IMPACTO DE LA REFORMA TRIBUTARIA EN LAS EMPRESAS

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1 IMPACTO DE LA REFORMA TRIBUTARIA EN LAS EMPRESAS

2 Vigencia Vigencia general: 1/07/2007 Vigencia IRAE: Ejercicios iniciados a partir del 1/07/2007.

3 Principales modificaciones Reducción del número de impuestos (IMABA, ICOSIFI, ITEL, ICOM, otros) Cambios en la imposición a la renta: - Amplía base de tributación rentas empresariales - Creación del IRPF y IRNR Cambios en la imposición al consumo Eliminación exoneraciones CESS y unificación tasa aporte patronal

4 Imposición a la renta Impuesto Rentas alcanzadas Tasa IRAE IRNR IRPF Rentas empresariales obtenidas por residentes y por no residentes con establecimiento permanente Rentas de no residentes sin establecimiento permanente Rentas de capital y trabajo de personas físicas residentes 25% 12% 0% a 25%

5 IRAE: Principales cambios Engloba al IRIC, IRA e ICOM y amplia su base Se mantiene el criterio de la fuente Se reduce la tasa del impuesto del 30% al 25% Se introducen cambios en la de deducción de gastos Se introduce el concepto de establecimiento permanente Se introduce normativa sobre precios transferencia

6 IRAE: Rentas comprendidas 1) Rentas empresariales. Las obtenidas por: Sociedades comerciales Entes autónomos y servicios descentralizados del dominio comercial e industrial del Estado Asociaciones agrarias, sociedades agrarias y sociedades civiles con objeto agrario. Establecimientos permanentes de no residentes Fondos de inversión cerrados de crédito y fideicomisos Sociedades de hecho y sociedades civiles (excepto las integradas exclusivamente por personas físicas residentes o que perciban únicamente rentas de capital, integradas por personas físicas residentes y entidades no residentes)

7 IRAE: Rentas comprendidas 2) Rentas empresariales. Rentas empresarias (combinación de capital y trabajo) obtenidas por resto entidades 3) Rentas derivadas de actividades agropecuarias. Opción IMEBA no aplicable a: -SA, SCA, Fondos cerrados de crédito, fideicomisos -Explotaciones con ingresos mayores US$ Explotaciones en predios con superficie al inicio del ejercicio mayor a 1500 hectáreas Coneat 100 (1250 para ejercicios iniciados a partir del 1/7/2009 -Venta de activo fijo, pastoreo, aparcerías y análogas y servicios agropecuarios

8 IRAE: Rentas comprendidas 4) Asimiladas a empresariales por habitualidad en la enajenación de inmuebles 5) Comprendidas en IRPF que opten por IRAE o queden incluidas preceptivamente por superar límite ingresos (US$ anuales equivalente a UI).

9 IRAE: Rentas comprendidas Sociedad Civil o de Hecho integrada por PF residentes Renta empresarial IRAE Rentas de Trabajo Rentas de capital Atribuye renta a socios IRPF

10 IRAE: Rentas comprendidas Rentas obtenidas por Persona Física Rentas de Trabajo Rentas de capital Opción Si supera tope ingresos IRAE

11 IRAE: Aspecto espacial Se mantiene criterio de fuente uruguaya Se gravan las rentas provenientes de actividades desarrolladas o derechos utilizados económicamente en el país Se consideran de fuente uruguaya, los servicios prestados desde el exterior a contribuyentes del IRAE vinculados con rentas comprendidas en el IRAE.

12 IRAE: Tasa Se reduce la tasa al 25% Se grava la distribución con un 7% en concepto de IRPF o IRNR. Aplica a la distribución de utilidades correspondientes a rentas gravadas por el IRAE y devengadas en ejercicios iniciados a partir del 1 de julio No aplica a sociedades personales cuyos ingresos sean inferiores US$ anuales ( UI). No aplica a sujetos prestadores de servicios personales que hayan optado por IRAE o hayan quedado incluidos por superar el tope de ingresos.

13 IRAE: Tasa Se reduce la carga impositiva global? Regimen actual Reforma Utilidad Impuesto renta (30) (25) Utilidad neta Impuesto dividendos 0 (5,25) Utilidad accionista 70 69,75 Tasa efectiva global 30% 30,25%

14 IRAE: Deducción gastos Cambio en la regla de deducción de gastos Principio general: Solo se pueden deducir gastos necesarios que constituyan rentas gravadas en cabeza de la contraparte por IRAE, IRPF, IRNR o por una imposición efectiva a la renta en el exterior. Deducción proporcional El monto a deducir es en proporción con la tasa de imposición de la contraparte.

15 IRAE: Deducción gastos Rentas de capital IRPF Proporción: 48% (12/25) Rentas de trabajo IRPF 100% deducible Rentas gravadas por IRNR Proporción: 48% (12/25) Rentas gravadas en el exterior y no por IRNR Rentas gravadas en el exterior y por IRNR Rentas gravadas por IRAE Si tasa mayor 25%: deduce 100%. Si tasa menor 25%: deduce X/25 Deduce por el mayor entre: X+12/25 con un máximo del 100% 100% deducible

16 IRAE: Deducción gastos Excepciones al principio general para la deducción: Remuneraciones a PF que no superen el mínimo no imponible Depósitos convenidos en AFAPS Gastos y contribuciones a favor del personal Donaciones a entes públicos Intereses depósitos bancarios Intereses de prestamos de org. Internacionales o bancos estatales para financiar proyectos productivos Intereses de títulos de deuda que coticen en Bolsa y de títulos nominativos cuya tenencia sean organismos estatales y AFAPs Gastos incurridos con quienes optaron por IMEBA Gastos por adquisiciones a personas Derecho Público Diferencias de cambio exentas del IRPF y del IRNR Fletes marítimos o aéreos. Otros que determine el PE

17 IRAE: Deducción gastos Ejemplos de algunos gastos: -Honorarios profesionales: -Alquiler inmueble PF: -Intereses ptmo. PF o NR: tope 2% ingresos RT: 100% deducible tope 25% valor real RT: 48% (12/25) tope 1,6% interés anual RT: entre 48% y 100% En caso de tener que efectuar retenciones a NR o asumir el impuesto de la otra parte, este costo neutraliza total o parcialmente el ahorro impositivo por la deducción del gasto

18 IRAE: Deducción gastos Deducciones incrementadas (1 vez y media) -Gastos capacitación -Gastos para mejorar condiciones trabajo a través prevención -Gastos para financiar proyectos de investigación y desarrollo científico y tecnológico siempre que se trate de proyectos aprobados por el PE -Gastos para obtener certificación calidad -Honorarios profesionales en áreas prioritarias -Compra de semilla etiquetada por parte productores

19 IRAE: Deducción gastos Deducciones incrementadas (cont) -Gastos por incrementos salariales Para promover el empleo, se admite deducir en forma adicional,el 50% de la menor de las siguientes cifras: El exceso que surja de comparar el monto de salarios del ejercicio con los del ejercicio anterior, ajustados por IPC El monto que surja de aplicar al monto de salarios en el ejercicio, el porcentaje de incremento promedio de trabajadores ocupados. El 50% del monto total de los salarios del ejercicio anterior actualizados por el IPC

20 IRAE: Régimen de renta ficta Actividades comerciales, industriales y servicios sin contabilidad suficiente Sociedades comerciales (SRL, Colectiva, de Hecho y Civiles) con ingresos anuales < US$ Empresas unipersonales con ingresos < US$ Ingresos anuales Renta ficta Tasa del IRAE sobre ingresos Hasta US$ 135 mil 13.2% 3.3% (13.2x25%) Entre US$ 135 mil y US$ 200 Entre US$ 200 y US$ % 9% (36x25%) 48% 12% (48x25%)

21 IRAE: Régimen de renta ficta Actividades comerciales, industriales y servicios sin contabilidad suficiente Aplican obligatoriamente la escala del 48%: - Servicios personales comprendidos en el IRPF que hayan optado por IRAE - Las empresas unipersonales con rentas puras de capital o puras de trabajo Período mínimo de aplicación del régimen entre el 1º de julio al 31/12/2011

22 IRAE: Régimen de renta ficta Actividades agropecuarias sin contabilidad suficiente Sociedades (SRL, Colectiva, de Hecho y Civiles) con ingresos anuales < US$ Empresas unipersonales con ingresos < US$ Asociaciones agrarias, sociedades agrarias y sociedades civiles agrarias con ingresos < US$ Ventas de productos agropecuarios x tasa máxima legal de IMEBA (*) x 1,5 + Restantes ventas, servicios y demás rentas brutas x 36%. - Sueldos de dueños o socios admitidos por la reglamentación Renta neta gravada por IRAE Período mínimo de aplicación del régimen entre el 1º de julio al 31/12/2011

23 IRAE: Estab. permanente Establecimiento permanente Cuando un no residente realice toda o parte de su actividad por medio de un lugar fijo de negocios en el país. Comprende: sede de dirección Sucursales Oficinas Fábricas y talleres Obras o proyectos de construcción mayores a 3 meses Servicios prestados mediante empleados contratados en el país en un período o períodos que en total excedan los 6 meses dentro de un período de 12 meses.

24 IRAE: Precios Transferencia Precios de transferencia El Fisco puede ajustar los precios de las operaciones con partes vinculadas cuando estos no se adecuan a las prácticas de mercado entre partes independientes. Vinculación: Operaciones realizadas entre una empresa local con no residentes o entidades que operen en exclaves aduaneros y que gocen de nula o baja tributación, que estén sujetas a la dirección o control de las mismas personas

25 IRAE: Precios transferencia Precios de transferencia Operaciones con entidades que operen en exclaves aduaneros con baja tributación y en países de nula o baja tributación: se consideran en todos los casos como no ajustadas a precios de mercado. Métodos de ajuste Precios comparables entre partes independientes Precios de reventa fijados entre partes independientes Costo mas beneficios División de ganancias y margen neto de la transacción

26 IRAE: Otras modificaciones Extensión del beneficio por inversiones Se extiende el período para tomar el beneficio de 1 a 3 ejercicios en caso de no existir rentas fiscales suficientes -Se incluye a las inversiones en máquinas e instalaciones comerciales y de servicios. Se extiende el período de aprovechamiento de perdidas fiscales de 3 a 5 años para las pérdidas devengadas a partir del 1 de julio

27 IMPUESTO AL PATRIMONIO (IP) Se mantiene la tasa del 1,5% Se reduce la tasa de retención a personas jurídicas del exterior del 2% al 1,5% Cambios en deducción de pasivos Abatimiento 50% con IRAE.

28 IMPUESTO AL PATRIMONIO (IP) Cambios en la deducción de pasivos -Deudas financieras: solo se admite deducir el promedio de pasivos con entidades financieras locales -Se admite deducir deudas para financiar proyectos productivos contraídas con Estados, organismos internacionales de crédito que integre Uruguya, CND y bancos estatales extranjeros. -Deudas con personas de Derecho Público que paguen IP serán deducibles - Obligaciones y debentures que coticen en Bolsa pero con ciertos requisitos

29 IMPUESTO AL PATRIMONIO (IP) Abatimiento del Impuesto Se otorga la posibilidad de abatir hasta en un 50% con el IRAE pero ello solo está permitido cuando el capital es nominativo y su titularidad corresponde a personas físicas Patrimonio agropecuario -Se elimina la exoneración de las tierras. -Se elimina la exoneración del patrimonio, excepto que el titular sea una persona física o sociedad nominativa con titular persona física.

30 Aportes seguridad social Se reduce el aporte patronal jubilatorio del 12,5% al 7,5% y se eliminan las exoneraciones y rebajas de tasas. Industrias exportadoras Las orientadas a la exportación, tienen un incremento gradual del aporte patronal: Desde 1/7/2007: 4% Desde 1/1/2009: 7,5%

31 Aportes seguridad social Partidas exentas (alimentación, transporte, cobertura médica y seguro de vida): comienzan a gravarse con aporte patronal jubilatorio en forma gradual hasta llegar al 7,5%. Hasta 31/12/2008: 0% Desde 1/1/2009: 2,5% Desde 1/1/2010: 5% Desde 1/1/2011: 7,5% Siguen exentas del resto de aportes patronales y de los aportes personales.

32 IVA Y COFIS COFIS Se deroga el impuesto IVA - Se reduce tasa básica al 22% y mínima al 10% - Se incorporan bienes y servicios que estaban exentos Tasa mínima: servicios salud, transporte de pasajeros, enajenación de inmuebles nuevos por parte de empresas Tasa básica: cigarrillos, suministro de agua - Se mantiene tratamiento operaciones zona franca - Régimen pequeña empresa

33 Obligaciones como Agente de retención Las empresas deberán actuar como agente de retención o responsable sustituto del IRPF o del IRNR en el caso de ciertos pagos realizados a personas físicas y no residentes. Ser agente de retención o responsable sustituto implica una serie de obligaciones tales como pagar el impuesto retenido, presentar declaraciones juradas y emitir resguardos de retención.

34 IRAE: Agente de retención Casos en los que las empresas deberán retener el IRPF o IRNR: Por pagos de arrendamientos a personas físicas o no residentes: 10,5%. Por intereses sobre préstamos a personas físicas o no residentes: 12% Por intereses de títulos de deuda emitidos por la empresa: 12% o 3% si la emisión es pública, cotiza en Bolsa y es a plazos mayores a tres años. Por servicios personales pagados a personas físicas residentes fuera relación de dependencia: 10% Por servicios a personas no residentes: 12%

35 Agente de retención Por pagos de rentas empresariales a no residentes: 12%. Bancos por intereses depositantes personas físicas y no residentes: 12%, 3% y 5% dependiendo del depósito. Por pagos de otros rendimientos de capital a personas físicas o no residentes (arrendamiento inmuebles, intangibles, etc):12% Empleadores por las retribuciones abonadas a sus empleados Por el pago de dividendos a personas físicas o no residentes: 7%

36 Agente de retención Obligaciones del contribuyente PF residente: -Deben otorgar numero RUC al agente de retención. La omisión de entregar el RUC no libera a la empresa de efectuar la retención. - Las PF pueden dar carácter definitivo a las retenciones de rentas de capital quedando liberados de presentar declaración jurada por dichas rentas. Obligaciones del contribuyente No Residente: -No tiene obligación de inscribirse cuando todas sus rentas pagan por retención. - Si no son objeto de retención debe fijar un domicilio fiscal en el país y nombrar representante.

37 IMPUESTO A LA RENTA DE NO RESIDENTES

38 IRNR Generalidades Lo pagan las personas físicas y otras entidades no residentes sin establecimiento permanente en el país. Grava las rentas de fuente uruguaya y los servicios prestados desde el exterior a contribuyentes del IRAE Liquidación anual al 31/12 Cálculo del IRNR: Grossing up cuando se pague por retención: monto girado/(1- tasa) = (monto girado + impuesto) x tasa= IRNR Las definiciones de residente y establecimiento permanente son las mismas que en el IRPF e IRAE

39 IRNR Rentas comprendidas: - Rentas empresariales Definición IRAE - Rentas del trabajo - Rendimientos del capital Definición IRPF - Incrementos patrimoniales - Dividendos y utilidades

40 Rentas empresariales Actividades lucrativas industriales, comerciales y de servicios realizadas por empresas y actividades agropecuarias Rentas obtenidas por prestación de servicios personales cuando el no residente subcontrate servicios con personas físicas o jurídicas residentes Monto imponible: ingresos brutos de fuente uruguaya Tasa: 12% DIFERENCIA CON EL RÉGIMEN ACTUAL: Régimen actual: tasa del 30% (IRIC) sobre renta ficta del 30% s/ ingresos brutos (equivalente al 9% sobre ingresos brutos) Reforma tributaria: tasa del 12% sobre ingresos brutos

41 Rendimientos del trabajo Prestación de servicios personales dentro y fuera de la relación de dependencia Jubilaciones y pensiones Monto imponible: total de ingresos brutos de fuente uruguaya y servicios prestados desde el exterior a contribuyentes del IRAE siempre que se vinculen a rentas comprendidas en el IRAE Tasa: 12%

42 Rendimientos del trabajo DIFERENCIA CON EL RÉGIMEN ACTUAL: Régimen actual: grava a la tasa del 30% los servicios técnicos pagados al exterior salvo cuando el país del prestador del servicio grava dichas rentas y no concede crédito fiscal. Reforma tributaria: grava a la tasa del 12% por vía de retención todo tipo de servicios prestados por no residentes en territorio nacional (sin establecimiento permanente). grava a la tasa del 12% por vía de retención solo los servicios técnicos prestados desde el exterior a contribuyentes del IRAE

43 Rendimientos del trabajo Servicios técnicos: gestión, técnica, administración y todo otro tipo asesoramiento que implique transmisión de conocimientos. Servicios prestados a quienes obtienen más del 90% de rentas no gravadas por IRAE : debe retener el IRNR sobre una renta ficta del 5% del servicio facturado, o lo que es lo mismo: 0,6% sobre el precio del servicio facturado. Ejemplos: S.A de Zona Franca Safis Empresas con todas o casi todas sus rentas de fuente extranjera

44 Rendimientos de capital Rentas en dinero o en especie que provengan directa o indirectamente de elementos patrimoniales, bienes o derechos Monto imponible: rentas computables para el IRPF Tasa: 12% DIFERENCIA CON EL RÉGIMEN ACTUAL: Régimen actual: grava a la tasa del 30% los pagos al exterior por regalías, derechos de autor y arrendamiento de maquinas

45 Rendimientos de capital Reforma tributaria: grava a la tasa del 12% las rentas por rendimiento del capital e incrementos patrimoniales definidas en el IRPF Ejemplos: Arrendamiento y venta de inmuebles Intereses de préstamos otorgados por personas del exterior Intereses por depósitos en bancos locales Licenciamiento de software Rentas por contratos de seguros

46 Incrementos patrimoniales Rentas correspondientes a trasmisiones patrimoniales sobre bienes de cualquier naturaleza ubicados en territorio uruguayo (por ej: resultado por venta de inmuebles, vehículos, maquinas, etc) Monto imponible: rentas computables para el IRPF Tasa: 12% DIFERENCIA CON EL RÉGIMEN ACTUAL: Régimen actual: no grava los incrementos patrimoniales de personas físicas o jurídicas no residentes. Reforma tributaria: grava el resultado por la venta de bienes muebles e inmuebles a la tasa del 12%

47 Dividendos y utilidades Se gravan los dividendos y utilidades pagados o acreditados por contribuyentes del IRAE Monto imponible: el menor entre el dividendo distribuido y la renta neta fiscal del ejercicio. Rentas comprendidas: utilidades de establecimientos permanentes de no residentes a su Casa Matriz u otras sucursales y dividendos o utilidades distribuidas por entidades residentes en cuyos resultados participen personas físicas o entidades no residentes. Tasa (retención): 7% Atribución temporal: decisión de la asamblea ordinaria de accionistas (S.A) y con el pago o crédito (establecimientos permanentes a Casa Matriz)

48 Tasas Tasa general: 12% Depósitos en M/N o en UI > 1 año : 3% Depósitos en M/N s/reajuste =< 1 año : 5% Obligaciones y otros títulos > 3 años y cotización bursátil : 3% Dividendos y utilidades: 7%

49 Exoneraciones Intereses y otros resultados de Títulos de Deuda Pública. Intereses por préstamos otorgados a contribuyentes del IRAE cuyos activos afectados a obtener rentas no gravadas sean el 90% del activo total. Venta de acciones al portador y demás participaciones en el capital de contribuyentes del IRAE al portador. Dividendos y utilidades derivadas de rentas no gravadas por el IRAE. Por ej.: rentas de SA de ZF y rentas de fuente extranjera. Utilidades de sociedades personales cuyos ingresos no superen US$

50 Exoneraciones Rentas por diferencias de cambio de moneda extranjera, depósitos y créditos excepto cuentas a cobrar por rendimientos del capital o trabajo y saldos de precio por incrementos patrimoniales. Rentas por reajuste de precios por tenencia de valores reajustables, depósitos y créditos con las mismas excepciones que rentas por dif. Cambio.

51 Aspectos formales No obligación de inscribirse: cuando la totalidad de las rentas del no residente sean objeto de retención. Representantes: cuando las rentas no sean objeto de retención los no residentes deben designar una persona física o jurídica residente para que los represente ante DGI ( en función de la cuantía y naturaleza de las operaciones ). Domicilio fiscal: el del representante o en su defecto el del responsable solidario, salvo cuando se obtengan rentas por inmuebles en cuyo caso el domicilio fiscal será el del inmueble. Declaración jurada: opción de darle carácter definitivo a las retenciones.

52 Agentes de retención Actividades empresariales (agentes de retención): Sujetos pasivos del IRAE El Estado Entidades que atribuyan rentas, excepto las sucesiones Asociaciones y fundaciones no contribuyentes del IRAE Rendimientos del trabajo fuera de la relación de dependencia (responsables por obligaciones tributarias de terceros): Sujetos pasivos del IRAE El Estado Entidades que atribuyan rentas, excepto las sucesiones Asociaciones y fundaciones no SP del IRAE

53 Agentes de retención Rentas de jubilaciones y pensiones (responsables sustitutos): BPS CJPB CJPPU otras cajas paraestatales Dependientes de usuarios de zonas francas (responsables sustitutos) Usuarios de ZF que sean empleadores de quienes realizaron la opción de pagar el IRNR

54 Agentes de retención Arrendamientos y otros rendimientos de capital inmobiliario: Estado Contribuyentes del IRAE Contaduría General de la Nación /Anda Administradores de propiedades Entidades que atribuyan rentas Asociaciones y fundaciones no contribuyentes del IRAE La retención será: 10,5% para arrendamientos 12% restantes casos de rendimiento de capital inmobiliario (por ej. Usufructo)

55 Agentes de retención Rendimiento de capital mobiliarios (agentes de retención) Bancos (por los intereses) Emisores de On s o títulos similares Contribuyentes del IRAE Estado Entidades que atribuyen rentas excepto sucesiones indivisas Contribuyentes del IRAE que paguen o acrediten dividendos o utilidades Tasa de retención: intereses depósitos m/n y UI > 1 año: 3% intereses depósitos m/n sin reajuste <= 1 año: 5% intereses restantes depósitos: 12% intereses de valores emitidos a plazos > 3 años, suscripción pública y cot.bursatil : 3%

56 Agentes de retención restantes intereses de valores: 12% restantes rendimientos del capital mobiliario: 12% dividendos o utilidades: 7% Incrementos patrimoniales (agentes de retención): rentas por ventas de inmuebles: escribanos rentas por bienes muebles en remate: rematadores Tasa de retención: rentas por ventas de inmuebles: escribanos: 12% sobre resultado real o ficto rentas por bienes muebles en remate: rematadores: 2,4% del precio obtenido en remate.

57 Agentes de retención No obligados a retener: quienes paguen o acrediten rentas gravadas a establecimientos permanentes Identificación y domicilio: las S.A con acciones al portador deberán recabar en la oportunidad que paguen dividendos, una declaración jurada al beneficiario o mandatario, conteniendo su individualización y domicilio las S.A con acciones nominativas y las sociedades personales deberán recabar declaración jurada de domicilio a los titulares del capital las DJ deberán obtenerse previo al pago o crédito, en las condiciones que establezca la DGI

58 IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

59 IRPF Generalidades Lo pagan los residentes uruguayos Grava las rentas de fuente uruguaya Sistema dual: rentas de capital y de trabajo Liquidación anual (por separado) Régimen de retenciones

60 RENTAS DE TRABAJO

61 Rentas de Trabajo Quienes deben pagar el IRPF? Personas físicas residentes en Uruguay Concepto de residencia: - Criterio permanencia: más de 183 días - Criterio centro principal de actividades o interés económico. o vital. Personal extranjero trabajando en zona franca Personal no residente dependiente de empresas locales

62 Rentas de Trabajo Cuáles son las rentas comprendidas? Rentas comprendidas: - rentas obtenidas por la prestación de servicios dentro y fuera relación de dependencia - subsidios de inactividad compensada (excepto seguro desempleo, de enfermedad, subsidio maternidad e indemnización temporal por accidentes de trabajo) - jubilaciones, pensiones, y prestaciones de pasividad de similar naturaleza. Deducción de incobrables y pérdidas ej.anteriores Fuente: solo grava rentas derivadas de servicios prestados en el país

63 Rentas de Trabajo Atribución temporal - Principio de lo devengado. No se gravan rentas devengadas antes del 1 de julio - Excepciones: -DC y reajustes que se computan con el cobro -Aguinaldo, salario vacacional, licencia y otras partidas que se imputen en el mes de pago aún cuando se generen en más de un mes.: se imputan en el mes de pago

64 Rentas de trabajo A) Rentas en relación de dependencia Rentas computables: Ingresos regulares o extraordinarios, en dinero o en especie, que se generen por la actividad en relación de dependencia o en ocasión de la misma. Partidas retributivas Incluye Partidas indemnizatorias Viáticos sin rendición

65 Partidas retributivas Retribuciones en especie -Retiro de productos de la empresa -Vehículo de la empresa para uso personal -Vivienda -Alimentos -Seguro de vida -Gastos médicos -Ropa de trabajo

66 Partidas retributivas Retribuciones en especie y viáticos sin rendición: Aplica normas de valuación aplicable a CESS y si estas no existen, valores de mercado Vivienda: Alimentación: Transporte: Seguro vida: Salud: 10 BFC Valor nominal ticket o valor otorgado a comida ofrecida Costo ticket o boleto o valor otorgado al transporte Valor de la prima Valor nominal de la cuota Viáticos sin rendición: 25% utilización en el país, 50% en el exterior Otras partidas en especie: precio de mercado

67 Partidas retributivas Titulares de unipersonales, socios de sociedades personales, directores de sociedades anónimas: Deben computar como renta gravada las remuneraciones reales o fictas por las cuales se aporte al BPS.

68 Partidas retributivas Algunos casos de interés -Uso vehículo de la empresa -Pago de gastos del vehículo del empleado -Reintegro gastos de alquiler -Provisión de herramientas y ropa de trabajo -Cursos de capacitación

69 Partidas indemnizatorias -Licencia no gozada -Indemnizaciones por despido -Pagos por egresos voluntarios -Pagos por retiros incentivados Exoneración: Indemnizaciones por despido: mínimo legal. Monto que surja de normas legales que fijen mínimos absolutos y tarifados de indemnización

70 Partidas indemnizatorias Exentas: Indemnizaciones exentas: solo los mínimos legales. a) Trabajador enfermo: 2 sueldos por año o fracción con tope de 12 b) Trabajador con enfermedad o accidente profesional: c) Trabajador que observa aportación empleador: 3 sueldos por año o fracción con tope de 18 3 sueldos por año o fracción con tope de 18 d) Viajantes y vendedores de plaza: 1 sueldo por año o fracción, con tope de 6 más 25% e) Despido común: 1 sueldo por año o fracción con tope de 6

71 Partidas indemnizatorias Gravadas: Las que surgen de sentencias laborales constantes que las han vuelto obligatorias. Las que surgen de convenios colectivos con trabajadores Las causadas en despidos abusivos a) Por motivos sindicales: 2 o 3 sueldos por año o fracción con tope de 12 o 18 b) Por reclamos contra empleador: 2 o 3 sueldos por año o fracción con tope de 12 o 18 c) Por motivos discriminatorios: 2 o 3 sueldos por año o fracción con tope de 12 o 18 d) Por hacer huelga: 2 o 3 sueldos por año o fracción con tope de 12 o 18 e) Con denuncia penal falsa: 2 o 3 sueldos por año o fracción con tope de 12 o 18

72 Rentas de trabajo B) Rentas fuera de relación de dependencia Rentas computables Rentas por servicios personales fuera relación de dependencia. No quedan en el IRPF sino en el IRAE cuando: Adopte la forma de sociedad comercial Supere determinado límite a establecer por PE (US$ ) Opte por tributar el IRAE

73 Rentas de trabajo B) Rentas fuera de relación de dependencia Determinación de la rentas computables: Ingresos facturados o atribuidos MENOS 30% en concepto de gastos MENOS Créditos incobrables

74 Rentas de trabajo C) Jubilaciones y pensiones BPS Servicios retiro Fuerzas Armadas Dirección Nacional Asistencia Social Policial Caja Profesionales Caja Bancaria Caja Notarial Otras entidades residentes, públicas o privadas, que otorgue prestaciones de similar naturaleza No se gravan las generadas por aportes realizados en instituciones de previsión social no residentes No se gravan las asignaciones familiares

75 Rentas de trabajo C) Gastos deducibles Aportes jubilatorios (BPS, Servicio Retiro Fuerzas Armadas, Dirección Nacional de Asistencia Social Policial, CJPB, CJPPU, Caja Notarial y Sociedades Administradoras de Fondos Complementarios de Previsión Social) DISSE y FRL, Sistema Notarial de Salud, Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales Fondo de Solidaridad y su adicional Atención medica de hijos menores de edad: 6,5 BPC anual ($ 886 por mes por hijo). Se duplica en el caso de discapacitados y se amplía a mayores de edad Atención medica jubilados y pensionistas ($ por mes) Aporte al Fondo de Subsidio por Desempleo de la Caja Bancaria

76 Rentas de trabajo Cómo funciona el mecanismo de deducciones 1) Se suman todos los conceptos deducibles 2) Se le aplica la escala de tasas pero sin MNI (desde un peso se aplica el 10%) 3) Se determina el IRPF de deducciones que se resta al IRPF de rentas computables

77 Rentas de trabajo Escalas y tasas Escala anual ($) Tasa Hasta 60 BPC O% 60 BPC 120 BPC 10% 120 BPC- 180 BPC 15% 180 BPC- 600 BPC 20% 600 BPC BPC 22% Más de BPC 25%

78 Rentas de trabajo Escalas y tasas Ingresos anuales ($) Hasta % % % % % Más de %

79 Rentas de trabajo Escalas y tasas mensualizadas aplicable a rentas Ingresos mensuales ($) Hasta % % % % % Más de %

80 Rentas de trabajo Escalas y tasas mensualizadas aplicable a deducciones Deducciones mensuales ($) Hasta % % % % Más de %

81 Liquidación Rentas en relación de dependencia El empleador debe efectuar retenciones mensualmente, en base a los pagos que le realiza al empleado. Para las deducciones, el empleado debe informar mediante declaración jurada su situación particular. La declaración jurada se presenta el 1 de julio, o al inicio de cada relación laboral. Si opta por no informar, igual las puede tomar en su liquidación anual Cuando hay un cambio en la situación, se debe comunicarla. De lo contrario, las circunstancias correspondientes se toman a partir del mes siguiente al que se informe.

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