MANUAL DEL PROCESO DE REGULARIZACIÓN DE BIENES INMUEBLES CS-STGB-03-P01

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1 MANUAL DEL PROCESO DE REGULARIZACIÓN DE BIENES INMUEBLES CS-STGB-03-P01 Versión /10/2014

2 Página: Página 1 de 20 Contenido 1. INFORMACIÓN BÁSICA LINEAMIENTOS DEL PROCESO GLOSARIO DE TÉRMINOS ROLES DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCESO PROCEDIMIENTOS DEL PROCESO DE PROPÓSITO ALCANCE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES INDICADORES... 19

3 Página: Página 2 de INFORMACIÓN BÁSICA Proceso Código del Proceso CS-STGB-03-P01 PROPÓSITO: Efectivizar la regularización de los bienes s a favor de INMOBILIAR e Instituciones Públicas dentro del ámbito de acción, así como gestionar y asesorar en la regularización de bienes s posterior a la venta de la cuota de participación estatal de conformidad con el Marco Legal vigente. DISPARADOR: Leyes Decretos Ejecutivos Disposición de la Máxima Autoridad ENTRADAS: Descripción Resolución administrativa (en casos de donación y venta de cuota de participación estatal) Sentencia protocolizada (en casos de expropiación, cuando existe desacuerdo en el precio del bien ) Actas de acuerdo (en casos de expropiación, cuando existe acuerdo en el precio del bien ) Sentencia ejecutoriada favorable para INMOBILIAR (en casos de sucesiones intestadas) Ficha jurídica del que determine la viabilidad de aplicación del Decreto Ejecutivo 435 (en casos de proceso de Uso Correcto y Eficiente de bienes s, y proceso de Atención a requerimientos de dotación de infraestructura de la Dirección Gestión y Análisis de Inmuebles) ACTIVIDADES PRINCIPALES Revisar expediente Realizar trámite de transferencia de dominio en el Municipio. Realizar trámite notarial Realizar trámite de inscripción de escritura pública en Registro de la Propiedad

4 Página: Página 3 de 20 PROCESOS RELACIONADOS Proceso de Expropiación de Inmuebles Proceso de Sucesiones Intestadas Proceso de Atención a Requerimientos de dotación de infraestructura Proceso de Uso Correcto y Eficiente de bienes s Productos / Servicios del Proceso Tipo de Proceso Responsables del Subproceso Tipo del cliente Marco Legal -Escrituras de bienes s (legalizadas a nombre de INMOBILIAR y/o Instituciones Públicas requirentes dentro del ámbito de acción) -Asesoramiento en la regularización de bienes s posterior a la venta de la cuota de participación estatal a la ciudadanía Sustantivo Cliente Interno y externo Constitución de la República del Ecuador Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de del Sector Público Ley Reformatoria a la Ley de Administración de Código Civil Ley Orgánica del Sistema Contratación Pública Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública Decreto Ejecutivo Nro. 798 Funciones INMOBILIAR Decreto Ejecutivo Nro. 560 Transferencia de bienes del BCE Decreto Ejecutivo Nro. 435 Transferencia de Dominio de aquellos bienes que no son usados en sus funciones principales Decreto Ejecutivo Nro. 50 Secretaría a Servicio Decreto Ejecutivo Nro. 52 Transferencia de bienes del BCE Decreto Ejecutivo Nro Intestados Reforma de Ley de Lavado de Activos Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (art. 104 Transferencia de Inmuebles CONSEP) RESOLUCIÓN-INMOBILIAR-DSI

5 Página: Página 4 de LINEAMIENTOS DEL PROCESO El proceso de Regularización de Inmuebles requiere considerar los siguientes lineamientos en los procesos: Lineamientos Generales.- INMOBILIAR realizará el proceso de regularización de los bienes s que se encuentren dentro de su ámbito de acción contemplado en el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo 798. En el caso de que los bienes s a ser transferidos a INMOBILIAR posean contratos de arrendamiento (verbal o escrito), se deberá proceder con el desahucio hasta 30 días después de la inscripción de la escritura pública de transferencia del en el Registro de la Propiedad. Si la Dirección Derechos Litigiosos determina que un bien debe ser transferido a INMOBILIAR por una sentencia favorable, el expediente junto con la sentencia protocolizada será entregado a la Dirección Regularización de para su regularización. Lineamientos Específicos.- Regularización de bienes s por donación, dentro del ámbito de acción de INMOBILIAR: Las Entidades Públicas deben anexar la siguiente documentación: 1. Copia certificada del RUC 2. Copia certificada de escritura pública de adquisición del bien 3. Certificado de Registro contable del bien 4. Certificado de gravámenes actualizado (Registro de la Propiedad) 5. Comprobante de pago de impuesto predial actualizado 6. Copias certificadas de Contratos de arrendamiento o comodato que pesen sobre el bien 7. Copia de Cédula de Ciudadanía, papeleta de votación, nombramiento y/o acción de personal de representante legal 8. Ficha catastral actualizada (Municipio) 9. Resolución de aceptación de transferencia del (de la Entidad Pública) Cuando la transferencia de dominio de los bienes s de las Instituciones Públicas a INMOBILIAR se dé mediante acuerdo interinstitucional, ambas partes firman la misma resolución administrativa. Cuando no se trate de acuerdo interinstitucional, cada una de las partes firmará su resolución respectiva.

6 Página: Página 5 de 20 En los casos de que el bien provenga por Decreto Ejecutivo 435 (Transferencia de Dominio de aquellos bienes que no son usados en sus funciones principales), la Dirección de Gestión y Análisis de Inmuebles entregará una ficha jurídica de viabilidad de aplicación del Decreto Ejecutivo de 435, para iniciar el proceso de regularización del bien. Los instrumentos con los cuales se elabora la minuta son: 1. Resoluciones administrativas de transferencia de dominio 2. Certificado de registro contable del bien 3. Informe técnico jurídico de la Dirección Gestión y Análisis de Inmuebles 4. Y Decretos Ejecutivos referentes a la transferencia del } En el caso de que el Registro de la Propiedad del cantón donde se inscriba el bien solicite el pago al impuesto de donación en el Servicio de Rentas Internas, se deberá realizar el trámite respectivo, considerando que en los casos de donación entre Entidades Públicas existe exoneración de impuestos. Regularización de bienes s por venta de cuota de participación estatal: La Dirección Derechos Litigiosos remite un memorando solicitando que se proceda con la regularización del bien, adjuntando un expediente que incluya los siguientes documentos, mismos que son habilitantes y necesarios para la elaboración de la minuta: 1. Informe técnico sobre diagnóstico para asignación del bien (otorgado por la Dirección Gestión y Análisis de Inmuebles) 2. Resolución de venta de cuota de participación estatal 3. Comprobante de depósito en la cuenta única del Tesoro Nacional 4. Copias de Cédula de Ciudadanía y papeleta de votación de los compradores de la cuota 5. Certificado de gravámenes actualizado (Registro de la Propiedad) 6. Certificado de ventas del Registro de la Propiedad (cuando anteriormente ha intervenido el Ministerio de Defensa) 7. Ficha catastral actualizada (Municipio) 8. Ficha catastral de Copropiedad (Municipio) 9. Declaración del Impuesto a la Herencia (formulario 108 SRI) INMOBILIAR interviene en la emisión de la minuta y el sorteo de la misma en la notaria que corresponda, así como en la suscripción de las escrituras respectivas. El trámite hasta llegar a la inscripción de la misma le corresponde al comprador. Los compradores deben entregar a INMOBILIAR una copia de la escritura inscrita en el Registro de la Propiedad (proceso de Sucesiones Intestadas).

7 Página: Página 6 de 20 Regularización de bienes s por expropiación, para Instituciones Públicas, dentro del ámbito de acción de INMOBILIAR: Para iniciar la regularización del bien es necesario contar con el acta de acuerdo en el que se determina el precio del. La regularización del bien inicia con la elaboración de la minuta. Los instrumentos con los cuales se elabora la minuta son: 1. Informe de avalúo del bien (Municipio) 2. Aval presupuestario (otorgado por la Dirección Planificación e Inversión de INMOBILIAR) 3. Certificación presupuestaria (otorgada por la Dirección Financiera de INMOBILIAR) 4. Informe técnico del bien (otorgado por la Dirección Gestión y Análisis de Inmuebles) 5. Informe jurídico de viabilidad para DUP 6. Declaratoria de Utilidad Pública 7. Acta de acuerdo del precio del bien Cuando exista imposibilidad de acuerdo en el precio del, la Dirección Derechos Litigiosos remitirá a la Dirección la sentencia protocolizada y el expediente, a fin de que se proceda con la regularización. 3. GLOSARIO DE TÉRMINOS Acta entrega recepción de bienes.- Documento legal mediante el cual se recibe un bien de otra institución, y donde se describen las características y especificaciones generales y técnicas del bien. B.I..- Bien Inmueble. C.C..- Cédula de Ciudadanía. Cuota de participación estatal.- Cuota de una porción de bien o bienes muebles e s en la que tiene participación el Estado. CONSEP.- Consejo Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, mismo que genera y acompaña procesos participativos de prevención en el tema de las drogas, con un enfoque centrado en los sujetos y su buen vivir. Desahucio.- Notificación de terminación de contrato de arriendo Donación.- Aquella en la cual se tiene por objeto la transmisión de bienes entre dos partes, la que realiza la disposición gratuita de los bienes que disponga, y el donatario que tiene facultad de

8 Página: Página 7 de 20 aceptarlos o rechazarlos. Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación. DUP.- Declaración de Utilidad Pública. Resolución mediante la cual se determina que un bien es necesario para el beneficio público. Escritura.- Documento público en el que se hace constar ante un notario público una o más declaraciones de las personas que intervienen en un acto o contrato y lo complementan con los requisitos legales propios y específicos de cada acto. Expropiación.- Desposeimiento o privación de la propiedad, por causa de utilidad pública o interés social, a cambio de una indemnización previa. Invasor.- Propietario o tenedor de las tierras invadidas. En caso de comprobarse la invasión se dispone el desalojo inmediato de los invasores. Minuta.- Documento legal que tiene las cláusulas o datos principales de un acto o contrato que debe ser elevado a escritura pública para su plena validez. Transferencia de dominio.- Ceder el bien a una persona natural o jurídica. Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación. UGEDEP.- Unidad de Gestión y Ejecución de Derecho Público. Encargada de llevar a cabo acciones que pretenden obtener la real propiedad de activos cuya venta permita devolver las creencias resultantes de la crisis bancaria. 4. ROLES Analista de.- Ejecuta y da seguimiento a las acciones y trámites legales que se desarrollen bajo la aprobación de la Dirección. Consejo de la Judicatura.- Institución encargada de promocionar un servicio de administración de Justicia eficiente que contribuya a la paz social y a la seguridad jurídica, afianzando la vigencia del Estado constitucional de derechos y justicia. de Normatividad.- Dirige la emisión y difusión de políticas, lineamientos y procedimientos generales para la correcta gestión inmobiliaria, y las reformas y actualizaciones que sean necesarias cuando el caso lo amerite. General.- Administra y lidera los procesos del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público - INMOBILIAR, con la participación de todas las áreas institucionales, con la finalidad de

9 Página: Página 8 de 20 cumplir con la misión y objetivos estratégicos, así como con las disposiciones legales que rigen a la entidad. Derechos Litigiosos.- Dirige y controla los procesos de patrocinio a la Institución, en los procesos judiciales y extrajudiciales en el marco de la gestión de bienes muebles o s que tiene competencia INMOBILIAR. Gestión y Análisis de Inmuebles.- Dirige y controla los procesos de gestión y análisis de bienes s en respuesta a requerimientos de las entidades públicas para la dotación de infraestructura..- Dirige y supervisa acciones legales y trámites pertinentes con la finalidad de efectivizar la dotación de infraestructura requerida por las diferentes entidades del Sector Público. Entidades Públicas externas.- Organismos Públicos pertenecientes a la Administración General del Estado. Especialista de Inmuebles.- Ejecuta y supervisa las acciones y trámites legales que se desarrollen bajo la aprobación de la Dirección. Municipio.- Entidad administrativa que puede agrupar una o varias localidades, y ejerce su gobierno. Notaria.- Entidad autorizada para dar fe de testamentos y otros actos extrajudiciales, conforme a las leyes. Registro de la Propiedad.- Institución Pública que tiene por objeto el registro de la constitución, transmisión, modificación y extinción de los derechos reales sobre bienes s. Registro Oficial.- Órgano del Gobierno del Ecuador que difunde y publica disposiciones legales que regirán a los ciudadanos nacionales y extranjeros que habitan en territorio ecuatoriano. Servicio de Rentas Internas (SRI).- Entidad técnica y autónoma que recauda los tributos internos establecidos por la Ley mediante la aplicación de la Normativa vigente. Subdirector Técnico de Gestión de.- Dirige y coordina la gestión técnica de bienes del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público a partir de las directrices nacionales, sectoriales e institucionales en materia de gestión inmobiliaria.

10 Página: Página 9 de DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCESO

11 Página: Página 10 de PROCEDIMIENTOS DEL PROCESO DE 6.1 PROPÓSITO Establecer las actividades que permitan la regularización de los bienes s a favor de INMOBILIAR e Instituciones Públicas dentro del ámbito de acción, así como gestionar y asesorar en la regularización de bienes s posterior a la venta de la cuota de participación estatal de conformidad con el Marco Legal vigente. 6.2 ALCANCE El proceso de Regularización de Inmuebles abarca desde la recepción de la documentación habilitante proveniente de las diferentes entradas de este proceso, mismas que se encuentran detalladas en el numeral 1. Información Básica del presente Manual hasta la entrega de las escrituras debidamente suscritas en el Registro de la Propiedad a favor de INMOBILIAR y entidades requirentes dentro del ámbito de acción, además de la asesoría en la regularización de bienes s posterior a la venta de la cuota de participación estatal a la ciudadanía. 6.3 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES ACTIVIDAD ROL DESCRIPCIÓN DOCUMENTO Y/O REGISTRO Realizar solicitud de transferencia del bien Cuando se trate de la donación de bienes s en los que INMOBILIAR da inicio a la solicitud, el solicita la transferencia mediante la emisión de una resolución administrativa de trasferencia de dominio. Esta resolución debe ser notificada a la Entidad Pública, es decir, se envía el original de la resolución y se solicita mediante oficio el expediente de los documentos legales para la trasferencia del. Oficio / Resolución administrativa Emitir resolución administrativa Entidades Públicas externas Cuando se trate de donación, la Entidad Pública también puede solicitar la regularización del bien mediante la elaboración de una resolución administrativa en la que se manifieste la voluntad de transferir el bien. Este documento debe ser remitido a la Máxima Autoridad de INMOBILIAR. Resolución administrativa Posteriormente INMOBILIAR emitirá una resolución de aceptación del bien

12 Página: Página 11 de 20. Armar y remitir expediente Entidades Públicas externas Una vez emitida la resolución de transferencia de dominio, la Entidad Pública debe remitir el expediente con los documentos que faciliten la regularización del bien, para las Entidades Públicas. Expediente / Resolución Administrativa Disponer verificación de documentación legal El recibe el expediente que remite la institución que transfiere el bien, y dispone la revisión y verificación al Especialista. Expediente / Resolución Administrativa Analizar y remitir documentación legal Verificar documentación legal Especialista de Inmuebles Analista de El especialista recibe, analiza y remite el expediente. El Analista revisa y verifica que la documentación del expediente contenga toda la documentación necesaria para regularizar el bien. Expediente / Resolución Administrativa Documentación verificada Solicitar documentación faltante Analista de En el caso de que la documentación no esté incompleta, el Analista elabora un oficio, mismo que es revisado por el Especialista de B.I. y firmado por el de Legalización de B.I., donde notifica a la institución que transfiere el bien, que complete la documentación faltante, como por ejemplo: Oficio Pago de impuestos que no estén al día (Municipio). Ficha catastral: actualización de superficie y dimensiones del bien (Municipio). La Entidad Pública debe realizar las gestiones pertinentes en el Municipio o en las entidades correspondientes, para sanear la documentación legal del bien con el fin de efectivizar la transferencia de dominio.

13 Página: Página 12 de 20 Elaborar informe jurídico del Analista de Una vez que el Analista cuenta con la documentación legal completa, procede a elaborar un informe jurídico indicando si el bien puede o no ser trasferido a INMOBILIAR. Cabe recalcar que este informe lo elaborará cuando la Entidad Pública inicie el proceso de regularización del bien mediante la resolución administrativa de trasferencia a favor de INMOBILIAR. Informe jurídico del bien Revisar informe jurídico del Aprobar informe jurídico del Remitir informe jurídico del Especialista de El Especialista revisa el informe jurídico del bien. El revisa y aprueba el informe jurídico del bien. En caso de que no sea viable la transferencia del bien, el remite el informe jurídico al Subdirector Técnico de Gestión de. Informe jurídico del bien Informe jurídicos del bien aprobado Informe jurídico del bien Solicitar directrices respecto al Subdirector Técnico Gestión de de El Subdirector notifica mediante Memorando al General, que no es viable la transferencia del bien a INMOBILIAR, y solicita directrices respecto al proceder del. A la vez, le entrega el informe jurídico respectivo. Memorando / Informe jurídico del bien Disponer directrices respecto al Comunicar informe a Direcciones General El General dispone las Directrices respecto al bien. Si es viable la trasferencia de dominio del a favor INMOBILIAR, el remite el informe jurídico a las siguientes Direcciones para su respectiva gestión: No aplica Memorando / Informe jurídico del bien Dirección Administración de Inmuebles

14 Página: Página 13 de 20 Dirección Gestión y Análisis de Inmuebles Dirección Geoinformación de Inmuebles Emitir resolución de aceptación Analista de Cuando el proceso es iniciado con la emisión de la resolución de transferencia del bien por parte de la Entidad Pública, el Analista elabora una resolución de aceptación. Resolución de aceptación En los casos de acuerdo interinstitucional, no será necesario elaborar la resolución de aceptación. Revisar resolución de aceptación Revisar y aprobar Resolución de Aceptación Suscribir resolución de aceptación Especialista de Subdirector Técnico de Gestión de El Especialista revisa la resolución de aceptación. El revisa y aprueba la resolución de aceptación. El Subdirector Técnico de Gestión de revisa y suscribe la resolución de aceptación, y la envía a la Entidad Pública. Resolución Resolución Resolución Recibir Resolución Solicitar publicación de resolución Entidades Públicas externas de Normatividad La Entidad Pública externa recepta la resolución de aceptación. El, mediante memorando, remite la Resolución administrativa al de Normatividad para que mediante oficio solicite la publicación de la Resolución en el Registro Oficial. No aplica Oficio Revisar y publicar resolución Registro Oficial El Registro Oficial, como medio de publicación de leyes, decretos, normas jurídicas, actos públicos y privados, revisa y publica el documento. Resolución publicada Elaborar la Minuta Analista de Una vez que la documentación esté completa, el Analista procede a elaborar la minuta, misma que contiene las cláusulas o datos Minuta / Memorando

15 Página: Página 14 de 20 principales para ser verificados por el Notario y las partes involucradas, para su legitimación. Revisar minuta Suscribir minuta Especialista de Enviar a Sorteo Analista de El Especialista revisa la minuta. El revisa y suscribe la minuta. El Analista, mediante oficio debidamente suscrito por el B.I., envía la minuta al Consejo de la Judicatura. Minuta / Memorando Minuta suscrita Oficio al Consejo de la Judicatura Realizar Sorteo Consejo de la Judicatura El Consejo de la Judicatura realiza el sorteo y designa una notaría en 3 días laborables, para la celebración de la escritura pública. Acta de sorteo El analista de Legalización retira el Acta de sorteo. Armar expediente y suscribir formulario de Transferencia dominio Analista de El Analista llena el formulario de Transferencia de dominio, que se obtiene de la página Web del Municipio. Procede a completar la información y le hace firmar al B.I. y al Coordinador General de Asesoría Jurídica, y a la otra parte que transfiere el. Formulario de Transferencia de dominio Adicionalmente, arma un expediente con la siguiente información: Acta de sorteo Minuta Formulario de Transferencia de dominio Resolución Administrativa (en casos de expropiación, el documento será la declaratoria de utilidad pública) Debe presentar en la notaria sorteada

16 Página: Página 15 de 20 el expediente con la información compilada. Revisar expediente y formulario de Transferencia de dominio Aprobar y sellar minuta y formulario Transferencia de dominio Gestionar Transferencia de dominio Especialista de Inmuebles Notaría Analista de El Especialista revisa el expediente y el formulario de Transferencia de dominio. La notaria sella el formulario de Transferencia de domino y la minuta, para proceder con el trámite respectivo en el Municipio. El Analista gestiona el catastro municipal y posteriormente la transferencia de dominio del bien en el Municipio respectivo, para lo cual presenta un expediente con la documentación antes mencionada, requerida para regularizar el bien. Formulario de Transferencia de dominio Minuta y Formulario de Transferencia de dominio sellados por el notario. Expediente con documentación habilitante Gestionar Catastro Municipal Municipio El Municipio actualiza el catastro en virtud de los documentos legales de transferencia del. Oficio de actualización catastral Efectuar Transferencia de Dominio Municipio El Municipio emite los siguientes rubros a cancelar previo a la emisión de hoja de trasferencia de dominio: Hoja de transferencia de dominio Impuesto de obras pendientes al distrito Impuesto de alcabalas y utilidades (solo en casos de expropiación, de los cuales se está exento de pago). Elaborar Matriz Notaría El Analista de procede a entregar a la notaría los siguientes documentos: Matriz (escritura pública para las firmas) Minuta y sus documentos habilitantes Hoja de transferencia de dominio Certificado de gravámenes Certificado de avalúos Copia de cédula y certificado de votación de los intervinientes

17 Página: Página 16 de 20 Con esta documentación la notaría elabora una matriz, misma que consiste en la trascripción de la minuta y la formalización de la escritura. Suscribir escritura Notaría La notaria procede a la suscripción de la escritura con las partes involucradas. Escritura suscrita por las partes involucradas Cerrar escrituras Notaría El notario sella los documentos; realizado esto, las escrituras se dan por suscritas y legalizadas. Escrituras suscritas y legalizadas Gestionar declaración de impuestos Analista de En caso de donación, el Analista solicita a la entidad donante que se realice la declaración de impuestos a la donación ante el Servicio de Rentas Internas. Memorando / Formulario de declaración impuesto a la donación Si la institución donante no lo hace, INMOBILIAR deberá asumir este pago (mismo que es exento para INMOBILIAR por tratarse de donación entre instituciones públicas). Para este trámite el analista elabora un Memorando dirigido a la Dirección Financiera, solicitando que realice la declaración. Posteriormente el analista da seguimiento a la declaración. En el caso de no ser una donación, no se realiza la declaración de impuestos. Supervisar gestión de declaración de impuestos Especialista de El Especialista supervisa la gestión de declaración de impuestos, dando seguimiento al analista en esta gestión. No aplica Cobrar impuestos Servicio de Rentas Internas (SRI) El Servicio de Rentas Internas gestionará la recaudación del impuesto de donación. No aplica Solicitar inscripción en el Registro de la Propiedad Analista de Una vez suscrita y legalizada la escritura, el Analista realiza el trámite en el Registro de la Propiedad para la inscripción de la misma. Debe adjuntar la declaración de Solicitud de inscripción de escritura

18 Página: Página 17 de 20 impuestos. Revisar escrituras Registro de la Propiedad El Registro de la Propiedad revisa las escrituras. Proforma de pago por inscripción Notificar a INMOBILIAR para cambios Registro de la Propiedad En el caso de existir observaciones con la documentación presentada por INMOBILIAR, el Registro de la Propiedad notifica para que considere los cambios solicitados, caso contrario las escrituras son inscritas. Notificación de cambios Realizar cambios en la escritura Analista de Si INMOBILIAR recibe notificación con observaciones, el Analista realiza los cambios en las escrituras de acuerdo a las observaciones emitidas por el Registro de la Propiedad, y reingresa el trámite. Escritura con modificaciones / Comprobante de reingreso de trámite Revisar cambios en la escritura Inscribir en registro Especialista de Inmuebles Registro de la Propiedad El Especialista revisa los cambios en las escrituras. El Registro de la Propiedad revisa las escrituras y las inscribe mediante la Razón de Inscripción. Escritura modificaciones Escrituras inscritas con Comunicar escrituras a Direcciones Las escrituras deben ser remitidas al mismo tiempo a: Dirección Financiera: Para el pago correspondiente (solo en casos de Expropiación donde se haya llegado a un acuerdo) Para actualización de asientos contables en caso de que el bien sea transferido a INMOBILIAR Para la actualización en libros en caso de que el bien haya sido de INMOBILIAR y se gestionó la transferencia a otra institución. Dirección de Gestión Documental y Archivo: Para el archivo físico de las escrituras. Memorando de entrega de documentos

19 Página: Página 18 de 20 Dirección Geoinformación de B.I.: Para actualización del Sistema de Geoinformación. Dirección Administración de B.I.: Para las gestiones de administración del bien. Desahucio de Inmuebles El notifica el desahucio respectivo en el caso que existan arriendos sobre el bien (Proceso de Desahucio de Inmuebles). Notificación de desahucio Gestionar terminación de contrato o desalojo del En el caso de que no haya arriendos, el determina los trámites pertinentes a la terminación de contrato comodato, o tramita el desalojo del bien en caso de que el bien esté invadido. No aplica Dar por terminado el Comodato El da por terminado el contrato comodato mediante trámite ante un notario, quien emite una escritura pública de terminación de contrato de Comodato. La entidad comodatante debe entregar el con un acta de entrega recepción. Escritura Pública de terminación de contrato de comodato Notificar Desalojo De no existir contrato de arriendo o comodato, y el se encontrase ocupado, el coordina con el Coordinador General de Asesoría Jurídica, para que presente un oficio al juez, pidiendo el desalojo del al invasor del mismo. Oficio / Notificación de desalojo Posterior a ello, el juez emite una orden de lanzamiento, y hace el pedido a la Policía para coordinar una visita junto con el analista de de INMOBILIAR, y solicitar a la persona que ocupa el (invasor), el abandono del mismo.

20 Página: Página 19 de 20 7 INDICADORES N Indicador Fórmula de Cálculo Unidad de Medida 1 2 Porcentaje de bienes legalizados a nombre de INMOBILIAR Porcentaje de Inmuebles transferidos a las instituciones públicas N de Bines Inmuebles Inscritos en el Registro de la Propiedad / N de total de bienes s solicitados N de bienes transferidos / total de bienes s requeridos Porcentaje Porcentaje Responsable de Medición Frecuencia de Medición Trimestral Trimestral

21 Página: Página 20 de 20 FIRMAS DE REVISÓN Y APROBACIÓN Acciones Nombre Cargo Firma Fecha Elaborado Por: Ing. Lenin Garrido Analista de Procesos Aprobado por: Abg. Jorge Espinoza (Enc.) Verificado Por: Dr. Marco Landázuri Subdirector Técnico de Gestión de CONTROL DE HISTORIAL DE CAMBIOS Versión Descripción del Cambio Fecha de Actualización 1.0 Emisión inicial 06/10/2014

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