PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DEL ARCHIVO INACTIVO

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PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DEL REGISTRO DE CAMBIOS FECHA DE VIGENCIA/ VERSIÓN No. 30-09-2013/V1 NUMERAL 3/ 5.2/ 6.3/ 6.6/ 6.7/ 6.11 DESCRIPCION U ORIGEN DEL CAMBIO Se ajustó la denominación del cargo de Jefe de Archivo, según las modificaciones realizadas en la estructura organizacional. Página 1 de 10

1. OBJETIVO Establecer las pautas generales para el manejo del archivo inactivo de la Institución. 2. ALCANCE Este procedimiento aplica para todas las dependencias de CECAR y a los usuarios que requieran préstamo de documentos. 3. RESPONSABLE El Jefe de Archivo es el responsable procedimiento. directo de cumplir y hacer cumplir este 4. DEFINICIONES: 4.1 Archivo: Es el conjunto de documentos, sea cual fuere su fecha, forma y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona o entidad, en el transcurso de su gestión, conservados para servir como testimonio e información a la persona o institución que los produce y a los ciudadanos, o como fuentes de la historia. 4.2 Archivo inactivo: Información generada en la operación de un área, que no requiere mantenerse a la mano para su consulta diaria, pero que puede ser necesitada en cualquier momento durante un tiempo determinado que se establece de acuerdo a los requisitos legales, contractuales o a criterio del personal que puede requerir consultarla. 4.3 Documento de archivo: Registro de información producida o recibida por una dependencia u oficina en razón de sus actividades o funciones. 4.4 Archivo central: En el que se agrupan documentos transferidos por los distintos archivos de gestión de la institución, cuya consulta no es tan frecuente pero que Página 2 de 10

siguen teniendo vigencia y son objeto de consulta por las propias oficinas y particulares en general. 5. POLITICAS: 5.1 Luego de ser entregado en calidad de préstamo, el documento inactivo queda a entera responsabilidad del solicitante en cuanto a su conservación, uso y manejo. 5.2 Se prohíbe a los funcionarios de la institución y a las personas naturales o jurídicas propietarias, poseedoras o tenedoras de documentos, trasladarlos fuera de la institución, sin previa autorización del Jefe de Archivo. 6. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES 6.1 Entrega de Información al Archivo Inactivo: La información generada por cada dependencia anualmente debe ser entregada en cajas estándares a la oficina de Archivo Central, debidamente identificadas, a través del Formato único de inventario documental, debidamente diligenciado así: Entidad remitente: Debe colocarse el nombre de la entidad responsable de la documentación que se va a transferir. Entidad productora: Debe colocarse el nombre completo o razón social de la entidad que produce o produjo los documentos. Unidad administrativa: Debe consignarse el nombre de la dependencia o unidad administrativa de mayor jerarquía de la cual dependa la oficina productora. Oficina Productora: Debe colocarse el nombre de la Unidad Administrativa que produce y conserva la documentación tramitada en ejercicio de sus funciones. Página 3 de 10

Objeto: Se debe consignar la finalidad del inventario, que puede ser: Transferencias primarias, transferencias secundarias, valoración de fondos acumulados, fusión y supresión de entidades y/o dependencias, inventarios individuales. Hoja de : Se numerará cada hoja del inventario consecutivamente. De : Se registrará el total de hojas del inventario. Registro de entrada: Se diligencia sólo para transferencias primarias y transferencias secundarias. Debe consignarse en las tres primeras casillas los dígitos correspondientes a la fecha de la entrada de la transferencia (año, mes, día). En NT se anotará el número de la transferencia. Número de orden: Debe anotarse en forma consecutiva el número correspondiente a cada uno de los asientos descritos, que generalmente corresponde a una unidad documental. Código: Sistema convencional establecido por la entidad que identifica las oficinas productoras y cada una de las Series, Subseries o asuntos relacionados. Nombre de la Serie, Subserie o Asuntos: Debe anotarse el nombre asignado al conjunto de unidades documentales de estructura y contenidos homogéneos emanados de un mismo órgano o sujeto productor como consecuencia del ejercicio de sus funciones específicas. Para las transferencias primarias, secundarias y las ocasionadas por fusión y/o supresión de entidades o dependencias, el asiento corresponderá a cada una de las unidades de conservación. En los inventarios individuales, el asiento corresponderá a los asuntos tramitados en ejercicio de las funciones asignadas. Cuando no se puedan identificar series, se debe reunir bajo un solo asunto aquellos documentos que guarden relación con la misma función de la oficina productora. Fechas extremas: Deben consignarse la fecha inicial y final de cada unidad descrita. (asiento). Deben colocarse los cuatro dígitos correspondientes al año. En el Página 4 de 10

caso de una sola fecha se anotará ésta. Cuando la documentación no tenga fecha se anotará: s.f. Unidad de conservación: Se consignará el número asignado a cada unidad de almacenamiento. En la columna otro, se registrarán las unidades de conservación diferentes escribiendo el nombre en la parte de arriba; y debajo, la cantidad o el número correspondiente. No. de folios: Se anotará el número total de folios contenido en cada unidad de conservación descrita. Soporte: Se utilizará esta columna para anotar los soportes diferentes al papel, anexos a la documentación: microfilmes (M), videos (V), casetes (C), soportes electrónicos, soportes electrónicos (CD, DK, DVD), etc. Frecuencia de consulta: Se debe citar si la documentación registra un alto, medio, bajo o ningún índice de consulta; para tal efecto, se tendrán en cuenta los controles y registros de préstamo y consulta de la oficina responsable de dicha documentación. Esta columna se diligenciará especialmente para el inventario de fondos acumulados. Notas: Se consignarán los datos que sean relevantes y no se hayan registrado en las columnas anteriores. Para la documentación ordenada numéricamente como actas, resoluciones, memorandos, circulares, entre otros, se anotarán los siguientes datos: faltantes, saltos por error en la numeración y/o repetición del número consecutivo en diferentes documentos. Para los expedientes deberá registrarse la existencia de anexos: circulares, actas, memorandos, resoluciones, informes, impresos, planos, facturas, disquetes, fotografías o cualquier objeto del cual se hable en el documento principal. De estos debe señalarse, en primer lugar, el número de unidades anexas de cada tipo, Página 5 de 10

ejemplo: una hoja con 5 fotografías sueltas: luego el número consecutivo (si lo tiene), ciudad, fecha, asunto o tema de cada anexo. Para los anexos legibles por máquina deberán registrarse las características físicas y requerimientos técnicos para la visualización y consulta de la información. Especificar programas de sistematización de la información. A los impresos se le asignará un número de folio y se registrará el número de páginas que lo componen. Así mismo, se anotará información sobre el estado de conservación de la documentación, especificando el tipo de deterioro: físico (rasgaduras, mutilaciones, perforaciones, dobleces, faltantes), químico (oxidación de tintas, soporte débil) y/o biológico (ataque de hongos, insectos, roedores). Elaborado por: Se escribirá el nombre y apellido, cargo, firma de la persona responsable de elaborar el inventario, así como el lugar y la fecha en que se realiza la elaboración del mismo. Entregado por: Se anotará el nombre y apellido, cargo, firma de la persona responsable de entregar la transferencia, así como el lugar y la fecha en que se realiza dicha entrega. Recibido por: Se registrará el nombre y apellido, cargo y firma de la persona responsable recibir el inventario, así como el lugar y la fecha en que se recibió. El original Formato único de inventario documental debe ser conservado en la oficina de Archivo Central, donde se van a conservar los documentos en los depósitos de archivo central con el fin de que estén disponibles para su consulta en cualquier momento, una copia debe conservarla la oficina remitente, luego de realizar la transferencia primaria. Página 6 de 10

6.2 Conservación de la información: El archivo inactivo debe mantenerse en ambiente ventilado, protegido del sol y la lluvia, preferiblemente con aire acondicionado, aseado y fumigado periódicamente para garantizar su adecuada conservación. ACTIVIDADES PARA EL TRAMITE DE SOLICITUD DE PRESTAMO DE DOCUMENTO INACTIVO 6.3 Solicitud Préstamo de documento: Toda solicitud de préstamo de documentos inactivos solo puede ser tramitada físicamente en la oficina de Archivo Central a través del formato Préstamo de documentos inactivos, teniendo en cuenta que la solicitud debe ser hecha por el Responsable directo del área a la que corresponde la información o con su visto bueno, en la casilla Solicitante, del formato. 6.4 Acceso y consulta de los documentos: Todas las personas tienen derecho a consultar los documentos de archivos y a que se les expida copia de los mismos, siempre que dichos documentos no tengan carácter reservado conforme a la Constitución o a la Ley. La oficina de Archivo Central garantizará el derecho a la intimidad personal y familiar, honra y buen nombre de las personas y demás derechos consagrados en la Constitución y las leyes. 6.5 Revisión de la solicitud: El Jefe de Archivo revisa el diligenciamiento de la totalidad de los datos solicitados en el formato Préstamo de documentos inactivos para determinar rango de búsqueda. Página 7 de 10

6.6 Ubicación del documento: Luego de ser revisada la solicitud, el Jefe de Archivo consulta la base de datos o inventario documental y establece la ubicación de los documentos requeridos. Se pueden dar dos eventos: 6.6.1 El documento solicitado no figura en la base de datos: Para este evento el trámite a seguir es enviar un E-mail a través del correo electrónico institucional, especificando en el asunto Requerimiento no coincidente, comunicándole a la dependencia solicitante que no existe el documento en el archivo central. 6.6.2 El documento solicitado se encuentra relacionado en la base de datos: Siga con la siguiente actividad. 6.7 Solicitar retiro de documento: Posterior a la ubicación del documento, el Jefe de Archivo indica al auxiliar de archivo el número de caja y número de carpeta para que realice la búsqueda. 6.8 Retiro del documento: Previa autorización del Jefe de Archivo, el auxiliar de archivo retira el documento objeto de consulta o préstamo y registra en el formato Préstamo de documentos inactivos los datos de la persona que recibe, plazo de devolución y estado del documento. 6.9 Entrega de la información solicitada: El auxiliar de archivo lleva a la dependencia solicitante los documentos y recoge firma de la persona que recibe como constancia, asegurándose de que quede el registro en el formato Préstamo de documentos inactivos de la persona que solicita y la persona que entrega el documento en calidad de préstamo. 6.10 Uso del documento: El solicitante del préstamo de documento, revisa y da uso requerido y apropiado a la documentación que ha sido suministrada, cumpliendo con las políticas establecidas en este procedimiento y luego de ello, el solicitante lo devuelve a la oficina de Archivo Central. Página 8 de 10

6.11 Registro devolución del documento: El Jefe de Archivo revisa la integridad del documento devuelto y diligencia los campos del formato Préstamo de documentos inactivos, específicamente estado del documento y firma del responsable de recibirlo. 6.12 Rearchivar documento: Luego de la devolución, el auxiliar de archivo ubica el documento en el lugar que corresponde. 6.13 Archivo de Formatos: El auxiliar de archivo, archiva los registros de Préstamo de documentos inactivos en la unidad documental, siguiendo los lineamientos del acuerdo 042 de 2001 del Archivo General de la Nación. Nota: La oficina de Archivo Central debe mantener el archivo actualizado con las planillas y todos los formatos de Préstamo de documentos inactivos debidamente tramitados con el fin de garantizar su recuperación cuando sea necesario. 6.14 Verificación de la reinserción de documentos: Mensualmente el Jefe de Archivo, lleva a cabo una verificación de las actividades de reinserción documental y en caso de que existan inconsistencias, notifica a Secretaria General a través de correo electrónico institucional para la toma de acciones correctivas y/o preventivas según el caso. 6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA Acuerdo No. 060 del 30 de octubre de 2001. Archivo General de la Nación Ley 594 de 2000. Ley General de Archivos. Acuerdo 042 de 200. Archivo General de la Nación. Página 9 de 10

7. REGISTROS Formato Único de Inventario Documental Préstamo de documentos inactivos Elaborado por Aprobado por Nombre Evelin Suarez Mercado Piedad Martínez Carazo Cargo Jefe de Archivo Rectora Firma Original Firmado Original Firmado Página 10 de 10