Servicio de Outsourcing Puro - Industria de la Construcción
El OUTSOURCING PURO es un servicio profesional que tiene el objetivo de brindar asesoría y ejecución de actividades propias del área de Recursos Humanos, con la finalidad de que la empresa que lo contrata se concentre en su CORE BUSINESS.
RH Nómina Envío electrónico de recibos de nómina y disposición electrónica de información del personal Actividades propias de un departamento de recursos humanos EQUIPO ESPECIALIZADO DEL ÁREA DE RH NOMINAS Elaboración, y control del del archivo laboral del trabajador Emisión de reportes mensuales, bimestrales o que contengan información en materia laboral o del servicio prestado Registro y Seguimiento de SATIC
Servicios necesarios en materia de Seguridad Social
Controles individuales y acumulados (por mes, bimestre y anual) incidencias médica y de pensiones de incapacidad médica dictaminadas por el IMSS Seguridad Social Asesoría y opinión sobre Actividades las consultas propias de un departamento de que se generen en recursos humanos materia de Seguridad Social y Vivienda Confronta de la nómina vs emisión mensual y bimestral anticipada del IMSS, con relación a la generación del PRE- SUA, generado por el sistema. EQUIPO ESPECIALIZADO DEL ÁREA DE SEGURIDAD SOCIAL Cálculo y generación del archivo de aquellas percepciones variables que se informen de manera bimestral. Envío del reporte PRE-SUA, resultado de la confronta, para su validación. Elaboración de reportes y archivo para su presentación de movimientos Afiliatorios
Reformas a la Ley del Seguro Social en materia informativa en la subcontratación laboral
Reformas generales en materia de outsourcing en la LSS Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 2009, se adicionó el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, estableciéndose la responsabilidad subsidiaria de los beneficiarios de los servicios prestados por prestadoras de servicios de personal que suministran trabajadores que ejecutan labores en el centro de trabajo del propio beneficiario. El objetivo ha sido se informe de las subcontrataciones de personal por parte del outsourcing y del cliente que se beneficia de sus servicios, tratándose de cualquier gremio o industria en general.
Contrato de trabajo Relación de trabajo Contrato Prestación de Servicios Beneficiario Trabajadores Prestadora de servicios Ingresan como trabajadores de la prestadora de servicios Anterior La subordinación se entendia entre los trabajadores y la prestadora de servicios. El beneficiario puede no encontrarse registrado ante el Instituto Las retenciones de impuestos y contribuciones de seguridad social los realiza la prestadora de servicios (outsourcing). Cuando la prestadora de servicios incumple sus obligaciones, debía probarse la responsabilidad solidaria del beneficiario de los servicios. Dentro de la industria de la construcción, la responsabilidad del beneficiario o contratista, frente al incumplimiento del subcontratista de mano de obra (outsourcing) sigue siendo solidaria. Actual La subordinación se puede dar entre los trabajadores y el cliente, por ser éste quien es titular del poder de mando en el centro de trabajo. Existe celebrado contrato entre el beneficiario y la prestadora de servicios El beneficiario debe encontrarse registrado ante el IMSS, Las retenciones de impuestos y contribuciones de seguridad social los realiza la prestadora de servicios (outsourcing), si no, responde el beneficiario o cliente. Dentro de las industrias en general, cuando la prestadora de servicios no cumple con sus obligaciones (debe forzosamente contar con bienes), la beneficiaria es responsable subsidiaria de las obligaciones omitidas.
REGISTRO DE SUBCONTRATISTAS ANTE EL SATIC CONTRATISTA PRINCIPAL PRESENTA EL SATIC-06 CON DATOS DE LA EMPRESA SUBCONTRATISTA U OUTSOURCING SUBCONTRATISTA REGISTRA LA FASE OBRA SUBCONTRATADA. SATIC-02 AVISO DE REGISTRO DE SUBCONTRATISTA. CON INFORMACIÒN DE: DATOS DE LA OBRA SUBCONTRATADA SINTESIS DE EXPLOSIÒN DE INSUMOS RESUMEN DEL PRESUPUESTO DATOS DE LA MANO DE OBRA SUBCONTRATISTA REGISTRA EL SATIC-03 AVISO DE INCIDENCIA DE OBRA. 1.-TERMINACIÒN 9
Titular del contrato de trabajo y registro IMSS/ Paga salarios Industria en general Responsabilidad subsidiaria (15-A LSS) Industria de la Construcción Responsabilidad solidaria (18 LSS) DESDOBLAMIENTO DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Titular del poder de mando en el centro de trabajo Contratista de Obra Subcontratista de obra Prestadora de servicios Relación de Trabajo Cliente (beneficiario) Contrata al trabajador y le dispersa su salario. Da órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo. Trabajadores
Registro de subcontratistas dentro del SATIC Dentro del SATIC, es un servicio técnico contable de outsourcing en la industria, que debe presentarse mediante formatos específicos, en lugar del informe previsto en el quinto párrafo del artículo 15 A de la LSS, por tratarse de una norma especial sobre la general, y que implica un análisis con el área de costos, de los componentes de la mano de obra, su integración e identificación por categoría, subcategoría, salario, número de jornadas, precios unitarios e importe.
Servicios profesionales de registro y supervisión de obra en materia de Seguridad Social
Supervisión en el cumplimiento de obligaciones en materia de Seguridad Social Seguimiento de la Prima de Grado de Riesgo Registro y Seguimiento de SATIC Actividades propias de Verificar que las un departamento de empresas recursos humanos subcontratistas cumplan con las obligaciones que en la Ley del INFONAVIT y sus reglamentos Registro ante el IMSS de Subcontratistas. EQUIPO ESPECIALIZADO DEL ÁREA y SEGURIDAD SOCIAL Confrontas tanto mensuales como bimestrales de nómina vs liquidaciones para verificar el correcto y oportuno pago de SUA Validación y verificación de la correcta Integración Salarial Evaluar, verificar, orienta y supervisar que sean correctos los Movimientos Afiliatorios de los Trabajadores
Servicios profesionales de reclutamiento y selección de personal, dentro de la Industria de la Construcción
Reclutamiento y Selección de Personal Levantamiento de perfil. Garantía de permanencia en requerimientos de personal. Aplicación de psicometría con base en perfil requerido e interpretación de las mismas. Reclutamiento especializado en sector Construcción (Inplant asignado a proyecto). Entrevistas (inicial, profunda, por competencias). Análisis y elaboración de descripciones de puestos. Filtro de CV`s en bolsas de trabajo especializadas, o reclutamiento de campo.
Elementos a destacar del criterio Establece por primera vez expresamente el régimen de subcontratación de personal, donde el outsourcing ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores, a favor de una persona física o moral denominada contratante o beneficiario, quien tiene derecho a fijar las tareas a realizar, supervisar el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. Para que produzcan plenos efectos los acuerdos entre el contratante y el contratista, la manifestación de la voluntad de las partes debe constar en un contrato escrito que satisfaga los requisitos de los artículos 15-A y 15-B de la Ley Federal del Trabajo, es decir, mantener trabajadores el beneficiario que ejecutan la esencia del giro mercantil de cliente.
Requisitos definitorios del alcance de la subcontratación a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. b) Deberá justificarse por su carácter especializado. c) No podrá comprender tareas iguales a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. EL INCUMPLIMIENTO DE UNA DE ESTAS CONDICIONES, CONLLEVA UNA SANCIÓN PARA EL CONTRATANTE O BENEFICIARIO, CONSISTENTE EN CONSIDERARLO PATRÓN, CON EL CONSECUENTE DEBER DE RESPONDER DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL CONTRAIDAS CON LOS TRABAJADORES Y QUE HAYAN SIDO INCUMPLIDAS.
Conclusión En principio, el responsable del cumplimiento de las obligaciones laborales es el contratista (outsourcing), pero en caso de que éste incumpla lo será el contratante o beneficiario. Así pues, si en un juicio laboral la parte demandada niega la relación de trabajo aduciendo la existencia de un régimen de subcontratación, la Junta estudiara la litis de forma pormenorizada, cerciorándose del cumplimiento de los requisitos del artículo 15-A y 15-B de la LFT. La determinación de la responsabilidad del contratante no releva al contratista del cumplimiento de las obligaciones ante los trabajadores.
GRACIAS