ABC fiscal de las personas físicas en México ABC fiscal de las personas físicas en México

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1 ABC fiscal de las personas físicas en México D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

2 Índice Tema 1. Marco teórico jurídico fiscal de las personas físicas. 07 -Introducción -Objetivo -Contenido -Conclusión Tema 2. Aplicación práctica del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas Introducción -Objetivo -Contenido -Conclusión Cierre..53 -Conclusión del curso -Preguntas frecuentes -Glosario -Bibliografía D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

3 Introducción Uno de los hechos más angustiantes que nos pueden ocurrir es recibir una notificación del SAT (Servicio de Administración Tributaria) en el cual se nos informe que no hemos cumplido con las obligaciones fiscales y se nos invita atentamente a regularizar la situación fiscal. Peor aún, si tenemos un contador que nos ayuda a cumplir con las obligaciones fiscales y nos informa que no hagamos caso de la notificación recibida y además nos pide que el dinero de los impuestos se lo depositemos en su chequera y que él pagará lo que corresponda. El contenido de este curso permitirá colocar el nivel de angustia en su justa dimensión. Durante el curso, se invitará a acudir a la oficina del SAT para conocer de primera mano cuál es el régimen fiscal actual personal. Si se es empleado, será necesario acudir al departamento de Recursos Humanos de la empresa en que se labora a pedir información básica sobre el estatus fiscal. También se presentarán algunas recomendaciones para causar un impuesto acorde a las circunstancias personales. El enfoque del curso incluye tanto los pagos provisionales como la declaración anual y se analizarán: A los trabajadores asalariados. A los honorarios y otros asimilables a salarios. A los profesionistas. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

4 A los empresarios. A los arrendadores. A las demás personas físicas que tienen ingresos diversos y que requieren o no presentar pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y/o Impuesto al Valor Agregado (IVA), según su caso. A los contribuyentes que tienen ingresos diversos y que requieren o no presentar pagos provisionales del ISR, Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y/o Impuesto al Valor Agregado (IVA), según su caso. Objetivo general Al finalizar el curso el participante podrá: Comprender los conocimientos necesarios para realizar el cálculo o bien, validar el cálculo realizado por el contador, utilizando para ello herramientas sencillas desarrolladas en documentos de hojas de cálculo que permitirán actuar con entusiasmo y encontrar algunas normas que faciliten un potencial ahorro de impuestos. El curso comprende los siguientes temas: Tema 1. Marco teórico jurídico fiscal de las personas físicas. Tema 2. Aplicación práctica del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

5 Antecedentes Cómo se llama el acta constitutiva de México? Igual que las empresas tienen un acta constitutiva, México, como sociedad organizada, tiene su propia acta constitutiva. El acta constitutiva de México se denomina Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). En la misma se plasman los deberes y derechos de los mexicanos, además de las facultades y obligaciones de las autoridades que gobiernan el país a través de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), así como las tres funciones (legislativa, ejecutiva y judicial). Dentro de las obligaciones de los mexicanos se encuentra la de pagar contribuciones. Esta disposición [CPEUM 31 IV] es el origen de todo el sistema fiscal financiero del país, de donde se desprenden tanto el Código Fiscal de la Federación como las diversas leyes de impuestos que nos rigen. Generalmente, cada año hay reformas fiscales que hacen cambiante el contenido de las normas, por lo cual, el contenido del presente curso es válido para 2013 y se actualizará cada año, para confirmar que lo que se afirma sigue vigente. Como a la fecha de preparación del presente material se encuentran publicados en la página del SAT (Servicio de administración Tributaria) casos de 2011, se hará referencia a dicho ejercicio fiscal, aunque no existe diferencia entre el régimen fiscal de personas físicas durante 2011 y 2013; esto es, no hay cambios de tarifas, tablas ni tasas. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

6 Mapa conceptual del curso Código Fiscal de la Federación. Impuesto sobre la Renta Impuesto al Valor Agregado Contribuyente Impuesto a los Depósitos en Efectivo Impuesto Empresarial a Tasa Única D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

7 Tema 1. Marco teórico jurídico fiscal de las personas físicas Introducción Bienvenido, en este tema se abordarán bajo del marco teórico jurídico fiscal los aspectos que regulan el régimen fiscal de las personas físicas, dentro de los cuales se encuentra el de asalariados, que abarca la gran mayoría de contribuyentes en México. También se han agrupado otras modalidades de ingresos con aquellas personas físicas que causan simultáneamente: El Impuesto sobre la Renta (ISR). Impuesto al Valor Agregado (IVA). Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) Finalmente se han agrupado los demás ingresos que causan Impuesto sobre la Renta. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

8 Objetivos generales Al finalizar el tema, el participante podrá: Conocer un panorama completo de las obligaciones de las personas físicas. Contenidos 1. Obligaciones genéricas para las personas físicas 2. Obligaciones específicas por tipo de actividad del contribuyente 3. Trabajadores que perciben sueldos, salarios y asimilables 4. Personas físicas que causan ISR, IVA e IETU 5. Régimen fiscal de los demás ingresos de personas físicas que no causan IETU ni IVA D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

9 1. Obligaciones genéricas para las personas físicas Antes de abordar el tema, es necesario conocer de manera genérica ciertos aspectos básicos, como lo son los derechos y obligaciones de las personas físicas, los cuales están contenidos en su mayoría en el Código Fiscal de la Federación. En dicho ordenamiento legal se encontrará que es obligación, especialmente para las personas físicas, entre otras, primero el identificarse. La persona física deberá inscribirse ante el Registro Federal de Contribuyentes para su identificación. Existen diferentes niveles en la carga de obligaciones y en el ejercicio de derechos dependiendo del sueldo o los ingresos recibidos, por lo cual el interesado en cumplir con sus obligaciones fiscales y ejercer sus derechos deberá gestionar claves de acceso a su cuenta fiscal electrónica en el portal del SAT (Servicio de Administración Tributaria). Dichas claves de acceso son: CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial). CIECF (Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida). FIEL (Firma Electrónica Avanzada). Qué pasa si un contribuyente se da de alta en el SAT y después cambia de estatus? Cuando ocurra algún cambio en el estatus informado originalmente al SAT, el contribuyente deberá presentar avisos ante dicha autoridad fiscal, tales como: D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

10 Actualización de actividad económica y obligaciones fiscales. Cambio de domicilio fiscal. Suspensión de actividades. Reanudación de actividades. Para conocer cuáles son todos los trámites que se pueden efectuar ante el SAT, revisa esta liga 101_3567.html Cuáles son algunas de las actividades que debe realizar la persona física según se presente el caso? En algunos casos la persona física deberá: Expedir comprobantes. Efectuar pagos provisionales. En casos de demora hacer pagos de actualización y recargos, en caso de incumplimiento realizar pago de multas, así como cumplir pena de cárcel en caso de cometer delitos fiscales. Una de las obligaciones básicas de las personas físicas (no en todos los casos son aplicables todas las leyes fiscales que se mencionan enseguida), es que le retengan impuestos por sus ingresos, declarar y efectuar pagos provisionales de ISR, de IETU y mensuales de IVA, a la vez que presentará declaración y hará cálculo y pago del ISR e IETU anual, de acuerdo a sus actividades o el origen de sus ingresos. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

11 Qué otra información contiene el Código Fiscal de la Federación? El Código Fiscal de la Federación contiene también derechos de los contribuyentes, tales como: Solicitar la devolución o compensación de saldos a favor. Durante el año fiscal 2012, entre los días 9 y 13 del mes de abril, se realizaron devoluciones de saldos a favor por importes entre $13, y $150, pesos mexicanos, cuando los contribuyentes personas físicas cumplieron a tiempo sus obligaciones y con ciertos requisitos. Esta liga contiene dicha información 01.html. En qué fechas una persona física debe presentar su declaración anual? Es preciso recordar que las personas físicas deben presentar su declaración anual exclusivamente del 1 al 30 de Abril de cada año, lo cual hace suponer que el beneficio de la retribución fue para los contribuyentes cumplidos que presentaron su declaración anual antes del 9 de Abril de 2012 y que no cometieron error ni omisión alguna. Además, el SAT permite presentar declaración de ingresos por teléfono cuando los saldos fueron en $0.00 durante el año fiscal a: Honorarios, Arrendamientos, Mixtos de honorarios y arrendamientos. Revisa esta liga que contiene más información html D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

12 2. Obligaciones específicas por tipo de actividad del contribuyente Quiénes tienen la obligación de pagar impuestos? Todo tipo de personas, tanto físicas como morales identificadas como de nacionalidad mexicanas, tienen la obligación de hacer sus contribuciones para el pago de las actividades gubernamentales tanto federales como de entidades federativas (Estados y Distrito Federal) y municipales a que les obliga la Constitución. Definición de persona física Código Civil Federal Artículo 22 La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código. Definición de personas morales Ley del Impuesto sobre la Renta Artículo 8 Primer párrafo Cuando en esta Ley se haga mención a persona moral, se entienden comprendidas, entre otras, las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

13 instituciones de crédito, las sociedades y asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México. Obligación de los mexicanos de pagar contribuciones Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 31 Fracción IV Son obligaciones de los mexicanos: IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Clasificación y definición de contribuciones Código Fiscal de la Federación Artículo 2 Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera: I. Impuestos son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este artículo. II. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en Ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

14 III. Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas. IV. Derechos son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando, en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado. Cuando sean organismos descentralizados los que proporcionen la seguridad social a que hace mención la fracción II, las contribuciones correspondientes tendrán la naturaleza de aportaciones de seguridad social. Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 de este Código son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas. Siempre que en este Código se haga referencia únicamente a contribuciones no se entenderán incluidos los accesorios, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1o. Dónde se establece la obligación de pagar impuestos? Cómo se obliga a los residentes en el extranjero a pagar impuestos? Dentro del Código Fiscal de la Federación se encuentran obligaciones que deben ser cumplidas por todos los contribuyentes, sean estas personas físicas o personas morales. A través de leyes complementarias se obliga a los residentes en el extranjero a pagar contribuciones cuando realicen actividades económicas en México. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

15 Obligación de inscribirse ante el Registro Federal de Contribuyentes: Las personas físicas están obligadas a inscribirse ante el Registro Federal de Contribuyentes. Dicho registro lo puede hacer directamente el trabajador o a través del patrón. Para hacerlo directamente, deberá acudir a la página del SAT y seguir sus instrucciones. Dicho registro lo puede hacer directamente el trabajador o a través del patrón. Para hacerlo directamente, deberá acudir a la página del SAT y seguir las instrucciones. Para obtener mayor información revisa las siguientes ligas: Liga html Liga 2 Qué hacer en caso de que el patrón realice el registro del trabajador? El trabajador deberá acudir al departamento de personal, relaciones industriales o de recursos humanos. En caso de que el patrón no cuente con un departamento de personal o equivalente, el trabajador acudirá con el contador de la empresa. Si la persona física no es trabajadora sino que paga impuestos por generar ingresos como profesionista, arrendador, empresario u otros, deberá gestionar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes personalmente, siguiendo las instrucciones de la liga del SAT. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

16 En dicha liga le informarán que deberá concertar una cita en el SAT. Adicionalmente es necesario conocer los requisitos que deberá cumplir para tenerlos disponibles y llevar toda la documentación e información requerida para tal efecto. Para no cometer infracción al programar una cita, es deseable conocer el manual de citas en el SAT. Para ello revisa las siguientes ligas Liga requisitos html Manual de citas del SAT ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/folletos11/manual_citas pdf Una vez que se da de alta en el SAT, qué más debe hacer el contribuyente? Cuando un contribuyente ya está inscrito, deberá verificar o actualizar su situación fiscal de forma ocasional, y esto lo puede hacer si ha gestionado previamente su CIEC, CIECF o FIEL. Ésta la deben solicitar las personas físicas que requieran presentar ante el SAT trámites, solicitudes, declaraciones, consultas o avisos de forma segura a través de medios electrónicos. Revisa en esta liga de obtención de la clave. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

17 Cuándo se debe gestionar la firma electrónica? La firma electrónica se debe gestionar cuando una persona física tiene un régimen fiscal y necesita realizar alguna de las siguientes actividades: Consultas avanzadas. Presentar declaraciones anuales. Solicitar devolución o compensación de saldos a favor. El contribuyente debe gestionar la firma electrónica avanzada ya que esta identificación electrónica es más personalizada y segura que la CIECF, por lo cual sus funciones son lo más amplias posibles para que el contribuyente realice todo tipo de consulta, gestión o trámite ante el SAT. La CIEC, CIECF y la FIEL son equivalentes a la firma manuscrita (autógrafa) del contribuyente, por lo cual deberán manejarse con las mismas reservas que la propia firma. Se recomienda ampliamente que dicha firma no se entregue al contador, sino que cada persona haga uso de su identificación electrónica para todo tipo de gestión. Revisa en la liga el formato para la obtención del certificado de FIEL _11743.html Qué pasa si un contribuyente no presenta sus declaraciones? Cuando un contribuyente obligado a presentar declaraciones periódicas con saldo a cargo, ante el SAT, incumpla, estará obligado a calcular actualizaciones y recargos para regularizar su situación fiscal. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

18 De ser descubierta por la autoridad fiscal su error u omisión, deberá entonces pagar adicionalmente multas. Si el monto de las contribuciones no pagadas excede de $1, 370, pesos mexicanos y es descubierta por la autoridad fiscal, tendrá sanción de cárcel sin derecho a fianza. La información de las disposiciones fiscales relacionada con la causación y cálculo de la actualización y recargos se encuentra en el Código Fiscal de la Federación 11, 12, 21, 17-A y 20 (en ese orden de estudio). La reglamentación de las multas es un universo amplio, por lo cual a una persona física le será aplicable sólo una parte pequeña del mismo. Cómo inicia el régimen de multas? El régimen de multas inicia de manera genérica en el Código Fiscal de la Federación señalando cómo se evita incurrir en multas, procedimiento para el perdón de multas, así como procedimientos que debe seguir la autoridad fiscal para aplicar las mismas. Lo habitual en la aplicación de multas es que las autoridades fiscales hagan una cordial invitación a los contribuyentes para que regularicen su situación fiscal, misma que deberá ser atendida en un corto plazo; de no atenderse, la autoridad fiscal procederá a requerir y a aplicar la multa al contribuyente. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

19 Las multas que se deben evitar y, por ello, poner atención, y que pueden ser aplicables a las personas físicas son las relativas a: Omisiones por errores aritméticos. Infracciones relacionadas con el registro federal de contribuyentes. Pago de declaraciones. Presentación de avisos o declaraciones informativas cuando les corresponda, y Llevar contabilidad cuando esté obligado a ello. Revisa en la página del curso el archivo dentro del curso denominado Anexo Multas a pagar por comisión de faltas a administrativas de los contribuyentes. 3. Trabajadores que perciben sueldos, salarios y asimilables Cómo se calcula el ISR para los asalariados? De manera muy genérica, el cálculo del ISR para los asalariados consiste en aplicar una tarifa y a cuyo resultado le podrá ser aplicable para disminuir su importe una tabla de subsidio para el empleo. Dicha tarifa y tabla de subsidio deberán ser aplicadas únicamente a los ingresos gravados. Algunos de los ingresos que perciben los asalariados son exentos. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

20 Bajo qué conceptos pueden los patrones realizar retenciones de Impuesto Sobre la Renta? Las retenciones del Impuesto Sobre la Renta que deben hacer los patrones a los trabajadores las realizarán por los siguientes conceptos: Por los ingresos que le pague al trabajador durante el mes, excluyendo percepciones exentas. Gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y vacacionales. Honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como de los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales, aplicando para ellos directamente la tasa del 30% a la totalidad de sus ingresos durante el mes sin deducción alguna. Si alguno(s) de ellos trabaja(n) adicionalmente como trabajador(es), en ese caso serán tratados como trabajadores para determinar su retención mensual del ISR. Primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación. Qué sucede con los contribuyentes que trabajan en organismos internacionales o estados extranjeros? Los contribuyentes que presten servicios subordinados a personas no obligadas a efectuar la retención del ISR, como organismos internacionales y estados extranjeros, así como los que obtengan ingresos provenientes del extranjero por estos conceptos, calcularán personalmente su pago provisional en los términos del: Artículo 113 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y lo enterarán a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año de calendario. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

21 Una vez determinados los ingresos ganados por su trabajo en el mes y rebajados del total los ingresos exentos, sobre la diferencia se hará un cálculo mensual como pago provisional del ISR, mismo que a través de reglas generales publicadas por el SAT se permite su cálculo diario, semanal, decenal y quincenal. Las empresas acostumbran recalcular cada fin de mes y de año para tener un resultado más exacto de lo aplicable a cada trabajador. El cálculo consiste en aplicar una tarifa mensual a los ingresos que sí causan impuestos, a la cual se disminuirá el resultado de aplicar una tabla de subsidio para el empleo. Si el resultado es positivo, el patrón le retendrá al trabajador el importe determinado; si por el contrario, el resultado es negativo, dicho importe deberá entregarlo el patrón a su trabajador por cuenta y orden de la autoridad hacendaria y por disposición de ley. Una vez entregado al trabajador el subsidio al empleo, el patrón podrá acreditar su importe contra el ISR anual a cargo, contra sus pagos provisionales del ISR o contra las retenciones del ISR que realice, inclusive sobre sueldos y salarios. De quedar un remanente después del acreditamiento, el patrón podrá solicitar su devolución. En qué casos el trabajador recibe utilidades? Durante el curso del año, el trabajador puede percibir de su patrón participación en las utilidades de las empresas, aguinaldo anual, primas dominicales o prima vacacional. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

22 Para dichos conceptos, se deberá hacer un cálculo opcional de retención de conformidad con disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, mismo que no en todos los casos es favorable para el trabajador, por lo cual será necesario hacer el ejercicio comparativo cada vez que se presente el caso. Qué obligaciones tiene un trabajador asalariado? Dentro de las obligaciones de los trabajadores se encuentran: Proporcionar su RFC al patrón o la información necesaria para su registro. Solicitar constancias anuales de percepciones e impuestos retenidos. Presentar declaración anual en casos de percibir ingresos de más fuentes que las de trabajo, cuando así lo informe al patrón, cuando hubiesen prestado servicio a dos o más empleadores, obtengan ingresos de fuente de riqueza en el extranjero u obtengan sueldos, salarios o asimilables por más de $400, pesos mexicanos. También resulta conveniente presentar dicha declaración cuando el trabajador haya tenido deducciones personales que le ayuden a causar un ISR menor durante el año. Informar al patrón que percibe ingresos de otras fuentes para que no se le duplique el subsidio al empleo. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

23 4. Personas físicas que perciben ingresos gravados con ISR, IVA e IETU Profesionistas y empresarios Cuando la persona física percibe ingresos por honorarios o por actividad empresarial en el régimen intermedio se obliga a lo siguiente: Llevar una contabilidad simplificada en el que se registren tanto los ingresos como los egresos. Se debe calcular simultáneamente tanto el ISR como el IETU causado en sus pagos provisionales durante cada uno de los meses del año, así como pagar el importe mensual definitivo del IVA. En el archivo de Excel que se presenta a continuación, se utilizó la tasa del 16% de IVA por ser la genérica, por lo cual el interesado deberá hacer los cambios necesarios para adecuar a la tasa del 11% o 0%. Ve a la sección de recursos de apoyo para revisar el archivo en Excel. También se debe advertir que el IVA de las adquisiciones de bienes y servicios está diseñado con el supuesto de que será acreditable, por lo cual en el caso de contribuyentes exentos de IVA deberá hacerse caso omiso y considerar como gasto el IVA que aparezca como acreditable. Revisa en recursos de apoyo el archivo Actos y actividades exentas de IVA para ver el caso de los contribuyentes exentos. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

24 Las personas morales que hagan pagos a profesionistas retendrán dos terceras partes del IVA que el profesionista les traslada en su comprobante fiscal. En el caso de empresarios, la retención será del 4% para transportistas, dos terceras partes a comisionistas y arrendadores de bienes muebles o inmuebles, y el total del IVA trasladado para los proveedores de chatarra. Esto aplicará cuando el empresario sea residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México. También a las personas morales exportadoras adscritas a un programa vigente ante la Secretaría de Economía, cuando adquieran bienes de sus proveedores nacionales. Con algunas variantes, la Ley del Impuesto Sobre la Renta agrupa en un mismo capítulo a los profesionistas y empresarios distinguiendo: Ingresos por actividades empresariales, los provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas. Ingresos por la prestación de un servicio profesional, las remuneraciones que deriven de un servicio personal independiente y cuyos ingresos no estén considerados como asalariados o asimilables. Revisa en el curso la Ley del Impuesto Sobre la renta. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

25 La Ley del Impuesto Sobre la Renta da un tratamiento muy similar a los profesionistas, empresarios personas físicas y a las personas morales que tributan en el régimen general de ley. Revisa en el curso las erogaciones que pueden deducir las personas, mismas que deberán reunir requisitos fiscales similares a los de las personas morales. Los profesionistas y empresarios en régimen general de ley o en régimen intermedio, deberán hacer pagos provisionales tanto del ISR y IETU como del IVA, salvo que su régimen se encuentre exento de este último, como es el caso de médicos, autores, comisionistas y algunas actividades empresariales. Dichos profesionistas deberán hacer pagos provisionales tanto del Impuesto Sobre la Renta como del Impuesto Empresarial a Tasa Única, acumulando la totalidad de ingresos desde el 1 de enero hasta el mes por el que se realice el cálculo y restando de ellos las deducciones autorizadas también del mismo período; en cambio, para el IVA se causará mensualmente restando el IVA trasladado del que pagó a sus proveedores de bienes y servicios o en la aduana, y su importe a favor o a cargo será definitivo. No obstante, para el cálculo de IVA se permite un acreditamiento basado en un factor determinado con las actividades del año anterior, si el contribuyente realiza simultáneamente actividades exentas y gravadas. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

26 Qué tarifa se aplicará sobre la diferencia entre ingresos y egresos acumulados en cada mes desde el inicio del año? En el ISR, sobre la diferencia entre ingresos y egresos acumulados en cada mes desde el inicio del año, se aplicará una tarifa diseñada para cada uno de los meses del año y al resultado se le restarán los pagos provisionales anteriores. Para el cálculo del IETU, hay diferencia entre los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas, mismas que no coinciden con las que permite la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Por otra parte, la diferencia en el cálculo estriba en que se aplicará una tasa del 17.5% en lugar de una tarifa. Los profesionistas y empresarios deberán cumplir ciertas obligaciones entre las que se encuentran las siguientes: Inscribirse ante el RFC. Llevar contabilidad. Expedir comprobantes fiscales. Conservar contabilidad y comprobantes. Formular en balance general y levantar inventario al fin del año. Presentar declaración anual y determinar el monto de la participación de las utilidades a los trabajadores. Arrendadores Cuando un contribuyente percibe ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, la Ley del Impuesto Sobre la Renta identifica dos tipos de ingresos, mismos que asimila. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

27 1. El primero de ellos es por arrendamiento o subarrendamiento. 2. El segundo ingreso lo representan los rendimientos de los certificados de participación inmobiliaria no amortizables. Dichos ingresos causarán tanto pagos provisionales como anuales por el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto Empresarial a Tasa Única, y mensuales definitivos del Impuesto al Valor Agregado cuando el inmueble se da en arrendamiento para uso diverso al de habitacional. La tasa del Impuesto Empresarial a Tasa Única aplicable durante 2013 es del 17.5%. La tasa del Impuesto al Valor Agregado es del 16% como tasa general y 11% en frontera, así como el régimen de exención en casos de renta de casas para uso habitacional. De rentarse un inmueble a personas morales para uso no habitacional, las mismas retendrán al arrendador persona física dos terceras partes del IVA trasladado en el comprobante fiscal a la vez que habrá una retención del 10% por concepto de Impuesto Sobre la Renta. Para disminuir el Impuesto Sobre la Renta anual a causar, el arrendador tiene dos opciones: Opción 1 Recopilar documentación fiscal de las erogaciones permitidas por la ley: o Impuesto predial. o Los gastos de mantenimiento. o Intereses reales pagados por préstamos hipotecarios. o Salarios, comisiones y honorarios pagados. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

28 o Primas de seguros. o Depreciación fiscal de las construcciones, adiciones y mejoras. o En caso de subarrendamiento, se deducirá el importe de las rentas que el subarrendador pague al arrendador. Opción 2 Deducción ciega del 35%; esto es, sin reunir comprobante fiscal alguno, el contribuyente podrá disminuir su ingreso. Al ejercerse la deducción ciega se permite deducir adicionalmente el impuesto predial. Aquellas personas físicas arrendadoras de bienes inmuebles que perciban ingresos no mayores a diez veces el salario mínimo general del Distrito Federal, no efectuarán pagos provisionales del ISR ni del IETU. Esto significa que su cálculo será únicamente anual y el importe determinado deberá ser pagado al presentar su declaración anual. No obstante lo anterior, cuando una persona física no percibe ingresos por arrendamiento, no se exime de incluir dicha obligación dentro de su declaración anual, mientras no presente un aviso de disminución de obligaciones fiscales. Cuáles son las obligaciones de los arrendadores? Los arrendadores tienen, entre otras, las siguientes obligaciones fiscales: Inscribirse ante el RFC. Llevar contabilidad. Expedir comprobantes fiscales. Presentar declaraciones mensuales (excepto en ingresos inferiores a 10 salarios mínimos generales del Distrito Federal) y anuales. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

29 5. Régimen fiscal de los demás ingresos de personas físicas que no causan IETU ni IVA. Régimen fiscal de los demás ingresos de personas físicas que no causan IETU ni IVA Enajenación de bienes Adicionalmente a los ingresos hasta ahora comentados, las personas físicas pueden tener ingresos por otros conceptos, entre otros: Por venta de bienes muebles o inmuebles. Por compra o adquisición en general de bienes (a muy bajo costo o sin él). Por intereses. Por obtención de premios. Por dividendos. Por una agrupación de otros ingresos que la ley denomina los demás ingresos. En caso de obtener alguno(s) del (de los) ingreso(s) antes enunciados, el tratamiento fiscal otorgado regularmente es de no aplicación de IVA ni IETU. El pago provisional del Impuesto Sobre la Renta que se causa generalmente es mediante retención, aunque en el caso de venta de acciones se permite disminuir el impuesto, cuando un contador público elabora un dictamen para validar que el costo fiscal está bien determinado. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

30 En el caso de venta de inmuebles, el cálculo generalmente es realizado por un notario público. En la venta de bienes, hay un tratamiento diferenciado para venta de inmuebles, acciones, autos y de otros bienes. Para determinar la utilidad fiscal en la venta de bienes, la ley de la materia permite al contribuyente que actualice el valor de los bienes vendidos para determinar su costo fiscal. El costo fiscal se restará al precio de venta pactado y la utilidad obtenida se somete a un procedimiento que permite asignar a cada año en propiedad del bien la utilidad fiscal proporcional y de esa manera causar un impuesto razonable, dado que las tarifas en su proporcionalidad, gravarían con un importe muy alto la venta de un inmueble que una persona tuvo en propiedad, por decir veinte años si el ingreso se reconociera en su totalidad en el año de la venta. El máximo de años para determinar el promedio de utilidad fiscal está limitado a diez o veinte años según el bien de que se trate. Inclusive, una de las alternativas que permite calcular el Impuesto Sobre la Renta anual lo constituye el aplicar una tasa promedio del ISR que el mismo contribuyente causó durante los últimos cinco años. Qué sucede en casos de ausencia del costo fiscal? En casos de ausencia del costo fiscal, se permite utilizar el valor del avalúo referido al año de adquisición para determinar el costo fiscal generalmente de inmuebles. Cuando se determine la utilidad fiscal en la venta de los inmuebles, se calculará y pagará un 5% sobre la misma a la entidad federativa (Estado) en donde se D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

31 ubique el inmueble. El impuesto pagado al Estado se disminuirá del pago provisional del Impuesto Sobre la Renta federal causado. En la venta de bienes muebles, el adquirente tiene la obligación de retener un 20% del valor de la operación y en este apartado se permite causar un pago provisional menor cuando los bienes que se venden son acciones, mediante el dictamen del costo fiscal practicado por un contador público registrado ante el SAT. Cuando se trate de otros bienes muebles y el monto de la operación es menor a $227, pesos mexicanos, no se hará retención alguna. Adquisición de bienes La Ley del Impuesto Sobre la Renta considera que las personas físicas reciben ingresos al adquirir o comprar bienes en los casos de: Donación. Tesoros. Prescripción adquisitiva. Presunción de la autoridad fiscal por compras a un precio menor del 10%. Construcciones y mejoras permanentes en inmuebles de su propiedad. Quienes reciban ingresos por adquisición de bienes deberán pagar un 20% de su importe, generalmente determinado mediante avalúo, presentando en la declaración dentro de los siguientes 15 días a la obtención del mismo. Los ingresos por adquisición de bienes se acumularán a los demás ingresos en la declaración anual y su pago provisional se disminuirá del Impuesto Sobre la Renta anual determinado. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

32 Qué sucede en el caso de las personas que reciben intereses por su capital? Quienes perciban ingresos por intereses deberán permitir la retención del Impuesto Sobre la Renta a la institución de crédito que les realice el pago. La retención consistirá en aplicar la tasa del 30% sobre los intereses reales; esto es, al interés nominal se le disminuirán los efectos de inflación durante el mes y con ello se determina el interés real. Qué sucede en caso de que una persona se saque la lotería? Cuando una persona física reciba ingresos por la obtención de premios, los recibirá netos después de la retención del Impuesto Sobre la Renta que le corresponda. Esto aplica para los siguientes casos: Loterías. Rifas. Sorteos Concursos. A los cuales se retendrá el 1% sobre el valor del premio. Pero si el Estado en que reside grava los premios con una tasa superior al 6%, entonces la retención será del 21%; esto es, la retención se incrementará 21,000% en esos casos. Los sorteos se consideran juegos con apuestas y gravan el 1%. Los juegos con apuestas tienen un gravamen adicional en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios al 30% tanto para juegos con apuestas como para sorteos. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

33 Ingresos por dividendos Cuando las personas físicas perciban ingresos por dividendos deberán acumular los mismos con los demás ingresos del año. Dado que al acumular los dividendos se piramidan, esto es, se deben recalcular para determinar el importe original que al gravar con 30% arroje el dividendo neto, en todos los casos, el resultado es favorable. en todos los casos, el resultado de la declaración anual del ISR es favorable para las personas físicas que perciben dividendos. En la medida en que un accionista tenga un ingreso bajo, por otros conceptos, al acumular los dividendos, lo normal es que generará saldo a favor en su declaración anual. De los demás ingresos Finalmente, la Ley del Impuesto Sobre la Renta agrupa en un capítulo especial una serie de ingresos especializados o esporádicos que pueden recibir las personas físicas Revisa en la página el archivo sobre los demás ingresos. Cómo se realiza la declaración anual? Para hacer la declaración anual de las personas físicas, es necesario calcular la acumulación de todos los ingresos percibidos durante el año, mismos que al ser disminuidos por deducciones autorizadas, las cuales deberán reunir requisitos fijados por la Ley del Impuesto Sobre la Renta y que en algunos casos D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

34 Cierre del tema En este tema se abordaron los diferentes ámbitos de ingresos de las personas físicas. Ahora es posible diferenciar el tratamiento fiscal que la ley le da a cada uno de ellos. Ahora conoces también se cuenta con información sobre las obligaciones de cada grupo de contribuyentes: trabajadores, contribuyentes que causan simultáneamente ISR, IETU e IVA; y finalmente, los demás ingresos de las personas físicas. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

35 Tema 2. Aplicación práctica del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas. Introducción Cómo vamos a trabajar? Para trabajar en este tema se utilizarán algunas herramientas desarrolladas en hojas de Excel y también se acudirá al portal del SAT en donde existen herramientas electrónicas diversas que permiten cumplir más eficientemente con las obligaciones fiscales. Se realizarán también prácticas con ejercicios numéricos para generar su solución. Qué herramientas electrónicas se utilizan según las fuentes de ingresos? Para cada grupo de fuentes de ingresos, la herramienta electrónica a utilizar puede ser totalmente distinta o compartida, esto aplica aún para ingresos de la misma fuente; por ejemplo la venta de bienes tendrá un tratamiento diferente dependiendo de qué tipo de bien se trate: Inmuebles. Acciones. Automóviles u otros bienes muebles. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

36 Se invita al participante a desmenuzar las herramientas y cada una de las instrucciones que contienen, a fin de lograr una comprensión y apoderamiento de las funciones y fórmulas de Excel utilizadas. Esto permitirá incluso modificar o perfeccionar las herramientas propuestas. Objetivos generales Al finalizar el tema, el participante podrá: Aplicar el proceso para el cumplimiento de las obligaciones fiscales utilizando para ello las hojas de cálculo desarrolladas para tal efecto, los apoyos disponibles en el portal del SAT, así como los videos disponibles en el mismo portal. El presente tema comprende los siguientes subtemas: 1. Trabajadores que perciben sueldos, salarios y asimilables 2. Personas físicas que causan ISR, IVA e IETU 3. Régimen fiscal de las demás personas físicas que perciben ingresos gravables 4. Declaración anual de las personas físicas D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

37 1. Trabajadores que perciben sueldos, salarios y asimilables Todos los ingresos de los trabajadores generan el pago de impuestos? Es preciso recordar que no todos los ingresos de los trabajadores pagan impuestos; esto es, algunos de ellos están exentos, tales como el tiempo extra, con sus modalidades para trabajadores del salario mínimo general y los demás trabajadores. Los trabajadores tendrán una exención del 50% del tiempo extra siempre y cuando su importe semanal no exceda de cinco salarios mínimos general del área geográfica del contribuyente. Las pensiones pagan impuestos? Anteriormente, las pensiones tenían un límite de exención de: Nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Cambió en el año 2012 a quince veces su límite, según señala el artículo 109 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Qué sucede con las prestaciones de previsión social? Las prestaciones de previsión social están exentas hasta por el importe de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, siempre y cuando la suma del sueldo del trabajador y sus prestaciones sean iguales o superen a siete veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

38 En los demás casos, la exención será la diferencia entre hasta siete salarios mínimos y su salario. En un caso extremo, los trabajadores de salario mínimo general podrán tener prestaciones de previsión social hasta por seis salarios mínimos generales exentos. (Véase LISR, artículo 109, penúltimo párrafo). En qué otros casos hay exención de impuestos? Los pagos por separación laboral permiten al trabajador tener ingresos exentos del Impuesto Sobre la Renta hasta por noventa días del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por año trabajado. También hay exención de impuestos en los casos de: Aguinaldo anual. Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Prima vacacional. Prima dominical. Existen prestaciones totalmente exentas de impuestos? Sí, existen otras prestaciones que perciben los trabajadores que están totalmente exentas y que se encuentran enlistadas en el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Revisa el listado en la página del curso. Para adquirir familiaridad con el tratamiento numérico de los ingresos exentos, realiza ejercicios numéricos utilizando el archivo que viene en la página electrónica, donde podrás modificar los importes de ingresos del mes, ingresos por los que no se pagan impuestos, ingresos que se asimilan a salarios, ingresos mensuales de miembros del consejo; en general, los que se encuentran con números color azul. Posteriormente analiza los resultados. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

39 Una vez que se han revisado los conceptos de ingresos exentos y conceptos gravados, así como con la determinación del Impuesto Sobre la Renta mensual, a continuación se practicará utilizando casos con datos supuestos, en donde se incluyan no sólo los importes del Impuesto Sobre la Renta, sino también las cargas sociales y estatales. Esto es, cuotas al IMSS, SAR, INFONAVIT e Impuesto Estatal Sobre Nóminas; no tan solo para casos aislados, se podrá generar una nómina con hasta 59 integrantes, para lo cual nuevamente se te invita a incrementar el número de integrantes copiando las fórmulas del último renglón hasta el número deseado de trabajadores, para lo cual nuevamente se te invita a ejercitarte asentando en la columna de sueldo los importes que consideres, ya sea progresivos, seleccionados al azar, etc., revisa en el cuso el archivo en Excel. Qué se debe hacer para finalizar el cálculo numérico del Impuesto Sobre la Renta de salarios de trabajadores? Para finalizar el cálculo numérico del Impuesto Sobre la Renta de salarios de trabajadores, es necesario hacer ejercicios sobre el cálculo anual en donde se incluyan no solo ingresos ordinarios sino también pagos por separación. Este tipo de ejercicios brindará una visión completa de la aplicación teórica, convertida en pesos y centavos. Utiliza el archivo en Excel que viene en el curso en donde podrás anotar los importes de salarios anuales de los trabajadores, y en la hoja de deducciones personales, modifica el sueldo mensual, los años trabajados y observa los resultados. D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

40 2. Personas físicas que causan ISR, IVA e IETU Tanto la Ley del Impuesto al Valor Agregado como la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única señalan las actividades que gravan. En qué actividades gravadas coinciden ambas leyes? Ley del impuesto al valor agregado En los ingresos percibidos por: Enajenación de bienes Prestación de servicios Uso o goce temporal de bienes Ley del Impuesto Empresarial Tasa Única D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

41 A quiénes agrupa la Ley del Impuesto Sobre la Renta? La Ley del Impuesto Sobre la Renta agrupa a: Los profesionistas independientes (prestación de servicios). La actividad empresarial (venta de bienes o servicios). Mientras que destina un capítulo especial al arrendamiento de bienes inmuebles por personas físicas (uso o goce temporal de bienes). Se tiene entonces la coincidencia de tres leyes en las actividades descritas de profesionistas, empresarios y arrendadores. Se deberían incluir tanto: El Impuesto a los Depósitos en Efectivo, y El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

42 pero por las limitaciones de este estudio, solo se comentará que el Impuesto a los Depósitos en Efectivo grava a los depósitos que los contribuyentes en general efectúen en empresas del sistema financiero, como es el caso de las instituciones de crédito. Por su parte, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios grava con un impuesto adicional al IVA los consumos de combustibles, bebidas embriagantes, energetizantes y tabacos y otros, entre los que se incluyen la realización de juegos con apuestas y sorteos que son gravados con tasas que fluctúan entre el 3% y 160%. Qué sucede cuando un contribuyente deposita durante un mes calendario un importe superior a $15, ? Cuando un contribuyente deposita durante un mes de calendario un importe superior a $15, pesos mexicanos, la empresa del sistema financiero tendrá la obligación de retenerle un 3%; importe que podrá acreditar contra retenciones e impuesto a su cargo de ISR, IETU o IVA. Se revisará a continuación el régimen fiscal del profesionista independiente. El profesionista, salvo médicos y autores (ambos exentos de IVA), causa la tasa especial del 11% o la general 16% de IVA, según ejerza en la región fronteriza o en el resto del país. No obstante lo anterior, los profesionistas independientes causan un Impuesto Sobre la Renta e Impuesto Empresarial a Tasa Única, por los ingresos obtenidos. Si bien, la base gravable de ambos impuestos es diversa, se puede facilitar hacer la diferenciación mediante el uso de un archivo en Excel (revisa el archivo en Excel en el curso) que el participante puede utilizar para practicar los conocimientos adquiridos. Para ello se recomienda anotar valores en los ingresos, D.R. Universidad TecVirtual del Sistema Tecnológico de Monterrey México,

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