PROCESO GESTION AMBIENTAL Página 1 de 10 Revisó: Líder del Sistema de Gestión Ambiental Aprobó: Rector Fecha de aprobación: Junio 21 de 2011 Resolución No. 935 OBJETIVO ALCANCE Establecer el procedimiento de monitoreo ambiental, para el seguimiento y evaluación de la contaminación generada por los vertimientos, residuos, ruido, emisión de gases y partículas en la Universidad Industrial de Santander. Este procedimiento aplica a todos los monitoreos internos y externos que se realicen para el seguimiento y evaluación del SGA y a los que se deban contratar por solicitud de las autoridades ambientales y otros. NORMATIVIDAD Instructivo para la toma de muestras de aguas residuales, Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial República de Colombia IDEAM, Subdirección de Hidrología - Grupo Laboratorio de Calidad Ambiental. Septiembre de 2007. El Protocolo para el Control y Vigilancia de la emisión atmosférica generada por fuentes fijas. Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial República de Colombia IDEAM, Abril de 2010. Protocolo para el monitoreo y seguimiento de la calidad de aire. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Abril de 2007 Matriz de Requisitos Legales Ambientales. DEFINICIONES Y/O ABREVIATURAS EMISIÓN: Descarga de una sustancia o elemento al aire, en estado sólido, líquido o gaseoso, o en alguna combinación de éstos, proveniente de una fuente fija o móvil. EMISIÓN DE RUIDO: Presión sonora que, generada en cualesquiera condiciones, trasciende al medio ambiente o al espacio público. Según Resolución 8321 de 1983 Ministerio de Salud. INMISIÓN: Transferencia de contaminantes de la atmósfera a un "receptor". Se entiende por inmisión la acción opuesta a la emisión. Aire inmiscible es el aire respirable al nivel de la tropósfera.
PROCESO GESTION AMBIENTAL Página 2 de 10 DEFINICIONES Y/O ABREVIATURAS SGA: Sistema de Gestión Ambiental. AUTORIDADES AMBIENTALES COMPETENTES: Se entiende por autoridad ambiental competente, de acuerdo a sus respectivas competencias las siguientes: a) Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. b) Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible. c) Los municipios, distritos y áreas metropolitanas cuya población dentro de su perímetro urbano sea igual o superior a un millón de habitantes. VERTIMIENTO: Descarga final a un cuerpo de agua, a un alcantarillado o al suelo, de elementos, sustancias o compuestos contenidos en un medio líquido. RESIDUO: Cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades o características no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó ó porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula. RESIDUO PELIGROSO: Residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas, puede causar riesgo o daño para la salud humana y/o el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos. CONSIDERACIONES A continuación se relacionan los requisitos mínimos que deben cumplir los laboratorios o entidades contratadas para realizar el monitoreo y el análisis ambiental: El personal que realiza el monitoreo y análisis de laboratorio debe ser profesional y/o técnico debidamente capacitado en la toma de muestras, en la operación de sensores de campo y en la realización de los análisis en laboratorio y contar con los conocimientos básicos en química de los aspectos ambientales a evaluar. Los equipos y materiales utilizados deben ser conformes a las especificaciones requeridas para el tipo de muestreo y/o análisis a realizar. Los equipos deben contar con el respectivo certificado de calibración con vigencia no superior a un año o de acuerdo con lo reglamentado por la autoridad ambiental. Para caso de los monitoreos reglamentados por el IDEAM, estos equipos deben corresponder a los autorizados.
PROCESO GESTION AMBIENTAL Página 3 de 10 CONSIDERACIONES Los certificados de calibración deben incluir el nombre del fabricante, modelo, especificaciones generales, exactitud certificada de todos los equipos de calibración y la fecha de certificación. El laboratorio que efectúa los monitoreos y los análisis deberá estar acreditado por el IDEAM y/o organismo competente según corresponda. En caso de encontrarse en proceso de acreditación se solicitará aprobación de la autoridad ambiental. La elaboración, revisión y aprobación del plan de monitoreo debe tener una duración menor a 30 días hábiles y debe iniciarse 45 días hábiles antes de la fecha en la que vence el plazo para realizar un nuevo monitoreo según se defina en el cronograma.
Página 4 de 10 Inicio/Fin Actividad Decisión Documento Procesamiento en S.I. o intranet Procedimiento predefinido Conector Conector de página DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE INICIO 1. Identifica la necesidad de monitoreo ambiental 1. Revisa el plan de monitoreo ambiental, e identifica la necesidad de realizar un monitoreo dentro de las instalaciones de la Universidad. 2. Solicita cotizaciones 2. Solicita cotizaciones a las empresas que prestan el servicio de monitoreo ambiental. Cotizaciones 3. Selecciona la empresa a realizar el monitoreo 3. Selecciona la cotización teniendo en cuenta los siguientes criterios: experiencia específica, pruebas de desempeño, acreditación y costos. 4. Solicita documentación soporte PCO.01 4. Solicita los documentos soporte a la empresa seleccionada para realizar el trámite financiero. Nota: Para conocer los documentos requeridos, remitirse al procedimiento de contratación de bienes y servicios cuantía menor a 50 smlmv PCO01. PCO01. Procedimiento contratación de bienes y servicios cuantía menor a 50 smlmv 1
Página 5 de 10 DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 1 5. Formaliza contrata empresa 5. Formaliza contrato con la empresa seleccionada. Contrato Contrato 6. Realiza visita previa 6. Realiza una visita previa en la cual identifica los puntos de monitoreo y los requerimientos logísticos y técnico solicitados para la ejecución del monitoreo. Empresa contratada 2 7. Elabora informe preliminar 7. Elabora un informe preliminar de los requerimientos logísticos y técnico como resultado de la visita. Presenta informe al Líder del SGA. Empresa contratada Informe preliminar 8. Revisa informe 8. Revisa el informe preliminar presentado y verifica que cumpla con las especificaciones técnicas. El informe preliminar cumple las especificaciones? Si 1 Pag 6 No 2
Página 6 de 10 DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 2 9. Solicita realizar modificaciones 9. Solicita modificaciones al informe preliminar presentado por la empresa. 10. Realiza modificaciones al informe 2 Pág 5 10. Realiza modificaciones al informe y envía el documento al Líder Sistema de Gestión Ambiental. Empresa contratada 1 11. Aprueba el informe para realizar el monitoreo 11. Aprueba la realización de monitoreo de acuerdo al plan presentado. Es necesaria la aprobación de una autoridad ambiental? No 3 Pág 7 Si No 12. Envía informe preliminar a la autoridad ambiental El plan fue aprobado por la autoridad ambiental? 12. Envía el informe preliminar aprobado a la autoridad ambiental competente para su aprobación, un mínimo de 15 días hábiles a la fecha de vencimiento del plazo, para realizar los monitoreos según lo programado. Si 3
Página 7 de 10 DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 3 3 13. Determina fecha del monitoreo 13. Si el informe preliminar fue aprobado determina fecha de monitoreo. NOTA: La fecha del monitoreo está sujeta a la establecida por la autoridad ambiental competente. 14. La empresa contratada ejecuta el monitoreo aprobado. Empresa contratada 14. Realiza monitoreo NOTA: La Coordinación del SGA debe supervisar la(s) jornadas de monitoreo y el cumplimiento de lo establecido en el informe preliminar, también supervisa al contratista la documentación legal de afiliación a salud, pensión y ARP del personal que realizará la labor, además del uso de los respectivos EPP. 15. Realiza y entregar el informe de monitoreo y análisis de laboratorio. 15. Realiza y entrega el informe definitivo del monitoreo y análisis de laboratorio a la Coordinación del SGA. Empresa contratada Informe de monitoreo y análisis de laboratorio Informe de monitoreo y análisis de laboratorio 4
Página 8 de 10 DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 4 16. Revisa el Informe 16. Revisa que el informe cumpla la legislación actual y demás requisitos que apliquen. 17. Presenta informe. 17. Presenta el informe al Comité Técnico Ambiental y Sanitario. Es necesario enviar informe a autoridad ambiental? No Si 18. Envía el informe a la autoridad ambiental competente 18. Envía el informe definitivo del monitoreo y análisis de laboratorio a la autoridad ambiental competente. Resultados del monitoreo no son conformes? Si 19. Define acciones No 4 Pag 9 19. En caso que los resultados mostrados en el informe presentado no sean conformes con los requisitos legales y otros que apliquen a la Universidad, se definen las acciones correspondientes. Comité Técnico Ambiental y Sanitario 5
Página 9 de 10 DIAGRAMA DE FLUJO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE 5 Plan de Acción 20. Ejecuta el plan de acción 20. Ejecuta plan de acción. 21. Realiza seguimiento 21. Realiza seguimiento al cumplimiento de las actividades definidas en el plan de acción y verifica la eficacia de las acciones definidas 4 FIN
Página 10 de 10 CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN FECHA DE APROBACIÓN DESCRIPCIÓN DE CAMBIOS REALIZADOS 1 Junio 21 de 2011 Creación del Documento