Carga tributaria legal sobre el ingreso salarial en Argentina A cuántos días de trabajo por año equivale?
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- Francisca Macías Bustamante
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1 Carga tributaria legal sobre el ingreso salarial en Argentina A cuántos días de trabajo por año equivale? Autores: Nadin Argañaraz Ariel Barraud Sofía Devalle Andrés Mir INFORME ECONÓMICO Nº 112 Córdoba, 22 de Junio de 2011 Juan Cruz Varela 2255 (5009) Ciudad de Córdoba - Tel contacto@iaraf.org 1
2 Contenidos Claves... 3 I. Introducción... 6 II. Carga tributaria. Entendiendo la diferencia entre carga legal y carga efectiva... 6 III. Metodología de trabajo... 7 III. 1 Casos de ingresos considerados... 7 III. 2 Tributos bajo estudio... 8 IV. Carga tributaria legal sobre el ingreso de las familias asalariadas IV.1 Estructura de la carga tributaria en VI. Día de la liberación de impuestos
3 Claves Con este informe se da continuidad al análisis de la carga tributaria legal a la que se enfrenta una familia asalariada en Argentina, tomando en consideración los impuestos más representativos que debe tributar con destino a los niveles nacional, provincial y municipal de gobierno. Se definen cuatro grupos hipotéticos de familias con diferentes ingresos salariales y se estima, a partir de la estructura de alícuotas vigente para los distintos tributos, el monto total de impuestos que termina incidiendo en cada familia. Si se desea medir la totalidad de la carga tributaria a la que se enfrenta un contribuyente que cumple con todas sus obligaciones tributarias en tiempo y forma, es necesario obtener una medida de la carga tributaria legal, la que surge de las alícuotas y montos a pagar establecidos por la legislación vigente. Para la medición del impacto que tiene la carga tributaria legal en el ingreso familiar se consideró una familia tipo, y cuatro casos de ingresos familiares. Los recursos destinados a la seguridad social, es decir los aportes personales y contribuciones patronales tienen un contenido y significado económico eminentemente impositivo. El razonamiento práctico es el siguiente: el sueldo bruto de un empleado más las contribuciones a la seguridad social es el costo laboral que el empleador está dispuesto a pagar por los servicios laborales de dicho trabajador, y sería en definitiva el salario que estaría dispuesto a pagarle directamente en caso de no existir los impuestos al trabajo. Lo que interesa metodológicamente es tener una aproximación al ingreso disponible puro para consumo o ahorro de las familias. Debe entenderse que el punto analizado tiene que ser razonado de la siguiente manera: cuánto del ingreso que podría obtener no lo tengo a raíz de la existencia de impuestos, tanto directos como indirectos. 3
4 La carga tributaria legal sobre el ingreso asalariado de familias que operan en la formalidad en Argentina variaba, dependiendo del tramo de ingresos que se considere, entre un 46.4% y un 49.2% de los ingresos totales en el año Estos valores tuvieron un ligero incremento en 2011, pasando el rango a ubicarse entre un 46.4% y un 50.4%. Se sigue advirtiendo una mayor progresividad en el caso de los impuestos directos, pero los tributos indirectos son caracterizados por una mayor regresividad, siendo mayor la carga en las familias de menores ingresos que en las de ingresos más elevados. En conjunto, considerando tanto la carga directa como la indirecta, no se advierten mayores diferencias entre los dos primeros tramos de ingreso considerados, puesto que la mayor progresividad de Ganancias (a mayor ingreso, mayor peso de los impuestos) se ve compensada por el hecho que los impuestos al consumo, al ser generales, representan una menor participación en el total de ingresos de las familias a medida que se incrementa el ingreso. En los dos últimos tramos sí se advierte una mayor progresividad del sistema tributario en su conjunto. En cuanto a la composición de la carga por impuesto, evidentemente que el ámbito nacional es el que participa con la mayor proporción de tributos, dentro de la cual se destacan los impuestos previsionales y el IVA. Como era de esperar, Ganancias tiene mayor preponderancia en los niveles de ingresos más elevados. Una medida tradicionalmente utilizada para cuantificar de manera visible para el público en general el impacto que tiene la carga tributaria, es el Día de la liberación de Impuestos, que consiste en tomar como base de análisis un año calendario y calcular a partir de qué día un ciudadano deja de obtener ingresos que terminará enviando al Estado a través de los distintos tributos. Para entenderlo fácilmente, sería hasta que día del año debo trabajar para cumplir con todos los impuestos que inciden económicamente sobre mi ingreso. 4
5 Un trabajador asalariado formal en Argentina deberá trabajar entre unos 170 y 184 días para el Estado en 2011, con lo cual el Día de la Liberación de Impuestos se ubica en Argentina entre el 19 de junio y el 3 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos (y siempre teniendo en cuenta que se está hablando de la carga tributaria legal). Si se lo compara con el año pasado, el periodo era entre el 17 y el 29 de junio. Es decir que se incrementó algo más la presión sobre las familias de mayores ingresos en los casos considerados. 5
6 Carga tributaria sobre el ingreso salarial en Argentina I. Introducción Con este informe se da continuidad al análisis de la carga tributaria legal a la que se enfrenta una familia asalariada en Argentina, tomando en consideración los impuestos más representativos que debe tributar con destino a los niveles nacional, provincial y municipal de gobierno. Considerando que los ingresos económicos de las familias pueden tener como destino el consumo, el ahorro, o el pago de impuestos, el objetivo del trabajo es contar con una estimación de qué porcentaje deja de cobrar una familia por el hecho de existir diferentes tributos sobre los ingresos y el gasto. En la metodología se definen cuatro grupos hipotéticos de familias con diferentes ingresos salariales y se estima, a partir de la estructura de alícuotas vigente para los distintos tributos, el monto total de impuestos que cada familia debería abonar. Se considera para ello el cierre del año 2010 y escenarios de ingreso para 2011, junto con los ajustes producidos entre estos períodos en algunos tributos, caso de la modificación de los mínimos no imponibles del Impuesto a las Ganancias. II. Carga tributaria. Entendiendo la diferencia entre carga legal y carga efectiva El uso habitual del concepto de carga tributaria (o presión tributaria) que ejerce un Estado sobre los ciudadanos hace referencia en general al concepto de la carga tributaria efectiva, es decir aquél que tiene en cuenta los ingresos recaudados por impuestos, expresados la mayor parte de las veces en porcentaje del PIB de un país. Es común que luego se utilicen estas medidas para comparaciones internacionales, aunque las mismas tienen el evidente problema que no incorporan los efectos que generan la evasión y/o elusión impositiva en la recaudación considerada. Por lo tanto, si se desea medir la totalidad de la carga tributaria a la que se enfrentaría un contribuyente que cumpla con todas sus obligaciones tributarias en tiempo y forma, es necesario obtener una medida de la carga tributaria legal, la que surge de las 6
7 alícuotas y montos a pagar establecidos por la legislación vigente. Este es el enfoque que se utiliza en este trabajo, el cual considera las principales características tributarias legales de los impuestos más representativos en nuestro país en los tres niveles de gobierno. Antes de comenzar con el análisis, es importante aclarar que sólo se estudia uno de los mecanismos mediante el cual el Estado interviene en la economía, detrayendo los recursos del sector privado mediante la acción recaudatoria. La otra cara de la moneda es la del gasto público, que se realiza utilizando como insumo básico precisamente esos impuestos recaudados. Por lo tanto debiera quedar claro que se está frente a un estudio de carga tributaria bruta, que estima el monto que las familias destinan al Estado en concepto de impuestos, pero no se analiza la manera en la que el Estado vuelca nuevamente a la sociedad estos recursos, lo que implicaría un estudio de carga tributaria neta. III. Metodología de trabajo III. 1 Casos de ingresos considerados Para la medición del impacto que tiene la carga tributaria legal en el ingreso familiar se consideró una familia tipo, compuesta por cuatro miembros (matrimonio más dos hijos). Se asumen cuatro casos de ingresos familiares de bolsillo (netos de aportes) hipotéticos, que corresponden a la actualización de los ingresos considerados en informes anteriores 1 según la variación promedio de los salarios informada por INDEC, junto a un supuesto de aumento al cierre de 2011 del 30%. 1 Ver Informe Económico Nº 24 e Informe Económico Nº57, IARAF. 7
8 Cuadro 1: Estructura de ingresos considerada Ingreso familiar mensual, neto de aportes ( de bolsillo ) Año 2010 Año 2011 (incr. supuesto del 30%) Ingreso 1 $ $ Ingreso 2 $ $ Ingreso 3 $ $ Ingreso 4 $ $ Fuente: elaboración propia en base a Informe Económico Nº 57 (IARAF) y a INDEC Los ingresos supuestos se consideran a los fines expositivos generados por un solo miembro de la familia, el cual se desempeña como un trabajador asalariado en el sector formal de la economía. Dicho ingreso mensual incluye el SAC (sueldo anual complementario, o aguinaldo) proporcional. III. 2 Tributos bajo estudio Se consideran tributos de los tres niveles de gobierno que en nuestro país cuentan con la potestad de cobrar impuestos y tasas: nacional, provincial y municipal. En el Cuadro 2 se detallan los tributos que han sido tenidos en cuenta en el presente estudio. La suma de la recaudación que generan equivale aproximadamente a un 90% de la carga tributaria agregada que en la Argentina puede recaer directa o indirectamente, visiblemente o no, sobre familias que llevan adelante sus actividades económicas (ingresos laborales y gastos) de manera formal. Cuadro 2: Tributos considerados Tributos Nacionales Tributos Provinciales Directos Indirectos Tributos Municipales - Aportes personales - IVA - Ingresos Brutos - Tasa de Seguridad e Higiene - Contribuciones patronales - Impuesto a las ganancias - Impuestos internos - Impuestos específicos - Impuesto Inmobiliario - Tasa de suministro de energía eléctrica - Impuesto automotor - Tasa de suministro de gas natural - Tasa de alumbrado barrido y limpieza - Tasa del automotor 8
9 Respecto a los tributos considerados, vale realizar algunas aclaraciones: - En primer lugar, es importante explicar por qué se considerarán como impuestos a los recursos destinados a la seguridad social, es decir los aportes personales y contribuciones patronales. El debate respecto a este tema surge ya que suele aseverarse que los mismos no constituyen en realidad una carga tributaria, sino que son un pago por un beneficio recibido o a recibir por el empleado (como la jubilación futura o la obra social). En este sentido, hay que tener en cuenta la valoración que hacen los ciudadanos de los beneficios que les proporciona el sistema. Diversos estudios empíricos 2 demuestran que la valoración de las prestaciones sociales en el mercado del trabajo es baja. Por lo tanto, se considera que estos componentes tienen un contenido y significado económico eminentemente impositivo. Asimismo, si bien las contribuciones patronales se encuentran a cargo del empleador, en este estudio se supone que terminan recayendo sobre el trabajador. En este caso lo que se tiene en cuenta son los ingresos que el individuo no llega en definitiva a obtener por la existencia de dichas regulaciones previsionales. En otras palabras, el razonamiento práctico es el siguiente: el sueldo bruto de un empleado más las contribuciones a la seguridad social es el costo laboral que el empleador está dispuesto a pagar por los servicios laborales de dicho trabajador, y sería en definitiva el salario que estaría dispuesto a pagarle directamente en caso de no existir los impuestos al trabajo. - Para los impuestos nacionales, se ha considerado la estructura legal vigente para cada impuesto, según surge del informe Tributos vigentes en la República Argentina a Nivel Nacional de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal del Ministerio de Economía. En el caso del impuesto a las Ganancias, se consideran los mínimos no imponibles y deducciones permitidas establecidas en la legislación más actual vigente, de acuerdo a los distintos ingresos utilizados en el análisis. 2 Mondino y Montoya, "The effects of Labor Maket Regulations on Employment Decisions by Firms: Empirical Evidence for Argentina." BID. Research Network Working Paper nro May.; Edwards y Cox- 9
10 - Para el análisis del Impuesto a los Ingresos Brutos que cobran las provincias y de la Tasa de Seguridad e Higiene que cobran los municipios, se ha hecho el supuesto que se traslada a precios la totalidad de las alícuotas que se aplican sobre los últimos eslabones del proceso productivo y de comercialización. De esta manera se supone que los consumidores reciben plenamente las alícuotas aplicadas sobre el comercio minorista y sobre los servicios varios, pero que no se trasladan las alícuotas que se aplican sobre los eslabones intermedios, como por ejemplo las de la industria, el comercio mayorista, etc. Se tomaron las alícuotas promedio de las principales provincias del país, para el caso del impuesto a los ingresos brutos, y las alícuotas vigentes en la Ciudad de Córdoba para el caso de la tasa municipal. - Finalmente, para el caso de los impuestos inmobiliario y automotor que se aplican en gran parte de las jurisdicciones provinciales y municipales, debido a la heterogeneidad de bases y valuaciones imponibles existentes a lo largo de todo el país, se han considerado casos representativos de tributos a pagar en las principales ciudades del país. En particular, de acuerdo a los diferentes perfiles de ingresos elegidos, se suponen distintas configuraciones de propiedad inmobiliaria y de automotores de cada familia. Para el primer tramo de ingreso bajo estudio, se supone que la familia alquila un departamento céntrico de dos dormitorios y que no paga el impuesto al automotor. Para el segundo tramo de ingreso, se asume que la familia alquila una vivienda en un barrio más alejado del centro y que posee un automóvil chico usado. En el tercer tramo, la familia vive en un barrio de mayor poder adquisitivo y posee un auto mediano relativamente nuevo. Para el último tramo, se consideró una vivienda en un barrio privado, con dos autos, uno mediano y uno chico. Lo que interesa metodológicamente es tener una aproximación al ingreso disponible para consumo o ahorro de las familias, sabiendo que este ingreso puede ser utilizado para el consumo (de bienes y servicios que también incluyen impuestos) o el ahorro. Gráficamente, Edwards, 2002, Social Security Privatization Reform and Labor Markets: the case of Chile. NBER Working Paper nro. 8924, May; entre otros. 10
11 el impacto que tienen los distintos impuestos sobre la familia tiene en cuenta los siguientes conceptos: Esquema 1: Impacto de los tributos considerados sobre el ingreso Cabe aclarar que para obtener el gasto bruto se consideran distintos márgenes de ahorro entre los diferentes tramos de ingresos supuestos, que es nulo para el tramo inferior y va aumentando para los tramos superiores (es del 8%, 16% y 20% del ingreso disponible, respectivamente). Por otro lado, si bien se consideran diferentes tramos de ingresos, se asume igual composición estructural de la canasta de bienes y servicios consumidos por las familias. 11
12 IV. Carga tributaria legal sobre el ingreso de las familias asalariadas La carga tributaria legal sobre el ingreso asalariado de familias que operan en la formalidad en Argentina en 2011 dependerá de cuánto varíen los ingresos en promedio finalmente al cerrar el año. En el siguiente cuadro se analiza un incremento probable del 30% en todos los tramos de ingresos. Cuadro 4: Carga tributaria sobre el ingreso. Año Caso de un trabajador asalariado (suponiendo incremento del 30% sobre 2010) TRAMOS DE INGRESOS CONSIDERADOS Ingreso Bruto Considerado Ingreso Neto de Aportes (de Bolsillo) Ingreso Total (en pesos mensuales) % % % % 2- Impuestos directos: (a+b) ,5% ,1% ,2% ,2% a- Impuestos al trabajo ,5% ,5% ,9% ,8% Aportes personales ,8% ,8% ,2% ,1% Contribuciones patronales ,7% ,7% ,7% ,7% b- Ganancias ,6% ,2% ,4% 3- Ingreso disponible (1-2) Consumo bruto Impuestos indirectos ,0% ,6% ,3% ,3% Nacionales ,3% ,2% ,2% ,4% Provinciales 147 2,0% 287 1,8% 371 1,6% 483 1,5% Municipales 49 0,7% 96 0,6% 124 0,5% 161 0,5% 6- Otros: Inmobiliario y Automotor 71 1,0% 152 1,0% 355 1,5% 598 1,8% 7- Consumo neto (4-5-6) ,5% ,0% ,3% ,3% 8- Impuestos directos + indirectos + Otros (2+5+6) ,4% ,7% ,0% ,4% Fuente: IARAF en base a legislación tributaria. Se puede observar que mientras la carga tributaria total variaba, dependiendo del tramo de ingresos que se considere, entre un 46.4% y un 49.2% de los ingresos totales en el año 2010, estos valores tuvieron un ligero incremento en 2011, pasando el rango a ubicarse entre un 46.4% y un 50.4%. 12
13 Gráfico 1: Carga tributaria total sobre el ingreso. Años 2010 y % 40% 46,4% 46,45% 45,9% 46,7% 47,4% 48,0% 49,2% 50,4% 20% 0% Tramos de ingresos Año 2010 Año 2011 Gráfico 2: Carga tributaria sobre el ingreso de los diferentes tributos Impuestos al trabajo Impuestos a las Ganancias 40% 32,5% 32,5% 32,5% 32,5% 29,9% 28,9% 26,5% 25,8% 40% 20% 0% Tramos de ingresos 20% 0% 13,4% 11,5% 5,7% 7,2% 0,0% 0,0% 0,8% 1,6% Tramos de ingresos Año 2010 Año 2011 Año 2010 Año 2011 Impuestos indirectos Inmobiliario y automotor 40% 40% 20% 13,0% 13,0% 11,8% 11,6% 10,4% 10,3% 9,5% 9,3% 20% 0% Tramos de ingresos 0% 0,9% 1,0% 0,8% 1,0% 1,4% 1,5% 1,6% 1,8% Tramos de ingresos Año 2010 Año 2011 Año 2010 Año 2011 Fuente: IARAF en base a legislación tributaria 13
14 Con relación a la carga tributaria de los impuestos al trabajo, el hecho de que los topes en los impuestos previsionales crecieron en menor medida que los salarios, llevó a que en los últimos dos niveles de ingresos considerados la carga de los mismos como porcentaje del ingreso total se reduzca en comparación con la del Por el contrario, en 2011 se habría verificado un aumento de la carga del Impuesto a las Ganancias en los 3 casos de mayores ingresos. Este aumento fue producto de la conjunción de un supuesto de incrementos salariales (30%) superior al aumento de los mínimos no imponibles del impuesto a las ganancias (20%). Como el primer caso hipotético no es alcanzado por este impuesto, no hubo variaciones entre los dos periodos. La carga de los impuestos indirectos se mantuvo prácticamente inalterada, con unas ligeras reducciones en los niveles superiores como resultado de que el ingreso disponible disminuyó en estos casos por el aumento de la presión de ganancias. Por último, los impuestos automotor e inmobiliario habrían evidenciado un pequeño aumento en su carga sobre el ingreso. IV.1 Estructura de la carga tributaria en 2011 Se sigue advirtiendo una mayor progresividad en el caso de los impuestos directos, variando la carga total de este tipo de tributos desde un 32.5% en el caso de las familias de menores ingresos hasta un 39.2% en el caso de las de mayores ingresos. A diferencia de los impuestos directos, los tributos indirectos son caracterizados por una mayor regresividad, siendo mayor la carga en las familias de menores ingresos que en las de ingresos más elevados (más del 13% para las primeras frente a alrededor del 10% en las segundas, para 2011). El peso de los otros impuestos que podrían llamarse patrimoniales, como lo son el inmobiliario y automotor, aumenta a mayor ingreso de las familias. En conjunto, considerando tanto la carga directa como la indirecta, no se advierten mayores diferencias entre los dos primeros tramos de ingreso considerados, puesto que la mayor progresividad de Ganancias (a mayor ingreso, mayor peso de los impuestos) se ve compensada por el hecho que los impuestos al consumo, al ser generales, representan una menor participación en el total de ingresos de las familias a medida que se incrementa el 14
15 ingreso. En los dos últimos tramos sí se advierte una mayor progresividad del sistema tributario en su conjunto. Por su parte, si bien los impuestos directos son los que más inciden en la carga tributaria total, existen ciertas diferencias entre estratos, siendo mayor la proporción de este tipo de tributos en los niveles de ingresos superiores. En cuanto a la composición de la carga por impuesto, evidentemente que el ámbito nacional es el que participa con la mayor proporción de tributos, dentro de la cual se destacan los impuestos previsionales y el IVA. Como era de esperar, Ganancias tiene mayor preponderancia en los niveles de ingresos más elevados. Gráfico 3: Estructura de la carga tributaria % 80% 60% 28% 26% 23% 21% Impuestos indirectos 100% 80% 60% 2% 5% 2% 5% 3% 4% 3% 4% 22% 19% 17% 14% 3% 14% 26% Inmobiliario y automotor IIB Provincial e indirectos munic. IVA e internos 40% 20% 0% 72% 74% 77% 79% Tramos de ingresos Impuestos directos (incl.patrim.) 40% 20% 0% 71% 71% 62% 53% Tramos de ingresos Ganancias Impuestos al trabajo Fuente: IARAF. VI. Día de la liberación de impuestos Una medida tradicionalmente utilizada para cuantificar de manera visible para el público en general el impacto que tiene la carga tributaria, es el Día de la liberación de Impuestos - DLI- (o Tax Freedom Day, como se lo denomina usualmente en el ámbito internacional). Esto se realiza a los meros fines expositivos, puesto que como se expresó anteriormente, el análisis no analiza la carga fiscal neta, es decir la manera en la que el Estado aplica a través del gasto los fondos obtenidos mediante la recaudación de impuestos. 15
16 El indicador DLI consiste en tomar como base de análisis un año calendario y calcular a partir de qué día un ciudadano deja de obtener ingresos que terminará enviando al Estado a través de los distintos tributos (cuando deja de trabajar para el Estado y comienza a percibir los ingresos para sí mismo). El análisis desde el punto de vista económico, como opuesto al meramente contable o legal, resulta útil puesto que la carga tributaria sobre el ingreso se dimensiona independientemente de si los tributos resultaron visibles o no, o aún si en algún momento los montos considerados pasaron por las manos del trabajador o no. Para entenderlo fácilmente, el DLI sería hasta que día del año debo trabajar para cumplir con todos los impuestos que inciden económicamente sobre mi ingreso. Gráfico 4: Días trabajados para pagar impuestos y Día de la liberación de impuestos y de Junio 3 de Julio Tramos de ingresos de Junio 22 de Junio 20 de Junio 17 de Junio de Junio 18 de Junio Cantidad de días Fuente: IARAF. En este apartado del trabajo se presenta la medida para los casos considerados en Argentina, a partir de la carga tributaria legal obtenida en el apartado anterior. Según el mismo, un trabajador asalariado formal en Argentina deberá trabajar entre unos 170 y 184 días para el Estado en 2011, con lo cual el Día de la Liberación de Impuestos se ubica en Argentina entre el 19 de junio y el 3 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos (y 16
17 siempre teniendo en cuenta que se está hablando de la carga tributaria legal). Si se lo compara con el año pasado, el periodo era entre el 17 y el 29 de junio. Es decir que se incrementó algo más la presión sobre las familias de mayores ingresos en los casos considerados. 17
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