TODO SOBRE DETRACCIONES. Julio Raggio Villanueva Agosto 2015

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1 TODO SOBRE DETRACCIONES

2 Detracciones en el Transporte de Bienes: Operatividad Valores Referenciales Operaciones Exceptuadas Reparos Frecuentes en las auditorias de SUNAT Detracción no efectuada Monto inferior Atraso en el Pago 2

3 Detracciones al Transporte de Bienes por vía terrestre 3

4 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias Servicio de trasporte de cargo por vía terrestre Importe de la Operación Valor Referencial En operaciones mayores a S/ % 4 4

5 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias Y si el encargado del transporte subcontrata la realización total o parcial del transporte? La prestación del servicio también está gravada. No importa el monto que se pague. No importa la distancia. 5 5

6 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias CASO 13 Y si el servicio de transporte es prestado por varios sujetos por tramos? Dependerá si el importe del servicio de cada uno supera los S/ Montos inferiores no habrá detracción. No hay base legal para acumulación 6 6

7 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias Y si para prestar el servicio de transporte de carga se realizan además algunos de los servicios de movimiento de carga del numeral 4 del Anexo 3 Si los servicios se realizan conjuntamente y para el transportes de bienes. Se incluyen en el precio del transporte de carga. Se rigen por las reglas de transporte. 7 7

8 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias Servicio de trasporte de cargo por vía terrestre OPERACIONES NO INCLUIDAS Transporte de bienes por vía férrea. Transporte de equipaje, cuando concurra con el servicio de transporte de pasajeros por vía terrestres Transporte de caudales o valores 8 8

9 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias Están sujetos a Detracción? Transporte de bienes por vía férrea. Transporte de equipaje, cuando concurra con el servicio de transporte de pasajeros por vía terrestres Transporte de caudales o valores 9 9

10 Transporte de Bienes R.S /SUNAT y modificatorias Cómo se determina el importe de la operación para el cálculo de la detracción? Importe de la operación Precio pactado por el servicio Valor Referencial conforme a tablas del MTC Se toma el mayor valor 10 10

11 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Para el Valor Referencial (VR) en transporte de bienes por carretera se debe emplear la TABLA II del DS MTC + DS MTC: Ubicar el punto de origen y destino Calcular el valor de la TN por viaje Multiplicar el valor de la TN por el peso de la carga efectiva VR nunca puede ser menor al 70% de la carga útil de la unidad de transporte que se emplea (Tabla III) 11 11

12 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Para el Valor Referencial (VR) en transporte de bienes por carretera se debe emplear la TABLA II del DS MTC + DS MTC: LUEGO de establecer el valor referencial, compararlo con el precio del servicio PAGAR la detracción tomando el mayor valor

13 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Tablas para el transporte por carretera. Todas parten desde Lima hacia. Para tramos intermedios de calcula diferencia entre A B C A: Lima-Callao B: Ciudad mas cercana a Lima C: Ciudad mas alejada de Lima Valor BC = Valor AC Valor AB 13 13

14 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Lima a Cuzco Valor de TN = Lima a Iñapari Valor de TN = Valor Referencia = Valor de TN x Carga efectiva (mínimo 70%) 14 14

15 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Lima a Cuzco Valor de TN = Lima a Iñapari Valor de TN = Valor Referencia = Valor de TN x Carga efectiva (mínimo 70%) 15 15

16 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Lima a Cuzco Valor de TN = Carga efectiva: 3.5 Tn Unidad de transporte: Tipo C, carga útil 10TM V.R. = Valor de TN x Carga Real = x 3.5 = 907 V.R. = 70% de la carga útil V.R. = ( x 10) x 0.7 = 1,

17 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Lima a Cuzco Valor de TN = Carga efectiva: 3.5 Tn Unidad de transporte: Tipo C, carga útil 10TM V.R. = 1, Precio Pactado: S/. 1, Importe de la Operación: 1, Importe de la Detracción: 1, x 4% 17 17

18 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Lima a Iñapari Valor de TN = Unidad Tipo C4: carga útil 18TM V.R. = x 18 V.R. = 9, Unidad Tipo C: carga útil 10TM V.R. = x 10 V.R. = 5,

19 Transporte de Bienes DS MTC CASO 14 Calcular el VR de un viaje desde Cuzco a Ayacucho Lima Cuzco TM = S/ Lima Ayacucho TM = S/

20 Transporte de Bienes DS MTC CASO 14 Calcular el VR de un viaje desde Cuzco a Ayacucho! 1. Calcular el valor de TN por viaje (Lima Cuzco) (Lima Ayacucho) = = S/ Valor de la TN entre Cuzco y Ayacucho = S/: Valor BC = Valor AC Valor AB 20 20

21 Transporte de Bienes DS MTC CASO 14 Valor de TM: S/ Carga efectiva: 12tn Tipo de Unidad: C4 VR1 = x 12 = 1,385 VR2 = ( x 18) x 0.7 = 1,

22 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC CASO 14 Importe de la Operación: Mayor Valor entre VR y Precio pactado VR2: 1,454 Precio Pactado: 1,700 Importe de la Detracción = 1,700 x 4% = S/

23 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC CASO 15 Calcular el VR de un viaje desde Barranca a Chincha 1. Verificar Tramos: Tramo 1: Barranca - Lima Tramo 2: Lima - Chincha 2. Sumar valor de TN 3. Establecer Valor Referencial 4. Comparar con Precio 5. Tomar Mayor Valor 6. Pagar la detracción 23 23

24 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC CASO 15 Valor de TN: S/

25 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC CASO 15 Valor de TN: S/ Valor de TN: S/ =

26 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC CASO 15 Valor de TN = Carga efectiva = 6,000kg Tipo de Unidad: 8x4 VR1 = x 6 = 581 VR2 = (96.68 x 20) x 0.7 = 1,

27 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC CASO 15 Importe de la Operación: Mayor Valor entre VR y Precio pactado VR2: 1,354 Precio Pactado: 1,100 Importe de la Detracción = 1,354 x 4% = S/

28 Transporte de Bienes DS MTC + DS MTC Y si el origen, o el destino, o ambos no aparecen en las Tablas del MTC? El importe de la operación es el precio pactado por el servicio de transporte Se aplica el 4% directamente 28 28

29 Reparos frecuentes en las Auditorias de Sunat 29

30 Reparos frecuentes TUO IGV: ARTÍCULO 19º.- REQUISITOS FORMALES Para ejercer el derecho al crédito fiscal, a que se refiere el artículo anterior, se cumplirán los siguientes requisitos formales: c) Que los comprobantes de pago, notas de débito, los documentos emitidos por la SUNAT, a los que se refiere el inciso a), o el formulario donde conste el pago del impuesto en la utilización de servicios prestados por no domiciliados, hayan sido anotados en cualquier momento por el sujeto del impuesto en su Registro de Compras

31 Reparos frecuentes Ley Artículo 2º.- Oportunidad de ejercicio del derecho al crédito fiscal. Los comprobantes de pago y documentos a que se refiere el inciso a) del artículo 19 del TUO de la Ley del IGV e ISC deberán haber sido anotados por el sujeto del impuesto en su Registro de Compras en las hojas que correspondan al mes de su emisión o del pago del Impuesto, según sea el caso, o en el que corresponda a los 12 (doce) meses siguientes, debiéndose ejercer en el período al que corresponda la hoja en la que dicho comprobante o documento hubiese sido anotado

32 Reparos frecuentes RTF Para ejercer el derecho al crédito fiscal, los comprobantes de pago y documentos a que se refiere el inciso a) del artículo 19 del TUO de la Ley del IGV e ISC deberán haber sido anotados por el sujeto del impuesto en su Registro de Compras en las hojas que correspondan al mes de su emisión o del pago del Impuesto, dentro del plazo señalado en el artículo 2 de la Ley EL plazo de 12 meses es un plazo de caducidad. Vencido aquel se pierde el derecho al Crédito Fiscal

33 Reparos frecuentes El pago de la Detracción es una condición legal para el ejercicio del Crédito Fiscal. No pagar la detracción. Efectuar pagos parciales. Pagar un importe menor al que se debe. Pagar con atraso. Usar Constancias clonadas Uso indebido del Crédito Fiscal o pérdida del Credito Fiscal por parte del Adquirente o del Usuario 33 33

34 Reparos frecuentes El pago de la Detracción es una condición legal para el ejercicio del Crédito Fiscal. Sólo se puede usar el crédito fiscal a partir de la fecha en la que se paga la detracción

35 Reparos frecuentes Reparos al IGV vinculados a Detracciones Impide poder usar el crédito fiscal del comprobante o Ticket Factura. Obliga a reintegrar el IGV indebidamente usado. Afecta el arrastre del débito y crédito fiscal de los meses siguientes. Modifica la aplicación de las retenciones / percepciones aplicadas. Se incurre en infracciones

36 Reparos frecuentes No pagar la detracción. Motivos Olvido Error en la interpretación de las normas de detracciones ( Operaciones no afectas) Error ante concurrencia con Retenciones y/o Percepciones. Atomización de operaciones. Operaciones no declaradas / no registradas 36 36

37 Reparos frecuentes CASO 16 Auditoria parcial del IGV. Periodo: Octubre Diciembre 2013 En RC de octubre 3 operaciones sin detracción. 2 compras de listones de madera 1 por fabricación de parihuelas según especificaciones propias 4 operaciones atomizadas Transporte de bienes por vía terrestre 37 37

38 Reparos frecuentes CASO 16: Según DDJJ Mes octubre IGV Ventas 100,000 IGV Compras 75,000 A Pagar / (Saldo a Favor) 25,000 Saldo a favor anterior -10,000 Saldo a favor acum. 0 Percepción mes 0 Percep. mes anterior 0 Retención mes 0 Retención anteriores 0 Importe pagado 15,000 PERO IGV madera: 5,000 IGV parihuelas: 600 IGV transporte de bienes por vía terrestre 88 Operaciones sin detracción 38 38

39 Reparos frecuentes CASO 16: Determinación de SUNAT IGV Ventas 100, ,000 IGV Compras -75,000-69,312 A Pagar / (Saldo a Favor) 25,000 30,688 Saldo a favor anterior -10,000-10,000 Saldo a favor acum. 0 0 Percepción mes 0 0 Percep. mes anterior 0 0 Retención mes 0 0 Retención anteriores 0 0 Importe pagado 15,000 15,000 Omisión 5,688 Qué hacer? Pagar o no pagar la detracción? Se puede usar el Crédito Fiscal? 39 39

40 Reparos frecuentes CASO 16: EL pago de la detracción permite usar el crédito fiscal. Se tienen hasta 12 meses para anotar un C/Pago. Se debe usar el CF en el mes de anotación. Cuantos meses han pasado Desde Octubre de meses. Se ha perdido el Crédito Fiscal 40 40

41 Reparos frecuentes CASO 17 Auditoria parcial del IGV. Periodo: Julio Septiembre 2014 En RC de Septiembre 1 operaciones sin detracción. Primera venta de inmueble (oficina corporativa) 41 41

42 Reparos frecuentes CASO 17: Según DDJJ Mes Septiembre 2014 IGV Ventas 230,000 IGV Compras - 174,000 A Pagar / (Saldo a Favor) 56,000 Saldo a favor anterior -10,000 Saldo a favor acum. 0 Percepción mes 0 Percep. mes anterior 0 Retención mes 0 Retención anteriores 0 Importe pagado 46,000 PERO IGV oficina corporativa: 81,000 Operaciones sin detracción 42 42

43 Reparos frecuentes CASO 17: Determinación de SUNAT IGV Ventas 230, ,000 IGV Compras -174,000-93,000 A Pagar / (Saldo a Favor) 56, ,000 Saldo a favor anterior -10,000-10,000 Saldo a favor acum. 0 0 Percepción mes 0 0 Percep. mes anterior 0 0 Retención mes 0 0 Retención anteriores 0 0 Importe pagado 46,000 46,000 Omisión 81,000 Qué hacer? Pagar o no pagar la detracción? Se puede usar el Crédito Fiscal? 43 43

44 Reparos frecuentes CASO 17: EL pago de la detracción permite usar el crédito fiscal. Se tienen hasta 12 meses para anotar un C/Pago. Se debe usar el CF en el mes de anotación. Cuantos meses han pasado Desde Septiembre de meses. Pagar la detracción ahora usar el crédito fiscal en agosto

45 Reparos frecuentes OJO En los casos 16 y 17 por el pago extemporáneo de la detracción se a incurrido en infracción y se debe pagar la multa correspondiente. Además, se han declarado cifras y datos falsos (Art. 178, numeral 1) 45 45

46 Reparos frecuentes Efectuar pagos parciales. Pago de una tasa inferior ante cambio de tasas Pagos parciales similares a las retenciones del IGV 46 46

47 Reparos frecuentes CASO 18 Auditoria parcial del IGV. Periodo: Enero Diciembre 2014 El auditor observa Factura de S/. 90,0000 se ha pagado en 3 partes. Detracción se ha pagado proporcionalmente. Existen 3 pagos de detracción. Se ha usado el Crédito Fiscal proporcional al pago de la detracción 47 47

48 Reparos frecuentes CASO 18 Auditoria parcial del IGV. Periodo: Enero Diciembre 2014 El auditor observa Factura de S/. 90,0000 se ha pagado en 3 partes. Detracción se ha pagado proporcionalmente. Existen 3 pagos de detracción. Se ha usado el Crédito Fiscal proporcional al pago de la detracción en abril, mayo y junio

49 Reparos frecuentes CASO 17: Según DDJJ del Contribuyente Abril Mayo Junio IGV Ventas 100,000 90, ,000 IGV Compras - 67,000-95,000-93,000 A Pagar / (Saldo a Favor) 34,000-5,000 10,000 Saldo a favor anterior -10, ,000 Saldo a favor acum Percepciones Retenciones Importe pagado 24, ,000 PERO 3 pagos por S/. 3,300 en cada mes 49 49

50 Reparos frecuentes CASO 17: Determinación de SUNAT Abril Mayo Junio IGV Ventas 100,000 90, ,000 IGV Compras - 63,700-91,700-99,600 A Pagar / (Saldo a Favor) 36,300-1,700 3,400 Saldo a favor anterior -10, ,700 Saldo a favor acum Percepciones Retenciones Importe pagado 24, ,000 Omisión 2, PERO 3 pagos por S/. 3,300 en cada mes Pago en exceso 50 50

51 Reparos frecuentes Pagar por un importe menor al que se debe. Por pago con tasa inferior ante cambio de tasas Por no haber efectuado la comparación con el valor referencial. Por equívoco de código de operación Similar tratamiento que con los pagos parciales El Crédito Fiscal se usa cuando se completa el pago 51 51

52 Reparos frecuentes Pagar con atraso Pago posterior a los 5 días hábiles del mes siguiente. Obligación de reintegrar el IGV El Crédito Fiscal se usa en el mes del pago 52 52

53 Reparos frecuentes Usar Constancias Clonadas. No hay pago de detracción. Uso indebido del Crédito Fiscal Obligación de reintegrar Posible pérdida del crédito fiscal 53 53

54 54 FIN DE SESION

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