REGLAMENTO INTERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE JALAPA

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1 REGLAMENTO INTERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE JALAPA ADMINISTRACION

2 Acuerdo de Aprobación del Reglamento Interno para la Administración Tributaria Municipal de la Municipalidad de Jalapa, Jalapa El Honorable Concejo Municipal de Jalapa, del departamento de Jalapa. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala determina la autonomía municipal y para ello faculta a las municipalidades a emitir ordenanzas y reglamentos para obtener y disponer de sus recursos. CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 del Código Municipal, el Concejo Municipal debe emitir su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal; adecuada a la realidad de la nación guatemalteca, la cual se caracteriza como de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe. CONSIDERANDO: Que el Código Municipal otorga a las Municipalidades a través de las funciones y competencias de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal; las facultades normativas de recaudar, administrar, controlar y fiscalizar los tributos. CONSIDERANDO: Que en el proceso de modernización y descentralización de las municipalidades es necesario establecer una normativa con el objeto de mejorar la eficiencia, eficacia y simplificación de la administración tributaria municipal. POR TANTO: Fundamentado en las consideraciones y en base en lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala, artículos 239, 243, 253 y 255; en el Código Municipal, Decreto No , Reformado, artículos 3, 8 inciso e), f) y g), 34 y 35 inciso i), 97 y 98 inciso h), y en el Código Tributario Decreto No Artículos 10, 12 y 13. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar el REGLAMENTO INTERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE JALAPA, el cual consta de 30 artículos, cuyo texto se tiene a la vista y ha sido leído en su totalidad durante la presente sesión. SEGUNDO: Instruir al Alcalde para que gire sus instrucciones al Secretario Municipal; Jefe de Recursos Humanos; Director de Relaciones Públicas y Gerente Municipal a efecto que se 1

3 socialice dentro la de Municipalidad de Jalapa que sea entrega un ejemplar a cada Jefe o Encargado de oficina, debiendo publicar en los medios electrónicos disponibles para que sea conocido por todos los empleados y funcionarios de la Municipalidad de Jalapa; así como por la comunidad misma, TERCERO: Ordenar el archivo del documento que contiene el Reglamento indicado como anexo de la presente acta. CUARTO: Certifíquese el presente acuerdo a donde corresponda para su conocimiento y efectos legales consiguientes. 2

4 Contenido TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES... 5 CAPITULO UNICO. DISPOSICIONES GENERALES:... 5 ARTICULO 1. Objeto... 5 ARTICULO 2. Marco Legal... 5 ARTICULO 3. Naturaleza... 5 ARTICULO 4. Definiciones... 6 ARTICULO 5. Principios... 6 TITULO II: ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL... 7 CAPITULO I. ORGANIZACIÓN... 7 ARTICULO 6. Autoridad Máxima Superior... 7 ARTICULO 7. Autoridad Ejecutiva... 7 ARTICULO 8. Dirección y Coordinación... 7 ARTICULO 9. Comité de Administración Tributaria Municipal... 7 ARTICULO 10. Obligaciones de los integrantes del Comité de Administración Tributaria Municipal:... 8 TITULO III: PROCEDIMIENTO PARA EL RECAUDO... 9 CAPITULO I: REGISTRO Y CONCIENTIZACION DEL PAGO DE LOS SERVICIOS... 9 ARTICULO 11. Registro de los Servicios y Contribuyentes ARTICULO 12. Información:... 9 ARTICULO 13. Notas de aviso:... 9 ARTICULO 14. Notas de Segundo Aviso... 9 ARTICULO 15. Notas de Tercer Aviso ARTICULO 16. Requerimiento de pago por medio del Juzgado de Asuntos Municipales TITULO IV PROCEDIMIENTO DE COBRANZA CAPITULO I. PROCEDIMIENTO ARTICULO 17. Procedimiento de cobro ARTICULO 18. Promoción y Divulgación TITULO V: DE LA SECCION TRIBUTARIA DE LA DAFIM CAPITULO UNICO. DE LA SECCION TRIBUTARIA DE LA DAFIM ARTICULO 19. Sección Tributaria de la Dirección de Administración Financiera ARTICULO 20. Funciones del Encargo de la Sección Tributaria de la DAFIM TITULO V: SOLVENCIA MUNICIPAL

5 CAPITULO UNICO. DEL TRAMITE DE LA SOLVENCIA ARTICULO 21. Solvencia Municipal ARTICULO 22. Objeto de la Solvencia Municipal ARTICULO 23. Responsable de su emisión ARTICULO 24. Presentación de la Solvencia TITULO V: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS CAPITULO UNICO DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ARTICULO 25. Evaluación ARTICULO 26. Revisión ARTICULO 27. Manual de Normas y Procedimientos ARTICULO 28. Aprobación y Divulgación del Reglamento ARTICULO 29. Modificaciones ARTICULO 30. Vigencia

6 REGLAMENTO INTERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE JALAPA. TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO UNICO. DISPOSICIONES GENERALES: ARTICULO 1. Objeto El presente Reglamento tiene como objeto mejorar la eficiencia, eficacia, racionalización simplificación y transparencia de la administración tributaria municipal, con el fin de mejorar y fortalecer la capacidad municipal en la recaudación de los ingresos corrientes o fondos privativos de la municipalidad. ARTICULO 2. Marco Legal. La administración tributaria municipal se enmarca en la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código Tributario y dentro de las competencias de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal establecidas en el Decreto No Código Municipal. ARTICULO 3. Naturaleza. El presente reglamento nace de la necesidad de contar con un instrumento que norme la planificación, organización, dirección, control y el funcionamiento general de la administración tributaria municipal principalmente para: a. Proporcionar los elementos técnicos necesarios para la estructuración del proceso tributario de la administración tributaria municipal. b. Impulsar una gestión tributaria municipal proactiva. c. Proporcionar información tributaria, útil, necesaria y oportuna a los contribuyentes y a la administración local. d. Identificar e individualizar la situación tributaria de los contribuyentes frente a la administración municipal. e. Controlar de una manera efectiva la evasión tributaria municipal. f. Facilitar a los contribuyentes las formas de pago de sus obligaciones tributarias. g. Racionalizar los procesos y procedimientos que se realicen en la gestión tributaria municipal. h. Interrelacionar las áreas funcionales de la gestión tributaria municipal para potencializar su efectividad. i. Depurar y actualizar las cuentas corrientes del sistema de Servicios GL. j. Mejorar la transparencia en la administración tributaria local. 5

7 ARTICULO 4. Definiciones Para los efectos de aplicación del presente reglamento se definen los siguientes términos: REGISTROS: Comprenden las operaciones realizadas en las cuentas corrientes, control de los pagos, emisión de notificaciones de cobros, entrega de formularios y recepción de declaraciones y manejo de registros. FISCALIZACION: Implica el control de las obligaciones de declarar y demás obligaciones, la verificación de la exactitud de las declaraciones y registros de contribuyentes y usuarios. COBRANZA: Es el acto de proceder a la recuperación de las obligaciones de los contribuyentes y usuarios que presentan mora en los registros del Sistema de Servicios GL. SEGUIMIENTO Y CONTROL: Comprende el análisis de la información para la planeación estratégica necesaria, el establecimiento de indicadores, la generación e implementación de estrategias y evaluación de resultados, con el objetivo de maximizar la administración y recaudación de los tributos municipales. CULTURA TRIBUTARIA Y ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE: Es el conjunto de valores, comportamientos y reglas que son aceptadas por los miembros de una sociedad en relación con la obligación ciudadana de contribuir a las cargas del Estado y que condice al cumplimiento voluntario y espontáneo de los deberes tributarios, soportados en una responsabilidad ciudadana, solidaridad social y respeto a la ley. COMITE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: Grupo de empleados conformado de las diferentes dependencias que influyen en la tributación. SECCION TRIBUTARIA DE LA DAFIM: Es la unidad de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal, que se encargará de la aplicación del presente reglamento. ARTICULO 5. Principios Son principios fundamentales del presente reglamento los siguientes: 1. Confiabilidad: El Contribuyente y la administración tienen confianza en que los datos suministrados son ciertos, ya que son, consecuencia de un proceso del registro, control, fiscalización, seguimiento técnico y de actualización permanente de la información. 2. Unidad: Se refiere a la existencia de un proceso único coordinado entre los actores enfocados en la gestión tributaria municipal. 3. Veracidad: La información es tomada de las cuentas corrientes reflejadas en el sistema de Servicios GL, aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas para el manejo transparente de los recursos municipales. 4. Oportunidad y utilidad: La información se obtiene en tiempo oportuno en cualquier momento requerido, por la facilidad que permite el sistema de servicios GL. 6

8 5. Seguridad: El proceso organizativo de la administración tributaria municipal disminuye el riesgo de alterar la información y registro de información tributaria municipal al determinar procedimientos claros y precisos para el manejo de la misma y claves de acceso al usuario interno de los sistemas operativos existentes en la municipalidad de Jalapa. TITULO II: ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL. CAPITULO I. ORGANIZACIÓN ARTICULO 6. Autoridad Máxima Superior. El Concejo Municipal en pleno es el órgano rector de la administración tributaria municipal, mediante la fijación de políticas, criterios, regulaciones y normas relativas a la administración tributaria municipal, en el marco de las facultades establecidas la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Código Municipal, las disposiciones de la ley y ordenanzas tributarias del municipio. ARTICULO 7. Autoridad Ejecutiva: Corresponde al Alcalde Municipal como autoridad administrativa la aplicación de las normas establecidas en el presente Reglamento. ARTICULO 8. Dirección y Coordinación: Corresponde a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal la coordinación y ejecución de la presente normativa en observancia a la Constitución Política de la República de Guatemala, al Código Municipal y las leyes y ordenanzas tributarias del municipio, para lo cual expedirá órdenes, instrucciones y medidas necesarias a los funcionarios pertinentes. ARTICULO 9. Comité de Administración Tributaria Municipal: Para el cumplimiento de las competencias y responsabilidades, en materia de administración tributaria municipal se conforma el comité de administración tributaria municipal integrado por: a. Director o Directora de Administración Financiera Integrada Municipal. b. Director o Directora Municipal de Servicios Públicos y de Transporte. c. Juez o Jueza de Asuntos Municipales. d. Tributaria de la DAFIM e. Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos. f. Un Representante de la Oficina de Relaciones Públicas. g. Gerente Municipal 7

9 ARTICULO 10. Obligaciones de los integrantes del Comité de Administración Tributaria Municipal: Cada integrante del Comité de Administración Tributaria deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a. Director o Directora de Administración Financiera Integrada Municipal: Convocar, Dirigir, Coordinar y Supervisar las acciones de cada uno de los integrantes del comité en cumplimiento de sus obligaciones. b. Director Municipal de Servicios Públicos y Transporte: Gestionar ante las oficinas municipales de: Transporte, Agua y Drenajes, Mercado Municipal, Comercio, Rastro, etc. reportes mensuales detallados (nombres completos, dirección exacta, numero de contrato, meses de mora, monto de mora) y actualizados de la mora existente, en base a los registros internos de cada oficina y presentarlos ante el Comité de Administración Tributaria Municipal para realizar el cobro respectivo. Designar a personal de campo para la distribución y entrega de notificaciones o notas de aviso emitidas por la DAFIM. c. Juez o Jueza de Asuntos Municipales: Deberá aportar el apoyo y asesoría jurídica del proceso de cobro, resolviendo o dictaminando sobre aquellos casos con demasiada antigüedad o con montos en mora superiores al promedio a la media. d. Tributaria de la DAFIM: Emitir notas de aviso del estado de cuenta en base a los reportes emitidos por el Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos. Llevando registro y control de los pagos recuperados, así como controlar los pagos de convenios para su efectiva cancelación, emitir solvencias entre otros. e. Encargado del Registro y Control de Servicios Públicos: Responsable del correcto registro de los contribuyentes, emitir reportes mensuales de la mora por concepto de Servicios Públicos generales tales como: Agua, Comercio, Transporte, IUSI, etc. Garantizando que la información proporcionada sea correcta y fidedigna y que todo registro se encuentre ingresado en el sistema de Servicios GL. f. Representante de la oficina Municipal de Relaciones Públicas: Deberá ser nombrado por el Director o Jefe de Relaciones Públicas y su obligación dentro del comité de administración tributaria municipal será de elaborar los modelos, diseños o artes para la campaña de concientización y promoción a la cultura tributaria municipal por los diferentes medios. g. Gerente Municipal: Apoyo en la Coordinación y elaboración de procedimientos administrativos así como en la elaboración de planes de acción para el logro de los mejores resultados. h. Alcalde Municipal: Corresponde al Alcalde Municipal o al Concejal que ocupe su puesto la firma en los convenios de pago realizados, previo a contar con la resolución del Juez de Asuntos Municipales. 8

10 TITULO III: PROCEDIMIENTO PARA EL RECAUDO CAPITULO I: REGISTRO Y CONCIENTIZACION DEL PAGO DE LOS SERVICIOS ARTICULO 11. Registro de los Servicios y Contribuyentes. Todos los servicios deberán ser registrados en el Sistema de Servicios GL, por lo mismo se deberán registrar a los contribuyentes vinculándolos a los servicios que posea en la Municipalidad de Jalapa; asignándole el Número de Identificación Municipal. ARTICULO 12. Información: El Comité de Administración Tributaria Municipal emitirá constantemente información que incentive a la población a realizar sus pagos oportunamente, dicha información deberá ser divulgada por todos los medios posibles asegurando que la misma sea recibida por la población en general. La información escrita podrá ser distribuida por el personal de toma de lectura de contadores para asegurar la recepción de la misma. ARTICULO 13. Notas de aviso: En base a los reportes generados por el sistema de Servicios GL, se enviará una nota de recordatorio de pago, a todos los contribuyentes que reflejen una mora de 3 meses no importando del servicio u oficina de la cual sea moroso. ARTICULO 14. Notas de Segundo Aviso. En base a los reportes generados por el sistema de Servicios GL, se enviará una segunda nota de recordatorio de pago, a todos los contribuyentes que reflejen una mora de 4 meses no importando del servicio u oficina de la cual sea moroso. ARTICULO 15. Notas de Tercer Aviso. En base a los reportes generados por el sistema de Servicios GL, se enviará una tercena nota de requerimiento de pago, a todos los contribuyentes que reflejen una mora de 5 meses no importando del servicio u oficina de la cual sea moroso. ARTICULO 16. Requerimiento de pago por medio del Juzgado de Asuntos Municipales. Transcurridos 6 meses y no obtenerse respuesta alguna de parte del vecino, se formará expediente conteniendo las tres notas de aviso de mora y se trasladará al juzgado de asuntos municipales para que proceda a Dictaminar sobre el corte del 9

11 servicio, suspensión o cancelación del mismo; o en caso extremo requerir el pago por la vía extrajudicial o judicial. TITULO IV PROCEDIMIENTO DE COBRANZA CAPITULO I. PROCEDIMIENTO ARTICULO 17. Procedimiento de cobro. En términos generales el cobro se realizará de la siguiente manera: 1. El Comité se reunirá mensualmente y conocerá sobre la situación de mora de cada una de las oficinas municipales que contribuyen al recaudo. 2. El Tributaria de la DAFIM, clasificará la información por antigüedad de la mora para establecer si ya fueron enviadas las notas de aviso correspondientes. 3. El Tributaria de la DAFIM, emitirá las notas de aviso que correspondan según la antigüedad de la mora, previo análisis del comité y revisión en el sistema por parte del Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos. 4. Los Directores de Administración Financiera y Servicios Públicos firmarán las notas de aviso. 5. El Director de Servicios Públicos asignará a personal para la entrega de las mismas. 6. Los casos con mucha antigüedad deberán ser trasladados al Juzgado de Asuntos Municipales, para notificarles y citarlos a audiencia y poder recuperar el saldo adeudado, dictaminar la cancelación del servicio o dependiendo del monto de la deuda realizar el cobro por la vía judicial a través del proceso económico coactivo. ARTICULO 18. Promoción y Divulgación: El representante de la Oficina Municipal de Relaciones Públicas será el responsable de garantizar que la información para la concientización y creación de la cultura tributaria se realice. 10

12 TITULO V: DE LA SECCION TRIBUTARIA DE LA DAFIM CAPITULO UNICO. DE LA SECCION TRIBUTARIA DE LA DAFIM ARTICULO 19. Sección Tributaria de la Dirección de Administración Financiera. El Director o Directora de Administración Financiera Integrada Municipal, asignará a una persona de su personal como Tributaria de la DAFIM, con el objeto de dar seguimiento a las disposiciones establecidas en este Reglamento. ARTICULO 20. Funciones del Encargo de la Sección Tributaria de la DAFIM. a. Requerir mensualmente los reportes de mora de cada una de las oficinas municipales. b. Clasificar la información en base a la antigüedad de la mora. c. Emitir notas de aviso o de cobro según corresponda d. Llevar registro y control de los pagos recuperados para emitir los informes correspondientes. e. Llevar registro y control de los convenios de pago emitidos y controlar su cumplimiento. f. Emitir solvencia municipal. g. Administrar los usuarios de acceso al sistema de Servicios GL. h. Gestionar ante el Ministerio de Finanzas Públicas, la depuración, eliminación o la creación de nuevos puntos de cobro y/o usuarios en base a sus funciones. i. Velar que el personal mantenga acceso al sistema de Servicios GL, de acuerdo a su puesto y funciones asignados. j. Velar por el adecuado registro de los contribuyentes. k. Llevar registro y control de los ingresos en relación a los conceptos del servicio municipal para la asignación del rubro contable correspondiente. l. Administrar en el sistema de Servicios GL, la gestión de tarifas y multas. m. Promover ante el Comité de Administración Tributaria Municipal, las reuniones mensuales. TITULO V: SOLVENCIA MUNICIPAL CAPITULO UNICO. DEL TRAMITE DE LA SOLVENCIA ARTICULO 21. Solvencia Municipal. Es la certificación extendida por la Sección Tributaria de la Dirección de Administración Financiera Integral Municipal en la que se hace constar que el contribuyente se encuentra solvente de las obligaciones tributarias municipales contempladas en los reglamentos, acuerdos y leyes correspondientes. La Solvencia Municipal deberá ser exigida por todas las oficinas municipales para otorgar nuevos servicios, reconexiones o mejoras del servicio. 11

13 ARTICULO 22. Objeto de la Solvencia Municipal. Será requisito indispensable y obligatorio para realizar cualquier trámite de nuevos servicios, reconexiones o mejoras de servicios; tanto en la Municipalidad de Jalapa como en la Empresa Eléctrica Municipal de Jalapa, para coadyuvar a los esfuerzos del gobierno municipal de hacer efectiva la recaudación de las tasas y los arbitrios municipales. ARTICULO 23. Responsable de su emisión. La Solvencia Municipal será extendida por la Sección Tributaria de la Dirección de Administración Financiera Integral Municipal, en base a los registros y controles del sistema de Servicios GL; debiendo constar: la fecha de su emisión, nombre completo del contribuyente, dirección, Numero de Identificación Municipal; quien deberá revisar y coordinar con las otras dependencias y garantizar la fidelidad de la información. ARTICULO 24. Presentación de la Solvencia. La Solvencia Municipal deberá ser exigida por las Oficinas Municipales en los siguientes casos: a. La inscripción de transacciones sobre bienes inmuebles, tales como: inscripciones, desmembraciones, registros, etc. b. La Obtención de Licencias de Funcionamiento de establecimientos comerciales. c. La autorización de nuevas construcciones, modificaciones, ampliaciones de viviendas, edificios y urbanizaciones. d. La suscripción o renovación de contratos por arrendamiento de bienes inmuebles municipales. e. La autorización de nuevos servicios de agua entubada, drenajes, trabajos de pavimentos; servicios de energía eléctrica. f. La autorización de nuevos servicios o renovaciones de servicios de transporte urbano y extraurbano. g. La cancelación de multas por concepto de infracciones de tránsito. 12

14 TITULO V: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS CAPITULO UNICO DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ARTICULO 25. Evaluación. En la reunión mensual, previo a conocer los nuevos casos de mora, se deberá conocer el resultado obtenido de la gestión de cobro del grupo anterior. ARTICULO 26. Revisión. El Alcalde Municipal y su Corporación revisarán cada cuatro (4) meses lo relacionado a las multas y exoneraciones, para su actuación impositiva. ARTICULO 27. Manual de Normas y Procedimientos. El Manual de normas y procedimientos para la Administración Tributaria Municipal forma parte de los instrumentos administrativos para el cumplimiento de sus objetivos y metas y constituye anexo al presente reglamento desde el momento de su aprobación. ARTICULO 28. Aprobación y Divulgación del Reglamento. Aprobado el presente Reglamento por Acuerdo del Concejo Municipal deberá hacerse del conocimiento de todos los trabajadores de la Municipalidad, así como de la población jalapaneca en general. ARTICULO 29. Modificaciones. Las modificaciones al presente Reglamento solo podrá realizarse por Acuerdo del Concejo Municipal, por iniciativa propia o por propuesta del Alcalde Municipal. ARTICULO 30. Vigencia. Una vez aprobado el Reglamento por parte del Concejo Municipal, queda sin efecto el aprobado anteriormente y su vigencia entra a partir de su certificación por el secretario Municipal. 13

15 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL ADMINISTRACIÓN

16 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-001 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Procedimiento: El presente procedimiento define los pasos a seguir para el registro de los contribuyentes de los diferentes servicios municipales. Objetivo: Garantizar el registro y control de los contribuyentes así como para contar con información fidedigna. Tiempo Estimado: 1 hora Frecuencia: diaria. Número Actividad Responsable 1 Se presenta a solicitar requisitos a la oficina municipal correspondiente 2 Proporciona Información solicitada 3 Completa expediente y cumple con todos los procesos previos; según la oficina que corresponda 4 El servicio municipal es aprobado 5 Envía Requerimiento de Registro de Contribuyente 6 Recibe requerimiento y documentos de soporte Revisa en el Sistema de Servicios GL; que tenga 7 NIM (número de Identificación Municipal) Registra en el Sistema de Servicios GL; el servicio y 8 al Contribuyente; Asigna el número de identificación Municipal y 9 clave del servicio para que proceda a realizar el pago en ventanilla de Tesorería 10 Realiza el pago correspondiente DOCUMENTOS ANEXOS: Contribuyente Encargado o Auxiliar de la Oficina Municipal Contribuyente Encargado de la Oficina Municipal Encargado de la Oficina Municipal Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos 1. Requisitos para obtener servicio municipal (Ver Catálogo de Servicios Municipales) 2. Requerimiento de Inscripción de Contribuyente. 15

17 Fase PRP-DAFIM-TRIB-001 REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Contribuyente Encargado o Auxiliar de Oficina Municipal Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos Inicio Solicita Información y requisitos para el Servicio Municipal Proporciona información y entrega volante con requisitos Presenta documentos y cumple con requisitos NO Servicio aprobado Solicita Ingreso al Sistema del servicio y del Contribuyente Revisa si cuenta con NIM, si no cuenta Ingresa en el sistema el servicio y al contribuyente Realiza el pago respectivo Asigna el NIM FIN 16

18 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-002 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: RECAUDACION DEL ARBITRIO DE ORNATO MUNICIPAL El presente procedimiento define los pasos a seguir para el cobro del arbitrio único anual de ornato municipal, establecido en el Decreto Ley del Arbitrio del Boleto de Ornato. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: Enero y Febrero Frecuencia: diaria. Número Actividad Responsable Publicar y promocionar la venta de boletos de ornato, haciendo uso de los medios y recursos disponibles (Radio, Televisión, Mantas vinílicas, publicación en internet, etc.) Presentarse a las ventanillas de Tesorería autorizados por la DAFIM para realizar el pago del arbitrio Atender al contribuyente y solicitar documento de identificación para generar boleto de ornato Si no se cuenta con la posibilidad de registrar directamente en el sistema el cobro del arbitrio se completa el recibo 7-B de forma manual, se recibe el pago y se entrega el recibo o comprobante del mismo Operar en el sistema (Servicios GL) los formularios 7-B emitidos por concepto de pago del Arbitrio de Ornato Municipal Departamento de Relaciones Públicas Vecino Receptor Receptor Receptor 6 Realizar el pago correspondiente Vecino 7 Entrega el Boleto de Ornato al Vecino, quien revisa el documento Vecino DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Formularios 7-B 17

19 Fase PRP-DAFIM-TRIB-002 RECAUDACION DEL ARBITRIO DEL ORNATO MUNICIPAL Depto. Relaciones Contribuyente / Receptor Públicas Vecino Inicio Ver tabla Publicar y promocionar la adquisición de Boletos de Ornato Presentarse a ventanilla y solicitar boleto de ornato de acuerdo al sueldo que percibe Emite Recibo por concepto de Boleto de Ornato, firma y sella el recibo 7-B Si no contara con sistema, los imprime fuera de sistema, para posteriormente ingresarlos Realiza el pago Opera en el sistema los boletos que hayan sido operados manualmente FIN 18

20 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-003 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: RECAUDACION DEL ARBITRIO DE ORNATO MUNICIPAL VIA CORREO ELECTRONICO El presente procedimiento define los pasos a seguir para el cobro del arbitrio único anual de ornato municipal, establecido en el Decreto Ley del Arbitrio del Boleto de Ornato. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: Enero y Febrero Frecuencia: diaria. Número Actividad Responsable Publicar y promocionar la venta de boletos de ornato, haciendo uso de los medios y recursos disponibles (Radio, Televisión, Mantas vinílicas, publicación en internet, correo electrónico; etc.) Emitir planilla de empleados y montos de boleto de ornato a comprar Realizar depósito bancario, en la Cuenta Única Enviar por correo electrónico la planilla y copia de del depósito realizado Verifica el correo, imprime listado y verifica que el deposito este operado en el estado de cuenta 6 Asigna receptor para que opere los documentos 7 8 Emite los Boletos de ornato en base al listado y copia de la boleta Entrega los boletos de ornato firmados y sellados Departamento de Relaciones Públicas Empresa o Institución Empresa o Institución Empresa o Institución Tributaria de la DAFIM Tributaria de la DAFIM Receptor Receptor Notifica a la Empresa o Institución que sus 9 documentos se encuentran listos para recoger Tributaria de la DAFIM 10 Recoge los Boletos de Ornato, verifica los datos Empresa o Institución DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Formularios 7-B 19

21 Fase PRP-DAFIM-TRIB-003 BOLETOS DE ORNATO POR MEDIO DE CORREO ELECTRONICO Depto. De Relaciones Públicas Empresa o Institución Sección Tributaria DAFIM Receptor Inicio Publica y Promociona la adquisición de boletos de ornato por medio de correo electrónico Recibe información, Emite listado y realiza deposito en el Banco boletosdeornatomunijalapa@hotmail.com Envía por Correo Electrónico el listado de empleados y copia de boleta del deposito Verifica la información y el Estado de Cuenta Asigna receptor para la emisión de boletos de ornato Emite boletos de ornato en los recibos 7-B Recoge los boletos en la Sección Tributaria Revisa los recibos contra el listado y notifica al representante de la Empresa FIN 20

22 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-004 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: REALIZACION DE COBROS El presente procedimiento define los pasos a seguir para el cobro de los arbitrios municipales. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 día Frecuencia: Mensualmente Número Actividad Responsable Convocar a reunión al Comité de Administración Tributaria Municipal Revisar reportes de mora de cada oficina que reporta ingresos Clasificar los servicios que se encuentren con más de 6 meses de mora y decidir si trasladarlos al Juzgado de asuntos municipales Emitir notas informativas, notas de cobros, notificaciones del estado de cuenta, etc. 5 Firmar notas 6 7 Entregar al Supervisor de Lectores para su distribución Entregar a los vecinos la nota informativa o requerimiento de cobro DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Nota de concientización del pago oportuno de sus servicios. 2. Primera Nota de cobro. 3. Segunda Nota de Cobro. Director de AFIM Tributaria Comité de Administración Tributaria Tributaria Director AFIM Director de Servicios Públicos Tributaria Lectores de Medidores de Agua. 21

23 Fase PRP-DAFIM-TRIB-004 REALIZACION DE COBROS DIRECTOR(A) AFIM Tributaria Comité de Administración Tributaria Inicio Convoca a Reunión de Comité de Administración Tributaria Emite los reportes de mora para presentarlos ante el Comité Clasifica la mora en base al tiempo de antigüedad Emite notas de aviso, notas de cobro, según corresponda Entrega notas al Supervisor para su distribución y entrega FIN 22

24 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-005 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: CONVENIO DE PAGO El presente procedimiento define los pasos a seguir para que el contribuyente pueda realizar sus pagos del saldo en mora de forma fraccionado, estableciendo cuotas niveladas fijas. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 hora Frecuencia: diaria. Número Actividad Responsable 1 Presentar en la Sección de Registro y Control de Servicios Públicos la solicitud de convenio de pago Contribuyente adjuntar DPI 2 Revisar el Estado de cuenta o la cuenta corriente Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos 3 Realizar convenio en base a la tabla de cuotas y Encargado de Registro y plazos para el convenio de pago Control de Servicios Públicos 4 Analizar; aprobar o rechazar la solicitud del convenio de pago Director de Servicios Públicos 5 Emitir convenio y registrarlo en la cuenta corriente Encargado de Registro y en el sistema Servicios GL Control de Servicios Públicos 6 Imprimir 3 copias del convenio; (Original: Encargado de Registro y contribuyente; copia 1: Registro de Servicios Control de servicios Públicos públicos; copia 2: Sección Tributaria de DAFIM 7 Realizar el pago de la primer cuota Contribuyente 8 Archivar copia de convenio de pago y documentos Encargado de Registro y de identificación Control de Servicios Públicos 9 Trasladar con oficio; diariamente copia de los Encargado de Registro y convenios de pago a la Sección Tributaria de la Control de Servicios Públicos DAFIM 10 Recibir copia del Convenio de Pago y archivarlo 11 correlativamente Emitir mensualmente informe de convenios realizados y entregarlos al Director(a) de AFIM DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Convenio de Pago. 2. Tabla de Montos y Plazos autorizados. 23 Tributaria de la DAFIM Tributaria de la DAFIM

25 Fase PRP-DAFIM-TRIB-005 CONVENIO DE PAGO Contribuyente Encargado de Registro y Control de Servicios Públicos Director de Servicios Públicos Inicio Se presenta a Solicitar Convenio de Pago Revisar la Cuenta Corriente en el Sistema de Servicios GL Acepta la propuesta de convenio de pago Propone plazo y cuotas a cancelar Elabora Convenio de Pago y solicita Aprobación Revisa el Convenio realizado que este de acuerdo a Tabla autorizada y lo firma de aprobado Realiza primer pago de la cuota acordada Distribuye el convenio: 1. Contribuyente 2. Sección Tributaria DAFIM 3. Archivo en Servicios Publicos FIN 24

26 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-006 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: RECUPERACION DE MORA El presente procedimiento define los pasos a seguir para el traslado de mora con alta antigüedad, por medio del Juzgado de Asuntos Municipales Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 día Frecuencia: Mensualmente Número Actividad Responsable 1 Revisar los reportes y clasificar la mora de más de Comité de Administración 6 meses de antigüedad Tributaria 2 Emitir solicitud al Juzgado de Asuntos Municipales para requerir cobro por vía jurídica, adjuntando Tributaria informe circunstanciado. 3 Solicitar al Director de la DAFIM visto bueno en el informe Tributaria 4 Revisar y dar visto bueno en el informe Director(a) AFIM 5 Enviar informe al Juzgado de Asuntos Municipales Tributaria 6 Recibir informe, firmar y sellar Juzgado de Asuntos Municipales DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Reportes de mora. 2. Informe circunstanciado. 25

27 Fase PRP-DAFIM-TRIB-006 RECUPERACION DE MORA Comité de Administración Tributaria Encargado de la Sección Tributaria de la DAFIM Director AFIM / Juez de Asuntos Municipales Inicio Revisa los reportes de Mora con más de 6 meses de antiguedad Emite solicitud para cobro por vía de Juzgado Municipal Da Visto Bueno a la solicitud de cobro por medio del Juzgado de Asuntos Municipales Envía al Juzgado de Asuntos municipales, reporte de mora y solicitud FIN 26

28 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-007 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: EMISION DE AVISOS DE COBRO El presente procedimiento define los pasos a seguir para dar un aviso o notificación al contribuyente, informando sobre la condición de mora en la que se encuentre, con el cual se solicita que realice el pago que corresponda. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 Día Frecuencia: Mensualmente Número Actividad Responsable Convocar a reunión al Comité de Administración Tributaria Municipal Revisar reportes de mora de cada oficina que reporta ingresos Clasificar los servicios que se encuentren con 04 meses de mora y enviar Primera nota de aviso, si tiene 05 meses de mora enviar Segunda nota de aviso, si tiene 6 meses o más cumplir procedimiento PRP-DAFIM-TRIB-003 Emitir la primera nota de aviso, informándole al contribuyente que se encuentra en mora 5 Firmar notas 6 7 Entregar al Supervisor de Lectores para su distribución Entregar a los vecinos la nota informativa o requerimiento de cobro DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Primera nota de aviso de mora. Director de AFIM Tributaria Encargado de la sección Tributaria Tributaria Director AFIM Director de Servicios Públicos Tributaria Lectores de Medidores de Agua. 27

29 Fase PRP-DAFIM-TRIB-007 EMISION DE AVISOS DE COBRO Directo(a) AFIM Encargado de la Sección Tributaria de la DAFIM Lectores Inicio Convoca a Reunión Mensual del Comité de Administración Tributaria Municipal Recibe, revisa y clasifica el reporte de mora de cada oficina municipal Firma notas de requerimiento de pago Emite la nota correspondiente (primera nota, segunda nota o tercera nota) Devuelve a la Sección Tributaria Revisa y clasifica por rutas las notas En base a la ruta de toma de lecturas, hace entrega de las notas FIN 28

30 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-008 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: COBRO ADMINISTRATIVO DE LA DEUDA El presente procedimiento define los a seguir para realizar cobro administrativo de servicios municipales que se encuentren con más de 3 meses de atraso. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 Día Frecuencia: Mensualmente Número Actividad Responsable Convocar a reunión al Comité de Administración Tributaria Municipal Revisar reportes de mora de cada oficina que reporta ingresos Clasificar los servicios que se encuentren con 04 meses de mora y enviar Primera nota de aviso, si tiene 05 meses de mora enviar Segunda nota de aviso, si tiene 6 meses o más cumplir procedimiento PRP-DAFIM-TRIB-003 Emitir la primera nota de aviso, informándole al contribuyente que se encuentra en mora y que su servicio no podrá ser reconectado hasta que solvente su situación 5 Firmar notas 6 7 DOCUMENTOS ANEXOS: Entregar al Supervisor de Lectores para su distribución Entregar a los vecinos la nota informativa o requerimiento de cobro Director de AFIM Tributaria Encargado de la sección Tributaria Tributaria Director AFIM Y Director de Servicios Públicos Tributaria Lectores de Medidores de Agua. 1. Notas de Aviso. 29

31 Fase PRP-DAFIM-TRIB-008 COBRO ADMINISTRATIVO DE LA DEUDA Director(a) AFIM Encargado de Sección Tributaria de la DAFIM Lectores Inicio Convoca a Reunión Mensual para la Administración Tributaria Municipal Revisa el reporte de la mora de todas las oficinas municipales Firma notas y las devuelve para que sean entregadas Emite notas requiriendo el pago o que se presente a emitir convenio de pago Reciben notas, las clasifican y entregan en base a rutas de lecturas FIN 30

32 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-009 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: CONTROL DE OBLIGACIONES DE EMPRESAS LOCALES RESPECTO DEL ARBITRIO DE ORNATO MUNICIPAL El presente procedimiento define los a seguir para determinar el cumplimiento de la obligación de pago del arbitrio de ornato municipal por parte del personal de empresas locales y que los valores declarados sean reales Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 Día Frecuencia: Marzo Número Actividad Responsable Identificar empresas locales, elaborar listado de las mismas y presentarlo ante miembros del Concejo Municipal o delegados para que programen visitas de verificación de cumplimiento de obligaciones respecto al Arbitrio de Ornato Municipal. Artículo 7 del Decreto No Elaborar plan de visitas a las empresas para efectuar las verificaciones correspondientes. Artículo 11 del Decreto (control), se faculta a los miembros del Concejo o delegados para acudir a los lugares de trabajo dentro del municipio y obtener listados del personal e información especialmente respecto a los ingresos Efectuar visitas a las empresas, solicitar información para comprobar si han cumplido con sus obligaciones y llenar el formato de verificación. Brindar información solicitada y presentarla a la Comisión de Fiscalización del Concejo Municipal Si la empresa o institución no cuenta con las pruebas o información solicitada sobre el cumplimiento de la obligación, trasladar el caso al Juzgado de Asuntos Municipales para determinar la sanción y resolver sobre el caso. Presentar ante el Pleno informe de las visitas realizadas Comisión de Fiscalización Comisión de Fiscalización Comisión de Fiscalización Empresa / Institución Comisión de Fiscalización Comisión de Fiscalización 31

33 7 Requerir informe sobre los casos que hayan sido trasladados al Juzgado de Asuntos Municipales Comisión de Fiscalización. DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Listado de Empresas o Instituciones 2. Formulario de Verificación de Cumplimiento de Retención del Arbitrio de Ornato Municipal. 3. Decreto No Ley del Arbitrio de Ornato Municipal. 32

34 Fase PRP-DAFIM-TRIB-009 CONTROL DE OBLIGACIONES DE EMPRESAS O INSTITUCIONES LOCALES RESPECTO AL ARBITRIO DE ORNATO MUNICIPAL Comisión de Recaudación, Tasas y Arbitrios Empresas / Instituciones inicio Identificar a empresas e instituciones locales Decreto Programar visitas para verificar el cumplimiento del articulo 7 y 11 de la Ley de Ornato Municipal FIN Realizar las visitas Brinda Información Solicitada No Traslada el caso al Juzgado de Asuntos Municipales Presenta Informe al Concejo Municipal FIN 33

35 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-010 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: PLANIFICACION, DIRECCION Y CONTROL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA El presente procedimiento define los a seguir para planificar, dirigir y controlar las acciones que se realicen para realizar acciones de cobro. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 Día Frecuencia: Bimensualmente Número Actividad Responsable Convocar a reunión de trabajo Elaborar agenda para planificar, organizar y dirigir el proceso de cobro Realizar plan de trabajo, estableciendo metas de recuperación Llevar registro y control de los pagos, para mantener información actualizada y poder tomar decisiones Elaborar y presentar propuestas a la Comisión de Recaudación; para mejorar el recaudo Recibe, analiza y presenta propuestas ante el Concejo Municipal Directora DAFIM Directora DAFIM Comité de Administración Tributaria Tributaria de la DAFIM Comité de Administración Tributaria Comisión de Recaudación DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Código Municipal; Decreto y Reformas Decreto Código Tributario; Decreto Ley del Impuesto Único sobre Inmuebles; Decreto Ley de Anuncios en Vías Urbanas, Vías Extraurbanas y Similares 5. Ley de Establecimientos abiertos al Público; Decreto Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su distribución por cable. 7. Ley del Arbitrio de Ornato Municipal; Decreto

36 Fase PRP-DAFIM-TRIB-010 PLANIFICACION, DIRECCION Y CONTROL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Director(a) AFIM Comité de Administración Tributaria Municipal Tributaria de la DAFIM Comisión de Recaudación, Tasas y Arbitrios Inicio Convocar a Reunión de Trabajo Elaborar Agenda de temas a tratar Realizar Plan de Trabajo y Cronograma de actividades Lleva Registro y Control de los pagos para tomar evaluar y tomar decisiones Elabora y presenta propuestas para mejorar la recaudación Recibe, analiza y presenta propuestas para mejorar el Recaudo FIN 35

37 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-011 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: INFORMACION A CONTRIBUYENTE El presente procedimiento define los pasos a seguir para establecer el uso de medios de comunicación como mecanismo para incentivar valores y mejorar comportamientos respecto a las obligaciones tributarias de la población. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 Día Frecuencia: Diaria Número Actividad Responsable Identificar los medios de comunicación de los que dispone la Municipalidad de Jalapa (Redes sociales, páginas de internet, Boletines, Volantes, Radio, Televisión, otros). Recopilar y estructurar información para brindar al contribuyente acerca de la declaración y el cumplimiento de obligaciones tributarias Elaborar Calendario Tributario, considerando fechas límites y posibles prórrogas establecidas en las bases legales Revisar, discutir y hacer observaciones pertinentes y aportar recomendaciones para estructurar información válida y acertada para el diseño de publicidad y mensajes Diseñar mensajes y campaña de promoción, divulgación e información Coordinar con representante de medios de información sobre la promoción y divulgación de la información Mantener la información constante y actualizada por todos los medios de comunicación Departamento de Relaciones Públicas Departamento de Relaciones Públicas. Tributaria de la DAFIM Comité de Administración Tributaria Departamento de Relaciones Públicas Encargado de Relaciones Públicas Departamento de Relaciones Públicas. DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Plan de Campaña de Concientización, Promoción, Divulgación e Información. 36

38 Fase PRP-DAFIM-TRIB-011 INFORMACION A CONTRIBUYENTE DEPARTAMENTO DE RELACIONES PUBLICAS ENCARGADO DE LA SECCION TRIBUTARIA DE LA DAFIM COMITÉ DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL INICIO Identificar los medios de comunicación accesibles en el municipio Estructurar, clasificar y organizar la información que se transmitirá a los contribuyentes Elaborar un calendario tributario para tener fechas de vencimiento Revisar, discutir y hacer observaciones del material promocional Diseñar material para promoción, divulgación e información Coordinar con representantes de medios de comunicación sobre la campaña de concientización y promoción Mantener información actualizada FIN 37

39 MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL Identificación PRP-DAFIM-TRIB-012 1ª. Edición Enero 2014 Alcance: Procedimiento: Objetivo: FORMACIÓN CIUDADANA El presente procedimiento define los pasos a seguir para diseñar y aplicar mecanismos para incentivar valores y mejorar comportamientos de los contribuyentes mediante un acercamiento directo con la población en el que se demuestre la importancia y la relación entre el pago de impuestos y la inversión pública. Aumentar los ingresos municipales mediante recaudo eficiente del Arbitrio de Ornato Municipal. Tiempo Estimado: 1 Día Frecuencia: Semanalmente Número Actividad Responsable Planificar actividades de concientización sobre los derechos y obligaciones de los ciudadanos respecto a la tributación, con el fin de incentivar valores, responsabilidades y el cumplimiento voluntario y espontáneo de los contribuyentes. Coordinar actividades como talleres o charlas informativas, dirigidas a distintos sectores del municipio, teniendo en consideración el sector educativo de nivel medio y universitario para dar a conocer las obligaciones de contribuir y los derechos de todo ciudadano. Recabar información, estructurarla y preparar programa de desarrollo de las actividades previamente planificadas Requerir apoyo a los miembros de la Comisión de Recaudación, Tasas y Arbitrios para desarrollar los talleres o charlas y a la Oficina Municipal de la Niñez, Juventud y Adolescencia. Realizar las actividades planificadas y documentarlas 38 Comité de Administración Tributaria Municipal Comité de Administración Tributaria Municipal. Comité de Administración Tributaria Municipal Directora DAFIM Comisión de Recaudación, Tasas y Arbitrios / Comité de Administración Tributaria Municipal. Comité de Administración Tributaria 6 Presentar informe al Alcalde Municipal y al Concejo Municipal de las actividades realizadas 7 Desarrollar medidas de reforzamiento de los Alcalde y Concejo Municipal.

40 8 9 logros realizados, mediante el manejo de campañas que permitan a los ciudadanos identificar las relaciones entre el cumplimiento de obligaciones y la inversión pública. Incluir dentro de las presentaciones de Rendición de Cuentas los resultados de inversión pública, realizada con los fondos percibidos. Dar seguimiento y evaluar los resultados, tras la ejecución de las actividades planificadas, identificar factores de relevancia y rediseñar o mejorar los medios de motivación de la responsabilidad y cumplimiento voluntario y espontáneo de los contribuyentes. Directora DAFIM Comité de Administración Tributaria Municipal. DOCUMENTOS ANEXOS: 1. Plan de Concientización, Promoción, Divulgación e Información. 39

41 Fase PRP-DAFIM-TRIB-012 FORMACIÓN CIUDADANA Comité de Administración Tributaria Municipal Director(a) AFIM Comisión de Recaudación, Tasas y Arbitrios Alcalde Municipal / Concejo Municipal INICIO Planificar actividades de concientización sobre los derechos y obligaciones de los ciudadanos con respecto a la tributación Coordinar actividades tales como: Talleres, Conferencias, Charlas, etc. dirigidas a diferentes sectores Solicitar apoyo a miembros del Concejo Municipal para la ejecución de las actividades Participar activamente en la concientización y promoción de los derechos y obligaciones tributarios Presentar informe de las actividades Recibe informe sobre las acciones realizadas FIN 40

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