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Transcripción:

2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.3.OTROS CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Resolucón dsponendo la nscrpcón y publcacón l acuerdo la Mesa General Negocacón prevsto en el artículo 36.3 l EBEP, en el ámbto la Comundad Autónoma Cantabra. Se ha presentado ante el Regstro Convenos y Acuerdos Colectvos Trabajo la Comundad Autónoma Cantabra el acuerdo la Mesa General Negocacón prevsto en el artículo 36.3 l EBEP, en el ámbto la Comundad Autónoma Cantabra, relatvo a la volucón la paga extraordnara y los días permso y adconales vacacones, suscrto en fecha 22 octubre 2015 y, conformdad con la Dsposcón Adconal Segunda l Real Decreto 713/2010, 28 mayo, sobre Regstro y Depósto Acuerdos y Convenos Colectvos Trabajo; y, en relacón con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, 2 agosto, sobre Traspaso Funcones y Servcos la Admnstracón l Estado a la Comundad Autónoma Cantabra así como el Decreto 3/2015, 10 julo, Reorganzacón las Consejerías la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, y el Decreto 83/2015, 31 julo, por el que se modfca parcalmente la Estructura Básca las Consejerías l Goberno Cantabra. ACUERDA 1.- Ornar el pósto este pacto en el Regstro Convenos y Acuerdos Colectvos Trabajo la Comundad Autónoma Cantabra, así como dsponer su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra. Santanr, 4 novembre 2015. La drectora general Trabajo, Ana Belén Álvarez Fernánz. Pág. 9867 1/5

ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 36.3 DEL EBEP, RELATIVO A LA DEVOLUCIÓN DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE DE 2012 Y LA DEVOLUCIÓN DE LOS DÍAS DE PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES Y LOS DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD. En el escenaro crss económca, dfcultas acceso a la fnancacón, con el objetvo reducr el gasto públco, el Real Decreto-ley 20/2012, 13 julo, meddas para garantzar la establdad presupuestara y fomento la compettvdad, adoptó termnadas meddas, con carácter básco, relatvas al empleo públco aplcacón drecta en las dstntas Admnstracones públcas, entre ellas, la Admnstracón públca la Comundad Autónoma Cantabra. Las meddas adoptadas por el ctado Real Decreto-ley naceron con vocacón temporaldad y con la aspracón por conclur su mplantacón en el momento en el que la stuacón económco fnancera, en el contexto crss que fueron adoptadas, lo permtese. El resultado la stuacón scrta ha posbltado la publcacón l Real Decreto-ley 10/2015, 11 septembre, por el que se concen crédtos extraordnaros y suplementos crédto en el Presupuesto l Estado y se adoptan otras meddas en matera empleo públco y estímulo la economía, el cual, tras poner releve la recuperacón la senda crecmento económca, permte actuacón y reforma las dstntas admnstracones públcas, para compensar los esfuerzos realzados por el personal a su servco. Tanto la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra como las organzacones sndcales frmantes este Acuerdo, convenen en stacar el mportante esfuerzo que los empleados públcos al servco esta Admnstracón han realzado para contrbur soldaramente a la recuperacón económca que ha permtdo el mantenmento los dstntos servcos públcos. Conforme a lo establecdo en este nuevo marco normatvo, que en funcón las dstntas dsponbldas cada Admnstracón públca, abre la vía a una nueva negocacón colectva, Pág. 9868 2/5

las partes frmantes este Acuerdo han convendo en la ncorporacón las mejoras que en él se contenen para con ellas fortalecer y ahondar en la recuperacón los rechos los empleados públcos. En concreto: - Recuperacón l 26,23 % la paga extraordnara corresponnte al año 2012. - Devolucón l permso por asuntos partculares por antgüedad y días adconales vacacones por antgüedad. Pues ben, conforme a lo prevendo en el artículo 1.Uno.3 l Real Decreto-ley 10/2015, 11 septembre, se condcona el abono por las Admnstracones públcas l mporte equvalente a 48 días o al 26,23 % los mportes jados percbr, como consecuenca la supresón la paga extraordnara corresponnte al mes dcembre 2012, a que la stuacón económco fnancera lo haga posble. En el ámbto la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, se cumple tal condcón, lo que posblta el pertnente acuerdo, al haberlo así certfcado los órganos competentes en matera económco fnancera e gualmente, por exstr crédtos dsponbles que posbltarán en el actual marco presupuestaro hacer frente a este gasto. De conformdad a las prevsones establecdas en el artículo 37.1.m) la Ley 7/2007, 12 abrl, por la que se aprueba el Estatuto Básco l Empleado Públco, las partes frmantes este Acuerdo han convendo la posbldad establecer días adconales permsos por asuntos partculares y, asmsmo, días adconales vacacones por antgüedad, en el margen posbltado por el ya ctado Real Decreto-ley 10/2015, 11 septembre, con carácter básco. Tenendo en cuenta la necesdad ncardnar los dstntos horaros y jornadas que ben realzarse por el personal estatutaro, funconaro y laboral, conformdad a lo establecdo a este respecto por los órganos competentes en esta matera, resulta mprescndble cohonestar ese presupuesto con un tratamento que posblte la mplantacón estas meddas atenndo a las peculardas organzatvas y a la prestacón l servco. Por todo lo anteror, la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra y las organzacones sndcales CCOO, CSI-F, UGT y FSES legtmadas para negocar las materas que afectan al personal comprenddo en el ámbto representacón este órgano, procen a suscrbr el presente Pág. 9869 3/5

ACUERDO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente Acuerdo será aplcacón al personal funconaro, estatutaro y laboral cuyas condcones trabajo se acuerdan con sus representantes sndcales en la Mesa General Negocacón l artículo 36.3 l Estatuto Básco l Empleado Públco (EBEP) en el ámbto la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. SEGUNDO.- RECUPERACIÓN DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DEL MES DE DICIEMBRE DE 2012 De conformdad a la prevsón establecda por el Real Decreto-ley 10/2015, a los empleados públcos referdos en el apartado prmero, se les abonará en el mes novembre 2015 una retrbucón carácter extraordnaro cuyo mporte será el equvalente a 48 días o al 26,23 % los mportes jados percbr como consecuenca la supresón la paga extraordnara, corresponntes al mes dcembre 2012, por aplcacón l Real Decretoley 20/2012, 13 julo. El cómputo la parte la paga extraordnara que correspon a los días señalados, se realzará, en el caso personal funconaro o estatutaro, conforme a las normas funcón públca y, en el caso personal laboral, conformdad a la normatva laboral o convenconal vgente en aquel momento. TERCERO.- PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES POR ANTIGÜEDAD Y DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR ANTIGÜEDAD 1.- Se reconoce al personal funconaro y laboral en el ámbto aplcacón este Acuerdo el recho a dsfrutar l permso por asuntos partculares por antgüedad y días adconales vacacones por antgüedad conformdad a la normatva sectoral que le fuera aplcacón con anterordad a la entrada en vgor l Real Decreto-ley 20/2012, 13 julo. Pág. 9870 4/5

2.- En ambos casos, dchos días se podrán dsfrutar s el día sguente al cumplmento los corresponntes años servco. 3.- El personal estatutaro dsfrutará los días permso adconales por antgüedad y los días adconales vacacones por antgüedad en los térmnos pactados en el Acuerdo la Mesa Sectoral l Personal Insttucones Santaras Cantabra, adoptado el 15 octubre 2015. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA 1.- Con objeto conclar los nuevos días conceddos en el apartado tercero l presente Acuerdo corresponntes al año 2015 con la acuada prestacón l servco públco, se autorza el dsfrute los días que corresponda hasta el 31 DE MARZO DE 2016. 2.- Los días adconales vacacones por antgüedad corresponntes al año 2015 podrán dsfrutarse manera npennte en los térmnos la Dsposcón Adconal Duodécma la Ley Cantabra 4/1993, 10 marzo, la Funcón Públca Cantabra. Santanr, a 22 octubre 2015 Por la Admnstracón Por las Organzacones Sndcales Por CCOO Por CSI-F Por UGT Por FSES 2015/12577 Pág. 9871 5/5