SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE COAHUILA DIRECCION DE VIGILANCIA NUTRICIONAL Y APOYO ALIMENTARIO. REGLAS DE OPERACIÓN

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1 SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE COAHUILA DIRECCION DE VIGILANCIA NUTRICIONAL Y APOYO ALIMENTARIO. REGLAS DE OPERACIÓN PRESENTACION La coordinación interinstitucional entre el Sistema Estatal DIF (SEDIF) y los 38 Sistemas Municipales DIF (SMDIF) ha permitido la definición de programas y acciones encaminados a brindar asistencia social alimentaria e impulsar el desarrollo comunitario de la población vulnerable. La Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria (EIASA) es el principal ejemplo de lo anterior ya que ha operado por 6 años con la premisa de contribuir a mejorar la calidad de vida de los sujetos de asistencia social que presentan mala nutrición o están en riesgo de desarrollarla, a través de la entrega de apoyos alimentarios, acciones de orientación alimentaria y desarrollo comunitario. Ante un nuevo contexto epidemiológico de la población mexicana, en el 2007 se reorienta el objetivo de la EIASA e iniciaron el proceso de adecuación de los apoyos alimentarios para contribuir a la prevención y atención de la mala nutrición a través de la promoción de una alimentación correcta. INTRODUCCION La asistencia social es un derecho de todos los mexicanos y le corresponde al Estado brindarla en cumplimiento a la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social. Esta última confiere al Sistema para el desarrollo Integral de la familia en sus tres órdenes de gobierno, a otorgar servicios de asistencia social, como lo son la entrega de apoyos alimentarios, acompañadas de acciones de orientación alimentaria.

2 El contexto actual de salud, demanda que la asistencia social alimentaria contemple no sólo la desnutrición y deficiencias específicas, sino también la mala nutrición generada por estilos de vida poco saludables. En la actualidad los apoyos alimentarios que se distribuyen a través de los diferentes programas alimentarios que opera el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Coahuila constituye la primera acción de mejora de la calidad nutricia de los mismos, lo anterior se logra a través de la integración de menús que promueven una alimentación correcta con alimentos de los tres grupos, enfatizando el consumo de verdura y fruta, y la disminución del aporte grasa, azúcar y sodio. Estas acciones se realizan con la finalidad de promover hábitos y estilos de vida saludables en la población Coahuilense. MARCO LEGAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY GENERAL DE SALUD LEY DE ASISTENCIA SOCIAL LEY DE COORDINACION FISCAL NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-169-SSA1-1998, PARA LA ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA A GRUPOS DE RIESGO. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-043-SSA2-2005, SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD. PROMOCIÓN Y ADECUACIÓN PARA LA SALUD EN MATERIA ALIMENTARIA. CRITERIOS PARA BRINDAR ORIENTACIÓN. ACUERDO NACIONAL PARA LA SALUD ALIMENTARIA: ESTRATEGIA CONTRA EL SOBREPESO Y LA OBESIDAD LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL EXPENDIO O DISTRIBUCION DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN LOS CENTROS DE CONSUMO ESCOLAR Debido a que el origen de los recursos que corresponde al Ramo 33, Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios del Presupuesto de Egresos

3 de la Federación Fondo V.i (Fondo de Aportaciones Múltiples. Asistencia Social), Se rige por la Ley de Coordinación Fiscal. Esta misma Ley señala en su artículo 40 el destino de estos recursos, que será exclusivamente para el otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, y apoyos a la población en desamparo. Artículo 49.- Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los Fondos a que se refiere este Capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, no serán embargables, ni los gobiernos correspondientes podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas ni afectarlas en garantía o destinarse a mecanismos de fuente de pago, salvo por lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de esta Ley. Dichas aportaciones y sus accesorios, en ningún caso podrán destinarse a fines distintos a los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45 y 47 de esta Ley. ESTRATEGIA INTEGRAL DE ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA (E. I. A. S. A.) VISIÓN Contribuir a mejorar la calidad de vida de los individuos, familias y comunidades que viven en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, propiciando el desarrollo integral de la familia a través de la integración de una alimentación correcta con los recursos y alimentos que tiene disponibles. MISIÓN Fomentar la integración de una alimentación correcta de individuos, familias y comunidades en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, a través de la entrega de apoyos alimentarios en el contexto de salud y alimentación actual, con perspectiva familiar y comunitaria, regional, de género y como apoyo a la seguridad alimentaria en el hogar y la familia.

4 OBJETIVO GENERAL Implementar programas alimentarios con esquemas de calidad nutricia, acciones de orientación alimentaria y de desarrollo comunitario, para promover una alimentación correcta entre la población atendida. Los programas que se operan en el SEDIF Coahuila son los siguientes: Desayunos Saludables en sus dos modalidades Desayunos Calientes y Desayunos Fríos Apoyo Alimentario a Menores de 5 años en riesgo Despensas Saludables Cocinas Populares y Unidades de Servicio Integrales. Los programas alimentarios se acompañan de acciones de: Orientación Alimentaria, Aseguramiento de la Calidad y Desarrollo Comunitario REGLAS DE OPERACIÓN PARA LOS MUNICIPIOS

5 Dentro de los deberes y atribuciones de DIF Estatal esta el elaborar Reglas de Operación dirigidas a los SMDIF para transparentar y normar la distribución y entrega de los apoyos alimentarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría (última reforma DOF ), así como el guión de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER). El presente documento se desprende de los Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria (EIASA), el cual ha permitido la definición de programas y acciones encaminados a brindar asistencia social alimentaria e impulsar el desarrollo comunitario de la población vulnerable. Para la selección de los beneficiarios el DIF Municipal deberá observar los lineamientos establecidos por la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios, además de dar seguimiento a las actividades de difusión en las comunidades en donde existan grupos vulnerables, en rezago social y pobreza extrema, identificando la población objetivo. DIF Municipal, recaba y concentra los datos de los beneficiarios por edad género, posteriormente DIF Estatal, los revisará y así mismo definirá los usuarios que serán beneficiados, comunicando la determinación vía oficio a DIF Municipal. El DIF Municipal elaborará un diagnóstico exploratorio para conocer las condiciones de las comunidades beneficiadas donde se incluirán datos de identificación, ubicación geográfica, tipo de comunidad, tipo de asentamiento, vegetación, vías de comunicación, población por rango de edad, población económicamente activa, servicios de la comunidad, estructura organizativa interna, nombre y firma de quien lo elabore y sello del DIF Municipal, integrando dicho formato al expediente del apoyo por comunidad, quedando bajo resguardo del responsable del programa en DIF Municipal, debiendo presentarlo a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios cuando así lo requiera. El DIF Municipal conjuntamente con SEDU será el responsable de conformar el comité de padres de familia por plantel escolar al inicio de

6 cada ciclo escolar, así como en guarderías y centros comunitarios tanto existentes como las de nuevo ingreso. El DIF Municipal verificará que los insumos del Programa Desayunos Saludables sean resguardados dentro del plantel escolar en el espacio destinado para ello. El DIF Municipal verificará que los insumos del Programa Apoyo Alimentario a Menores de 5 Años sean resguardados dentro de las guarderías y centros comunitarios en el espacio destinado para ello. El DIF Municipal verificará que el desayuno o comida se consuma de lunes a viernes en el espacio destinado para tal efecto dentro del plantel escolar, guarderías y centros comunitarios. El DIF Municipal promoverá el consumo de frutas frescas de temporada por parte de los beneficiarios de acuerdo a los lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social alimentaria (EIASA) emitidos por DIF NACIONAL. DIF Municipal, será responsable de tener actualizados los datos de los padrones el día 25 hábil de cada mes. El DIF Municipal será el organismo de vigilancia y seguimiento de los apoyos de asistencia alimentaria bajo la administración, supervisón y control de DIF Estatal. El DIF Municipal solicitará por escrito la aplicación o continuidad del apoyo. El DIF Municipal será el responsable de capacitar a los centros escolares, guarderías y/o centros comunitarios, de la recepción de los insumos y en el

7 momento se detecte: fecha de caducidad vencida y/o en mal estado, rotos o con alteraciones que pongan en duda su calidad, podrá solicitar la reposición de los mismos. Será responsabilidad del DIF Municipal en coordinación con personal Directivo y padres de familia, una vez distribuidas las dotaciones alimentarias supervisar que cada centro escolar, guardería y/o centro comunitario haga el depósito correspondiente por concepto de cuotas de recuperación a la cuenta asignada para tal fin, de la misma manera recabará las fichas de depósito y las enviará a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios. El DIF Municipal podrá solicitar por escrito a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios SEDIF, le sea brindada una capacitación al personal de nuevo ingreso o en el supuesto de que existan dudas en el personal, sobre la operación de los programas y de orientación nutricional. El DIF Municipal no podrá utilizar los insumos alimentarios que hubieren quedado disponibles por cualquier motivo. En este supuesto deberá presentar una propuesta de aplicación de dichos insumos adjunta a una solicitud por escrito dirigida a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios quien determinará una vez analizado el caso, el procedimiento a seguir. El DIF Municipal vigilara el levantamiento de padrón de beneficiarios así como del seguimiento de peso-talla que solicite la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios, y el cual se llevara a cabo por la Secretaria de Educación y conjuntamente con personal de la Secretaria de Salud. Si el padrón escolar sufriera modificaciones durante el periodo vigente se informara por escrito y en medio magnético. DIF Municipal, asignará personal para la operación del Programa, el cual realizará las siguientes actividades:

8 1. Impartir actividades de de Orientación Alimentaria Nutricional a los beneficiarios por lo menos una vez al mes, apoyándose con material didáctico proporcionado por la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios. 2. Contar con un listado de planteles, guarderías y/o centros comunitarios donde se incluya a los candidatos a ser beneficiarios de los programas, de acuerdo a lo establecido en estos lineamientos. 3. Enviar un informe mensual físico y financiero a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios debidamente requisitado en la fecha establecida para la recepción de informes 4. Realizar visitas periódicas de supervisión y asesoría a los centros escolares, guarderías y/o centros comunitarios beneficiados, a efecto de verificar la operatividad de los apoyos, dejando como constancia de ello, lo asentado en los reportes así como evidencia física (fotografías). 5. Conformar los expedientes que contengan la documentación soporte, estudio socioeconómico y la lista de los beneficiarios que recibieron los insumos alimenticios, debiendo presentarlo a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios. 6. Solventar las observaciones detectadas y asentadas en el reporte de supervisión que realice el DIF Estatal a la operación del programa. 7. Canalizar a los niños o niñas beneficiarios del programa que presenten algún grado de desnutrición, sobrepeso u obesidad, al centro de salud local para que reciban la atención médica correspondiente, previa entrega de la información a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios para que se le de el seguimiento correspondiente.

9 8. Verificar que cada centro escolar, guarderías y centros comunitarios beneficiarios del programa cuente con un comité de padres de familia. 9. Solicitar por escrito a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios la solicitud de autorización en caso de que requiera dar de baja reubicar el programa, convocando a reunión con los padres de familia de los menores beneficiarios cuando por diferentes causas motiven la baja del apoyo, a fin de que tal decisión sea asentada en un acta, dicho documento deberé estar firmado y sellado por todos los que en ella intervengan, avalada por el comité de padres de familia y la autoridad escolar, así mismo deberá ser firmada por la representación del DIF Municipal y contener el sello correspondiente. Este documento quedará bajo resguardo del personal responsable del programa en el DIF Municipal y ser enviado posteriormente a la Dirección de Vigilancia y Apoyo Nutricional para los efectos que correspondan. 10. Elaborar anualmente el inventario del mobiliario de cada uno de los comedores de los centros escolares, guarderías y/o comunitarios. ACCIONES QUE DESEMPEÑARA EL SMDIF

10 Supervisar que los insumos lleguen a las escuelas beneficiarias, guarderías y centros comunitarios de los programas alimentarios de acuerdo al calendario previamente elaborado por DIF Estatal. Capacitar para que no se reciban insumos en mal estado, con fecha de caducidad vencida, envase maltratado, sin empaque, sin logo e información oficial, así como insumos que presenten en mal estado, rotos o con alteraciones que pongan en duda su higiene y contenido nutrimental, deberán abstenerse de recibir el insumo, debiendo levantar un acta en el que se haga constar el estado en que se encuentra el o los productos, el cual será firmado por quien entrega y por quien esta recibiendo los insumos, quienes asentaran sus respectivos nombres e indicaran la fecha y hora en la que se pretenda realizar la entrega. El documento deberá enviarse de forma inmediata a DIF Estatal. Solamente en el supuesto de que lo anterior no sea observado, no se repondrá el insumo. LINEAMIENTOS PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS El contexto nacional de salud al que el Sistema Nacional DIF, los Sistemas Estatales DIF y DIF D. F. se enfrentan, requieren responder con una utilización eficiente de los recursos públicos. Los programas de asistencia social han planteado en sus objetivos la atención a grupos de población vulnerable por lo que se requiere establecer criterios para la selección de beneficiarios, con base en; FOCALIZACIÓN La focalización consiste en la identificación de los beneficiarios y el direccionamiento de acciones y recursos hacia ellos, tomando en cuenta los criterios de: Marginalidad. Pobreza. Vulnerabilidad.

11 Estado de nutrición, ya que el estado de vulnerabilidad puede darse con desnutrición, sobrepeso u obesidad. HERRAMIENTAS PARA FOCALIZAR. Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 e información por estados. Norma Oficial Mexicana NOM-169-SSA1-1998, para la asistencia social alimentaria a grupos de riesgo. Ley de Asistencia Social, artículo 4º Documento de Focalización derivado de 2º taller Nacional de Focalización (Puebla, Pue., mayo 2007), elaborado en colaboración con los Sistemas Estatales y Sistema Nacional DIF. Índice Estatal de vulnerabilidad Social. Cuarto Censo Nacional de Talla 2004 Grado de Marginación 2005 PROGRAMA COCINA POPULAR Y SISTEMA INTEGRAL

12 REGLAS DE OPERACIÓN PARA LOS MUNICIPIOS A fin de lograr una coordinación adecuada entre los programas implementados por la Dirección de Vigilancia Nutricional y Programas Alimentarios, se definirán específicamente las actividades y/o acciones a realizar por cada institución participante: Sistema DIF Municipal: Partiendo del Padrón de las escuelas o centros comunitarios donde se implementas por Programas Alimentarios deberán verificar las necesidades más apremiantes o urgentes de los artículos de cocina requeridos, para ello deberán llenar correctamente el formato anexo No. 1, mismo que enviaran a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Programas Alimentarios debidamente llenado, cuando esta lo solicite. Cuando se entreguen los apoyos a las cocinas por parte del SMDIF, deberá entregar directamente y sin intermediarios todos los artículos de cocina destinados para cada una de las escuelas beneficiadas, respetando siempre su empaque original y cantidades asignadas. Al momento de las entregas el SMDIF, deberá llenar correctamente el formato No. 2, sin omitir dato alguno, anexando fotografías de todas y cada una de las entregas. Los artículos usados que se sustituyan por nuevos en las entregas programadas en los centros escolares y comunitarios, el SMDIF solamente realizaran un inventario, mismo que deberá enviar a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Programas Alimentarios. En los casos que el SMDIF considere realizar un evento para la entrega de los artículos de cocina, deberá solicitar por escrito autorización a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Programas Alimentarios. Bajo ningún motivo el SMDIF tiene facultad para donar y/o trasladar los bienes inmuebles otorgados a los centros escolares y comunitarios. Salvo en los casos que se presente alguna contingencia en su municipio o en la región, podrá disponer provisionalmente de los artículos de cocina para enfrentar de manera inmediata la atención a la población afectada, y avisando al SEDIF a la brevedad posible.

13 Cuando se presenten bajas definitivas de los programas implementados por el SEDIF, el SMDIF deberá notificar inmediatamente sobre la situación, y proponer alguna comunidad a fin de que personal del SEDIF traslade el equipo de cocina. Si el SMDIF, detecta la necesidad y adquiera algún artículo de cocina y por falta de conocimiento envía la factura o gestiona para que el SEDIF realice el pago, este NO será reconocido por el Sistema. En caso de robo de los artículos de cocina al interior de los centros escolares y/o comunitarios, personal del SMDIF deberá orientar al comité de padres de familia sobre como y donde poner la denuncia de robo ante la autoridad competente, mismo hecho que deberá notificar al SEDIF por escrito anexando copia de la denuncia. El SMDIF será el encargado realizar las reuniones comunitarias para la firma de los COMODATOS, los cuales serán enviados previamente por el SEDIF. En los casos que los SMDIF, requieran de alguna donación de los artículos usados procedentes de las reposiciones de equipo de cocina, deberán de realizar la solicitud por oficio, dirigida a la Dirección General de DIF Coahuila, con copia a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Programas Alimentarios, a fin de analizar su aprobación y enviar los formatos correspondientes. Sistema DIF Coahuila: Enviar a los SMDIF los formatos para solicitud de reposición entrega de artículos de cocina y los comodatos correspondientes a fin de brindar transparencia y seguimiento al programa. En base a las necesidades de reequipamiento presentadas por los SMDIF, el SEDIF deberá concentrar y valorar en base al presupuesto histórico autorizado y aprobado por cada uno de los 38 municipios. Realizar los trámites necesarios ante el SATEC para la Autorización y Aprobación del Presupuesto Fiscal Vigente, Dar seguimiento en el SIIP del programa Cocinas Populares y Sistema Integral. (capturas de propuestas, de expedientes técnicos, elaboración de SLR, registro mensual de avances, actas de entrega recepción y en su caso documentos de Glosa y cuadros comparativos) Convocar al Comité de Adquisiciones del SEDIF a fin de iniciar con los Procesos de Adquisición de los artículos de cocina.

14 Gestionar los pagos correspondientes de acuerdo a los contratos establecidos con el o los proveedores adjudicados en el presente ejercicio fiscal. Elaborar un Diagnostico correctivo de los equipos de cocina que ha instalado el SEDIF. basándose en la Estrategia de Mantenimiento Correctivo de las Cocinas. Realizar una programación regional para la entrega de los artículos de cocina de acuerdo a las necesidades presentadas por los SMDIF. Entrega física de los artículos de cocina en las bodegas regionales, adjuntando oficios, listados de escuelas beneficiadas, formatos y comodatos. Tener un control de salidas a través de requisiciones foliadas y personalizadas por cada centro a beneficiar. Definir a los SMDIF los tiempos de entrega de material, así mismo el envió de los acuses que amparen las entregas correspondientes. A fin de identificar plenamente los bienes inmuebles pertenecientes al DIF Coahuila, el SEDIF deberá implementar un control interno bajo numero de series, pagado de calcas en los artículos o asignar numero de inventario. Cuando el SEDIF reciba las notificaciones por escrito de las bajas definitivas de los equipos de cocina, asistirá personal del SEDIF a retirar todo el equipo de cocina al centro indicado, llenado los formatos respectivos, recabando fotografías e informado a la Dirección de Vigilancia Nutricional y Apoyos Alimentarios. Realizar una programación Mensual sobre las visitas de supervisión, a fin de verificar la correcta aplicación de los recursos del Programa Cocinas Populares y Sistema Integral, integrando un reporte de los resultados obtenidos en cada una de las visitas, informando a la Dirección de Vigilancia Nutricional y programas Alimentarios.

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