual manera ser el enlace entre la ciudadanía y el registro nacional de población e identificación personal de la Secretaría de Gobernación, para la tramitación y entrega de la clave única del registro de población, las funciones son enunciativas más no limitativas. 9
PERFIL DEL OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR EDAD: 25 años ESCOLARIDAD: Licenciatura en Derecho CONOCIMIENTOS: En Derecho Familiar, ya que esta legislación es la base primordial y fundamento para el desempeño del cargo referido VALORES: Accesibilidad: Es una condición necesaria para la participación de todas las personas independientemente de las posibles limitaciones funcionales que puedan tener. Tolerancia: Es el respeto hacia ideas, creencias o prácticas cuando son diferentes o contrarias a las propias, respetando consiguientemente, las normas de los demás y poder lograr la perfección de las cosas. Responsabilidad: Es un valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral. Ética: Es una rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir. 1 Compromiso: Es una obligación que se ha contraído. 10
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL AUXILIAR La función del auxiliar es coadyuvar al oficial, en la elaboración de las copias certificadas, certificaciones, realizar las inscripciones de nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, concubinato, divorcio, tutela, emancipación y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes dentro del Municipio; inscribir las ejecutorías que declaren la ausencia, presunción de muerte, ausencia, pérdida de capacidad legal para administrar bienes y las resoluciones definitivas propias a la materia del Estado Familiar de las personas; todo ello con la supervisión y dirección del Oficial. La responsabilidad del auxiliar es apoyar al Oficial en la expedición de las certificaciones, así como cuidar el estado físico de los libros de la oficialía. 11
PERFIL DEL AUXILIAR EDAD: 18 años ESCOLARIDAD: Bachillerato o equivalente CONOCIMIENTOS: En secretariado y computación. VALORES: Accesibilidad: Es una condición necesaria para la participación de todas las personas independientemente de las posibles limitaciones funcionales que puedan tener. Tolerancia: Es el respeto hacia ideas, creencias o prácticas cuando son diferentes o contrarias a las propias, respetando consiguientemente, las normas de los demás y poder lograr la perfección de las cosas. Responsabilidad: Es un valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral. Ética: Es una rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir. 1 Compromiso: Es una obligación que se ha contraído. Confianza: Es la seguridad o esperanza firme que alguien tiene de otro individuo o de algo. Hechos Jurídicos: Acontecimientos de la naturaleza en donde la voluntad del hombre no tiene intervención, pero que producen efectos jurídicos inherentes al estado familiar de la personas y son susceptibles de inscripción; Nacimiento, Muerte. 12
GLOSARIO Efecto Jurídico: Es la consecuencia de un acto o echo jurídico. Actos Jurídicos: Consisten en la manifestación de la voluntad de las personas destinados a producir efectos jurídicos; Matrimonio. Concubinato: Es la unión de un hombre y una mujer libres de matrimonio, que durante más de tres años de manera pública y constante hacen o hicieron vida en común como si estuvieren casados. Tutela: Es un cargo de interés público del que nadie puede eximirse, sino por causa justificada, cuyo objeto es la guarda de la persona y administración de sus bienes de los que no estando sujetos a la patria potestad, tienen incapacidad natural y legal, o solamente la segunda, para ejercitar sus derechos y cumplir sus obligaciones por sí mismos. Emancipación: Es alcanzar la mayoría de edad a través del matrimonio. Formas del Registro del Estado Familiar: Son documentos especiales en donde se asientan todos los actos y hechos jurídicos susceptibles de inscripción. Coadyuvar: Contribuir o ayudar en la realización de algo o en el logro de alguna cosa. 13