SECCIÓN 1. ANTECEDENTES

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1 CAPITULO 74. EVALUACION DEL PROGRAMA DE CONTROL DE PESO Y BALANCE DE UN OPERADOR, RAD 121 Y 135 (AERONAVES DE 10 O MAS PASAJEROS CON MOTORES DE TURBINA). SECCIÓN 1. ANTECEDENTES 1. OBJETIVOS. Este capítulo provee una guía para evaluar los procedimientos del programa de peso y balance de un operador/solicitante. 3. GERERALIDADES. A. Los procedimientos del programa apropiado de control de peso y balance son los únicos medios de un operador/solicitante para autorizar el uso de otros valores de peso que no sean los conocidos para tripulación, pasajeros, equipaje de mano, o carga. Este programa debe estar incluido en el sistema de manuales del operador/solicitante. El programa de control de peso y balance es aceptado en las Especificaciones de Operaciones por el inspector principal de mantenimiento. Si un operador elige usar un peso de pasajero y equipaje promedio, el proceso para establecer estos pesos y exámenes que los valide deben ser aceptados por el inspector principal de operaciones. Los reportes de los pesos promedios de los pasajeros y equipaje y exámenes establecidos están descritos en las especificaciones de operaciones B. El operador/solicitante puede desarrollar y someter para aprobación cualquier método o procedimiento por medio del cual pueda mostrar que las aeronaves: Están cargadas apropiadamente de acuerdo con la configuración aprobada (diagramas o programas de carga) No excederán las limitaciones de peso y balance durante todas las operaciones de vuelo y tierra. Serán pesadas periódicamente y sus datos reevaluados. Tendrán sus datos recalculados, si es necesario, debido a cambios. C. EL programa de control de peso y balance del operador/solicitante debe ser un documento independientemente controlado que incluya todas las instrucciones y procedimientos para el control de peso y balance, o puede ser incluido como una parte controlada de otro manual. Dicho programa debe ser objeto de revisiones periódicas para asegurarse de su cumplimiento. NOTA: Carga es definida como el equipaje, materiales de la compañía o materiales peligrosos u otros artículos transportados. 5. BASE DE CERTIFICACION (CERTIFICADO TIPO ENMENDADO/CERTIFICADO TIPO SUPLEMENTARIO). A. Cuando el diseño de una aeronave es aceptado por la autoridad aeronáutica competente se emiten el certificado tipo y la hoja de datos. Esta última incluye todas las especificaciones pertinentes para la aeronave. La información de peso y balance está localizada en la hoja de datos bajo el título de Datos pertinentes a todos los modelos.

2 B. La conformidad con el tipo de diseño se considera obtenida cuando los componentes requeridos están instalados, y son consistentes con los dibujos, especificaciones y otros datos que son parte del certificado tipo. La conformidad incluirá certificados tipos enmendados, certificados tipos suplementarios aplicables, y alteraciones de campo aprobadas. C. Antes de que una aeronave pueda ser pesada apropiadamente y su centro de gravedad de peso vació computado, cierta información debe ser conocida. Esta información es proporcionada en la hoja de datos. NOTA: Además, la lista de equipo que comprende el peso básico operacional de la aeronave, debe ser validado para asegurar que esta actualizado. 7. DOCUMENTACION DEL FABRICANTE: MANUAL DE VUELO DE LAS AERONAVES DOCUMENTO DE PESO Y BALANCE. A. Revisar el programa del fabricante en el documento apropiado de control de peso y balance, manual de vuelo de la aeronave / helicóptero. B. Verificar que la información en el documento de peso y balance, manual de vuelo de la aeronave/helicóptero incluye información actualizada de peso y balance como: Centro de gravedad de peso vació Graficas de carga Sobres de centro de gravedad Programas de carga Tablas de índice Manifiestos de Carga NOTA: El manual puede referirse a un computador manual de peso y balance. Si es así, asegurarse que éste está disponible. C. Asegurarse que los procedimientos del fabricante cubren todos los aspectos de la operación propuesta del operados/solicitante bajo el RAD 121 y PROGRAMA DESARROLLADO POR UN OPERADOR/SOLICITANTE. A. Programa Sometido. El operador/solicitante puede someter cualquier método o procedimiento con el cual pueda mostrar que todas las aeronaves son cargadas apropiadamente y no excederá las limitaciones de peso y balance de todas las operaciones. (1) Estos procedimientos puedan ser parte del manual del operador o un documento controlado independientemente para el mantenimiento, operaciones y manejo de carga. (2) El documento de peso y balance debe incluir los procedimientos de la compañía para completar formularios usados en el control de peso y carga de las aeronaves. Justificación

3 matemática para las provisiones o programas de carga deben ser incluidas en la información sometida. (3) El documento de peso y balance debe indicar la fuente de los datos usados para desarrollar el programa. Estos datos pueden venir de la documentación de peso y balance del fabricante descritos en la hoja de datos, el manual de vuelo de información del STC, u otra fuente de datos aceptados por la autoridad aeronáutica competente. (4) El programa deberá contener las funciones, responsabilidades y autoridad para las operaciones de vuelo, mantenimiento, y personal de administración. B. Programas Inusuales o Complejos. Si el operador/solicitante propone un programa de peso y balance inusual o complejo, o dicho programa es substancialmente diferente del documento de peso y balance o manual de vuelo aceptado, solicitar asistencia de especialistas. C. Programas de Carga. El programa de carga debe incluir un sistema para cargar aeronaves bajo el cual todas las situaciones de carga, incluyendo los procedimientos alternos para personas o grupo de peso no estándar. Los procedimientos del operador deben proveer toda la información necesaria (diagramas, graficas, tablas, etc.), con instrucciones relacionadas para la carga. D. Alteraciones Mayores. Ocasionalmente, un operador/solicitante puede pedir aprobación para operar una aeronave con un incremento en el peso bruto y/o cambio en el rango del centro de gravedad. Esto constituye un cambio mayor en el diseño, y requiere aprobación de la autoridad Aeronáutica competente según la subsección del RAD. E. Determinación del Peso a bordo y el Centro de Gravedad. Una parte importante del planeamiento de pre-vuelo es determinar que la aeronave está cargada de manera que su localización de peso y CG están dentro de los límites permitidos. Hay dos maneras de hacer esto: con un método de computadora usando pesos, brazos, y momentos; y por el método de grafica de carga, usando los índices de pesos y momentos. F. Aprobación del Programa. El programa de control de peso y balance es aceptado por el Inspector Principal de Mantenimiento. La coordinación con el Inspector Principal de Operaciones será necesariamente relativa a aquellas partes pertinentes del programa, como cálculo del peso promedio del pasajero y equipaje e investigaciones que requieren la responsabilidad de vigilancia del Inspector de Operaciones. 11. PESO DE LAS AERONAVES. A. Pesaje de las Aeronaves. (1) Las aeronaves operadas bajo el RAD 135 requieren ser pesadas al menos una vez cada 36 meses calendarios. Tanto el manual y las especificaciones de operaciones del operador/solicitante deben reflejar este requisito. (2) Las aeronaves operadas bajo el RAD 121 deberán ser pesadas a intervalos según el programa de control de peso y balance aceptado por la IDAC. (a) Las aeronaves pueden ser pesadas individualmente bajo un programa apropiado cada 36 meses.

4 (b) Las aeronaves pueden ser pesadas en base a los pesos de la flota. NOTA: Los procedimientos que establecen el peso operacional básico, de las zonas de peso, y el peso en los compartimientos dentro de la aeronave, tablas diagramas que representan el peso apropiado y rango del CG y las limitaciones están contenidas en los requisitos de peso y balance del Fabricante, el Certificado de Tipo Suplementario, u otros datos aceptados por la autoridad Aeronáutica competente. 13. BALANZAS DE PESAJE. A. Las balanzas usadas para pesar pasajeros, aeronaves, y carga deben ser calibradas. La frecuencia de la prueba de calibración depende del uso y manejo. Los documentos de certificación deben estar en el idioma español o ingles. B. La prueba periódica de las balanzas que usan un peso conocido para asegurar exactitud, debe ser incluida en el programa del operador. C. Si una balanza está fuera de calibración puede ser usada si hay un procedimiento que verifique la exactitud usando un peso conocido que es representativo de la carga a ser llevada. 15. PROGRAMA DE CARGA Y PROVISIONES. A. Programas de Carga. Los programas de carga deben ser simples y estar en orden, basados en principios de modo que se reduzcan los elementos de error humano. Los programas de carga pueden ser aplicados a una aeronave individual o una flota completa. Cuando un operador usa varios tipos o modelos de aeronaves, un programa de carga, el cual puede ser tipo índice, tipo tabular, o una computadora, debe ser identificado en las Especificaciones de Operaciones con el tipo o modelo de aeronaves para las cuales está designado. B. Cuando los procedimientos de carga contienen instrucciones para el bloqueo de asientos o compartimientos para que permanezcan dentro de los límites del CG, el Operador/Solicitante debe proveer medios efectivos para asegurar que estos asientos o compartimientos no son ocupados durante las operaciones especificadas. En estos casos, deberán prepararse las instrucciones para las tripulaciones de vuelo, los agentes de carga, los manejadores de carga y a otro personal relacionado, dando una información completa de la distribución de los pasajeros, carga, combustible y otros artículos. Información relativa a la máxima capacidad y otras limitaciones pertinentes que afecten el peso o balance de las aeronaves, deberá ser incluida en estas instrucciones. Cuando por distribución adversa de pasajeros o carga, exceder los límites del CG aceptado de las aeronaves, deberán emitirse instrucciones especiales para el piloto al mando y otro personal apropiado de manera que la distribución de la carga pueda mantenerse dentro de la limitación aprobada. C. Pesos Estándares de los Pasajeros. Los pesos reales o cuando sea apropiado, se usan los pesos promedios de los pasajeros para computar el peso de éstos sobre cualquier segmento de las operaciones de un Operador Certificado. Los pesos actuales son usados normalmente para operaciones con aeronaves de nueve (9) o menos asientos de pasajeros y aquellas aeronaves con cargas no estándares de pasajeros. El sistema de carga debe acomodar con facilidad grupos de peso no estándar y el manifiesto debe indicar si se usan pesos actuales o promedios o una combinación de ambos en la computación.

5 NOTA: La intención es proveer métodos y procedimientos, para desarrollar sistemas de control de peso y balance, no para tratar el espectro completo de todas las posibles configuraciones. Por lo tanto, el operador proveerá al IDAC con una muestra confiable para establecer un peso de pasajero estándar para su operación específica. (1) Pesos Promedios de los Pasajeros. Los pesos promedios estándares vigentes de los pasajeros fueron desarrollados para grupos de pasajeros de líneas aéreas convencionales. Estos no pueden ser arbitrariamente adoptados para operaciones con grupos de pasajeros que difieren apreciablemente de la base o donde se sabe que la mezcla de pasajeros hombre y mujer es diferente que una operación 60% hombres/40% mujer. Los pesos promedios o proporciones especiales pueden ser establecidos para operaciones particulares basadas en medidas que: (a) Indican que esos pesos proveen instrucciones consistentemente para carga dentro de los límites de peso y balance prescritos; y (b) Cumple los criterios de los análisis estadísticos vigentes. (2) Peso promedio o Real del Equipaje. Un operador puede establecer los pesos promedios del equipaje de los pasajeros calculados en base a un estudio de los pesos reales del equipaje para las operaciones o rutas involucradas que toman en consideración la estación del año y otras variables. NOTA: A menos que sea autorizado de otra manera por el Manual de Control de Peso y Balance aceptado por la autoridad aeronáutica competente, los pesos reales de los pasajeros, y su equipaje deberán ser pesados para computar el peso y balance de los vuelos fletes y otros servicios especiales que envuelvan el transporte de grupos especiales. D. Equipaje del Pasajero y la Tripulación. Deberán proveerse procedimientos de manera que todo el equipaje, incluyendo el llevado a bordo por la tripulación de vuelo, sea documentado apropiadamente. Si el Operador lo desea, podrá usar un peso estándar para el equipaje de la tripulación de vuelo. Podrá usarse como se describe mas abajo, pesos promedios para el equipaje chequeado, como se describe más abajo. Para las aeronaves de nueve o menos asientos de pasajeros, deberán usarse los pesos reales o cuando el equipaje chequeado excede notablemente los pesos promedios. 17. ENTRENAMIENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE PESAJE DE CARGA Y PASAJEROS DEL OPERADOR. A. Responsabilidad para el Control de Peso y Balance. El peso y balance es uno de los factores más importante que afecta la seguridad de vuelo. Una aeronave pasada de peso, o cuyo CG está fuera de los límites permitidos, es ineficiente y peligrosa para volar. La responsabilidad para el peso y balance apropiado comienza con el transportista aéreo, extendida a las personas de operaciones en tierra que cargan las aeronaves, el Técnico de Mantenimiento de Aeronaves (TMA) quien mantiene la aeronave y el piloto que la opera. Las personas que cargan las aeronaves deben tener procedimientos y entrenamiento para asegurar el peso y balance adecuado, con un sistema para dirigir la carga dentro de los límites. El sistema debe cumplir con los requerimientos del manifiesto de carga según las secciones y (c).

6 (1) Identificación de la Calificación del Personal del Operador. Los empleados involucrados en el pesaje de carga deben estar entrenados, autorizados y calificados. Este entrenamiento debe ser fácilmente registros de entrenamiento y documentos de autorización. (2) Responsabilidad. El programa de entrenamiento del operador debe conllevar a los tres grupos de empleados (mantenimiento, operaciones en tierra, y operaciones en vuelo) que aunque tienen diferentes funciones en un programa de control de peso y balance, cada grupo tiene responsabilidades individuales en la seguridad de las operaciones de carga. B. Peso y Balance (control de CG). Los operadores deben tener programas de entrenamiento para el personal involucrado en los cálculos de peso y balance. Estos programas deben contener procedimientos para mantener el peso y CG de las aeronaves despachadas. Los tópicos de los programas de entrenamiento incluirían: La notificación de la tripulación de vuelo La posición de la carga y del equipaje Los cálculos para los pesos promedios de ambos personas y equipaje, cambios de temporada, carga inusuales como equipos de deportes, militares, y manifiestos del peso de la carga, etc. Los cálculos para pesos reales y cuando usarlos. Los procesos que toman en cuenta el balance del CG para contenedores, ambos cargados en unidades de carga y colocados en la aeronave Los programas de computadora usados y los procesos y procedimientos para certificar el personal que calcula el peso y balance C. Currículum del Programa de Entrenamiento. Los operadores deben proporcionar: (1) Programas para el Personal de Carga. Los programas de entrenamiento para los cargadores de aeronaves han de incluir: Procedimientos básicos para cargar aeronaves, como escaleras para cargar contenedores en aeronaves de todo tipo de carga, contenedores de carga en las aeronaves de pasajeros, y carga suelta en los compartimientos inferiores y superiores en aeronaves de carga y combinación de pasajero/carga. Procedimientos para entrenamiento del contratista de carga y requerimientos de auditorias para esos contratistas. Entrenamiento en las expectativas de los cargadores y procedimientos apropiados para carga, incluyendo seguridad y materiales peligrosos Los requerimientos para carga delicada para ciertas posiciones. (2) Programas para Supervisores de Carga. El entrenamiento para las personas responsables de la carga en una aeronave debe enseñar el entendimiento de esas responsabilidades, incluyendo los

7 contenedores de carga, carga de aeronaves, condición de los contenedores, manejo de las cargas y sistemas de retención para los contenedores. (3) Entrenamiento Para la Reparación de los Contenedores. El entrenamiento para reconocer la configuración apropiada de los contenedores, incluyendo los estándares operacionales, ajustes de las mallas, configuraciones y condiciones de los contenedores y balance del CG, descripción y autorización para uso en una aeronave particular. El entrenamiento de cómo preparar un contenedor para cumplir con el control del CG. El personal para recibir este entrenamiento incluye contratistas y agentes de carga. (4) Programas para Agentes de Carga. Los programas deben incluir procedimientos para entrenamiento de los agentes de carga en los requerimientos para transportistas aéreos, incluyendo la preparación de contenedores con atención a la descripción y balance del CG. (5) Programas para el Personal de Mantenimiento. El entrenamiento para el personal de mantenimiento debe consistir de: Procedimientos de pesaje para las aeronaves. Cambios de peso y balance debido a alteraciones. Mantenimiento del sistema de carga Función de auditoria del programa de control de peso y balance bajo el programa de Análisis y vigilancia continua. Reparación de los contenedores y sistema de retención de carga. Requisitos de inspección de recepción para los componentes reparados por terceros. Requerimientos de registros. Requisitos de recepción para componentes adquiridos reparados Requerimientos de registros (6) Entrenamiento sobre los Registros. Los programas deben incluir procedimientos para retener los registros de entrenamiento en carga y la coordinación de los contenedores. El entrenamiento debe tratar los requisitos de registros y entrenamiento recurrente. (7) Entrenamiento para Conocimiento de la Tripulación. Los programas deben incluir procedimientos para entrenar a la tripulación de vuelo para conocimiento de carga, incluyendo ejemplos de contenedores inservibles, mecanismos de retención, configuraciones de las aeronaves, y tareas responsabilidades para el personal de tierra. 19. PROCEDIMIENTOS PARA CARGAR PASAJEROS Y CARGA. Los procedimientos deben estar por escrito en los manuales y ser consistentes en toda la compañía. 21. PROCEDIMIENTOS DEL MANEJO DE LA CARGA. A. Carga. Deberá proveerse los procedimientos para carga/descarga en el compartimiento principal superior en aeronaves de carga solamente y mixto y en compartimientos inferiores en todas las

8 aeronaves. Esto incluye compartimientos delanteros y/o traseros. El manejo de la carga debe incluir procedimientos para: (1) Carga, en base a la configuración de la aeronave, por Ej., todo carga, carga-pasajeros y convertible. Estos procedimientos pueden variar según el tipo de sistema de manejo de carga instalado, equipo de retención instalado o usado, y configuración de la puerta de carga. (2) Operación de cargar las aeronaves para asegurarse que el desplome de la cola no es un problema en aeronaves de carga solamente. (3) Operación de cargar para aeronaves de pasajeros y carga de modo que los contenedores, si usados, son cargados y asegurados. (4) Asegurarse que si hay carga suelta en los compartimientos delanteros y traseros, esa carga o equipaje es confinada apropiadamente usando el sistema de retención requerido por los procedimientos de peso y balance de la aeronave. (5) Asegurarse que la carga en el compartimiento principal esta colocado usando los procedimientos de peso y balance del operador y equipo según el fabricante. B. Contenedores de carga (ULD). Los contenedores de carga son certificado s por una Orden Técnica Estándar, un Certificado Tipo Suplementario, un Certificado de Fábrica y un Estándar Militar. Los contenedores no certificados son fabricados según un estándar industrial y únicamente se permite su uso en algunas aeronaves como se describe en el Manual de Peso y Balance de la aeronave o en el suplemento de peso y balance del certificado tipo suplementario. Los Operadores deben tener procedimientos para: (1) La preparación de los contenedores y paletas de carga para asegurarse de un control apropiado del CG, de modo que no se excedan los limites de certificación del CG horizontal y vertical. (2) Control de balance del CG para asegurar que los contenedores cargados no excedan las limitaciones de certificación. Procedimientos para la carga suelta para asegurarse que no se excede el balance del CG para el compartimiento usado. Esto incluiría los contenedores (ULD) cargados en configuración doble con posiciones vacías adyacentes. (3) Procedimientos para asegurar que los contenedores están en buena condiciones antes de cargar una aeronave, y designar a una persona responsable para realizar estos chequeos y validaciones a la tripulación de vuelo en la hoja de carga, manifiesto, u otro formulario que estos chequeos han sido realizados. (4) Los operadores deben tener un programa para mantener los contenedores de acuerdo con las recomendaciones del fabricante o procedimientos desarrollados por el operador y aceptables a la IDAC. Este programa debe incluir límites de utilidad, frecuencia de inspección. El control de los contenedores debe ser mostrado junto a los procedimientos de verificación de peso, para establecer el peso de lastre. (5) Los procedimientos para enviar los contenedores inservibles a facilidades de reparación, deben ser establecidos, junto con procedimientos para agregar estas facilidades a la lista de suplidores aceptados.

9 23. OTRAS RETENCIONES. Las retenciones tales como correas, ataduras, mallas, etc., pueden ser certificadas por tipo de diseño original, certificado tipo suplementario o alteración mayor. Los mecanismos de retención permitidos en aeronaves individuales están citados en el manual de peso y balance, suplemento de peso y balance del certificado tipo suplementario o documentación de alteraciones mayores para cada aeronave. 25. CONTRATISTAS. Un operador/solicitante puede usar un contratista para el pasaje requerido de artículos. Sin embargo, el operador/solicitante es responsable de asegurarse que el contratista cumpla con su programa de peso y balance aceptado. Esto incluye que las balanzas estén calibradas y probadas de cuerdo con el manual de políticas y procedimientos del operador/solicitante. El operador/solicitante debe tener procedimientos para lo siguiente: A. Agentes de Carga. Procedimientos para auditar los agentes de carga o contratista. Interlíneas. Procedimientos para asegurar que los contenedores recibidos de otros operadores, sea dominicanos o extranjeros, cumplen los requerimientos de carga del operador. 27. SISTEMAS DE MANEJO DE CARGA. A. Los sistemas de manejo de carga, ambos compartimiento superior e inferior, son aceptados por varios medios. Pueden estar certificados como parte de la base de certificación de una aeronave, por certificado tipo suplementario, o por alteraciones mayores para una instalación de aeronave individual. Estos sistemas consisten en cerraduras, topes terminales, retenciones laterales, verticales, rejillas, sección de rodillos, guías laterales, etc., los sistemas de manejo de carga también son diseñados como un mecanismo de conducción para los contenedores, permitiéndoles un movimiento fácil dentro y fuera de la aeronave. Además, algunos sistemas de manejo de carga tienen fuerza motriz. B. La reparación de los contenedores de estos sistemas deben ser parte del sistema de manuales del operador, junto con la habilidad de sustituir componentes de carga. La sustitución debe estar basada en datos aceptados por la autoridad Aeronáutica Competente. La sustitución incluiría subpartes de un componente de carga. C. No importa los medios de aprobación usados, deberá tomarse en cuenta los MEL. Esto incluye operación con mecanismos de retención faltantes, conjuntamente con peso y/o penalidades de rendimiento por cada mecanismo faltante. 29. PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACION DE LA DOCUMENTACION DE MANTENIMIENTO. A. Adicción o Remoción del Equipo. (1) Cambio del CG después de reparación o alteración. Los cambios de peso más grandes que ocurren durante la vida de una aeronave son aquellos causados por las alteraciones y reparaciones. Es responsabilidad del Operador que realiza el trabajo documentar exactamente el cambio de peso y anotarlo en el registro de la aeronave. (a) Cuando los operadores aéreos hacen conversiones, modificaciones reparaciones o alteraciones mayores a una aeronave, que cambia los requisitos y/o limitaciones del peso y balance vigentes, la autoridad aeronáutica competente normalmente aprueba un suplemento de peso y balance u otros documentos de control, como certificado tipo suplementario, formulario de

10 reparación mayor y alteración u otros reportes de peso y balance. Esta información suplementaria describe el efecto de la conversión o modificación en la aeronave, y normalmente la Autoridad Aeronáutica Competente las aprueba como parte de un certificado tipo suplementario o alteración mayor. (b) Cuando un operador hace una conversión, modificación o alteración mayor a una aeronave, la cual cambia sus características de peso y balance, ésta debe establecer un procedimiento para asegurar que toda la información suplementaria desarrollada, emitida y aprobada para esa aeronave, está incorporada en el programa de control de peso y balance. Un operador debe aplicar la restricción más fuerte de las modificaciones incorporadas, a las operaciones de esa aeronave. Por ejemplo, si aplican varios certificados tipos suplementarios, el operador debe usar las limitaciones más restrictivas cuando incorpora la información suplementaria a su programa de control de peso y balance. Por lo menos un operador debe: i. Incluir la información suplementaria descrita anterior o hacer un chequeo de referencia con su manual de peso y balance. ii. Organizar la información suplementaria de acuerdo con el tipo de aeronave o de manera que facilite el uso al personal de las operaciones de carga. (c) Incluir la información suplementaria en su manual de peso y balance y cualquiera grafica o tabla que indique las limitaciones apropiadas de peso y balance. (2) Lastre permanente. (a) Si una reparación o alteración saca el CG de una aeronave fuera de sus limitaciones, se puede instalar un lastre permanente. Este lastre puede consistir de bloques de plomo u otro material. Este debe ser marcado así Lastre permanente/no remover. Este debe ser colocado a la estructura, de manera que no interfiera con ninguna acción de controles de vuelo, y lo suficiente rígido que no pueda ser afectado por maniobras de vuelo o aterrizaje fuerte. (b) Es preciso saber lo siguiente para determinar la cantidad requerida de lastre para que el CG esté dentro de los límites: la cantidad del CG fuera de límites y la distancia entre la localizacición del lastre y el límite afectado. (3) Lastre Provisional. El lastre provisional, en forma de barras de plomo o sacos de arena, a menudo se lleva en los compartimientos de equipaje para ajustar el balance de ciertas condiciones de vuelo. Los sacos deben estar marcados como Lastre y asegurados. La remoción puede requerir la re-calculación del peso básico operacional de la aeronave. Este lastre debe estar asegurado de modo que no pueda cambiar su posición en vuelo, tampoco exceder los limites de la estructura de los compartimientos de carga. Todo el lastre provisional debe ser removido antes de pesar la aeronave B. Registro de Revisiones de Peso y Balance. (1) Cada registro de revisiones debe estar identificado con la fecha, fabricante, modelo y número de serie de la aeronave. Las páginas deben estar firmadas por la persona que hace la revisión.

11 (2) Las computaciones de una revisión de peso y balance están incluidas en el formulario de revisiones. Las condiciones de carga extrema hacia delante/atrás deben ser investigadas y presentadas las computaciones. La hoja de revisión de peso y balance debe presentar con claridad el peso vacío revisado, brazo y/o índice del momento y el peso operacional básico nuevo. NOTA: Se define como peso operacional básico, el peso de una aeronave con el combustible no usable, todos los fluidos, tripulación y equipo instalado, como se define en el programa del operador en base al certificado tipo, certificado tipo suplementario u otros datos aceptados por la Autoridad Aeronáutica competente. 31. VIGILANCIA DE LOS REGISTROS DE PESO Y BALANCE. A. Los registros de pesaje por mantenimiento, de entrenamiento y de auditoria de operaciones de carga, deben reflejar el cumplimiento con el Programa de Control de Peso y Balance. Los sistemas de manejo de carga y contenedores deben tener registros de mantenimiento, mantenimiento preventivo e Inspecciones como parte de los registros de mantenimiento de las aeronaves. B. Los registros de manifiestos de carga de las operaciones de tierra, las hojas de verificación de carga y los registros de entrenamiento del personal, deben reflejar el cumplimiento con el Programa de Control de Peso y Balance. C. Los registros de las Operaciones de Vuelo y Entrenamiento del Personal, deben reflejar cumplimiento con el Programa de Control de Peso y Balance. 33. AUTORIDAD PARA PESO Y BALANCE (ESPECIFICACIONES DE OPERACIONES). A. El Programa de Control de Peso y Balance no es simplemente un Programa aislado para que mantenimiento cumpla con el pesaje de las aeronaves. Este cubre todas las disciplinas de los empleados que deben interactuar juntos para operar las aeronaves dentro de las limitaciones de peso y balance. Los manuales deben ser consistentes proveyendo una guía clara para que el sistema de Peso y Balance trabaje correctamente. B. La aprobación de los Programas de Control de Peso y Balance es afectada por las Especificaciones de Operaciones. Estas Especificaciones describen los documentos apropiados usados para el control de Peso y Balance. Los pesos promedios de pasajero y equipaje conjuntamente con los exámenes que validan estos pesos, serán anotados en dichas Especificaciones. NOTA: El Documento IDAC 2000, Manual del Inspector de Aeronavegabilidad, Volumen II, Capítulo 84, contiene la guía para las Especificaciones de Operaciones. 35. SISTEMA DE ANÁLISIS Y VIGILANCIA CONTINUA. Este sistema de seguimiento periódico audita el Programa de Control de Peso y Balance para asegurar su cumplimiento continuo.

12 A. Este sistema debe definir cómo y cuándo los sistemas de control de Peso y Balance son auditados, incluyendo pero no limitándose a: Carga de las Aeronaves Preparación de los contenedores Entrenamiento del personal Agentes de Carga B. Debe darse seguimiento a la ejecución del sistema, incluyendo artículos como planes de carga, manifiestos de carga, sistema de manejo de carga y los factores humanos con los cargadores, supervisores y suplidores de servicio. 37. VIGILANCIA DE LA IDAC A. Los Inspectores Principales de Mantenimiento son responsables de revisar los procedimientos de control de peso y balance de los operadores a los cuales están asignados. Esta revisión debe incluir las áreas de los temas discutidos en este capítulo, conjuntamente con los manuales apropiados de los operadores, las Especificaciones de Operaciones y los acuerdos de arrendamiento húmedo. Es mandatario que cualquier compañía contratada para suplir los servicios de carga, esté calificada y autorizada por el Operador Certificado para realizar estas funciones. Se recomienda a los Inspectores Principales de Mantenimiento revisar cualquier programa de entrenamiento que los operadores ejecutan para el personal que supervisa la carga de las aeronaves, prepara los formularios de los manifiestos de carga, o califica y autoriza a otras personas para realizar estos requisitos. B. Los operadores tienen un mandato estatutario para realizar sus servicios con el grado más alto posible de seguridad. Alcanzar este objetivo requiere un esfuerzo conjunto entre la autoridad Aeronáutica y el operador. Se conducirán chequeos especiales de rampa para validar el estado actual de los procedimientos de control de peso y balance y las operaciones de carga de las aeronaves. La IDAC debe hacer esfuerzos especiales para mantener a todos los operadores actualizados con los métodos de inspecciones llevados a cabo e informándoles los ejemplos de incumplimiento descubiertos en dichas inspecciones; se les pide en cambio a las líneas aéreas, usar esta información para evaluar sus propios sistemas, programas y operaciones. NOTA: Los Inspectores asignados a los Operadores, deben estar entrenados en los requisitos específicos de los programas de Control de Peso y balance de estos operadores.

13 SECCIÓN 2. PROCEDIMIENTOS 1. REQUISITOS Y COORDINACION. A. Requisitos: Conocimiento de los requerimientos regulatorios del RAD 135. Terminación exitosa del Curso de Instrucción del Inspector de Aeronavegabilidad para las inspecciones de Aviación General y de operador aéreo, o su equivalente previo. Experiencia previa con los procedimientos de peso y balance (aeronaves con nueve o menos asientos) RAD 135. B. Coordinación. Esta tarea requiere coordinación entre los inspectores de Mantenimiento y Operaciones. 3. REFERENCIAS Y AYUDAS DE TRABAJO. A. Referencias. RAD 21, 43,91, 121 y 135, Manuales de Vuelo Aprobados Manual de Peso y Balance o Manual de Operación para el piloto. Hojas de Datos y Especificaciones de la aeronave Certificados de tipo Suplementarios Lista de Equipos de la Aeronave Registros de Peso y Balance de la aeronave. B. Ayudas de Trabajo. Ninguno. 5. PROCEDIMIENTOS A. Revisar los Datos del Operador/Solicitante. Revisar lo siguiente: (1) Tipo de equipo (2) Datos que aseguren que la aeronave multimotor fue pesada dentro de los 36 meses calendarios (Ref. subsección del RAD). (3) Método Vigente/Propuesto del operador/solicitante para mantener los registros de peso y balance. (4) Información de Peso y Balance correspondiente a la aeronave del operador/solicitante que incluya: (a) Hojas de datos de certificado tipo para el peso y balance básico para cada aeronave en particular. (b) Existencia de registros de alteraciones que puede afectar la exactitud de los datos aprobados de peso y balance.

14 (c) Lista de equipos, para confirmar que combine con los equipos instalados. Verificar que la lista correlacione con la posición actual en la aeronave. (d) Registros manejados y controlados con detalles suficientes para determinar la validez de la información de peso y balance actual, si aplica. NOTA: Si los registros de peso y balance no están disponibles o son inexactos, el único método aceptable para determinar el peso y balance actual es pesar la aeronave. (5) Reportes de inspecciones previas, correspondencia, y otros documentos en los archivos de la oficina para determinar si hay cualquier discrepancia abierta o algunas áreas fueron identificadas que requieran atención especial. B. Revisión del Programa del Fabricante (1) Verificar que la información de peso y balance en el Manual de Vuelo de la Aeronave/Manual de Vuelo del helicóptero incluyen información de peso y balance actual como: Peso vacío y centro de gravedad Gráficas de carga Sobres de Centro de Gravedad Programación de carga Tablas de índices. NOTA: EL manual puede referirse a un computador de peso y balance. Si es así, asegurarse que el equipo esté disponible. (2) Asegurarse que los procedimientos del fabricante cubren todos los aspectos de la operación propuesta por el operador/solicitante. (3) Revisar los requerimientos de manifiesto de carga para las aeronaves multimotor (Ref. subsección (c) del RAD). C. Verificar las revisiones de Peso y Balance. (1) Determinar quien es responsable de actualizar la información de peso y balance. NOTA: El operador/solicitante es en última instancia responsable del estado actual del peso y balance después de cualquier reparación o alteración importante, o cambio de equipo. (2) Asegurarse que la información revisada de peso y balance ha sido insertada en el Manual de Vuelo de la Aeronave/Helicóptero o registros de peso y balance que apliquen y exponga cualquier cambio importante que afecte el peso y balance. D. Inspección del Equipamiento y Facilidades. (1) Si el operador/solicitante tiene equipo de pesaje disponible inspeccionar los registros de calibración que tenga el seguimiento de trazabilidad.

15 (2) Asegurarse que el operador/solicitante tiene un área disponible o hangar en el cual la aeronave puede ser pesada. (3) Asegurarse que la aeronave pesada está todavía dentro de los limites de centro de gravedad especificados por el fabricante. E. Evaluar el Entrenamiento de Peso y Balance. Asegurarse que el entrenamiento de vuelo del operador/solicitante refleja los procedimientos básicos de peso y balance. El currículum debe incluir también cualquier consideración especial de peso y balance para uso especial de la aeronave, por ejemplo: Todo carga. F. Analizar los Resultados. Al completar la evaluación, analizar los resultados y determinar si la aeronave, y/o el programa cumplen todos los requerimientos. G. Reunirse con el operador/solicitante. Discutir las discrepancias con el operador/solicitante e informarle cuales áreas necesitan acción correctiva. 7. RESULTADO DE TAREAS. A. Archivar formulario de tramitación B. La terminación exitosa de esta tarea resultará en la aceptación de los procedimientos o revisiones de peso y balance. C. Documentar la tarea. Llenar y completar toda la documentación en el archivo del Operador/solicitante del Departamento de Aeronavegabilidad. 9. ACTIVIDADES FUTURAS. Vigilancia Normal.

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