GLOSARIO DE TÉRMINOS ASEGURADORES

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1 INSTITUTO PARA EL FOMENTO Y EL DESARROLLO DEL SEGURO GLOSARIO DE TÉRMINOS ASEGURADORES

2 ABANDERAMIENTO Concesión de nacionalidad a un barco mediante la inscripción en el registro correspondiente al país en que se concede y que permite el uso de la bandera de dicho país. ABANDONO Derecho del asegurado en una póliza de seguro cuando se produce un siniestro y que consiste en la posibilidad de ceder la propiedad de los bienes asegurados y dañados a favor del asegurador a cambio del total de la indemnización. ABCISA Eje horizontal de un sistema de coordenadas cartesianas. AB INTESTATO Expresión en latín que se refiere al procedimiento por el que se declaran los herederos de una persona que fallece sin haber realizado testamento. ABOGADO Universitario Licenciado o Graduado en Derecho y que, mediante la adscripción al Colegio Profesional correspondiente, puede intervenir por cuenta de otros en procesos judiciales. ABORDAJE Acercamiento, encuentro, choque o colisión más o menos violenta, fortuita o voluntaria, de dos o más buques. ABRIDORA Entidad aseguradora que emite una póliza en régimen de coaseguro y que dirige su cobertura en nombre del resto de entidades coaseguradoras. ACCIDENTAL Súbito e imprevisible. Casual, contingente. ACCIDENTE Lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte (artículo 100 Ley de Contrato de Seguro). ACCIDENTE DE TRABAJO Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. También se consideran como accidentes de trabajo los accidentes que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo (accidentes in itínere)

3 ACCIÓN Cada una de las partes alícuotas en que se divide el capital social de una sociedad anónima. Título que representa los derechos de un socio en el capital de una sociedad y que tienen un vencimiento indefinido. Valores que coexisten en una acción: nominal, de mercado y contable. ACCIÓN DIRECTA Derecho que tiene una persona que se considera perjudicada por culpa de otra a reclamar directamente a la entidad aseguradora de ésta. Este derecho está regulado por el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro. ACEPTACIÓN Acto por el que una entidad aseguradora decide la admisión y cobertura del riesgo solicitado por un futuro asegurado. ACTA DE TASACIÓN Acta levantada por un Perito Tasador de Seguros en la que se expresa la tasación de un daño en un siniestro (ver informe pericial). ACTIVO Conjunto de bienes y derechos de una sociedad o persona física que pueden ser valorados económicamente. En contabilidad, el activo refleja las inversiones en capital fijo y en otros inmovilizados, en mercaderías, en derechos de todo tipo, etc. ACTIVO FINANCIERO Instrumento que canaliza el ahorro; derechos, títulos valores de naturaleza mobiliaria: Depósitos bancarios, valores mobiliarios e IIC. (Instituciones de inversión colectiva). ACTO DE DIOS God act. Hecho producido por la naturaleza. ACTO MALINTENCIONADO Acto realizado voluntariamente con objeto de causar daño en beneficio propio o de terceros. ACTO VANDÁLICO Ver vandalismo. ACTUARIAL Relativo a la edad (ver edad actuarial). Perteneciente o relativo a la teoría matemática del seguro y sus operaciones estadísticas

4 ACTUARIO Titulado universitario superior cuya función profesional es la relativa a las cuestiones de índole financiera, técnica, matemática y estadística de las entidades aseguradoras. ADAPTACIÓN AUTOMÁTICA Mecanismo según el cual las sumas aseguradas en una póliza se adaptan a ciertas variaciones previamente pactadas en el contrato. ADDENDUM Añadido a una póliza emitida previamente. ADSL Asymmetric Digital Subscriber Line. Línea asimétrica de usuario digital. AGENCIA DE SEGUROS Agente de seguros constituido como persona jurídica. AGENTE DE SEGUROS Persona física o jurídica que, mediante la celebración de un contrato de agencia con una entidad aseguradora, se compromete frente a ésta a realizar la labor de mediación en seguros. Ningún agente podrá estar simultáneamente vinculado por contrato de agencia con más de una entidad aseguradora a menos que sea autorizado por ésta en el contrato de agencia o por escrito por posterioridad a su celebración. AGRAVACION DE RIESGO Situación que se produce cuando cambia alguna de las circunstancias que sirvieron al asegurador para medir la peligrosidad del riesgo y para calcular la prima. El asegurado (y en su defecto el tomador) está obligado a notificar a la entidad aseguradora cualquiera de las circunstancias antes mencionada. Ante la recepción de esta notificación, el asegurador puede modificar el contrato, aceptar el nuevo riesgo o rechazarlo. AGROSEGURO Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados. Es un pool de coaseguro integrado por todas aquellas entidades aseguradoras que voluntariamente quieran pertenecer y que gestiona los seguros agrarios. AHORRO Cantidad excedente de la renta que una economía (familiar, empresarial o nacional) no dedica al consumo. Es lo que sobra de los ingresos después de satisfacer el pago de todos los gastos. El ahorro se destina a necesidades futuras. Los mercados y productos financieros sirven para canalizar el - 3 -

5 ahorro hacia la inversión, de modo que el dinero genere una rentabilidad para el ahorrador. AHORRO PREVISION Denominación del ahorro a muy largo plazo, generalmente con vistas a preparar la jubilación. Los planes de pensiones y los seguros de jubilación entran en la categoría de ahorro previsión. AIE Agrupación de Interés Económico. AIRMIC Association of Insurance and Risk Managers in Industry and Commerce. En el Reino Unido: Asociación de Gerentes de Riesgos y Seguro en la Industria y el Comercio. ALCANCE DEL SEGURO Conjunto de condiciones establecidas en una póliza por las que se definen el bien cubierto y el evento cubierto por el seguro, así como los capitales cubiertos por el mismo. ALEATORIO Cualquier suceso que se produce por azar, sobre el que no tenemos certeza. Puede ser sometido al cálculo de probabilidades. ALL RISK Expresión inglesa que significa "Todo riesgo". ÁMBITO GEOGRÁFICO País, territorios o lugares en los que tienen validez y aplicación las coberturas de una póliza de seguro. ÁMBITO TEMPORAL Periodo de tiempo en el que una póliza de seguro tiene efectos de cobertura. ÁMBITO TERRITORIAL Ver ámbito geográfico. ANEXO Endoso a una póliza de seguro, modificando cláusulas o estipulaciones, incluyendo o excluyendo coberturas. ANTICIPO Derecho especial que ostenta el tomador de un seguro de vida y en función del cual la entidad aseguradora debe concederle un crédito avalado por la provisión matemática de su seguro

6 ANTISELECCION Situación que se produce cuando en un conjunto de pólizas o cartera se integran riesgos de siniestralidad superior a la prevista. ANUALIDAD Periodo de doce meses por el que se contratan, normalmente, las pólizas de seguro. ANULACIÓN Situación que se produce cuando un contrato finaliza antes del vencimiento previsto. En el caso de una póliza de seguro, esta anulación sólo puede producirse en los casos expresamente previstos en la Ley de Contrato de Seguro. APÉNDICE Ver suplemento. APORTACIÓN Dinero aportado, por parte del partícipe, a un plan de pensiones con el fin de capitalizar dicha cantidad y obtener su prestación cuando se dé la situación contemplada en las condiciones del plan. ARBITRAJE Determinación por personas imparciales del valor de los bienes o de la extensión del daño. Es una de las fórmulas previstas en las pólizas de seguro para resolver las diferencias entre el asegurador y el asegurado respecto a la valoración de un siniestro. En los contratos de seguro, fórmula en virtud de la cual las diferencias surgidas entre asegurador y asegurado, respecto a la interpretación del condicionado de la póliza, son sometidas a la decisión de terceras personas en las que se presume una actuación imparcial y objetiva y cuya decisión es de obligado cumplimiento por las partes. ARREGLO AMISTOSO Solución de acuerdo al que llegan dos partes sin necesidad de recurrir al dictamen de terceros ni a la vía judicial. ART Alternative Risk Transfer. Transferencia Alternativa de Riesgos. Se refiere a soluciones alternativas para la financiación de los riesgos, como las que proponen, por ejemplo, los mercados de valores. ASBESTO Mineral parecido al amianto, pero de fibras duras y rígidas, principalmente constituido por silicato magnésico. El asbesto es incombustible y tiene una gran aplicación en la industria

7 ASBESTOSIS Enfermedad pulmonar crónica producida por la inhalación frecuente de polvo de asbesto. ASCIDE Acuerdo Suplementario del Convenio de Indemnización Directa Español. ASEGURABILIDAD Conjunto de condiciones que una entidad aseguradora le exige a un determinado riesgo para considerarlo como asegurable y por tanto aceptarlo. ASEGURADO Es la persona física o jurídica sobre la que recae la cobertura del riesgo y a quien corresponden los derechos derivados de un contrato de seguro. En defecto del tomador del seguro, asume las obligaciones derivadas del contrato. En los seguros de daños es el titular del interés del concepto que se asegura. En los seguros de vida es la persona física sobre cuya existencia se realiza el seguro. En responsabilidad civil es la persona de la cual se está cubriendo su obligación indemnizatoria. ASEGURADOR En un seguro es la persona jurídica que asume las consecuencias económicas de la transferencia del riesgo contractualmente pactado. Término equivalente a entidad aseguradora. ASISTENCIA Acción de prestar socorro o ayuda para paliar los efectos y consecuencias de un accidente ASUNCIÓN DE RIESGO Técnica de gerencia de riesgo conocida como retención, por la que un individuo o una empresa asumen las pérdidas esperadas. ATRA American Tort Reform Association. En Estados Unidos: Asociación para la reforma del sistema judicial estadounidense. El término "tort" viene definido como daño legal o delito civil (Diccionario de la lengua francesa de Québec). ATRACO Sustracción ilegítima con violencia o intimidación sobre las personas. (Ver expoliación) - 6 -

8 AUDITORÍA Sistema de inspección de las cuentas, situaciones, estados, balances y procedimientos operativos de la empresa de seguros, con el fin de comprobar si su situación económico-financiera real es coincidente con sus datos contables. AUTOSEGURO Sistema de gestión y financiación de riesgos por el que un determinado colectivo soporta las consecuencias económicas negativas derivadas de la posible ocurrencia de sus propios riesgos sin transferirlas a ninguna entidad aseguradora. AVERÍA Término usado en el seguro marítimo y que es sinónimo de siniestro. AVERIA GRUESA O COMUN Se produce la situación de avería gruesa cuando, y solamente cuando, se ha hecho o contraído intencionada y razonablemente algún gasto o sacrificio extraordinario para la seguridad común, con el objeto de preservar de un peligro a las propiedades comprometidas en un riesgo marítimo común. Sus consecuencias económicas se distribuyen proporcionalmente entre los bienes beneficiados por dicho acto voluntario. AZAR Circunstancia en virtud de la cual un suceso puede ocurrir o no. B2B Business to business. De negocio a negocio. BAIL OUT Ahorro de impuestos sobre los dividendos. BASE TÉCNICA Es el documento en el que se establecen los fundamentos técnicos en los que se basa el desarrollo de una modalidad o ramo de seguro y en el que se fijan todos los aspectos técnicos que definen el producto. Las normas que deben cumplir las bases técnicas están reguladas en los artículos 77 y 78 del ROSSP. BENEFICIARIO Es la persona física o jurídica designada en la póliza por el tomador o el asegurado y que será el perceptor de las prestaciones o indemnizaciones estipuladas en la póliza. En un Plan de Pensiones es la persona que recibe y se beneficia de la prestación, haya realizado o no las aportaciones económicas

9 BIS Bank for International Settlements. Banco para la consecución de acuerdos internacionales. Es una organización internacional que fomenta la cooperación entre bancos centrales y otras agencias para la consecución de la estabilidad monetaria y financiera. Presta sus servicios exclusivamente a bancos centrales y organizaciones internacionales. BODILY INJURY Daños corporales. Daños personales. BLUE-CHIP Término inglés que se usa para señalar a los títulos principales de un mercado de valores, es decir aquellos que tienen mayor volumen de negocio. El nombre hace referencia al color (azul) de la sala en que se cotizaban los títulos más importantes en la Bolsa de New York. BOLSA (STOCK EXCHANGE) Mercado financiero donde se compran y venden acciones, obligaciones, bonos y otros activos financieros, a través de los intermediarios financieros. Es, pues, un mercado secundario, no primario. También se la conoce como Bolsa de Valores o Bolsa de Comercio. BONIFICACIÓN Reducción porcentual de la prima de un seguro en caso de que el riesgo cumpla ciertas condiciones requisitos. Estos requisitos están establecidos en las tarifas de las entidades aseguradoras y su cumplimiento, como condición para la aplicación de la bonificación, figura en la póliza. BONO Título de renta fija emitido a medio-largo plazo (tres a cinco años) por empresas, bancos o el Estado, que proporciona un interés fijo y representa una obligación de reembolsar el principal de un préstamo en una fecha determinada. BONUS-MALUS Sistema de tarificación, utilizado principalmente en el seguro de automóviles, que permite aumentos o disminución en el importe de la prima de acuerdo con la siniestralidad del asegurado. Facilita que cada persona pague la prima de equidad de acuerdo con el uso que realice del bien asegurado. BROKER Término anglosajón equivalente a corredor de seguros (o reaseguros). BURIAL INSURANCE Seguro de enterramiento

10 BUSINESS INTERRUPTION INSURANCE Seguro de Interrupción de Negocio. Término equivalente a seguro de Pérdida de Beneficios. CABEZA ASEGURADA En el seguro de vida, es la persona física asegurada cuyo fallecimiento o supervivencia da lugar al pago del capital por parte del asegurador. CÁLCULO DE PROBABILIDADES Es la técnica que, por medio de estudios estadísticos, permite determinar, con relativa exactitud, el grado de probabilidad de que se produzca un siniestro entre un gran número de riesgos. CAPITAL En lenguaje empresarial, se da este nombre al conjunto de dinero y otros activos que necesita una sociedad para operar y llevar a cabo sus actividades de producción y distribución de sus productos y/o servicios. CAPITAL ASEGURABLE A efectos de su aseguramiento, se denomina valor asegurable de un determinado interés, al verdadero valor de dicho interés en el instante considerado. CAPITAL ASEGURADO Cifra que figura en la póliza de seguro y que representa el límite máximo a pagar por el asegurador en cada siniestro. En los seguros de daños materiales a valor total debe corresponder con el verdadero valor de los bienes incluidos en el mismo. La fijación del capital asegurado debe corresponder al tomador del seguro. Término equivalente a suma asegurada. CAPITALIZACIÓN Fuerte aporte de recursos económicos en una empresa o conversión de los que ya se poseen en capital monetario. CAPTIVE COMPANY Compañía cautiva. CARGADOR Persona física o jurídica que remite o envía mercancía para su transporte. CARGO MARINE INSURANCE Seguro de carga o mercancías. CARTERA DE SEGUROS Conjunto de pólizas cuyos riesgos están cubiertos por una entidad aseguradora. Se pueden considerar como cartera el número total de pólizas - 9 -

11 vigentes o la suma total de las primas. Cartera del Agente: Es el conjunto de pólizas vigentes al terminar el ejercicio. Las pólizas que se formalizan a lo largo del ejercicio siguiente reciben el nombre de Producción Nueva. CARVE-OUT Prestaciones provisionales de compensación al trabajador mientras éste no percibe sus salarios. CASE LAW Jurisprudencia. CASO FORTUITO Suceso acaecido sin intervención de la voluntad humana y que ha resultado imprevisible. La característica principal del caso fortuito, como causa de exoneración de la responsabilidad civil y penal, es que se trata de un suceso inesperado o imprevisible, determinante de la imposibilidad en el cumplimiento de la prestación, sin intervención de dolo o negligencia. CASUALTY Término equivalente a "seguro de Daños". CEO Chief Executive Officer. CIDE Siglas correspondientes a Convenio de Indemnización Directa Español. CLAIM Reclamación. COASEGURADOR Entidad aseguradora que participa en una póliza suscrita en régimen de coaseguro. También se denomina coaseguradora. COASEGURO Mecanismo de compartición de riesgos por el que dos o más entidades aseguradoras aseguran un mismo riesgo bajo unas mismas condiciones. El conjunto de las coaseguradoras y sus respectivas participaciones forman el denominado cuadro de coaseguro. COBERTURA Término equivalente a seguro y a garantía. COBERTURA EN EXCESO Es la cobertura que se contrata en ciertos seguros de responsabilidad civil y que se aplica a partir de una determinada cantidad fijada en la póliza,

12 obligándose el asegurador a satisfacer únicamente el importe de la indemnización que exceda de la citada cantidad. COBERTURA EXTRAPROFESIONAL En los seguros de accidentes se refiere al ámbito de cobertura correspondiente a cualquier accidente que se produzca sin relación alguna con una actividad laboral. COBERTURA PROFESIONAL En los seguros de accidentes se refiere a la cobertura que se otorga si el accidente ocurre en el recinto habitual de trabajo, en el camino de ida y vuelta al trabajo o en cualquier lugar como consecuencia de la realización de actividades inherentes a la ocupación profesional. COMPROMISOS POR PENSIONES Obligaciones de carácter dinerario que las empresas contraen con sus trabajadores, recogidas en convenio colectivo u otro tipo de pacto y que están vinculadas a la jubilación, la invalidez o el fallecimiento. (Ver exteriorización) CONCURRENCIA DE SEGUROS Circunstancia por la que, al menos, dos pólizas de seguros proporcionan idéntica cobertura para un mismo riesgo durante un período de tiempo, contribuyendo cada uno proporcionalmente a la pérdida. CONDICIONES ESPECIALES Matizan y aclaran lo dispuesto en las condiciones particulares y generales de una póliza. CONDICIONES GENERALES Conjunto de cláusulas, disposiciones y condiciones contractuales comunes y aplicables a todos los contratos de seguro de un mismo ramo. Constituyen el marco legal mínimo por el que se rige un contrato. CONDICIONES PARTICULARES Condiciones que individualizan un seguro al ser de aplicación únicamente para un tomador o asegurado concreto. Son complementarias de las condiciones generales y contienen, en su caso, las cláusulas negociadas. CONDUCCIONES COMUNES Instalaciones de suministro o saneamiento, de uso comunitario, que dan servicio a todos o varios de los locales o viviendas que componen un edificio

13 CONDUCCIONES PARTICULARES Instalaciones de suministro o saneamiento, de uso exclusivo de cada una de las viviendas o locales que componen un edificio. CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS Organismo autónomo dependiente de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones al que corresponden gran variedad de funciones aseguradoras, como cubrir los denominados riesgos consorciables, entre los que se encuentran algunos riesgos extraordinarios y/o catastróficos tales como la inundación o el terremoto. CONTENIDO Conjunto de bienes muebles propios y necesarios en razón de la actividad asegurada. CONTINENTE El inmueble, incluyendo los cimientos, muros, paredes, cubiertas, techos, suelos, puertas, así como las instalaciones fijas del mismo, tales como las sanitarias, de calefacción, de sonido, de extinción de incendios, de protección contra robo, de televisión; y, en general, todo aquello que forme parte del inmueble asegurado. También forman parte del continente: La decoración interior de las paredes, techos o suelos, como pintura, papel decorado, madera, tela, moqueta, plástico, parqué, o cualquier otro material que se encuentre adherido a las mencionadas paredes, techos y suelos. Los vallas, muros, cercas y verjas que sirvan de cierre y circunden el perímetro del terreno donde se halla ubicado el inmueble. Garajes, cuartos trasteros y dependencias anexas al local asegurado, siempre que estén construidos con materiales similares a los de la edificación principal. En general se considera continente a cualquier elemento que no pueda separarse de su ubicación sin daño o menoscabo del propio elemento o del inmueble en el que esté ubicado. CONTINGENCIA Ocurrencia del suceso previsto en un plan de pensiones y que obliga a la prestación económica. CONTRATANTE Cada una de las partes intervinientes en un contrato. En el seguro, es la persona que suscribe la póliza con la entidad aseguradora (ver tomador). CONTRATO Pacto o convenio entre dos o más partes por el que se obligan sobre una materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidos. CONTRATO DE ADHESIÓN Contrato en el que una de las partes fija las cláusulas y condiciones para

14 que éstas sean aceptadas por la otra parte sin discutir o manifestar su parecer sobre su contenido. CONTRIBUCIÓN Aportación a un Plan de Pensiones o PPA por persona distinta del partícipe o asegurado. COO Chief Operating Officer. Director de operaciones o Director de explotación. COPAYMENT Copago. CORREDOR DE SEGUROS Según la Ley de Mediación de Seguros Privados, es la persona física o jurídica que realiza la actividad mercantil de mediación en seguros privados, sin mantener vínculos que supongan afección con entidades aseguradoras o pérdida de independencia respecto a éstas, y ofreciendo asesoramiento profesional imparcial a quienes demandan la cobertura de los riesgos a que se encuentran expuestos sus personas, patrimonios, intereses o responsabilidades. Las personas físicas que ejerzan la actividad y las que tengan a su cargo la dirección técnica, o puesto asimilado, de una Sociedad de Correduría de Seguros, deberán cumplir ciertas condiciones legales. COVERAGE Cobertura. CREDITOR INSURANCE Seguro de protección de pagos. CRESTA Catastrophe Risk Evaluating and Standardazing Target Accumulations. Organización para la Evaluación de Riesgos Catastróficos y Normalización de la Acumulación Geográfica de Focos de Peligro. CRM Customer Relationship Management. Gestión de la relación con el cliente. CROSS SELL Venta cruzada. CUENTA DE POSICIÓN Cuenta que refleja el valor, en un momento dado, de los derechos económicos de un plan de pensiones en relación al fondo de pensiones donde esté englobado

15 D & O Directors and Officers liability insurance. Seguro de responsabilidad civil de directivos o consejeros. DAÑO Cualquier menoscabo en el patrimonio o conjunto de valores de una persona. El daño puede ser: personal, material, patrimonial o inmaterial. DAÑO MATERIAL Destrucción, menoscabo o deterioro de los objetos materiales así como toda lesión física o muerte causada a los animales. DAÑO MORAL El que afecta a valores intangibles de la personalidad humana tales como la libertad, el honor, la imagen, etc. DAÑO PATRIMONIAL Disminución o menoscabo del patrimonio material presente o futuro de una persona. DAÑO PERSONAL Lesión corporal o muerte causada a personas físicas. DELIMITACIÓN GEOGRÁFICA Relativo a un determinado seguro o cobertura es el entorno geográfico al que se extienden las garantías del seguro. DELIMITACIÓN TEMPORAL Criterio por el que se determina el período de tiempo al que se extienden las garantías de un seguro. DECESO Muerte natural o civil. DECLARACIÓN DE SINIESTRO Acto realizado por el tomador de un seguro, el asegurado o el beneficiario por la que se le comunica a la entidad aseguradora la ocurrencia de un siniestro. Suele revestir la forma escrita aun cuando no sea legalmente obligatoria. También se denomina parte de siniestro. DECLARACIÓN AMISTOSA DE ACCIDENTE Parte de siniestro utilizado en el seguro de automóviles por el cual se agilizan los trámites administrativos de resolución del mismo. Es imprescindible que esté firmado por ambos conductores, y que ambos tengan suscrito el seguro obligatorio de responsabilidad civil. La determinación de la responsabilidad del accidente se basará en los datos consignados en la declaración amistosa debidamente cumplimentada,

16 siendo la culpabilidad imputada al vehículo que resulte responsable según una tabla que forma parte integrante del Convenio de Indemnización Directa Español. (CIDE). DEPRECIACIÓN Es la pérdida de valor que sufre un objeto, respecto de su valor de nuevo en ese instante, a consecuencia de cuestiones tales como la antigüedad, grado de utilización, obsolescencia, etc. DERECHOHABIENTES Son los herederos de una persona o los beneficiarios de las indemnizaciones establecidas en una póliza de seguro. DERECHOS CONSOLIDADOS Referido a un plan de pensiones, son los derechos económicos derivados de las prestaciones, directas o imputadas, y del régimen de capitalización elegido. La prestación de estos derechos consolidados sólo será posible en los casos previstos en el reglamento del plan. DERRAMA Se llama así a la participación económica de los asociados a una mutualidad en el resultado final de cada ejercicio. Se denomina activa si el mutualista perceptor tiene derecho a percibir alguna cantidad; se denomina pasiva cuando el mutualista ha de realizar alguna aportación suplementaria. DIVIDENDO Parte del beneficio económico que corresponde al titular de cada acción de una sociedad anónima. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES Dirección General dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda y a la que corresponde la supervisión y el control de las entidades aseguradoras y su funcionamiento. DOLO Conducta acompañada de la manifiesta intención de producir un daño. EDAD ACTUARIAL Se entiende por edad actuarial de una persona en un instante determinado, la edad entera correspondiente al cumpleaños más próximo, pasado o futuro. ENDOWMENT INSURANCE Seguro dotal. Hipoteca-inversión

17 ENTIDAD ASEGURADORA Nombre con el que se designa, en general, a la empresa o sociedad dedicada a la práctica del seguro. ENTIDAD DEPOSITARIA Entidad de depósito, domiciliada en España, cuya función es la custodia y depósito de los valores mobiliarios y demás activos financieros integrados en un Fondo de Pensiones. ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS (ENESA) Organismo de la Administración Pública, que depende del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y cuya misión consiste en coordinar todas las cuestiones relativas a los Seguros Agrarios. ENTIDAD GESTORA Entidad que tiene encomendada la administración de los patrimonios afectos a un Plan de Pensiones (Fondo de Pensiones). EPL Employment Practices Liability. Responsabilidad por desempeño laboral. Responsabilidad del empresario por reclamaciones efectuadas por antiguos, actuales o posibles empleados. EQUIDAD Principio en el que se basa el cálculo de la prima de un seguro y según el cual cada asegurado debe pagar en función del riesgo que realmente tiene. ESPERANZA DE VIDA Probabilidad media de vida de una serie de personas de edades iguales, consideradas a tenor de una tabla de mortalidad que sirve de base para su cálculo. ESTIBA Acomodación de la mercancía dentro de un contenedor o en los espacios destinados para la carga en el medio de transporte, de acuerdo con su naturaleza, embalaje y viaje proyectado. ESTOCÁSTICO Relativo al azar o que depende de él. EVENTO Acontecimiento o suceso sometido a riesgo cuyas consecuencias económicas negativas son cubiertas por un seguro

18 EXCLUSIÓN Recibe este nombre, en general, toda situación que no quede cubierta por un seguro. Debe estar expresada en la póliza y al tratarse de una cláusula limitativa, cumplir con los requisitos legales correspondientes. La exclusión puede referirse a un bien u objeto concreto o a algún tipo de evento. EXPLOSIÓN Acción súbita y violenta debida a la presión o la depresión de los gases o de los vapores. EXPOLIACIÓN Sustracción o apoderamiento ilegítimo de objetos mediante intimidación o violencia sobre las personas. EXTERIORIZACIÓN Proceso por el cual una empresa saca fuera de su Balance los fondos constituidos o los que se deben constituir para cubrir los compromisos por pensiones adquiridos con sus trabajadores y contratar con una compañía externa el producto adecuado para llevarlos a cabo. Son instrumentos de exteriorización los seguros colectivos o los planes de pensiones. EXTINCIÓN Situación que se produce en un contrato de seguro cuando éste llega a su finalización sin que ninguna de las partes tenga necesidad de solicitar dicha finalización. EXTORNO Devolución. Se aplica a la devolución de prima por parte de la entidad aseguradora. FACULTATIVO Término relativo al reaseguro, que consiste básicamente en la libre facultad que tiene un asegurador para ceder, en todo o en parte, un riesgo a un reasegurador y en la facultad de éste de aceptarlo. La cesión es libre y voluntaria, tanto para la aseguradora cedente (que cede el riesgo) como para el reasegurador que la acepta. FIFO First In First Out. Primero en entrar primero en salir. FONDO DE INVERSION Patrimonio perteneciente a una pluralidad de inversores, cuyo derecho de propiedad se representa mediante un certificado de participación, y es administrado por una entidad gestora

19 FONDO DE PENSIONES Un fondo de pensiones es el patrimonio que se afecta a un plan de pensiones con el fin de dar cobertura y cumplimiento a las obligaciones derivadas del mismo. La Ley de Planes y Fondos de Pensiones los define como patrimonios creados al exclusivo objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los planes de pensiones. FRANQUICIA La cantidad, porcentaje o cualquier otra magnitud pactada en la póliza de seguro y que será deducida de la indemnización en cada siniestro. FRAUDE Cualquier tipo de conducta intencionada tendente a engañar a una entidad aseguradora, en beneficio propio o de un tercero. FUERZA MAYOR Acontecimiento inesperado y violento, ajeno a la voluntad humana y que por tanto no puede preverse ni evitar sus consecuencias. En su acepción inglesa se denomina ACT OF GOD, acto de Dios. GARANTÍA Es el límite estipulado en el contrato de seguros por el que el asegurador se hace cargo de las consecuencias económicas de un siniestro. GASTOS DE SALVAMENTO Son los gastos en los que se incurre para aminorar las consecuencias de un siniestro. Están regulados en el artículo 17 de la Ley de Contrato de Seguro. HURACÁN Nombre que se da a los ciclones tropicales que van acompañados por viento muy fuerte, de fuerza 12 en la escala de Beaufort y velocidades superiores a 2 Km. por minuto. HURTO Sustracción ilegítima de un objeto ajeno sin emplear fuerza en la cosas ni intimidación o violencia en las personas. INCAPACIDAD Imposibilidad de las personas para el desarrollo de sus actividades normales. Puede ser total, parcial o temporal. INCENDIO La combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce (artículo 45 de la Ley de Contrato de Seguro)

20 INDEMNIZACIÓN Es la cantidad que, contractualmente, está obligado a pagar el asegurador en caso de producirse un siniestro garantizado por la póliza de seguro. ÍNDICE DE FRECUENCIA Es el promedio del número de siniestros que registra una póliza durante un año de seguro o el promedio anual de siniestros por año de una cartera de seguros. ÍNDICE DE INTENSIDAD Es el coste promedio de los siniestros registrados en una póliza o con relación a una cartera de pólizas. INDISPUTABILIDAD Con carácter específico, se denomina así en el seguro de vida a la circunstancia de que no pueden perjudicar al asegurado las omisiones o reticencias que, sin mala fe, haya tenido al hacer la declaración de seguro que ha servido para la emisión de la póliza. INEMBARGABILIDAD Propiedad impuesta por la Ley de Contrato de Seguro en los seguros de vida en virtud de la cual el asegurador debe pagar la prestación del seguro a los beneficiarios aun en contra de las posibles reclamaciones que pudieran producirse contra el tomador por parte de herederos o acreedores de cualquier clase. INFLACIÓN Elevación del nivel de precios a lo largo de un determinado tiempo. Se mide mediante el IPC. INFORME PERICIAL Documento elaborado por un Perito Tasador de Seguros en el que se plasman por escrito los resultados de la labor pericial. Debe entregárselo a la entidad aseguradora que se lo hubiera encargado. INFRASEGURO Situación que se produce cuando el valor que el asegurado ha atribuido al bien o bienes asegurados en una póliza, resulta inferior al que realmente tienen. INTERÉS TÉCNICO Interés del dinero en base al cual las entidades aseguradoras calculan las primas y las prestaciones futuras en los seguros de vida. INVALIDEZ Pérdida (desaparición o disfuncionalidad) de algún miembro u órgano del cuerpo humano

21 JUBILACIÓN Se entiende por jubilación, la situación de pasividad laboral en la que queda el trabajador al cumplir una edad reglamentaria. La prestación por jubilación que concede la Seguridad Social consiste en el pago de una pensión vitalicia, a partir del momento de cese laboral. LESIÓN CORPORAL Es igual a daño personal. LIDER Se llama así a la entidad aseguradora que ostenta la representación de las demás en una póliza suscrita en régimen de coaseguro. LÍMITE AGREGADO Límite para el conjunto de indemnizaciones correspondientes a un determinado periodo de tiempo. LONG TERM CARE INSURANCE Seguro de Dependencia. LOSS ADJUSTER Perito LOSSP Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados. LUCRO CESANTE Pérdida de rendimiento económico. MARINE INSURANCE Seguro marítimo. MARGEN DE SOLVENCIA Patrimonio constituido en base a capitales no comprometidos, indicado para cubrir situaciones imprevistas. MEDIACIÓN EN SEGUROS Actividad mercantil consistente en la promoción y asesoramiento preparatorio de la formalización de contratos de seguro y la posterior asistencia al tomador del seguro, al asegurado o al beneficiario. MEDIADOR DE SEGUROS Persona física o jurídica que realiza profesionalmente la mediación de seguros. Según la Ley de Mediación en Seguros Privados, se clasifican en "agentes" y "corredores". No pueden asumir directa o indirectamente la cobertura de

22 ninguna clase de riesgos ni tomar a su cargo, en todo o en parte, la siniestralidad objeto del seguro, siendo nulo todo pacto en contrario. MERCADO MONETARIO Mercado en el que se negocian activos financieros a corto plazo (entre un día y 12 ó 18 meses). MERCADO DE CAPITALES Mercado en el que se negocian activos financieros a medio y largo plazo. MERCHANDISING Promoción y comercialización. Parte del marketing que tiene por objeto aumentar la rentabilidad en el punto de venta. Conjunto de estudios y técnicas comerciales que permiten presentar el producto o servicio en las mejores condiciones al consumidor final. MORA Situación en la que incurre una entidad aseguradora cuando no satisface la prestación pactada con el asegurado (o con quien corresponda) en los plazos marcados por la Ley de Contrato de Seguro. MOTÍN Todo movimiento acompañado de violencia dirigido contra la autoridad para obtener satisfacción de ciertas reivindicaciones de orden político, económico o social. (Reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros). MUTUALIDAD Empresa de seguros formada por la asociación de personas que se reparten entre sí los riesgos que individualmente les corresponden. Puede ser a prima fija o a prima variable. MUTUALISTA Es la persona asociada a una mutualidad. OBJETO DEL SEGURO Equivale a alcance del seguro. OBSOLESCENCIA Situación de un bien que queda progresivamente anticuado, con la consiguiente depreciación económica. Puede ser producido por la aparición de nuevas tecnologías o cambios macroeconómicos. O.C.T. Organismo de Control Técnico

23 OCUPANTE Persona transportada en un vehículo a motor, o que se encuentre en su interior o sobre él cuando permanezca detenido por incidencias de la circulación. O.P.A. Oferta Pública de Adquisición: Instrumento mediante el cual un comprador realiza públicamente a los accionistas de una sociedad, una oferta de compra de sus acciones, a un precio superior al del mercado, para hacerse con el control de la misma. OUTSOURCING Se denomina outsourcing, subcontratación, subcontrata, tercerización, exteriorización o externalización, al proceso por el cual una determinada empresa contrata los servicios de otra para realizar tareas en que está especializada. Para ello, pueden contratar sólo al personal, en cuyo caso los recursos los aportará el cliente (instalaciones, hardware y software), o contratar tanto el personal como los recursos. P & I Abreviatura de las palabras inglesas Protection and Indemnity (Protección e Indemnización) por las que se define el seguro de Responsabilidad Civil de armadores. PAGARÉ Documento por el que el emisor del mismo (el Estado, una empresa privada o un particular) se compromete a abonar cierta cantidad en un tiempo determinado. En general se trata de títulos a corto plazo y con un tipo de interés fijo. PARTE DE SINIESTRO Declaración de siniestro realizada por escrito (ver declaración de siniestro) utilizando el impreso que a tal efecto facilitan las entidades aseguradoras. PARTÍCIPE Persona que realiza las aportaciones económicas a un plan de pensiones. PATRIMONIAL Relativo al patrimonio. Se llaman seguros patrimoniales a aquellos en los que el bien cubierto es un patrimonio del asegurado que no esté representado por ningún objeto material concreto. PERIODO DE GRACIA Periodo durante el cual están en vigor las garantías de una póliza de seguro aunque no se haya pagado la prima por el tomador

24 PERITACIÓN Es la función desarrollada por los que, con carácter profesional, hacen la tasación o valoración de las consecuencias económicas de un siniestro. PERITO Persona, física o jurídica, encargada de la peritación. PERJUDICADO Se denomina así a la persona (física o jurídica) que haya sufrido cualquier tipo de perjuicio. PERJUICIO Cualquier tipo de pérdida económica. PERSONA JURIDICA Persona de naturaleza legal. Por ejemplo: sociedad, asociación, federación, fundación, etc. PLAN DE APORTACIÓN DEFINIDA Plan de pensiones en el que se establece a priori el importe de la aportación económica que determinará, después, junto con su futuro rendimiento, la prestación. PLAN DE PENSIONES Los planes de pensiones son sistemas de previsión social basados en el ahorro colectivo. Estos planes se materializan mediante la definición de una serie de derechos, obligaciones y reglas. En particular, los planes de pensiones definen el derecho a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez así como las obligaciones de contribución a los mismos, y las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que ha de afectarse con el fin de dar cumplimiento a los derechos. PLAN DE PRESTACIÓN DEFINIDA Plan de pensiones en el que se determina a priori el importe de la prestación y, en función del mismo, se calcula, con posterioridad, la correspondiente aportación que dará lugar, después de rentabilizarla, a dicha prestación preestablecida. PLAZO DE CARENCIA Periodo de tiempo desde el efecto de una póliza de seguro y la entrada en vigor de sus garantías. PLAZO DE GRACIA Periodo de un mes a partir del vencimiento de una póliza prorrogable durante el cual, aunque no esté pagado el recibo de prima, siguen en vigor las garantías de la póliza en caso de siniestro

25 PLAZO DE PREAVISO Plazo establecido en la póliza durante el cual tanto el asegurado como el asegurador pueden comunicar a la otra parte su intención de rescindir el contrato de seguro a partir de su próxima fecha de vencimiento. Según la Ley de Contrato de Seguro, este plazo no podrá ser superior a 2 meses. PÓLIZA Es el documento probatorio de la existencia del contrato de seguro. En ella se contienen todas las condiciones del contrato de seguro y se regulan las relaciones contractuales entre el asegurador y el asegurado. Forman parte integrante de la póliza: Las condiciones generales, las particulares que individualizan el riesgo, las especiales y los suplementos o apéndices que se emitan a la misma para complementarla o modificarla. PÓLIZA COMBINADA Véase póliza multirriesgo. PÓLIZA MULTIRRIESGO Contrato de seguro o póliza en la que se reúnen una gran diversidad de seguros o coberturas. Puede considerarse como un multiseguro o contrato multimodal. PREMIUM Prima. PRESCRIPCIÓN Pérdida de un derecho por haber transcurrido un determinado tiempo sin ejercerlo. PRESTACIÓN Se denomina así en el sector asegurador al conjunto de obligaciones que tiene el asegurador respecto al asegurado en caso de siniestro. La prestación puede ser económica, en especie o en servicios. PREVENCIÓN Sistema tendente a eliminar la causa que produce la existencia de un riesgo. PRIMA Aportación económica que ha de satisfacer el tomador del seguro a la entidad aseguradora en concepto de contraprestación por la cobertura del riesgo que éste le ofrece. Es el precio del seguro a cambio del riesgo asumido. Si a la prima se le suman los recargos obligatorios da como resultado el coste del seguro que se plasma en un documento llamado recibo

26 PRIMA DE INVENTARIO Es la suma de la prima pura más los gastos de gestión interna. PRIMA DE RIESGO Es la prima que corresponde exclusivamente al coste futuro de los siniestros. PRIMA NATURAL En el seguro de vida es la prima que corresponde en cada anualidad de seguro en función de la edad del asegurado. PRIMA NIVELADA Prima que no corresponde a la edad del asegurado en cada anualidad. PRIMA PROMEDIO (Ver prima nivelada) PRIMA PURA Es la prima de riesgo más el recargo de seguridad. PRIMA TOTAL Importe que paga el tomador del seguro como coste total del seguro por todos los conceptos. PRIMA ÚNICA Aquella cuyo importe se satisface de una sola vez y por adelantado. PRIMER RIESGO Fórmula de aseguramiento según la cual el capital asegurado no tiene porqué coincidir con el verdadero valor del interés. La característica principal de este tipo de seguros es que en ellos no es de aplicación la regla proporcional al no poderse dar la situación de infraseguro. PRODUCTO FINANCIERO Mecanismo o instrumento financiero, como acciones, bonos, obligaciones, etc., mediante los cuales se aporta dinero a una empresa o institución con el objetivo de obtener beneficios. PROMOTOR Cualquier entidad, corporación, empresa o asociación que inste la creación de un plan de pensiones. PROPERTY & CASUALTY Denominación inglesa para el conjunto de seguros de daños patrimoniales y materiales. Literalmente Patrimonio & Daños

27 PROPOSICIÓN Documento emitido por una entidad aseguradora en el que le plantea a un posible asegurado las condiciones (de todo tipo) en las que estaría dispuesta a contratarle un seguro. PROPUESTA Ver proposición. PRORRATA Proporción. Se utiliza, por ejemplo, para obtener la prima de una póliza para un periodo distinto del año en base a su prima anual. PRORRATA TÉMPORIS Prorrata de tiempo. PRORROGABLE Dícese de las pólizas que disponen del mecanismo de prórroga tácita. PRÓRROGA TÁCITA Mecanismo según el cual, si ninguna de las partes contratantes se opone, un contrato queda prorrogado de forma automática. PROTECCIÓN Cualquier sistema o mecanismo tendente a minimizar los efectos producidos por la ocurrencia de un evento determinado. PROVISIONES TÉCNICAS Son cantidades económicas que han de reservar las entidades aseguradoras para hacer frente a las obligaciones futuras contraídas con sus asegurados en razón de contratos de seguros. Son obligatorias, y pueden ser: de primas no consumidas, de riesgos en curso, matemáticas, de prestaciones (de siniestros pendientes de pago, pendientes de liquidación, pendientes de declaración). PROYECTO DE SEGURO Ver proposición. QUOTA-SHARE REINSURANCE Reaseguro en cuota parte. RAMO Para una entidad aseguradora es el conjunto de pólizas que tienen algún nexo común, ya sea el tipo de patrimonio cubierto o el tipo de evento cubierto. RATING Calificación

28 RAYO Descarga eléctrica violenta producida por una perturbación en el campo eléctrico de la atmósfera. REASEGURADO Se llama así a la entidad aseguradora que ha cedido un riesgo o un conjunto de ellos a una entidad de reaseguros mediante algún sistema de cesión. REASEGURADOR Es la empresa que acepta una cobertura de reaseguro. REASEGURO Sistema consistente en la cesión a un reasegurador o re de parte de los riesgos que componen la cartera de una entidad aseguradora (asegurador directo). RECIBO FINIQUITO Es el documento que firma el asegurado, el beneficiario o el perjudicado en el momento en que una entidad aseguradora le abona la prestación de un seguro como consecuencia de un siniestro. RECOBRO Suma recobrada de otras personas por un asegurador una vez ejercido su derecho de subrogación contra el que ha causado el daño o su derecho de repetición contra el asegurado. REDUCCIÓN Situación que se produce en cierto tipo de seguros de vida cuando, ante el impago de la prima por parte del tomador, el seguro continua en vigor pero con un menor capital asegurado. REGLA DE EQUIDAD Reducción de la indemnización en la proporción existente entre la prima pagada y la que se debería haber pagado si la entidad aseguradora hubiese conocido la verdadera entidad del riesgo. REGLA PROPORCIONAL Fórmula que aplica el asegurador en caso de siniestro en el caso en que la póliza se encuentre en situación de infraseguro. REGULARIZACIÓN Se entiende como el reajuste de la prima al final de cada periodo de seguro, por tomarse como base para el cómputo de la prima elementos o magnitudes susceptibles de variación

29 RENDIMIENTO DE CAPITAL MOBILIARIO (RCM) Son los rendimientos obtenidos procedentes de determinados bienes y derechos, como las cuentas bancarias, las imposiciones a plazo, las acciones, los bonos, las letras del Tesoro, las rentas temporales o vitalicias. También los rendimientos procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez aunque las prestaciones sean en forma de capital, etc., cuando no tributen por rendimientos del trabajo. RENOVACIÓN Situación que se produce en un contrato prorrogable cuando ninguna de las partes ejerce su derecho de oposición a la prórroga y el contrato continúa en vigor por otro periodo determinado. RENTA Utilidad o beneficio que rinde un determinado patrimonio material. RENTABILIDAD Obtención de beneficios en una actividad económica o financiera. Relación (cociente) entre los beneficios obtenidos por una inversión y el importe de la misma. Es una de las características propias de una inversión, junto con la seguridad y la liquidez. RENTA DIFERIDA Una renta es diferida cuando el pago de la misma se inicia a partir del plazo previamente establecido en el contrato de seguro. RENTA FIJA Un título de renta fija es un título que otorga a su tenedor el derecho a percibir, en ciertas fechas futuras, unas cantidades monetarias fijas y conocidas en el momento de la adquisición. El mercado en que se negocian estos títulos es el Mercado de Deuda o Mercado de Renta Fija. RENTA INMEDIATA Una renta es inmediata cuando la renta empieza a pagarse desde el momento en que se firma el contrato de seguro. RENTA TEMPORAL Es aquella que recibirá el partícipe y/o beneficiario durante un número limitado de años de acuerdo a lo determinado en el contrato, cuando se dé el hecho con derecho a la prestación. RENTA VITALICIA Es la que, en virtud de un seguro de renta, pagará el asegurador al asegurado mientras este último viva

30 RESCATE Operación característica de algunas modalidades de seguro de vida, en virtud del cual, por voluntad del tomador, éste percibe del asegurador el importe que le corresponde (valor de rescate) de la provisión matemática constituida sobre el riesgo que tenía garantizado. Efectuado el rescate, la póliza rescatada queda automáticamente rescindida. RESCISIÓN Ver anulación. RESERVA En el transporte marítimo y terrestre, constancia escrita por parte del receptor de la carga del estado, condición y número de bultos que se le entregan, señalando las incidencias observadas. RESERVA MATEMÁTICA Provisión matemática. RESPONSABILIDAD Obligación de responder. La responsabilidad puede ser: civil, penal, administrativa, etc. RESPONSABILIDAD CIVIL Obligación de responder económicamente por los daños causados a otra persona por acción u omisión. RESULTADO TÉCNICO Para una entidad aseguradora, es la diferencia entre las primas recaudadas y el importe de los gastos habidos por siniestros (pagados o pendientes de pago) así como por otros gastos (comisiones, administración, etc.). RETENCIÓN Cantidad de riesgo retenido por una entidad aseguradora sin ceder al reaseguro. Cantidad ingresada en el Tesoro Público por un pagador (banco, entidad aseguradora, empresa, etc.) a cuenta del impuesto del perceptor y que, previamente, ha sido descontada del pago bruto. RIESGO Es la probabilidad de que por azar ocurra un hecho que produzca una necesidad patrimonial. En el seguro, la palabra riesgo tiene dos acepciones diferentes: la probabilidad de ocurrencia de un suceso determinado y el propio objeto material expuesto a dicho riesgo. RIESGO CATASTRÓFICO Aquel que, de suceder, puede afectar a un gran número de personas y/o a una gran extensión geográfica

31 RIESGO CONSORCIABLE Dícese de aquel riesgo que es cubierto por el organismo Consorcio de Compensación de Seguros. RIESGO CRECIENTE Aquél riesgo variable cuya probabilidad de ocurrencia crece con el tiempo. RIESGO EXTRAORDINARIO Es aquel cuya probabilidad de ocurrencia es muy baja. RIESGO HETEROGRADO Aquél que puede presentarse con diferentes grados de intensidad. RIESGO MONOGRADO Aquél que, de suceder, lo hace con una intensidad única. RIESGO VARIABLE Aquél cuya probabilidad de ocurrencia varía con el tiempo. RISK MANAGEMENT Gerencia de riesgos. ROBO Sustracción ilegítima de un objeto ajeno mediante fuerza en las cosas, escalamiento u otro tipo de entrada clandestina en el local que lo contiene. ROSSP Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados. SABOTAJE Acción deliberada de destrucción. SACRIFICIO Acción típica de avería gruesa. Se da esta acción, cuando se sacrifican voluntariamente bienes o propiedades que forman parte de la aventura marítima, con objeto de salvar al resto de una pérdida con motivo de la existencia de un peligro cierto. SALVAMENTO Deber que la Ley le impone al asegurado y que consiste en adoptar todas las medidas a su alcance para aminorar las consecuencias de un siniestro. En base a este deber habrá que procurar minimizar los daños durante un siniestro y, una vez ocurrido, salvar los objetos que hayan resultados indemnes

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