INFORME DE LA RED EUROPEA DE MIGRACIÓN (REM)
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- María Antonia Saavedra Marín
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1 INFORME DE LA RED EUROPEA DE MIGRACIÓN (REM) Desarrollos de la UE en materia de protección internacional en 2011 Como complemento al Tercer Informe Anual de la Comisión sobre Inmigración y Asilo, se ofrece una perspectiva general de los principales desarrollos conseguidos en 2011 relativos a la protección internacional en materia de estadísticas (sección 1), Sistema Europeo Común de Asilo (sección 2), solidaridad dentro de la UE (sección 3), dimensión externa (sección 4) y menores no acompañados (sección 5). En cada sección se recogen tanto los avances nacionales como en la UE. La información sobre los desarrollos nacionales se ha tomado de los Informes anuales nacionales de políticas de 2011 de la REM, además del Tercer Informe Anual de la Comisión sobre Inmigración y Asilo, con aportaciones de los 25 PCN de la REM Principales estadísticas En 2011, se presentaron solicitudes de asilo en la UE, lo que supone un incremento del 16,8 % con respecto a la cifra de En NO, se presentaron 8995 más. Aproximadamente, en un 90 % de los casos se trataba de solicitantes nuevos. Los principales países de nacionalidad de los solicitantes eran Afganistán (28 000; 9 %), Rusia (18 200; 6 %), Pakistán (15 700; 5 %), Irak (15 200; 5 %) y Serbia (13 900; 5 %), cuyo mayor número se registró en FR (57 335), seguido de DE (53 255), IT (34 115), BE (31 915), SE (29 670), UK (26 430), NL (14 600), AT (14 420), EL (9310) y PL (6900). Estos diez Estados miembros recibieron más del 90 % de todas las solicitudes presentadas en la UE. Se dictaron un total de resoluciones en primera instancia, distribuidas del modo siguiente: (75 %) fueron denegaciones de solicitudes; a (12 %) se concedió el estatuto de 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, EE, EL, ES, FI, FR, HU, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, SE, SI, SK, UK y NO. En el Informe Anual de la Comisión se recogen las contribuciones de los 27 Estados miembros. Exención de responsabilidad: el presente informe ha sido elaborado por la Red Europea de Migración (REM), que engloba conjuntamente a la Comisión Europea, ayudada por su proveedor de servicios (ICF GHK-COWI), y a los puntos de contacto nacionales de la REM (PCN de la REM). No refleja necesariamente las opiniones y puntos de vista de la Comisión Europea, ICF GHK-COWI ni de los PCN de la REM, ni sus conclusiones son vinculantes. Del mismo modo, la Comisión Europea, ICF GHK-COWI y los PCN de la REM no son responsables en ningún caso del uso que se haga de las estadísticas facilitadas.
2 refugiado; en casos (9 %) se concedió la protección subsidiaria y a 9065 solicitantes (4 %) se les concedió la autorización de estancia por motivos humanitarios. 2. Sistema Europeo Común de Asilo En el ámbito de la UE, se adoptó la refundición de la directiva sobre reconocimiento en diciembre de El texto refuerza los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países como beneficiarios de protección internacional y aproxima los derechos concedidos a los refugiados y beneficiarios de protección internacional en materia de acceso al empleo, reconocimiento de titulaciones profesionales y atención sanitaria. La propuesta modificada de la Comisión para el texto refundido de la Directiva sobre condiciones de acogida tiene como finalidad conseguir un sistema de acogida más coherente y homogéneo, mientras que la propuesta modificada de la Comisión para la refundición de la Directiva sobre procedimientos de asilo prevé un único procedimiento de asilo que englobe garantías comunes. Las negociaciones sobre ambas directivas se llevaron a cabo en el Consejo y el Parlamento Europeo. El avance de las negociaciones sobre el texto refundido del Reglamento de Dublín fue lento, lo que provocó un cambio de enfoque en uno de los objetivos de la refundición para prever un mecanismo de «evaluación y alerta temprana». Las negociaciones sobre la versión refundida del Reglamento EURODAC se paralizaron durante La propuesta de un Reglamento por el que se crea un Fondo de Asilo y Migración que fortalecerá y desarrollará el Sistema Europeo Común de Asilo. La Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) se inauguró en Malta en junio de 2011 con el objetivo de fomentar la cooperación práctica y prestar apoyo a los Estados miembros que están sometidos a una presión considerable. En 2011, el organismo coordinó el apoyo de emergencia a EL y LU, y en la actualidad está desarrollando nuevos conceptos para favorecer el intercambio de información y la convergencia de las normas comunitarias en materia de asilo. En el ámbito nacional, los Estados miembros están igualmente comprometidos a establecer un Sistema Europeo Común de Asilo. Varios Estados miembros (AT, BE, FR, HU, LU, SI) modificaron su legislación en lo que respecta a los procedimientos. Entre las modificaciones legislativas se incluían, entre otras, la introducción de un sistema de asistencia legal gratuita (AT), la prestación de asistencia legal gratuita en primera instancia (SI), asistencia legal gratuita para las apelaciones en solicitudes posteriores (FR) y la distribución de folletos en 23 idiomas diferentes (FR). En BE, FR, IT y HU, se adoptaron nuevas leyes destinadas a agilizar el procedimiento de asilo. Una nueva ley en FR prevé «procedimientos abreviados» que permitirán procesar con carácter prioritario a los solicitantes de asilo que presenten información falsa u oculten información sobre su identidad. Entre otras medidas se incluía la adopción de normas más restrictivas en lo que respecta a la asistencia legal gratuita (BE, FR) y los recursos interpuestos que fuesen manifiestamente infundados (BE, HU), la introducción del concepto de país de origen seguro (BE, HU), así como la posibilidad de utilizar la videoconferencia durante las audiencias (FR). En IE se publicó una hoja de ruta para la reforma del asilo, que ponía de relieve cuáles eran los elementos necesarios para crear un «buen sistema de asilo» y ACNUR publicó un estudio sobre la calidad del sistema de asilo sueco. En lo que respecta a la acogida, FI adoptó una nueva legislación cuyo objetivo era prestar apoyo a los solicitantes de asilo y a los beneficiarios de la protección temporal en el contexto de una afluencia masiva y EE elaboró un plan nacional de contingencia sobre acogida y tramitación. Además, debido a la gran entrada de solicitantes de asilo procedentes de los Balcanes Occidentales, varios Estados miembros (BE, DE, FR, LU, SE) adoptaron medidas para aumentar la capacidad de su sistema de acogida, de los cuales BE, FR y LU contrataron más personal en el sistema de asilo y BE recibió fondos de emergencia adicionales del Fondo Europeo para los Refugiados. IT realizó Página 2 de 5
3 una gran inversión en alojamiento de emergencia tras la crisis en el Norte de África. CY llevó a cabo medidas para mejorar sus centros de acogida: se puso en marcha un proyecto piloto sobre alojamiento y acogida para investigar si los hoteles económicos podían ser centros de acogida adecuados. En lo que respecta a los requisitos para el reconocimiento, NL informó de que, según los casos, era posible que no se exigiese a las «niñas occidentalizadas» y sus familias que regresaran a Afganistán. Aunque no se les reconociese como refugiados o personas que cumplían los requisitos para recibir protección subsidiaria, se les concedería un permiso de residencia por motivos humanitarios. En relación con el internamiento y el retorno, LT transpuso la directiva de «retorno», que modificaba las disposiciones de la ley relativas al estatuto legal de los extranjeros en lo referente a las condiciones de la obligación que tenían los extranjeros en situación irregular de abandonar el territorio de LT, así como la duración y las condiciones del internamiento. 3. Solidaridad en la UE A nivel de la UE, la Comisión adoptó una Comunicación sobre una mayor solidaridad en la UE en el ámbito del asilo, que se ocupaba, entre otros, del apoyo práctico y financiero de la Comisión para la reubicación de los beneficiarios de protección internacional en el marco del proyecto de la UE de reasentamiento desde Malta (EUREMA). En el ámbito nacional, muchos Estados miembros (AT, BE, CY, DE, DK, FI, FR, LT, NL, SE, SK, PT, UK) y NO informaron de la puesta en marcha o la participación en iniciativas de apoyo a aquellos países cuyos sistemas nacionales de asilo estaban sometidos a presiones específicas y desproporcionadas (en particular EL, MT). Entre las medidas adoptadas se incluían la participación en el apoyo de la EASO a través de su plan operativo (AT, BE, CZ, FI, FR, NL, SE, SK, UK), el traslado de expertos y personal (FR, SK, UK), el apoyo a la aplicación del Plan de acción para la gestión de la migración de EL (AT, BE, CY, NL), la tramitación de las solicitudes de asilo (PT, FI), las condiciones de acogida (FI), el traslado de los solicitantes de asilo (LT) y la reubicación de los refugiados (CZ). NO también prestó apoyo a EL mediante, por ejemplo, la financiación de organizaciones voluntarias y de investigación, además de asistencia para mejorar la calidad y la capacidad de los centros de acogida griegos. En lo que respecta a la prestación de apoyo a la EASO, la mayoría de los Estados miembros enviaron a expertos para la reserva de intervención en materia de asilo y la reserva de expertos de la EAC. Además, UK puso intérpretes a disposición de MT. En el período comprendido entre 2010 y 2011, diez Estados miembros (DE, FR, HU, LU, SI, SK, RO, PL, PT) se comprometieron a reubicar a los beneficiarios de la protección internacional de MT mediante el proyecto EUREMA. Unas 227 personas fueron reubicadas en seis Estados miembros que se habían comprometido a ello. En el período , ocho Estados miembros (BG, HU, LT, LU, PL, PT, RO, SK) prometieron plazas a través del proyecto EUREMA, donde cinco Estados miembros (DE, DK, ES, IE, NL), más NO y CH, acordaron más compromisos bilaterales. El número total de plazas prometidas en 2011 destinadas a la reubicación desde MT en el proyecto EUREMA II es de 97 lo que, sumadas a los compromisos bilaterales, representa un total de Mejora de la dimensión externa En el ámbito de la UE, se pusieron en marcha programas regionales de protección en el Norte de África (Egipto, Libia, Túnez), mientras que se continuaron aplicando en Tanzania y Europa Oriental (Bielorrusia, Moldavia y Ucrania), la fase II en ambos casos, y en el Cuerno de África (Yibuti, Kenia y Yemen). En marzo de 2012, se adoptó el programa conjunto de reasentamiento en la UE. En el ámbito nacional, diversos Estados miembros (BE, CZ, DE, DK, FI, FR, IE, IT, NL, PT, SE, UK) más NO reasentaron a los refugiados procedentes de distintas zonas del mundo, en Página 3 de 5
4 colaboración principalmente con ACNUR. ES puso en marcha un Programa anual para el reasentamiento de refugiados. Algunos de los refugiados reasentados en los Estados miembros de la UE procedían del Norte de África, incluidos casos de emergencia procedentes de Libia (FI) y Túnez (PT), así como refugiados congoleses y eritreos de Libia (BE) y refugiados sudaneses que habían huido a Túnez desde Libia (IE). Otros Estados miembros y NO reasentaron a los refugiados procedentes de Afganistán (FI, SK, SE, NO), Somalia (SK, SE), Sudán (FI, SE), Etiopía (IE, SE), Palestina (IT), Senegal y Siria (PT), República Democrática del Congo (SE) así como a refugiados congoleses procedentes de Ruanda (FI) y a refugiados de Myanmar procedentes de Tailandia (FI). En el caso de SK, solo se ocupaba del reasentamiento durante seis meses, transcurridos los cuales se reasentaba a los refugiados en el país de destino definitivo. Cuatro Estados miembros favorecieron el reasentamiento de categorías concretas de refugiados, como familias y familias monoparentales con niños recién nacidos y niños de corta edad (DE), nacionales iraquíes de Irak o de países vecinos, es decir, Jordania, Siria, Líbano y Turquía (FR), y refugiados procedentes de Afganistán y el Cuerno de África (SE). UK favoreció el reasentamiento de refugiados somalíes y etíopes procedentes de Kenia. HU adoptó una decisión gubernamental sobre la puesta en marcha de un programa de solidaridad en materia de asilo en el Norte de África. Algunos Estados miembros han establecido una cuota con respecto al número de personas aceptadas para el reasentamiento. Dicha cuota anual varía de un Estado miembro a otro, por ejemplo, DK ha reasentado a unas 515 personas, FI a 585 personas y SE a 1620 personas en NO aceptó a 1340 y, en respuesta al conflicto libio, también ofreció 250 plazas más a través del ACNUR. Diversos Estados miembros informaron de otras actividades relacionadas con el reasentamiento como, por ejemplo, la elaboración de un proyecto de reasentamiento para refugiados palestinos (IT) y la formación de delegaciones para el reasentamiento (SE). En lo que respecta a las futuras medidas, NL planeó reasentar a 2000 refugiados más entre 2012 y 2015, y DE anunció en diciembre de 2011 su voluntad de aceptar anualmente a 300 refugiados iraníes procedentes de Turquía durante los tres próximos años. 5. Menores no acompañados En el ámbito de la UE, la comisión continuó con la aplicación del Plan de acción de 2010 sobre los menores no acompañados ( ). La estrecha cooperación con los países de origen y tránsito es uno de los elementos importantes del enfoque común de la UE con respecto a los menores no acompañados (MENA). Este aspecto se analizó en el subgrupo del G8 dedicado a la migración, la Asociación UE-África sobre migración, movilidad y empleo y el Proceso de Rabat sobre migración y desarrollo. A nivel nacional, varios Estados miembros (AT, BE, DK, ES, FI, HU, IT, LU, LV, PL, SI) y NO informaron sobre los desarrollos legislativos relacionados con los MENA. Muchos constituyeron mejoras en los derechos de estos menores y les prestaron mayor asistencia y protección. Por ejemplo, HU adoptó una nueva ley que estipulaba que un MENA, que solicitase asilo, debía ser alojado por los servicios de protección de menores y, si era preciso, debía recibir rehabilitación, atención psicológica y asesoramiento competente. ES, LV y HU introdujeron nuevas disposiciones relativas a la determinación de la edad, los procedimientos para la repatriación de los menores (ES) y la expulsión de personas vulnerables, incluidos los menores (LV). Diversos Estados miembros (por ejemplo, AT, DE, LU, SI) establecieron obligaciones y reglamentos sobre la asistencia administrativa y judicial. Además, PL y FI informaron de que se había aumentado la atención en beneficio de los niños, su desarrollo y su salud. SI se centró más en el procedimiento en la frontera o en el primer contacto incluida la tutela, la determinación de la edad, el alojamiento, la búsqueda de sus familias y el retorno o reintegración. Además de los cambios legislativos, varios Estados miembros (BE, DK, FR, IT) introdujeron cambios en sus sistemas de permisos de residencia relativos a los MENA. BE, por ejemplo, Página 4 de 5
5 introdujo modificaciones para ofrecer una mayor seguridad jurídica a los menores no acompañados que no hayan solicitado asilo, nuevas disposiciones relativas a las solicitudes de permisos de residencia y proporcionó asesoramiento sobre resultados sostenibles para los menores. FR e IT modificaron las disposiciones para el procedimiento que permite que los menores no acompañados que cumplan 18 años cambien a (otro) permiso de residencia legal. DK estableció que no se puede conceder un permiso de residencia a un MENA por motivos de edad o por carecer de una red social suficiente en el país de origen, donde es posible repatriar a un centro de acogida/atención. DK, en colaboración con la OIM danesa y otros Estados miembros, están organizando un centro de este tipo en Afganistán. Seis Estados miembros (EL, ES, FI, IE, IT, PL) hicieron referencia a los desarrollos en materia de políticas. Entre estos desarrollos se encontraban la prohibición del internamiento de los MENA solicitantes de asilo y la garantía del derecho de todos los niños a ir al colegio (FI), la asignación de un trabajador social dedicado a cada MENA (IE), celebración de acuerdos con las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para mejorar la asistencia a MENA (ES), el desarrollo de servicios de protección y la prestación de servicios de alojamiento en sitios seguros dentro del ámbito del programa nacional para la protección de MENA (IT) y el lanzamiento del Plan de acción nacional contra la trata de seres humanos para el período con especial atención a MENA (PL). Además, varios Estados miembros (EE, EL, NL, SE, SK, UK) y NO participaron en proyectos relativos a MENA. Por ejemplo, NO comenzó a desarrollar una campaña de información para menores no acompañados y sus familias en Afganistán que se va a llevar a cabo junto con UNICEF. 6. Información adicional Puede obtener información más detallada sobre este informe de la REM o sobre cualquier otro aspecto de la REM en HOME-EMN@ec.europa.eu. Fecha de elaboración: octubre de 2012 Página 5 de 5
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