Proyecto singular: USO SOSTENIBLE DEL MEDIO MARINO
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- María Mercedes Paula Araya Quiroga
- hace 8 años
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1 Problemática del sector pesquero artesanal situado en los núcleos del litoral del Levante Almeriense: el caso específico de la Playa de Cabo de Gata, el Alquián e Isleta del Moro Proyecto singular: USO SOSTENIBLE DEL MEDIO MARINO Autores Antonio Agustín Álvarez López Rafael Gálvez César Rocío Sanjurjo Franco Francisco de Paula Zurita Manrubia Junio 2012
2 Uso Sostenible del Medio Marino PROBLEMÁTICA DEL SECTOR PESQUERO ARTESANAL SITUADO EN LOS NÚCLEOS DEL LITORAL DEL LEVANTE ALMERIENSE: EL CASO ESPECÍFICO DE LA PLAYA DE CABO DE GATA, EL ALQUIÁN E ISLETA DEL MORO La actual Ley 1/2002 de ordenación, fomento y control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina, entiende como pesca artesanal la pesca profesional ejercida por pequeñas unidades empresariales con baja capitalización, escasa división del trabajo y diversificación de funciones, y que, usando medios de producción poco tecnificados, tienen, generalmente, un régimen de propiedad familiar con predominio de relaciones de uso y costumbres que le son propios sobre las relaciones laborales comunes. Esta definición, a priori, englobaría a la mayor parte de las flotas pesqueras andaluzas, incluyendo los arrastreros, cerqueros, palangreros y artes menores. Además, entre los objetivos de dicha Ley se encuentran; la explotación racional y responsable de los recursos pesqueros; la mejora de la flota pesquera andaluza y su adaptación a los recursos disponibles y accesibles; garantizar a los profesionales del sector el ejercicio de una actividad sostenible, así como unas condiciones socioeconómicas dignas y; el mantenimiento y fomento del tejido socioeconómico de las zonas dependientes de la pesca y de la acuicultura, en las que esta actividad sea un pilar básico de las economías locales y de la generación de empleo. Sin embargo, la actual situación de los núcleos pesqueros de Cabo de Gata, El Alquián y La Isleta del Moro, como consecuencia de la lejanía a un puerto pesquero, no presentan una zona de descarga habilitada, por lo que no pueden realizar una venta en lonja y tampoco tienen, por normativa, la posibilidad de realizar un conduce para trasladar por carreta sus capturas a lonja. Además, la falta de ayudas ofrecidas por la administración local, nacional y comunitaria junto con la baja capacidad pesquera (capturas) hace que la flota sea poco rentable en la actualidad y competitiva frente a otras modalidades. Estos núcleos pesqueros están formados por alrededor de 12 embarcaciones dispersas, lo que les confiere un número muy bajo para tener fuerza representativa ante la administración y otros organismos de gestión. Además, la distorsión o no definición clara de su actividad como flota artesanal o de arte menor, hace que no se enclave bien su actividad dentro del sector profesional, condicionando en muchos casos su actividad. Todo ello, puede provocar la desaparición de la actividad en estos núcleos pesqueros, desapareciendo al mismo tiempo una actividad económica local dependiente de la pesca. Además, esta flota en cuestión, presenta un valor añadido, pudiéndose perder un legado cultural antropológico y artes de pescas tradicionales e históricos, como es el caso de la moruna. Cabe recordar que estas embarcaciones de poco porte son los buques pesqueros que presentan el menor impacto ambiental y garantiza el consumo de pescado de kilómetro 0 o consumo de pescado del litoral. Todo ello, son valores a conservar y potenciar en las nuevas políticas pesqueras. Hay que destacar que el ejercicio de la pesca en estos núcleos, con artes tradicionales de pesca más selectivas y bajo impacto ambiental debido al reducido consumo de gasoil y emisión de CO2, garantiza una actividad sostenible con el medio y los recursos que extraen. Lo cual puede garantizar la pervivencia de las poblaciones locales así como el empleo, tanto directo como indirecto. Son pesquerías autogestionadas por los mismos pescadores debido al elevado conocimiento de la zona y que puede pasar de generación a generación como un legado cultural inmaterial (el conocimiento) y material (el uso de artes de pesca tradicionales). 2
3 Problemática sector pesquero artesanal Para poder solventar toda esta situación, se deben realizar una serie de actuaciones administrativas, estas son: Actuación 1. Reconocimiento de núcleos pesqueros: La primera actuación sería reconocer esos núcleos como núcleos pesqueros o Playas de Varada tal y como aparecen en el Catálogo de artes, aparejos y Utensilios de Pesca del Litoral Andaluz editado por la Consejería de Agricultura y Pesca. En dicho catálogo se describen los núcleos de Playa de Cabo de Gata y Playa del Perdigal o el Alquián. En el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata Níjar se describe la problemática que tiene este sector: El tramo litoral desde Cabo de Gata hasta Carboneras cuenta hoy con una pequeña flota pesquera artesanal, constituida principalmente por jabegas y algunas embarcaciones de mayor calado. La histórica falta de puertos de amarre y la conflictividad socio ambiental que ha impedido la construcción del Abrigo Pesquero de la Isleta del Moro, previsto como viable por el PORN de 1994, ha impedido el establecimiento de una flota de mayor importancia. Las principales zonas de anclaje y varado en línea de playa se localizan en San Miguel de Cabo de Gata, La Isleta y Agua Amarga. Por otra parte, en los últimos años, se ha producido un incremento progresivo del número de pequeñas embarcaciones utilizadas para la pesca deportiva que se distribuye por todo el litoral de Almería (San Miguel y Almadraba de Monteleva) y Níjar (Corralete, Las Sirenas, Puerto deportivo de San José, el embarcadero, la Isleta del Moro, Playazo de Rodalquilar, Agua Amarga) al puerto pesquero y deportivo de Carboneras. Las artes de pesca profesionales más utilizadas son: trasmallo, cerco, moruna, nasa, rastro, palangre, jibiera y bonitera. Estas artes permiten la captura de un amplio abanico de especies de interés comercial, si bien el volumen de pesca ha disminuido en lo que va de siglo por abandono de usos y pérdida de producción del caladero. Las capturas se realizan dentro y fuera de la franja marina protegida en función de los recursos pesqueros del momento. Es destacable la presencia de embarcaciones procedentes de otras zonas como el Alquián y Carboneras e incluso Almería, que pescan ocasionalmente en las aguas de Cabo de Gata. Los principales problemas con el que se encuentra la flota artesanal de este tramo litoral son, puntualmente la pesca ilegal con embarcaciones de arrastre procedentes generalmente de Almería capital y Roquetas de Mar, y de forma mas generada competencia de la pesca deportiva. Los principales impactos que amenazan a este recurso son por tanto: el abandono de usos tradicionales, la pesca de arrastre con base en los puertos pesqueros de Almería capital y Roquetas de Mar y, la competencia de la pesca deportiva que condiciona el reparto de las especies y su aprovechamiento sostenible. Así mismo, debemos reseñar la contaminación difusa asociada a los vertidos (combustibles, residuos, etc.) del intenso tráfico de buques que se registra aguas afuera del ámbito del Parque Natural y la inadecuada depuración de aguas residuales en puntos de la costa, situados fuera de su ámbito de protección, dado que dentro del mismo se alcanzó hace más de 15 años el vertido cero. 3
4 Uso Sostenible del Medio Marino Actuación 2. Autorización de zonas de descarga: Una vez reconocidos estos núcleos pesqueros, se deben realizar los trámites pertinentes para solicitar dichos núcleos pesqueros como áreas de descarga de pescado, como ha ocurrido en otras zonas del litoral andaluz. La orden del 3 de junio de 1998, por la que se autoriza la descarga de productos frescos de la pesca en los puertos e instalaciones de la provincia de Huelva que se citan crea una vía para poder solucionar este problema: El Decreto 147/1997, de 27 de mayo, por el que se ordena, regula y fomenta la comercialización de los productos de la pesca, en su art. 3 establece que los desembarcos de los productos frescos de la pesca deberán realizarse, como norma general, en los muelles de los recintos portuarios pesqueros destinados a este fin, contemplando la posibilidad de que la Consejería de Agricultura y Pesca, previa conformidad de la Autoridad Portuaria, podrá autorizar la descarga en otros puertos o instalaciones marítimas. En la provincia de Huelva, concretamente en Punta del Moral (Ayamonte), El Terrón (Lepe) y El Rompido (Cartaya), habitualmente se han venido utilizando para el desembarco de los productos de la pesca puertos e instalaciones marítimas que no disponen de recintos portuarios pesqueros conforme se define en el artículo 2.9 del Decreto 147/1997, antes citado, por lo que se considera conveniente autorizar la descarga conforme a lo establecido en el referido Decreto. Por todo ello, a propuesta del Director/a General de Pesca, y en ejercicio de las competencias que me confiere el Decreto 147/1997: Primero. La descarga de los productos frescos de la pesca en la provincia de Huelva se realizar, como norma general, en los recintos portuarios pesqueros de los puertos de Huelva, Ayamonte, Isla Cristina y Punta Umbría, en los muelles destinados a este fin. Segundo. Se autoriza la descarga de productos frescos de la pesca en los puertos e instalaciones de Punta del Moral (Ayamonte), El Terrón (Lepe) y El Rompido (Cartaya), en las siguientes condiciones: a) Tanto los lugares de descarga como los horarios serán establecidos por la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la normativa vigente en materia de horarios de salida y entrada en puerto. b) Los productos desembarcados en estos lugares deberán ser trasladados obligatoriamente y sin demora alguna, a una lonja para someterse a la primera venta y a los controles reglamentarios. c) Durante el transporte, los productos deberán ir acompañados del documento previsto en el artículo 6 del Decreto 147/97, de 27 de mayo, antes citado, y en la Resolución de 12 de mayo de 1997, de la Dirección General de Pesca, por la que se establecen los modelos de impresos para el control de la primera venta de los productos pesqueros. No podrán ser retirados los productos del recinto portuario hasta que el transportista no se encuentre en posesión de este documento sellado por la Autoridad Portuaria del Puerto de desembarco. d) Previamente a la primera venta en la Lonja del puerto de destino, el transportista hará entrega de dicho documento a la Autoridad Portuaria, la cual se quedará con una copia del mismo. No podrá ser autorizada la venta en Lonja de productos provenientes de otros puertos que no vayan acompañados de este documento. Dicha vía sería el segundo paso a seguir: Autorización de un punto de descarga en cualquiera de los núcleos pesqueros o cercanos a ellos. 4
5 Problemática sector pesquero artesanal A través de esta autorización, los titulares de las embarcaciones podrían desembarcar sus capturas (pequeñas cantidades) y conjuntamente transportarlas hacia la lonja más cercana con una autorización de conduce común (Capitulo II. ORDENACIÓN DEL CONTROL DEL PROCESO DE COMERCIALIZACIÓN EN ORIGEN, Artículo 6. Control de transporte: Cuando el transporte de dichos productos se realice a no más de 20 Km del lugar de desembarque, para la primera venta, deberán ir acompañadas por una guía o conduce emitido por la Autoridad portuaria), haciendo más sencillo este proceso y todo lo que conlleva (Sanidad, estadística pesquera y trazabilidad). Si se realizaran con éxito dichas actuaciones para normalizar, regular y mantener dichos núcleos pesqueros, se podrán garantizar muchos aspectos sobre la gestión pesquera en el litoral del Parque Natural de Cabo de Gata Níjar, así como garantizar el control sanitario de las capturas comercializadas, los datos estadísticos de las capturas y esfuerzo pesquero. Además, se garantizará la pervivencia de una actividad de la que dependen pequeños núcleos de población, principal objetivo de la nueva Política Pesquera Común, propuesta por la Unión Europea. 5
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