ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

Documentos relacionados
ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

4. Definiciones IHSS: Instituto Hondureño de Seguridad Social Régimen IVM: Régimen de Invalidez, VEJEZ Y Muerte

SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

IMPLEMENTACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN NOTARIAL Aprobado por Resolución 2516 del 24/02/2012.-

Adolfo Alsina 673, CABA +54 (11) / INDÍGENAS

4. Definiciones IHSS: Instituto Hondureño de Seguridad Social Gerencia de IVM: Gerencia de Invalidez, Vejez y Muerte

4.6 PROCEDIMIENTO CONSTITUCIÓN DEL FONDO ROTATIVO FONDOS PRIVATIVOS

4.5 PROCEDIMIENTO MANEJO Y LIQUIDACIÓN DEL FONDO ROTATIVO

ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS

2.16 UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DEL REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN

DIRECCIÓN DE FINANZAS GERENCIA DE TESORERÍA. [febrero 2014] Pág. 1 de 6

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN EN LA MODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO-(ANPE)

INSTRUCTIVO. ACTUALIZACIÓN DE NOVEDADES Página 1 de 6

FEDERACION GUATEMALTECA DE CICLISMO PRO-ESTFIN-01. Procedimiento de Estados Financieros

REGISTRO Y LIQUIDACIÓN DE NÓMINA ADICIONAL PARA RENGLÓN 011 PERSONAL

Procedimiento: Gestión y Admón. de Rec. Financieros y Subsidios Versión Vigente No. 00 C O N T E N I D O

Circuito Devolución de Saldos por Sentencia Judicial (Transferencias de ex AFJP)

FEDERACION GUATEMALTECA DE CICLISMO. Procedimiento de: BANCO PRO-BAN-01. Procedimiento de bancos

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SISTEMA SRC. Sistema de Rendiciones de Cuentas

RESOLUCIÓN Nº 820-SAF-2014

Sistema Web de Liberación de Deuda para Escribanos. Instructivo

PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA

PROCEDIMIENTO DE RETIRO

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA PEDIDO DE FONDOS DE PROYECTO

H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DEL ORO, JALISCO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CATASTRO MUNICIPAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROCEDIMIENTO: HONORARIOS

INSTRUCTIVO PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES Y ACTOS ADMINISTRATIVOS DE TALENTO HUMANO

Procedimiento: Solicitud de Jubilación o Pensión

PROCEDIMIENTO PARA SUMA ASEGURADA, AUXILIO DE SOBREVIVENCIA Y BENEFICIO POR MUERTE DEL PARTICIPANTE

FEDERACION GUATEMALTECA DE CICLISMO. Procedimiento de: ALMACÉN PRO-ALM-01. Procedimiento para el área de almacén

Manual de Calidad de la Dirección General de Personal UNS.

Secretaría de Desarrollo e Integración Social

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO Y CONTROL DE PASES POR CUOTAS DE RECUPERACIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE TESORERÍA

REF. : DECLARACIÓN Y NO PAGO Y PAGO ATRASADO DE COTIZACIONES PREVISIONALES, DEPÓSITOS Y APORTES POR INTERNET. COMPLEMENTA CIRCULAR N 1.

Todos los documentos que se encuentran en el Sitio Web del Sistema de Gestión de la Calidad son los documentos actualizados y controlados.

CAPITULO I OBJETO Y COMPONENTES DEL FONDO PATRIMONIAL

Procedimiento: Solicitud de Residencia

'MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: "PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN FINAL POR DESVINCULACIÓN DEL PERSONAL DE CARUSO CÍA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A.

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL

Anexo N 4 Certificado de saldo

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

FICHA DE TRÁMITE. Solicitud de Cuota Mortuoria Auxilio Funerario

Revisó: Firma: Fecha: Aprobó: Firma: Fecha:

ANEXOS. del REGLAMENTO DELEGADO DE LA COMISIÓN

Aprobó Gerencia General

DEPURADO/ACONDICIONADO. Auditori anitaria

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN DE CATASTRO

Grados. Inicia con el Envío del Listado de Candidatos a Grado y termina con el Archivo de la Documentación.

MINISTERIO DEL INTERIOR CONVOCATORIA PÚBLICA CAS Nº 111-DGRH-2015

MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA PROCESO DE CAJA CHICA

CONTRATO DE DEPOSITOS A LA VISTA EN CUENTA DE CHEQUES (CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA DE CHEQUES)

2. ALCANCE La presente norma es administrada por el Tesorero y es fuente de consulta y aplicación para el área de Tesorería, Finanzas y Contabilidad.

PROCEDIMIENTO PARA PAGO A PENSIONADOS

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN

11-Cambio de Situación de Revista

GRADOS Código: DI PRC Versión: 1.1

DEFINICIONES GENERALIDADES

VALIDACIÓN DE INCENTIVOS ECONÓMICOS POR ACTOS DE FISCALIZACIÓN CONCURRENTE

PROCEDIMIENTO DOCUMENTADO FISCALIZACION

TRAMITES REALIZADOS POR EL DEPARTAMENTO DE CATASTRO

1. OBJETIVO: Establecer la metodología para la Inscripción de Libros de Comercio en la Cámara de Comercio de Neiva.

NO CONFORMIDADES, ACCIONES CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS

MINISTERIO DE SALUD Renovación de permisos (requisitos): Bomberos, MINSA, Policía Nacional e INTUR Paso N 1.Policía Nacional.

RECONOCIMIENTO DE GASTOS POR SERVICIOS TÉCNICOS O PROFESIONALES

MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA. Aprobado mediante: Resolución Ministerial N 297 de 29 de julio 2014

EJECUCIÓN DE GASTOS EN SECCIONALES. Día Mes Año

OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO VICERRECTORADO ACADÉMICO

A. REGISTRO DE REVISIÓN Y APROBACIÓN: B. GLOSARIO. Retención, traba o secuestro de bienes por mandamiento de juez o autoridad competente. 1.

CONTROL DE CAMBIOS. Fecha de la Modificación. Sección y/o página. Versión. Descripción de la modificación

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ORGANIZACIÓN & MÉTODOS MANUAL DE PROCESOS

I. Procedimiento y requisitos para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los exportadores de bienes

INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACION UNIDAD DE RACIONALIZACION

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE NARIÑO SISTEMA DE GESTIÓN PROCEDIMIENTO PARA DEVOLUCIONES Y REINTEGRO DE APORTES

MANUAL DE PROCESOS PROCESO DE GESTIÓN DE FINANZAS. Manual de Procedimientos GFI-M-001

ADMINISTRACIÓN DE LA ZONA LIBRE DE MANUAL DE COLÓN PROCEDIMIENTOS

REF.: EQUILIBRIO FISCAL: Control de las Retribuciones del Personal y otras Disposiciones.

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS. Disposición Normativa Serie B Nº 40/07 (1) D.P.R

PROCEDIMIENTO DOCUMENTADO PAGO DE COMISIONES A LOS ASESORES COMERCIALES

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS

MANUAL DE USO OPCIÓN DE CONSULTA RESULTADO OPERACIÓN RENTA Y OPCION DE CONSULTA DENOMINADA RENTA

Gestión Financiera PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO Y NEGOCIACIÓN DEL BONO PENSIONAL

DOCUMENTACION REQUERIDA PARA PROCESO DE APELACIONES SEJ

Transcripción:

PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE INSPECCIONES Responsable: Jefe de Control de Aportes PÁGINA: 1 de 7 ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS Revisión Descripción del cambio Fecha 0 Edición inicial 25/11/2016 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 REDACTÓ: REVISÓ: APROBÓ: Mónica Villarruel Rafael Miranda Ariela Rodriguez FECHA DE IMPRESIÓN: 02/12/2016 (VALIDEZ DE COPIA IMPRESA 24 HS.)

PÁGINA: 2 de 7 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE INSPECCIONES 1. OBJETIVO Realizar el registro de las inspecciones, el control y la liquidación de las mismas persiguiendo el cobro de las diferencias o faltantes de pagos determinados por los Inspectores. 2. ALCANCE Desde la recepción de los expedientes provenientes de Inspección General, hasta el cierre de los mismos, que puede resultar: la determinación de una deuda y emisión del plan de pagos respectivo, la determinación de una devolución o el pase a archivo de las actuaciones. 3. GENERALIDADES El Inspector concurre a inspeccionar el registro con el reporte de escrituras otorgadas en el mismo, obtenido del sistema de Gestión y control de DDJJ (opción anexo al formulario CP102) que consta de un detalle de las escrituras declaradas y pagadas, los reclamos por formularios R550E vencidos impagos y las observaciones efectuadas por lectura temprana de copia simple, en caso de existir. Efectuada la inspección, completa el Acta de Verificación de Aportes Notariales y el formulario de Liquidación de Aportes Notariales CP102, para pagos faltantes o insuficientes de aportes y demasías. Luego envía toda la documentación a Inspección General para su posterior remisión a Liquidación de Deudas y Devoluciones. Toda diferencia determinada por los Inspectores se tiene por válida y deja sin efecto cualquier otra diferencia calculada previamente. Una vez inspeccionado un partidoregistro, ese período revisado no podrá ser objeto de análisis por ningún sector de la Caja. El importe mínimo a reclamar por Inspección, Consolidación de Aportes Notariales, y Lectura Temprana de Copias Simples será establecido por el Comité Ejecutivo. (Resolución Nº 1171 del 27/08/2015) establece el importe mínimo en $375 (pesos trescientos setenta y cinco).- 4. DESARROLLO 4.1 Recepción de expedientes y control de faltantes Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): recibe el expediente y acepta el remito por el sistema Tramitex. Verifica que los faltantes de declaración y/o pago hayan sido observados por el Inspector en las planillas CP 102 1, de no ser así, devuelve el expediente a Inspección General para su revisión. 1 Ver Anexo V. Planilla de Inspección.

PÁGINA: 3 de 7 4.2 Generación de carátula y carga de planilla Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): para generar la carátula ingresa el número de expediente, tipo de inspección, fecha de firma del Acta, datos del Inspector, Registro-Partido, período inspeccionado y si posee cargos, y confirma el notario que muestra el sistema automáticamente. Cualquier error que pudiera detectarse en esta etapa se informa a Inspección General para su corrección. Para la carga de la planilla ingresa los datos del CP 102, los cargos y las demasías existentes. Carga las observaciones en la planilla y graba los datos. En ese momento, para cada fila, el sistema resalta en rojo los cargos y en verde las demasías. Archiva transitoriamente el expediente durante quince (15) días hábiles a partir de la firma del acta de Inspección, para la presentación de los descargos. 4.3 Liquidación 4.4 Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): cumplidos los plazos establecidos, controla línea por línea que los datos consignados por el inspector coincidan con la DDJJ, en los siguientes aspectos: fecha de la escritura; número de la escritura; pagos realizados. Verifica que la observación no haya sido reclamada anteriormente en un expediente de Consolidación o reintegrada en un expediente de devolución. En caso de tratarse de una diferencia en menos, adiciona en la columna de pagos el importe reclamado en el expediente consolidado; si es una demasía, verifica que el monto devuelto coincida con el monto observado por el inspector, en cuyo caso se informa el aporte en cero. En caso de que el Inspector requiera verificar la valuación fiscal, se procede a su búsqueda en el sistema de Catastro. Verifica en el Acta de Inspección, si el notario solicitó la compensación y/o devolución de las demasías. De ser así, ingresa en la planilla el código pagado para todas las demasías. En caso de que no haya sido solicitada por el notario la compensación y/o devolución de las mismas, procede a la liquidación final. 4.5 Cierre del expediente Como resultado de la inspección, puede darse alguna de las tres situaciones que se describen a continuación: 4.5.1 Archivo Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): si no tiene observaciones, emite una nota de archivo visada por el Jefe de Aportes y firmada por el Secretario de Aportes y archiva en el expediente.

PÁGINA: 4 de 7 En caso de existir observaciones y demasías en la liquidación realiza la compensación de las mismas y, si resulta un importe menor al mínimo reclamable y/o reintegrable, archiva y envía una nota al Notario informándole la situación. Da inicio al PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE ENVÍOS DE CORRESPONDENCIA MANUALES. 4.5.2 Confección de plan de pagos Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): si del monto resultante de la compensación surge una diferencia a favor de la Caja, superior al mínimo reclamable, genera el plan de pagos. Envía al notario la documentación respaldatoria mediante correo postal y la notificación acerca de la disponibilidad del plan de pagos en el Sitio Web por correo electrónico. Dando inicio al PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE ENVÍOS DE CORRESPONDENCIA MANUALES para los envíos postales y al PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE ENVÍOS DE CORRESPONDENCIA AUTOMÁTICOS para dejarlas disponibles en el Sitio Web. Cuando el plan de pagos esté destinado a un Notario adscripto, se envía además notificación al titular del registro ya que es responsable solidario, dando inicio al PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE ENVÍOS DE CORRESPONDENCIA MANUALES. 4.5.3 Devolución por inspección Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): en el caso que resulte una diferencia a favor del Notario, determina el saldo a devolver y confecciona las notas pertinentes. Para el caso de devoluciones prescriptas según Resolución 240/04, se harán efectivas hasta el monto del excedente sobre los cargos mínimos de jubilación, del año en que se produjo la demasía. Controla que ésta no haya originado la obtención del beneficio establecido por el Art. 39 de la Ley 6.983, modificada por la Ley 12.172 2. De ser así, se devuelve la demasía al Notario hasta el importe del excedente no bonificado. El sistema muestra finalmente, el detalle de las escrituras prescriptas y no prescriptas, donde el usuario decide sobre las no prescritas la devolución de los aportes de terceros, según Resolución del Consejo Directivo del 17/ 01/ 2008. Luego se consigna el número de expediente de devolución y se genera el saldo. 2 Art. 39 - Los afiliados que, habiendo cumplido la edad y tiempo de servicios mínimos requeridos por la presente Ley para el otorgamiento de la jubilación ordinaria, continuaran en actividad, tendrán derecho a una bonificación en el importe de la jubilación que les corresponda, de un cinco por ciento sobre el haber de la misma por cada año que exceda de dicho tiempo, hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%). La jubilación de los afiliados será incrementada en un cinco por ciento (5%) por cada fracción igual que supere el aporte mínimo del art. 12 inc. c hasta un ciento por ciento (100%), pudiendo el Consejo Directivo por el voto de las dos terceras partes de sus miembros, elevar temporalmente este último porcentaje en la medida que los recursos de la Caja lo permitan. Las sumas menores a la primera fracción no se tomarán en cuenta para la incrementación ni serán reembolsadas como se establece en el art. 14, pero las remanentes de otras podrán ser acumuladas para constituir fracciones de incrementación en los límites previstos. Si nuevas circunstancias determinasen una situación de manifiesta solvencia de la Caja, los remanentes superiores al mínimo pero inferiores al duplo del mismo podrán ser acumulados para años posteriores. Al respecto, la resolución respectiva será adoptada por dos tercios de los miembros del Consejo Directivo.

PÁGINA: 5 de 7 Aclaración: en caso de que el tipo de expediente sea jubilación, se deberá informar a la División Jubilaciones y Pensiones del resultado final del expediente (4.4.1, 4.4.2 o 4.4.3), cualquiera sea este, por nota firmada por el Jefe del Sector. 4.6 Elaboración y envío de informe de deuda Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): verifica la existencia de deudas anteriores por: copias simples observadas; planes de pago vencidos e impagos de consolidaciones de R550E, lectura temprana de copias simples, DDJJ impaga; inspecciones anteriores; planes de pago de Fondo Distributivo vencidos e impagos; planes de pago de cargos por subsidios o jubilación vencidos e impagos; uso indebido del sistema de salud; gastos por gestión de cobro de deuda; préstamos vencidos e impagos. Consulta las deudas en los sistemas con los que trabaja la División, a excepción de la información de préstamos que se solicita al Sector Préstamos y Turismo. Con la información recopilada, genera un informe de deudas actualizado al día de la fecha de cierre del expediente. Jefe de Control de Aportes: controla la liquidación y presta conformidad. Eleva nota que acompañará la deuda, la devolución o el pase a archivo al Secretario de Aportes. Secretario de Aportes: recibe nota y firma. Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones): una vez firmadas las notas se envían de acuerdo a lo detallado en 4.4 Cierre del expediente. En caso de resultar una devolución, si no posee deudas, el expediente se remite al Sector Tesorería para que se deposite el saldo en la cuenta del notario, conjuntamente con la devolución; si posee deudas aplica lo dispuesto en 4.5 Compensación de deuda, PROCEDIMIENTO PARA EL TRATAMIENTO DE DEVOLUCIONES. 4.7 Recepción de descargos El notario puede presentar descargos a las observaciones dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de firma del acta, los mismo serán considerados de acuerdo al PROCEDIMIENTO DE TRATAMIENTO DE DESCARGOS. En caso de que ya se hubiere realizado el cierre del expediente, coteja la fecha de presentación con la fecha de vencimiento del plan de pagos determinado, si este hubiere vencido antes de su consideración se eleva al Comité Ejecutivo para su autorización y luego continúa con el PROCEDIMIENTO DE TRATAMIENTO DE DESCARGOS.

PÁGINA: 6 de 7 5. RESPONSABILIDADES Administrativo de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones) - Recepción de expedientes y control de faltantes; Analista de Liquidación de deudas y devoluciones (Inspecciones) - Generación de carátula y carga de planilla; - Liquidación; - Cierre del expediente; o Archivo; o Confección de plan de pagos; o Devolución por inspección; - Elaboración y envío de informe de deuda; - Recepción de descargos; Jefe de Control de Aportes - Controla la liquidación y presta conformidad; Secretario de Aportes - Firma de notificación. 6. REFERENCIAS NORMATIVAS - Cronograma administrativo para la realización de inspecciones a los Registros de Escrituras Públicas, aprobado por el Comité Ejecutivo el 18/09/2003; - Resolución Nº 240 del Consejo Directivo del 03/06/2004; - Resolución del Consejo Directivo del 17/ 01/ 2008; - Ley 6.983, Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes 12.172, 12.940/02 y 13.918/08. - Resoluciones del Comité Ejecutivo, Consejo Directivo y demás normativa vigente. 7. REGISTROS REGISTRO SOPORTE ACCESO Sistema de DDJJ Sistema Tramitex Aplicativo informático Aplicativo informático Usuarios con clave y contraseña Usuarios con clave y contraseña LUGAR ARCHIVO Servidor Servidor TIEMPO RET. Permanente Permanente

PÁGINA: 7 de 7 8. ANEXOS Planilla de Inspección