PLAN DE TRABAJO DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN. I.E.S. ISABEL DE ESPAÑA Curso 2017/2018

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1 PLAN DE TRABAJO DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN I.E.S. ISABEL DE ESPAÑA Curso 207/208

2 ÍNDICE. Introducción Profesorado que compone el Departamento de orientación Características del centro Análisis de necesidades y priorización de actuaciones Planificación de actuaciones Reuniones de coordinación Horario del orientador Plan de Trabajo de las profesoras de apoyo a las NEAE Seguimiento y evaluación del Plan de Trabajo Anexo I: Plan de Trabajo de las profesoras de apoyo a las NEAE..22 2

3 . INTRODUCCIÓN La concepción de la orientación como actividad educativa, de la que es responsable todo el profesorado, no está reñida con la asignación de su coordinación a alguno de los profesores de cada grupo de alumnos. La necesidad de esta figura deriva de la pluralidad de profesores que da respuesta a los diferentes grupos de alumnos, la variedad de los objetivos educativos a conseguir y el funcionamiento complejo de los centros de Secundaria. Con la designación de tutor se pretende personalizar y dar sistematicidad a los procesos de enseñanza-aprendizaje. Siguiendo las directrices de "Orientación y Tutoría. Secundaria Obligatoria" (MEC, Orientación y Tutoría. Secundaria Obligatoria. Materiales para la Reforma, Madrid, 992) los ejes de intervención o líneas generales serán: "Enseñar a pensar". Actividades para mejorar la capacidad de aprender y pensar en los alumnos: técnicas de trabajo intelectual, organización de tiempos y horarios, autoevaluación "Enseñar a ser persona". Ayudar a los alumnos en la construcción de su identidad personal. Autoestima, adquisición de valores "Enseñar a convivir". Desarrollar en los alumnos las capacidades sociales básicas para una buena convivencia. Técnicas dinámica de grupo, habilidades sociales "Enseñar a comportarse". Contribuir a que los alumnos mejoren su capacidad de adaptación escolar y social. Respeto a las normas de convivencia, desarrollo de la solidaridad y cooperación "Enseñar a decidirse". Enseñar y aprender a tomar decisiones profesionales. Orientación académica y profesional. Estos cinco ejes de intervención estarán además impregnados de los llamados Temas Transversales: a. Educación Moral y Cívica b. Educación Ambiental c. Educación del Consumidor d. Educación para la Paz 3

4 e. Educación para la Salud f. Educación Sexual g. Educación para la Igualdad de Oportunidades de Ambos Sexos h. Educación Vial. El Plan de Acción Tutorial y Orientación Profesional del centro recoge las líneas generales de trabajo con el alumnado priorizadas atendiendo a las necesidades que presente. Para ello, precisa del aprobado del Claustro de Profesores, después de ser elaborado con la participación de los Tutores y Jefatura de Estudios, así como con la colaboración del Departamento de Orientación. El documento recoge contenidos para que el Tutor/a, dentro de sus funciones, pueda desarrollar los distintos ámbitos de su actuación con alumnos, familias y equipos docentes, así como la planificación propuesta para el curso escolar, con la flexibilidad debida, para dar respuesta a las necesidades de cada grupo de alumnos. En definitiva, el Plan de Acción Tutorial y Orientación Profesional contiene los siguientes apartados: - Los objetivos, competencias, y contenidos que se abordarán desde la tutoría de manera adecuada a las necesidades del alumnado. - Las acciones que corresponden al tutor-a con respecto al alumnado, equipo docente, familias y otros. - La planificación de dichas acciones a lo largo del curso escolar. - Los criterios de evaluación del propio plan. El PATy OP del curso se elabora considerando como criterios las memorias realizadas por los profesores tutores acerca de la acción tutorial desarrollada 4

5 en el curso anterior, las propuestas del Equipo Directivo, de la CCP, etc., en función de un diagnóstico previo de las necesidades educativas y atendiendo a lo establecido por la normativa vigente para posibilitar el trabajo coordinado con el profesorado en general del centro y específicamente para colaborar con el profesorado tutor en el desarrollo de sus funciones como tal, a saber: - El DECRETO 8/200, de 8 de julio (BOC de 22 de Julio de 200), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, expresa que el proyecto educativo es el documento institucional de la comunidad educativa que recoge los principios que fundamentan, dan sentido y orientan las decisiones que generan y vertebran los diferentes proyectos, planes y actividades del centro. El proyecto educativo deberá incluir medidas para promover valores de igualdad, interculturalidad, prevención y resolución pacífica de conflictos erradicando la violencia de las aulas. 2 Del Departamento de orientación. Artículo La orientación educativa y la intervención psicopedagógica constituyen un elemento inherente a la propia educación, inseparable de toda acción educativa y que afecta al conjunto de toda la comunidad escolar. El departamento de orientación es el órgano donde se articulan las funciones de orientación y tutoría, así como una oferta curricular adaptada y diversificada. 2. En educación primaria estas funciones se asumen por la comisión de coordinación pedagógica. 3. El departamento de orientación estará integrado, al menos, por los siguientes componentes: a) El orientador u orientadora que intervenga en el centro. b) El profesorado especialista para la atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. c) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito socio-lingüístico designado por la dirección a propuesta del Claustro. 5

6 d) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito científico-tecnológico designado por la dirección a propuesta del Claustro. e) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica de formación profesional. f) Podrá incorporarse al departamento de orientación un miembro del claustro que realice las tareas de información y orientación vinculadas al empleo. 4. La jefatura del departamento de orientación será ejercida preferentemente por el orientador o la orientadora del centro, y deberá dirigir y coordinar el plan de trabajo del departamento y la memoria final, en estrecha colaboración con el equipo directivo y siguiendo las directrices que, a propuesta de la comisión de coordinación pedagógica, hayan sido aprobadas por el Claustro. También deberá asumir la adquisición y mantenimiento del material que se le asigne. 5. En caso de baja o ausencia temporal reglamentaria de la persona que ejerza la jefatura del departamento de orientación, ejercerá sus funciones por suplencia uno de sus miembros que será designado por la dirección, oído el departamento que podrá formular propuesta no vinculante. Competencias del departamento de orientación. Artículo 29.- a) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica, la concreción de la acción tutorial y de la orientación académica y profesional, así como del plan de atención a la diversidad. b) Establecer procesos de identificación, actualización, seguimiento e intervención psicopedagógica para la respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. c) Proponer a la comisión de coordinación pedagógica los criterios y procedimientos para la realización de adaptaciones curriculares. Asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y a los equipos docentes en el desarrollo de medidas de atención a la diversidad. d) Realizar los informes que corresponden al departamento. e) Cumplimentar los documentos que orienten la respuesta educativa y las propuestas 6

7 de atención a la diversidad. f) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente. - Art. 39, 3, apartado g : el PEC deberá contener la acción tutorial dirigida a orientar al alumnado en su proceso de aprendizaje académico y profesional, fomentando la capacidad de elegir de acuerdo con sus intereses, capacidades y su situación personal, para que desarrolle competencias de gestión autónoma de su trayectoria profesional desde la perspectiva del empleo, del autoempleo y del aprendizaje a lo largo de la vida, generar relaciones fluidas entre el alumnado y la institución escolar, así como entre la escuela y la familia y desarrollar en el alumnado competencias participativas y de construcción de valores. - Artículo 36, sobre Equipos docentes de grupo:. Los equipos docentes de grupo estarán constituidos por el profesorado que enseña a cada grupo que organiza el centro en cada uno de los niveles educativos que imparte. Serán coordinados por el profesorado tutor, que será designado por la dirección del centro a propuesta motivada de la jefatura de estudios. 2. Son atribuciones del profesorado tutor de grupo: a) Informar al equipo docente de las características del grupo al comienzo del curso escolar y de cualquier aspecto que se considere relevante a lo largo del curso. b) Garantizar el desarrollo de la acción tutorial y de la orientación académica y profesional del alumnado en colaboración con el orientador u orientadora y bajo la coordinación de la jefatura de estudios. c) Llevar a cabo el seguimiento de la evolución del alumnado y promover acciones que favorezcan la corresponsabilidad y el cumplimiento de compromisos educativos entre las familias y el centro educativo. d) Controlar las faltas de asistencia y puntualidad y comunicar éstas y otras incidencias a la jefatura de estudios y a las familias. 7

8 e) Coordinar las medidas necesarias a fin de garantizar un buen clima de convivencia en el grupo. f) Coordinar la intervención educativa del personal docente que incide en el grupo propiciando el trabajo colaborativo entre los miembros del equipo. g) Dirigir las sesiones de evaluación del grupo y cumplimentar los documentos de evaluación establecidos en la normativa vigente. h) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente. - Artículo 37, de las Competencias de los equipos docentes de grupo : La función principal de los equipos docentes de grupo es la de evaluar los procesos de enseñanza y de aprendizaje del alumnado del grupo. Además, tendrán las siguientes competencias: a) Llevar a cabo el seguimiento del alumnado y establecer las medidas necesarias para mejorar su desarrollo personal, escolar y social. b) Analizar las características del grupo y adoptar medidas que favorezcan la convivencia, evitando cualquier tipo de discriminación por razón de discapacidad, de género o de procedencia. c) Coordinarse con el departamento de orientación en el seguimiento del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. d) Adoptar las decisiones de promoción al final de cada ciclo en los centros que imparten educación infantil y educación primaria, teniendo en cuenta los criterios aprobados por el claustro, a propuesta de la comisión de coordinación pedagógica. e) Decidir la promoción y, en su caso, la titulación al final de cada curso, en los centros que imparten educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional. f) Colaborar con la comisión de actividades extraescolares y complementarias en la programación y desarrollo de actividades. g) Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente. También se tiene en cuenta, el TEXTO CONSOLIDADO LOGSE-LOMCE (Última 8

9 modificación: 0/2/203) que se extracta y figura al final en marco normativo. Del mismo modo, se considera la LEY 6/204, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, BOC 7/08/204, que entró en vigor el de septiembre de 204, a la espera de sus desarrollos normativos, de la que se expone un extracto relacionado al final en marco normativo. Complementariamente, para la realización de este Plan de Trabajo del Departamento de Orientación del IES Isabel de España para el curso se ha tenido en cuenta entre otros los siguientes referentes normativos: LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. LOMCE Ley Orgánica 8/203, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. DECRETO 23/ 95, de 24 de febrero por el que se regula la Orientación Educativa en la Comunidad Autónoma de Canarias. DECRETO 27/2007, de 24 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Canarias. ORDEN de 7 de junio de 2007, por la que se regulan las Medidas de Atención a la Diversidad en la enseñanza básica en la Comunidad Autónoma Canaria. ORDEN 7 noviembre de 2007, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa la enseñanza básica y se establecen los requisitos para la obtención del Título de graduado en ESO. ORDEN de 4 de marzo de 2008, por la que se establecen los currículos de los ámbitos de las materias de Lengua extranjera (Inglés) de los PDC, así como las orientaciones curriculares de los Programas de Refuerzo reguladas en la Orden 7de junio de RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2008, por la que se regulan las Medidas de Atención a la Diversidad, de carácter extraordinario e intervención en grupos de alumnos/as. (Diversificación) 9

10 DECRETO 04/200, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias. ORDEN de de septiembre de 200, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos de zona y específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias. ORDEN de 3 de diciembre de 200, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias. RESOLUCIÓN de la DGOIPE de 9 de febrero de 20, por la que se dictan instrucciones sobre los procedimientos y los plazos para la atención educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Canarias. RESOLUCIÓN de la DGOIPE.Resolución de 3 de agosto de 202 de la Directora General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, por la que se dictan instrucciones complementarias a la Orden de de septiembre de 200, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos de zona y específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Orden de 3 de diciembre de 200, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la comunidad Autónoma de Canarias. RESOLUCIÓN n.º de la Viceconsejería de Educación y Universidades por la que se dictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso Resolución de 3 de agosto de 202, de la Dirección General de Ordenación, innovación y promoción educativa por la que se dictan instrucciones complementarias a la Orden de de septiembre de 200, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica de zona y específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Orden de 3 de diciembre de 200, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias.

11 Funciones de los EOEP de zona Colaborar en los diferentes procesos de concreción curricular. Valorar las necesidades educativas especiales del alumnado, asesorando en la respuesta educativa más adecuada, participando en el seguimiento del proceso de estos alumnos y alumnas. Asesorar a los centros y colaborar en la orientación individual y grupal del alumnado, participando, entre otros, en los diseños de los planes de Acción Tutorial (PAT), Orientación Profesional, Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) y Acciones Compensadoras de la Educación (ACE). Colaborar con el tutor y la tutora en el asesoramiento a las familias sobre el proceso educativo de sus hijos e hijas, colaborando en el desarrollo de relaciones cooperativas entre los miembros de la Comunidad Educativa. Colaborar con las familias, asociaciones de padres y madres del alumnado, asociaciones de alumnos y alumnas y otras organizaciones sociales, en aquellos aspectos que redunden en el proceso educativo del alumnado. Colaborar con los centros educativos y otras instituciones en los procesos de formación de los profesionales de la educación de su sector. Promover y desarrollar trabajos de investigación. Elaborar y difundir temas y materiales relacionados con los procesos educativos. Coordinarse con otras instituciones y servicios que incidan en su ámbito de actuación. Favorecer la colaboración que posibilite la coordinación de actuaciones entre los diferentes centros educativos del sector. Colaborar en la elaboración del mapa de necesidades educativas con el fin de racionalizar los recursos disponibles. Colaborar con las instituciones que tengan competencias en la resolución del absentismo escolar Resumidamente, la Acción tutorial pretende colaborar para el desarrollo, principalmente, de tres competencias básicas, relacionado con los programas, planes y proyectos del centro:

12 . Competencia social y ciudadana 2. Competencia para aprender a aprender 3. Autonomía e iniciativa personal ELEMENTOS FORMATIVOS DE LA ACCIÓN TUTORIAL RELACIONADOS CON LAS COMPETENCIAS BÁSICAS ELEMENTOS FORMATIVOS Autoconcepto y autoestima Educación emocional, afectiva y sexual Habilidades sociales Hábitos de vida saludable Coeducación Educación medioambiental y para el consumo Uso racional y crítico de las TIC Aprendizaje de una ciudadanía democrática Cooperación y tolerancia Educación para la paz y la resolución pacífica de conflictos Utilización del tiempo libre Técnicas de estudio y de trabajo intelectual Comprensión lectora y animación a la lectura Mejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo a la adquisición de hábitos de estudio. Exploración de los propios intereses Conocimiento del Sistema Educativo y de las salidas académicas Educar en la igualdad de género para la futura elección de estudios y profesiones La toma de decisiones Conocimiento del mundo laboral y las salidas laborales COMPETENCIAS BÁSICAS Social y ciudadana Aprender a aprender Autonomía e iniciativa personal 2. PROFESORADO QUE COMPONE EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN La actuación del departamento de orientación según D.8/200, de 8 de julio. Art. 28. Recoge:. La orientación educativa y la intervención psicopedagógica constituyen un elemento inherente a la propia educación, inseparable de toda acción educativa y que afecta al

13 conjunto de toda la comunidad escolar. El departamento de orientación es el órgano donde se articulan las funciones de orientación y tutoría, así como una oferta curricular adaptada y diversificada. 2. El departamento de orientación estará integrado, al menos, por los siguientes componentes: a) El orientador u orientadora que intervenga en el centro. b) El profesorado especialista para la atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. c) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito socio-lingüístico designado por la dirección a propuesta del Claustro. d) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica del ámbito científico-tecnológico designado por la dirección a propuesta del Claustro. e) Un profesor o profesora de los departamentos de coordinación didáctica de formación profesional. f) Podrá incorporarse al departamento de orientación un miembro del claustro que realice las tareas de información y orientación vinculadas al empleo. Los componentes del Departamento de orientación son: Jefe de Estudios: Antonio Expósito Dorta Coordinadora del ámbito socio-lingüístico: Dácil María Martel Acosta Coordinador del ámbito científico-tecnológico: Hermelinda Pujol Yánez Profesorado de apoyo a las NEAE: Elisa Isabel Quevedo Betancor Elías Déniz Domínguez

14 Alicia Antúnez Espino Abraham Díaz Molina Jefe de Departamento José Manuel Yanes Cedrés. 3. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO El Centro cuenta en el presente curso académico con los siguientes grupos: - Cuatro grupos de º de ESO - Cuatro grupos de 2º de ESO. - Tres grupos de 3º de ESO y un grupo de 2º PMAR - Cuatro grupos de 4º de ESO. - Siete grupos de º Bachiller diurnos y dos nocturnos. - Seis grupos de 2º Bachiller diurnos y dos nocturnos - Dos grupos º PFPA Administración y Gestión. - Un grupo de 2º PFPA Administración y Gestión. En Cuanto a las medidas de atención a la diversidad con las que cuenta el Centro para el curso , se distribuyen de la siguiente forma: MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD GRUPOS PMAR PROFESORES APOYO A LAS NEAE º ESO X 2º ESO X 3º ESO X 4º ESO

15 4. ANÁLISIS DE NECESIDADES Y PRIORIZACIÓN DE ACTUACIONES La Resolución de 2 de septiembre de 200, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa por la que se dictan instrucciones de organización y funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógicos de Zona y Específicos, plantea líneas prioritarias de actuación: Línea. Establecimiento de medidas de prevención y refuerzo educativo para la lectura, la escritura y las matemáticas en E. Primaria, especialmente la comprensión lectora y la expresión escrita. Línea 2. Mejora de la formación de padres y madres, con la finalidad que las familias puedan participar, de forma activa, en el proceso educativo de sus hijos. Línea 3. Adecuación de la oferta a las necesidades del mercado laboral para facilitar el acceso de nuestros jóvenes a un puesto de trabajo, adaptándonos en tiempo y forma a la normativa europea en Formación Profesional y Educación Superior. Línea 4. Mejora de la convivencia y el clima escolar en los centros. Línea 5. Intensificar el uso educativo de tecnologías de la comunicación y de la información en el aula. Línea 6. Incrementar el número de alumnos y alumnas que se gradúan en la ESO y continúan cursando la enseñanza pos obligatoria (bachillerato y formación profesional) mediante medidas de atención a la diversidad. Línea 7. Facilitar el desarrollo curricular y metodológico de la LOMCE y su traslado a la práctica docente, especialmente en todo lo relacionado con las competencias básicas. Línea 8. Fomentar y dinamizar la educación en valores en la práctica educativa. Además de mencionar otras prioridades:

16 El asesoramiento sobre las adaptaciones curriculares y las competencias básicas por parte de los orientadores y orientadoras de zona y específicos al profesorado especialista, al tutor y a los equipos docentes. En las tareas de trabajo social se priorizaran las actuaciones atendiendo a los siguientes criterios en este orden: a) colaborar en la prevención y detección en las situaciones de riesgo y desamparo de la población infanto- juvenil en su ámbito de EOEP; b) participar en la valoración de los escolares con necesidades educativas especiales y en aquellas otras necesidades específicas de apoyo educativo (en adelante, NEAE) que se determinen; c) otras derivadas de las prioridades establecidas en esta Resolución en lo referente a las familias. 5. PLANIFICACIÓN DE ACTUACIONES. 5. Actuaciones por ámbitos de actuación. ÁMBITOS DE ACTUACIÓN. Plan de Acción Tutorial 2. Atención a la diversidad INTERVENCIONES.. Colaboración con los tutores/as en la elaboración y/o revisión del P.A.T..2. Orientación Académica y Profesional. (LOMCE).3. Asesoramiento en la preparación de las tutorías. 2.. Actualización de informes psicopedagógicos Valoración y seguimiento del alumnado con NEAE Coordinación con los tutores/as y profesorado de apoyo a las NEAE Atención directa al alumnado para su asesoramiento y propuesta de medidas educativas RESPONSABLES Tutores/as Jefatura de Estudios Dpto. de Orientación Dpto. de Orientación (profesorado de apoyo a las NEAE y orientadora) EOEP

17 si procede Seguimiento de las medidas de atención a la diversidad. 2.6 Realización de informes para derivar alumnado a PMAR,PFPB Colaboración con los tutores y equipos docentes de los alumnos/as que presenten dificultades de conducta e intervención con las familias: conocer situación del alumno/a y acciones realizadas; entrevistas con el tutor/a, Equipo Docente, familia, alumno,... 3.Asesoramiento Organizativo y Curricular. 4.Asesoramiento Familiar y a la Comunidad Educativa. 3.. Coordinación con el Equipo Directivo Coordinación con la Etapa de Primaria Colaboración en la CCP en los aspectos psicopedagógicos del proyecto educativo Asesoramiento e información en la implantación de la normativa nueva LOMCE Participación en el trabajo por ámbitos para el desarrollo de situaciones de aprendizajes interdisciplinares, y desarrollo de la metodología de trabajo colaborativo. 4.. Atención directa a Padres y Madres del alumnado que lo solicite Colaborar en el seguimiento del Absentismo Colaborar con los tutores en la atención y la participación de los padres y las madres en la vida del centro Planificar y desarrollar reuniones con la familia por niveles educativos para el trabajo Equipo Directivo CCP Dpto. de Orientación (profesores de ámbitos, orientador, jefa de estudio) Dpto. de Orientación Tutores/as

18 de la orientación académica y profesional. 5.2 Otras actuaciones: Coordinación con el EOEP de Zona, y con los Equipos Específicos. Coordinación de las actuaciones con los otros componentes del EOEP de zona. Coordinación con los Equipos Específicos. Los responsables son la Orientadora, los componentes del EOEP de zona que interviene y los Componentes de los Equipos Específicos. Docencia Responsable profesorado de apoyo a las NEAE. Jefatura de Departamento Dirigir y coordinar las actividades del departamento, realizar su planificación y la memoria final de curso, así como organizar los espacios e instalaciones del departamento, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al mismo y velar por su mantenimiento. Proporcionar al alumnado la información relativa a las actividades del departamento. Levantar acta de las sesiones de Reunión del Departamento de Orientación. Coordinar tareas de cada miembro del Departamento. Custodiar los documentos oficiales y materiales del Departamento. Velar por el buen Funcionamiento del Departamento y potenciar la labor del mismo Responsable: Jefe/a del Departamento. 6. REUNIONES DE COORDINACIÓN Y TEMPORALIZACIÓN El Departamento de Orientación requiere de una organización y una coordinación, no sólo entre sus miembros sino entre todos los demás sectores de la comunidad

19 educativa. Las reuniones en las que participan los miembros del Departamento de Orientación para desarrollar la presente planificación se establecen de la siguiente manera: ORIENTADOR: Departamento de orientación: Semanal Tutores/as: Semanal Comisión de Coordinación Pedagógica: Semanal Coordinación con el profesorado de apoyo a las NEAE: Semanal Reuniones de los Equipos Docentes: A determinar por Jefatura de Estudios. Atención a familias: Semanal. Atención alumnado: Semanal. Con el EOEP de zona: º jueves de mes Plenarios, 2º jueves de mes Reuniones de Coordinación por Etapas, 3º jueves tareas de coordinación del EOEP y 4º jueves de mes tareas de coordinación del EOEP. Este curso escolar la orientadora del IES asume las tareas de Coordinación del EOEP La Vega de San José. Con Servicios concurrentes: Según necesidad. Otras reuniones de coordinación: Puntuales COORDINADORAS DE AMBITO Con la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) una hora semanal. Con los Jefes de Departamentos por ámbitos: una hora al mes, en el horario destinado a la CCP. Las profesoras de ámbito tendrán sesiones de trabajo conjuntas para elaborar material y otras funciones, si procede. Coordinación con los profesores que impartan materias de su ámbito para elaborar Adaptaciones Curriculares y realizar el diseño o seguimiento. PROFESORAS DE APOYO A LAS NEAE

20 VER ANEXOS 7. HORARIO DEL ORIENTADOR El horario personal del Orientador para el curso se organiza de la siguiente forma: Horas Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes 8:30-9:25 DEPT. EOEP ZONA ORIENTACIÓN 9:25-0:20 DPTO. ORIENTACIÓN DPTO. ORIENTACIÓN EOEP CONVIVENCIA 0:20-:5 TUTORÍA TUTORÍA TUTORÍA AMBITOS :5-:45 PC TUTORÍA CONVIVENCIA TUTORIA :45-2:40 TUTORÍA DPTO. ORIENTACIÓN FAMILIAS 2:40-3:35 ALUMNADO TUTORÍA 3:35 4:30 * Los primeros jueves de mes: Reunión Plenario en el CEIP Aguadulce * Los terceros jueves de mes: Reunión por Etapas Educativa, en el CEIP Aguadulce * Los segundos y cuartos jueves de mes se dedicaran a las tareas propias de Coordinación del EOEP: concertados, informes, etc. 8. PLAN DE TRABAJO DE LAS PROFESORAS DE APOYO A LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO. Se anexa el plan de trabajo de las profesoras de apoyo a las necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 207/ SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO En la Resolución de organización y funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógicos de Zona y Específicos se recoge que el Plan de trabajo se 2

21 someterá al calendario establecido para la evaluación y seguimiento de la Programación General Anual del Centro, al estar incluido en esta. A lo largo del curso podrán establecerse a este plan de trabajo las modificaciones que se consideren oportunas en función de los seguimientos realizados. En las reuniones al final del periodo lectivo ordinario se llevará a cabo la evaluación del Plan de Trabajo y la elaboración de la memoria final del curso. En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de octubre de 207 Fdo: Jefa del Departamento. Jose Manuel Yanes Cedrés ANEXOS 2

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