Tula de Allende, Hidalgo, 15 quince de mayo de 2017 dos mil

Documentos relacionados
Tula de Allende, Hidalgo; a 12 doce de enero de 2017 dos mil

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

1 EXPEDIENTE NUMERO 1057/2009 ESPECIAL FAMILIAR

EXPEDIENTE NÚMERO 151/2017 ESCRITO FAMILIAR

ANOTACIÓN MARGINAL SENTENCIA DEFINITIVA. EXPEDIENTE NÚMERO 336/2016

TULA DE ALLENDE, HIDALGO, A 17 DIECISIETE DE ABRIL DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE V I S T O S para dictar

mayo de 2016 dos mil dieciséis, la C. *** promueve juicio ESCRITO FAMILIAR en donde demanda del C. OFICIAL DEL

En la ciudad de Huichapan, Hidalgo, a 01 uno del mes de julio del año 2013 dos mil trece

TULA DE ALLENDE, ESTADO DE HIDALGO, A 03 TRES DE DICIEMBRE DE 2012 DOS MIL DOCE V I S T O S los autos

EXPEDIENTE NUMERO 1187/2016 ESPECIAL FAMILIAR

EXPEDIENTE No. 225/2013

EXPEDIENTE NUMERO 1538/2015 DIVORCIO UNILATERAL

EN LA CIUDAD DE ACTOPAN ESTADO DE HIDALGO, A LOS 7 SIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2013 DOS MIL TRECE.

Tizayuca, Estado de Hidalgo, a 26 veintiséis de Junio del año 2013 dos mil trece.

EXPEDIENTE NUMERO 787/2016 DIVORCIO UNILATERAL

C. *, respecto de la Solicitud de DIVORCIO UNILATERAL, Expediente Número 139/2013, y; R E S U L T A N D O:

EXP. 1173/2012 ANOTACIÓN MARGINAL

***; respecto de su cónyuge *** *** ***; expediente número 761/16 y; - ***, para que dentro del término de 15 quince días manifestara su

Pachuca de Soto, Hidalgo, a 05 cinco de Abril del año 2013 dos mil trece.

EXP. 998/2012 ANOTACIÓN MARGINAL

EXPEDIENTE NÚMERO: 695/2012 AUTO DECLARATIVO DE HEREDEROS SUCESORIO INTESTAMENTARIO

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O S

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

1 EXPEDIENTE NÚMERO: 1394/2014 JUICIO: LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL

Tulancingo de Bravo Hidalgo, agosto 19 diecinueve de 2013 dos mil trece.

JUICIO DE ADOPCION. EXPEDIENTE NÚMERO: 1394/2012.

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

EXPEDIENTE: 320/2013. RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO

EXP. 04/2012 ANOTACIÓN MARGINAL

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O:

EXPEDIENTE NÙMERO 445/2012

Expediente Número 231/2013 EJECUTIVO MERCANTIL

EXPEDIENTE NUMERO 361/2012

SENTENCIA EN SAHUARIPA, SONORA, A SEIS DE JULIO DE DOS MIL

Tula de Allende, Hidalgo, 19 diecinueve de octubre de 2016 dos mil dieciséis.

En la ciudad de Huichapan, Hidalgo; a los 25 veinticinco días del mes de noviembre del año 2013 dos mil trece.

EXPEDIENTE NÚMERO 123/2012 EJECUTIVO MERCANTIL. SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de mayo de 2012 dos mil doce.

**** Y OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR DE TEPEJI DEL RIO DE OCAMPO, HIDALGO

EXPEDIENTE NUMERO 112/2011 EJECUTIVO MERCANTIL

Torreón, Coahuila., a (27) veintisiete de Octubre del (2015) dos mil quince

TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO, A 28 VEINTIOCHO DE MAYO DE 2013 DOS MIL TRECE.

Torreón, Coahuila, a (18) dieciocho de marzo de (2016) dos mil dieciséis

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

En la ciudad de Huichapan, Hidalgo; a los 04 cuatro días del mes de octubre del año 2013 dos mil trece

SENTENCIA DEFINITIVA No. 250/2015.

1 EXPEDIENTE NO. 511/2012 EJECUTIVO MERCANTIL.

SENTENCIA DEFINITIVA No. 165/2015

Torreón, Coahuila, a veintisiete de abril del año dos mil diecisiete.-

SENTENCIA.- EN GUAYMAS, SONORA, A VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE VISTOS para resolver los autos del

EXPEDIENTE NÚMERO 650/2015 SENTENCIA DEFINITIVA. No. 387/2015

- - - En la ciudad de Pachuca de Soto, estado de Hidalgo, a 04 cuatro días del mes de septiembre del año 2012 dos mil doce

Pachuca de soto, estado de hidalgo, a 28 veintiocho de septiembre del año 2012 dos mil doce. V I S T O S los presentes autos para que el suscrito

EXP. NÚM. 520/2012 DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD

Piedras Negras, Coahuila a treinta y uno de enero de dos mil

Torreón, Coahuila., a (28) veintiocho de enero del (2016) dos mil dieciséis

CAUSO EJECUTORIA 09 DE MARZO DE 2018 Matehuala, S.L.P., a 14 catorce de Febrero de 2018 dos mil dieciocho.

EXPEDIENTE NÚMERO: 468/2013 SENTENCIA DEFINITIVA

San Pedro, Coahuila de Zaragoza, a quince de abril del dos mil dieciséis.

Actopan, Estado de Hidalgo, a 04 cuatro de marzo de 2013 dos mil trece.

Torreón, Coahuila a (07) siete de julio de (2015) dos mil quince.- R E S U L T A N D O:

Sentencia Definitiva xxxxxxxxxx

TULA DE ALLENDE, ESTADO DE HIDALGO, A 14 CATORCE DE FEBRERO DE 2013 DOS MIL TRECE V I S T O S para

*EN CALIDAD DE ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DE LA C.

EXPEDIENTE 162/2012 NULIDAD DE MATRIMONIO DEFINITIVA

Sabinas, Coahuila, a (15) quince de junio del (2009) dos mil nueve. SENTENCIA DEFINITIVA No. 273/2009.

San Pedro, Coahuila a once de febrero de dos mil dieciséis.

V I S T O S, para resolver los autos del expediente 176/2017 relativo a las DILIGENCIAS DE INFORMACION TESTIMONIAL promovidas por.

SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN.- Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 3 tres de diciembre de 2012 dos mil doce.

San Pedro, Coahuila a veintitrés de agosto de dos mil diecisiete. R E S U L T A N D O:

favor de la suscrita la Guarda y Custodia provisional y en su momento definitiva de mis menores hijos de nombres ************... B).

EXP. 904/2012 DIVORCIO BILATERAL

ELIMINADO; y, ELIMINADO y ELIMINADO, a promover en la Vía de Tramitación. Matehuala, S.L.P., a 30 treinta de Abril de 2015 dos mil. quince.

Apan, Hidalgo 23 veintitrés de 2013 dos mil trece.

SENTENCIA DEFINITIVA No. 44/2016

SENTENCIA.- EN GUAYMAS, SONORA, A SIETE DE ENERO DE DOS MIL QUINCE VISTOS para

--- TEPIC, NAYARIT, A 09 NUEVE DE MAYO DEL AÑO R E S U L T A N D O

SENTENCIA DEFINITIVA.- EN H. CABORCA, SONORA, A XXXXXXX DE XXXXX DE DOS MIL XXXXX

SENTENCIA DEFINITIVA.- Hermosillo, Sonora, a VEINTINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. V I S T O S para resolver los autos originales del

Torreón, Coahuila., a (25) veinticinco de enero del (2016) dos mil dieciséis

SENTENCIA DEFINITIVA NUM. 137/2015. Saltillo, Coahuila; a catorce de octubre del año dos mil quince. =

Materia Familiar de este Distrito Judicial de Saltillo; y, R E S U L T A N D O:

radicado en éste Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Familiar de éste Distrito Judicial de Saltillo; y, R E S U L T A N D O:

AUTO QUE DECRETA EL DIVORCIO Y PROVEE OTROS ASPECTOS.

JUICIO DE ADOPCION. EXPEDIENTE NÚMERO: 401/2013.

SENTENCIA DEFINITIVA No. 265/2015. Saltillo, Coahuila; a catorce (14) de agosto de dos mil quince (2015).-

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A 26 VEINTISEIS DE ENERO DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS.

SENTENCIA DEFINITIVA No. 281/2016. Saltillo, Coahuila, a veintiséis de agosto de dos mil dieciséis.

EXP. 811/2013 DIVORCIO BILATERAL

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE VENADO, S.L.P. LICENCIADA MARIA ROSARIO RUIZ RAMIREZ

SENTENCIA.- EN HUATABAMPO, SONORA, A DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE. V I S T O S para dictar sentencia los presentes autos, relativos al

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

2016, Año de la Lucha Contra la Diabetes

otorgamiento y firma de escritura pública

"2016, Año de la Lucha Contra la Diabetes" Torreón, Coahuila a (04) cuatro de mayo del Año (2016) Dos Mil Dieciseis. Sentencia Definitiva No.

EXPEDIENTE NÚMERO 974/2012 CONVIVENCIA

SENTENCIA DEFINITIVA.- Hermosillo, Sonora, a UNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. V I S T O S para resolver los autos originales del expediente

Expediente: 692/2016. Sentencia Definitiva No. 325/16

A lo que el Juez provee: Téngase por hecha la anterior relación de constancias, para los efectos legales a que haya lugar.

Transcripción:

diecisiete. Tula de Allende, Hidalgo, 15 quince de mayo de 2017 dos mil V I S T O S, para dictar Sentencia Definitiva dentro de los autos de JURISDICCION VOLUNTARIA promovido por ****, expediente número 204/2017 y R E S U L T A N D O UNICO.- Por auto de fecha 17 diecisiete de febrero del año 2017 dos mil diecisiete, se le tiene al ****, promoviendo en la Vía de Jurisdicción Voluntaria, diligencias de información testimonial a efecto de acreditar la posesión que tiene sobre un VEHÍCULO ****. Admitiéndose lo solicitado en la vía y forma propuesta; se ordenó girar los oficios a las instituciones correspondientes a efecto de que informaran si el vehículo anteriormente descrito, se encontraba reportado como robado y si el mismo se encuentra legalmente en el país; se señaló día y hora para que tenga verificativo el desahogo de la prueba testimonial e inspección judicial dentro de los presentes autos. Una vez agotado el trámite procesal correspondiente al presente juicio con fecha 27 veintisiete de abril del año en curso, se ordenó dictar la resolución que conforme a derecho proceda, lo que hoy se hace y: C O N S I D E R A N D O I.- Que de conformidad a lo establecido por el artículo 154 fracción VIII del Código de Procedimientos Civiles en el Estado, el suscrito Juez ha sido y es competente para conocer y resolver el presente Juicio sobre diligencias de Jurisdicción Voluntaria. II.- Que de acuerdo con el artículo 879 del Código Procesal Civil ha sido procedente la Vía de Jurisdicción Voluntaria intentada.

III.- Que ****, promovió las presentes diligencias a efecto de acreditar que es propietario del vehículo descrito; argumentando en lo medular: Que en fecha **** adquirió por compraventa que le hizo al C. **** el vehículo descrito, que al momento de celebrar la compraventa el C. **** le hizo entrega de la documentación que amparaba la propiedad del vehículo descrito, que bajo protesta de decir verdad manifiesta que a la fecha ha extraviado la documentación referida toda vez que al pretender hacer los trámites de cambio de propietario, así como dar de baja las placas del referido vehículo y darlo de alta a su nombre se percató que había extraviado dichos documentos, que dicho vehículo lo posee desde la fecha que lo compró en forma quieta, pacífica,, continua y a título de propietario, ya que lo utiliza para trasladarse a su trabajo, por tales motivos promueve las presente diligencias para efectos de acreditar la posesión y propiedad que tiene sobre el referido vehículo. En fecha 22 veintidós de marzo del presente año, se desahogó la Testimonial a cargo de los CC. **** y ****, quienes coinciden en sus declaraciones. Testigos que por haber declarado a ciencia cierta, dar fundada razón de su dicho y ser mayores de edad, se les concede pleno valor probatorio de conformidad con el artículo 415 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, con lo que se demuestra fehacientemente lo argumentado por el promovente; asimismo de la prueba de inspección judicial que fue desahogada dentro de los autos (foja 7) misma que se realizó sobre el vehículo motivo de las presentes diligencias, constatándose y dándose fe de la existencia de dicho vehículo y que sus características son: *****, probanza que tiene valor probatorio en términos de lo dispuesto por el artículo 414 del Código de Procedimientos Civiles. IV.- En atención a las contestaciones de los oficios girados a la COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN Y RECUPERACION DE

VEHÍCULOS ROBADOS, COORDINACION ESTATAL DE LA POLICÍA FEDERAL EN EL ESTADO DE HIDALGO, COORDINACION DE SEGURIDAD ESTATAL, DEPENDIENTE DE LA AGENCIA DE INVEESTIGACION DEL ESTADO DE HIDALGO, DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, mismos que refieren que el vehículo descrito no se encuentra reportado como robados; documentales públicas que tiene valor pleno de conformidad con lo establecido por el artículo 407 del Código de Procedimientos Civiles. V.- Y toda vez que con las presentes diligencias de información testimonial ha quedado debidamente acreditada la propiedad que tiene el señor ****, sobre un VEHÍCULO ****; es incuestionable que se han llevado a cabo las formalidades exigidas por la Ley, por lo que es procedente aprobar las presentes diligencias en todas y cada una de sus partes, expidiéndose copias certificadas de la presente resolución a ****. Por lo anteriormente expuesto y fundado; y con apoyo además en los artículos 78, 80, 81, 82 y relativos del Código de Procedimientos Civiles en vigor, es de resolverse y se: R E S U E L V E PRIMERO.- El suscrito Juez ha sido y es competente para conocer y resolver las presentes diligencias. intentada. SEGUNDO.- Ha sido procedente la vía de Jurisdicción Voluntaria TERCERO.- Se aprueban en todas y cada una de sus partes las presentes diligencias.

CUARTO.- En consecuencia, expídanse copias certificadas de la presente resolución al señor ****, sin perjuicio de terceras personas que pudieren tener igual o mejor derecho sobre el bien mueble materia de las diligencias. QUINTO.- De conformidad con lo establecido por el artículo 72, fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, que establece: ( ) El Poder Judicial deberá poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: ll. Las versiones públicas de las sentencias definitivas que sean de interés público; por lo que, una vez que la presente resolución haya causado ejecutoria deberá hacerse pública. Toda vez que para que los sujetos obligados puedan permitir el acceso a información confidencial requieren obtener el consentimiento de los particulares titulares de la información, hágase saber a las partes el derecho que les asiste para otorgar su consentimiento por escrito dentro del término de 3 días a efecto de que se publiquen sus datos personales y en caso de no hacerlo, se tendrá por negada dicha autorización. SEXTO.- Hecho que sea lo anterior archívese el expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones correspondientes, debiéndose remitir al Archivo General del Tribunal Superior de Justicia del Estado. SÉPTIMO.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. A S I, definitivamente lo resolvió y firma el LICENCIADO MARCO ANTONIO CHAVEZ ZALDIVAR, Juez Segundo Civil y Familiar de éste Distrito Judicial que actúa con Secretario LIC. SANDRA PATRICIA ALCANTARA GONZALEZ, que da fe.>

En términos de los previsto en los artículos 23, 42 fracción V y 43 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, en esta versión se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Autorizó. Nombre Juez. LICENCIADO MARCO ANTONIO CHÁVEZ ZALDÍVAR. JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TULA DE ALLENDE, HIDALGO. Fecha de realización de la Versión Pública. 10 diez de junio del año 2017 dos mil diecisiete.