5to Foro Tributario Latinoamericano. Oportunidades de planificación en un entorno cambiante
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- Rocío Rojas Rubio
- hace 8 años
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1 5to Foro Tributario Latinoamericano Oportunidades de planificación en un entorno cambiante
2 Oportunidades de planificación
3 Panelistas Francisco Barrios Gino Menchola Ramón Mullerat Panamá Perú LACoE - España Moderador Julio Oliveira Eduardo Rodríguez Brasil Uruguay 3
4 Un entorno cambiante: aspectos tributarios Nuevas reglas de tributación sobre dividendos a accionistas extranjeros (e.g. Argentina, México y Chile) Ampliación de las redes de tratados para evitar la doble imposición. En 2014, importantes reformas tributarias(e.g. Brasil y Chile) Anteriormente, Colombia, México, Argentina. Impactos globales (BEPS) y regionales (adopción IFRS, introducción GAAR, limitaciones control de cambios, etc.) Alto coste tributario de operaciones int. (financiación, servicios, royalties). CosteWHT& imposición indirecta 4
5 Un entorno cambiante: aspectos no Después de un ciclo de expansión económica se aprecia un proceso de ralentización en algunos países de la región. Aumenta la interconexión entre los distintos paísesde la región. Creacióny consolidacionde Hubsregionales: Sao Paulo,Panamá, Montevideo Nuevas formas de hacer negocio generan nuevos mercados y realidades económicas hasta ahora desconocidas Se mantiene la importancia de sectores tradicionales (commodities, agrobusiness, etc) Consolidación de nuevas realidades económicas (grupos multilatinos) y de negocios(energías renovables, etc.). 5
6 Planificación en un entorno cambiante: Conclusiones preliminares Holding Las nuevas reglas tributarias y la nueva realidad económica aumentan la importancia de este tipo de estructuras. Trading Aspectos tributarios (reglas de precios de transferencia) y no tributarios (ciclo bajista del precio de materias primas) dan una nueva dimensión a este tipo de estructuras. Financiación Altas retenciones, reglas de limitación de la deducibilidad de intereses (e.g. subcapitalización) limitan las posibilidades de planificación tributaria. Por otra parte, aspectos no tributarios son esenciales en este tipo de operaciones (mercados bancarios más flexibles y económicos). Servicios Alta carga tributaria. Retención sobre servicios y Royalties. A considerar limitaciones a los centros de servicios compartidos. 6
7 Europa
8 Holdings Europeas Beneficios fiscales (2) dividendos LATAM Plataforma de inversión latinoamericana para el exterior. Países más utilizados: España, Holanda y Suiza. Austria y España para MNCs brasileñas. Holding Europea RoW (1) dividendos Beneficios que se buscan: 1. Dividendos y ganancias de capital de RoW a Holding Retención Exención 2. Dividendos y ganancias de capital de Holding a Latam Retención Exención Otras cuestiones a considerar: Sustancia y cláusulas LOB Impuestos al timbre/sellos 8
9 Holdings Europeas ETVE Española (2) dividendos LATAM Requisitos de RoW Requisitos ETVE Tributación Exención plena No retención sobre dividendos No tributación en ganancias de capital ETVE (1) dividendos RoW 9
10 Holdings Europeas ETDV Vasca LATAM (2) dividendos ETDV Requisitos de RoW Requisitos ETDV Tributación Exención plena No retención sobre dividendos No tributación en ganancias de capital 0,5% de impuesto sobre el valor contable de las participaciones extranjeras (1) dividendos RoW 10
11 Holdings Europeas Holding Holandesa (2) dividendos LATAM Requisitos de RoW Requisitos Holding Holanda Tributación Exención plena Retención sobre dividendos (15% o CDI) Holding Holanda (1) dividendos RoW 11
12 Holdings Europeas Holding Suiza (2) dividendos LATAM Requisitos de RoW Requisitos Holding Suiza Tributación Exención plena Retención sobre dividendos (35% o CDI) Holding Suiza (1) dividendos RoW 12
13 Planificación fiscal: Panamá Holding Implicaciones fiscales en Panamá para HoldCo Panamá Consideraciones generales Tipo impositivo general del Impuesto sobre Sociedades (IS) en Panamá: 25%. Régimen territorial únicamente están sujetos a tributación en Panamá las rentas de fuente panameña. En la actualidad no existen reglas de subcapitalización. Por lo tanto si HoldCo Panamá es una holding tenedora de acciones de entidades extranjeras que no recibe rentas de fuente panameña, estará exenta de tributación en Panamá. Dividendos Los dividendos recibidos de filiales residentes fuera de Panamá (ie otros países de Latam y UE), estarán exentos de tributación en Panamá. Exención dividendos / ganancias de capital / intereses WHT dividendos WHT intereses Filiales LatAm (LatAm) ParentCo HoldCo Panamá WHT dividendos WHT intereses Filiales UE (UE) 13
14 Planificación fiscal: Panamá Holding Implicaciones fiscales en Panamá para HoldCo Panamá Intereses Los intereses recibidos de filiales no residentes en Panamá estarán exentos de tributación en Panamá. Del mismo modo, si HoldCo Panamá abona intereses, en la medida en que no estén relacionados con la obtención de rentas gravadas en Panamá, no serán fiscalmente deducibles. Exención dividendos / ganancias de capital / intereses ParentCo HoldCo Panamá Ganancias de Capital Las ganancias de capital que pueda obtener HoldCo Panamá en una venta futura de sus filiales no residentes, no estarán sujetas a tributación en Panamá. Las pérdidas que en su caso obtenga en una venta futura de sus filiales no residentes no serán fiscalmente deducibles en Panamá. WHT dividendos WHT intereses Filiales LatAm (LatAm) WHT dividendos WHT intereses Filiales UE (UE) 14
15 Planificación fiscal: Panamá Holding Implicaciones fiscales en Panamá para los socios de HoldCo Panamá Dividendos Según la normativa interna, como norma general la distribución de dividendos está sujeta a una retención de entre el 10% y el 5%. No obstante, en la medida en que los dividendos distribuidos a los socios no residentes de HoldCo Panamá no procedan de rente generada en Panamá sino de renta de fuente extranjera (dividendos de filiales no residentes), estarán exentos de retención en Panamá. Intereses El pago de intereses a una entidad no residente esta como norma general sujeto a una retención efectiva del 12,5%. No obstante en la medida en que dichos intereses no sean deducibles (no están relacionados con la obtención de renta en Panamá), no estarán sometidos a retención en Panamá. Posible exención en Panamá ganancias de capital WHT dividendos WHT intereses Filiales LatAm (LatAm) ParentCo HoldCo Panamá No WHT dividendos No WHT intereses WHT dividendos WHT intereses Filiales UE (UE) 15
16 Planificación fiscal: Panamá Holding Implicaciones fiscales en Panamá para los socios de HoldCo Panamá Ganancias de capital Las futuras ganancias de capital que los socios no residentes de HoldCo Panamá puedan obtener en la venta de sus acciones, no estarán sujetas a tributación en Panamá ya que HoldCo Panamá no genera renta gravable. Posible exención en Panamá ganancias de capital ParentCo No WHT dividendos No WHT intereses De no ser así, la ley impone un tipo del 10% que grava la ganancia obtenida por los accionistas no residentes. Asimismo, la ley exige un adelanto del 5% sobre el valor de la transferencia, independientemente de si hubo o no ganancia de capital en la venta. WHT dividendos WHT intereses HoldCo Panamá WHT dividendos WHT intereses Filiales LatAm (LatAm) Filiales UE (UE) 16
17 Planificación fiscal - Uruguay Holding 0% s/ Dividendos 0% s/ Div./ ganancia capital Ext. Co. UY HoldCo. OpCo. Régimen general: principio territorialidad rentas de fuente extranjera no gravadas en UY. Dividendos y ganancias de capital por participaciones en el exterior no gravadas en UY. No existen otros impuestos aplicables. Reducción en retenciones tributarias Puede ser combinado con régimen de ZF o Trading. Utilizado frecuentemente a efectos de una mejor estructuración societaria regional/global Pago de dividendos 17
18 Estructuras de Financiación Europa LATAM Europa RoW Sucursal financiera PAN/URU Intereses Aspectos a considerar La financiación jurídicamente es otorgada por Europa La sucursal financiera puede estar ubicada en Suiza, Irlanda o un país en Latinoamérica El gasto financiero es fiscalmente deducible en RoW Ingreso financiero para la sucursal financiera con una tributación preferencial Tasa de retención reducida por el pago de intereses de conformidad con el CDI entre Europa y RoW Exención total o parcial sobre los beneficios de la sucursal financiera 18
19 Centro de Servicios Compartidos Europa LATAM Europa CSC PAN/URU Aspectos a considerar Los servicios son jurídicamente prestados por Europa RoW podrá beneficiarse de la deducción de los gastos por prestaciones de servicios Los pagos recibidos por CSC podrían no estar gravados Aplicación de los beneficios del CDI entre Europa y RoW Exención total o parcial sobre los beneficios del CSC RoW Servicios 19
20 Panamá
21 Agenda Régimen General Panamá y la aplicación de Tratados Planificación Fiscal 21
22 Régimen General Territorialidad Principales impuestos: Impuesto sobre la Renta ITBMS Impuesto de dividendos y complementario Impuesto de Aviso de Operación Ingresos gravables Deducibilidad de gastos Precios de transferencia 22
23 Panamá y la Aplicación de los Tratados Tratados y acuerdos de intercambio de información Tratados vigentes México Barbados Singapur España Francia Holanda Irlanda Luxemburgo Qatar Portugal Corea del Sur Rep. Checa Emiratos A. Unidos Reino Unido Pendientes Italia Bélgica Bahrein Acuerdo de Intercambio de Información Alemania Canadá Dinamarca Estados Unidos Finlandia Groenlandia Islandia Islas Faroes Noruega Suecia 23
24 Planificación fiscal Panamá y Paraíso Fiscal como accionista Beneficios No hay imposición sobre los dividendos, intereses y ganancias de capital Parent No hay withholding tax sobre dividendos (pagados de renta no gravable) PF Co Bajo tipo de retención si las Sub están en países con Tratado Intereses Panamá Dividendos No hay normas anti-paraísos fiscales LATAM LATAM LATAM 24
25 Planificación fiscal Estructura Trader Beneficios No hay tributación sobre el margen generado, siempre que el producto no entre a Panamá (en cuyo caso ubicar el Trader en Colón) No hay retención sobre los dividendos pagados si el producto no entra al país. Los dividendos recibidos puede que este exentos de tributación, dependerá del país La distribución de dividendos al accionista final, puede que no este sujeta a retención dependiendo de si la empresa en de trading o se encuentra dentro de una zona franca. Consideraciones España, Luxemburgo, Holanda Dividendos Shareholder País con Tratados Panamá Trader Distribución 25
26 Planificación fiscal Sucursal IP OpCo: (LATAM) Deducción de los cánones (limitaciones: precios de transferencia, entre otras). Retención sobre regalías a tipo reducido según Convenio entre España u otro país y la jurisdicción donde resida la OpCo ó la Directiva de la UE sobre Intereses y Cánones (0% empresas afiliadas). Sucursal IP Panameña Los cánones obtenidos por la Sucursal IP Panameña, tendrían la consideración de ingresos de fuente extrajera, por tanto, no estarían sujetos a tributación en Panamá. Repatriación de beneficios a la holding europea u otro accionista no sujeta a tributación. Deuda/ Capital OpCo Parent Co Europa Cánones Licencia Beneficios Sucursal (Panamá) Exención total 26
27 Planificación fiscal Sucursal IP Holding europea: Exención de las rentas obtenidas en el extranjero a través de la Sucursal. 0% de retención sobre dividendos distribuidos por la holding europea a ParentCo con cargo a rentas exentas. Regímenes Patent Box europeos El incentivo permite reconocer un ingreso fiscal con una tributación efectiva de: España: 12% Reino Unido: 10% Holanda: 5% Luxemburgo: 5,76% Bélgica: 6,8% País Vasco: 11,2% Row podrá beneficiarse de la deducción en concepto de cánones. Deuda/ Capital OpCo Parent Co Europa Cánones Licencia Beneficios Sucursal (Panamá) Exención total 27
28 Zonas de Libre Comercio/Regímenes especiales Panamá-Pacífico (Howard) Zona de libre comercio, ubicada en un área de 1,400 hectáreas que antiguamente era parte de una Base Aérea norteamericana One stop shop Actividades incluidas: prestación de servicios a personas ubicadas fuera de Panamá, venta de productos a personas en tránsito, venta de productos a naves que crucen el Canal de Panamá, servicios multimodales y de logística entre otros. Exención de todos los impuestos Posibilidad de contratar un número de expatriados superior al límite establecido por la ley. El régimen SEM y el de Panamá-Pacífico no son excluyentes, es posible establecer una SEM en Panamá-Pacífico. 28
29 Zonas de Libre Comercio/Regímenes especiales Zona Libre de Colón La Zona Libre de Colón creada mediante el Decreto Ley No.18 de 1948, es el primer centro de distribución del Hemisferio Occidental. Por esta razón, constantemente se construyen y modernizan almacenes, sistemas portuarios y de tráfico para todo tipo de mercancía, manteniéndose a la vanguardia de la tecnología moderna y siempre lista para ofrecer una amplia gama de excelentes servicios. Actividades Permitidas: Exportación, Reexportación, Importación, Manufactura, Venta, comercialización y distribución, Refinación y transformación de mercancías. Demás operaciones, transacciones, negociaciones y actividades propias o incidentales, al establecimiento y funcionamiento de zonas de comercio internacional libre. 29
30 Zonas de Libre Comercio/Regímenes especiales Zona Libre de Colón Incentivos Fiscales 0% de impuesto sobre la renta en ganancias por operaciones en el exterior. 0% de impuestos en los productos importados para su reexportación. Exonerados los servicios específicos que surtan efectos en el extranjero. Costos altamente competitivos. Incentivos Migratorios Se conceden facilidades migratorias para ejecutivos e inversionistas extranjeros. Formas de Establecer Operaciones : Permiso de Operación, Convenio de Representación, Arrendamiento de Local Arrendamiento de Lote, Depósito Público. 30
31 Uruguay
32 Uruguay Destino de localización del Principal Principal Factores para su localización Localización geográfica Huso horario Clima de negocios Regulación ing/egreso de divisas Naturaleza jurídica vehículo Régimen e incentivos tributarios Retenciones impositivas en flujos cross border 32
33 Uruguay Destino de localización del Principal Ubicación geográfica estratégica en Mercosur y América del Sur. Estabilidad política, social y económica. No considerado paraíso fiscal (OCDE). Alto nivel de vida, seguridad y educación. Marco legal favorable al ingreso de inversiones: no discriminación inversión extranjera. Libre intercambio, transferencia y repatriación de capital y dividendos. Población: 3.3 mil Idioma: Castellano República Democrática 33
34 Uruguay Destino de localización del Principal Regímenes fiscales preferenciales Resolución DGI N 51/997 SIN pasaje físico de mercaderías por UY Zonas Francas CON o SIN pasaje físico de mercadería por UY Puerto Libre CON pasaje físico de mercaderías por UY 34
35 Uruguay Destino de localización del Principal RESOLUCIÓN DGI N 51/997 Intermediación en compra-vta de bienes/servicios fuera de UY Tributación IR = 25% sobre base ficta (BF= 3% * PV-PC) Ficto es opcional Pago al exterior de royalties/servicios/dividendos: retención reducida o nula ZONAS FRANCAS Actividades permitidas: industriales, comerciales, servicios. Prohibición prestación de servicios a UY no franco. Exoneración total de impuestos internos. Pago royalties/servicios/dividendos: libre de retenciones. 35
36 Uruguay Destino de localización del Principal PUERTO LIBRE Actividades permitidas: no alteren naturaleza de la mercadería, sí pueden agregar valor. Pasaje físico de mercadería por UY. Tributación de IR: 25% sobre renta neta sobre base real. Posible exoneración. Si mercadería extranjera con destino UY < 5% del total exento de IR Pago al exterior de royalties/servicios/dividendos: régimen general de retención. Si se accede a exoneración, reducción significativa. 36
37 Uruguay Centro de Servicios LATAM Principales aspectos Uruguay - ZF: Aplicable a usuarios autorizados Exoneración total de tributos en Uruguay (incluyendo tributos aduaneros, tributación sobre las rentas, IVA, tributación sobre el patrimonio y retenciones tributarias sobre regalías, servicios técnicos y dividendos) 75% de empleados deben ser ciudadanos uruguayos La entidad uruguaya puede ser una SA, SRL, SCA o Sucursal de entidad extranjera Aplicación de DTTs No considerado paraíso fiscal para el contratante del servicio Garantía del Estado respecto al régimen 37
38 Uruguay Centro de Servicios LATAM Alcance de los servicios prestados: Servicios de asesoramiento y procesamiento de datos, aprovechados exclusivamente en el exterior. A entidades residentes, si no superen el 5% del total (no estarán comprendidos dentro de la exoneración. Beneficios fiscales: IRAE: exoneración del 90% de las rentas originadas en las actividades promovidas (plazo de la exoneración de 5 o 10 años a partir del ejercicio siguiente al de la solicitud). IP: exoneración a los activos afectados a la actividad que se declara promovida (plazo de la exoneración desde el ejercicio en que se procede a la solicitud y hasta la finalización del período de exoneración de IRAE). Beneficios fiscales en materia de retenciones impositivas por pagos (o créditos) por servicios técnicos al exterior. Condiciones: Resolución del PE promoviendo actividad de la empresa. La empresa deberá presentar ante la COMAP información que verifique el cumplimiento de las obligaciones asumidas. Generar como mínimo 150 nuevos puestos de trabajo calificado directo. El 75% deberá corresponder a ciudadanos naturales o legales uruguayos e implementar un Plan de Capacitación con una inversión mínima de UI Se trate de nuevos emprendimientos. 38
39 Perú
40 1. Apalancamiento interno Push down de deuda Aspectos generales No residente adquiere vehículo de adquisición peruano y le otorga financiamiento. NO RESIDENTE Vehículo de adquisición Vehículo de adquisición peruano compra acciones de la empresa Target. Luego de un periodo de tiempo razonable, el vehículo de adquisición peruano y el Target se fusionan. Aspectos tributarios relevantes El pago de intereses será deducible, considerando la regla de sub-capitalización (3-1) y la retención de 30% por Impuesto a la Renta peruano (WHT). A fin de reducir el WHT, considerar la utilización de: Financiamiento Vehículo de adquisición PERÚ Pago de intereses Préstamo de un tercero (p.e. de una institución financiera): 4.99% WHT. Acreedor domiciliado en un país con el que Perú tenga un CDI: 10%/15% WHT. La fusión puede realizarse sin efectos tributarios. Target PERÚ FUSIÓN 40
41 2. Distribución de dividendos con menor impacto tributario Situación original Alternativa sugerida PN domiciliada Perú PN domiciliada Perú Dividendos HOLDING Redomiciliación a Perú HOLDING COMPAÑÍA OPERATIVA PERÚ Los dividendos se encontrarán gravados para la PN como renta de fuente extranjera (~30%). COMPAÑÍA OPERATIVA PERÚ Dividendos Si la Holding se redomicilia a Perú: La distribución de dividendos a la PN se sujetará a la tasa de 4.1%. Además, la distribución entre sociedades domiciliadas no se encuentra gravada con el impuesto. 41
42 3. Estructura más eficiente para la adquisición de Target en el exterior Adquisición directa Adquisición a través de un vehículo local PERÚ Financiamiento COMPAÑÍA OPERATIVA Pago por compra de acciones ACCIONISTA ACTUAL PERÚ Financiamiento COMPAÑÍA OPERATIVA HOLDING PERÚ (NewCo) Aporte COMPAÑÍA TARGET COMPAÑÍA TARGET Pago por compra de acciones ACCIONISTA ACTUAL EXTERIOR EXTERIOR 42
43 Brasil
44 Holdings en Brasil OpCo 1 (Tratado) ParentCo (Brasil) HoldCo (TBD) Anterior regímen Nuevo regímen OpCo 2 (Sin ratado) Puntos de atención en la planificación tributaria: Holdings (1/3) Optimización de retenciones Ganancias de capital por la venta directa es tributada en Brasil al tipo general (34%) Planificación CFC. Nuevas reglas Anterior regla permitía la consolidación a nivel de la primera holding en el exterior vs. actual regla de tributación anual del resultado de las controladas en el extranjero El nuevo régimen introduce posibles beneficios como la consolidación de resultados de las controladas o el diferimiento en el pago del impuesto 44
45 Trading en Brasil ParentCo (Brasil) HoldCo (TBD) TradeCo (TBD) Cliente Puntos de atención en la planificación tributaria: Trading (2/3) Nuevas reglas de precios de transferencia (2012) y bajada de precio de materias primas limitan el margen a localizar en las trading Necesidades operativas en la exportación (necesidad de una entidad intermediaria operaciones de floating) y limitaciones tributarias (limitaciones de precios de transferencia en ventas a terceros residentes en paraísos fiscales) mantienen la necesidad practica de dichas estructura. Nuevas de reglas de CFC pueden hacer tributar el diferencial entre el impuesto pagado en la jurisdicción de la trading y el tipo general en Brasil. Alternativas: sucursal, trading en jurisdicción con DTT, etc. 45
46 Servicios en Brasil ParentCo (Brasil) HoldCo (TBD) OpCo (TBD) Bienes Servicios Cliente Puntos de atención en la planificación tributaria: Servicios (3/3) Énfasis en la substancia en la localización de actividades en el exterior Posibles diferencias en las reglas de precios de transferencia Creación de Hubs con distintas actividades (Holding, trading, servicios, etc.) Impacto de las nuevas reglas las reglas de CFC Alto coste en Brasil por la importación de servicios (ISS, CIDE, WHT, IOF, etc.) Beneficios tributarios y no tributarios en jurisdicciones como Uruguay y Panamá Oportunidades utilizando filiales, beneficios específicos a determinadas actividades (desarrollo de software, I+D, etc.) 46
47 Muchas gracias! Obrigado! 2014 PricewaterhouseCoopers Ltda., PricewaterhouseCoopers, PricewaterhouseCoopers Professional Services Ltda. y PricewaterhouseCoopers Software Ltda. Todos los derechos reservados. refiere a la firma miembro de Uruguay y en algunas ocasiones a la red. Cada firma miembro es una entidad legal separada. Por favor visite para más detalles.
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