PROCESO DE CERTIFICACIÓN PARA EXPORTACIÓN DE ALIMENTOS
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- Carolina Rojas San Martín
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1 PROCESO DE CERTIFICACIÓN PARA EXPORTACIÓN DE ALIMENTOS
2 CODEX. PRINCIPIOS PARA LA INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS CAC/GL (CCFICS) Certificación.- Procedimiento mediante el cual los organismos oficiales de certificación o las autoridades oficiales reconocidas garantizan por escrito o de un modo equivalente, que los alimentos o sistemas de control de los alimentos sean conformes a los requisitos. La certificación de alimentos puede basarse, según los casos, en una serie de actividades de inspección, la verificación de los sistemas de garantía de calidad y el examen de los productos terminados.
3 Para exportar alimentos: Los establecimientos procesadores y los productos deben cumplir los requerimientos sanitarios de los países de destino. La autoridad responsable del control sanitario debe garantizar el cumplimiento de los requisitos en materia de higiene y salud pública, mediante acciones de control sanitario y de ser requerido, mediante la certificación correspondiente. De ser necesario, se coordinará con las autoridades involucradas en el control sanitario de la producción primaria, para la verificación del cumplimiento de requisitos en ese tramo de la cadena de producción de los alimentos.
4 COFEPRIS Órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud con autonomía administrativa, operativa y financiera. Competente en materia de regulación, control y fomento sanitario de productos y servicios, de su importación y exportación, publicidad, así como de los establecimientos dedicados al proceso de los mismos. Misión: proteger a la población contra riesgos sanitarios ocasionados por el uso y consumo de alimentos, bebidas, medicamentos, tejidos, equipos médicos, productos de perfumería, belleza y aseo, nutrientes vegetales, plaguicidas y otros productos, servicios y sustancias.
5 EN EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN COMPETE A LA COFEPRIS. Expedir certificados de condición sanitaria de procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades relacionadas con las materias de su competencia (Art. 17-bis LGS Fracción V) Ejercer el control y vigilancia sanitarios de los productos objeto de su competencia, de su importación y exportación, así como de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos, sin prejuicio de las atribuciones de la SAGARPA en materia de establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento primario de bienes de origen animal para consumo humano (17 bis-fracción VI)
6 En apoyo a las exportaciones, la Secretaría de Salud: Podrá certificar los procesos o productos a que se refiere el Art. 194, Fracción I de la LGS, o los establecimientos en los que se lleven a cabo dichos procesos, siempre y cuando éstos cumplan con las disposiciones aplicables (Art. 287, LGS). También pueden certificarse procesos, productos o establecimientos para propósitos distintos a la exportación.
7 Artículo 194, LGS. Control sanitario.- Conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores, en base a lo que establecen las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables. El ejercicio del control sanitario será aplicable al: I. Proceso, importación y exportación de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, productos cosméticos, productos de aseo, tabaco, así como de las materias primas y, en su caso, aditivos que intervengan en su elaboración;
8 Art.197, LGS. Proceso.- Conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de los productos a que se refiere el Artículo 194. Incluye establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la SAGARPA.
9 Art. 388, LGS Certificado.- Constancia expedida en los términos que establezcan las autoridades sanitarias competentes, para la comprobación o información de determinados hechos. Existen tres modalidades de certificados, de acuerdo con el requerimiento específico del país de destino: Certificado de Libre Venta Certificado de Análisis de Producto Certificado de Conformidad de Buenas Prácticas Sanitarias
10 MODALIDADES DE CERTIFICACIÓN 1. Certificado de Libre Venta: El documento indica que el o los productos que en él se señalen, se venden libremente en la República Mexicana, o que son fabricados exclusivamente para exportación, o importados exclusivamente para exportación. 2. Certificado de Análisis de Producto: En él que se dan a conocer los resultados de los análisis de laboratorio, considerando el lote del producto muestreado y las especificaciones sanitarias establecidas en la legislación sanitaria nacional. 10
11 3. Certificado de conformidad de buenas prácticas sanitarias Avala que el producto a exportar se procesa bajo buenas prácticas sanitarias; De ser el caso, aplicando Análisis de Riesgo, Identificación y Control de Puntos Críticos (ARICPC/HACCP); Cumple con la legislación sanitaria mexicana; y Con la del país a donde se realizará la exportación, cuando éste fuera el caso. HACCP: Hazard analysis and critical control points, en español las siglas corresponden a ARICPC. 11
12 Es importante antes de iniciar exportaciones: Que el exportador conozca los requisitos establecidos por la autoridad competente del país de destino y el tipo de certificado que debe acompañar al embarque, de corresponder. Considerar que determinados países importadores pueden requerir una gestión previa con la autoridad competente del país exportador (por ejemplo: envío de información mediante el llenado de cuestionarios, visita previa al establecimiento de proceso)
13 Procedimiento para la certificación Solicitud del procesador Visita de verificación Captura de Acta Análisis de Muestras Corrección de anomalías Dictamen de acta y resultados de análisis Favorable Notificación de Dictamen Favorable Desfavorable Notificación de dictamen desfavorable Visitas de seguimiento Habilitación en el sistema y emisión de certificados por embarque
14 Para asegurar un dictamen favorable en la visita de verificación oficial, se sugiere realizar la autoevaluación de las condiciones sanitarias del establecimiento y de los controles aplicados al proceso de los productos que elabora. COFEPRIS a través de la página de internet, pondrá a disposición una herramienta que le permitirá realizar este ejercicio, destacando que si se determina que el cumplimiento es inferior al 85%, será conveniente que solvente las deficiencias detectadas antes de solicitar la visita de verificación con fines de exportación.
15 Si su cumplimiento es igual o superior al 85%, podrá proceder de la siguiente manera: Presentar ante el CIS de la Comisión Federal una solicitud de visita de verificación sanitaria para exportación (el formato se puede bajar de la página anexando comprobante de pago de derechos. En el formato de solicitud y en el escrito libre que lo acompaña, es necesario que se indiquen los productos que se desea exportar, así como el país de destino y la fecha en que los productos se estarán procesando. Para cualquier consulta relacionada con el llenado de formato, costos del trámite y envío de solicitudes, debe dirigirse con el CIS de la Comisión Federal, los teléfonos son: , , , y , o al correo electrónico, tramitacion_foranea@cofepris.gob.mx.
16 La visita se atenderá dentro de los quince días posteriores a la solicitud, a menos que el particular solicite hacer algún ajuste derivado de las fechas de proceso del establecimiento, destacando que es necesario observar la planta en actividad para poder evaluarla adecuadamente. Por la ubicación geográfica de la planta, le será requerido mediante oficio un pago adicional antes de realizar la visita; ésta no se realizará si no se ha cubierto este pago. Personal de la COFEPRIS realizará una visita de verificación del cumplimiento de la legislación mexicana en la materia.
17 La visita de verificación y su dictamen considerará lo siguiente: a) Nivel de cumplimiento de la legislación mexicana, incluida la aplicación de Buenas Prácticas de Manufactura. b) La aplicación del plan de análisis de riesgos y puntos críticos de control (HACCP). c) Durante la visita el personal oficial podrá tomar muestras de los productos que se pretendan exportar, las cuales los particulares deberán remitir a Laboratorios Terceros Autorizados por la COFEPRIS. Los resultados de dichos análisis deberán ser remitidos a la Comisión de Operación Sanitaria de la COFEPRIS, para su dictamen.
18 Si la empresa cumple con las disposiciones establecidas y obtiene un dictamen favorable, podrá solicitar los certificados sanitarios para exportación correspondientes por embarque, a partir de la fecha en que se indique en la notificación correspondiente y durante la vigencia que en la misma se señale. Para mantener continuidad en sus exportaciones, la empresa deberá de solicitar una nueva visita de verificación con fines de exportación previo al vencimiento de su vigencia. Para el caso de moluscos bivalvos para los Estados Unidos de América, se realiza la certificación electrónica en el Sistema de la FDA.
19 Criterios para un Dictamen NO Favorable Cumplimiento de BPHS menor al 85%. Cumplimiento de BPHS superior al 85% pero con deficiencias críticas que pongan en riesgo la inocuidad del producto, por ejemplo: fallas en el control de la cadena de frío, anomalías importantes en la infraestructura del establecimiento, falta de control de la calidad sanitaria del agua/hielo utilizados en el proceso. Deficiencias en la implementación del plan HACCP (de ser requerido) o que revelen falta de control en el proceso (incumplimiento de parámetros de proceso o de su monitoreo, fallas en la implementación de medidas preventivas para el control de peligros, falta de aplicación de acciones correctivas en casos de desviaciones en el control del proceso. Producto fuera de especificaciones.
20 Certificados por embarque: El establecimiento podrá solicitar la emisión: Dentro del periodo de vigencia de Certificación de Conformidad en Buenas Prácticas Productos de la pesca incluidos moluscos bivalvos: 1 año Otros alimentos: 5 años Tipos de certificados por embarque: TRACES (Modelo Unión Europea) AQSIQ (China) CODEX Para los productos de aquellos procesos evaluados favorablemente
21 El sistema de inspección y certificación se encuentra reconocido por: Certificado de Buenas Prácticas tipo CODEX por 188 países Estados Unidos de América.- Moluscos Bivalvos-PMSMB Unión Europea.- Productos de la pesca China.-Productos de la pesca (vivos y frescos refrigerados/congelados) y productos lácteos. Autoridades Latinoamericanas 21
22 Certificación para exportación de Productos de la Pesca: 83 Empresas Listadas 1 84 Empresas Listadas 2 Certificación para exportación de Alimentos*: 111 Empresas certificadas 1: Fuente fecha de consulta 11/11/2016 2: Fuente: fecha de consulta 11/11/2016 * Fecha de corte 08 de noviembre de
23 Casos de éxito Respuesta a situaciones puntuales para la exportación de productos de la pesca: La verificación de embarcaciones proveedoras de las plantas procesadoras certificadas para el mercado europeo La certificación de sanidad acuícola requerida por la República Popular de China
24 Desarrollo de un esquema conjunto entre SENASICA-COFEPRIS para para reducir/evitar rechazos en frontera y alertas de productos agrícolas frescos y/o mínimamente procesados, destinados a Estados Unidos. Protocolo para la exportación a la República Popular de China, bajo un mecanismo coordinado, en el cual SENASICA certificará las buenas prácticas pecuarias de las unidades de producción y COFEPRIS las buenas prácticas sanitarias en las plantas de proceso.
25 Conclusiones: Se cuenta con la confianza de que los productos comercializados están sujetos a un esquema de control sanitario efectivo y orientado a la protección de la salud de los consumidores. El cual se caracteriza por: Contar con reconocimiento a nivel internacional y operar acorde con las directrices del CODEX ALIMENTARIUS. La aplicación del enfoque de riesgos Simplificación de trámites para la importación/exportación Atención oportuna de alertas sanitarias y situaciones de riesgo para la población. Aplicación de actos de autoridad ante el incumplimiento de disposiciones sanitarias.
26 Para una mejor protección contra riesgos sanitarios es necesario Protección al consumidor
27 GRACIAS
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