MANUAL INDUCCION Y CAPACITACION EN LACTANCIA MATERNA Y ESTRATEGIA IIAMI INTEGRAL TABLA DE CONTENIDO

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1 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 1/51 TABLA DE CONTENIDO 1 INTRODUCCION MARCO LEGAL DE LA IIAMI INTEGRAL A LOS PROGRAMAS DE LA FAMILIA GESTANTE Y LACTANTE EN LAS INSTITUCIONES DE SALUD CODIGO INTERNACIONAL DE COMERCIALIZACION DE SUCEDANEOS DE LA LECHE MATERNA-DECRETO 1397/ NORMA TÉCNICA PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE LAS ALTERACIONES DEL EMBARAZO NORMA TÉCNICA PARA LA ATENCION DEL PARTO NORMA TÉCNICA PARA LA ATENCIÓN DEL RECIEN NACIDO GUIA DE ATENCION DEL BAJO PESO AL NACER GUIA DE ATENCION DEL BAJO PESO AL NACER POLITICA INSTITUCIONAL ESE No de abril 12 de CÓMO LLEGAR A SER RECONOCIDA COMO UNA INSTITUCIÓN AMIGA DE LA MUJER Y LA INFANCIA INTEGRAL? CÓMO UTILIZAR EL INSTRUMENTO DE AUTO APRECIACIÓN PARA EVALUAR REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA? DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN EXTERNA EN LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA FLUJOGRAMA DE EVALUACIÓN EXTERNA DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN EXTERNA EN LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA BIBLIOGRAFIA ANEXO 1 RESUMEN DEL DECRETO 1397 DE ANEXO N 2 GUIA CONTROL PRENATAL ANEXO N 3 BENEFICIOS DE LA LACTANCIA MATERNA ANEXO N 4 TÉCNICA DE AMAMANTAMIENTO, POSICIÓN, AGARRE ANEXO N 5 LACTANCIA MATERNA EN SITUACIONES ESPECIALES ANEXO N 6 EL ALOJAMIENTO CONJUNTO, COMO FORMA DE FACILITAR LA PRODUCCION DE LECHE ANEXO N 7 LIBRE DEMANDA ANEXO N 8 ALIMENTACIÓN COMPLEMENTARIA ANEXO N 9 DESVENTAJAS DE LA ALIMENTACION ARTIFICIAL... 50

2 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 2/51 1 INTRODUCCION Para el Instituto de Salud de Bucaramanga, ESE, es muy grato poder presentar a sus funcionarios los nuevos lineamientos de la Estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia, IAMI Integral, que ayudarán a los centros de salud, su personal, y a los grupos comunitarios que apoyan las acciones institucionales en los aspectos de Salud y Nutrición de madres, niñas y niños, a orientar, realizar y evaluar las acciones necesarias para mejorar el estado de salud y nutrición de mujeres, madres, niñas y niños, y en consecuencia avanzar en el cumplimiento de sus derechos. El presente documento sintetiza las modificaciones realizadas en la IIAMI desde sus lineamientos iniciales hasta la actual inclusión de pilares fundamentales que la convierten hoy en una estrategia Integral y de ejecución indispensable en los Servicios de Salud.. 2 Claramente y de una manera muy resumida la Estrategia IIAMI ha tenido tres momentos históricos en Colombia: El primero, que se inició en 1990 con la Iniciativa Hospitales Amigos de los Niños presentada por OMS/UNICEF a la Cumbre Mundial en Favor de la Infancia, dirigida a fomentar la práctica de la lactancia materna como la forma óptima de alimentación de recién nacidos y niños menores de 2 años. Fue un periodo que abarcó cerca de una década y permitió importantes avances en la recuperación de esta valiosa práctica natural de alimentación infantil. El segundo momento se revela como un periodo de transición que permite avanzar en la interrelación y la conjugación de acciones y actores en cada unos de los pasos donde se desarrolla la estrategia. Este periodo estuvo marcado por profundas reflexiones, intensos debates para la integración de programas y acciones, constantes esfuerzos para la revisión, ajuste y homologación de criterios, todo lo cual constituyó un proceso enriquecedor de aporte al conocimiento, de recuperación de experiencias y de trabajo en equipo. Por último, se presenta el replanteamiento de los diez pasos o componentes de la nueva Estrategia IIAMI con un enfoque integral y de derechos humanos, con el cual se pretende inaugurar una nueva etapa o momento de la estrategia, que brinde más y mejores herramientas para la atención con calidad, continuidad e integralidad de las madres, niñas y niños del país. Los nuevos pilares de la estrategia IAMI son tres: en primer lugar, la integración de servicios y programas a través de la implementación de intervenciones combinadas reconocidas como eficaces, seguras y de costo que es posible enfrentar (planificación familiar, servicios amigables de salud sexual y reproductiva para adolescentes y jóvenes, prevención de la infección por VIH-Sida, atención prenatal eficaz y oportuna, preparación para la lactancia materna, atención del parto con calidad y calidez, vacunación, registro civil al nacimiento, fomento de la lactancia materna, crecimiento y desarrollo sistemático y dinámico, entornos protectores y espacios amigables, entre otros), en segundo lugar, la continuidad de la atención que se brinda en el hospital con los cuidados que se siguen en el hogar y en la comunidad a través de la coherencia de enfoques y acciones brindadas al interior de las instituciones prestadoras de salud, IPS, y al exterior de las mismas estableciendo mecanismos institucionales y grupos de apoyo de base comunitaria, que sirvan de puente entre las IPS y los hogares y comunidades y faciliten la promoción, el mantenimiento y la recuperación de la salud, y finalmente, la óptima calidad de la atención dentro del marco de la Calidad de los Servicios de Salud. Es todo esto lo que constituye la nueva estrategia IIAMI Integral respaldada bajo los siguientes lineamientos:

3 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 3/51 Código internacional de Comercialización y Distribución de los Sucedáneos de la Leche Materna (Decreto 1397 de 1992). Ley de protección a la mujer trabajadora ( ley 50/90) Decreto 755 de Plan decenal para la protección, promoción y apoyo a la Lactancia Materna (exclusividad de la Lactancia Materna hasta los 6 meses de Vida y continuándola con alimentación complementaria hasta los dos años. Resolución del 2000 ( Protección Especifica, Detección temprana y Atención de Enfermedades de interés en Salud Pública) Guías Alimentarías (establecidas por nutrir mediante contrato con Ministerio de Salud/ OPS/OMS 2.001). Código de la infancia, Ley Decreto 1011 del MARCO LEGAL DE LA IIAMI INTEGRAL A LOS PROGRAMAS DE LA FAMILIA GESTANTE Y LACTANTE EN LAS INSTITUCIONES DE SALUD 3.1 CODIGO INTERNACIONAL DE COMERCIALIZACION DE SUCEDANEOS DE LA LECHE MATERNA-DECRETO 1397/1992 El Código Internacional tiene por objetivo contribuir a proporcionar a las lactantes una nutrición segura y suficiente, protegiendo y promoviendo la lactancia natural y asegurando el uso correcto de los sucedáneos de la leche materna, cuando éstos sean necesarios, sobre la base de una información adecuada y mediante métodos apropiados de comercialización y distribución. Fue adoptado en 1981 como la norma "mínima" para ayudar a proteger y fomentar la lactancia materna en todos los países. IBFAN toma como guía para la interpretación del Código no solamente las actividades que violan la letra del Código, sino también las que violan el espíritu y la intención del mismo, que es proteger, fomentar y apoyar la lactancia materna. El Código se aplica a la comercialización y prácticas que están relacionadas de los siguientes productos: sucedáneos de la leche materna, incluidas las preparaciones para lactantes; otros productos de origen lácteo, alimentos y bebidas, incluidos los alimentos complementarios administrados con biberón, cuando están comercializados o cuando de otro modo se indique que pueden emplearse, con o sin modificación, para sustituir parcial o totalmente a la leche materna; los biberones y tetinas. Se aplica asimismo a la calidad y disponibilidad de los productos antes dichos y a la información relacionada con su utilización. Se entiende por: Alimento complementario: todo alimento, manufacturado o preparado localmente que convenga como complemento de la leche materna o de las preparaciones para lactantes cuando aquélla o éstas resulten insuficientes para satisfacer las necesidades nutricionales del lactante. Ese tipo de alimento se suele llamar también «alimento de destete» o «suplemento de la leche materna». Comercialización: las actividades de promoción, distribución, venta, publicidad, relaciones públicas y servicios de información relativas a un producto. Muestras: las unidades o pequeñas cantidades de un producto que se facilitan gratuitamente.

4 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 4/51 Sucedáneo de la leche materna: todo alimento comercializado o de otro modo presentado como sustitutivo parcial o total de la leche materna, sea o no adecuado para ese fin. Los agentes de Salud no deben recibir regalos, ni incentivos de estas casas productoras. Prohíbe la promoción y distribución gratuita o a bajo costo de leches de formula, uso de biberones y chupos. No deben ser objeto de publicidad ni de ninguna otra forma de promoción destinada al público en general los productos comprendidos en las disposiciones del presente Código. Los fabricantes y los distribuidores no deben facilitar, directa o indirectamente, a las mujeres embarazadas, a las madres o a los miembros de sus familias, muestras de los productos comprendidos en las disposiciones del presente Código. En la estructura del hospital o unidades operativas no deben existir afiches, plegables que sean alusivas a estos productos. 3.2 PROTECCION DEL CODIGO DE TRABAJO A LA MUJER DURANTE EL EMBARAZO Y LA GESTACION-LEY 50/90 ART En el código laboral Colombiano están consignadas las leyes de protección a la maternidad en la mujer trabajadora, el cual ha sido modificado varias veces, en algunos de los artículos por el decreto 13 de 1.967, la Ley 50 de Art. 236: descanso remunerado en la época del parto, 237: descanso remunerado en caso de Aborto, 238: descanso remunerado durante la Lactancia. 239: prohibición de despedir por motivos de embarazo a lactancia o por motivos de enfermedad causada por los mismos. Y el decreto 755 del 20 de Julio del Actualmente la Ley María (licencia de Paternidad) que rige a partir del 23 de Julio del 2.002, por la cual el parágrafo del artículo del Código Sustantivo del Trabajo; articulo 1. El cual quedará así : la trabajadora que haga uso del descanso remunerado en la época del parto tomará las doce semanas de licencia a que tiene derecho, el esposo o compañero permanente tendrá derecho a cuatro días de licencia remunerada de paternidad en el caso de que sólo el padre esté cotizando al S.G.S.S.S.. Si ambos padres están cotizando al S.G.S.S.S., se concederán al padre ocho días calendarios de licencia remunerada de paternidad. 3.3 DECRETO 755 DE 2002 Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo Ley María Artículo 1. Modificase el parágrafo del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así: La trabajadora que haga uso del descanso remunerado en la época del parto tomará las 12 semanas de licencia a que tiene derecho de acuerdo a la ley. El esposo o compañero permanente tendrá derecho a cuatro (4) días de licencia remunerada de paternidad, en el caso que sólo el padre esté cotizando al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el evento en que ambos padres estén cotizando al Sistema General de Seguridad Social en Salud, se concederán al padre ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad. Esta licencia remunerada es incompatible con la licencia de calamidad doméstica y en caso de haberse solicitado esta última por el nacimiento del hijo, estos días serán descontados de la licencia remunerada de paternidad.

5 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 5/51 La licencia remunerada de paternidad sólo opera para los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera permanente. En este último caso se requerirán dos (2) años de convivencia. El único soporte válido para el otorgamiento de licencia remunerada de paternidad es el Registro Civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento del menor. La licencia remunerada de paternidad será a cargo de la EPS, para lo cual se requerirá que el padre haya estado cotizando efectivamente durante las cien (100) semanas previas al reconocimiento de la licencia remunerada de paternidad. Se autorizará al Gobierno Nacional para que en el caso de los niños prematuros y adoptivos se aplique lo establecido en el presente parágrafo. Artículo 2. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación 3.4 RESOLUCION DE 2000 Normas de atención a la gestante, el parto, el puerperio, manejo de enfermedades como EDA, IRA y crecimiento y desarrollo y las guías de bajo peso al nacer; se incluyen las acciones de obligatorio cumplimiento que las instituciones de salud deben desarrollar a favor de la lactancia materna NORMA TÉCNICA PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE LAS ALTERACIONES DEL EMBARAZO Equipo de salud capacitado para brindar atención humanizada y de calidad, que garantice una gestación normal y una madre y su hijo o hija sanos NORMA TÉCNICA PARA LA ATENCION DEL PARTO Actualmente NO se indica la episiotomía de rutina y sólo debe practicarse a juicio del médico. La gestante debe egresar con una cita médica ya establecida a fin de controlar el puerperio después de los primeros 7 días del parto NORMA TÉCNICA PARA LA ATENCIÓN DEL RECIEN NACIDO Equipo de salud capacitado que garantice la atención humanizada y de calidad para lograr un recién nacido sano. Además de la obligación administrativa y técnica, implican por parte de los ejecutores un compromiso asistencial, ético y legal para garantizar la protección y mantenimiento de la salud de los recién nacidos GUIA DE ATENCION DEL BAJO PESO AL NACER

6 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 6/51 El cuidado tradicional en Unidades de Cuidado Intensivo Neonatal en incubadoras, además implica separación prolongada de la madre y del niño y representa una situación de desequilibrio afectivo. Un equipo de salud capacitado que garantice la atención humanizada y de calidad para lograr un recién nacido sano GUIA DE ATENCION DEL BAJO PESO AL NACER Proporcionar mejores condiciones de vida a través del desarrollo del apego, del vinculo afectivo y una adecuada nutrición mediante un estricto seguimiento ambulatorio, que asegure un desarrollo biopsicosocial integral 4 POLITICA INSTITUCIONAL ESE No de abril 12 de 2005 Para dar cumplimiento a la Resolución No 7353 de 8 de Septiembre de 1992, emanada del Ministerio de Protección Social, en la cual se dictan normas, para la Promoción, Protección y Apoyo a la lactancia materna la ESE, crea e institucionaliza la norma y adopta la Iniciativa Institución Amiga de la Mujer y la Infancia (IIAMI), en todas sus unidades operativas. Requiriendo así de una política escrita sobre lactancia materna la cual debe ser conocida, cumplida por todo el personal y Publicada junto con los diez pasos hacia una feliz lactancia natural, en todos los centros de salud y el Hospital Local del Norte. En esta se Prohíbe las prácticas de mercadeo, la distribución gratuita o a bajo costo de leches artificiales y alimentos infantiles. Recomienda la práctica de la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses y complementaria a más de los dos años. Esta señala las normas a seguir en cada servicio. La cual se hará cumplir por el jefe o responsable de cada servicio o área. Su no cumplimiento es causal de amonestación que puede ir desde la apertura de un proceso disciplinario, cancelación de la Orden de Prestación de Servicio, o del contrato el cual tenga la persona. Está determina dar prioridad a la mujer gestante, lactante y al niño / niña en todos los servicios que se brindan en la institución. A su vez el agente de Salud deberá registrar en la misma historia Clínica la educación brindada a la Gestante y Lactante. 4.1 CONFORMACION DEL COMITÉ El comité institucional de Atención Materno Infantil (Comité de Lactancia Materna), se conformó en el Hospital Local del Norte y en la UIMIST en Enero de a. HOSPITAL LOCAL DEL NORTE Nutricionista. Coordinadora. Director HLN. Jefe de Enfermería de Sala de Partos. Jefe de Enfermería de Hospitalización. Jefe de Enfermería de Pediatría. Auxiliar de Enfermería de Pediatría.

7 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 7/51 b. UIMIST Nutricionista. Coordinadora. Director UIMIST. Jefe de Enfermería de Promoción y Prevención. Jefe de Enfermería de Consulta Externa. Jefe de Enfermería de Hospitalización Jefe de Enfermería de Sala de Partos. Auxiliar de Enfermería de Sala de Partos. Trabajadora Social. 4.2 FUNCIONES DEL COMITÉ Coordinar el plan de capacitación de la institución para los programas de atención materno-infantil. Apoyar técnicamente al personal de salud y administrativo en el desarrollo de los Diez Pasos hacia una feliz Lactancia Materna. Evaluar semestralmente el desarrollo de la iniciativa Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia y con base a los resultados, diseñar el plan de acción. Velar porque se cumplan en la institución los postulados del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y el decreto 1397/ 92. Programar, Planear, Coordinar, Ejecutar y Evaluar, las actividades del mes de la Lactancia Materna. Preparar los informes de gestión requeridos por el municipio y el nivel nacional. Mantener actualizada y completa la documentación propia de la iniciativa. El comité tiene un plan de trabajo y un cronograma de reuniones, actividades que deben ser incluidas en la agenda de trabajo de cada funcionario. Las reuniones se han programado dé acuerdo con la necesidad de la institución asegurando así la adopción, implementación y certificación próxima de la estrategia IIAMI. Se levanta Acta de cada reunión. 5 CÓMO LLEGAR A SER RECONOCIDA COMO UNA INSTITUCIÓN AMIGA DE LA MUJER Y LA INFANCIA INTEGRAL? En la OMS y UNICEF a partir de la Declaración Conjunta de los Diez pasos hacia una feliz lactancia materna propone los Criterios Globales para los Hospitales Amigos de los niños, que son un conjunto de estándares acordados a nivel internacional para evaluar los logros obtenidos en la aplicación de los Diez Pasos. En Colombia la Iniciativa Hospitales Amigos de los Niños ha tenido un gran avance conceptual y metodológico que responde a las necesidades del país y ha formulado una propuesta más amplia y armónica con los servicios que se prestan, que ha denominado Estrategia Integral Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia. Hoy, esta estrategia se ha posicionado como un instrumento para el mejoramiento continuo de la calidad de los servicios de la salud materna e infantil,

8 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 8/51 que es aplicable a instituciones tanto ambulatorias como hospitalarias de cualquier nivel de complejidad, y conjuga los diferentes indicadores tanto de estructura, proceso y resultado aplicables en la atención de esta población. La Estrategia Integral Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia (IAMI integral) es una iniciativa propuesta al país por UNICEF para motivar a las instituciones de salud a mejorar sus prácticas de atención en salud y nutrición materna e infantil, siguiendo los principios de universalidad, igualdad y no discriminación, participación e inclusión, responsabilidad social y rendición de cuentas. La Estrategia Integral Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia (IAMI integral) propone a las instituciones que prestan servicios de atención a gestantes, madres, niñas, niños y adolescentes una metodología, que les permita de manera sistemática autoevaluarse, analizar sus practicas de atención, realizar un plan de mejoramiento, hacer los ajustes necesarios, ser evaluados por profesionales externos a la institución y finalmente ser acreditados como una Institución Amiga de la Mujer y la Infancia con enfoque Integral. Los Diez Pasos de la Iniciativa Integral Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia son los Criterios Globales que se aceptan como los estándares que las instituciones deben lograr para su designación, éstos a su vez tienen indicadores de estructura, proceso y resultado que demuestran como se cumple cada uno de ellos. El convertirse en una Institución Amiga de la Mujer y la Infancia con el enfoque Integral es un proceso voluntario que se inicia con la voluntad política de las partes y a partir de allí a través de una autoapreciación, realizada por la institución de salud, se establece una línea de base de sus prácticas vigentes con respecto a los diez pasos propuestos. Cuando el establecimiento de salud, al aplicar el formulario de autoapreciación cumple con el 100% de los indicadores de cada uno de los Pasos de la Estrategia, puede solicitar la evaluación externa, la cual califica el cumplimiento de los criterios globales en la Institución y reporta su grado de avance a la autoridad competente, quien define su reconocimiento como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia con el enfoque integral. 6 CÓMO UTILIZAR EL INSTRUMENTO DE AUTO APRECIACIÓN PARA EVALUAR REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA? Toda institución de salud interesada en convertirse en Institución Amiga de la Mujer y la Infancia con enfoque integral deberá como primer paso evaluar sus prácticas actuales de atención materna e Infantil comparándolas con los Diez Pasos definidos para la Estrategia. El diligenciamiento del formulario adjunto permitirá a la institución de salud que brinda servicios maternos e infantiles habilitados, con altos estándares de atención, realizar una revisión detallada de sus prácticas y compararlas con los indicadores de estructura, proceso y resultado propuestos para cada Criterio Global. Las preguntas de este instrumento se derivan de los Criterios Globales, que requieren una respuesta sencilla en términos de SI o NO: Esta evaluación inicial conducirá al análisis de las prácticas, para que a partir de este primer diagnóstico institucional, la IPS elabore un plan de mejoramiento (ver Anexo 3) que permita mantener las prácticas indicadas y/o llevar a cabo los cambios necesarios para su fortalecimiento.

9 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 9/51 Cada pregunta del instrumento con respuesta negativa debe ser analizada y resuelta en el plan de mejoramiento, de tal forma que se direccionen las actividades hacia el 100% de cumplimiento en los indicadores solicitados en cada Criterio Global. Finalmente cada uno de los Diez Pasos debe estar por encima del 90% de cumplimiento del Formulario de Autoapreciación, antes de decidir la solicitud de la evaluación externa. 7 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN EXTERNA EN LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA. El propósito de una evaluación externa es verificar cómo se desarrolla el proceso y reconocer los logros obtenidos. Así mismo, sirve para hacer sugerencias prácticas sobre cómo introducir algunas mejoras en caso de que sea necesario. Es decir, que la evaluación es una oportunidad para tener una mirada externa a las instituciones, y para que a su vez, ellas se reconozcan como portadoras de deberes y garantes de derechos incluyendo los de información, educación, intimidad, salud, nutrición, nombre, identidad, inclusión, no discriminación, participación y toma de decisiones. La evaluación externa está orientada a identificar el cabal cumplimiento de los criterios definidos por cada paso de la Iniciativa IAMI integral. Es realizada por personal externo a la institución para lo cual el país cuenta con evaluadoras y evaluadores externos capacitados y acreditados por el Ministerio de la Protección Social y UNICEF. La visita se financia con recursos que deben ser previstos por los Departamentos y los Municipios. Su duración va de dos a tres días, de acuerdo con la complejidad y cobertura de población materna e infantil con la cual cuenta la IPS. De igual forma se invitan dos o tres evaluadores (as) pero en ningún caso el grupo evaluador será menor de dos personas. La evaluación consta de varias etapas para las cuales se cuenta con instrumentos de evaluación estandarizados: Etapa previa a la visita: Un mes antes de la fecha de la visita programada de evaluación externa el equipo de evaluadores (as) recibe el material de consulta que le permite conocer la institución a evaluar. Es durante esta etapa que se realiza la revisión de la documentación de los procesos IAMI Integral establecidos en la institución (datos generales de la institución, política institucional, comité IAMI integral, Plan de capacitación que incluye los programas de inducción al personal de salud nuevo y a todo el personal que ingrese a la institución por primera vez tanto administrativo como asistencial incluyendo a estudiantes si la institución cuenta con ellos, el programa de información para personal logístico, los programas de educación para las gestantes, madres sus familias, los grupos y las redes de apoyo y el programa de capacitación para el personal de salud, los cronogramas, flujogramas y material educativo). Etapa inicial de la visita: Consiste en la realización de una reunión inicial con el personal directivo, el equipo de IAMI integral institucional y los funcionarios de la institución que hayan sido invitados, para darles a conocer la metodología que se seguirá durante la evaluación externa. Etapa de aplicación de entrevistas: Consiste en aplicar las entrevistas al personal directivo y asistencial, a las gestantes, madres usuarias y a los grupos y redes de apoyo. Etapa de observación directa: Consiste en la observación, sin intervención de la atención en los servicios (consulta externa, urgencias, vacunación, crecimiento y desarrollo, salas de parto, entre otros)

10 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 10/51 Etapa de finalización de la visita: Durante esta etapa se realizan varias actividades, entre las que están: a. Tabulación y análisis de la información recogida. b. Elaboración de informe final y recomendaciones. c. Reunión final con funcionarios (as) de la IPS y del nivel municipal o departamental correspondiente, con el fin de dar a conocer las observaciones y recomendaciones del equipo evaluador. d. El equipo evaluador entrega el informe final consolidado a la dirección de salud correspondiente para que ésta lo revise y decida sobre la acreditación o no de la IPS evaluada y posteriormente informe al Ministerio de la Protección Social, quien avalará la decisión. 7.1 FLUJOGRAMA DE EVALUACIÓN EXTERNA DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA. INICIO Autoevaluación de la IPS y desarrollo de plan de acción para el cumplimiento de los 10 pasos La IPS Cumple los diez pasos de la IAMI La IPS solicita evaluación externa a la Dirección de Salud respectiva (municipal o departamental) La Dirección de Salud Municipal (si es el caso) solicita la Evaluación externa al nivel Departamental. La Dirección de Salud Departamental (Municipal si es nivel 6 o más) financia la evaluación externa con recursos PAB previamente asignados. Carta de solicitud, Documentos Registros o evidencia objetiva La Dirección de Salud respectiva verifica el cumplimiento de requisitos para la acreditación y programa e informa las fechas de evaluación externa. Cumple Si No Evaluación externa y reunión final convocada por la comisión evaluadora, en la cual participan directivas y funcionarios del la IPS evaluada, Secretaría de Salud municipal y departamental. Resultados de la evaluación externa. Informe escrito de la comisión evaluadora al departamento La comisión evaluadora deja recomendaciones a la IPS No Cumple los 10 pasos La IPS construye y ejecuta el plan de mejora. La Dirección de Salud respectiva realiza visita de seguimiento y verificación del cumplimiento de las recomendaciones por parte de la IPS Envío del informe de verificación al Ministerio de la Protección Social Si La Dirección de Salud decide la acreditación con base en el informe de la comisión evaluadora y notifica al Ministerio de la Protección Social (envía acta de acreditación y copia del informe de evaluación externa) El Ministerio de la Protección Social, y el Comité Nacional IAMI Integral analizan el cumplimiento de los estándares acordados con UNICEF y hacen el reconocimiento nacional e internacional. Informa a la Dirección de Salud y a la IPS la decisión tomada.

11 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 11/51 8 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN EXTERNA EN LA ESTRATEGIA INTEGRAL INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA. PASO 1 PASO 2 PASO 3 PASO 4 PASO 5 PASO 6 PASO 7 PASO 8 PASO 9 PASO 10 Disponer por escrito de una política en favor de la salud y nutrición materna e infantil con enfoque de derechos y perspectiva de género que incluya los Criterios Globales de la iniciativa IAMI, garantice la calidad, calidez e integralidad de los servicios y programas dirigidos a la mujer y a la infancia y se ponga sistemáticamente en conocimiento de todo el personal de la institución tanto profesional como de apoyo logístico y administrativo. Capacitar a todo el personal que atiende a mujeres, niñas, niños, adolescentes, en aspectos básicos de derechos humanos, con énfasis en los derechos sexuales y reproductivos, los Derechos del Niño y los 10 pasos de la iniciativa IAMI, de tal forma que estén en condiciones de poner en práctica la política institucional en favor de la mujer y la infancia. Brindar a las mujeres gestantes educación, atención oportuna y pertinente para que puedan vivir satisfactoriamente su gestación y prepararse para el parto, el puerperio y la lactancia materna, incluyendo la adecuada nutrición, y la preparación para el cuidado de sus hijas e hijos, favoreciendo el ejercicio de sus derechos, la participación familiar y en especial la corresponsabilidad del padre en el desarrollo familiar y social. Garantizar la atención del trabajo de parto y el parto con calidad y calidez, en compañía de una persona significativa para la madre, dentro de un ambiente de respeto y libre de intervenciones profesionales innecesarias, favoreciendo el contacto piel a piel y el inicio temprano de la lactancia materna dentro de la media hora siguiente al parto. Brindar orientación y ayuda a las madres y familiares acompañantes sobre el cuidado de las niñas y niños recién nacidos, lactantes, la adecuada nutrición de la madre durante la lactancia, mostrar a las madres la forma de colocar correctamente el niño al seno, enseñar las técnicas para mantener una lactancia exitosa incluso en caso de separación forzosa (hospitalización) y dar orientación sobre alimentación y cuidados en niñas y niños con condiciones especiales. Así mismo facilitar el registro civil al nacimiento, garantizar la consulta del recién nacido dentro de los 7 días siguientes al nacimiento, la consulta posparto, la remisión al control de crecimiento y desarrollo y a los grupos comunitarios de apoyo. Promover y facilitar a las madres y sus familias la práctica de la lactancia materna en forma exclusiva y a libre demanda hasta los seis meses de vida, y educar sobre cómo continuar amamantando con alimentación complementaria adecuada hasta los dos años de edad y más. No suministrar a los niños y niñas amamantados chupos ni biberones y cumplir con el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y las normas nacionales que lo adoptan. Favorecer el alojamiento conjunto de la madre y el recién nacido y crear condiciones para mantener la lactancia materna incluso en situación de hospitalización de la madre y/o de su hijo o hija y permitir la presencia permanente de un familiar en los casos de hospitalización de niños y niñas de cualquier edad. Proveer atención integral a niñas y niños menores de seis años, asegurando el seguimiento dinámico del crecimiento y desarrollo, la intervención oportuna de las alteraciones detectadas y la orientación a madres y sus familias sobre cuidados de alimentación y salud respetando la diversidad étnica y cultural. Garantizar entornos protectores y espacios amigables en toda la institución, en los que se respeten los derechos a la salud, la alimentación y nutrición, la información, la educación, la no discriminación, la participación y el trato digno, partiendo para ello del reconocimiento de las y los usuarios de los servicios como sujetos de derechos que obligan a las instituciones al cumplimiento de los mismos. Diseñar estrategias y mecanismos de apoyo comunitario e institucional a las madres, los padres y las familias, que aseguren la continuidad de las acciones desarrolladas en las instituciones prestadoras de salud con los cuidados que las familias y los grupos de apoyo brindan en el hogar y en la comunidad, a fin de promover la salud de madres, niñas y niños, prevenir la enfermedad, y favorecer el desarrollo infantil temprano y la atención integral de niñas y niños desde la gestación hasta los seis años.

12 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 12/ CRITERIOS GLOBALES DE LOS DIEZ PASOS IIAMI INTEGRAL PASO I DISPONER DE UNA POLITICA A FAVOR DE LA LACTANCIA MATERNA El marco conceptual de los derechos humanos 1 orientará la formulación, ejecución y evaluación de la política institucional para la atención integral en salud y nutrición de las madres, niñas y niños, siguiendo los principios de universalidad, igualdad y no discriminación, participación e inclusión y responsabilidad social y rendición de cuentas. La política debe partir del reconocimiento de las usuarias y usuarios como sujetos titulares de derechos que obligan a las instituciones a garantizar el cumplimiento de los mismos. La institución se convierte en portadora de obligaciones y garante de derechos. El marco conceptual debe contribuir a definir concretamente las obligaciones de la institución frente a los principales derechos humanos relacionados con la estrategia IAMI (a la información, la educación, la intimidad, la salud, la nutrición, el nombre y la identidad, la inclusión, la no discriminación, la participación y la toma de decisiones). Así mismo, es necesario incorporar a la política la perspectiva de género 2 que partiendo del reconocimiento del valor ético de las diferencias constitutivas de lo humano, permita el ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres en los servicios de salud, promueva la corresponsabilidad de los varones en Las tareas reproductivas y contribuya a la transformación de las relaciones entre los géneros tanto al interior de la familia como en los servicios de salud. 1 El enfoque de Derechos advierte que todas las personas son titulares de derechos que obligan al Estado y las instituciones a dar respuestas efectivas para disfrutar de una vida digna. A su vez, las instituciones son portadoras de obligaciones para respetar y proteger los derechos humanos de madres, niñas, niños y sus familias, y facilitar y proveer las acciones necesarias para su cumplimiento. En consecuencia, las instituciones tienen la responsabilidad de monitorear el cumplimiento de sus obligaciones y rendir cuentas de sus acciones. 2 Parte de reconocer las diferencias constitutivas entre hombres y mujeres, y cuestiona los modelos naturalizantes y esencialistas de la masculinidad y la feminidad que han asignado a las mujeres la responsabilidad exclusiva de las tareas reproductivas destinándolas a lo doméstico, lo interno y lo privado mientras a los hombres les corresponde lo productivo, lo externo y lo público. La perspectiva de género busca el reconocimiento de las necesidades, intereses y demandas de las mujeres y promueve la implementación de acciones que respeten, protejan y garanticen el ejercicio de sus derechos, permitiendo la toma de decisiones informadas, la autonomía sobre sus cuerpos, la atención respetuosa y de calidad en la gestación, parto y puerperio, las prácticas de crianza no sexistas y la corresponsabilidad de los varones en las tareas reproductivas, entre otras.

13 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 13/51 La institución de salud deberá disponer de una política escrita que contemple los diez pasos de la IAMI para la promoción, prevención y atención de la salud y la nutrición materna e infantil con calidad y calidez a través de intervenciones integrales. La acciones relacionadas con la planificación familiar, la atención de la gestación y el parto, la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna, el inicio y seguimiento apropiado de la alimentación complementaria a los niños y niñas entre seis meses y seis años, la atención integral de las enfermedades prevalentes de la infancia y la disminución de la transmisión madre-hijo del VIH, y la identificación oportuna de las alteraciones del crecimiento y desarrollo de las niñas y niños durante la primera infancia, entre otros, son cuidados a los cuales están obligadas las instituciones prestadoras de salud, en su responsabilidad de respetar, proteger y garantizar los derechos de madres, niñas y niños a la salud, la nutrición, la información, la educación y la comunicación. Esta política deberá estar sustentada en la normatividad nacional vigente e integrado al Plan de desarrollo institucional. En todas las áreas de atención a gestantes, madres de recién nacidos, lactantes, niños y niñas pequeños, se deberá publicar la política IAMI relacionada con la competencia de cada servicio en el cual se presta atención a la madre y a todo menor de 6 años de edad y asegurarse que los miembros del personal, tanto administrativo, de apoyo logístico como asistencial, la conozcan y pongan en practica. Para esto se conformará por acto administrativo del Director un comité responsable de la coordinación, monitoreo y seguimiento al desarrollo de la IAMI y además ejercerá control sobre los indicadores que en ella se fijen. Siguiendo el principio de responsabilidad social y obedeciendo al Plan vigente de mejoramiento de la Calidad de la Atención, la institución debe monitorear la implantación de los Criterios Globales de la IAMI con el fin medir el grado de cumplimiento de los procesos y procedimientos establecidos y los resultados esperados. Con este propósito se debe utilizar el instrumento de autoapreciación, a través del cual cada institución puede establecer la línea de base y la medición de su propio proceso que permitirá establecer las acciones de mejoramiento a realizarse para alcanzar el cumplimiento en un rango entre el 80 al 100%. La evaluación de la iniciativa es un proceso externo a la institución que permite conocer la eficacia y eficiencia de las políticas públicas de salud sexual y reproductiva, niñez, lactancia materna y nutrición en general para garantizar a las y los usuarios de los servicios el ejercicio de sus derechos y contribuir al mejoramiento de su calidad de vida.

14 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 14/ PASO II CAPACITAR A TODO EL PERSONAL DE MANERA QUE ESTE EN CAPACIDAD DE PONER EN PRACTICA LA POLITICA La institución debe disponer de un programa de capacitación escrito que incluya los temas básicos de los derechos de madres, niñas y niños, y los relacionados con los diez pasos de la iniciativa IAMI. Los diez pasos deben incorporar el enfoque de género encaminado a respetar, proteger y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, dando pautas que contribuyan a eliminar prejuicios, actitudes, mitos y representaciones de género que perpetúan las desigualdades de poder en las relaciones entre hombres y mujeres. Las instituciones IAMI conocen y respetan en todos los servicios dirigidos a la niñez los Derechos del Niño establecidos en la Convención, en la Constitución Política de Colombia y en la Ley de Infancia y Adolescencia incluyéndolos en sus programas de educación a las madres y a las familias. El coordinador/a del comité puede presentar el plan de capacitación escrito en el que se aprecia que todo el personal de la institución (administrativo y operativo) ha recibido información sobre la política IAMI y que el equipo de salud que atiende a mujeres gestantes, madres de recién nacidos, lactantes, niñas y niños menores de seis años, adolescentes ha recibido capacitación sobre los diez pasos de la IAMI. El coordinador/a del comité puede informar que en el caso de personal nuevo, éste ha recibido orientación y que existe una programación para dicha capacitación dentro de los primeros seis meses de inicio de sus labores, incluyendo a los grupos de docentes y estudiantes que integran las relaciones docente-asistenciales. En la evaluación externa que se hace a la institución, se espera que más del 80% de los miembros del equipo de salud hayan recibido la capacitación arriba descrita o, si han trabajado menos de seis meses 3, que hayan recibido información 3 En aquellas IPS donde existe un alto índice de rotación de personal asistencial y no alcanzan a estar en servicio más de 6 meses la IPS deberá garantizar la capacitación en IAMI de este personal en el primer bimestre, con el fin de dar continuidad a las acciones desarrolladas. Este punto será verificado y tenido en cuenta para la evaluación externa.

15 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 15/51 sobre la política IAMI. Igualmente, más del 80% del personal de salud entrevistado debe contestar correctamente las preguntas sobre la forma de poner en práctica las actividades contempladas en la estrategia IAMI. La capacitación dará pautas para la atención integral en salud materna e infantil con enfoque de derechos, perspectiva de género y criterios de calidad y calidez 4, con objeto de que cada persona desde su área de trabajo, respete, proteja, facilite y provea las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento del derecho de las mujeres, los niños y las niñas, a la salud, y la nutrición, así como el amamantamiento sin discriminaciones de género, orientación sexual, etnia, clase social, discapacidad o procedencia rural o urbana. El personal de salud deberá promover y facilitar la corresponsabilidad de los hombres en las tareas reproductivas, tales como crianza y alimentación de los hijos e hijas con el fin de contribuir a la eliminación de los estereotipos de masculinidad y feminidad y a la transformación de las relaciones inequitativas aún existentes al interior de las familias. La institución deberá tener disponible una copia del plan de capacitación sobre IAMI, que incluya los siguientes programas: Inducción para quienes ingresen por primera vez a la institución, incluyendo a estudiantes o personal en entrenamiento, si la institución cuenta con estos grupos. Información para el personal administrativo y logístico. Capacitación para los diferentes miembros del equipo de salud que presten atención en el área Materna e Infantil que incluya el desarrollo y número de horas del componente teórico y la experiencia clínica supervisada. Educación en salud, nutrición y pautas de crianza no sexistas 5 para gestantes, madres y padres, grupos y redes de apoyo. 4 Atributos de la calidad como oportunidad, atención humanizada, atención personalizada, pertinencia y continuidad, mejoran cuando se implementa la IAMI. Ver Manual Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia, UNICEF 2005, pag Se refiere a prácticas, lenguaje y comportamiento discriminatorio en razón del sexo.

16 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 16/ PASO III INFORMAR A TODAS LAS GESTANTES DE LOS BENEFICIOS QUE OFRECE LA LACTANCIA MATERNA Y LA FORMA La institución deberá disponer de estrategias verificables para la captación temprana de las mujeres gestantes al control prenatal y la asistencia periódica al mismo, brindar atención respetuosa, oportuna y de calidad para la detección e intervención de factores de riesgo para la salud materna e infantil y para el ejercicio de una maternidad saludable, incluyendo el control por salud oral y la educación sobre los cuidados del recién nacido. La institución deberá disponer de mecanismos específicos para la atención amigable y respetuosa de las gestantes, y adolescentes gestantes, así como los contenidos de su educación, establecidos en las normas técnicas y guías de atención y en el programa de capacitación en los que se incluya como mínimo los siguientes aspectos: Derechos sexuales y reproductivos. Promoción de factores protectores para la salud y la nutrición materna e infantil. Signos de alarma durante la gestación. Importancia de la asesoría y prueba voluntaria (APV) para VIH-SIDA. Conocimientos básicos sobre lactancia materna (beneficios de la lactancia materna, desventajas de la alimentación artificial y del uso de chupos y biberones, mecanismo de producción de la leche, técnicas de amamantamiento, importancia de la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses y con alimentación complementaria adecuada hasta los dos (2) años de edad y más. Legislación que protege la maternidad, la lactancia materna y la Primera Infancia. Importancia del registro civil al nacimiento. Consejería en planificación familiar. Igualmente se verificará que en todas las historias clínicas se registren estas actividades educativas. La persona responsable del control prenatal en la institución podrá demostrar que a todas las gestantes que asisten a los controles en ese centro asistencial, se les proporciona información y educación prenatal de acuerdo con el programa antes definido y se les ofrecen actividades especiales de asesoría en planificación familiar, asesoría y prueba voluntaria para VIH

17 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 17/51 y prevención de la transmisión madre a hijo/a del VIH e ITS, permitiendo la toma de decisiones informadas. Igualmente, que se hace vigilancia del estado nutricional a la gestante con control de la ganancia de peso e identificación de riesgos asociados, aplicación del esquema de vacunación y se remiten para control de salud oral. La institución debe propiciar el acompañamiento del esposo o compañero al control prenatal facilitando su participación en la consulta y en las actividades educativas que se realicen, o en su defecto, la participación de una persona significativa para la madre. Esto último cobra gran relevancia en caso de las madres adolescentes o madres solas. Además, la persona responsable del servicio informará que la institución proporciona apoyo especial a aquellas mujeres o parejas con condiciones especiales como dificultad para aceptar la gestación, la maternidad adolescente, el resultado positivo de VIH o cualquier otra ITS, o el ser víctimas de violencia (incluyendo la doméstica), discapacidad y desplazamiento forzado. La institución debe contar con mecanismos de referencia y contrarreferencia confiables, oportunos y verificables que incluyan el diligenciamiento apropiado de la historia clínica; además debe proporcionar a todas las gestantes atendidas el carné materno con la explicación sobre su uso. Se considera criterio de evaluación el que por lo menos el 80% de las gestantes entrevistadas (con más de 24 semanas de gestación y tres o más controles prenatales en la institución), confirmen tener el carné materno correctamente diligenciado, conozcan cual es su estado de salud y nutrición, y respondan correctamente al menos tres de los temas definidos en el programa de educación prenatal. Así mismo, de las gestantes entrevistadas (con más de 24 semanas de gestación y tres o más controles prenatales en la institución), por lo menos el 80% deberá confirmar que el personal de salud permitió la participación de la pareja o de una persona significativa en la consulta prenatal y en las actividades educativas. Por último, este mismo grupo de entrevistadas deberá confirmar que recibió apoyo especial en caso de tener condiciones especiales como dificultad para aceptar la gestación, la maternidad durante la adolescencia, condición de discapacidad, el resultado positivo de VIH o cualquier otra ITS, ser víctimas de violencia o desplazamiento forzado PASO IV INICIO TEMPRANO. AYUDAR A LAS MADRES A INICIAR LA LACTANCIA DURANTE LA MEDIA HORA SIGUIENTE AL PARTO Dentro del programa de educación prenatal debe incluirse la información a la gestante y su familia sobre el trabajo de parto y el parto, explicando el derecho de la madre y el de su hijo o hija a recibir atención con calidad y calidez en condiciones de respeto y cuidado, libre de intervenciones médicas innecesarias, a estar acompañada, si así lo desea, por el padre del bebé, a mantener contacto piel a piel con la niña o niño recién nacido en el momento del nacimiento durante al menos diez a quince minutos y a recibir ayuda para iniciar la lactancia materna en la primera media hora después del parto.

18 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 18/51 Así mismo, se orientará a la madre sobre su derecho a tener información por escrito acerca de las condiciones en que se dio el nacimiento: datos del parto (APGAR al minuto y a los 5 minutos, tipo de pinzamiento aplicado, contacto inmediato piel a piel), peso, talla, perímetro cefálico al nacer, resultados de laboratorio en el periodo neonatal (entre ellos TSH, serología y hemoclasificación), los cuales deben consignarse de preferencia en el carné de salud infantil con la cita para el control de post parto para el recién nacido. En el caso de los niños que nacen con alguna alteración o déficit debe darse información objetiva clara y precisa de la situación del niño o de la niña y explicarles a los padres y familiares la conducta a seguir inmediatamente sean dados de alta, o hacer la remisión que se requiera. Las personas responsables del control prenatal deben estar en capacidad de ilustrar la forma en que se dan a conocer a todas las gestantes y sus familias los derechos a la salud y a la seguridad social y los derechos de los niños. Ejemplo: a tener un acompañante significativo durante el trabajo de parto, parto y puerperio, a la información sobre los procedimientos que se le van a realizar y a la toma de decisiones al respecto, a la educación sobre los cuidados de madres, recién nacidos, niños y niñas, a recibir apoyo para el inicio de la lactancia materna dentro de la media hora siguiente al parto y a que al recién nacido no le sean suministradas aguas ni ninguna otra bebida, a la información sobre las normas que protegen la maternidad y la lactancia materna, al derecho del recién nacido al nombre y al registro civil y a tener información escrita con los datos del niño o niña al nacer. El criterio de evaluación exige que por lo menos 80% de las gestantes entrevistadas (de diez seleccionadas con más de 24 semanas de gestación, que hayan asistido a tres o más controles en la institución) informen que conocen sus derechos durante el trabajo de parto y el parto y los derechos del recién nacido y esten en capacidad de describir al menos dos de cada uno de ellos. Para las Instituciones con Atención Hospitalaria: Las instituciones deben aplicar las normas técnicas y guías de atención vigentes para la atención del parto y del recién nacido que garantice los derechos de la madre y el niño a una atención con calidad y calidez, respetuosa, amable, libre de intervenciones médicas innecesarias, el contacto piel a piel con la niña o niño recién nacido sano y el inicio temprano de la lactancia materna. El protocolo deberá incluir la atención eficiente y no discriminatoria de la gestante con resultado VIH positivo. El personal de salud deberá permitir y facilitar la presencia del esposo o compañero en el parto, o en su defecto, de un acompañante que le dé apoyo continuo durante el trabajo de parto y el parto. El personal de salud de salas de trabajo de parto y de partos informa que orienta a las madres sobre sus derechos, los procedimientos a seguir y los servicios a los que puede acceder durante el trabajo de parto, parto y puerperio, incluyendo el parto acompañado del padre de la niña o niño recién nacido o de un acompañante significativo para la madre, si ella lo desea; exámenes de laboratorio, contacto piel a piel con el hijo o hija durante al menos quince minutos e inicio del amamantamiento en la primera media hora de vida (en caso de recién nacidos sanos), vacunación y derecho del recién nacido al nombre y registro civil desde el nacimiento. De una muestra seleccionada al azar del personal de salud del servicio de maternidad, (máximo diez personas) el 80% de los entrevistados explica los procedimientos institucionales para garantizar la atención del trabajo de parto y el parto con calidad y calidez: utilización de historia clínica perinatal y partograma, test de APGAR, secado de la niña o niño recién nacido, pinzamiento del cordón y contacto inmediato piel a piel con la madre e inicio del amamantamiento en la primera media hora de vida y permisión del parto acompañado del padre del/la bebé recién nacido.

19 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 19/51 De las gestantes entrevistadas (seleccionadas con más de 24 semanas de gestación, que hayan asistido a tres o más controles en la consulta de riesgo o que se encuentren hospitalizadas) por lo menos el 80% deberá tener información clara y precisa sobre los procedimientos que se realizan durante el parto y posterior a él. De las mujeres con parto vaginal sin anestesia general entrevistadas (máximo diez), por lo menos el 80% confirma que su bebé fue colocado en contacto piel a piel inmediatamente después del nacimiento y que se inició la lactancia materna dentro de la siguiente media hora al nacimiento. De las mujeres con parto por cesárea y anestesia general entrevistadas, mínimo el 60% debe reportar que sus bebés fueron colocados en contacto piel a piel e iniciaron la lactancia materna tan pronto como ellas estuvieron alertas y en capacidad de responder PASO V MOSTRAR A LAS MADRES COMO SE DEBE DAR DE MAMAR AL NIÑO Y COMO MANTENER LA LACTANCIA AÚN EN CONDICIONES DE FORZOSA SEPARACIÓN. El personal de salud de salas de maternidad y puerperio brindan información a las madres, a los padres u otro familiar sobre prácticas específicas de cuidado de los recién nacidos que incluyen: amamantamiento, higiene, descanso, vínculo afectivo, estimulación adecuada, primeras vacunas, signos y síntomas de alarma sobre el estado de salud y bienestar, importancia de asistir a la consulta de recién nacido, a la consulta de consejería en lactancia y al control de crecimiento y desarrollo. Así mismo, el personal de salud pondrá especial atención en explicar a las madres, padres y familiares acerca de la importancia del registro civil de niñas y niños al nacimiento para acceder a los demás derechos: aseguramiento, salud, vacunación, protección y participación y la forma mediante la cual la institución facilita su trámite. El personal de salud de estos servicios informa, orienta y brinda apoyo a las madres para lograr su adecuada nutrición durante la lactancia, acorde con las Guías Alimentarias específicas para este periodo. La institución aplica estrategias de intervención oportuna en caso de riesgo o de desnutrición materna y en casos críticos las remite a programas de complementación alimentaria.

20 Fecha: 2009/01/28 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 20/51 Este mismo personal proporcionará información y atención efectiva a las madres, padres y familias sobre la importancia de la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses de vida y con alimentación complementaria adecuada hasta los dos años y más, técnicas de amamantamiento, (posición, agarre, respiración, succión, deglución), razones médicas aceptables para prescribir alimentos diferentes a la leche materna, extracción y conservación de la leche materna, mantenimiento de la lactancia materna incluso en casos de separación forzada como hospitalización y trabajo fuera del hogar, y su suministro con taza o cucharita. Para el caso de familias con niños y niñas en situaciones especiales (prematurez, bajo peso al nacer, madres adolescentes, discapacidad, labio y paladar fisurado, etc.), la institución cuenta con estrategias verificables para ofrecer orientación y ayuda efectiva a las madres en la práctica de la lactancia materna y en los cuidados especiales a sus hijas e hijos. En el caso de gestantes y madres con resultado VIH positivo, la institución cuenta con una estrategia de asesoría nutricional que les permita tomar una decisión informada sobre el tipo de alimentación que debe recibir su niño o niña, y garantizar un estricto seguimiento para reducir al mínimo los riesgos de la alimentación elegida 6. Un criterio de evaluación es que las madres con resultado VIH positivo y con hijos lactantes confirmen haber recibido asesoría sobre la alimentación infantil, información sobre la importancia del seguimiento nutricional por parte de la institución y no sentirse discriminadas ni excluidas en el trato que reciben en la institución. Las instituciones que cuentan con zonas para la preparación de fórmulas infantiles y para extracción manual de la leche materna y su conservación cambian la denominación de zona lactarios por salas de lactancia. De una muestra seleccionada (máximo diez) de miembros del personal de salud de salas de maternidad y otros servicios que brindan atención a madres, niños y niñas, por lo menos el 80% debe informar que brinda orientación y ayuda efectiva a las madres, padres y familias en el cuidado de salud y nutrición de los niños y niñas sanos y enfermos y el estado de salud y bienestar de la puérpera (se verificarán las recomendaciones al egreso del binomio madre- hija- hijo recién nacido tales como: autocuidado materno, signos y síntomas de alarma tanto de la madre como de su hija- hijo, importancia del registro civil, alimentación al seno, extracción manual y conservación de la leche materna, en caso de separación cómo suministrar la leche materna con taza o cucharita, vacunación, coloración de piel y mucosas, deposiciones, higiene, sueño, vínculo afectivo). Este mismo personal esta en capacidad de hacer una demostración de la forma en que enseña a extraer la leche materna y la ofrece a las niñas y niños con taza y cuchara. De una muestra de madres entrevistadas (máximo diez) en los diferentes servicios de maternidad y otros servicios que brindan atención a madres, niños y niñas (pediatría, urgencias, consulta externa, hospitalización, vacunación, crecimiento y desarrollo), por lo menos el 80% deberá informar que el personal de salud de la institución les explicó sobre su autocuidado, signos de alarma tanto suyos como de su hija- hijo, la importancia de la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida y con alimentación complementaria adecuada hasta los dos años de edad y más, las técnicas de amamantamiento y extracción manual y conservación de la leche materna, primeras vacunas, vinculo afectivo, pautas de crianza, estimulación adecuada y oportuna, importancia de la asistencia al control post parto tanto suyo como de su hijahijo en los primeros siete días, y a los controles de crecimiento y desarrollo a partir del primer mes de vida. Estas mismas madres están en capacidad de demostrar cómo colocar correctamente el niño- niña al seno, extraerse la leche y administrarla con taza o cuchara, conocen sobre la duración óptima de la lactancia materna, qué hacer para mantener la lactancia si ellas trabajan y la técnica de conservación. 6 El Acuerdo336 de 2006 del CNSSS incluyó dentro del POS los medicamentos, las pruebas de VIH y las leches de fórmula para la alimentación de niñas y niños hijos de madres con resultado VIH positivo.

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