LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN CALIDAD DE SECRETARIA TÉCNICA DE LA RED NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR



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1 LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN CALIDAD DE SECRETARIA TÉCNICA DE LA RED NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL QUE, En aras de brindar una mayor protección a los consumidores de todas y cada una de las regiones del país, resulta estratégico aproximar la información y las acciones de educación y orientación en materia de proteccion al consumidor a los ciudadanos que se encuentren ubicados en lugares distintos a la capital, a través de puntos de atención de las alcaldías, gobernaciones o cualquier otra Entidad Pública, local o nacional, que brinden sus instalaciones para facilitar esta labor y que sean visibles y facilmente reconocibles a través del nombre de CASAS DEL CONSUMIDOR, con el objeto de aprovechar economías de escala y las estructuras físicas con las que cuentan dichas Entidades. Lo anterior en aplicación del principio de colaboración interinstitucional consagrado en el inciso 4 del artículo 75 del Estatuto del Consumidor que dispone Las autoridades administrativas del orden nacional y territorial deberán colaborar con la implementación de la Red Nacional de Protección al Consumidor permitiendo el uso de sus instalaciones y prestando apoyo logístico en la medida de sus posibilidades. Con fundamento en lo anterior, se ha suscrito un convenio interadministrativo con el municipio de Ibagué con el objeto de combinar y armonizar esfuerzos, recursos y acciones, para crear, poner en funcionamiento y mantener en plena operatividad una CASA DEL CONSUMIDOR en dicho municipio. En este sentido, se hace necesario contratar, bajo la modalidad de contratación de prestación de servicios, personal capacitado para el eficiente y adecuado funcionamiento de las casas del consumidor, dando prelación para el efecto, a la contratación de profesionales y técnicos residentes en los respectivos municipios, región y zona de influencia donde operará la misma, con la siguiente estructura básica: 1 Coordinador de la Casa del Consumidor 1 Profesional especializado 2 Profesionales universitarios 1 Técnico

2 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN La modalidad de selección a contratar es la de Contratación Directa, de conformidad con el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013, denominada Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, la cual se aplica cuando se requiere de la prestación de un servicio por parte de una persona natural o jurídica que se encuentra en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, y que ha demostrado la idoneidad y experiencia requerida y relacionada con el área de que trata el objeto del mismo. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN Ley 80 DE 1993 1 Esta Ley consagró los principios que deben regir las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal, contemplando en el artículo 25 el Principio de Economía e indicando al respecto en su numeral 7 lo siguiente: 7. La conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso. Ley 1150 de 2007 En cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la Contratación pública, el literal h) del numeral 4º, del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, previó dentro de las modalidades de contratación, la contratación directa; así: Contratación directa. La modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá en los siguientes casos: (...) h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales; (...) 1 Modificada por la Ley 1150 de 2007

3 Decreto 1510 de 2013 Entre las modalidades de contratación estatal, el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013, estableció la facultad de las Entidades de celebrar contratos de prestación de servicios con personas naturales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de las mismas, cuando estas no puedan ser llevadas a cabo por el personal de planta o requiera de conocimientos especializados, así: Artículo 81. Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contrata ción directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la entidad estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita. Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la entidad estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales. ( ). Teniendo en cuenta, y como anteriormente se indicó que para la contratación del personal se dará prelación a los profesionales y técnicos residentes de los respectivos municipios, regiones y zonas de influencia de los mismos, se dará la respectiva publicidad a la necesidad de la contratación para que las personas interesadas alleguen sus hojas de vida y puedan ser consideradas por la Entidad. PERFILES DE LOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS A CONTRATAR COORDINADOR ADMINISTRATIVO CASA DEL CONSUMIDOR 1. FORMACIÓN ACADÉMICA: Título Profesional en Derecho, Economía, Administración de Empresas, Administración Pública.

4 Título de postgrado a nivel de especialización o dos (2) años de experiencia adicional a la general. EXPERIENCIA GENERAL: Tres (03) años de experiencia en el ejercicio de la profesión. EXPERIENCIA ESPECÍFICA: Un (1) año de experiencia en coordinación de proyectos y manejo de personal. CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: Normas, principios y políticas que rigen el derecho al consumidor en Colombia. Técnicas de redacción y ortografía. Conocimiento en trabajo con comunidad. Conocimiento en formulación y evaluación de proyectos. Facilidad de expresión en público. Buen trato hacia los usuarios. Manejo de paquete básico de Office: Word, Excel y Power Point. 2. OBJETO CONTRACTUAL: Prestación de servicios profesionales para apoyar a la Red Nacional de Protección al Consumidor en la coordinación de las actividades que se adelanten en las Casas del Consumidor. 3. ACTIVIDADES Y/O TAREAS Apoyar y participar en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos e investigaciones de protección al consumidor que se realicen en el respectivo municipio, región y zonas de influencia y la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionados con los derechos del consumidor. Apoyar en la coordinación y participar conjuntamente con el respectivo municipio, región y zonas de influencia, en las actividades tendientes a difundir el conocimiento en los ciudadanos de sus derechos del consumidor. Brindar apoyo en la coordinación y participar en las actividades de formación en el sano consumo y de los derechos de los consumidores

5 niños, niñas y adolescentes respectivo municipio, región y zonas de influencia. Apoyar a las autoridades locales en el ejercicio de sus funciones administrativas de protección al consumidor. Liderar el desarrollo de proyectos que tengan por objeto promover la creación de asociaciones y ligas de consumidores. Acompañar la gestión de convenios o proyectos, así como su desarrollo, que se realicen entre el respectivo municipio, la Superintendencia de Industria y Comercio, las Cámara de Comercio y otros organismos, asociaciones o gremios con sede en la jurisdicción o zona de influencia del mismo, tendientes a desarrollar programas de concientización y compromisos de respeto a los derechos del consumidor entre los industriales y comerciantes de la región. Apoyar el proceso de dar a conocer, socializar y actualizar el protocolo de establecimiento y operación de la Casa del Consumidor de su región. Apoyar en la administración los recursos humanos, económicos y materiales de la Casa del Consumidor. Velar por el registro y control de bienes de la Casa del Consumidor. Dirigir las actividades que se realicen en la Casa del Consumidor. Establecer controles eficientes sobre los procesos administrativos que se desarrollen en la Casa del Consumidor. Mantener informado al personal de la Casa del Consumidor acerca de las Políticas, Normas y Procedimientos y decisiones de carácter administrativo sobre la materia. Recomendar las actividades a desarrollar por el personal que presta sus servicios en la Casa del Consumidor de Popayán, conforme lo señale el supervisor del contrato. Elaborar informes periódicos para la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo de la Red Nacional de Protección al Consumidor, de las actividades realizadas por el personal contratado para el eficiente funcionamiento de la Casa del Consumidor. Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre la situación financiera y administrativa de la Casa del Consumidor. Coordinar y verificar los trámites de gastos de desplazamiento necesarios para los contratistas a su cargo en la Casa del Consumidor. Velar por la efectiva administración de los archivos, tanto en medio físico como magnético, dentro de la Casa del Consumidor. Representar a la Superintendencia de Industria y Comercio en las reuniones referentes a temas sobre protección al Consumidor que se lleven a cabo en el respectivo municipio, región y zonas de influencia.

6 Redactar oficios, actas, circulares, folletos informativos y otros documentos especiales y/o rutinarios de la Coordinación de la Casa del Consumidor. Aplicar los principios de flujo documental y del Sistema de Trámites establecido por la SIC respecto de las peticiones, quejas o reclamos que se radiquen en la Casa del Consumidor. Apoyar en el proceso de socialización en la capital del respectivo departamento y en los demás municipios de éste, así como en la region y zona de influencia sobre las competencias administrativas que consagra la Ley 1480 de 2011; adelantando visitas de promoción y vinculación de temas en materia de Protección al Consumidor. Elaborar informes periódicos de las actividades realizadas. Cumplir con las normas de Calidad, Gestión Ambiental y Seguridad y Salud Ocupacional. Contar con disponibilidad de tiempo para realizar los desplazamientos, que se requieran en virtud del desarrollo del contrato, a municipios o regiones fuera de la sede de la Casa del Consumidor. Efectuar los pagos de aporte a salud y pensión a su cargo entregando los soportes correspondientes para efectos de los pagos mensuales por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, realizar los pagos a la A.R.L., tal como lo dispone la Ley 1562 de 2012. Mantener y facilitar al supervisor del contrato la información y pruebas de la ejecución del contrato. Obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato de servicios, evitando dilaciones y entrabamiento. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de este contrato y de las exigencias legales. Las demás que le sean asignadas por el supervisor del contrato. TOMA DE DECISIONES: Las decisiones relacionadas con el manejo y gestión de la Casa del Consumidor se basarán en los direccionamientos impartidos por la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo de la Red Nacional de Protección al Consumidor en las políticas específicas, en procedimientos definidos en materia de Protección al Consumidor mediante métodos y técnicas exigidos y dictados por la Superintendencia de Industria y Comercio en su ejercicio de Secretaría Técnica de la Red Nacional de Protección al Consumidor, para lograr objetivos propuestos.

7 SUPERVISIÓN: Será ejercida por la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo de la Red Nacional de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, en su calidad de Secretaría Técnica de la Red Nacional de Protección al Consumidor. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio, hasta el 31 de diciembre de 2014, previa aprobación de la garantía única de cumplimiento y expedición del registro presupuestal. HONORARIOS: El valor del contrato será hasta por la suma de DOCE MILLONES DE PESOS ($12.000.000), incluido la totalidad de impuestos a que haya lugar y todos los costos directos e indirectos que la ejecución del contrato conlleve. El citado valor se pagará de la siguiente manera: Mensualidades vencidas de CUATRO MILLONES DE PESOS ($4.000.000), o proporcional a los servicios efectivamente prestados en el respectivo mes. Previa la entrega de los siguientes documentos: A). Informe de actividades mensual debidamente firmado por el contratista y aprobado por el supervisor del contrato. B). Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social integral, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato. C). Certificación de cumplimiento a satisfacción del supervisor del contrato y demás trámites administrativos a que haya lugar. PROFESIONAL ESPECIALIZADO CASA DEL CONSUMIDOR 1. FORMACIÓN ACADÉMICA Título Profesional en Derecho Título de postgrado a nivel de especialización.

8 EXPERIENCIA GENERAL: Dos (2) años de experiencia profesional. EXPERIENCIA ESPECÍFICA: Un (1) año de experiencia en actividades jurídicas relacionadas con protección al consumidor y/o en temas de propiedad industrial. CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: Normas, principios y políticas que rigen el derecho al consumidor en Colombia. Técnicas de redacción y ortografía Facilidad de expresión en público. Buen trato hacia los usuarios. Manejo de paquete básico de Office: Word, Excel y Power Point. ADIESTRAMIENTO REQUERIDO: Argumentación y lógica jurídica Conocimientos de la normatividad sobre Protección al Consumidor Metodologías de Investigación y elaboración de proyectos. 2. OBJETO CONTRACTUAL Prestación de servicios profesionales para apoyar la gestión jurídica de las Casas del Consumidor, su región y zona de influencia. 3. ACTIVIDADES Y/O TAREAS Realizar estudios jurídicos necesarios para dar respuesta o dar traslado de las solicitudes recibidas. Participar en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos de protección al consumidor de manera que se atiendan los requerimientos institucionales. Realizar actividades de divulgación y difusión de los servicios relacionados con la Casa del Consumidor y la protección al consumidor. Socializar en las entidades educativas, comerciantes y autoridades administrativas locales, los derechos y deberes en protección al

9 Consumidor a través de capacitaciones organizadas por la Red de Protección al Consumidor. Efectuar los estudios de orden jurídico y doctrinal relacionados con la actividad de protección al consumidor que sean requeridos. Asesorar técnica y juridicamente a la Casa del Consumidor del respectivo municipio. Generar informes periódicos de acuerdo con los requerimientos del Coordinador de la Casa del Consumidor. Apoyar y asesorar al grupo de profesionales y técnicos de la Casa del Consumidor en los estudios de orden juridico y doctrinal relacionados con la actividad de protección al consumidor que sean requeridos para la atención de los consumidores. Dar trámite a las solicitudes de protección al consumidor, dando cumplimiento a las solicitudes recibidas. Prestar asistencia y orentación a los usuarios - consumidores que se acerquen a la casa del consumidor en busca de guía profesional respecto al Estatuto del Consumidor. Apoyar en la revisión, estudio y respuesta de las peticiones recibidas en materia de protección al consumidor. Realizar lo correspondiente para dar traslado a la autoridad o funcionario competente de las peticiones recibidas en la casa del Consumidor y hacer seguimiento del trámite dado a las mismas. Apoyar las actividades orientadas a la organización administrativa de la Casa del Consumidor, que articule las tareas de los demas contratistas. Responder por la organización y manejo de los documentos y archivos que se deriven del ejercicio de sus funciones. Contar con disponibilidad de tiempo para realizar los desplazamientos, que se requieran en virtud del desarrollo del contrato, a municipios o regiones fuera de la sede de la casa del consumidor. Efectuar los pagos de aporte a salud y pensión a su cargo entregando los soportes correspondientes para efectos de los pagos mensuales por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, realizar los pagos a la A.R.L., tal como lo dispone la Ley 1562 de 2012. Mantener y facilitar al supervisor del contrato la información y pruebas de la ejecución del contrato. Obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato de servicios, evitando dilaciones y entrabamiento. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de este contrato y de las exigencias legales.

10 Las demás que le sean asignadas por el supervisor del contrato. SUPERVISIÓN: Será ejercida por la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo de la Red Nacional de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, en su calidad de Secretaría Técnica de la Red Nacional de Protección al Consumidor. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio, hasta el 31 de diciembre de 2014, previa aprobación de la garantía única de cumplimiento y expedición del registro presupuestal. HONORARIOS: El valor del contrato será hasta por la suma de NUEVE MILLONES PESOS ($9.000.000), incluido la totalidad de impuestos a que haya lugar y todos los costos directos e indirectos que la ejecución del contrato conlleve. El citado valor se pagará de la siguiente manera: Mensualidades vencidas de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000), o proporcional a los servicios efectivamente prestados en el respectivo mes. Previa la entrega de los siguientes documentos: A). Informe de actividades mensual debidamente firmado por el contratista y aprobado por el supervisor del contrato. B). Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social integral, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato. C). Certificación de cumplimiento a satisfacción del supervisor del contrato y demás trámites administrativos a que haya lugar. PROFESIONAL UNIVERSITARIO CASA DEL CONSUMIDOR 1. FORMACIÓN ACADÉMICA Título Profesional en Derecho

11 EXPERIENCIA: Dos (2) años de experiencia profesional. CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: Normas, principios y políticas que rigen el derecho al consumidor en Colombia. Técnicas de redacción y ortografía Facilidad de expresión en público. Buen trato hacia los usuarios. Manejo de paquete básico de Office: Word, Excel y Power Point. ADIESTRAMIENTO REQUERIDO: Argumentación y lógica jurídica Conocimientos de la normatividad sobre Protección al Consumidor Metodologías de Investigación y elaboración de proyectos. 2. OBJETO CONTRACTUAL Prestación de servicios profesionales para apoyar la gestión jurídica de las Casas del Consumidor, su región y zona de influencia. 3. ACTIVIDADES Y/O TAREAS Apoyar los estudios jurídicos que realice el profesional especializado del grupo, requeridos para dar respuesta o dar traslado de las solicitudes recibidas. Participar en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos de protección al consumidor de manera que se atiendan los requerimientos institucionales. Participar en las actividades de divulgación y difusión de los servicios relacionados con la Casa del Consumidor y la protección al consumidor. Socializar en las entidades educativas, comerciantes y autoridades administrativas locales, los derechos y deberes en protección al Consumidor a través de capacitaciones organizadas por la Red de Protección al Consumidor Generar informes periódicos de acuerdo con los requerimientos del Coordinador de la Casa del Consumidor.

12 Prestar asistencia y orientación a los usuarios - consumidores que se acerquen a la casa del consumidor en busca de guía profesional respecto el Estatuto del Consumidor. Apoyar en la revisión y estudio de las peticiones recibidas en materia de protección al consumidor. Realizar lo correspondiente para dar traslado a la autoridad o funcionario competente de las peticiones, quejas o denuncias recibidas en la casa del Consumidor y hacer seguimiento de las mismas. Dar trámite a las solicitudes de protección al consumidor, dando cumplimiento a las solicitudes recibidas. Elaborar y actualizar la base datos de las peticiones, quejas y reclamos recibidas, atendidas y trasladadas. Responder por la organización y manejo de los documentos y archivos que se deriven del ejercicio de sus funciones. Contar con disponibilidad de tiempo para realizar los desplazamientos, que se requieran en virtud del desarrollo del contrato, a ciudades o regiones fuera de la sede de la casa del consumidor. Efectuar los pagos de aporte a salud y pensión a su cargo entregando los soportes correspondientes para efectos de los pagos mensuales por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, realizar los pagos a la A.R.L., tal como lo dispone la Ley 1562 de 2012. Mantener y facilitar al supervisor del contrato la información y pruebas de la ejecución del contrato. Obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato de servicios, evitando dilaciones y entrabamiento. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de este contrato y de las exigencias legales. Las demás que le sean asignadas por el supervisor del contrato. SUPERVISIÓN: Será ejercida por la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo de la Red Nacional de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, en su calidad de Secretaría Técnica de la Red Nacional de Protección al Consumidor.

13 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio, hasta el 31 de diciembre de 2014, previa aprobación de la garantía única de cumplimiento y expedición del registro presupuestal. HONORARIOS: El valor del contrato será hasta por la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($6.600.000), incluido la totalidad de impuestos a que haya lugar y todos los costos directos e indirectos que la ejecución del contrato conlleve. El citado valor se pagará de la siguiente manera: Mensualidades vencidas de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($2.200.000), o proporcional a los servicios efectivamente prestados en el respectivo mes. Previa la entrega de los siguientes documentos: A). Informe de actividades mensual debidamente firmado por el contratista y aprobado por el supervisor del contrato. B). Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social integral, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato. C). Certificación de cumplimiento a satisfacción del supervisor del contrato y demás trámites administrativos a que haya lugar. TÉCNICO CASA DEL CONSUMIDOR 1. FORMACIÓN ACADÉMICA Bachillerato aprobado y terminado EXPERIENCIA: Un (1) año de experiencia laboral CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: CONOCIMIENTOS EN: Técnicas de manejo de software de oficina e internet. Técnicas de redacción y ortografía

14 Conocimientos en administración y gestión documental Organización de eventos y protocolo Atención al usuario DESTREZAS EN: El manejo de equipos de cómputo. 2. OBJETO CONTRACTUAL Prestación de los servicios para apoyar la gestión administrativa de las Casas del Consumidor, su región y zona de influencia. 3. ACTIVIDADES Y/O TAREAS Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de cálculo, software de presentaciones y manejar aplicativos de oficina dando cumplimiento a las directrices institucionales de la Superintendencia de Industria y Comercio sobre la elaboración y manejo de documentos. Proyectar respuestas a las comunicaciones y documentos que le sean asignados por el Coordinador de la Casa del Consumidor. Recibir, clasificar, distribuir, controlar y responder por los documentos que la Casa del Consumidor del respectivo municipio, región y su zona de influencia produzca o reciba de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Coordinador de la Casa del Consumidor. Orientar a los usuarios de la Casa del Consumidor, personal, telefónicamente y por correo electrónico de acuerdo con los procedimientos definidos para la Casa del Consumidor. Atender de manera cortés a los usuarios de la Casa del Consumidor, guiarlos en sus consultas y direccionarlos a los profesionales de apoyo. Crear y alimentar la base de datos sobre los usuarios que se acerquen a consultar y presentar quejas o consultas ante la casa de Consumidor. Llevar el registro y control de los documentos y archivos de la dependencia de acuerdo con los procedimientos establecidos. Mantener actualizado el directorio telefónico de la Casa del Consumidor de directrices que del Coordinador de la Casa del Consumidor. Llevar la agenda y recordar compromisos en desarrollo de las funciones propias de la Casa de Protección al Consumidor.

15 Manejar criterios de confidencialidad la información y correspondencia de la Casa del Consumidor. Preparar actas e informes de reuniones de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Coordinador de la Casa del Consumidor. Armar y foliar expedientes y custodiarlos para su correcta conservación. Solicitar y controlar el uso y suministro de la papelería y elementos de oficina requeridos por el Coordinador de la Casa del Consumidor y los dos profesionales. Participar en la implementación, mantenimiento y mejora continúa del Sistema de Gestión Integral de Calidad, Gestión Ambiental y Salud Ocupacional. Desarrollar las demás actividades que se deriven de la naturaleza del objeto del contrato. Contar con disponibilidad de tiempo para realizar los desplazamientos, que se requieran en virtud del desarrollo del contrato, a ciudades o regiones fuera de la sede de la casa del consumidor. Efectuar los pagos de aporte a salud y pensión a su cargo entregando los soportes correspondientes para efectos de los pagos mensuales por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, realizar los pagos a la A.R.L., tal como lo dispone la Ley 1562 de 2012. Mantener y facilitar al supervisor del contrato la información y pruebas de la ejecución del contrato. Obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato de servicios, evitando dilaciones y entrabamiento. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de este contrato y de las exigencias legales. Las demás que le sean asignadas por el supervisor del contrato. SUPERVISIÓN: Será ejercida por la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo de la Red Nacional de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, en su calidad de Secretaría Técnica de la Red Nacional de Protección al Consumidor.

16 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio, hasta el 31 de diciembre de 2014, previa aprobación de la garantía única de cumplimiento y expedición del registro presupuestal. HONORARIOS: El valor del contrato será hasta por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($3.900.000), incluido la totalidad de impuestos a que haya lugar y todos los costos directos e indirectos que la ejecución del contrato conlleve. El citado valor se pagará de la siguiente manera: Mensualidades vencidas de UN MILLON TRESCIENTOS MIL PESOS ($1.300.000), o proporcional a los servicios efectivamente prestados en el respectivo mes. Previa la entrega de los siguientes documentos: A). Informe de actividades mensual debidamente firmado por el contratista y aprobado por el supervisor del contrato. B). Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social integral, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato. C). Certificación de cumplimiento a satisfacción del supervisor del contrato y demás trámites administrativos a que haya lugar. SELECCIÓN DE CONTRATISTAS Las hojas de vida de los interesados, deberán ser dirigidas a la Coordinación del Grupo de Trabajo de Apoyo a la Red Nacional de Protección al Consumidor, ubicada en la carrera 13 No. 27-00 piso 6, Edificio Bochica, Bogotá D.C., y/o al correo electrónico: cjaimes@sic.gov.co, máximo hasta el día 18 de octubre de 2014, indicando el cargo y la ciudad para la cual desean aplicar, con los siguientes soportes, los cuales podrán ser allegados de forma física o virtual Hoja de vida de la función pública www.dafp.gov.co Declaración de bienes y rentas de la función pública www.dafp.gov.co Copia de la cédula Fotocopia de Libreta Militar (Menores de 50 años) Copia de la tarjeta profesional (Si es el caso) Antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales.

17 Antecedentes del Consejo Superior de la Judicatura (para abogados) Copia del RUT actualizado Certificaciones académicas Certificaciones de experiencia laboral No se tendrán en cuenta las hojas de vida que no cuenten con los soportes requeridos anteriormente. Una vez sean revisados los documentos y la entidad verifique que se ajustan a los perfiles exigidos, se citarán a las personas preseleccionadas a entrevista laboral en la ciudad de Bogotá y posteriormente la Superintendencia de Industria y Comercio indicará cuales han sido las hojas de vida seleccionadas y el trámite requerido para realizar el respectico contrato de prestación de servicios. El presente aviso se emite el día 9 de octubre de 2014, en la página web de la Entidad www.sic.gov.co.