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- Carlos Sandoval Henríquez
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1 Sistema Previsional Prestaciones PBU / PC / PAP Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Curso de Iniciación en Derecho Previsional 2013 previsionalcpacf2013.blogspot.com
2 Cajas Profesionales Regímenes Provinciales Empleados Públicos Régimen Nacional ANSES Trabajadores Autónomos Empleados Públicos (Estado Nacional) Empleados Privados (Todo el País)
3 Ley Prestaciones Hay más de una prestación. Cada jubilado cobra al menos una. Prestaciones: Prestación Básica Universal (PBU) Prestación Compensatoria (PC) Prestación Adicional por Permanencia (PAP)
4 Ley Modificaciones Varias Modificaciones PBU: Res. 298/08 Ley PAP: Ley Vuelta a Reparto Ley SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) Ley Ley de Movilidad Res. 135/09 Res. 65/09 Res. 130/10 Res. 651/10 Res. 488/11 Res. 47/12 Res. 266/13
5 Prestación Básica Universal (PBU) Concepto Es básica porque es lo mínimo que debería percibir un afiliado al SIPA Universal porque lo perciben todos los afiliados al SIPA, sin importar los aportes. Estaba pensada como el haber mínimo Está prevista en los arts de la Ley
6 Prestación Básica Universal (PBU) Requisitos Regímenes comunes / Diferenciales Régimen Común: Edad: Hombres 65 / Mujeres 60 Servicios: 30 años en con Aportes en cualquier régimen del sistema de reciprocidad. Regímenes Diferenciales Envejecimiento Deterioro Prematuro
7 Prestación Básica Universal Servicios Diferenciales Decreto 4257/1968 Acerías. Aeronavegantes. Alta Temperatura Insalubres Ómnibus Transporte Colectivo Etc. Ley Transporte de Carga Decreto 3555/1972 Carne Decreto 3176/87 -Vidrio Ley Construcción
8 Prestación Básica Universal Servicios Diferenciales Decreto 1851/73 - Ferrocarriles (Señaleros) Decreto 1967/73 - Propietarios de Taxi Decreto 937/74 Electricidad Decreto 2465/86 Residuos Domiciliarios
9 Servicios Diferenciales Radioscopia Ley Profesionales del arte del curar y auxiliares ocupados habitualmente donde se manejen rayos X, radio, radiostopos expuestos a la acción de acción de sustancias radiactivas (20 años de servicios) Res. 321/1980 Sólo personal que desempeña tareas de Radioscopia. Descarta Radiología en General
10 Servicios Diferenciales Radiología Radiología: aplicación de Rayos X Radioscopia: Examen de las partes profundas del cuerpo proyectadas en una pantalla por medio de Rayos X Se lo considera insalubre: Edad: 55 Años (Hombre) 52 (Mujeres) Servicios 30
11 Portuarios Personal Embarcado (Decreto 6730/1968) Tareas de carga y descarga, limpieza de espejo de agua, alije de sentinas y recolección de residuos en forma habitual y directa Requisitos: Edad 55 Años Servicios 25 Años
12 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Edad Decreto 55211/1935 Primero Calculamos la fracción de tiempo trabajada respecto al Tiempo pedido por las Actividades Diferenciales: Tiempo Trabajado (Meses, Días, Años) Tiempo Exigido
13 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Edad Después calculamos la Proporción que queda, que corresponde a Servicios Comunes: Tiempo Comunes= 1 Fracción Dif.
14 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Edad % T Dif. * Edad Requerida + % T Común * Edad Requerida = Edad Requerida %T Dif. -Tiempo Diferencial %T Común Tiempo común
15 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Edad (Ejemplo) 20 Años trabajados en industria de la Carne (Edad Requerida 55 -Hombre) Servicios Comunes (65 aa): 10 (30-20) Fracción Diferenciales: 20/30 = Fracción Comunes: = 0.34
16 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Edad (Ejemplo) Edad Dif.: * 55 = Edad Comunes: 0.34 * 65 = Edad Requerida: = (58 años) Por último, pasamos a meses la fracción: * 12 = (9 Meses) Y la fracción a días: * 30 = 29 días Edad Requerida: 58 Años 9 Meses y 29 Días
17 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Servicios Servicios Mixtos Determinación de Servicios: Se calcula la Proporción de ambos servicios Si la suma es superior a %100.- Tiene los servicios Requeridos
18 Prestación Básica Universal (PBU) Prorrateo de Servicios 10 Años: Residuos Domiciliarios (25 aa) 19 Años Comunes (Total 29) Proporción Diferenciales 10 / 25 = 0.40 Proporción Comunes 19 / 30 = 0.63 Suma: = 1.03 Tiene los servicios necesarios para PBU
19 Prestación Básica Universal (PBU) Franquicias Compensación Edad: Un Año de Servicio por Cada dos de Exceso Se cuenta por días (2 días de servicio por día de exceso) Se cuenta sobre la Edad Requerida Declaración Jurada Art. 38 Ley (Hasta 12/1968) Art. 3 Ley (Hasta 09/1993) (Exclusivamente trabajadores autónomos)
20 Prestación Básica Universal (PBU) Declaración Jurada Escala Artículo 38 Ley Año de Cese Cantidad de Años Permitidos 1994 / Años 1996/ Años 1998/ Años 2000 / Años 2002 / Años 2004 / Años 2006 / Años
21 Declaración Jurada Forma de Aplicación Art. 38 Ley Solicitud de Prestaciones / SICAM Art. 3 Ley SICAM Debe ser congruente con los demás elementos del expte. Y exptes. Anteriores (No es una condonación)
22 Prestación Básica Universal (PBU) Cálculo del Haber (Hasta Marzo 09) Hasta Marzo de 2009: 2.50 Valor AMPO / MOPRE Por aportes superiores a 30: %1.- por año Tope 45 Años Marzo de 2008 (Res. 298/08) % (Incorporado al Sup. Por Mov.) Ejemplo (Con 40 años de aporte): Año 2000: AMPO: $ * $80 = 200 1% 200 = 2 Excedente: 10 * 2=20 PBU: 220
23 Aporte Medio Previsional Obligatorio Cálculo PBU Cálculo Topes (Remun. PC y PAP, Haber máx.) Movilidad de las Prestaciones AMPO Cálculo: Ingresos Por Aportes al SIJP (%11.-) Aportantes al SIJP MOPRE Ley y Decreto 833/1997 Se fija anualmente por ley de Presupuesto Ley (proporción Haberes Mínimos) Res. 6/2009: Haberes Mínimos Actual: $350.90
24 Valores Históricos AMPO Año Mes Valor
25 PBU Fija Prestación Básica Universal (PBU) Cálculo del Haber desde Marzo 09 (Ley ) Por Ley : $ Res. 135/09: $ Res. 65/09: $ Res. 130/10: $ Res. 651/10: $ Res. 58/11: $ Res. 448/11: $ Res. 266/13: $ 1.170,23 No hay complemento por mayores aportes.
26 Prestación Compensatoria (PC) Características Requisitos (Art. 23) Objeto: Compensar los aportes realizados antes de la creación del SIJP. Requisitos: Requisitos para PBU (Edad y Años de Servicio) Años de Servicios Hasta 06/1994 inclusive No percibir Retiro por Invalidez en cualquier régimen.
27 Prestación Compensatoria (PC) Cálculo del haber Aportes exclusivos RRDD % 1.5 por año de aportes hasta 06/1994 (o fracción superior a 6 meses) Máximo 35 Años Se calcula sobre el promedio de los últimos 10 años de salarios actualizados Actualización Remuneraciones: Ley (Res. 140/1995) Se actualiza por ISBIC hasta marzo de 1991 Ley Se actualiza por el índice de la ley.
28 Prestación Compensatoria (PC) Topes Remuneraciones Ley AMPOs ($4800.-) Marzo de MOPRE ($6000.-) Marzo de MOPRE ($7265.-) Julio de MOPRE ($7800.-) Ley (Marzo / 09) Valor Fijo Se ajusta por Ley de Movilidad ($ ) Septiembre / 09 $ Septiembre / 13 $ ,65 Tope Mínimo: ($240) Hoy ($861,57) 1 AMPO / MOPRE por año 35 Años de Aportes
29 Prestación Compensatoria (PC) Cálculo del haber Servicios Exclusivamente Autónomos Aporte Autónomos. (Art. 8 Ley ) Renta Presunta Aporte %27.- ( %11 + %16) Cálculo PC: %1.5 sobre el prom. Renta Presunta al Cese Se toman los 30 Años Servicios Mixtos Prorrateo de Servicios Promedio entre Aportes Autónomos y RRDD
30 Prorrateo de Servicios Autónomos Fórmula Dec. 679 /1995 (n + p) * W + (m + p) * R N * (n + m + p ) N: Años anteriores a 07/94 n: meses RRDD exclusivo anterior a 06/94 W: Promedio Remun. (Últimos 10 años) m: meses Autónomos exclusivo anterior a 07/94 R: Renta promedio Autónomos P: Meses Simultáneos
31 Prorrateo Servicios Autónomos Promedio = W * % Aut. + R * % RRDD En % Aut y % RRDD incluyo Simultáneos
32 Prorrateo de Servicios Autónomos Ejemplo Prom. Sueldo: $ (24 Años) Años Aut. Cat. A: 6 años ($312) Total: 30 Años Promedio = 2000 * % %20 Promedio = Promedio =
33 Prestación Adicional por Permanencia (PAP) Compensa los aportes efectuados al sistema después de la reforma (desde 07/94) No la perciben todos los jubilados Afiliados sin aportes desde 07/94 Afiliados a AFJP
34 Prestación Adicional por Permanencia Requisitos (Art. 30 inc. B) Requisitos para Acceder a PBU (Servicios y Edad) Aportes efectivamente aportados Desde 07/1994 No percibir Retiro por Invalidez, cualquiera sea el régimen otorgante.
35 Prestación Adicional por Permanencia Cómputo del haber Mismo Mecanismo para PC Ley : %0.85 por Año o fracción Ley : %1.5 Por Año o Fracción Topes: 35 Años 1 AMPO / MOPRE por Año
36 Haber Mínimo Vigente Res. 266/13 $ 2.476,98
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