INFORME FACTORES DE RIESGO EN LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

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1 UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE MADRID SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE INFORME FACTORES DE RIESGO EN LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL MADRID, 28 de septiembre 2006 UGT-MADRID Avda. de América, 25-8ª Planta Madrid Tel.: Fax: Correo electrónico:saludlaboral@madrid.ugt.org

2 ÍNDICE INTRODUCCIÓN AL SECTOR 3 SINIESTRALIDAD LABORAL EN LA ADMINISTRACIÓN 3 ACCIDENTES DE TRABAJO 3 ENFERMEDADES PROFESIONALES 5 FACTORES DE RIESGO EN LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL 7 AGOTAMIENTO PROFESIONAL 8 ESTRÉS 9 RIESGOS BIOLÓGICOS 12 ACTUACIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES 13 PREVENCION DE RIESGOS LABORALES ANTE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES 14 ACTUACIÓN SINDICAL 14 CONCLUSIONES 15 PROPUESTAS DE UGT-MADRID 16 2

3 INTRODUCCIÓN AL SECTOR El sector público, es un sector que debido entre otros a la inestabilidad laboral y a la escasa formación orientada a los trabajadores/as del sector, hace que la Prevención de Riesgos Laborales sea un objetivo importante y primordial a tener en cuenta. Los empleados de la Administración Local, engloban a todos aquellos trabajadores de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid así como organismos y empresas municipales dependientes de los mismos, tales como bomberos, policías, personal de oficina, de limpieza, de servicio y mantenimiento, entre otros, por lo que debido a la diversidad de empleos, los riesgos a los que se encuentran expuestos son muchos y muy complejos. Teniendo en cuenta a los trabajadores asalariados del sector público y del privado, es importante destacar que del total de la población asalariada de la Comunidad de Madrid, el 18,5% de los trabajadores pertenecen al sector público. (Fuente: INE. Encuesta de la Población Activa. 2005). Los empleados de la Administración van a estar sometidos principalmente a los riesgos psicosociales debido a las características del sector. SINIESTRALIDAD LABORAL EN LA ADMINISTRACIÓN ACCIDENTES DE TRABAJO La evolución de la siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid ha sido de crecimiento continuo, ya que se han incrementado en un 86,27%.desde 1995, año en que se aprobó la ley, hasta el 2005 Las actividades de la Administración Pública están englobadas dentro del sector servicios, sector caracterizado por la precariedad laboral y pésimas condiciones de trabajo a las que se encuentran expuestos los trabajadores/as, y por registrar el mayor crecimiento de accidentes de trabajo en jornada de trabajo con baja en la Comunidad de Madrid para el período de , ya que se ha incrementado en un 97,2%, pasando de accidentes de trabajo en servicios con baja en el año 1995 a en el año

4 La estadística del total de accidentes de trabajo en la Administración ha sido también creciente, ya que en 1995 se produjeron accidentes con baja, frente a los accidentes que se han producido en el año 2005, por lo que se han incrementado en un 61,3%, es decir, accidentes más en el Así mismo también se han incrementado los accidentes leves en este sector, en un 63,7% tal y como se refleja en la tabla que se adjunta a continuación. Sin embargo si hacemos referencia a la evolución de los accidentes de trabajo ocurridos en la Administración Publica desde 1995 a 2005 calificados como graves y mortales, han descendido, en un 62,7% y un 16,7% respectivamente. EVOLUCIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO CON BAJA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DEFENSA Y SEGURIDAD SOCIAL %95/05 LEVES ,7 GRAVES ,7 MORTALES ,7 TOTALES ,3 Tabla: Elaboración Propia Fuente: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Consejería de Empleo y Mujer. Comunidad de Madrid El índice de incidencia alcanzado para la actividad económica de la Administración Pública en el año 2004 en la Comunidad de Madrid ha sido de 23 accidentes por cada trabajadores Si tenemos en cuenta la forma en que se produjeron los accidentes entre los trabajadores de la Administración Pública destacan como las principales causas de los accidentes laborales los sobreesfuerzos, los golpes por objetos o herramientas, caídas al mismo nivel así como pisadas sobre objetos. 4

5 ENFERMEDADES PROFESIONALES Las Enfermedades Profesionales en la Comunidad de Madrid se han incrementado desde 1995 a 2005 en un 455,40%, por lo que hemos pasado de 278 enfermedades profesionales en 1995 a enfermedades profesionales en el 2005, es decir en 2005 se han producido enfermedades profesionales más que en Tal y como se observa en la tabla el sector que presenta mayor número de enfermedades profesionales ha sido servicios con un total de 863 enfermedades profesionales en el Se han incrementado un 179,29% las enfermedades profesionales en este sector desde 1995 hasta ENFERMEDADES PROFESIONALES DISTRIBUCIÓN POR SECTORES 1999/ DIF. % AGRICULTURA ,00 INDUSTRIA ,18 SERVICIOS ,29 CONSTRUCCIÓN ,13 TOTAL ,65 Tabla: Elaboración Propia Fuente: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Consejería de Empleo y Mujer. Comunidad de Madrid Tal y como se observa en la tabla que se adjunta a continuación en el sector servicios el principal problema que sufren los trabajadores / as de la Comunidad de Madrid, son los trastornos músculo esqueléticos, como por ejemplo en oficinas y despachos son los riesgos más comunes entre los trabajadores, ya que en enero-agosto de 2006 de los 562 partes declarados en este sector, el 52,14% de los mismos fueron debidos a problemas musculoesqueléticos. Así mismo en este sector, hay una gran problemática por las enfermedades infecciosas de hospitales, ya que se han registrado 64 enfermedades profesionales en este periodo. Como conclusión entre las enfermedades profesionales que más afectan a este sector son tendinitis y tenosivitis,, infecciosas en hospitales y dermatitis entre otros. 5

6 LAS EEPP SEGÚN DIAGNÓSTICO EN SERVICIOS ENERO-AGOSTO 2006 DIAGNÓSTICO Nº PARTES No consta 7 Dermatitis 56 Asma 3 Paludismo 2 Brucelosis 1 InfecciosaS en hospitales 64 Hipoacusia 1 Osteo-articualres por vibraciones 2 Bursitis 7 Tendinitis/tenosinovitis 293 Paralisis de nervios por presión 83 No enfermedad profesional 43 TOTAL 562 Tabla: Elaboración Propia Fuente: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Consejería de Empleo y Mujer. Comunidad de Madrid 6

7 FACTORES DE RIESGO EN LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL Cada vez nos encontramos con más daños a la salud de los trabajadores derivados de los riesgos psicosociales, lo que hace preciso desarrollar instrumentos que nos permitan dar a conocer la existencia de los mismos y tratar sindicalmente este tipo de hechos. En particular, nos planteamos la necesidad reforzar el análisis y la asistencia de los riesgos psicosociales, con lo que los riesgos psicosociales son un plan de acción prioritario de UGT-Madrid. Dentro de las actuaciones que desarrollamos desde la Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT-Madrid en esta materia, se encuentra la atención a todos aquellos trabajadores que así lo precisen, donde hemos atendido en el periodo comprendido entre 2005 y 2006 un total de 206 consultas, de las cuales un 51% (105 casos) el trabajador manifiesta en su discurso que se siente acosado. Después de una evaluación exhaustiva de cada caso se determina que de esos 105 casos: un 78% (82) son catalogados como casos de acoso psicológico laboral; un 6,6% (7) constituyen los casos de violencia tanto verbal como física; un 7,6% (8) suman los casos de estrés laboral y un 7,6% (8) son casos de depresión laboral. El resto de los casos, un 49% los englobamos como: Información y Asesoramiento sobre evaluación de riesgos psicosociales; diversas manifestaciones de conflictos laborales y solicitud de documentación e información sobre la materia. Debido a la gran diversidad de tareas que realizan los trabajadores de la Administración Local los factores de riesgo son muchos y diversos, si bien abundan principalmente los riesgos psicosociales debido al tipo de trabajo que desarrollan. En la jornada que nos ocupa se van a tratar principalmente durante la primera mesa, los riesgos psicosociales que tienen mayor incidencia entre los trabajadores de la Administración Local, siendo éstos el desgaste profesional y el estrés. 7

8 Las profesiones asistenciales en relación a riesgos psicosociales son las más afectadas, superando la Administración Pública en materia de riesgos psicosociales a la empresa privada. Según datos de la III Encuesta Europea de Condiciones de Trabajo UE (2000), el 8% de trabajadores europeos padecen riesgos psicosociales, afectando a todos los sectores, especialmente aquellos donde el nivel de exigencia, sobrecarga e inseguridad laboral es mayor: Administración Publica, sanidad, educación y asistencia social. El sector servicios es el más afectado ( 25%) y dentro de este destacan los profesionales sanitarios. Destacando que más del 30% de estos trabajadores han estado con bajas laborales de más de 12 meses. AGOTAMIENTO PROFESIONAL El síndrome de agotamiento profesional o burnout, significa estar o sentirse quemado, agotado, sobrecargado, exhausto. Este síndrome presenta tres componentes esenciales: el agotamiento emocional, la despersonalización y falta de realización personal. Suele afectar a personas con gran intervención social, profesionales de ayuda a los demás. Entre las profesiones más afectadas se encuentran las de educación, de servicios ciudadanos, servicios públicos, de sanidad.. El síndrome de burnout es una patología derivada de la interacción del individuo con unas determinadas condiciones psicosociales nocivas de trabajo. Cuanto más intensas son las relaciones interpersonales mayor es el riesgo de padecer el síndrome. Según el Informe Cisneros VI sobre la incidencia de los riesgos laborales psicosociales en la Comunidad de Madrid, podemos destacar los siguientes aspectos en relación al agotamiento profesional: 8

9 La incidencia de este síndrome entre la población de trabajadores ocupados en Madrid es de 10,8%. Los hombres presentan un mayor índice de Burnout (11,2 %) que las mujeres (10,5 %). Los trabajadores más quemados son los del sector Servicios con un 12,5 % de la población afectada. Destacan los profesionales del sector Educativo y de la Administración Pública. Por edades el Burnout se ceba más entre los más jóvenes, en especial del sector Servicios. Los menores de 26 años presentan una tasa de 13,3 % que va bajando a medida que sube la edad, hasta llegar al 7,8 % de afectados entre el grupo de trabajadores de más de 56 años. Respecto a la antigüedad en la organización el Burnout afecta en mayor medida a aquellos que llevan poco tiempo en la empresa. Las mayores tasas las encontramos en los trabajadores en período de prueba y/o con elevada rotación (menos de 6 meses, el 12 %), y entre los trabajadores más nuevos (entre 6 meses y 2 años, el 15%). ESTRÉS El estrés es un conjunto de respuestas fisiológicas (reacciones del organismo), cognitivas (procesos de pensamiento, percepciones individuales), y del comportamiento (conductas de enfrentamiento, huida o evitación); ante ciertos aspectos adversos o nocivos del contenido, la organización o el entorno de trabajo. La exposición prolongada a situaciones estresantes y la desadaptación que éstas producen en el organismo puede llevar al desarrollo de determinadas enfermedades tanto físicas como psicosomáticas (malestar psicológico en forma de síntomas físicos). La respuesta que cada persona da a las situaciones de estrés varía en función de la naturaleza de la demanda, de las expectativas y de las capacidades de cada uno. Las consecuencias del estrés pueden ser fisiológicas y/o psicológicas. 9

10 Entre los estresores exteriores podemos destacar entre otros: sobrecarga de trabajo, infracarga de trabajo, infrautilización de habilidades, repetitividad, ritmo de trabajo, ambigüedad de rol, conflicto de rol, relaciones personales, inseguridad en el trabajo, promoción, falta de participación, control, formación, cambios en la organización, responsabilidad, contexto físico Datos de la V Encuesta Nacional de Condiciones de trabajo (2003) Según datos de la V Encuesta Nacional de Condiciones de trabajo, un 5,3% de los trabajadores presenta síntomas compatibles con estrés. Por ramas de actividad, las más afectadas según la V Encuesta de Condiciones de Trabajo son: Administración/Banca (6,5%), Servicios Sociales (6,5%) y Otros Servicios (7,8%). Comparando estos resultados con la pasada Encuesta, se observa un incremento muy llamativo en la frecuencia de esta última rama (del 3,3% se ha pasado a un 7,8%). En relación con las variables personales se observa que el estrés es más frecuente en: Trabajadores con una edad entre 25 y 50 años (6,1%); en los más jóvenes esta frecuencia es casi tres veces menor (2,3%). Mujeres (7,4%) frente a hombres (4,6%). Trabajadores con hijos menores de 18 años a su cargo; la frecuencia de estrés en estos trabajadores es discretamente superior (6,2%) que en aquellos que no presentan esta situación (5,2%). Trabajadores que tardan más de una hora en llegar al trabajo (8,7%). Trabajadores del sector Servicios (6,6%) en comparación con Industria (4,5%) y Construcción (1,2%). Trabajadores expuestos a un nivel de atención alto durante más de la mitad de la jornada (6,7%) frente a los no expuestos a estos niveles de atención (3,6%). Trabajadores expuestos a un ritmo elevado durante más de la mitad de la jornada, que duplican la frecuencia de estrés (8,3%) en comparación con los no expuestos a estos niveles de ritmo (3,9%). 10

11 Trabajadores expuestos a tareas muy repetitivas durante más de la mitad de la jornada (7,5%). Trabajos con horario a turnos (7,3%). Datos del Informe Cisneros VI sobre el estrés en la Comunidad de Madrid: La tasa de estrés encontrada en el estudio es del 32,1 %. Los sectores más estresados son la Hostelería, el comercio y los Servicios. Cabe realizar una especial mención a los funcionarios y a los profesionales docentes como los dos colectivos más afectados por estrés. Las mujeres superan a los trabajadores varones en 8 puntos con una tasa de Estrés de 35,2 %. Se observa una evolución lineal en la incidencia del estrés que afecta a más a los trabajadores más mayores alcanzando la cota máxima los trabajadores de más de 56 años (42,3 %). Los menos estresados son los jóvenes menores de 26 años que presentan una tasa de 30 %. Respecto al tiempo de permanencia en la empresa, los trabajadores más estresados son los que llevan entre 5 y 10 años en ella (36,5 %) y los que no han cumplido el mes. Los períodos de prueba y la contratación mediante microcontratos inferiores a 30 días parecen correlacionar con tasas de estrés superiores. La incidencia del estrés en la Comunidad de Madrid en niveles que superan el 30 % significa una verdadera situación de alerta de un problema de salud laboral de primer orden sobre el que se tiene que reflexionar. Algunos sectores padecen de manera endémica un tipo de estrés que procede de características organizativas tóxicas que se han transformado en permanentes. Es el caso de las administraciones locales, del sector educativo o los medios de comunicación. En estas organizaciones hemos encontrado en general las mayores tasas de todos los RLP del estudio. 11

12 RIESGOS BIOLÓGICOS Según el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, se define a los Agentes biológicos como: "microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad". A su vez, se entiende como microorganismo, toda entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético. Por su parte, cultivo celular es el resultado del crecimiento in vitro de células obtenidas de organismos multicelulares. En función del riesgo de infección, se clasifican en cuatro grupos: Agente biológico del grupo 1: Aquel que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre. Agente biológico del grupo 2: Aquel que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo generalmente profilaxis o tratamiento eficaz. Agente biológico del grupo 3: Aquel que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz. Agente biológico del grupo 4: Aquel que causando una enfermedad grave en el hombre, supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas posibilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz. Antes de comenzar cualquier actividad relacionada con la manipulación de agentes biológicos debe realizarse un inventario, a fin de identificar los agentes utilizados, clasificarlos y establecer las medidas preventivas a tener en cuenta en función del nivel de contención requerido. Es imprescindible y un derecho de los trabajadores la formación e información sobre el riesgos biológico. Es importante destacar que en el programa territorial del 2004 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, había una campaña específica sobre la exposición a sustancias peligrosas (dentro de las cuales se puede incorporar los riesgos 12

13 biológicos). Se realizaron 216 visitas. Se constató un promedio de 0,49 infracciones con propuestas de sanción por visita. Así mismo se efectuaron 505 requerimientos. En el 2005 y 2006 esta campaña no se he llevado a cabo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por lo que no disponemos datos de estos años. ACTUACIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES En el marco del II Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid se establece la necesidad de evaluar muy especialmente los riesgos laborales emergentes así como impulsar entre las actuaciones encaminadas a vigilar dicho riesgos emergentes mediante el estudio de los riesgos laborales psicosociales como el estrés, el mobbing o el síndrome del quemado o burnout. Así, en el texto del Plan Director se señala que en los últimos años el estrés laboral ha sido identificado de forma reiterada en la Unión Europea como una de las principales preocupaciones en el lugar de trabajo, lo cual supone un desafío no solo para la salud de los empleados, sino también para el normal desarrollo de la empresa. Las acciones a desarrollar en materia de riesgos psicosociales en el marco del II Plan Director son : Promover la realización de evaluaciones de riesgos psicosociales, teniendo en cuenta las metodologías que garanticen los resultados más fiables así como la participación de los trabajadores y sus representantes. Potenciar actuaciones dirigidas a sensibilizar de la existencia de este tipo de riesgos, así como a eliminar o reducir su influencia en la salud de los trabajadores. 13

14 Impulsar y promover la actividad preventiva en materia psicosocial de los servicios de prevención, de forma que estos riesgos reciban, allí donde existan, el mismo tratamiento que viene recibiendo el resto de riesgos. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES ANTE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES Desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, tenemos que exigir que se haga una Evaluación de riesgos psicosociales como instrumento base: La evaluación de riesgos psicosociales debe quedar integrada en la evaluación de riesgos laborales Es el empresario el que tiene la obligación de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores y de tomar las medidas adecuadas y necesarias. Ha de ser anónima. Evaluación de la situación. Dos formas de evaluar: Evaluar el riesgo. Evaluar las consecuencias. ACTUACIÓN SINDICAL Desde UGT-Madrid, ofrecemos una serie de pautas ante los riesgos psicosociales: 1.- Denuncia organizacional. - Consulta sindical. - Apoyo de la representación de los trabajadores (Sección Sindical, Delegado de Prevención...). Con el objetivo de hacer conocedora a la organización de la situación acaecida, hacer responsable directo a la empresa de los hechos, y obligar a que tomen las medidas oportunas. 2.- Denuncia legal 14

15 - Antes de denunciar: hay que tener claro qué se va a denunciar, planificar y preparar la línea de acción, acumular documentación y argumentaciones, y contar siempre con asesoramiento legal. Es necesario derivar a : Sección Sindical: cuando se hace necesario actuar primero a nivel organizacional. Delegado de Prevención: cuando hay que ejercer una función de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos psicosociales. Servicio de Prevención: cuando hay que evaluar factores de riesgo que pueden estar afectando a la seguridad y salud de los trabajadores y cuando hay que adoptar medidas preventivas y vigilar su eficacia. Comité de Seguridad y Salud: cuando haya que elaborar, poner en práctica y evaluar los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa, y promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de riesgos. CONCLUSIONES Los empleados de la Administración Local, engloban a todos aquellos trabajadores de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid así como organismos y empresas municipales dependientes de los mismos, tales como bomberos, policías, personal de oficina, de limpieza, de servicio y mantenimiento, entre otros, por lo que y debido a la diversidad de empleos, los riesgos a los que se encuentras expuestos son muchos y muy complejos. Teniendo en cuenta a los trabajadores asalariados del sector público y del privado, es importante destacar que del total de la población asalariada de la Comunidad de Madrid, el 18,5% de los trabajadores pertenecen al sector público. (Fuente: INE 2005). La estadística del total de accidentes de trabajo en la Administración ha sido creciente, ya que en 1995 se produjeron accidentes con baja, 15

16 frente a los accidentes que se han producido en el año 2005, por lo que se han incrementado en un 61,3%. En el sector servicios el principal problema que sufren los trabajadores / as de la Comunidad de Madrid, son los trastornos músculo esqueléticos. El 8% de trabajadores europeos padecen riesgos psicosociales. La incidencia del burnout entre la población de trabajadores ocupados en Madrid es de 10,8%. Destacan los profesionales del sector Educativo y de la Administración Pública. Según datos de la V Encuesta Nacional de Condiciones de trabajo, un 5,3% de los trabajadores presenta síntomas compatibles con estrés. La tasa de estrés encontrada en el estudio es del 32,1 %. Los sectores más estresados son la Hostelería, el comercio y los Servicios. Cabe realizar una especial mención a los funcionarios y a los profesionales docentes como los dos colectivos más afectados por estrés. PROPUESTAS DE UGT-MADRID Las propuestas ante los riesgos psicosociales: Exigir el cumplimiento de la Ley 31/1995. Incluir los riesgos psicosociales en la evaluación de riesgos laborales. Información y formación. Participación del trabajador. Incluir en la vigilancia médica la evaluación de riesgos psicosociales. Añadir los riesgos psicosociales al listado de enfermedades profesionales. Actualización del RD 1995/1978 sobre enfermedades profesionales ya que no recoge las patologías de origen psicosocial. Implantación de Programas de Salud Laboral para identificar factores de riesgo que afecten a la salud. Incluir los factores de riesgo psicosocial en el ordenamiento jurídico español. Sensibilizar a los servicios de vigilancia de la salud. 16

17 Las propuestas que desde UGT-Madrid hacemos para intentar solventar la siniestralidad laboral de la Comunidad de Madrid, irían encaminadas hacia: Promover una mayor Estabilidad y Seguridad en el Empleo que permita alcanzar una serie de objetivos como son: asegurar que la contratación indefinida sea la regla general limitando la contratación temporal y garantizando la seguridad y salud en el trabajo. Regular y controlar la subcontratación ya que es uno de los factores determinantes en la elevada siniestralidad laboral en nuestra Comunidad. Instar a los poderes públicos a tutelar la defensa de la salud de los trabajadores, resaltando la necesidad de llegar a acuerdos con los agentes sociales para la adopción de medidas eficaces a medio y largo plazo para la mejora de las condiciones de trabajo. En relación al cumplimiento de la normativa, nuestras propuestas son: Exigir el cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de sus reglamentos de desarrollo, así como requerir la aplicación de la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de Prevención de Riesgos Laborales. Requerir la aplicación real y no meramente formal de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus reglamentos de desarrollo, especialmente del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de las actividades empresariales, con el objetivo de eliminar la problemática actual y así disminuir las cifras de siniestralidad en nuestra comunidad debido al incumplimiento de esta. La comunicación inmediata, al Ministerio de Economía y Hacienda, de las empresas que hayan sido sancionadas con carácter grave o muy grave, en los términos previstos por la Ley de Contratos del Estado y la normativa reglamentaria que la desarrolla. 17

18 Las propuestas ante la Administración: o Desarrollar investigaciones encaminadas al estudio de la siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid teniendo en cuenta su división territorial y otras variables como la edad, antigüedad en la empresa, etc. Aumentar los recursos materiales y humanos de la Inspección Provincial de Trabajo de la Comunidad de Madrid, ya que la evolución que han experimentado los expedientes iniciados y resueltos de la Inspección Provincial de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales desde 1997 a 2005 ha sido de crecimiento continuo, por lo que se hace necesario un claro refuerzo humano y material. Aumentar los recursos materiales y humanos del IRSST, reclamar la habilitación urgente de los técnicos en prevención de riesgos laborales para su implantación e implementación en las actuaciones y funciones de asesoramiento, información y vigilancia y control de las condiciones de seguridad y salud en las empresas y centros de trabajo. Demandar el cumplimiento y una efectiva gestión de las actas levantadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la Comunidad de Madrid, ya que un porcentaje elevado de las mismas no fueron confirmadas. (Anuladas; caducadas; modificadas a la baja; y sin efecto o archivadas). Solicitar la continuidad de programas territoriales de la Inspección y el IRSST en materia de seguridad y salud, desarrollando planes de actuación específicos. Demandar una efectiva coordinación entre la Inspección de Trabajo, Fiscalía y Judicatura, con la participación de los agentes sociales para conseguir mejorar la efectividad de las actuaciones llevadas a cabo en materia de siniestralidad laboral. Solicitar una aplicación efectiva del convenio de colaboración firmado entre la Fiscalía del tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, el Decano de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid y ayuntamiento de Madrid, para actuar contra la Siniestralidad laboral. 18

19 Solicitar el desarrollo de un Programa I+D+i, en el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que permita la realización de estudios técnicos y científicos que nos acerquen a la realidad de la situación de los colectivos y sectores más castigados por la siniestralidad. Solicitar que la Administración haga público el listado de empresas incumplidoras que hayan sido sancionadas por infracciones graves o muy graves. Seguimiento, a través de la Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, de los casos de accidentes laborales que la Inspección de Trabajo haya remitido a la Fiscalía por haber apreciado indicios de delito. Instar a la Administración a que se persone como acusación popular en aquellos casos en que exista presunción de delito por parte del empresario. En cuanto a las enfermedades profesionales proponemos: Conseguir una actualización del listado de enfermedades profesionales que se ajuste a la realidad, contemplando las patologías generadas por las nuevas formas de organización del trabajo, así como un cambio en el sistema de declaración y de gestión. Reclamar el reconocimiento de los riesgos psicosociales como enfermedades profesionales. Dar la adecuada formación a los profesionales de la sanidad, con el objeto de que sepan identificar y gestionar adecuadamente las enfermedades profesionales. Exigir a las Mutuas una actuación correcta en cuanto al tratamiento de estas patologías, no permitiéndoles el desvío de las enfermedades profesionales al sistema público de salud y su tramitación como enfermedad común. Requerir el cumplimiento de la Ley General de Sanidad. 19

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