Traspasos de cuentas en instituciones de crédito (bancos) o casas de bolsa
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- Rocío Silva Bustamante
- hace 8 años
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1 Cómo debe pagar el consumo de combustible? Ahora, para que pueda deducir el consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, sin importar cuál sea el monto de su compra, debe pagar estos gastos con cualquiera de los siguientes medios: Tarjeta de crédito, de débito o de servicios Traspasos de cuentas en instituciones de crédito (bancos) o casas de bolsa Cheque nominativo de quien va ha deducir Monedero electrónico autorizado por el SAT* Qué ventajas tiene? Le permite contar con opciones de pago más seguras que portar dinero en efectivo. Contribuye a evitar la alteración del contenido registrado en los comprobantes, lo que le dará mayor seguridad para comprobar sus gastos. Contribuye a disminuir la venta ilegal de estos productos. Le permite deducir gastos cuando calcule sus impuestos. Qué comprobantes debe obtener? Si paga con Tarjeta de crédito, de débito o de servicios, traspasos de cuentas, o bien con cheque nominativo, es necesario que obtenga la factura con todos los requisitos fiscales y conserve su estado de cuenta que refleje el pago. En el caso que el pago lo realice con monedero electrónico*, puede comprobar estos gastos con los estados de cuenta combustibles originales emitidos por las empresas emisoras autorizadas por el SAT. Si usted paga en efectivo, no se le debe negar el comprobante por la compra que realiza; sin embargo, este gasto no será deducible para efectos fiscales. *Conózca las empresas emisoras de monederos electrónicos
2 Qué requisitos debe tener el comprobante? Las facturas que emite el expendedor de combustible que utilice para deducir gastos de combustible deben contener todos los requisitos fiscales vigentes, y además los siguientes: Compra de gasolina o de diesel La clave de cliente de PEMEX de la estación de servicio, a 10 caracteres. Compra de gas natural Compra de gas licuado de petróleo (LP) Número de permiso otorgado por la Secretaría de Energía. La clave de producto PEMEX, a 5 caracteres Número de oficio del aviso de inicio de operaciones registrado ante esa Secretaría. El tipo de operación (efectivo, cheque o tarjeta). El tipo de operación (efectivo, cheque o tarjeta). Tipo de operación (efectivo, cheque, tarjeta) Si la factura ampara más de una operación de compra también debe tener los números de folio de los comprobantes simplificados que respalden esas operaciones. Si la factura ampara más de una operación de venta de gas natural, también debe tener los números de folio de los comprobantes simplificados que respalden esas operaciones. Si la factura ampara más de una operación de venta de gas licuado de petróleo, también debe tener los números de folio de los comprobantes simplificados que respalden esas operaciones.
3 Qué requisitos deben contener los estados de cuenta conbustibles que expiden los emisores de monederos electrónicos? Además de los requisitos fiscales vigentes, si decide pagar el consumo de los citados combustibles con monedero electrónico, el estado de cuenta combustibles que utilice para deducir debe contener los siguientes requisitos: Por operación: Número de cuenta del adquirente del monedero. La clave de cliente de PEMEX de la estación de servicio, a 10 caracteres. El tipo de operación. La clave de producto PEMEX, a 5 caracteres Número de folio del documento. Volumen de combustible adquirido Nombre y RFC del contribuyente que adquiere el monedero electrónico. Precio unitario del combustible adquirido Nombre, RFC y domicilio fiscal del emisor del monedero Identificador o número por cada monedero electrónico asociado al estado de cuenta. RFC del vendedor del combustible* Fecha, hora y número de folio de cada operación realizada por cada monedero electrónico Monto total del consumo de combustible La clave de cliente de PEMEX de la estación de servicio, a 10 caracteres. Monto total de la comisión por la emisión y el uso del monedero electrónico
4 Monto total del consumo de combustible de cada operación. Monto de los impuestos deban trasladarse Emisores de monederos electrónicos Para los efectos del artículo 31 fracción III segundo párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y regla de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, se dan a conocer los datos de las personas físicas y personas morales que han sido autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria en la emisión de monederos electrónicos para ser utilizados por los contribuyentes en la compra de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres: Consorcio Gasolinero Plus RFC: CGP EE4 Razón social: Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V. Producto: Hidrosina Plus Domicilio fiscal: Thiers No. 248, Col. Anzures, México D.F. Página de Internet del emisor: Inbursa RFC: PIN EQ0 Razón social: Promotora Inbursa S.A. de C.V. Producto: Vale Inbursa Domicilio fiscal: Insurgentes Sur No. 3500, Col. Peña Pobre, México D.F. Página de Internet del emisor: Efectivale RFC: EFE L3 Razón social: Efectivale S.A. de C.V. Producto: Efecticard y Efecticard combustible de banda Domicilio fiscal: Saltillo No.19 piso 5, Col. Condesa, México D.F. Página de Internet del emisor:
5 Accor Servicios Empresariales, S.A. de C.V. RFC: ASE SS7 Razón Social: Accor Servicios Empresariales, S.A. de C.V. Producto autorizado: Ticket Car-Tarjeta Gasolina Domicilio fiscal: Lago Rodolfo No. 29, Col. Granada, Delegación Miguel Hidalgo, 1520, México D.F. Página de Internet del emisor: Prestaciones Mexicanas, S.A. de C.V. RFC: PME B20 Razón Social: Prestaciones Mexicanas, S.A. de C.V. Producto autorizado: Sodexho Pass/e-gaso Pass Domicilio fiscal: Paseo de la Reforma No.155, piso 3, Col. Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, 11000, México D.F. Página de Internet del emisor: Preguntas frecuentes 1. Cuándo entra en vigor la disposición que establece que el pago del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres debe hacerse con cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, de servicios o monederos electrónicos? 2. Al diesel se le aplican los lineamientos de la gasolina? 3. Cómo se debe realizar el pago del combustible para poder hacer deducible este gasto? 4. Cuál es el monto mínimo para tener que pagar el consumo de gasolina con cheque nominativo? 5. Se podrán seguir utilizando los vales de gasolina? 6. Cuáles son los requisitos para hacer deducible el consumo de gasolina? 7. Cuando se utlicen medios de pago distintos del cheque, el titular de los mismos debe ser el contribuyente o puede ser un tercero? 8. Qué es un monedero electrónico? 9. Qué características deben cumplir los monederos electrónicos autorizados por el SAT? 10. Dónde se consulta la relación de empresas expendedoras de monederos electrónicos autorizados por el SAT? 11. Existe prórroga para permitir que se establezca la infraestructura necesaria en todas las gasolineras aún no cuentan con equipo para recibir el pago del combustible con
6 tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o monedero electrónico? 12. Es deducible el costo de las tarjetas de servicios proporcionadas a sus trabajadores para realizar la deducción del combustible? 13. Una persona física para poder deducir la gasolina también tiene que pagar con cheque, tarjeta o monedero? 14.En zonas rurales en las que las gasolineras no cuenten con la infraestructura necesaria para recibir el pago de la gasolina con monedero electrónico, tarjeta de crédito, debito o cheque, el pago el combustible puede deducirse de impuestos? 1. Cuándo entra en vigor la disposición que establece que el pago del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres debe hacerse con cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, de servicios o monederos electrónicos? A partir del 1 de diciembre de Fundamento legal: Regla y Art. Quinto Transitorio CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Al diesel se le aplican los lineamientos de la gasolina? El diesel, como la gasolina, es un combustible para vehículos marítimos y terrestres, por lo que le son aplicables los mismos lineamientos para su deducción. Fundamento legal: Art. 31, fracción III Segundo párrafo de la LISR. 3. Cómo se debe realizar el pago del combustible para poder hacer deducible este gasto? A partir del 1 de diciembre de 2005 para deducir el consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, sin importar cual sea el monto de su compra, deberá efectuar el pago mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que
7 autorice el SAT. Fundamento legal: Art. 31, fracción III Segundo párrafo de la LISR y Regla de la CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Cuál es el monto mínimo para tener que pagar el consumo de gasolina con cheque nominativo? Durante los meses de enero a noviembre de 2005, los pagos de combustible cuyo monto exceda de $2, (dos mil pesos) se efectuarán mediante cheque nominativo del contribuyente. A partir del 1 de diciembre de 2005 el pago deberá realizarse mediante cheque nominativo independientemente del monto de su compra. Fundamento legal: Art. 31, fracción III Segundo párrafo de la LISR y Regla de la CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Se podrán seguir utilizando los vales de gasolina? El pago de los gastos por consumos de combustibles mediante vales de gasolina serán deducibles hasta el 30 de noviembre de Después de esa fecha no serán validos para la deducción. Fundamento legal: Art. Quinto Transitorio CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Cuáles son los requisitos para hacer deducible el consumo de gasolina? Los principales requisitos son, entre otros: Que sea estrictamente indispensable para los fines de su actividad. Que esté amparado con documentos que reúna los requisitos fiscales relativos a la identidad y domicilio de quien la expida, así como de quien la adquiera. Que el pago se efectúe mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, monedero electrónico o traspaso de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa. Como alternativa, en sustitución de la factura, podrá comprobarse el gasto con los estados de cuenta originales emitidos por las empresas
8 que expidan monederos electrónicos autorizados por el SAT para comprar combustibles. Estar debidamente registrado en contabilidad y que sea restado una sola vez. Que el impuesto al valor agregado IVA se traslade en forma expresa y por separado en los comprobantes correspondientes. Fundamento legal: Art. 31 fr. I, III, IV, VII LISR. 7. Cuando se utilicen medios de pago distintos del cheque, el titular de los mismos debe ser el contribuyente o puede ser un tercero? El segundo párrafo del Artículo 31 fr. III de la LISR sólo especifica que el cheque nominativo deberá ser del contribuyente; sin embargo, a través del Artículo 35 del Reglamento del Ley del Impuesto sobre la Renta se regulan las erogaciones a través de un tercero, en cuyo caso los fondos necesarios se deben entregar a éste expidiendo cheques nominativos a su favor o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa. Por lo anterior, los medios de pago adicionales distintos al cheque, podrán ser del contribuyente o del tercero que realice los pagos por su cuenta, siempre que estén amparados con la documentación que reúna los requisitos del propio Artículo 31 fr. III de la LISR. Fundamento legal: Art. 31 fr. III segundo párrafo LISR y 35 RISR. 8. Qué es un monedero electrónico? Se entiende como monedero electrónico, cualquier dispositivo en forma de tarjeta plástica, asociado a un sistema de pagos, que sean emitidos por personas físicas o morales. Dichos sistemas de pagos deben proporcionar, por lo menos, los servicios de liquidación y compensación de los pagos que se realicen entre los contribuyentes obligados, los emisores de los monederos electrónicos y los enajenantes de combustible. Fundamento legal: R de la CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Qué características deben cumplir los monederos electrónicos autorizados por el SAT?
9 Los monederos electrónicos deben incorporar mecanismos de validación de la identificación del portador del mismo, los cuales deberán incluir, por lo menos, la autenticación del portador mediante un Número de Identificación Personal (NIP). Los protocolos de seguridad del emisor del monedero electrónico, deberá contemplar que el NIP sea digitado por el portador de la tarjeta, directamente en las terminales que, para leer y procesar los monederos electrónicos, se habiliten en los puntos de venta. Los emisores de los monederos electrónicos deberán concentrar la información de las operaciones que se realicen por ese medio en un banco de datos que reúna elementos de seguridad e inviolabilidad. Fundamento legal: R y CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Dónde se consulta la relación de empresas expendedoras de monederos electrónicos autorizados por el SAT? Se da a conocer en la página de Internet del SAT., el nombre, la denominación o razón social de las empresas autorizadas para emitir los monederos electrónicos, así como los datos de aquellas a quienes se les haya revocado la autorización. Fundamento legal: R y CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Existe prórroga para permitir que se establezca la infraestructura necesaria en todas las gasolineras aún no cuentan con equipo para recibir el pago del combustible con tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o monedero electrónico? No; esta disposición entra en vigor el 1 de diciembre de Fundamento legal: R CUARTA Resolución de Modificaciones a la RMF para Es deducible el costo de las tarjetas de servicios proporcionadas a sus trabajadores para realizar la deducción del combustible? Su costo es deducible siempre que el gasto efectuado en la adquisición del combustible sea estrictamente indispensable para los fines de su actividad y se cumplan los demás requisitos fiscales.
10 Fundamento legal: Art. 31 fr. I y 172 fr. I LISR. 13. Una persona física para poder deducir la gasolina también tiene que pagar con cheque, tarjeta o monedero? Sí; siempre y cuando su régimen fiscal permita e hacer este tipo de deducciones. Por ejemplo, las que obtienen ingresos por honorarios o actividades empresariales, entre otras. Fundamento legal: Art. 125, último párrafo en relación con el Art. 31, fracción III de la Ley del ISR. 14. En zonas rurales en las que las gasolineras no cuenten con la infraestructura necesaria para recibir el pago de la gasolina con monedero electrónico, tarjeta de crédito, debito o cheque, el pago el combustible puede deducirse de impuestos? No; cuando el pago de combustible se realiza mediante un medio distinto a los señalados en el artículo 31, fracción III de la LISR, no podrá deducir el gasto para efectos fiscales. Salvo en áreas rurales que no cuenten con servicios bancarios las autoridades fiscales podrán liberar de dicha obligación, previa solicitud de los interesados. Fundamento legal: Artículo 31, fracción III antepenúltimo párrafo de la LISR y 34 del CFF
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