Ideas innovadoras para una mejor práctica de negocios

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1 Ideas innovadoras para una mejor práctica de negocios ISSN Edición especial sobre ASPECTOS FISCALES Y CONTABLES Volumen VI, marzo de 2008 Apuntes del editor Pág. 3 Sarbanes-Oxley Act y el control interno sobre el reporte financiero Carlos Fernando Rozen Pág. 8 El impuesto a las ganancias corporativo como herramienta de competitividad Daniel Caracciolo Pág. 14 Precios de transferencia: una ciencia exacta? Horacio Dinice y Silvia Rodríguez Pág. 18 Cuadro de mando integral Alejandra Falco Pág. 23

2 Revista académica sobre temas de management, editada por el Centro de Investigaciones en Management, Entrepreneurship e Inversiones y el Centro de Estudios de Organizaciones y Productividad de la Universidad del CEMA. Distribución gratuita en la comunidad de negocios. Editores Enrique Yacuzzi, Universidad del CEMA (Editor) José Pablo Dapena, Universidad del CEMA (Coeditor) Marcos Gallacher, Universidad del CEMA (Coeditor) Consejo Editorial Luisa Montuschi Universidad del CEMA Alejandra Falco Universidad del CEMA Carlos Barbosa Pontificia Universidad Católica Argentina, Universidad del CEMA y Laboratorios Bagó Ignacio Bossi Universidad del CEMA e IdeAction Fernando Doria Universidad del CEMA, Universidad de Saint Thomas y Johnson & Johnson Carlos Olivieri Universidad del CEMA y Repsol-YPF Gerardo Heckmann Universidad Nacional de Córdoba y Universidad del CEMA Diseño de la tapa Ana Broglia Asistente Editorial Verónica Laura Ghersini 1

3 Los artículos provienen de colaboraciones espontáneas y a pedido de profesores, académicos y profesionales y están sometidos a referato. Invitamos a colaborar con artículos y propuestas a través de la dirección de mail: cimei@cema.edu.ar. Las especificaciones del formato se encuentran en 2

4 Apuntes dell ediitor 11 Dedicamos este número de Temas de Management a asuntos contables y fiscales. La contabilidad y sus profesionales más representativos, los contadores públicos, tratan a diario con el manejo de la información de las empresas y otras organizaciones públicas y privadas. Confluyen en su trabajo temas tan variados como los sistemas de información, los impuestos, la auditoría, la estrategia empresarial, la legislación civil, comercial y laboral, y los negocios internacionales. Abordamos en esta edición cuatro de estos temas. En el primer artículo, Carlos Fernando Rozen, socio de BDO Becher y Asociados, S.R.L. y profesor en la carrera de Contador Público de la UCEMA, presenta un aspecto del Sarbanes-Oxley Act: el control interno sobre el reporte financiero (CIRF). La ley, aprobada en 2002 en los EE.UU., protege la confiabilidad de los estados financieros de las compañías con oferta pública. Sus lineamientos finales, publicados en mayo de 2003, requieren que el management de las compañías con oferta pública implemente, documente y determine la eficacia de los controles internos aplicables en la preparación de la información financiera presentada a la Securities and Exchange Commission (SEC). En el artículo, el autor expone brevemente la evolución, aplicabilidad y objetivos de las normas de auditoría para la realización del control interno. En particular, discute algunos elementos importantes para evaluar el control interno aplicable en la preparación de la información financiera: los objetivos de control, los riesgos de generación de errores o fraude sobre los estados financieros, los controles y los controles clave y la clasificación de las aseveraciones, o afirmaciones que el management de la compañía hace sobre los componentes de los estados financieros. A continuación, el autor explica el marco del Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission (COSO), un esfuerzo voluntario del sector privado para mejorar la calidad de los reportes financieros por medio de la ética en los negocios, las prácticas de gobernancia corporativa y los controles internos. El marco COSO, complementado en 2004 para dar lugar al marco COSO II (COSO ERM, Enterprise Risk Management), contempla tres objetivos del control interno y cinco componentes para alcanzarlos. Los objetivos del control interno son: la eficiencia y la eficacia en las operaciones, la confiabilidad en la información, y el cumplimiento de las normas; los componentes del control son: el ambiente de control, la evaluación de riesgos, las actividades de control, la información y comunicación, y el monitoreo. El marco COSO se aplica a 1 El editor agradece sinceramente la importante colaboración del Prof. Antonio Marín, Director de la Carrera de Contador Público de la Universidad del CEMA, en la preparación de esta edición. 3

5 pequeñas, medianas y grandes empresas, y existe un marco COSO for small companies. Los avances que trata el artículo constituyen un hito importante en la lucha contra el fraude corporativo y revelan la preocupación actual por las buenas prácticas de gobernancia y gestión, signadas por el control, la integridad, los valores éticos y la capacidad. En el segundo artículo, Daniel Caracciolo, de Deloitte Internacional Tax Services, sintetiza las tendencias internacionales en la temática del impuesto a las ganancias corporativo, al cual considera una herramienta de competitividad, y menciona oportunidades que se abrirían a la Argentina si incentivara fiscalmente a determinadas empresas de servicio. Las tendencias internacionales que menciona Caracciolo son la reducción de la alícuota del impuesto a las ganancias a nivel corporativo, los beneficios a la repatriación de utilidades y la ampliación de la red de convenios para evitar la doble imposición internacional. Destaca el autor que, hoy, la presión fiscal argentina, con su alícuota del 35% sobre las ganancias corporativas, resulta una de las mayores a nivel mundial, comparable a la de los EE.UU., Brasil, Nueva Zelanda y Australia. Con respecto a los beneficios a la repatriación de utilidades, mientras que en países como Bélgica, Italia, Francia y Alemania la exención al impuesto a los dividendos recibidos de las subsidiarias alcanza al 95% de los dividendos percibidos, en la Argentina los dividendos cobrados del exterior están sujetos en general al impuesto. La tercera tendencia, la ampliación de la red de convenios para evitar la doble imposición internacional, se ha materializado en un importante crecimiento en la firma de estos convenios en los últimos veinte años. Este crecimiento, no obstante, no es tan visible en nuestra región. En particular, la Argentina solo ha firmado un convenio en los últimos seis años, con Rusia. Discute Caracciolo las modalidades más usuales de incentivos fiscales para favorecer la radicación de inversiones en el territorio de un país. En el caso argentino, existen, entre otros, regímenes de incentivos fiscales para las inversiones en bienes de capital destinados a la industria y obras de infraestructura; para la promoción de la industria del software; el régimen de promoción para la producción y uso sustentable de biocombustibles; y el régimen para el desarrollo de la biotecnología. El artículo concluye enunciando una serie de actividades de servicios que pueden internacionalizarse aún más, como la 4

6 investigación de mercado, la liquidación de sueldos para mencionar solo dos y que se verían favorecidas por un plan adecuado de incentivos especiales que induzcan a la localización de nuevas empresas en nuestro país. En el tercer artículo, los profesores de la UCEMA Horacio D. Dinice y Silvia B. Rodríguez, que son, además, Socio de Impuestos y Gerente de Impuestos de Deloitte & Touche, respectivamente, examinan la cuestión de los precios de transferencia, aquellos precios pactados entre dos compañías relacionadas que hacen negocios. Es sin duda un tema relevante: como explican los autores, [l]a existencia de diferentes tasas impositivas y distintas reglas en los países involucrados provee incentivos para que las multinacionales determinen sus precios de transferencia a fin de reconocer menor ganancia en los estados con tasas impositivas mayores y viceversa. Este hecho tiende a reducir la tasa efectiva de impuestos de los grupos multinacionales y consecuentemente, a incrementar la rentabilidad después de impuestos. Para responder al desafío de diseñar políticas de precios de transferencia que permitan acortar la brecha entre las empresas y las acciones tributarias de los gobiernos, el artículo se concentra en resumir el núcleo de normas sobre precios de transferencia, sus implicaciones internacionales y el actual comportamiento del fisco. Los autores destacan que impera en las transacciones intra-grupo el principio económico de arm s length, que en la práctica lleva a esperar que las partes tengan una utilidad apropiada al caso. En el largo plazo, los fiscos no aceptarían que las empresas que operan en sus países tuvieran pérdidas injustificadas recurrentes. Dinice y Rodríguez muestran las tendencias en esta materia: un incremento en la complejidad legislativa de precios de transferencia a nivel mundial, acompañada de una mayor sofisticación de las técnicas de precios de transferencia utilizadas y en el nivel de los planteos de las autoridades fiscales. También se revela como importante la creciente relevancia de la justificación de estructura de transacciones de partes relacionadas, y la mayor frecuencia de los cuestionamientos de las autoridades fiscales a los motivos por los cuales se realizan transacciones. Dado que el principio de arm s length no es una ciencia exacta como lo sostienen los autores, la comparabilidad entre transacciones es el centro de todas las metolodologías de precios de transferencia. En esencia resumen el análisis de precios de transferencia consiste en determinar si las condiciones 5

7 pactadas en operaciones efectuadas entre compañías vinculadas se corresponden con las que hubieran acordado sujetos independientes. A la complejidad inherente al problema se agrega la complejidad del escenario global. Las redes de empresas de hoy incluyen, además de sus casas matrices y subsidiarias, a distribuidores o franquiciarios internacionales, entre otras partes interesadas. Estas estructuras, a los ojos de las autoridades fiscales, podrían encubrir la finalidad de ocultar relaciones económicas entre empresas. Al describir la situación en materia de fiscalizaciones, nos informan los autores, con datos concretos, que aún un ajuste menor en los márgenes de utilidad de una compañía puede dar lugar a un gran ajuste impositivo y que recientemente se ha intensificado la calidad de las inspecciones y su severidad. La mayor severidad de los litigios por precios de transferencia también se da en el contexto internacional. Después de dar elementos para preparar a quienes enfrentan una auditoría fiscal, los autores cierran el artículo recomendando a las multinacionales que consideren no sólo los estándares internacionales de precios de transferencia sino también los acuerdos comerciales, los servicios relacionados, el uso de la propiedad intangible y las circunstancias de cada transacción particular. En el cuarto y último artículo, Alejandra Falco, profesora de la Universidad del CEMA, desarrolla el concepto de cuadro de mando integral (BSC, por sus siglas inglesas), sus características y sus dificultades de construcción, y reseña una experiencia concreta de diseño. Un cuadro de mando integral es un conjunto de medidas que dan a la alta gerencia un pantallazo rápido pero completo sobre el negocio. Las medidas se seleccionan teniendo en cuenta la visión y misión de la empresa y su estrategia, que se refleja en el cuadro de mando. El BSC incluye las llamadas cuatro perspectivas: financiera, de los clientes, de los procesos internos, y del aprendizaje y crecimiento. Estas perspectivas están interrelacionadas y el cuadro de mando supone su integración en el nivel de la firma. Como escribe la autora, un BSC puede leerse del siguiente modo: si tenemos los activos intangibles necesarios, entonces, podremos ejecutar productivamente los procesos críticos para la entrega de valor al cliente; si podemos ejecutar dichos procesos, entonces, podremos entregar la propuesta de valor al cliente y, finalmente, si podemos entregar la proposición de valor al cliente, entonces, obtendremos los resultados financieros deseados. 6

8 El BSC permite traducir la estrategia de la empresa a una representación visual de las relaciones de causa y efecto entre los componentes de la estrategia. Esta representación se logra con el mapa de la estrategia, que la autora presenta. Los conceptos se ilustran con el caso del Hotel Express, cuya misión es ofrecer una atención muy ágil. Falco expone el mapa y el BSC del Hotel Express, en sendos gráficos. La autora describe las situaciones para las cuales es más útil confeccionar un BSC: para alcanzar una comprensión compartida de la estrategia entre los miembros de un equipo, para comunicar la estrategia, para implementarla, para facilitar un proceso de cambio y para fomentar el crecimiento empresarial. Finalmente, destaca los beneficios adicionales de contar con un BSC: la generación de conversaciones estratégicas en la empresa y la identificación de criterios para encontrar los indicadores relevantes de la gestión. A lo largo de los artículos de la presente edición intentaremos generar un amplio panorama sobre algunos de los principales aspectos contables y fiscales que, tanto las empresas como las personas físicas, deberían conocer y cumplir. Intentamos mostrar a través de los artículos ofrecidos la importancia de la información contable y del planteo de objetivos, tanto para la generación de una sólida estrategia como así también para cumplir con los requerimientos contables, legales y fiscales. Esperamos, una vez más, que puedan disfrutar de la propuesta de esta edición. El editor 7

9 SARBANES OXLEY ACT Y EL CONTROL INTERNO SOBRE EL REPORTE FINANCIERO Por Carlos Fernando Rozen Mucho se ha escrito sobre la ley o Acta Sarbanes-Oxley (SOX) durante los últimos 6 años, a partir de su sanción. Sin embargo los resultados de la aplicación de la misma siguen en constante estudio, como así también ciertas polémicas sobre el alto costo de su implementación. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES La ley Sarbanes-Oxley Act del 2002 constituyó un hito en la protección de la confiabilidad de la información pública (estados financieros). Algunos la han llamado La reforma de la contabilidad de las compañías públicas y otros La protección del inversionista de SOX fue redactada por dos congresistas que le dieron el nombre (Sarbanes y Oxley) y fue aprobada como ley, el 30 de julio de 2002, por el presidente de los EEUU, George Bush. Esta nueva ley surge como resultado de los escándalos financieros corporativos desencadenados con el caso Enron, Worldcom y otros, los cuales implicaron fraudes millonarios y, en consecuencia, catástrofes financieras, inclusive entre los inversores y compañías que nada tenían que ver con los ilícitos. Estos delitos empresarios provocaron el desmoronamiento de la confianza del público inversor y de la sociedad en su conjunto. La confianza es el engranaje clave para el desarrollo de los mercados de capitales; por ende, la misión que tenía el gobierno de los EEUU era reestablecerla a través de una inyección de transparencia. Así se fue gestando Sarbanes- Oxley. IMPLEMENTACIÓN DEL CIRF CONTROL INTERNO SOBRE EL REPORTE FINANCIERO La ley Sarbanes Oxley Act del 2002 constituyó un hito en la protección de la confiabilidad de la información pública (estados financieros). implementen, documenten y determinen la eficacia de los controles internos aplicables en la preparación de la información financiera, que se presenta a la Securities and Exchange Commission (SEC) (el equivalente a nuestra Comisión Nacional de Valores). El 9 de marzo de 2004, el PCAOB Public Company Accounting Oversight Board 1 emitió las normas de auditoría para la revisión del control interno en lo vinculado a la transparencia de la información a publicar (estados financieros de las compañías públicas que se encuentran bajo el control de la SEC). Se trata de la norma de auditoría Nº2 (AS2-PCAOB), la cual establece los procedimientos y lineamientos que debe seguir el auditor para efectuar una auditoría del control interno aplicable en la preparación de la información financiera. Tiene como objetivo que la misma quede libre de deficiencias o debilidades que pudieran producir errores y fraude, o mejor dicho, que las mismas sean reveladas como consecuencia de seguir dichos lineamientos. Tanto la ley Sarbanes-Oxley como las normas de auditoría emitidas por el PCAOB son aplicables a las compañías públicas estadounidenses y de otros países que cotizan en los mercados de valores de EEUU. El objetivo del auditor radica en expresar una opinión sobre: Las aseveraciones que la administración de la compañía (CEO y CFO) hace sobre la efectividad del control interno en la preparación En mayo de 2003 se publicaron los lineamientos finales de la ley Sarbanes-Oxley (sección 404). Esta nueva sección (o como la llama la ley rule, requiere que el management de las compañías públicas (particularmente el CEO y el CFO) 1 Organismo creado por Sarbanes-Oxley para vigilar la calidad del trabajo de las firmas de auditoría que dictaminan sobre los estados financieros de compañías públicas, y así proteger los intereses de los inversores. 8

10 de la información financiera a una fecha determinada. Reportar que no existen debilidades materiales en el control interno a la fecha en que la administración de la compañía hizo sus aseveraciones. De existir deficiencias significativas y debilidades materiales, reportarlas. La ausencia de lineamientos precisos y la falta de conocimiento en las compañías sobre la forma de cumplir con la sección 404 provocó que el AS2 sea tomado como marco de cumplimiento o medida de lo que debe hacerse para cumplir con dicha sección de SOX. Tácitamente, muchas compañías concluyeron que para tener éxito en el camino de certificar la sección 404, debían comportarse como lo haría un auditor externo. A mediados de 2007, se aprobaron dos documentos importantes para revertir la tendencia de que el ritmo para la certificación de la sección 404 de SOX lo marca el auditor externo : a) AS5 emitido por el PCAOB en reemplazo del AS2. b) Guía para el management para el cumplimiento de la sección 404. Del estudio de ambos documentos se concluye que las compañías deben adoptar su propia estrategia a fin de cumplir con esta parte de SOX de manera más eficiente y eficaz. A dichos fines resaltan: La utilización de un enfoque top down o de arriba hacia abajo. El uso de un enfoque basado en el riesgo. La confianza que debe depositar el auditor en parte de su trabajo, sobre la revisión efectuada por el management. REVISIÓN DEL CIRF Para que el auditor de estados contables pueda expresar su opinión sobre el control interno, debe Deben intentar mitigarse los riesgos en cuanto a su probabilidad e impacto a fin de eliminar razonablemente la producción contingente de errores y fraudes. planear y ejecutar la auditoría de forma tal de asegurarse razonablemente que la compañía mantuvo un control interno efectivo sobre la preparación de la información financiera. Mantener un efectivo control interno en la preparación de la información financiera significa que no deben existir debilidades materiales o deficiencias significativas. En una auditoría de control interno sobre la información financiera, el auditor debe obtener evidencia suficiente y competente acerca de dos cuestiones importantes: El diseño de los controles internos que mitigan riesgos de incumplimiento de los objetivos de control vinculados a las aseveraciones que la compañía hace acerca de los estados financieros, todas las cuentas y demás revelaciones significativas. La efectividad operativa de dichos controles (una vez que se comprobó su adecuado diseño) Veamos algunos elementos importantes en la evaluación del control interno: Objetivos de control: los Estados Contables intentan decir muchas cosas a los lectores interesados en los mismos, de manera expresa o tácita. Es decir, podemos leer por ejemplo Bienes de Uso por $ y debemos entender que se trata de bienes que existen, que son propiedad de la compañía, que están bien valuados y expuestos. A esto le llamamos afirmaciones tácitas, ya que dichas cuestiones que suponemos se hallan insertas en las prácticas y principios contables. Ahora bien, si en las notas a los estados contables está explicado cómo se han valuado los bienes de uso, nos referimos a aseveraciones expresas sobre la información financiera. Los objetivos de control se ocupan de proteger la validez de dichas aseveraciones. Riesgos: Se trata de la combinación de probabilidad de ocurrencia, y su impacto asociado, en lo que se refiere a la generación de errores o fraude sobre los estados financieros (es decir, su capacidad para lograr el objetivo de control). Un riesgo nace por la existencia de una amenaza inherente a determinado proceso, y 9

11 una vulnerabilidad asociada. Deben intentar mitigarse los riesgos en cuanto a su probabilidad e impacto a fin de eliminar razonablemente la producción contingente de errores y fraudes. Un riesgo se baja con una o más actividades de control. Actividades de control o controles : Son las tareas y acciones manuales o automátizadas, detectivas o preventivas, que intentan mitigar un riesgo en particular para facilitar el cumplimiento de los objetivos de control. Actividades de control clave o key controls : Son aquellos controles que por si solos consiguen eliminar los riesgos de no alcanzar los objetivos de control. Son los controles más importantes cuyo funcionamiento debe ser probado. Aseveraciones: Son las afirmaciones que el management de la compañía hace sobre los componentes de los estados financieros (cuentas o rubros). Dichas aseveraciones deberán ser evaluadas por la compañía y por el auditor en base a la siguiente clasificación: o Totalidad, completitud o integridad: Que toda transacción, eventos o circunstancias ocurridas durante un período específico hayan sido reconocidas y registradas contablemente en dicho período. o Existencia u ocurrencia: Que los activos, pasivos e inversión de los accionistas existan a una fecha determinada y que las operaciones registradas representen eventos que realmente ocurrieron durante el periodo en cuestión. o Derechos y obligaciones: Que los activos sean reales existencias y derechos de la compañía y que los pasivos sean veraces obligaciones a una fecha determinada. o Valuación: Que los activos, pasivos, ingresos y egresos hayan sido registrados de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y que dichas transacciones sean matemáticamente correctas y adecuadamente registradas. El marco COSO es un esfuerzo voluntario del sector privado para mejorar la calidad de los reportes financieros a través de elementos tales como la ética en los negocios, controles internos efectivos y adecuadas prácticas de gobierno corporativo. 10 o Presentación, revelación, exposición: Que los componentes de los estados financieros estén correctamente clasificados, detallados, descriptos y presentados. UTILIZACIÓN DEL MARCO COSO La sección 404 requiere que las compañías implementen un sistema de control interno en base a un marco válido, y si bien no obliga a elegir alguno en particular, sugiere al más utilizado en la actualidad: COSO (Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission). El marco COSO es un esfuerzo voluntario del sector privado para mejorar la calidad de los reportes financieros a través de elementos tales como la ética en los negocios, controles internos efectivos y adecuadas prácticas de gobierno corporativo. Este marco fue originalmente desarrollado en 1985 por la National Commision on Fraudulent Financial Reporting, un organismo privado e independiente que estudió las principales causas que pueden conducir a presentar reportes financieros fraudulentos y desarrollaron recomendaciones para compañías públicas y sus auditores externos, para la SEC (Securities and Exchange Commision) y para otros organismos reguladores, así como para instituciones educativas. En la comisión participaron cinco de las principales asociaciones financieras de los Estados Unidos, la American Accounting Asssociation, el American Institute of Certified Public Accountants, el Financial Executives Institute, el Institute of Internal Auditors y la National Association of Accountants. La comisión fue totalmente independiente de cada uno de sus organismos y reunió adicionalmente representantes de la industria, contaduría pública, firmas de inversión y el mercado de valores de New York. La Treadway Comision tenía la visión de un

12 estudio integral completo y una evaluación de controles cuando recomendó que sus compañías públicas ejecutaran los siguientes pasos en sus esfuerzos por prevenir y detectar la información financiera fraudulenta: Identificar y comprender los factores que pueden conducir a reportar información financiera fraudulenta, incluyendo factores que son únicos o específicos para cada organización. Evaluar el riesgo de reportar información financiera fraudulenta Diseñar e implementar controles que proporcionen seguridad razonable de que el reportar información financiera fraudulenta será prevenido y detectado. Los controles internos se diseñan e implementan con el fin de detectar, en un plazo deseado, cualquier desviación respecto a los objetivos de rentabilidad establecidos para cada empresa y de prevenir cualquier evento que pueda evitar el logro de los objetivos, la obtención de información confiable y oportuna y el cumplimiento de las leyes y reglamentos. Si analizamos lo anterior, tendremos la definición de control en los términos que utiliza la gestión de riesgos. Los controles internos fomentan la eficiencia, reducen el riesgo de pérdida de valor de los activos y ayudan a garantizar la confiabilidad de los estados financieros y el cumplimiento de las leyes y normas vigentes. En sentido amplio el control interno se define como: un proceso efectuado por el Consejo de Administración, la dirección y el resto del personal de una entidad, diseñado con el objeto de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de sus objetivos. En el 2004 aparece COSO ERM Enterprise Risk Management (COSO II) que, según la opinión de muchos expertos, no resulta en un esfuerzo aislado, sino que es un complemento del modelo anterior que introduce algunos elementos relacionados con la administración de riesgos. Los controles internos fomentan la eficiencia, reducen el riesgo de pérdida de valor de los activos y ayudan a garantizar la confiabilidad de los estados financieros y el cumplimiento de las leyes y normas vigentes. 11 ELEMENTOS DEL CONTROL INTERNO SEGÚN EL MARCO COSO COSO presenta 3 objetivos de control interno y 5 componentes o pilares para alcanzar los objetivos. Los 3 objetivos del control interno son: Eficiencia y eficacia en las operaciones. Confiabilidad en la información (este es el único requerido por SOX para el cumplimiento de la sección 404). Cumplimiento de la normativa y las regulaciones aplicables. Los 5 componentes del control interno son: 1. Ambiente de control Resulta necesario evaluar el perfil de la gerencia. La filosofía y el estilo de operación de la gerencia, influye en la conciencia de control, la integridad, los valores éticos y la capacidad de los empleados a todos los niveles y en su ambiente de trabajo. También, en la evaluación de la actitud, conciencia y acciones del consejo de administración, del comité de auditoría, del gobierno de la organización en general, de la gerencia, de los propietarios y de otros. Dichas evaluaciones son la base sobre la cual se asientan los demás componentes del control interno. 2. Evaluación de riesgos La compañía deberá definir sus objetivos estratégicos y operativos, comprender qué podría afectar su consecución, valorar los riesgos que sus objetivos de control no alcancen a cubrir y desarrollar las estrategias necesarias para prevenirlos o detectarlos, y en definitiva, dejarlos a niveles tolerables. 3. Actividades de control Es imprescindible la creación de políticas, procedimientos y prácticas específicas aplicadas a cada riesgo, para ayudar a lograr los objetivos de la gerencia. La valoración de posibles actividades encaminadas a mejorar los controles internos tales

13 como aprobaciones, autorizaciones, verificaciones, conciliaciones, revisiones de desempeño y segregación de funciones son mandatorias en una adecuada estrategia de control. Las clases de controles que se deben considerar son las siguientes: A) En función de la utilidad para abordar una debilidad antes o después de que ocurra: Preventivos: se anticipan a la ocurrencia de un error o una irregularidad. Detectores o detectivos: identifican los errores o las irregularidades que hayan ocurrido. B) En función del grado de automaticidad que posean o sistema mediante al cual se ejecuten: Manuales: realizados manualmente. Automatizados: ocurre automáticamente, a través de sistemas de cómputo, con base a criterios, circunstancias, tiempos, fechas o eventos predefinidos. Dependientes de sistemas computarizados: controles manuales que dependen del proceso automatizado para realizarse. C) En función del evento que dispare la necesidad de ejecutarlo: Por frecuencia: ejecutados de acuerdo a intervalos de tiempo predefinidos (anuales, semestrales, trimestrales, bimestrales, mensuales, quincenales, semanales, diarios, varias veces por día). Por evento: cada vez que ocurre determinado hecho (deben asimilarse a una frecuencia). Es importante evaluar los procesos de información y comunicación existentes en la compañía. Evaluación de los métodos para registrar, procesar, resumir y reportar sobre transacciones, eventos y condiciones. Los procesos de comunicación deberán: -Existir a través de todas las cadenas y líneas de mando. -Incluir comunicación en todas las direcciones, y con partes externas. 5. Monitoreo Se refiere a la evaluación de la calidad de los controles internos, así como a la supervisión oportuna y constante del diseño y la operación de dichos controles. Esta valorización y monitoreo APLICABILIDAD DEL CIRF permitirá tomar las medidas correctivas y oportunas que sean necesarias. Las actividades fundamentales de control interno descritas en el marco COSO son aplicables a las pequeñas, medianas y grandes empresas. El PCAOB no distingue entre los controles internos de las pequeñas y medianas empresas y los de las grandes empresas. Para todas ellas se aplican las mismas normas y se debe usar el marco COSO. Algunas de las consideraciones que se pueden tomar en las pequeñas y medianas empresas al implementar el COSO están relacionadas con el nuevo marco COSO for small companies (COSO para pequeñas compañías). PASOS BÁSICOS EN LA EVALUACIÓN DEL CIRF 4. Información y comunicación Es importante evaluar los procesos de información y comunicación existentes en la compañía. Los procesos de información incluyen: Identificación, captura e intercambio oportuno de información para permitir que la gente realice sus responsabilidades correctamente. Los pasos necesarios para llevar a cabo una revisión del control interno aplicable en la preparación de la información financiera son los siguientes: Evaluar y probar los CLC (Controles internos a nivel entidad). Documentar el entendimiento de los controles por medio de narrativos sencillos y matrices de riesgos y controles. 12

14 Llevar a cabo un walkthrough, es decir, recorrer el sistema mientras la operación se está llevando a cabo o ver la transacción en el momento en que se realiza, dejando rastro de la evidencia de realización del control. Organizar planes de remediación por deficiencias en el diseño de los controles. Diseñar pruebas de efectividad de los controles clave. Ejecutar las pruebas. Registrar los resultados de las pruebas de los controles. Organizar planes de remediación por deficiencias en la operación de los controles. Obtener evidencia suficiente durante todo el trabajo. CONCLUSIONES Con el surgimiento de la ley Sarbanes-Oxley y el PCAOB, la SEC ha dado un paso muy importante para monitorear y revisar a las compañías públicas que cotizan en los mercados de valores estadounidenses con el objeto de disminuir el fraude corporativo que afectaba a los stakeholders (partes interesadas), y en especial a los inversionistas. Adicionalmente, se ha fomentado el establecimiento de una nueva tendencia en las empresas públicas: la implementación de buenas prácticas de gobierno corporativo, además del apego a mejores prácticas corporativas en un ambiente gerencial de conciencia de control, integridad, valores éticos y capacidad. La vigencia de SOX ha demostrado que es posible asegurar en forma razonable la generación de información más confiable. También, que el inversor está dispuesto a pagar más por una acción que le merezca mayor confianza independientemente de la marcha de los negocios de la empresa en cuestión. Entendemos que el desafío más grande que tendrá el empresariado es la implementación y seguimiento más eficiente de estas prácticas bajando sus costos y asegurando su sólido cumplimiento. 13

15 EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS CORPORATIVO COMO HERRAMIENTA DE COMPETITIVIDAD Por Daniel Caracciolo INTRODUCCIÓN A partir del proceso de globalización de la economía y el avance tecnológico de las comunicaciones ocurrido a finales del siglo pasado, la competencia por atraer inversiones se ha acentuado notoriamente. El sistema tributario y los incentivos, generales o sectoriales, que pueden otorgar los distintos países son una de las variables fundamentales por considerar en el proceso de decisión para localizar una inversión. En este artículo efectuaremos una síntesis de las tendencias internacionales en este sentido, focalizándonos fundamentalmente en el impuesto a las ganancias. Por último, mencionaremos algunas posibilidades existentes en nuestro país y plantearemos algunas oportunidades que pueden resultar de interés. TENDENCIAS INTERNACIONALES EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS a. Reducción de la alícuota del impuesto a las ganancias a nivel corporativo En los últimos años se ha producido una tendencia, en particular en Europa y algunos países de Latinoamérica, a reducir la tasa corporativa del impuesto a las ganancias, esto es, la tasa de impuesto que pagan las sociedades en general sin considerar las retenciones que pudieren existir a la distribución de dividendos. Esta reducción es ya efectiva para algunas jurisdicciones y existen proyectos en otros casos. En particular en Europa podemos citar los casos de Austria con una reducción del 34% al 25%, Bulgaria del 19,5% al 10%, República Checa del 28% al 24%, Grecia del 35% al 25%, Holanda del En los últimos años se ha producido una tendencia, en particular en Europa y algunos países de Latinoamérica, a reducir la tasa corporativa del impuesto a las ganancias 14 34,5% al 25,5%, España del 35% al 30% a partir del 2008 y Turquía del 30% al 20%. En Alemania el gobierno acordó también una reducción para el año 2008 al 30%. Asimismo, otros países europeos poseen tasas que de por sí son altamente competitivas, como Irlanda del 12,5% y Hungría del 16%. En Latinoamérica podemos citar el caso de México, con una reducción del 33% al 28% en los últimos cuatro años, Uruguay del 30% al 25% y Paraguay del 30% al 10%. El sistema chileno resulta muy interesante para mencionar dado que con el objetivo de estimular la reinversión de utilidades, tiene una alícuota del 17% a nivel corporativo. En oportunidad de distribución de dividendos, se aplica sobre estos una retención del 35%, pero el 17% pagado por la sociedad es un crédito de impuestos utilizable contra esta retención. Argentina, con una alícuota del 35% sobre las ganancias corporativas (sin distinguir entre utilidades reinvertidas o distribuidas), resulta uno de los países con mayor presión fiscal en este punto, al nivel de Estados Unidos y algo superior a Brasil con el 34%, Nueva Zelanda, 33%, o Australia, 30%. b. Beneficios a la repatriación de utilidades Diversos países, fundamentalmente de Europa y Asia, han establecido normas que permiten la repatriación de dividendos por sus participaciones en sociedades en el exterior, por lo que gozan de una exención total o muy relevante en el impuesto a las ganancias. En muchos casos, existen condiciones para su aplicación: las que comúnmente se refieren al desarrollo de actividades (que podríamos denominar rentas activas ), la exigencia de un período mínimo y/o porcentaje de tenencia de la participación y en algunos casos, la radicación de la sociedad en jurisdicciones que impongan una tasa mínima de impuesto a las ganancias o no se

16 encuentren ubicadas en países de baja imposición. En Europa podemos citar los casos de Austria, Dinamarca, España, Holanda, Suiza y Turquía, que eximen del impuesto a los dividendos recibidos de sus subsidiarias. En Bélgica, Italia, Francia y Alemania, la exención alcanza al 95% de los dividendos percibidos. En el caso de Asia y Oceanía, Hong Kong, Malasia, Singapur y Australia disponen de regímenes similares. El Reino Unido está analizando implementar un régimen de similares características y durante la administración Bush en los Estados Unidos, se puso en vigencia un régimen transitorio de repatriación de dividendos con beneficios fiscales. En el caso de la Argentina, los dividendos cobrados del exterior se encuentran sujetos al impuesto, permitiendo el cómputo como crédito del impuesto pagado en el exterior bajo determinadas condiciones. c. Ampliación de la red de convenios para evitar la doble imposición internacional c.1 Concepto general Los convenios para evitar la doble imposición internacional son acuerdos firmados en general entre dos países existen casos de convenios múltiples como el Pacto Andino que tienen como objetivo fundamental evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. Los convenios se aplican a las personas residentes en uno o ambos países signatarios (denominados estados contratantes) y tienen incidencia sobre el impuesto a la renta o equivalente e impuestos patrimoniales (en el caso de la Argentina el impuesto sobre los bienes personales y el impuesto a la ganancia mínima presunta). Existen modelos internacionales de convenios tales como el modelo de Naciones Unidas, el Pacto Andino o el OECD, y este último, con variaciones, es el más difundido. Los convenios, en general, establecen en qué casos y bajo qué condiciones los estados contratantes pueden gravar diversas rentas tales como beneficios empresariales, intereses, dividendos, regalías, servicios profesionales, etc. Asimismo, los convenios también pueden Los convenios para evitar la doble imposición internacional son acuerdos firmados en general entre dos países que tienen como objetivo fundamental evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. 15 establecer alícuotas especiales de retención para los conceptos mencionados, siendo por lo general menores a las establecidas por la legislación general de cada país. c.2 Red internacional de convenios Los convenios son una herramienta muy relevante para incrementar el flujo de inversiones y capitales entre los países signatarios, lo que ha motivado un notable crecimiento en la firma de convenios en las últimas dos décadas. Europa ha sido pionera en el establecimiento de una extensa red de convenios, más allá de las normas intracomunitarias existentes. Podemos citar a Gran Bretaña y Francia con más 100 convenios en vigor, Holanda, Italia y Alemania con cerca de 80 cada uno, España con 60 e Irlanda con 40. En el caso de Latinoamérica, si bien en los últimos años se nota una mejora en este aspecto, sólo existe una red incipiente de convenios. En el caso de Argentina existen 19 convenios en vigor, 28 en Brasil, 16 en Chile y 35 en México. No obstante, la mayor falencia en nuestra región es la escasa red de convenios entre los países miembros. Como ejemplo podemos mencionar que Colombia, Perú y Venezuela no tienen en vigencia un convenio ni con la Argentina ni con Brasil y México sólo tiene en vigor convenios con Brasil y Chile. Asimismo, la red de convenios entre los países de mayor actividad económica y los restantes países de la región también es escasa. Por último, debe destacarse que no existe uniformidad en cuanto al modelo de convenio utilizado en los distintos países ni en cada país en particular. c.3 Situación en la Argentina Como mencionamos, la Argentina tiene en vigor 19 convenios para evitar la doble imposición internacional. Los convenios hoy vigentes datan fundamentalmente de principios de la década del 80 y mediados de la década del 90. Durante los últimos 6 años, el único nuevo convenio que entró en vigencia recientemente ha sido con Rusia. Asimismo, se han acordado modificaciones a tratados existentes en general en cuanto a las cláusulas para evitar la doble

17 imposición (por ejemplo un tratado con Francia). Una característica muy relevante es que los convenios tienen rango constitucional, lo cual implica que sus normas prevalecen siempre sobre las disposiciones generales internas de los impuestos amparados por el convenio, ya sean anteriores o posteriores. Esta particularidad otorga a los convenios firmados por la Argentina para evitar la doble imposición, un papel de gran relevancia para la estructuración jurídica y operativa de negocios en este país. Los convenios vigentes en Argentina son los siguientes. Con países de Europa: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Italia, Finlandia, Noruega, Países Bajos, Reino Unido, Rusia, Suecia y Suiza. Con países de América: Brasil, Bolivia, Canadá y Chile. Y, por último, con Australia. INCENTIVOS FISCALES a. Modalidades más usuales Otra herramienta muy utilizada por diversos países es la de otorgar incentivos fiscales para favorecer la radicación de nuevas inversiones en su territorio. En lo que se refiere al impuesto a las ganancias, los incentivos pueden presentar distintas modalidades tales como: exenciones generales o sectoriales por actividad o por región geográfica, deducciones especiales en la determinación de la base imponible o aceleración en la depreciación de bienes, otorgamiento de créditos fiscales por el desarrollo de actividades (por ejemplo lo que se denomina research & development), reducción de alícuotas, diferimiento en el pago de impuestos y zonas francas b. Principales incentivos en la Argentina Las actuales autoridades argentinas han priorizado el otorgamiento de incentivos de carácter sectorial (en general con cupo y necesidad de presentación del proyecto de inversión para obtener la autorización previa) a la existencia de modificaciones de carácter general en la legislación tributaria. En este sentido, en los últimos cuatro años se han creado regímenes de incentivos Otra herramienta muy utilizada por diversos países es la de otorgar incentivos fiscales para favorecer la radicación de nuevas inversiones en su territorio. 16 fiscales, entre otros, para las siguientes actividades: 1. Inversiones en bienes de capital destinados a la industria y obras de infraestructura Este régimen beneficia con la amortización acelerada a los fines del impuesto a las ganancias y devolución acelerada del impuesto al valor agregado a las inversiones en bienes de capital destinadas a actividades industriales y a determinadas obras de infraestructura pública de acuerdo a lo definido por las normas en vigor. El régimen ha finalizado en septiembre de 2007, pero existe un proyecto de prórroga. 2. Promoción a la industria del software Está beneficiada por este régimen la creación, el diseño, desarrollo, producción e implementación y puesta a punto de los sistemas de software, y su documentación técnica; queda excluida la actividad de autodesarrollo de software. Los principales beneficios del régimen son la estabilidad fiscal por 10 años desde su vigencia (17/09/2004), una desgravación en el impuesto a las ganancias del 60% del monto del impuesto de cada ejercicio generado por las actividades promovidas con condición de acreditar gastos de investigación y desarrollo o procesos de certificación de calidad o exportaciones de software, y el otorgamiento de un bono de crédito fiscal del 70% de las contribuciones patronales pagadas, aplicable a la cancelación de tributos nacionales que tengan origen en la industria del software, excepto el impuesto a las ganancias. 3. Régimen de promoción para la producción y uso sustentable de biocombustibles Este régimen beneficia proyectos de radicación de industrias de biocombustibles (bioetanol, biodiesel y biogas) sujeto al cumplimiento de determinados requisitos. Los principales beneficios del régimen consisten en la amortización acelerada a los fines del impuesto a las ganancias y devolución acelerada del impuesto al valor agregado. Asimismo, se otorgan exenciones en impuestos y tasas que se aplican a la venta de combustibles.

18 4. Biotecnología Este régimen sancionado recientemente beneficia al desarrollo en el país y por cuenta propia de proyectos de investigación y desarrollo o de producción de bienes y servicios basados en la aplicación de la biotecnología moderna. Los principales beneficios del régimen son la amortización acelerada a los fines del impuesto a las ganancias, la devolución acelerada del impuesto al valor agregado y el otorgamiento de un bono de crédito fiscal del 50% de las contribuciones pagadas al régimen de la seguridad social. 5. Otros regímenes vigentes Otros regímenes que siguen vigentes en la Argentina y que han sido relevantes en el desarrollo de regiones o sectores del país son el de Actividades Forestales, el de Minería y el régimen de promoción de Tierra del Fuego. En los dos primeros se establecen deducciones y mecanismo especiales en la determinación del impuesto a las ganancias, mientras que en el de Tierra del Fuego, sujeto a determinadas condiciones, existe una exención total del impuesto por las actividades desarrolladas. 6. Posibilidades a evaluar. Centros de servicios compartidos En los últimos años las empresas han comenzado un proceso acelerado de relocalización de servicios, impulsadas por la búsqueda de sinergias por efecto de mayores economías de escala y menores costos y que puede comprender tanto tareas de tipo administrativo (contabilidad, recursos humanos, liquidación de sueldos, procesamiento y pago de facturas de proveedores, etc.) como también otras relacionadas con la función comercial (atención a clientes, investigación de mercados, publicidad, etc.). Este fenómeno se ha materializado esencialmente mediante la creación de centros de servicios compartidos, o shared service centres. La Argentina ha comenzado a ser evaluada y en algunos casos seleccionada como localización para estas actividades, que son importantes generadoras de puestos de trabajo. No obstante, a nivel tributario, nuestro país compite con otras jurisdicciones que otorgan a estas actividades incentivos fiscales. En nuestra región podemos mencionar a Uruguay, Costa Rica y Colombia en algunos casos, y en el resto del mundo a Irlanda, Hungría, República Checa e India, entre otros. Dado que en la Argentina en la actualidad no existen incentivos especiales para este tipo de actividades, resultaría conveniente su evaluación por parte de las autoridades, lo que otorgaría al país un elemento muy favorable para posicionarlo competitivamente en la atracción de la localización de las mismas en nuestro país. 17

19 PRECIOS DE TRANSFERENCIA: UNA CIENCIA EXACTA? Por Horacio D. Dinice y Silvia B. Rodríguez INTRODUCCIÓN Siguiendo la tendencia de lo que viene ocurriendo en las principales economías del mundo, los precios de transferencia se han convertido en una cuestión fiscal de relevancia. Por su naturaleza, las compañías multinacionales transfieren bienes y servicios y maximizan los beneficios de bienes intangibles a través de las fronteras, por ejemplo a partir del cobro de regalías. Cuando dos compañías relacionadas hacen negocios, a los precios pactados entre las partes normalmente se los denomina Precios de Transferencia. En estas circunstancias, la presunción que generalmente se halla instalada en las autoridades fiscales de los distintos países involucrados es que, a causa de la vinculación existente, dichos precios de transferencia serán diferentes de aquellos que hubieran surgido de negociaciones entre terceros independientes. Por qué podría ser relevante esta cuestión de fijación de precios? La existencia de diferentes tasas impositivas y distintas reglas en los países involucrados provee incentivos para que las multinacionales determinen sus precios de transferencia a fin de reconocer menor ganancia en los estados con tasas impositivas mayores y viceversa. Este hecho tiende a reducir la tasa efectiva de impuestos de los grupos multinacionales y consecuentemente, a incrementar la rentabilidad después de impuestos. El desafío consiste en diseñar políticas de precios de transferencia que permitan acortar la brecha entre los negocios y los objetivos de planificación tributaria, a la vez que permitan manejar las restricciones impuestas por dos o más autoridades fiscales. En este sentido, en el presente artículo nos focalizaremos en resumir la esencia de la normativa de precios de transferencia, sus implicancias en los negocios globales y el actual desenvolvimiento del fisco en la materia. EL PRINCIPIO RECTOR Cuando dos compañías relacionadas hacen negocios, a los precios pactados entre las partes normalmente se los denomina Precios de Transferencia... El fundamento económico subyacente en el principio arm s length 1 es que todos los sujetos involucrados en una transacción tienden a maximizar sus beneficios. Este principio se observa entre terceros independientes y, para fines impositivos, debe aplicarse entre partes relacionadas. Qué significa en la práctica? En la práctica, se espera que cada sujeto involucrado en una transacción intra-grupo tenga una utilidad (al menos en el largo plazo) apropiada según las funciones desarrolladas, los riesgos asumidos y los activos utilizados. Pero esta aseveración no implica que las empresas con pérdidas (o utilidades inferiores a los parámetros de mercado) no estén pactando sus precios en bases arm s length. Desarrollar y mantener una política adecuada de fijación de precios de transferencia requiere de un entendimiento de los factores relevantes que enfrentan las organizaciones. Si una empresa multinacional está operando en un país o industria que sufre una recesión, o si las presiones microeconómicas derivan en una compañía que tiene pérdidas, tal situación seguiría situándose dentro de los parámetros de mercado. Sin embargo, la compañía de este ejemplo necesitará demostrar a las autoridades fiscales que tales condiciones económicas desfavorables le afectaron y que sus 1 El principio arm s length es la base de la legislación argentina y fue tomado de las Directrices de la OECD (Organisation for Economic Co-operation and Developement) en la materia: OECD Transfer Pricing Guidelines for Multinational Enterprises and Tax Administrations, OECD Publising

20 pérdidas no se generaron por operar fuera del principio arm s length. La mayoría de los fiscos no aceptaría que las empresas situadas en sus jurisdicciones tengan pérdidas recurrentes, sin justificativo alguno. HACIA DÓNDE AVANZAN LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA? Para entender los avances en materia de precios de transferencia es importante resaltar la reciente actividad normativa en esa materia en los Estados Unidos, la cual opera como puntapié para un consecuente incremento legislativo en Canadá, Latinoamérica, Europa y Asia. En los últimos quince años, más y más países notaron la necesidad de nivelar el campo de juego en materia de cumplimiento y obligatoriedad de documentación contemporánea, por ende, es esperable un incremento en la complejidad legislativa de precios de transferencia a nivel mundial. Estos países incluyen Estados Unidos, Canadá, Argentina, Brasil, México, Venezuela, Australia, Nueva Zelanda, China, India, Sudáfrica, el Reino Unido, Dinamarca, Alemania, Holanda, España, Rusia y Portugal. Por ello, lo lógico es un avance hacia un incremento gradual en la sofisticación de las técnicas de precios de transferencia utilizadas y en el nivel de los planteos que realizarán las autoridades fiscales. Ello puede llevar, desde la óptica del compliance, a más inspecciones que devendrán en ajustes a la base imponible del impuesto a la renta y en mayores riesgos de doble tributación, con incremento en los procesos internacionales de resolución de conflictos. Pero desde otra óptica, los precios de transferencia tienen un rol de fundamental importancia en la definición, descripción, justificación, fijación de precios e implementación de las planificaciones fiscales internacionales. Justificación en este contexto significa dar credibilidad a las transacciones entre compañías vinculadas, demostrando que un tercero los precios de transferencia tienen un rol de fundamental importancia en la definición, descripción, justificación, fijación de precios e implementación de las planificaciones fiscales internacionales. 19 independiente hubiera realizado el mismo tipo de transacción en circunstancias similares. Esto requiere una rigurosa descripción y análisis del entorno de negocios en el cual se desarrollan las transacciones. También requiere identificar las estrategias comerciales de terceros independientes y sus modelos de negocios para evaluar su manera de hacer frente a los distintos riesgos y funciones. Tal justificación de la estructura de las transacciones de partes relacionadas es cada vez más importante ya que las estructuras creadas por efectos de la planificación fiscal tienen que cumplir con el business purpose test. Ya sea que se considere una evaluación específica con fines anti-abusivos o un principio legal cada vez más frecuente, los cuestionamientos de las autoridades fiscales a los motivos por los cuales se realizaron las transacciones son cada vez más usuales. Por ello es importante que no solo se realice un análisis de por qué se justifica realizar una operación, sino que además se evalúen de manera más detallada los aspectos legales y económicos de la estructura propuesta. Y, es en esta área, donde el rol de los precios de transferencia es más relevante. Sin este enfoque, las planificaciones fiscales internacionales corren riesgo de no prosperar, ya sea en términos de reducción de la tasa efectiva de impuestos o en la solidez de la solución propuesta. COMPARABILIDAD La comparabilidad es el eje de todas las metodologías de precios de transferencia. En esencia, el análisis de precios de transferencia consiste en determinar si las condiciones pactadas en operaciones efectuadas entre compañías vinculadas se corresponden con las que hubieran acordado sujetos independientes. Cuando las transacciones entre partes relacionadas y terceros independientes no son idénticas, todas las diferencias económicas relevantes que pudieran afectar los precios de transferencia deben ser examinadas y los posibles ajustes realizados. Estos ajustes sirven para alinear la

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