Cuenta Ahorro-empresa 2009 Guías 09 Cuenta Ahorro-empresa Con la intención de impulsar la actividad y creación de pequeñas y medianas empresas el Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de Medidas de Reforma Financiera introdujo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la figura de la "Cuenta Ahorro Empresa" que se configura como una cuenta de ahorro de características similares a la actual "Cuenta Ahorro Vivienda". c/ Españoleto, 19 28010 Madrid Tlf.: 34-91-520 01 00 Fax: 34-91-520 01 43 e-mail: afi@afi.es www.afi.es
Índice 1. Definición... 3 2. Características principales... 4 3. Régimen fiscal... 5 4. Sociedad Nueva Empresa... 6 5. Cuadro resumen IRPF... 7 2
1. Definición Con la intención de impulsar la actividad y creación de pequeñas y medianas empresas el Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de Medidas de Reforma Financiera introdujo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la figura de la "Cuenta Ahorro Empresa" que se configura como una cuenta de ahorro de características similares a la actual "Cuenta Ahorro Vivienda". Este incentivo fiscal nace para facilitar la creación de empresas mediante el fomento del espíritu emprendedor, siguiendo las recomendaciones efectuadas por la Comisión Europea del Libro Verde de "El espíritu empresarial en Europa" con el fin de contribuir a estimular al ahorrador español, de modo que oriente su esfuerzo inversor hacia la creación y desarrollo de nuevos negocios mediante incentivos fiscales que potencien este tipo de ahorro. 3
2. Características principales El funcionamiento va a ser muy similar al de la Cuenta Ahorro Vivienda, con la particularidad de que en lugar de destinar el dinero a una vivienda se va a destinar a la creación de una nueva empresa. Qué es una Cuenta Ahorro Empresa? Es una cuenta separada y debidamente identificada abierta en una entidad de crédito, en la cual se va a depositar cantidades para la constitución de una Nueva Empresa. En qué se va invertir ese dinero? Cuando se disponga definitivamente del dinero que depositemos en esa cuenta deberá servir para la suscripción como socio fundador de las participaciones de una Sociedad Nueva Empresa (es un tipo especial de sociedades de responsabilidad limitada cuyas características comentamos en otro apartado). Otras características: Cada contribuyente sólo puede tener una única Cuenta Ahorro Empresa. El derecho a la deducción será por la primera Sociedad Nueva Empresa que constituya el contribuyente. Con carácter general se deben aplicar los mismos criterios de identificación que se utilizan en las Cuentas Ahorro-Vivienda. 4
3. Régimen fiscal Los contribuyentes van a poder aplicar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) una deducción por las cantidades que se depositen en entidades de crédito en cuentas separadas de cualquier tipo de imposición, destinadas a la constitución de una Nueva Empresa regulada en el capítulo XII de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada con arreglo a los siguientes requisitos: Cuál es el importe de la deducción? La base máxima de la deducción será de 9.000 euros anuales y estará constituida por las cantidades depositadas en cada período impositivo hasta la fecha de suscripción de las participaciones de la sociedad Nueva Empresa. El porcentaje de deducción aplicable sobre la base de deducción anterior será del 15%. Por tanto el límite máximo de la deducción será el 15% de 9.000 euros, es decir 1.350 euros. Se perderá el derecho a la deducción: 1. Cuando el contribuyente disponga de las cantidades depositadas en la Cuenta Ahorro empresa para fines diferentes de la constitución de su primera Sociedad Nueva Empresa. En le caso de disposición parcial se entenderá que las cantidades dispuestas son las primeras depositadas. 2. Si transcurre el plazo máximo de 4 años desde que se abre esta cuenta sin que se haya inscrito en el Registro Mercantil la Sociedad Nueva Empresa creada. 3. Si antes de que transcurran dos años se transmiten inter-vivos las participaciones de la Sociedad Nueva Empresa creada. 4. Si la sociedad creada no cumple con los requisitos que determinan el derecho a la deducción. 5
4. Sociedad Nueva Empresa Qué requisitos debe cumplir esta sociedad? El saldo de la Cuenta Ahorro Empresa deberá destinarse a la suscripción como socio fundador de las participaciones de la sociedad Nueva Empresa. La sociedad Nueva Empresa debe cumplir con dos requisitos especiales en el plazo máximo de un año desde su válida constitución: 1. Destinar los fondos aportados por los socios que se hubieran acogido a la deducción a: o La adquisición de elementos patrimoniales de inmovilizado material o inmaterial exclusivamente afectos a la realización de la actividad empresarial. o Gastos de constitución y de primer establecimiento. o Gastos de personal empleado con contrato laboral. 2. En todo caso contar en dicho plazo de un año con al menos un local destinado exclusivamente a la gestión de la actividad empresarial, y una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa. Se entenderá como no cumplido lo previsto en el párrafo anterior cuando la sociedad Nueva Empresa desarrolle las actividades que se hubieran ejercido anteriormente bajo otra titularidad. Por otro lado la Sociedad Nueva Empresa deberá mantener durante al menos los dos años siguientes al inicio de la actividad: 1. La actividad económica en que consista el objeto social, no pudiendo reunir en dicho plazo los requisitos para tener la consideración de sociedad patrimonial. 2. Al menos de un local destinado exclusivamente a la gestión de la actividad empresarial, y una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa. 3. Los activos en los que se hubiese materializado el saldo de la Cuenta Ahorro Empresa, que deberán permanecer en funcionamiento en el patrimonio afecto a la nueva empresa. 6
5. Cuadro resumen IRPF Cuadro resumen IRPF CUADRO COMPARATIVO CON EL RESTO DE PRODUCTOS FINANCIEROS RENDIMIENTO 2006 Desde 2007 RENDIMIENTOS CUENTAS CORRIENTES DE A escala con posibilidad de aplicar el 40% para los rendimientos de más de 2 años (para el marginal máximo del 45% el tipo efectivo es el 27%) 18% TRANSMISIONES DE ACCIONES O IICs A MENOS DE UN AÑO TRANSMISIONES DE ACCIONES O IICs A MENOS DE UN AÑO A escala 18% 15% 18% SEGUROS UNIT LINKED A escala con posibilidad de aplicar reducciones entre el 40% y el 75% (para el marginal máximo del 45% los tipos efectivos eran del 27% y del 11,25% respectivamente) A escala con posibilidad de aplicar reducciones entre el 40% y el 75% (para el marginal máximo del 45% los tipos efectivos eran del 27% y del 11,25% respectivamente) 18% 18% ACTIVOS FINANCIEROS A escala con posibilidad de aplicar el 40% para los rendimientos de más de 2 años (para el marginal máximo del 45% el tipo efectivo es el 27%) 18% (salvo que rendimiento proceda de entidad vinculada con contribuyente) PLANES DE PENSIONES Aportaciones Único límite: Importe fijo según edad (8.000 euros-24.250). El límite se aplica de forma separada a los planes de pensiones individuales y a los de empleo de forma que se duplica. Los jubilados sólo pueden aportar para la contingencia d e fallecimiento Doble límite: Importe fijo (10.000 euros/12.500 euros) y volumen de rentas activas (30%/50%). Límite conjunto para los planes de pensiones individuales y de empleo. Los jubilados pueden realizar aportaciones tras la jubilación hasta el momento que decidan el cobro de la prestación Prestaciones Reducción del 40% para prestaciones cobradas en forma de capital con antigüedad superior a dos años Se desincentiva el rescate en forma de capital. Desaparece la reducción del 40% para prestaciones cobradas en forma de capital VIVIENDA Deducción del 15% y aplicación de coeficientes incrementados (25%-15% ó 20%-15%) Deducción del 15% sobre una base máxima de 9.015 euros CUENTA EMPRESA AHORRO Deducción del 15% sobre una base máxima de 9.000 euros Deducción del 15% sobre una base máxima de 9.000 euros DIVIDENDOS Deducción por doble imposición y escala (en términos generales, elevación al 140%, aplicación de la escala de gravamen y deducción en cuota del 40%, con lo que para una persona tributando al tipo marginal del 45% la tributación efectiva era del 23%) 18% con exención de los primeros 1.500 euros anuales 7
Futuros y opciones regulados en RD 1.814/1.991: DERIVADOS Ganancias patrimoniales, como regla general Rentas obtenidas en derivados suscritos para cobertura de una operación principal concertada en el ejercicio de una actividad económica tributación como rendimientos de actividad económica Las rentas que se califiquen como ganancias patrimoniales que procedan de transmisiones, tributarán en la renta del ahorro al 18% Dudas en el caso de rentas obtenidas si liquidación por diferencias. Son ganancias patrimoniales deriv adas de transmisiones? Renta general? Renta del ahorro? Resto (OTC): Dudas, aunque consenso doctrinal para mismo tratamiento fiscal * La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009 contempla compensaciones fiscales (aplicables en 2008) para contribuyentes con instrumentos financieros adquiridos antes del 20 de enero 2006. Para el periodo impositivo 2009 se prevé la prorroga de esta compensación, aunque habrá que esperar a la correspondiente LGPE de 2010. ** Los rendimientos procedentes de la cesión a terceros de capitales propios a sociedades vinculadas no se integran en la renta del ahorro sino en la renta general tributando al tipo resultante de la escala general de gravamen (24%-43%). 8