Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en Chile. Independientes y Trabajadoras de Casa Particular

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1 Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en Chile Independientes y Trabajadoras de Casa Particular César Ravinet Muñoz Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo Buenos Aires, Abril de 2012

2 INDICE I - Aspectos Generales II - Trabajadores Independientes III - Trabajadoras de Casa Particular

3 Aspectos generales Seguro Social de cargo del empleador: Contingencias cubiertas Accidentes del trabajo A causa o con ocasión Enfermedades profesionales Accidentes de trayecto Gobierno de Chile SUSESO 3

4 Regulación Ley (1968) Reglamentos complementarios (DS) Gobierno de Chile SUSESO

5 Prestaciones: Preventivas Médicas Económicas Gobierno de Chile SUSESO

6 Financiamiento / Cotización Cotización básica: 0,95 Cotización por actividad económica Componentes de la Tasa Cotización adicional por siniestralidad Gobierno de Chile SUSESO

7 Gobierno de Chile SUSESO Institucionalidad en torno al Seguro

8 Administradores del Seguro de Accidentes del Trabajo y enfermedades profesionales Privados Mutualidades de Empleadores Asociación Chilena de Seguridad, ACHS Instituto de Seguridad del Trabajo, IST Mutual de Seguridad CCHC Públicos Instituto de Seguridad Laboral, ISL. Organismos Administradores Gobierno de Chile SUSESO

9 Personas Protegidas: Trabajadores Dependientes o por cuenta ajena (Sector privado). Funcionarios Públicos (incorporados 1994). Trabajadores independientes. Gobierno de Chile SUSESO

10 Trabajadores Independientes

11 Incorporación de los independientes Ley (1968) Ley Reforma Previsional 2008 Gobierno de Chile SUSESO

12 Etapa 1: Suplementeros Profesionales hípicos Propietarios de vehículos de alquiler (Taxis) Pirquineros Campesinos asignatarios de tierras Conductores propietarios de vehículos motorizados de locomoción colectiva, transporte escolar y de carga (DL3500). Comerciantes ambulantes Pescadores artesanales

13 Etapa 2 Ley , Reforma Previsional 2008 En desarrollo

14 Qué se entiende por Trabajador Independiente o por Cuenta Propia: Aquel que en el ejercicio de su actividad, NO depende de empleador alguno ni tiene trabajadores bajo su dependencia. (Art. 3 Código del Trabajo)

15 Categorías de Trabajador Independiente Independientes Obligados Independientes Voluntarios

16 Independientes Obligados: Perciban rentas de acuerdo al Art. 42 Nº2 de la Ley de rentas. Ingresos provenientes del ejercicio de las profesiones liberales o de cualquier otra profesión u ocupación no comprendida en la 1ª Categoría.

17 Independientes Obligados: Los socios de Sociedades Aquellos que se desempeñen como trabajadores independientes en la respectiva sociedad.

18 Independientes Voluntarios: Aquellos que perciben rentas NO gravadas por el art. 42 n 2 de la Ley de Rentas. Son los que obtienen rentas del capital Todos obtienen los mismos beneficios

19 Cómo acceder a los beneficios Registrarse Formulario de registro (ISL) Solicitud de Adhesión (Mutualidades) La afiliación operará siempre que en el mes correspondiente, se haya cotizado para pensiones y salud común.

20 Obligaciones para el trabajador 1. Comunicar cualquier modificación de los datos y antecedentes señalados. 2. Pago de cotizaciones previsionales correspondientes.

21 Obligaciones para el Organismo Administrador 1. Establecer la actividad principal. 2. Determinar el Código de Actividad Económica según el Clasificador Chileno de Actividades Económicas, CIIU. Determina la Tasa de Cotización del Seguro.

22 Financiamiento / Cotización Cotización básica: 0,95 Cotización por actividad económica Componentes de la Tasa Cotización adicional por siniestralidad Gobierno de Chile SUSESO

23 Pago de la cotización: Dónde? En el organismo administrador Cuándo? Mensualmente Plazo Último día del mes siguiente a aquel que correspondan las rentas. Ejemplo: Rentas percibidas en Marzo HASTA 30 de abril

24 Acreditación de un infortunio laboral El trabajador debe acreditar frente al organismo administrador del seguro. Cómo? DIAT o DIEP Declaración argumentando el infortunio o siniestro Todos los demás medios de pruebas pertinentes. Igual tramitación para accidentes de trayecto Responsabilidad del Trabajador de la veracidad e integridad de lo declarado. Sanción Multa y reintegro.

25 Derecho a las prestaciones médicas y económicas Al día con el pago de las cotizaciones previsionales: Pensión Salud Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Al día Atraso no superior a 2 meses.

26 Un ejemplo: accidente del trabajo 26 de abril y última cotización pagada fue el 28 de febrero correspondiente a rentas de enero Pendiente de pago rentas de febrero Atraso 1 mes 1º de abril Atraso 2 meses 1º de mayo

27 Reclamo por resoluciones de los organismos administradores Ante la Superintendencia de Seguridad Social, SUSESO. Presencial Virtual

28 Etapas de la implementación Proceso Educacional % de la renta imponible % de la renta imponible % de la renta imponible 2015 Plenamente Obligatorio

29 Ej: Prima mínima mensual a pagar 2012, con tasa de 0,95 Honorarios brutos $ Base de cálculo 80% $ % $ $ 15,2

30 Desafíos Sensibilizar a los trabajadores sobre los beneficios de cotizar. Promover una cultura en prevención de riesgos. Ampliar la cobertura

31 Trabajadoras de casa particular

32 Quiénes son: Personas naturales que se dediquen en forma continua a jornada completa o parcial al servicio de una o más personas naturales o de una familia en trabajos de aseo y asistencia propias o inherentes al hogar (art. 146 Código del Trabajo).

33 Regulación específica: Capítulo V del Código del Trabajo Definición Materias reguladas Jornada Periodo de prueba Descansos Remuneración

34 Elemento Central Subordinación y Dependencia Consecuencia Son trabajadoras dependientes. Desde la creación del seguro han podido afiliarse.

35 Para acceder a los beneficios Registrarse Cómo? Por planillas de pago de cotizaciones. Quien lo realiza? El empleador Dónde? Cualquier organismo administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

36 Jornada laboral parcial Obligación alcanza también a las jornadas parciales. Ej: Presta servicios: Alguna horas diarias y algunos días a la semana Corresponde cotizar por día completo trabajado, Ej :Presta servicios: Algunas horas al día y todo el mes, Corresponde el pago de cotizaciones por todo el mes

37 Cotización: Básica: 0,95 Adicional por actividad No están sujetas a cotización adicional por siniestralidad efectiva.

38 Fin

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