RESOLUCIONES Página 1. RESOLUCION No (Enero 03 de 2013)

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1 Página 1 MUNICIPIO DE ZARZAL RESOLUCION No (Enero 03 de 2013) POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE CAPACITACION DE LOS EMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE ZARZAL PARA LA VIGENCIA 2013 La alcaldesa municipal de zarzal valle, en uso de sus facultades Constitucionales y Legales, especialmente las conferidas en la Ley 909 de 2004, y el decreto 1567 de Decreto 1227 de 2005; y, CONSIDERANDO: A. Que mediante Decreto ley 1567 de 1.998, se crea los programas de Bienestar Social para las entidades del orden nacional, departamental y territorial B. Que por mandato de la ley 909 de 2004, corresponde a toda entidad Territorial que administre funcionarios de carrera administrativa, diseñar y mantener actualizado su propio plan de Capacitación, acorde con las necesidades detectadas en sus áreas Misionales y Generales. C. Que dentro del contexto general de las líneas estratégicas señaladas en el Plan de desarrollo Institucional es una prioridad la cual debe ir acompañada de una acción puntual en materia de Capacitación de recurso humano dispuesto al servicio de la Administración Municipal. D. Que el Plan de Capacitación de cada ente Territorial es apenas un componente dentro del gran sistema nacional de capacitación definido por el Decreto Ley 1567 de 98, cuyo propósito común es el de generar en las entidades y empleados del Estado una mayor capacidad de aprendizaje y de acción, en función de lograr estándares elevados de eficiencia y eficacia en su gestión pública. E. Que para la comprensión del diseño del Plan de Capacitación para nuestros funcionarios, las actividades o eventos estarán orientadas a las dos grandes áreas definidas en la Ley como funcionariales: a) Misional o Técnica y b) General. F. Que de manera expresa la norma señala que el plan de capacitación debe tener en cuenta únicamente el conjunto de procesos organizados, relativos a la Educación No Formal e Informal, de conformidad con los parámetros de la Ley General de Educación para cada caso. G. Que el Decreto 1227 del 2005, reglamenta parcialmente la Ley 909 del 2004 y el Decreto- Ley 1567 de 1998, y profundiza en el deber del estado en la capacitación de sus funcionarios H. Que en la Oficina de Presupuesto existe el presupuesto para la vigencia 2013 el rubro para cubrir la inversión de Capacitación de nuestros servidores a través del Rubro CAPACITACIÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO. I. Que la Capacitación de los servidores se constituye en una Inversión perceptiva e invaluable para la vida institucional del Municipio. J. En mérito de lo anterior el Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adóptese el Plan Institucional de Capacitación, para los empleados de la Administración Central del Municipio de Zarzal Valle, correspondiente a la vigencia 2013.

2 Página 2 PLAN DE CAPACITACION PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE ZARZAL VALLE DEL CAUCA INTRODUCCIÓN Toda entidad tiene la responsabilidad de velar por sus recursos, en especial por el recursos humano, pues es el funcionario el que hace las entidades con el desempeño de sus labores y asumiendo su carga laboral. El Alcalde del Municipio de Zarzal Valle del cauca, como responsable del cumplimiento de los objetivos de la entidad, contribuye con la motivación de sus funcionarios y el apoyo para que se capaciten y mejoren su rendimiento. No quiere que el proceso de Bienestar de los funcionarios este aislado quiere involucrarse y hacer parte de esta gestión. Por otra parte la Implementación del Modelo Estándar de control Interno, representa una herramienta para la evaluación y mejoramiento de la gestión publica, y tiene como elemento de control el Talento Humano, que genera políticas para cumplir con una Planta de personal competente, idóneo y motivado. Por tanto la capacitación le brinda al funcionario la posibilidad de fortalecer sus conocimientos y mediante un buen desarrollo del bienestar se motiva y se mejora el clima organizacional, de acuerdo con lo que establece el Decreto 1567 de El Decreto Ley 1567 de 1998 modificado por el Decreto 760 de 2005 actualmente vigente, regula el Sistema de Estímulos, los programas de Bienestar Social y los Programas de Incentivos. Define los programas de Bienestar Social como: Procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; así mismo deben permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora. GENERALIDADES El programa esta orientado al servicio público, de inducción, lo mismo que el de reinducción, forman parte de un proceso progresivo de formación y aprendizaje de los servidores públicos, indispensable para su desarrollo humano en el municipio de Zarzal Valle del cauca y para que ésta pueda cumplir adecuadamente su misión. Este programa pertenece al Área Básica de Capacitación. Aspectos generales a tener en cuenta en los programas del Área Básica de Capacitación.- Dada la importancia de los programas del área básica de capacitación para la integración armónica entre los servidores públicos del municipio de Zarzal Valle del cauca, de manera que cada vez se garanticen más la legitimidad de éstas y el desarrollo integral de aquéllos, se recomienda: - Hacer el tránsito progresivo de unos programas básicamente centrados en lo magistral a otros esencialmente participativos, en los que se prioricen los procesos de aprendizaje y de construcción del conocimiento sobre la realidad del Estado, el servicio público y la administración pública. - Para acceder a esta nueva metodología, se requiere concebir las entidades públicas como comunidades educativas, constituidas por seres humanos adultos, que ofrecen un servicio público y que como elementos dinamizadores de la organización plantean problemas y necesidades particulares; implementar pedagogías activas, adaptables a la educación no formal, en la que haya espacios para los aprendizajes colectivos a partir del planteamiento de

3 Página 3 problemas que afectan al individuo y a la entidad y de la implementación de acciones creativas conducentes a las soluciones de los mismos; tener en cuenta que los cambios más efectivos no son aquellos que se imponen desde afuera, sino los que son consecuencia de la reflexión y el compromiso libremente adquirido. - Pedagogías activas, adaptables a la educación no formal, en la que haya espacios para los aprendizajes colectivos a partir del planteamiento de problemas que afectan al individuo y a la entidad y de la implementación de acciones creativas conducentes a las soluciones de los mismos; tener en cuenta que los cambios más efectivos no son aquellos que se imponen desde afuera, sino los que son consecuencia de la reflexión y el compromiso libremente adquirido. - Realizar una planeación cuidadosa de los eventos a adelantar dentro del área básica (Orientación al Servicio Público, Inducción, Reinducción), llevarlos a cabo y evaluar su cobertura e impacto. Esto implica principalmente: 1. Tener claridad de los objetivos que se desean conseguir con el evento que se programe. Estos objetivos deben ser, a la vez, parámetro de evaluación del programa. 2. Determinación de los contenidos a desarrollar y de las metodologías más apropiadas. Deberán precisarse los contenidos a desarrollar en cada uno de los programas, así como preverse las estrategias, dinámicas y ejercicios correspondientes. Selección de los contenidos y de procesos de estudio. Se deberán escoger de entre los servidores que prestan sus servicios en la misma entidad, solidez conceptual, habilidades pedagógicas y buenas relaciones interpersonales, estén en condiciones de presentar con claridad los contenidos básicos, de coordinar las diferentes sesiones y dinámicas que se programen, y de garantizar, en general, el éxito del proceso de aprendizaje. Elaboración del programa de capacitación. Deberá estar escrito y ser entregada a todos los funcionarios del municipio de Zarzal Valle del cauca. Esto da la idea de organización, interés y respeto de los temas de estudio de su interés. NORMATIVIDAD QUE RIGE LOS PROCESOS DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN. Las entidades del Estado deben acoger los parámetros que para estos fines han sido reglados. Para todas aquellas entidades cobijadas por la Ley 909 de 2004 se aplican: - La Constitución Política; en especial el artículo El Decreto Ley 1567 de 1998, el cual crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado. El Decreto 682 de 2001, por el cual se adopta el Plan Nacional de Formación y Capacitación. - El Código Único Disciplinario - Ley 734 de febrero 05 de 2002.

4 Página 4 - Decreto 2404 de Por el cual se modifica parcialmente el Decreto1050 de l Decreto 2400 de l968. Por el cual se modifican las normas que regulan la Administración del Personal Civil y se dictan otras disposiciones. - Decreto 1950 de Por el cual se reglamentan los decretos Leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre Administración del Personal Civil. - Ley 115 de l994; Ley General de Educación - Decreto 1227 del 225 CONCEPTOS BÁSICOS. Educación Formal Según la Ley General de Educación, es la que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas y conduce a grados y títulos. El apoyo de las entidades a programas de este tipo hará parte de los programas de bienestar social e incentivos; por lo tanto se rigen por las normas que regulan el sistema de estímulos. Educación No Formal Es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos para la educación formal (Ley 115 /94). Educación Informal Es todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados. El Plan Nacional de Formación y Capacitación llama la atención sobre los procesos de formación y capacitación en el sentido, de orientarlos a fortalecer las competencias de los servidores públicos, replanteando los enfoques tradicionales. La capacitación para cumplir sus propósitos debe privilegiar el uso de metodología con énfasis en la práctica, en el análisis de casos concretos y en la solución de problemas específicos de la entidad. En este contexto se entiende la formación como el proceso encaminado a facilitar el desarrollo integral del ser humano, potenciando actitudes, habilidades y conductas, en sus dimensiones ética, creativa, comunicativa, crítica, sensorial, emocional e intelectual y la capacitación como el conjunto de procesos orientados a reforzar y complementar la capacidad cognitiva y técnica de los servidores públicos. Aprobado mediante el decreto 682 del PLAN INSTITUCIONAL Y PROGRAMACIÓN DE LA CAPACITACIÓN. Para la programación institucional y el manejo presupuestal, las formas de adquirir aprendizajes mediante los procesos de educación no formal, educación informal y educación formal hacen parte de procesos diferentes y cobijan distintos servidores públicos, según su forma de vinculación y clase de cargos.

5 Página 5 El Plan Institucional de Capacitación consiste en el conjunto de lineamientos, estrategias y acciones orientadas a incrementar las competencias laborales de sus servidores a través de procesos de formación y capacitación, previamente programadas de acuerdo al diagnóstico de necesidades. Este plan se formula con una periodicidad mínima de un año; las estrategias esenciales deben estar directamente ligadas al logro de los objetivos y metas previstos en los planes operativos anuales, los planes indicativos y de desarrollo administrativo (en concordancia con la planeación de la entidad); además es necesario que: Se haga con la participación de la Comisión de Personal. Población Objetivo De La Capacitación Los empleados de carrera, de libre nombramiento y remoción, de período y de elección popular (gobernadores y alcaldes) tienen derecho a recibir cualquier tipo de programa de capacitación. Los empleados con nombramiento provisional sólo se benefician de los programas de inducción y adiestramiento en el puesto de trabajo. Los empleados de carrera y los de libre nombramiento y remoción tienen derecho a comisiones de estudio para la modalidad formal a nivel de postgrado, (en aplicación de las situaciones administrativas mencionadas en los decretos 2400/68, 1950/73). Decreto 1227 del Armonizando las políticas generales y las necesidades particulares e institucionales debe recordarse que existe un Sistema de Estímulos, que se expresa en programas de Bienestar Social e Incentivos, el cual debe ser diseñado por cada entidad. A estos programas tienen derecho todos los empleados de la entidad y sus familias; sin embargo, teniendo en cuenta el análisis que hace la Corte Constitucional en su Sentencia C-1163 de 2000; tienen prelación los empleados de carrera. Así debe tenerse en cuenta el carácter de temporalidad de los empleados provisionales; estos sólo se beneficiarán de los programas de inducción y de la modalidad de entrenamiento en el puesto de trabajo (artículo 6 literal g. del Decreto 1567 de 1998). Dentro de los planes de incentivos no pecuniarios se encuentran las comisiones de estudio, becas para educación formal y participación en proyectos especiales. A través de estos planes, pueden incluirse empleados de carrera así como de libre nombramiento y remoción, con desempeño en niveles de excelencia. Elaboración y presentación de informes de gestión en materia de capacitación. Las entidades, con el concurso de sus respectivas comisiones de personal, están en la obligación de preparar y rendir informe de la gestión de la capacitación tanto a sus instancias internas como al Departamento Administrativo de la Función Pública y a la Escuela Superior de Administración Pública, cuando estas lo soliciten. Tales informes se constituyen en instrumentos que entregan información relevante para conocer de los avances en materia de capacitación dentro de la Administración Pública y para reorientar futuros planes y programas. Elaboración Y Presentación De Informes De Gestión En Materia De Capacitación. Las entidades, con el concurso de sus respectivas comisiones de personal, están en la obligación de preparar y rendir informe de la gestión de la capacitación tanto a sus instancias internas como al Departamento Administrativo de la Función Pública y a la Escuela Superior de Administración Pública, cuando estas lo soliciten. Tales informes se constituyen en

6 Página 6 instrumentos que entregan información relevante para conocer de los avances en materia de capacitación dentro de la Administración Pública y para reorientar futuros planes y programas. Recursos para el desarrollo de las actividades de capacitación. Es necesario hacer referencia a los recursos previstos en el presupuesto con los que cuenta el municipio de Zarzal Valle del cauca para llevar a cabo las acciones de formación y capacitación, así como con sus propios medios físicos y humanos. Las erogaciones que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación, bienestar social y estímulos que autoricen las normas legales vigentes, se imputarán al rubro presupuestal de gastos generales. No existe norma que establezca cuál es el porcentaje dentro del presupuesto que deba destinarse al programa de capacitación ya que la Corte Constitucional, mediante sentencia C-495, declaró inexequible, el inciso 3 del artículo 184 de la Ley 136 de 1994, que ordenaba a los municipios, atendida su población, la obligación de destinar un porcentaje de sus gastos de inversión para la capacitación de sus funcionarios. Así, el rubro presupuestal destinado para la formación y capacitación debe ser determinado por el plan de capacitación, de acuerdo a sus posibilidades y debe cubrir el cumplimiento y ejecución del mismo y los elementos necesarios para llevarlo a cabo. OBJETIVOS Objetivo General Formular el Plan Institucional de Capacitación, del la Alcaldía del Municipio de Zarzal Valle del cauca, con el propósito de fortalecer los conocimientos, competencias, habilidades de los funcionarios y contribuir a su bienestar y motivación que mejoren el entorno laboral. De esta se aporta al mejoramiento del desempeño institucional con mayor eficiencia y eficacia. Alcance En este Plan se contemplarán las necesidades de todos los funcionarios de la las diferentes dependencias de la administración Municipal Responsable. El responsable de la aplicación de este Plan y su correcta aplicación será el Secretario de Servicios administrativos y deberá guiarse por los parámetros establecidos en este Plan. Definiciones Aptitud: Conjunto de características emocionales y de personalidad junto con la capacidad y competencias para realizar una labor. Capacitación: Conjunto de procesos orientados a complementar la capacidades de los servidores públicos Compromiso organizacional: Es el compromiso de un funcionario con la entidad para compartir sus conocimientos presentes y futuros

7 Página 7 Formación: Son todos aquellos estudios y aprendizajes encaminados a la inserción, reinserción y actualización laboral, cuyo objetivo principal es aumentar y adecuar el conocimiento y habilidades de los actuales y futuros servidores públicos. Existen 3 clases de Formación: Formación Profesional Específica: destinada, en principio, al colectivo de alumnos del sistema escolar que decide encaminar sus pasos hacia el mundo laboral, cuyo objetivo es la inserción laboral. Formación Profesional Ocupacional): destinada al colectivo que en ese momento se encuentra desempleado, cuyo objetivo es la reinserción laboral de la persona. Formación Profesional Continua: destinada al colectivo de Funcionarios en activo, cuyo objetivo es la adquisición de mayores competencias que le permitan una actualización permanente del funcionario al puesto de trabajo que desempeña u optar a otro, lo que en definitiva se resume como un aumento de su empleabilidad. Políticas de Capacitación - Toda solicitud de capacitación, debe ser avalada y verificada su necesidad. - Toda capacitación, deberá ser respaldada por el control de asistencia y memorias o documentos. - Los conocimientos adquiridos deberán ponerse en práctica durante el desempeño de sus funciones y si es el caso socializarlo a los funcionarios que les compete. - Se aprobaran horas para capacitación de acuerdo al Plan de Capacitación y el presupuesto. b. Hallazgos: Se encontró participación y motivación por parte de los funcionarios por hacer parte del proceso y mejora del Talento Humano en la Alcaldía. c. Nivel Académico de los funcionarios: En la Alcaldía, se encuentran funcionarios con un nivel académico desde Educación Media hasta formación profesional. Capacitación con Personal de la Entidad: Se programaran capacitaciones con los funcionarios con mayor capacidad de manejo de la Administración pública en temas como: Contratación, Gestión Pública, proyectos, participación comunitaria, presupuesto municipal, control interno, salud, sistema de carrera administrativa, gestión tributaria, liderazgo. Alianzas con Otras Entidades: Se realizaran alianzas con otras entidades para realizar capacitaciones generales y a menor costo. Estas alianzas pueden ser con el SENA, Universidad del Valle, Universidad Antonio Nariño, Gobernación del Valle, Participación Ciudadana, Esap, Universidades acreditadas y con Municipios en el entorno cercano. Controles a la Capacitación. - Constancia de asistencia. - Se analizará a fin de año, la viabilidad del Plan, y si es necesario se redefinirá. - Retroalimentación ARTÍCULO SEGUNDO: El Plan de Capacitación, para el Municipio de Zarzal valle, se efectuara de la siguiente forma:

8 Página 8 ÁREAS CLAVES DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DEBIDAMENTE IDENTIFICADAS AREA DE CAPACITACIÓN SISTEMAS AREA MISIONAL AREA ADMINISTRATIVA ADMINISTRACION PUBLICA PSICOLOGIA DE INTERES SOCIAL AREA GENERAL TEMA Tecnología de la información y de las comunicaciones (Tics) Capacitacion en sistemas Capacitación básica en Internet Elaboración de Proyectos Administración de inventarios Mecánica Básica Ley General de Archivo y sus decretos reglamentarios Aplicación tablas de retención Documental y trasferencia documental. Análisis y toma de decisiones Finanzas públicas territoriales Ética, principios y valores del servidor público Clima organizacional Liderazgo Sistemas de Gestión de calidad Planes de emergencia Planeación organizacional y personal Atención y Servicio al cliente Eventos Ocasionales ARTICULO TERCERO: El presente Plan de Capacitación podrá ser ajustado de conformidad con las necesidades de inducción y reinducción de los funcionarios de la alcaldía del Municipio de Zarzal Valle del cauca. ARTICULO CUARTO: Las obligaciones del Municipio de Zarzal Valle del cauca con respecto a la capacitación, serán las consagradas por las normas que regulan la carrera administrativa ley 909 del 2004 y el decreto 1227 de ARTICULO QUINTO: Las obligaciones de los empleados con relación a la capacitación, serán las consagradas por las normas que regulan la carrera administrativa ley 909 del 2004 y decreto 1227 del ARTÍCULO SEXTO: Para la Ejecución del Plan de Capacitación se dispondrá de los recursos dispuestos y certificados por el Subsecretario de Hacienda Municipal vigencia 2013, Rubro CAPACITACIÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO. ARTÍCULO SEPTIMO. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su Expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Dada en el despacho de la alcaldesa Municipal de Zarzal Valle, el día 04 de Enero del año 2013 COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MARIA ALEJANDRA PERDOMO Alcaldesa Municipal Reviso Comisión de personal ADRIAN MAURICIO LOPEZ BARBOSA Secretario de Servicios Administrativos

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