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1 DICIONES DE VENTA PARA LA SUBASTA DE BIENES PERTENECIENTES A LA EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORDOBA A REALIZARSE LOS DIAS 14 Y 15 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 15:30 HORAS, EN EL SALON DEL BANCO SITO EN AV. COLON Nº 657, DE LA CIUDAD DE CORDOBA. El Banco de la Provincia de Córdoba S.A., rematará en Subasta Pública, con Base y al mejor Postor, por Cuenta, Orden y en Nombre de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, en adelante El Vendedor, bienes declarados en desuso y/o rezagos de su propiedad, en el estado en que se encuentran y fueran exhibidos, con resultado de la venta sujeto a la aprobación por parte del mismo. SEÑA DE REMATE: La seña de remate será del 20% (veinte por ciento) del precio de venta y deberá ser abonada en el momento del remate en dinero en efectivo o cheque certificado a satisfacción del Banco de la Provincia de Córdoba S.A. Si por cualquier motivo, el cheque entregado en pago fuera rechazado por el Banco girado, la venta quedará sin efecto. No obstante el oferente quedará obligado al pago de dicho importe, en concepto de multa por frustración del remate. COMISION: La Comisión será del 10% (diez por ciento) del valor de la venta y deberá también ser abonada en el acto del remate. I.V.A. SOBRE LA COMISION: El Comprador, abonará también en el acto de remate, el I.V.A sobre la Comisión, de acuerdo a las normas vigentes en tal sentido, para lo que deberá completar la Declaración Jurada correspondiente en el acto del remate, acompañando constancia de inscripción ante el AFIP, en los casos de Responsables Inscriptos, Responsables Monotributo, etc. IDENTIDAD DEL COMPRADOR: En el acto de Remate, el Comprador deberá presentar indefectiblemente Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica o Documento Nacional de Identidad y completar claramente los datos requeridos en Declaración Jurada que se adjunta al presente Catálogo, la que deberá ser entregada en el momento de adquirir un Lote en Subasta, juntamente con CONSTANCIA DE CUIT/CUI/CDI, FOTOCOPIA DNI 1ª y 2ª hoja y Constancia de domicilio. SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SRL): o Contrato Social inscripto en Registro Público de Comercio. o Acta de Reunión de socios donde conste la identidad de los Gerentes de la Sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio (RPC). o Modificación Prorroga o reconducción del Contrato Social inscripta en el RPC. SOCIEDAD ANÓNIMA (SA): o Estatuto Social inscripto en el RPC y aprobando por la Inspección de Sociedades Jurídicas (ISJ). o Acta de Asamblea donde conste la conformación del Directorio de la Sociedad, inscripta en el RPC o Acta de Directorio con la distribución de cargos sino constara en el Acta de Asamblea. o Todo acto de la Sociedad que implique modificación al Estatuto como así también el nombramiento de los Directores (por vencimiento de mandato o por otro motivo) inscripto en RPC y aprobado por ISJ. SOCIEDADES DE HECHO: o Contrato Social (si existiere). o Modificaciones al Contrato Social DOCUMENTACION REQUERIDA PARA DETERMINAR EL ORIGEN DE LOS FONDOS (LEY ) PERSONA FISICA OBLIGATORIA

2 a) TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA Constancia del empleador en donde conste, como mínimo, antigüedad, domicilio e ingresos. La firma del empleador debe estar certificada por banco, en ese carácter. Tres últimos recibos de sueldo. b) TRABAJADORES AUTONOMOS Constancia de Inscripción en AFIP. Certificado de ingresos emitido por Contador Público, con firma legalizada por el correspondiente Consejo Profesional y/o última declaración jurada de Impuesto a las Ganancias y seis últimas presentaciones de IVA (y pago en caso de corresponder). c) MONOTRIBUTISTAS Constancia de Inscripción en AFIP. Tres últimos recibos de pago monotributo. NO OBLIGATORIA (COMPLEMENTARIA) Ultima declaración jurada de Impuesto a las Ganancias. PERSONAS JURIDICAS OBLIGATORIA Ultima declaración jurada de Impuesto a las Ganancias de la firma (los poderes deben dejar aclarado que pueden realizar la operatoria que pretende). Ventas post balance certificadas por Contador Público y legalizada la firma por el correspondiente Consejo Profesional o últimas DDJJ de IVA post balance. Ultimo balance con la firma del Contador certificada por el Consejo Profesional correspondiente. Documentación a aportar para casos en que se necesite determinar el origen de los fondos Por inmuebles vendidos: fotocopia certificada por Escribano de la escritura traslativa de dominio. Por venta de Rodados u otros bienes muebles: formularios que acrediten la venta. Por cualquier bien obtenido por herencia, legado o donación: copia de los instrumentos en los que conste su trasferencia. Liquidación por indemnización: del último año. Recibo de cobro de seguros (por siniestro, incapacidad, vida, etc.): del último año. Alquileres cobrados: fotocopia del contrato de alquiler (sellado): fotocopia autenticada por Escribano. Toda otra documentación que pueda acreditar el origen de los fondos de los que se pretende comprar. Para Acreditar Ingresos CONSUMIDOR FINAL: Tres últimos Recibos de Sueldo, en caso de estar en relación de dependencia o ser beneficiario de jubilación y/o pensión. MONOTRIBUTISTA: Constancia de Inscripción en AFIP. Tres últimos recibos de pago monotributo AUTONOMO: 3 últimas DDJJ de IVA o Certificación de Ingresos expedida por Contador Público certificada por Consejo Profesional de Ciencias Económicas El domicilio debe coincidir con el informado por el Cliente Personas Jurídicas Deberán presentar (en original y copia) la documentación detallada en los siguientes apartados, las cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos: Que en el original no existan adulteraciones. Que la copia: o Se corresponda en un todo con el original, y que no existan adulteraciones en la misma.

3 o Sea realizada en una carilla de cada hoja (no se aceptarán copias en doble faz). o SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SRL): o Contrato Social inscripto en Registro Público de Comercio. o Acta de Reunión de socios donde conste la identidad de los Gerentes de la Sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio (RPC). o Modificación Prorroga o reconducción del Contrato Social inscripta en el RPC. SOCIEDAD ANÓNIMA (SA): o Estatuto Social inscripto en el RPC y aprobando por la Inspección de Sociedades Jurídicas (ISJ). o Acta de Asamblea donde conste la conformación del Directorio de la Sociedad, inscripta en el RPC o Acta de Directorio con la distribución de cargos sino constara en el Acta de Asamblea. o Todo acto de la Sociedad que implique modificación al Estatuto como así también el nombramiento de los Directores (por vencimiento de mandato o por otro motivo) inscripto en RPC y aprobado por ISJ. SOCIEDADES DE HECHO: o Contrato Social (si existiere). o Modificaciones al Contrato Social Mandato vigente. Cuando la Compra se efectúe en Comisión deberá presentarse en el momento de la Subasta Poder suficiente de donde surja claramente la voluntad del Mandante y todos los datos indicados en el párrafo anterior, del mismo OFERTA BAJO SOBRE: Desde el momento en que se anuncia y hasta el día 05 de Noviembre de 2013, se admitirán Ofertas Bajo Sobre, debiendo abonar en ese acto, en efectivo, el 30% (treinta por ciento) de la Oferta más Gastos Administrativos. A tales fines, dichos pagos se realizaran en la División Ventas y Remates del Banco, sita en Avda. Colón Nº 657, Córdoba Capital, de lunes a viernes, en horario bancario. En caso de utilizarse cheques, los depósitos deberán efectuarse con la debida antelación, a fin de tramitarse su compensación hasta el día anterior a la Subasta. - La voluntad de comprar, comenzará a formar parte de la puja, desde la base asignada al bien y en proporción a los montos que expresen el resto de los oferentes. - Si la oferta fuese igualada, tendrá prioridad por haber sido formulada con anterioridad. - El público podrá durante el Remate, superar la mejor Oferta Bajo Sobre recibida. APROBACION DE LA SUBASTA: La venta se encuentra sujeta a la aprobación de El Vendedor, quien se expedirá dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha del Remate. Durante el plazo, será de responsabilidad exclusiva del Comprador el tomar conocimiento de tal aprobación, para lo cual deberá efectuar las consultas en la División Ventas y Remates del Banco de la Provincia de Córdoba S.A., sita en Avda. Colón Nº 657, de la Ciudad de Córdoba, Tel/Fax: pignoraticios@ bancor.com.ar. TRANSFERENCIA O CESION DE DERECHOS: Respecto de los lotes aprobados, la EPEC no reconocerá ninguna transferencia o cesión de derechos sobre los bienes subastados/adquiridos, entre el oferente registrado en el acto de ofrecimiento, y terceras personas, mientras el lote no haya sido totalmente abonado y retirado. INTEGRACION DEL PRECIO: El saldo del 80% (ochenta por ciento) del Precio de Venta, será cancelado por el Comprador, en el término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la Aprobación de la subasta, en la División Ventas y Remates, en horario bancario. Vencido este Plazo, el Comprador, perderá los importes abonados en concepto de Seña, Comisión e I.V.A. sobre la Comisión. I.V.A. SOBRE EL BIEN: El comprador deberá abonar también en el momento de Pago de Saldos, el I.V.A. sobre el Precio de Venta del o los lote/s adquiridos, en caso de corresponder,

4 de acuerdo a las normas vigentes en tal sentido, y a la condición que presente ante la AFIP, previamente acreditada. Para los utilitarios el I.V.A. es el 10,5% (diez con cinco por ciento). IMPUESTO A LAS GANANCIAS : Responsable Inscripto RETENCIONES A PRACTICAR :Retención de IVA - R.G : E.P.E.C. al no cumplir con el requisito de habitualidad en este tipo de operaciones no puede estar inscripto en el Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar; por tal motivo el comprador deberá actuar como Agente de Retención en los siguientes casos: Cuando se encuentren inscripto en el registro y desarrollen la actividad de: Acopiadores Galponeros Intermediarios B) Cuando no se encuentren inscripto en el registro aquellos que desarrollen la actividad de RECICLADORES.

5 La Retención que se le deberá practicar a E.P.E.C. es del 21%. El art. 24 texto vigente de la RG AFIP Nº 2974/2010 nos dice: el importe de la retención se determinará aplicando sobre el precio neto de venta conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado Los agentes de retención quedan obligados a entregar al sujeto pasible de la misma, en el momento que se efectúe el pago y se practique la retención, el comprobante que establece el Art. 8 de la R.G (Constancia de Retención). C ) No será de aplicación este régimen de retención cuando se trate de operaciones en la que el comprador sea Consumidor Final I) Retención de IMPUESTO A LAS GANANCIAS - R.G : E.P.E.C. al no cumplir con el requisito de habitualidad en este tipo de operaciones no puede estar inscripto en el Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar; por tal motivo el comprador deberá actuar como Agente de Retención en los siguientes casos: A) Cuando se encuentren inscripto en el registro y desarrollen la actividad de de: 1- Acopiadores 2- Galponeros 3- Intermediarios B) Cuando no se encuentren inscripto en el registro aquellos que desarrollen la actividad de RECICLADORES. La Retención que se le deberá practicar a E.P.E.C. es del 20%. El art. 41 texto vigente de la RG AFIP Nº 2849/2010 dice: el importe de la retención se determinará aplicando sobre el importe total de cada concepto que se pague

6 Los agentes de retención quedan obligados a entregar al sujeto pasible de la misma, en el momento que se efectúe el pago y se practique la retención, el comprobante que establece el Art. 8 de la R.G (Constancia de Retención). C ) No será de aplicación este régimen de retención cuando se trate de operaciones en la que el comprador sea Consumidor Final. DOCUMENTACION DEL AUTOMOTOR: Se extenderá a nombre de la persona que adquirió en el Remate, en ningún caso se admitirá el endoso de la Boleta de Venta. TRANSFERENCIA DEL AUTOMOTOR: Hasta los cinco días hábiles posteriores al último día para el cobro de saldos, el adquirente o comprador, deberá concurrir al Departamento Movilidad y Transporte de la EPEC, ubicado en Av. Madrid 2450 Barriio Villa Revol Córdoba, munido con la siguiente documentación: - Original y Duplicado de la Boleta de Venta intervenida por el Banco y Documento Nacional de Identidad. - Formulario 08 (sin llenar). - Formulario 12 (en caso de ser necesaria la verificación del automotor. Sin llenar). Dicha transferencia deberá efectuarse dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la entrega de la documentación del automotor por parte de El Vendedor. El comprador tomará a su cargo el pago de los impuestos, tasas, patentes, gravámenes aplicables a la Venta de Automotores y conforme a las leyes vigentes, que pudieren corresponder, como asimismo todas las gestiones y trámites que fuera menester a esos efectos. El Comprador se hará cargo de las patentes correspondientes al año de venta, cuyo pago a la fecha de la subasta aún no hubieran vencido; sí entre la fecha de venta y la terminación de la transferencia de dominio a favor del comprador, se hubiere producido algún vencimiento y El Vendedor a efectos de no incurrir en mora la hubiese abonado, el Comprador antes de retirar el vehículo deberá reintegrar el importe que por tal concepto se hubiere pagado, debiendo hacerlo en dinero en efectivo. Asimismo el Comprador deberá acreditar fehacientemente entregando copia de la documentación correspondiente, los pagos efectuados, la transferencia de la unidad a su nombre y la Baja Municipal. FORMA Y PLAZO PARA EL RETIRO DE LOS VEHICULOS: El Comprador, únicamente, deberá retirar el vehículo adquirido, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de realización de la Transferencia de Dominio, con previa autorización de El Vendedor, debiendo El Comprador verificar en oportunidad de efectuar el retiro de los vehículos la Marca, Modelo, numeraciones, etc., como así también el estado de los vehículos, lo que deberá coincidir con lo especificado en la Boleta de Venta. En dicho momento deberán efectuarse los reclamos pertinentes si correspondieren; posteriormente no se admitirán reclamos de ninguna índole. El trámite previsto en la presente Norma (Transferencia y Retiro de los vehículos), no podrá superar los 10 (diez) día siguientes al de la aprobación de la venta. En caso de incumplimiento, el Comprador perderá las sumas pagadas en concepto de precio y comisión y los derechos a los automotores, que quedarán abandonados a favor de El Vendedor. FORMA Y PLAZO PARA EL RETIRO DE LOS BIENES: Efectuado el Pago Total de aquellos Lotes que no sean Automotores, el Comprador podrá proceder a su retiro dentro de los 5 (cinco) días hábiles, contados a partir del último día fijado para el Pago de Saldos, en el domicilio que fueran exhibidos, munido de la Boleta de Venta en Original y Copia, y Documento de Identidad, si por el contrario quien retira no es el Titular, deberá presentar aparte de su Documento de Identidad actualizado, el Original y Copia de la Boleta de Venta extendida por el Banco, además de una fotocopia de ésta, en la que deberá contener al dorso, autorización firmada por el Titular en la que se indicará nombre y número de documento de la persona

7 autorizada a retirar los Bienes, certificada y Legalizada ante Escribano Público; la fotocopia quedará en poder del Vendedor. Cuando quien retire lo haga en nombre de una Persona Jurídica, deberá presentar la autorización certificada y legalizada por Escribano Público. Se establece que el retiro de los Lotes, es por Cuenta y Cargo exclusivo del Comprador, para lo cual deberá disponer de transporte, mano de obra y medios de levantamientos adecuados haciéndose responsable, asimismo, de los daños que ocasionara en bienes o instalaciones de El Vendedor, este responderá por la existencia y estado de los lotes, de conformidad a lo detallado en la Boleta de Venta, leída, aprobada y entregada a los Compradores en el Acto del Remate, no admitiéndose reparaciones o desarme de los Bienes dentro del Establecimiento de El Vendedor. El Vendedor no se responsabiliza de los accidentes del Personal, que, a cargo del Comprador, intervenga en el trabajo del retiro de los bienes, ni tampoco de los daños en vehículos, elementos, etc. Que, utilizados por este, se produzcan dentro del establecimiento de la misma. Los Lotes no se podrán retirar en forma parcial. El Vendedor, no se responsabiliza por faltas o fallas de piezas o accesorios para cuya apreciación se requieran desarmes. Los Bienes se entregarán en el estado en que se encuentran y que fueran exhibidos. Si los bienes no se retirasen dentro del tiempo estipulado, el Comprador pagará almacenaje sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial a razón del 1% (uno por ciento) diario capitalizable por día corrido de demora, sobre el Precio de lo no retirado y hasta un máximo de 30 (treinta) días hábiles, vencido el plazo indicado, El Vendedor procederá a la enajenación de los bienes conforme a las normas establecidas en el Régimen de Contrataciones de EPEC- Decreto Nº 4018, sin derecho a reclamación alguna por parte del Comprador, quedando a disposición de este, el importe obtenido previa deducción del 30 (treinta) por ciento en concepto de gastos administrativos, más los gastos originados en concepto de depósito. IMPORTANTE: Como regla general, y según las existencias efectivas al momento de la entrega, las cantidades rematadas podrán ser aumentadas o disminuidas en hasta un 20% respecto de las establecidas en las bases de la subasta. En el caso de los lotes compuestos por elementos fungibles, en forma excepcional y a solo criterio de EPEC debidamente justificado, las cantidades a entregar podrán ser aumentadas en un porcentaje mayor al señalado. EL BANCO cobrará o reintegrará a prorrata los importes que resulten en exceso o en defecto, entendiéndose de la misma manera la proporción del porcentaje que correspondiere por comisión de remate y del I.V.A. sobre la comisión, los que serán percibidos por EL BANCO previa notificación fehaciente por parte del VENDEDOR. En los casos de excedentes, solamente se facturará con la previa conformidad del Comprador. Estas operaciones posteriores al acto de cancelación efectuado en el Banco, también deberán realizarse exclusivamente en la División Ventas y Remates del Banco, Av. Colón Nº 657- Córdoba, en el horario de 8:30 a 13:30 y hasta el día 16 de Diciembre de ACLARACIONES: LOTES 15, 41, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74 y 75: Los Transformadores a subastar se encuentran Libres de PCB, Según la Resolución Nº 369/91 del Ministerio de Trabajo, los equipos que contienen menos de 50 ppm de PCB son considerados LIBRES de esa sustancia. Retiro de los transformadores ubicados en Villa Revol: Los Compradores deberán prever la contratación de una grúa especial para el retiro de los transformadores. Dado lo reducido del terreno, en el cual se encuentran depositados, la grúa deberá tener pluma para enganchar las máquinas (no mulita). Respecto al plazo para el retiro (DOS DÍAS HÁBILES), se deberá tener en cuenta que primero deberá retirarse el lote que resulte más accesible; luego, el resto, para lo cual se deberá coordinar previamente con el sector de DIV. TECNICA - Sr. Luis Martínez. TE /6602

8 LOTE 67: Los Neumáticos fuera de uso, sólo podrán ser empleados para recauchutado de neumáticos o para la fabricación de productos para reutilización de los mismos, mediante el uso de procesos que cumplan con la legislación vigente. Los desechos generados por dicha utilización serán gestionados adecuadamente, no originarán productos tóxicos. Se prohíbe el abandono, vertido o eliminación incontrolada e incineración de los neumáticos. No le cabe a EPEC, responsabilidad alguna si éstas premisas no fueran respetadas. RESIDUOS PELIGROSOS: Los compradores deberán cumplir las siguientes exigencias: LOTE 13: LEÑA. El transportista que retire este residuo debe estar habilitado por la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Córdoba como transportista de residuo Categoría Y48/Y05 (según Ley ); del mismo modo le deberá dar disposición final un operador que esté habilitado por la secretaría con Y48/Y05. LOTE 27 y 39: BATERIAS. El transportista que retire este residuo debe estar habilitado por la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Córdoba como transportista de residuo Categoría Y31/Y35 (según Ley ); del mismo modo le deberá dar disposición final un operador que esté habilitado por la secretaría con Y31/Y35. LOTE 49 y 51: Los equipos y accesorios para computación son considerados Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs), por ser potencialmente peligrosos por la Ley Nac de Residuos Peligrosos. Motivo por el cual la firma que los adquiera deberá contar con la habilitación correspondiente y emitir el Certificado de Disposición Final. RECLAMOS: Los reclamos de cualquier naturaleza en cuanto a la mercadería vendida y/o eventuales ajustes de precio de acuerdo a las condiciones particulares de venta, serán resueltos por El Vendedor. EN NINGUN CASO EL BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A SE RESPONSABILIZA POR LA TRANSFERENCIA DEL VEHICULO Y/O ESTADO DE DOCUMENTACION DEL MISMO. EL DETALLE DE LOS LOTES DEL PRESENTE CATALOGO ES MERAMENTE INFORMATIVO, LOS INTERESADOS DE COMPRA DEBERAN PRESTAR LA DEBIDA ATENCION A LA LECTURA QUE EFECTUARA EL ENCARGADO DE OFRECER LOS BIENES EN EL MOMENTO DEL REMATE, DE LA BOLETA DE VENTA, UNICO COMPROBANTE VALIDO PARA CUALQUIER RECLAMO. LAS MERCADERIAS SE VENDEN EN EL ESTADO Y CONDICIONES EN QUE SE ENCUENTRAN. CONTACTOS: Ubicados en San Francisco Av. 9 de Setiembre Nº 3749 Pcia. CBA. Lotes: 01 al 15, inclusive. MIGUEL TIBERTTI / ALEJANDRO MILLAJER TEL Ubicados en Villa María Sabatini Nº 580. Pcia. de CBA. Lotes: 16 al 19 inclusive. LUCIO RUSSO/ RAUL AREVALO, TEL Ubicados en Río Cuarto Diego Paroissien 380 Central Las Ferias. Pcia. CBA. Lotes: 20 al 27 inclusive. MIGUEL MITILLO, TEL CONRADO RIVA, TEL Ubicados en Central General Levalle Ruta Nro. 7 km. 540, General Levalle, Pcia. de CBA Lote: 28 EDE BERRA, TEL Ubicados en las Centrales Bicentenario y Arturo Zanichelli, ambas ubicadas en Ruta 13 km 4 ½, localidad de Pilar, Pcia de CBA. Lotes: 29 y 30 inclusive. JORGE L. SANTARROSA, TEL

9 GABRIEL MILLAN, TEL Ubicados en la localidad de Valle Hermoso. Pcia. De CBA. Lotes: 32 al 34 inclusive. HECTOR MORENO, TE / Ubicados en Central Dean Funes, Arturo Orgaz 1279, Ciudad de Córdoba. Lotes: 35 al 37, inclusive Sr: CARLOS ALBERTO LOPEZ, TEL Sr. MIGUEL BRANDAN, TEL Ubicados en Almacén Central de la Ciudad de Córdoba, Av. General Savio 5570, frente de FIAT, camino Interfábrica Depto. Almacenes. Lotes: 38 al 67 inclusive. HECTOR HORACIO ARAGON, TEL Ubicados en la ciudad de Córdoba Predio Villa Revol. Av. Madrid 2460 Lotes: 68 al 75 inclusiv y lote 212. RAMON BARRIONUEVO, TEL / 6603 LUIS MARTINEZ / IDEM. Ubicados en la localidad de Ucacha - Pcia. De CBA.: Lotes: 76 y 77 JUAN CARLOS FILLIPA, TEL / Automóviles ubicados en la ciudadad de Córdoba Depto. Almacenes Av. General Savio 5570, frente FIAT, Camino Interfábrica s/nro. Ferreyra. Lotes: 78 al 211, inclusive HECTOR HORACIO ARAGON / TEL

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