4.2. El seguro en el comercio internacional
|
|
- Santiago Cordero Moreno
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 4.2. El seguro en el comercio internacional El contrato de seguro es aquél por el cual un Asegurador se obliga a pagar una indemnización al Asegurado, o a un tercero beneficiario, a cambio de la percepción de una prima, en el caso de que se produzca un siniestro o un hecho incierto a la persona o cosa asegurada. En el seguro de transporte internacional de mercancías, el objeto de cobertura es la mercancía transportada y, en determinados casos, otros intereses relacionados con las mismas, como puede ser el coste del flete o transporte. Las personas o entidades que intervienen en un contrato de seguro, son el tomador del seguro, es la persona física o jurídica que suscribe el contrato con el asegurador, asumiendo las obligaciones que emanan de dicho contrato; el asegurado, es la persona física o jurídica que se halla expuesta al riesgo en los bienes o derechos que se cubren mediante el contrato; el beneficiario, es la persona designada en el contrato para percibir la indemnización y el asegurador, es la persona jurídica que asume riesgos ajenos percibiendo como prestación un precio denominado prima. 260
2 Rafael Medrán Vioque Pólizas de seguros Los tipos de póliza que aseguran las mercancías en el comercio internacional puede ser clasificadas de muy distintas formas, en función del tiempo, de la suma asegurada, la extensión, el medio de transporte utilizado, etc. En este sentido nos encontramos con distintos tipos de póliza como puede ser la póliza por viaje, que como su propio nombre indica cubre un sólo viaje; la póliza abierta, póliza cuyo importe es fijo y se corresponde con el valor de las mercancías, que se transportaran en más de un viaje; póliza de abono o flotante, es aquella en la cual el número de transportes es indeterminado en el momento de formalizar el contrato, pero por el contrario se ha establecido un período de tiempo determinado en el que ésta tiene validez y un límite máximo, en lo referente a la suma asegurada, por viaje; póliza a forfait o término, es aquella póliza en la cual se limita el valor para todos los transportes de mercancías, realizados mediante un determinado medio de transporte que ha sido especificado en el momento de suscribir la póliza, durante un periodo de tiempo determinado. Si la clasificación se hace teniendo en cuenta el medio de transporte utilizado, nos encontramos con una póliza de seguro marítimo de mercancías, póliza de seguro de transporte terrestre de mercancías y póliza de seguro de transporte aéreo. Respecto del transporte marítimo hemos de señalar dos figuras propias de este medio, como son la Avería Gruesa y la Protesta de Mar. Existe Avería Gruesa cuando se producen 261
3 daños intencionadamente en un buque o en las mercancías que transporta para evitar otros mayores en el propio buque o en su carga. Su cuantía se distribuye proporcionadamente entre los participes en la aventura marítima, beneficiándose de esa conducta intencionada (dueño del buque, propietario de las mercancías, asegurador, fletador, etc.). La Protesta de Mar es una manifestación de voluntad del Capitán o Patrón de un barco, hecha por escrito y en forma legal ante la autoridad competente, para hacer constar su irresponsabilidad y la del personal a sus órdenes ante cualquier accidente, situación o avería, salvaguardando con ello los derechos contra terceros de sus armadores y demás interesados en la aventura marítima. La protesta de mar será presentada en el primer puerto de arribada y dentro de las veinticuatro horas siguientes a su llegada ante el Juzgado de Primera Instancia o autoridad competente. Otra clasificación que podemos realizar es en función de la amplitud de la cobertura del seguro. De esta forma, nos encontramos con las condiciones mínimas, que son las establecidas en las pólizas que hemos mencionado en los distintos medios de transporte; nos encontramos también con condiciones ampliadas que vienen detalladas en las pólizas y que fueron normalizadas por el colectivo de Aseguradores de Londres, estas cláusulas ampliadas protegen la mercancía con una mayor cobertura e incluso las hay específicas para guerras huelga etc. de todos modos, hemos de tener en cuenta que a mayor cobertura mayor importe de la prima a satisfacer, razón por la cual, se ha de estudiar perfectamente el área geográfica a la cual van destinadas nuestras mercancías para contratar una póliza que optimice la inversión económica. 262
4 Rafael Medrán Vioque Seguro de crédito a la exportación En el ámbito del comercio internacional, las transacciones entre personas físicas o jurídicas residentes en diferentes países incorporan una serie de aspectos que las diferencian de las operaciones de ámbito local. Uno de estos aspectos es el relativo a los riesgos a los que está sujeta una operación de exportación de bienes y servicios, en la cual, el exportador debe analizar el alcance de los mismos con anterioridad a la formalización de la operación. Para ello, el exportador debe conocer las diferentes alternativas que tiene a su alcance para dotar a la operación de la cobertura necesaria frente a estos riesgos, que podemos clasificar en Riesgo comercial, Riesgo político o de país y/o extraordinario y Riesgo de cambio. El Seguro de Crédito a la Exportación es un instrumento financiero que tiene por objeto, por un lado, dotar de cobertura al exportador o a la entidad financiera frente a los riesgos comerciales, políticos o extraordinarios a los que se enfrenta una operación de comercio exterior, y por otro, aportar la asistencia técnica, de cooperación y fomento de las exportaciones. Se trata de un instrumento de cobertura al que pueden acceder los exportadores, bien acudiendo al sector público o bien al sector privado. 263
5 Riesgos asegurables en un contrato de compra venta internacional Los riesgos que se aseguran a través del seguro de crédito a la exportación son de tres tipos: Riesgos Comerciales, Riesgos Políticos y Riesgos Extraordinarios. Estos riesgos tienen una relación con hechos que pueden acaecer cuando realizamos operaciones comerciales con determinados puntos del planeta. Los riesgos susceptibles de aseguramiento a través de un seguro de crédito a la exportación están recogidos en el artículo Primero de la Orden ECO/180/2003, de 22 de enero, sobre cobertura por cuenta del Estado de riesgos derivados del comercio exterior de las inversiones exteriores y de las transacciones económicas con el exterior, cuyo tenor literal establece: Primero. Riesgos susceptibles de cobertura por cuenta del Estado. 1. Los riesgos de pérdidas o daños económicos derivados del comercio exterior, de las inversiones exteriores y de las transacciones económicas con el exterior, cuya cobertura puede asumir el Estado y cuya gestión queda encomendada con carácter exclusivo a la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima, Cía, de Seguros y Reaseguros, actuando en nombre propio y por cuenta del Estado, son los resultantes de alguna de las situaciones siguientes: 264
6 Rafael Medrán Vioque - Uno. Incumplimiento de los contratos por cualquiera de las partes. Omisión, alteración, retraso del pago o de la transferencia de las sumas debidas, de los fondos de maniobra constituidos para la ejecución de los contratos o de los fondos procedentes de las inversiones. Imposibilidad de recuperación, destrucción o avería del objeto de la inversión, o de los bienes objeto del contrato, o de los activos utilizados en su ejecución. Tales situaciones deberán obedecer a alguna de las siguientes causas: a. Guerra civil o internacional, revolución, revuelta, terrorismo, alteraciones sustanciales del orden público o cualquier acontecimiento análogo, acaecidos en el extranjero. b. Circunstancias o sucesos catastróficos, tales como ciclones, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas o maremotos, así como los accidentes nucleares y los ocasionados por sustancias químicas, bioquímicas o similares, acaecidos igualmente en el extranjero. c. Acontecimientos políticos o económicos de especial gravedad producidos en el extranjero, como crisis de balanzas de pagos o alteraciones de la paridad monetaria de significativa cuantía que originen una situación generalizada de insolvencia. 265
7 d. Expropiación, nacionalización, confiscación o incautación dictadas por autoridades extranjeras que recaigan sobre el adquirente extranjero o sobre la inversión española en el exterior. e. Medidas expresas o tácitas adoptadas por un gobierno extranjero. f. Medidas expresas o tácitas adoptadas por las autoridades españolas. - Dos. El incumplimiento contractual imputable a entidad pública extranjera que origine una pérdida o daño económico en la fase previa a la expedición de los bienes o a la prestación de los servicios, o a partir de estas últimas, e igualmente los incumplimientos de dichas entidades públicas respecto a acuerdos, contratos, concesiones o compromisos suscritos con los financiadores o inversores que den lugar a una pérdida o daño, o a la imposibilidad de desarrollar el contrato. - Tres. La ejecución de fianzas y la retención de garantías. - Cuatro. El incumplimiento contractual imputable a entidad privada extranjera, así como la insolvencia de derecho o de hecho de esta última, que originen una pérdida o daño económico, en la fase previa a la expedición de los bienes o a la prestación de los servicios, o a partir de estas últimas, siempre que la duración total de los riesgos cu- 266
8 Rafael Medrán Vioque biertos (resolución y crédito) sea igual o superior a veinticuatro meses. 2. Como excepción a lo establecido en los apartados uno, letras c, d, e y f, y dos anteriores, no serán objeto de cobertura por cuenta del Estado los riesgos enumerados en ellos que tengan una duración total, considerando riesgo de resolución y riesgo de crédito, inferior a veinticuatro meses, sobre deudores públicos y no públicos establecidos en los países de la Unión Europea, Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y Estados Unidos de América. 3. Asimismo, son riesgos derivados del comercio exterior, de las inversiones y de las transacciones internacionales que pueden ser cubiertos por la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima, Cía, de Seguros y Reaseguros, por cuenta del Estado, los correspondientes a las modalidades de seguro de prospección de mercados, asistencia a ferias, diferencias de cambio, garantías bancarias (prefinanciaciones y financiaciones), fianzas a exportadores, fianzas a fiadores, obras y trabajos en el extranjero, inversiones en el exterior, crédito suministrador en la submodalidad de operaciones de compensación, estudios de viabilidad de proyectos y programas, y cualesquiera otros riesgos y modalidades que con este carácter puedan autorizarse por el Ministerio de Economía, a iniciativa de la Administración General del Estado, o a solicitud de la Compañía Española de Seguros 267
9 de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima, Cía, de Seguros y Reaseguros CESCE La Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. (CESCE) es una Sociedad Anónima participada mayoritariamente por el Estado Español, y por los principales bancos y empresas aseguradoras del país. Su objeto social es asegurar a las empresas de los riesgos de impago derivados de las ventas de sus productos y servicios tanto en el mercado interior como en el exterior. CESCE ofrece la cobertura de esta modalidad de seguro con la oferta más completa en cuanto a posibilidades de riesgos y de coberturas, dividiéndolas en pólizas del corto plazo y pólizas de medio y largo plazo, siendo las primeras para aseguramientos de pago en plazos inferiores a dos años y las segundas para plazos superiores. Del mismo modo, existen pólizas que aseguran el volumen global de las operaciones de una empresa y pólizas que aseguran una operación en concreto A título de ejemplo, comentaremos algunas de las pólizas de mayor relevancia y utilidad desde el punto de vista de la empresa exportadora. La Póliza individual de crédito suministrador tiene como objetivo el asegurar exportaciones puntuales con plazo de pago inferior a dos años. Con ella se puede cubrir tanto el riesgo de impago del crédito por parte del deudor como la resolución 268
10 Rafael Medrán Vioque unilateral e injustificada del contrato por parte del importador o debida a causas políticas. Esto es, cubre tanto riesgos comerciales, como políticos y extraordinarios. Su funcionamiento es el siguiente: 1. El exportador negocia un contrato de exportación con su cliente al que concede un aplazamiento de pago 2. El exportador solicita a Cesce, mediante la Póliza de Crédito Suministrador, la cobertura del riesgo de resolución de contrato y/o riesgo de crédito por parte del importador/deudor. 3. Una vez formalizados el contrato de exportación y la póliza de seguro, el exportador comienza a ejecutar el contrato de exportación 4. Si el exportador contrata la cobertura del riesgo de resolución de contrato, en caso de que la ejecución del contrato quede interrumpida o imposibilitada por parte del importador, Cesce indemnizará al Asegurado/Beneficiario por la pérdida neta definitiva derivada de la resolución del contrato. 5. Si el exportador contrata la cobertura del riesgo de crédito, a medida que el exportador cumple con sus obligaciones contractuales nace la deuda del importador/deudor hacia el exportador, siendo esta el objeto de la cobertura del seguro. 269
11 6. El importador/deudor realizará el pago del precio aplazado al exportador en los plazos y condiciones acordadas. 7. En caso de impago por parte del importador/deudor, Cesce indemnizará al Asegurado/Beneficiario por las pérdidas derivadas del impago del precio aplazado. La póliza de crédito comprador tiene como Objetivo garantizar a la Entidad Financiera el reembolso del crédito otorgado a un comprador extranjero para la adquisición de bienes y servicios españoles en el caso de impago del crédito. Esta póliza cubre riesgos comerciales, políticos extraordinarios con un porcentaje máximo de cobertura del 99%. Su funcionamiento es el siguiente: 1. El Exportador español negocia un contrato de exportación con su cliente. 2. La Entidad Financiera concede un crédito para financiar la operación, formalizando un convenio de crédito. 3. La Entidad Financiera solicita a CESCE cobertura por el riesgo de impago mediante el Seguro de Crédito a Comprador. 4. Una vez formalizados el Contrato de Exportación, el Convenio de Crédito y la Póliza de Seguro de Crédito Comprador, el Exportador comienza a ejecutar el contrato de exportación. 270
12 Rafael Medrán Vioque 5. A medida que el Exportador cumple con sus obligaciones contractuales, la Entidad Financiera realiza los pagos al Exportador por cuenta del Importador, naciendo la deuda del Importador hacia la entidad Financiera, siendo ésta el objeto del seguro. 6. La Entidad Financiera cobrará el crédito del Importador en las condiciones y plazos acordados. 7. En caso de impago por parte del Importador como resultado de los riesgos contemplados en la Póliza de Seguro, CESCE indemnizará a la Entidad Financiera asegurada en los plazos establecidos en la Póliza. 8. GARANTE: En determinadas operaciones se requiere la figura del Garante, quien garantiza el pago de la deuda del Importador a la Entidad Financiera asegurada. 9. ICO: Es habitual que la Entidad Financiera se beneficie de la Financiación CARI que proporciona el ICO para créditos a la exportación a largo plazo (más de dos años) y a tipos de interés fijo (tipos de consenso de la OCDE) La póliza master es un producto a medida diseñado para empresas españolas que mantengan un flujo regular de ventas a distintas empresas tanto en el mercado nacional como en el exterior. 271
13 Mediante la contratación de esta Póliza, una empresa queda cubierta frente al riesgo de impago inherente a todas las ventas a crédito que efectúe al conjunto de sus clientes. Es un producto flexible, sin cifra mínima para su contratación es posible adaptarlo a la medida de cada cliente, proporcionando grandes ventajas que dinamizan y facilitan la gestión comercial. En lo que respecta a la cobertura del riesgo cubre tanto riesgos comerciales, como políticos y extraordinarios. Su funcionamiento es el siguiente: 1. El Empresario cumplimenta la Solicitud de Póliza. 2. Cesce envía la Oferta-Póliza. Una vez analizados los datos de la solicitud, CESCE emite una oferta-póliza y se la envía a la empresa para que estudie sus condiciones. 3. El Empresario formaliza la Póliza. Si la empresa está conforme con las condiciones de la oferta-póliza deberá remitirla a CESCE firmada y realizar el pago de la primera fracción de la prima provisional, tras lo cual la Póliza entrará en vigor. 4. El Empresario solicita cobertura para sus clientes y Cesce los estudia y clasifica. Una vez entra en vigor la Póliza, la empresa asegurada enviará su cartera de clientes extranjeros para que Cesce proceda a su estudio y clasificación. 272
14 Alfonso Ortega Giménez 5. El Empresario notifica las ventas a Cesce. Bastará con remitir mensualmente a Cesce, una relación de las ventas realizadas a sus clientes extranjeros clasificados. 6. Cesce tarifica las ventas. CESCE tarificará estas ventas, es decir, les aplicará la tasa de prima acordada para riesgos comerciales y políticos y extraordinarios. A través de Cesnet la empresa podrá consultar en todo momento la situación de sus declaraciones de ventas y obtener en forma de fichero electrónico las correspondientes tarificaciones. 7. El Empresario declara impagos y Cesce indemniza. Ante el impago de una venta y en el caso de que sus gestiones directas no tengan éxito, la empresa asegurada comunicará el impago a CESCE, dentro de los plazos establecidos en la póliza. A partir de ese momento comenzará el cómputo del plazo para la indemnización y se iniciarán las gestiones de cobro por parte de CESCE frente al deudor o autoridades del país deudor. 8. Cesce reajusta la Póliza. Si al finalizar la anualidad del seguro el importe total de las ventas declaradas fuera diferente al volumen de ventas estimado inicialmente, la prima se reajustaría respecto a la prima provisional pagada por el Asegurado, procediéndose al abono o, en su caso, al cobro de la prima complementaria correspondiente. 9. Prórroga de la Póliza. Al terminar la anualidad, de no realizarse ninguna indicación en contra por alguna de las 273
15 partes dentro de los plazos establecidos en la Póliza, ésta se prorrogará automáticamente por una nueva anualidad. 10. Cesce revisa la cartera de clientes. Durante la vigencia de la póliza y en las sucesivas prórrogas, CESCE revisa y analiza la cartera de clientes del Asegurado 4.3. Bibliografía Bonilla Musoles, Maria y Marti Selva, Mª Luisa. Evolución y subvenciones del seguro de crédito a la exportación en España y otros países de la Unión Europea. Universitat de Valencia, Cuadernos básicos de exportación, Transporte internacional de mercancías. Edit. Instituto Español de Comercio Exterior, Illescas Ortiz, Rafael. El transporte terrestre nacional e internacional. Edit. Consejo General del Poder Judicial, Espinosa Calabuig, Rosario. El contrato internacional de transporte marítimo de mercancías: cuestiones de ley aplicable. Edit. Comares, Fernandez Rozas, José Carlos y otros. Derecho del Comercio Internacional. Eurolex, S.L
16 Alfonso Ortega Giménez Gabaldón García. José Luis. Ruiz Soroa. José María. Manual de Derecho de la Navegación Marítima. Edit. Marcial Pons Segunda Edición, Pulido Begines, Juan Luís. Seguro de mercancías y seguro de responsabilidad civil del porteador terrestre. Edit. J.M. Bosch, Sánchez Calero, Fernando. El contrato de transporte marítimo de mercancías. Reglas de La Haya-Visby. Edit. Aranzdi, Sanchez Calero, Fernando. Instituciones de Derecho Mercantil II. Títulos y valores, Contratos mercantiles, Derecho concursal y marítimo. Mc Graw Hill VV.AA., Curso básico: Operativa y práctica del comercio exterior, 2ª edición, ICEX, Madrid, VV.AA., Curso superior: Estrategia y gestión del comercio exterior, 2ª edición, ICEX, Madrid, Enlaces web consultados y recomendados Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional: Incoterms 2.000: s/2000_S_Vol_B.pdf 275
17 Instrumento de Ratificación del Protocolo de 1999 por el que se modifica el Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril (COTIF) de 9 de mayo de 1980, hecho en Vilna el 3 de junio de ir je.html IATA: Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A., CESCE: 276
U. T. 12: EL SEGURO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL.
U. T. 12: EL SEGURO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL. 1. ORIGEN DE LOS RIESGOS. Los factores de riesgo que más influyen en el comercio internacional están en los ámbitos: - Comercial. - Político. - Del transporte.
Más detallesCOMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Más detallesCLÁUSULA 3ª. EXTORNO DE PRIMA POR RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER
Ref: 06/107484.9/15 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONCERTACIÓN DEL SEGURO POR IMPAGO DE RENTAS DE ALQUILER DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN DEL ALQUILER
Más detallesLEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración
Más detallesInformación de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones.
Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen Planes de Pensiones. -Novedades introducidas por la recién aprobada Ley de Economía Sostenible- Desde FECOR se ha realizado el presente
Más detallestema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo
tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago
Más detallesPreguntas frecuentes (SBS)
Cuál es el contenido de una póliza? Nombre y domicilio del asegurador. Nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario. Calidad en que actúa el solicitante del seguro. Identificación precisa
Más detallesMódulo V: Financiación Internacional Financiaciones INDICE
FINANCIACIONES INDICE 1.- Financiación directa concedida por el vendedor... 3 2.- Financiaciones otorgadas por los bancos, para financiar operaciones comerciales... 3 3.- Crédito a la Exportación... 11
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0076/2014
Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesEL SEGURO DE LA CARGA
1 EL SEGURO DE LA CARGA En el comercio internacional los envíos se aseguran casi sin excepcióncontra daños o pérdidas en tránsito, mediante algún tipo de seguro de la carga. Dependiendo del Incoterm escogido
Más detallesPROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.
Sleg3713 4-3-2008 PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Exposición de motivos El objeto de la presente orden es desarrollar el marco normativo
Más detallesGuía. de formación. sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas. Un hecho histórico
{ Guía sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas de formación { { Un hecho histórico 1 nclu 2 Edita: Comisión Ejecutiva Confederal de UGT
Más detallesABC del Seguro. Programa de Educación al Consumidor Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) ACE Colombia S.A.
ABC del Seguro Programa de Educación al Consumidor Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) Respetado cliente El material que está a punto de consultar, ha sido preparado por ACE Seguros como
Más detallesANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026
ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON
Más detallesEL SEGURO DE CAUCIÓN ANTEPROYECTO DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. (Breve Semblanza)
EL SEGURO DE CAUCIÓN ANTEPROYECTO DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS (Breve Semblanza) INTRODUCCIÓN El Seguro de Caución no ha sido un ramo practicado en México, lo que hace que se desconozca
Más detallesI. Representante fiscal en España para entidades que pretendan operar en régimen de libre prestación de servicios.
SECRETARÍA DE ESTADO, ANEXO SOBRE NORMAS DE INTERÉS GENERAL APLICABLES A ENTIDADES QUE OPERAN EN ESPAÑA EN RÉGIMEN DE LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y DERECHO DE ESTABLECIMIENTO ( VIDA Y NO VIDA) La relación
Más detallesREGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL
REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto
Más detallesACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.
GLOSARIO DE SEGUROS A ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. AGENTE O CORREDOR DE SEGUROS: Es toda
Más detallesEngloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.
RELACIONES LABORALES La fuente de información es la Estadística de Convenios Colectivos, que elabora la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para los datos referidos
Más detallesNORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO RELATIVAS A SEGUROS
1 NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO RELATIVAS A SEGUROS LEGISLACIÓN ESPAÑOLA La ley española sobre el contrato de seguro será de aplicación al seguro contra daños en los siguientes casos: - Cuando
Más detallesSeguros Hipotecarios. Alfonso José Novelo Gómez. Serie Documentos de Trabajo. Documento de trabajo No. 97
Seguros Hipotecarios Alfonso José Novelo Gómez 2003 Serie Documentos de Trabajo Documento de trabajo No. 97 Índice Seguros Hipotecarios 1 Qué es un Seguro Hipotecario? 1 Compañías Especializadas 2 Alcance
Más detallesNIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS
NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros
Más detallesPLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE REGIRÁN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA PÓLIZA DE SEGURO PARA LA COLECCIÓN DE ARTE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL "MUSEO PROVINCIAL DE PONTEVEDRA". 1 PLIEGO DE CLÁUSULAS
Más detallesUNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros
UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros de vida en los que el tomador asume íntegramente el riesgo de inversión (Unit-Linked) JUNIO 2009 GUIA
Más detallesSEGUROS AGRICOLAS. Cómo acogerse al pago fraccionado? Página 1 de 18
SEGUROS AGRICOLAS Cómo acogerse al pago fraccionado? Página 1 de 18 NUEVA OPCION DE FRACCIONAMIENTO La modalidad de pago fraccionado para las líneas CRECIENTES AGRICOLAS contempla las siguientes novedades:
Más detallesgestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa
gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa 45 46 Entendiendo la gestión económica como los procedimientos establecidos para la ejecución de los presupuestos
Más detallesLOTE III - VIDA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO Y CORPORATIVOS 1.- OBJETO DEL CONTRATO
AYUNTAMIENTO LA N. VILLA 1 PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN SERVIR PARA LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS ADJUDICACION, LOS CONTRATOS SEGUROS PRIVADOS L AYUNTAMIENTO
Más detallesCONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES
CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las
Más detallesEL COMERCIO EXTERIOR. Marta Ipiña Gosalbo 24/06/2010
EL COMERCIO EXTERIOR Marta Ipiña Gosalbo 24/06/2010 1 Contenidos Medios de cobro/pago más habituales en el Comercio Exterior: Ventajas e Inconvenientes Financiación bancaria al exportador e importador
Más detallesNORMATIVA > PRESTACIONES. PROCEDIMIENTO.
NORMATIVA > PRESTACIONES. PROCEDIMIENTO. El Fondo de Garantía Salarial, organismo autónomo del Ministerio de Trabajo e Inmigración abonará las siguientes prestaciones salariales e indemnizatorias conforme
Más detallesORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR
ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3
ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................
Más detallesTEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE.
GESTIÓN FINANCIERA. TEMA 12º.- FUENTES DE FINANCIACIÓN. FINANCIACIÓN DEL CIRCULANTE. 1.- Los procesos de inversión. Pasos del proceso de inversión. Aspectos a tener en cuenta en el proceso inversor. Los
Más detalles3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y
3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y CÓMO ASEGURAR? 3.4 Cómo se contrata un seguro? Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas.
Más detallesCuestionario de honorabilidad y buen gobierno
Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno 1. Observaciones El presente cuestionario tiene por finalidad recoger datos en relación con los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y de buen
Más detallesFINANCIACIÓN INTERNACIONAL. TEMA 10
TEMA 10: SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN 1. INTRODUCCIÓN El Seguro de Crédito a la Exportación, pieza clave en el desarrollo e impulso de la exportación española, nace por Decreto Ley de 4 de junio
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.4 Comprar un seguro
QUÉ ES EL SEGURO? 11.4 Comprar un seguro Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos que se recogen
Más detallesProyecto de Seguro. Página 1/5
Proyecto de Seguro Página 1/5 Delegación PH CL LUIS DORESTE SILVA,60-1 35004 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Tlf.: 928243843 Fax: 928244053 Mediador BROKER COLOMINAS CS,S.L. PS TOMAS MORALES, 60, 3º 35003 LAS
Más detallesNORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS
NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS Aprobada en Resolución CD-SUPERINTENDENCIA-XLIX-I-97 del 8 de enero de 1997 Modificada en Resolución CD-SIB-188-1-NOV23-2001, del 23 de noviembre de 2001
Más detallesAgente de Compensación y Liquidación Integral Nro. 108 Comisión Nacional de Valores CODIGO DE CONDUCTA
CODIGO DE CONDUCTA El presente CODIGO DE CONDUCTA (en adelante el Código) ha sido confeccionado de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nro. 26.831 Ley de Mercado de Capitales, el Decreto del Poder Ejecutivo
Más detallesPRIMERA: Importe neto de la cifra de negocios.
Resolución de 16 de mayo de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se fijan criterios generales para determinar el "importe neto de la cifra de negocios" (BOE
Más detallesCODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS
CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CAPÍTULO IX. DEL SISTEMA DE COBROS INTERBANCARIOS Sección I Definición
Más detallesSEGUROS DE VIDA. Cómo acogerse al pago fraccionado? LINEA 102 LINEA 111 LINEA 129 LINEA 130 LINEA 136 LINEA 139 LINEA 147 LINEA 154 LINEA 185
LINEA 102 LINEA 111 LINEA 129 SEGUROS DE VIDA LINEA 130 LINEA 136 LINEA 139 Cómo acogerse al pago fraccionado? LINEA 147 LINEA 154 LINEA 185 LINEA 186 LINEA 196 LÍNEA 209 Página 1 de 23 NUEVA OPCION DE
Más detallesCoordinación de actividades empresariales
Coordinación de actividades empresariales Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad Social 2013 Sumario 1. Introducción 3 Qué es? Objetivo Tipos de empresarios 2. Supuestos de concurrencia
Más detallesCapitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo
Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo EN QUE CONSISTE Es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesCONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:
CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo
Más detallesCapítulo 3 INSTRUMENTOS DE PAGO Y CRÉDITO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL (CUADROS)
Capítulo 3 INSTRUMENTOS DE PAGO Y CRÉDITO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL (CUADROS) Cuadro 1. OPERATIVA DE LA REMESA DOCUMENTARIA CONTRA PAGO VENDEDOR (1) Mercancía (a) Documentos ADUANA (b) Mercancía COMPRADOR
Más detallesFICHA RESUMEN... 2 EXPOSICION DE MOTIVOS... 2 Primero... 3 Segundo... 5 Tercero... 5. Pág 1-5
RESOLUCIÓN DE 31 DE OCTUBRE DE 2000, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 1996, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA COMERCIAL
Más detallesPENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008.
PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. Síntesis: Las cuentas corrientes o de ahorro en las que se consignan las mesadas
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALOGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DE LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL LIBRO GENEALOGICO Y DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA DE LAS RAZAS PURAS DE CARÁCTER NACIONAL EJERCICIO 2015 En relación con
Más detallesLA BALANZA DE PAGOS (MATERIAL DE CLASE)
1 1. LA BALANZA DE PAGOS (MATERIAL DE CLASE) 2 LA BALANZA DE PAGOS (BP) 1. CONCEPTO 2. ANÁLISIS DE LA BALANZA DE PAGOS A. BALANZA POR CUENTA CORRIENTE 1. BALANZA COMERCIAL 2. BALANZA DE SERVICIOS 3. BALANZA
Más detallesINSTRUCCIÓN DE PUERTO DE MARÍN
INSTRUCCIONES DE ACTUACIÓN POR PARTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE MARÍN Y RÍA DE PONTEVEDRA AL OBJETO DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 24 DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE
Más detallesCONTRATO TIPO DE CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES. Primera.- Objeto
CONTRATO TIPO DE CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES Primera.- Objeto El objeto del Contrato Tipo de Custodia y Administración de Valores, puesto a disposición del público en la Comisión Nacional del
Más detallesCUESTIONARIO DE SEGURO CASCO BUQUES COMERCIALES
CUESTIONARIO DE SEGURO CASCO BUQUES COMERCIALES Sección 1 - Corredor de Seguros Nombre, dirección, teléfono Es nuevo el cliente para el Corredor? Si es No, desde hace cuantos años mantiene la cuenta? Sección
Más detallesCondiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)
Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios
Más detallesGabinete Jur?dico. Informe 0360/2013
Gabinete Jur?dico Informe 0360/2013 La consulta plantea si los centros sanitarios privados con los que conciertan las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales la prestación
Más detallesCAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños)
Assurant Daños México, S.A. México, D.F. a 14 de septiembre de 2015. CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños) Se les informa que por la entrada en vigor de la nueva normatividad
Más detallesNIFBdM A-3 NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
NIFBdM A-3 NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS OBJETIVO Identificar las necesidades de los usuarios y establecer, con base en las mismas, los objetivos de los estados financieros
Más detallesCesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004
Cesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004 Cesión a aseguradoras por profesionales de la medicina en caso de seguro de asistencia
Más detallesBoletín DAÑOS y FIANZAS
Boletín DAÑOS y FIANZAS JUNIO 2014 las Aseguradoras de Crédito que están interesadas en la venta de este producto, en próximos comunicados esperamos tener lista esta información para hacérselas saber.
Más detallesINFORME MENSUAL DE LA FUNDACIÓN EXPORT AR. Informe Comercio Exterior El Seguro de Crédito a la Exportación
INFORME MENSUAL DE LA FUNDACIÓN EXPORT AR Informe Comercio Exterior El Seguro de Crédito a la Exportación Informe Comercio Exterior En esta sección se presentan las principales características de algunas
Más detallesAnexo 2. Instrucciones de justificación para los proyectos de la Cátedra Real Madrid-UEM
Anexo 2. Instrucciones de justificación para los proyectos de la Cátedra Real Madrid-UEM 0. CUESTIONES BÁSICAS Cuándo tendrá que justificar el proyecto la institución beneficiaria? Dos justificaciones:
Más detallesANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Guatemala. Notas Explicativas
ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES SERVICIOS FINANCIEROS Lista de Guatemala Notas Explicativas 1. La Lista de Guatemala al Anexo III establece: (a) las notas horizontales que limitan o clarifican los compromisos
Más detallesDocumentos de seguro de mercancías
Principales Documentos www.plancameral.org Importación y Exportación www.plancameral.org Principales Documentos Importación y Exportación Documentos de seguro de mercancías Enero 2012 2 Índice 1. Póliza
Más detallesApéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida
Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar
Más detallesTRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS
TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Más detallesDOCUMENTOS MERCANTILES
QUE ES UNA LETRA DE CAMBIO? DOCUMENTOS MERCANTILES La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, librador, ordena a otra, librado, el pago de una determinada cantidad de dinero,
Más detalles1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES
1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES LETRA DE CAMBIO: Documento mercantil por el cual una persona, denominado librador del efecto, manda u ordena pagar a otra, denominada librado, una determinada
Más detallesSVS INFORMA RESULTADO DE PRIMERA LICITACIÓN DE SEGUROS DE INCENDIO Y SISMO ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS ESTABLECIDOS POR LA LEY 20.
SVS INFORMA RESULTADO DE PRIMERA LICITACIÓN DE SEGUROS DE INCENDIO Y SISMO ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS ESTABLECIDOS POR LA LEY 20.552 Durante la semana pasada se informó sobre la primera licitación
Más detallesPolítica Conflicto de Interés
Política Conflicto de Interés Seguros de Vida Sura S.A. SURA CHILE INDICE INTRODUCCIÓN... 3 I. DEFINICIONES... 4 PERSONA SUJETA... 4 PERSONAS RELACIONADAS... 4 II. ACTIVIDADES PROHIBIDAS... 6 III. OBLIGACIÓN
Más detallesEL RIESGO EL SEGURO: PRINCIPIOS DE UN SEGURO. 1. Principio de solidaridad humana
EL RIESGO Combinación de la probabilidad de ocurrencia de un suceso y sus consecuencias. Puede tener carácter negativo (en caso de ocurrir se producen pérdidas) o positivo (en caso de ocurrir se producen
Más detallesPAN AMERICAN MÉXICO COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. Informe de Notas de Revelación a los Estados Financieros 31 de diciembre de 2012
PAN AMERICAN MÉXICO COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. Informe de Notas de Revelación a los Estados Financieros 31 de diciembre de 2012 Cifras expresadas en Pesos COMISIONES CONTINGENTES En cumplimiento a la Circular
Más detallesACUERDO DE COLABORACIÓN
ACUERDO DE COLABORACIÓN En Cáceres, a veinte de febrero de dos mil quince. DE UNA PARTE: D. Joaquín Sánchez Chamorro, con DNI 7.007.981-L, en nombre y representación de la Federación Provincial de Empresarios
Más detallesLA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS
LA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS 1. INTRODUCCIÓN: El seguro D&O (abreviatura de directors and officers) surge en la práctica anglosajona y, particularmente,
Más detallesREGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,
Más detallesMonitor Semanal. Tributario y Legal. Departamento de Asesoramiento Tributario y Legal
Monitor Semanal Departamento de Asesoramiento Tributario y Legal Tributario y Legal Novedades en materia de datos personales Una Comisión de Trabajo independiente que asesora en materia de protección de
Más detallesEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1333/2012, de 21 de Septiembre
Circular nº 7/201 /201 1 EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1/2012, de 21 de Septiembre MG/Circulares/Circular 7 Circular nº 7/201
Más detallesI. Disposiciones generales
31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de
Más detallesLos ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.
CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO
Más detallesGARANTÍAS. Se incluyen en esta categoría, con el carácter de enumeración taxativa, las siguientes:
1.1. Preferidas A. Están constituidas por la cesión o caución de derechos respecto de títulos o documentos de cualquier naturaleza que, fehacientemente instrumentadas, aseguren que la entidad podrá disponer
Más detallesPlanes de pensiones:
Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene
Más detallesJUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011
JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN Inserta en el Punto Cuarto del Acta 39-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 5 de octubre de 2011. PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva
Más detallesEPÍGRAFE 74º.- OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES EN MERCADOS EXTRANJEROS
EPÍGRAFE 74º, Página 1 de 5 1. OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS EXTRANJEROS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Nota 3 y Nota 9 ) 1.1. En Mercados Extranjeros: 1.1.1. Bolsa de Valores extranjera (Ver Nota
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 2TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios
2TIPOS DE SEGUROS 2.3 Seguros de prestación de servicios Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos
Más detallesPLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE VENTA DE ENTRADAS DE LA RED MUNICIPAL DE TEATROS DE VITORIA-GASTEIZ
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE VENTA DE ENTRADAS DE LA RED MUNICIPAL DE TEATROS DE VITORIA-GASTEIZ 1. OBJETO DEL CONTRATO ES OBJETO DEL CONTRATO ES LA CONTRATACIÓN DEL
Más detallesEPÍGRAFE 02. SERVICIOS DE PAGO. TRANSFERENCIAS Y OTRAS ÓRDENES DE PAGO (NO SUJETO A REVISIÓN POR EL
Domicilio Social: Paseo de La Habana, 74 Madrid 28036 N IF: A-82473018 Número de Registro en Banco España: 0083 Mercados en los que participa: - Renta 4 Banco, S.A. a través de Renta 4 SV, S.A. como Miembro
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. (Ordenanza publicada en el BOC nº 198 de 17/10/2011)
ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. (Ordenanza publicada en el BOC nº 198 de 17/10/2011) EXPOSICION DE MOTIVOS La familia está amparada por
Más detallesANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Honduras
ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS Lista de Honduras Nota Explicativa 1. La Lista de Honduras del Anexo III establece: (a) Las notas horizontales, que limitan o clarifican los compromisos
Más detallesVALORACIÓN AL CIERRE. Coste amortizado.
VALORACION Y DETERIORO DE INVERSIONES FINANCIERAS. CUADROS SINOPTICOS. 1. PRÉSTAMOS Y PARTIDAS A COBRAR Valoración de los préstamos y partidas cobrar AL Mantenerlos hasta el vencimiento Valor razonable.(precio
Más detallesEstudio Financiero del Arrendamiento, sus ventajas y desventajas financieras.
Estudio Financiero del Arrendamiento, sus ventajas y desventajas financieras. Motivos del Arrendamiento: Una de las premisas fundamentales que deben de prevalecer en toda empresa que desee crecer y desarrollarse,
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesINFORME DE LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES DE GRUPO EMPRESARIAL ENCE S.A. SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIÓN DE LOS CONSEJEROS EN 2007
INFORME DE LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES DE GRUPO EMPRESARIAL ENCE S.A. SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIÓN DE LOS CONSEJEROS EN 2007 De conformidad con lo previsto en el artículo 28º.3 del
Más detallesANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Honduras
ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES EN SERVICIOS FINANCIEROS Lista de Honduras Nota Explicativa 1. La Lista de Honduras del Anexo III establece: (a) Las notas horizontales, que limitan o clarifican los compromisos
Más detallesSeguros por Tickets No Volados
PREGUNTAS FRECUENTES En qué consiste este producto? Esencialmente es el seguro por quiebra de Cia. Aérea que hemos estado luchando desde el sector por muchos años. Por primera vez en el mundo se ha conseguido
Más detallesRESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIDAD CIVIL Introducción Fundamento Durante el desarrollo de cualquier actividad humana se puede causar daño a otra persona. Su reparación es el objeto de las reglas de la responsabilidad civil.
Más detallesb) Que el tratamiento de datos de carácter personal por parte del subcontratista se ajuste a las instrucciones del responsable del fichero.
Informe jurídico 0108/2008 La consulta platea, si resulta conforme con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre
Más detallesAYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.
AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo
Más detalles