SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS con OK MARKET S.A. okeey.cl. Causa Rol N

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS con OK MARKET S.A. okeey.cl. Causa Rol N"

Transcripción

1 SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS con OK MARKET S.A. okeey.cl Causa Rol N de diciembre de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias por Nombres de Dominio.CL y en la Reglamentación para el funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio.CL, en adelante e indistintamente el Procedimiento, se notificó al infrascrito su nombramiento como árbitro en el conflicto suscitado con motivo de la solicitud de revocación del nombre de dominio okeey.cl, siendo partes en este litigio, como actual asignatario del nombre de dominio, SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS, y, como solicitante de revocación, OK MARKET S.A. SEGUNDO: Que, el suscrito aceptó el cargo con fecha 7 de julio de 2017, lo que se notificó a las partes y a NIC Chile según consta en autos. TERCERO: Que, consta en autos que el solicitante de revocación ha cumplido con las cargas procesales que le corresponden. CUARTO: Que, dentro de plazo, el solicitante de revocación presentó la demanda arbitral por revocación de nombre de dominio, alegando en lo medular lo siguiente: - Los establecimientos comerciales OK, de OK MARKET S.A. forman parte de una famosa cadena de tiendas de conveniencia ubicadas en las regiones Metropolitana, del Bio Bio y Los Ríos. La idea que subyace a esta reconocida cadena, que forma parte del grupo empresarial SMU, es la de prestar un

2 servicios de venta de provisiones y mercaderías de primera necesidad de una manera fácil, asequible y siempre cerca del hogar. Así, OK Market cuenta con decenas de locales emplazados en distintos lugares de las comunas en las regiones en que tiene presencia, garantizando siempre el acceso expedito y eficiente a sus servicios. - La revocante es titular de los siguientes registros marcarios: Registro N , OKEY denominativa, clases 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34. Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27,28 y 31. Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 y 31. Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 y 31. Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 Y 31. Registro N , OK mixta, clases 02, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20,21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33 y 34 Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 y 31. Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 y 31.

3 Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 y 31. Registro N , OK mixta, clase 31. Registro N , OK mixta, clases 1, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 30, 31 y 33. Registro N , OK mixta, clases 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27, 28 y La revocante es titular de registros de marca comercial para la expresión OKEY y OK, sosteniendo que dichos registros de marca son una poderosa muestra del mejor derecho que le asiste respecto del nombre de dominio OKEEY.CL, pues su marca comercial registrada se encuentra fonéticamente reproducida en dicho nombre de dominio, con el riesgo de error y confusión que tal circunstancia implica para los usuarios de Internet, y el consecuente perjuicio que le ocasionaría. - OKEY es una famosa marca utilizada y registrada por la actora, por lo que su uso o aprovechamiento por parte de un tercero le causará un grave perjuicio. - La actual titular del nombre de dominio en disputa OKEEY.CL registró a su nombre, como dominio, una virtual reproducción de la marca comercial registrada de la revocante sin incorporar ningún elemento diferenciador. En efecto, el dominio solicitado simplemente añade otra letra E entre medio de la marca OKEY, manteniéndose intacta la similitud gráfica, y patente la identidad fonética. - Sostiene que el nombre de dominio en disputa no posee individualidad propia y el mismo es portador de un altísimo riesgo de confusión con la marca OKEY, de OK MARKET S.A. - Hace presente que la función básica de todo nombre de dominio es aquella consistente en poder identificar e individualizar correctamente a cada usuario de Internet, función que, en caso de mantenerse la asignación del dominio

4 en disputa en el actual titular, no se estaría cumpliendo. Así, afirma la revocante que es precisamente ella quien se relaciona más estrechamente con el dominio en disputa, teniendo un interés preferente sobre éste fundado en la titularidad de marcas comerciales y nombres de dominio, y en definitiva, en el derecho a proteger la identidad de su reconocida marca OKEY. - Indica que la inscripción del nombre de dominio por el actual titular, vulneraría la protección a los derechos válidamente adquiridos por terceros que reconoce el artículo 14 del Reglamento. - Señala que la doctrina y jurisprudencia del ramo es conteste en señalar que marcas y nombres de dominio comparten un sinnúmero de aspectos, características y propósitos que permiten afirmar que éstos últimos, además de la función técnica que cumplen, tienen un rol fundamental como identificadores del origen de los diversos bienes o servicios que se ofrecen vía Internet, buscando evitar que los consumidores caigan en errores o confusión con respecto a ellos, facilitando así el comercio. - En atención a que OK Market S.A. cuenta con los registros marcarios para las expresiones OKEY y OK, las que se encuentran reproducidas en el nombre de dominio en disputa, sin que se haya incorporado ningún elemento diferenciador suficiente y adecuado; marcas que además gozan de amplio reconocimiento y notoriedad en el mercado nacional, se le debe asignar el nombre de dominio en disputa, en virtud del criterio de titularidad de marcas comerciales y su relación con los nombres de dominio. - Lo anterior, se encuentra respaldado en la normativa de ICANN, OMPI y el artículo 20 del Reglamento de Nic Chile. - Afirma que, en virtud de del criterio de notoriedad del signo inscrito como dominio, el titular de un nombre de dominio debe ser la parte que le ha conferido fama, notoriedad y prestigio a dicho signo. En este sentido, las marcas notorias, esto es, las reconocidas por la mayoría de la población en un lugar determinado, son objeto de una especial protección, la que se amplía más allá de los productos o servicios cubiertos por la misma marca.

5 - En este sentido, la revocante sostiene que utiliza efectiva y profusamente la expresión OK en el mercado, otorgándole fama y notoriedad, siendo reconocida por los usuarios y consumidores, debiéndosele asignar, por tanto, el nombre de dominio en disputa. - Indica que quien ha creado una denominación, puede protegerla de terceros que se pretenden aprovechar de ella. Habiendo invertido grandes sumas de dinero en infraestructura, personal y otra serie de bienes intangibles, siendo el nombre con el cual son conocidos e identificados sus servicios y productos, uno de sus activos más importantes. Los signos OK y OKEY son marcas usadas, acuñadas y registradas por la revocante, por lo que no se debe permitir que terceros no relacionados puedan hacer uso y goce de ellas, sin autorización alguna. - Solicita se considere el uso efectivo que efectúa de la expresión OK. Lo anterior, puede apreciarse al ingresar al sitio para advertir que en él se utiliza profusamente dicha marca. - Señala, a su vez, que las búsquedas realizadas por el término OK en Google, se relacionan inmediatamente con ella, por lo que induce al usuario de la misma manera a realizar suerte de vinculación entre la página web eventual del demandado y su marca registrada, al ser fonéticamente idénticos los términos OK y OKEY y el nombre de dominio en disputa. - Sostiene que, en virtud del Convenio de París, debe otorgarse una especial protección a las marcas notoriamente conocidas, como sería el caso de sus registros marcarios. - La solicitante de revocación acompañó los siguientes documentos: 1. Copia de su poder para actuar. 2. Copia simple de los certificados de registros marcarios respecto de los signos OK y OKEY. 3. Impresión de página web de LA TERCERA que da cuenta de la noticia sobre el bajo nivel de inglés en Chile. 4. Impresiones del portal que da cuenta del uso de la marca OK y OKEY por OKEY MARKET S.A.

6 5. Impresión de GOOGLE TRENDS, que señala las búsquedas asociadas relacionadas al término OK. 6. Impresiones del portal google.cl para las búsquedas de los términos OK y OKEI MARKET, que dan cuenta del uso en internet del término OKEY. 7. Copia de los fallos arbitrales sobre los nombres de dominio promain.cl y colocolodetodos.cl QUINTO: Que, este Tribunal tuvo por interpuesta la demanda de revocación, por acompañados los documentos presentados, y dio traslado de la presentación al actual asignatario del nombre de dominio. SEXTO: Que el actual titular evacuó el traslado conferido alegando, en lo medular, lo siguiente: - OKEEY SPA es una Micro empresa de Servicio de Diseño de Muebles y Pérgolas, constituida el 19 de mayo de Se constituyó la empresa Okeey SpA con ayuda del sitio sitio patrocinado por el Gobierno de Chile, que busca y fomenta el emprendimiento. - Se efectuó el Inicio de actividades ante el S.I.I.; Obtención de RUT ante notario, pago de patente municipal (en trámite) - Todas estas actividades demuestran el uso e inscripción del nombre de dominio en disputa, lo que en la doctrina del derecho civil se denomina una conducta concluyente, dirigida inequívocamente a utilizarlo para la realización de una actividad lícita y de buena fe. - Indica que el dominio se está utilizando con la intención auténtica de ofrecer servicios bajo ese nombre, o, que el asignatario del nombre de dominio sea comúnmente conocido por ese nombre. - Lo anterior deja en claro que bajo ninguna circunstancia se ha inscrito el nombre de dominio con el propósito principal de venderlo, arrendarlo u otra forma de transferir la inscripción del nombre de dominio a un tercero.

7 - El nombre Okeey resulta de la expresión de satisfacción de un cliente al cerrar el trato y estar de acuerdo con el servicio prestado y las condiciones comerciales. - Para la creación de la empresa, se asistió al centro de desarrollo de negocios de Valparaíso, perteneciente al CERCOTEC, quienes sugirieron una mayor presencia en las redes sociales e Internet. - Con el fin de otorgar una plataforma electrónica lo cual es indispensable para cualquier proyecto de un emprendedor, se inscribió de buena fe el dominio Okeey.cl (este dominio estaba disponible según lo indicado en Nic.cl), Okeey.cl es sencillo y fácil de recordar, siendo estos elementos esenciales a tener en consideración para posicionar de buena manera una página web y así tener un real impacto en el negocio. - Indica que el nombre de dominio permitirá dar a conocer sus servicios a través de internet, proveer de información técnica a los potenciales clientes, permitiéndoles una comunicación fluida y un rápido contacto, el sitio ya está implementado con su primera versión, además ya se implementaron correos corporativos ventas@okeey.cl que le otorgan una seriedad indispensable a cualquier actividad. Es de conocimiento público, que tener una página web para difundir y promocionar un negocio comercial se ha convertido en un elemento fundamental para el desarrollo de cualquier actividad económica, siendo imposible concebir un comercio exitoso que no tenga presencia en la web, en la que conviven todo tipo de actividades. - Asimismo, señala que ha invertido en Contratación de servicio de hosting; Contratación del servicio de diseño web; Diseño del logotipo de la empresa, confección de tarjetas de presentación y volantes, lo que le otorga una gran distintividad y así evitar la confusión con otras personas y marcas - Señala que es imposible que se genere conflictos con la actora, toda vez que los rubros de cada empresa son completamente distintos, por lo tanto, jamás se generaría algún tipo de confusión en un visitante al sitio por asociación. El dominio Okeey.cl está asociado a un servicio de diseño de muebles y pérgolas a la medida y diseño exclusivo del visitante, en donde nada se

8 suministra por catálogo, muy distinto al rubro de ventas por catálogo de un supermercado. - Señala que la expresión ok es común y no puede ser registrada, tampoco existiendo una prohibición de su uso. Para tales efectos, señala que existen diversos sitios web que hacen uso de la expresión en cuestión, a saber: 1. : Empresa editorial y comercial enfocada en el desarrollo de sitios : Empresa de servicio de Lava secos y lavandería 3. : Sitio para generar Memes 4. : Sitio en venta - Otros sitios similares a okmarket.cl son: En la página de Nic Chile se pueden encontrar al menos 100 dominios registrados que comienzan con ok y no pertenecen a ok Market S.A. Señala que los nombres de dominio y las marcas registradas son distintas, no teniendo una vinculación entre una y otra necesariamente, lo que se vería respaldado por la jurisprudencia arbitral. - El actual titular acompañó al proceso los siguientes documentos: 1. Copia simple de certificado de constitución de OKEEY SpA. 2. Certificado del centro de desarrollo de negocios de Valparaíso. 3. Sentencia Rol Nic N Sentencia Rol Nic N 1552, en el conflicto por el nombre de dominio fagservicios.cl 5. Captura de pantalla de la página web de nic.cl SÉPTIMO: Que, atendiendo el mérito del proceso, este Tribunal citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: OCTAVO: Que, atendido a que los documentos acompañados por las partes no han sido objetados, y han sido presentados en tiempo y forma, se tendrán por reconocidos para todos los efectos probatorios en esta causa.

9 NOVENO: Que, el solicitante de la revocación cumplió con todas las cargas ordenadas por el Tribunal y practicó las presentaciones dentro del plazo estipulado, demandando la revocación del nombre de dominio okeey.cl, argumentando en lo medular y sustancial que en el caso de autos posee un interés preferente respecto al nombre de dominio en conflicto, toda vez que éste es similar a las marcas comerciales de su representada, buscando el actual titular, inducir a error o engaño a los clientes del solicitante de revocación, aprovechándose del prestigio de la marca comercial OK. DÉCIMO: Que, el objeto de este proceso consiste en determinar si en la especie se cumplen o no los requisitos para que, de conformidad con el título "De las Revocaciones de Dominio", artículos 18 y siguientes del Procedimiento, tenga lugar la revocación del nombre de dominio okeey.cl, lo que, en la especie, deberá ser establecido por este árbitro a través de los dichos y pruebas aportadas por el solicitante de la revocación y el actual asignatario. UNDÉCIMO: Que, de acuerdo a las disposiciones ya singularizadas, el caso que nos ocupa consiste en una revocación denominada temprana, esto significa que el revocante puede invocar un interés preferente, bastando que se acrediten derechos preferentes al dominio, por una parte para que éste le sea asignado. DÉCIMO SEGUNDO: Que, siendo efectivo que SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS es el actual titular, este sentenciador ha señalado reiteradamente en su jurisprudencia que el principio first come, first served es precisamente un principio, mas no un derecho, únicamente orientador en idéntica situación de relevancia de los intereses que se pretende satisfacer, por lo que corresponderá avocarse al análisis del fondo de los mismos. DÉCIMO TERCERO: Que, en relación con el solicitante de revocación, queda acreditado a través de los argumentos planteados y la documentación acompañada

10 que es titular de la marca OK y OKEY, según consta en los Registros respectivos. De lo señalado, y de sus propios dichos se desprende que su interés en la asignación del nombre de dominio es obtener protección de su signo distintivo y evitar la confusión de los consumidores y usuarios. DÉCIMO CUARTO: Que, como ha sostenido este sentenciador en su jurisprudencia uniforme, el antecedente marcario no debe ser considerado como único ni decisivo para efectos de resolver los conflictos surgidos de las inscripciones de nombres de dominio, pero sí debe ser correctamente sopesado a la hora de determinar un mejor derecho sobre ellos. DÉCIMO QUINTO: Que, la importancia primordial de los nombres de dominio es la de identificar un determinado producto, servicio, organización o cualquier tipo de sistema social en la Web, en forma rápida y precisa, a fin de evitar que las personas en general y los consumidores en particular, de los productos y servicios cuya información se recaba a través de Internet, experimenten confusión sobre la procedencia, calidad y características o condiciones de los mismos. DÉCIMO SEXTO: Que, asignar el nombre de dominio okeey.cl al solicitante de revocación con la sola finalidad de proteger su signo distintivo, el que se conforma por la expresión OK o OKEY, que protege la venta de diversos productos de las más diversas clases y que dice relación con la actividad que desarrolla la revocante como supermercado, no habiendo a juicio de este sentenciador una amenaza real de dilución marcaria o confusión, constituiría implícitamente otorgar una exclusividad respecto de toda expresión derivada del vocablo OK, lo que no resulta prudente considerando que en el mercado pueden coexistir, como ocurre efectivamente, distintos agentes que ostenten la titularidad de diversos registros marcarios y nombres de dominio que incorporen la expresión OK, debiendo tenerse especialmente presente su extensivo uso por diversos agentes dentro del mercado y como expresión lingüística de afirmación común. A mayor abundamiento, si cada una de las partes efectúa su propia inversión en publicidad y una actividad

11 comercial real y lícita dentro de sus respectivos rubros, que se diferencia de la actividad y campo en que se desenvuelve su contraparte, ambos debieran tener derecho a utilizar la expresión en cuestión y sus derivados, según corresponda. El caso de autos se encuadra dentro de lo señalado anteriormente, siendo la actividad que se encuentra desarrollando el actual titular totalmente diversa y amparada por un sustento comercial que este sentenciador estima real. DÉCIMO SEPTIMO: Que, además, siendo el interés que alienta al primer solicitante el obtener un signo distintivo con el cual identificar en la web la actividad que desempeña en el rubro del diseño de muebles y pérgolas a la medida, este sentenciador estima que, por muy lícito que sea el fin que persigue con su solicitud el revocante, atendida las consideraciones precedentes, éste no puede en caso alguno preferirse al legítimo interés de su contraparte. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 636 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, el Procedimiento de Nic Chile y demás normas legales pertinentes. RESUELVO: Se rechaza la demanda de revocación deducida por parte de OK MARKET S.A, en contra de SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS, actual asignatario del nombre de dominio. Manténgase la actual asignación del nombre de dominio okeey.cl a nombre de SOLANGE NATALIE JOEL SALINAS Comuníquese a NIC Chile para su inmediato cumplimiento.

12 Resolvió Cristián Saieh Mena,. Autorizan los testigos Francisco Javier Vergara Diéguez y Sebastián Matías Contreras Pizarro.

LA GRAN GUIA S A. con. revocación, AGROINDUSTRIAL SIRACUSA S.A. auraxd.cl. Causa Rol N 4136

LA GRAN GUIA S A. con. revocación, AGROINDUSTRIAL SIRACUSA S.A. auraxd.cl. Causa Rol N 4136 LA GRAN GUIA S A. con AGROINDUSTRIAL SIRACUSA S.A. auraxd.cl Causa Rol N 4136 10 de junio de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de

Más detalles

Maria Luisa Aghemio Romero con CIMENTA, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION S.A. cimientochile.cl. Causa Rol N 4198

Maria Luisa Aghemio Romero con CIMENTA, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION S.A. cimientochile.cl. Causa Rol N 4198 Maria Luisa Aghemio Romero con CIMENTA, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION S.A. cimientochile.cl Causa Rol N 4198 22 de junio de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

AVICOLA CAMPO LINDO E.I.R.L. con INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A. avicolacampolindo.cl. Causa Rol N

AVICOLA CAMPO LINDO E.I.R.L. con INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A. avicolacampolindo.cl. Causa Rol N AVICOLA CAMPO LINDO E.I.R.L. con INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A. avicolacampolindo.cl Causa Rol N 15.527 3 de agosto de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política

Más detalles

DISTRIBUIDORA NACIONAL DE ROPA SPA con MARUBENI HOLDING LIMITADA. ndc.cl. Causa Rol N 12965

DISTRIBUIDORA NACIONAL DE ROPA SPA con MARUBENI HOLDING LIMITADA. ndc.cl. Causa Rol N 12965 DISTRIBUIDORA NACIONAL DE ROPA SPA con MARUBENI HOLDING LIMITADA. ndc.cl Causa Rol N 12965 7 de marzo de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución

Más detalles

Francisco Arriaza. con NOVA BRANDS SA. novalact.cl. Causa Rol N 2683

Francisco Arriaza. con NOVA BRANDS SA. novalact.cl. Causa Rol N 2683 Francisco Arriaza con NOVA BRANDS SA novalact.cl Causa Rol N 2683 13 de marzo de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias

Más detalles

Flavio Teofilo con. Crysler Group LLC. chryslerjeepdodgeram.cl. Causa Rol N 4192

Flavio Teofilo con. Crysler Group LLC. chryslerjeepdodgeram.cl. Causa Rol N 4192 Flavio Teofilo con Crysler Group LLC chryslerjeepdodgeram.cl Causa Rol N 4192 22 de junio de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de

Más detalles

Hibu Chile S.A. con LABORATORIOS LAFI LIMITADA. valpin.cl. Causa Rol N 4078

Hibu Chile S.A. con LABORATORIOS LAFI LIMITADA. valpin.cl. Causa Rol N 4078 Hibu Chile S.A. con LABORATORIOS LAFI LIMITADA valpin.cl Causa Rol N 4078 3 de junio de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias

Más detalles

SOCIEDAD PRODUCTORA DE MEDIOS AUDIOVISUALES KAWESQAR COMUNICACIONES CHILE LTDA. con CONSTRUMART S.A. contrumar.cl.

SOCIEDAD PRODUCTORA DE MEDIOS AUDIOVISUALES KAWESQAR COMUNICACIONES CHILE LTDA. con CONSTRUMART S.A. contrumar.cl. SOCIEDAD PRODUCTORA DE MEDIOS AUDIOVISUALES KAWESQAR COMUNICACIONES CHILE LTDA. con CONSTRUMART S.A. contrumar.cl Causa Rol N 8560 2 de junio de 2016 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad

Más detalles

Ariel Leandro Orellana Queupul con. Ayerische Motoren Werke Aktiengesellschaft. clubmini.cl. Causa Rol N 4208

Ariel Leandro Orellana Queupul con. Ayerische Motoren Werke Aktiengesellschaft. clubmini.cl. Causa Rol N 4208 Ariel Leandro Orellana Queupul con Ayerische Motoren Werke Aktiengesellschaft clubmini.cl Causa Rol N 4208 26 de junio de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en

Más detalles

INVERSIONES HEVM LIMITADA con VTR COMUNICACIONES SPA. vetermovil.cl. Causa Rol N

INVERSIONES HEVM LIMITADA con VTR COMUNICACIONES SPA. vetermovil.cl. Causa Rol N INVERSIONES HEVM LIMITADA con VTR COMUNICACIONES SPA. vetermovil.cl Causa Rol N 17.992 29 de diciembre de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de

Más detalles

DIEGO GARCIA con. revocación, INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA NOEMI LIMITADA. capitalizarmerent.cl. Causa Rol N

DIEGO GARCIA con. revocación, INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA NOEMI LIMITADA. capitalizarmerent.cl. Causa Rol N DIEGO GARCIA con INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA NOEMI LIMITADA. capitalizarmerent.cl Causa Rol N 16.478 16 de octubre de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en

Más detalles

SDI LIMITADA con. revocación, SERVICIOS DE INGENIERÍA IMA S.A.. sdiglobal.cl. Causa Rol N 6238

SDI LIMITADA con. revocación, SERVICIOS DE INGENIERÍA IMA S.A.. sdiglobal.cl. Causa Rol N 6238 SDI LIMITADA con SERVICIOS DE INGENIERÍA IMA S.A. sdiglobal.cl Causa Rol N 6238 20 de octubre de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución

Más detalles

Hibu Chile S.A. con. MULTITIENDAS CORONA S.A. Rep. SARGENT & KRAHN. transportescoronadelinca.cl. Causa Rol N 4092

Hibu Chile S.A. con. MULTITIENDAS CORONA S.A. Rep. SARGENT & KRAHN. transportescoronadelinca.cl. Causa Rol N 4092 Hibu Chile S.A. con MULTITIENDAS CORONA S.A. Rep. SARGENT & KRAHN transportescoronadelinca.cl Causa Rol N 4092 10 de junio de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

PEDRO DIAZ GIRAUDO con. revocación, SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORIAS IBAÑEZ LIMITADA. defensadeudoreschile.cl. Causa Rol N 18.

PEDRO DIAZ GIRAUDO con. revocación, SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORIAS IBAÑEZ LIMITADA. defensadeudoreschile.cl. Causa Rol N 18. PEDRO DIAZ GIRAUDO con SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORIAS IBAÑEZ LIMITADA. defensadeudoreschile.cl Causa Rol N 18.747 27 de febrero de 2018 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo

Más detalles

INMOBILIARIA PUERTO MADERO con ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V. masclaroque.cl. Causa Rol N 5089

INMOBILIARIA PUERTO MADERO con ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V. masclaroque.cl. Causa Rol N 5089 INMOBILIARIA PUERTO MADERO con ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V. masclaroque.cl Causa Rol N 5089 3 de agosto de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

INTORE LTDA. con GROUPON, INC. groupón.cl. Causa Rol N 2695

INTORE LTDA. con GROUPON, INC. groupón.cl. Causa Rol N 2695 INTORE LTDA con GROUPON, INC. groupón.cl Causa Rol N 2695 3 de marzo de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias por Nombres

Más detalles

solicitante, REPRESENTANTE LEGAL (SOCIEDAD COMERCIAL MEDINA E

solicitante, REPRESENTANTE LEGAL (SOCIEDAD COMERCIAL MEDINA E Foja 124 REPRESENTANTE LEGAL (SOCIEDAD COMERCIAL MEDINA E HIJOS LIMITADA) con SOCOMEC S.A. REP. SARGENT & KRAHN, (SARGENT Y KRAHN PROCURADORES INTERNACIONALES DE PATENTES Y MARCAS LTDA) socome.cl Causa

Más detalles

Cerveceria Chile SA con. SOCIEDAD DE CREDITOS COMERCIALES S.A.. Rep. Sargent & Krahn. coronasunsets.cl. Causa Rol N 8431

Cerveceria Chile SA con. SOCIEDAD DE CREDITOS COMERCIALES S.A.. Rep. Sargent & Krahn. coronasunsets.cl. Causa Rol N 8431 Cerveceria Chile SA con SOCIEDAD DE CREDITOS COMERCIALES S.A.. Rep. Sargent & Krahn coronasunsets.cl Causa Rol N 8431 2 de mayo de 2016 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

MAURICIO VIVES GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA con HYUNDAI MOTOR COMPANY (BEUCHAT BARROS Y PFENNIGER DOS S.A.) matriks.cl Causa Rol N

MAURICIO VIVES GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA con HYUNDAI MOTOR COMPANY (BEUCHAT BARROS Y PFENNIGER DOS S.A.) matriks.cl Causa Rol N Foja 102 MAURICIO VIVES GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA con HYUNDAI MOTOR COMPANY (BEUCHAT BARROS Y PFENNIGER DOS S.A.) matriks.cl Causa Rol N 93-2013 Santiago, 26 de diciembre de 2013 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

Más detalles

STEFANO BARBIERI con VORWERK INTERNATIONAL AG. bimbi.cl. Causa Rol N 11716

STEFANO BARBIERI con VORWERK INTERNATIONAL AG. bimbi.cl. Causa Rol N 11716 STEFANO BARBIERI con VORWERK INTERNATIONAL AG. bimbi.cl Causa Rol N 11716 13 de enero de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias

Más detalles

manualdelaconstruccion.cl Causa Rol N

manualdelaconstruccion.cl Causa Rol N Foja 55 SYLVIA SOLANGE BURGOS MORALES con JOHANSSON Y LANGLOIS LIMITADA REPRESENTANDO A CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN AG (CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN AG) manualdelaconstruccion.cl Causa Rol N

Más detalles

JAVIER VELOZO ALCAIDE

JAVIER VELOZO ALCAIDE Santiago, ocho de abril de dos mil dieciséis. NOMBRE DE DOMINIO EN CONTROVERSIA siremlimitada.cl TITULAR Mitzi López Iglesias REVOCANTE Pricewaterhousecoopers Consultores Auditores y Compañía Limitada

Más detalles

JUAN LUIS ASTUDILLO SANTANA con THE COCA-COLA COMPANY. cocacolamusic.cl. Causa Rol N

JUAN LUIS ASTUDILLO SANTANA con THE COCA-COLA COMPANY. cocacolamusic.cl. Causa Rol N JUAN LUIS ASTUDILLO SANTANA con THE COCA-COLA COMPANY. cocacolamusic.cl Causa Rol N 15.707 25 de agosto de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de

Más detalles

JUAN LUIS ASTUDILLO SANTANA con THE COCA-COLA COMPANY. coca-colamusic.cl. Causa Rol N

JUAN LUIS ASTUDILLO SANTANA con THE COCA-COLA COMPANY. coca-colamusic.cl. Causa Rol N JUAN LUIS ASTUDILLO SANTANA con THE COCA-COLA COMPANY. coca-colamusic.cl Causa Rol N 15.707 5 de septiembre de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política

Más detalles

Cristian arancibia villanueva. con COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. agrolan.cl.

Cristian arancibia villanueva. con COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. agrolan.cl. Cristian arancibia villanueva con COMPAÑIA INDUSTRIAL EL VOLCAN S.A., REP. POR ALESSANDRI & COMPAÑÍA LTDA. agrolan.cl Causa Rol N 6304 10 de noviembre de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que,

Más detalles

En Santiago de Chile, a 8 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 8 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 8 de agosto de 2014.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 19518 de fecha 28 de abril de 2014 me notificó de la designación como

Más detalles

David Araya Vallejos con ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES Y FRANQUICIAS S.A. mizuchirolls.cl. Causa Rol N 6283

David Araya Vallejos con ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES Y FRANQUICIAS S.A. mizuchirolls.cl. Causa Rol N 6283 David Araya Vallejos con ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES Y FRANQUICIAS S.A. mizuchirolls.cl Causa Rol N 6283 6 de noviembre de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

solicitante, DEPARTAMENTO DE DESARROLLO, CARLOS ALFREDO LÓPEZ

solicitante, DEPARTAMENTO DE DESARROLLO, CARLOS ALFREDO LÓPEZ Foja 31 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO, CARLOS ALFREDO LÓPEZ VALENZUELA con JOHANSSON Y LANGLOIS LIMITADA REPRESENTANDO A CARVAJAL S.A., UNA SOCIEDAD DOMICILIADA EN CALI, COLOMBIA luminas.cl Causa Rol N 64-2013

Más detalles

IMPORTADORA KUBAYOFF LIMITADA con. MALETAS CHILE SpA. maletasdechile.cl. Causa Rol N

IMPORTADORA KUBAYOFF LIMITADA con. MALETAS CHILE SpA. maletasdechile.cl. Causa Rol N IMPORTADORA KUBAYOFF LIMITADA con MALETAS CHILE SpA maletasdechile.cl Causa Rol N 19.320 14 de marzo de 2018 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución

Más detalles

DAVID SCHUEFTAN. con AMERICAN DJ SUPPLY, INC. adj.cl. Causa Rol N 2155

DAVID SCHUEFTAN. con AMERICAN DJ SUPPLY, INC. adj.cl. Causa Rol N 2155 DAVID SCHUEFTAN con AMERICAN DJ SUPPLY, INC. adj.cl Causa Rol N 2155 3 de marzo de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución de Controversias

Más detalles

En Santiago de Chile a 2 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 2 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 2 de junio de 2004.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO3434 de fecha 1 de marzo de 2004 me notificó de la designación como árbitro

Más detalles

En Santiago de Chile, a 3 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 3 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 3 de junio de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 17723 de fecha 4 de marzo de 2013 me notificó de la designación como

Más detalles

1) Que, por oficio de fecha 24 de marzo de 2015, el Centro

1) Que, por oficio de fecha 24 de marzo de 2015, el Centro Fallo por Arbitraje de dominio "Cruz-del-sur.cl" Rol N 15290 Santiago, trece de junio de año dos mil quince. VISTOS: 1) Que, por oficio 201703241219-15290 de fecha 24 de marzo de 2015, el Centro de Resolución

Más detalles

En Santiago de Chile, a 18 de marzo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 18 de marzo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 18 de marzo de 2014.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 18880 de fecha 25 de noviembre de 2014 me notificó de la designación

Más detalles

En Santiago de Chile a 27 de marzo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 27 de marzo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 27 de marzo de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 16910 de fecha 9 de noviembre de 2012 me notificó de la designación como

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO gas-mar.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO gas-mar.cl 45 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO gas-mar.cl Santiago, 31 de marzo de dos mil ocho.- VISTOS: Con fecha 13 de agosto de dos mil ocho, gerente (Gaspar Alberto

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veinticuatro de junio del año dos mil diecisiete.

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veinticuatro de junio del año dos mil diecisiete. CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a veinticuatro de junio del año dos mil diecisiete. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número quince mil novecientos veintitrés del año dos

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veinticinco de junio del año dos mil diecisiete.

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veinticinco de junio del año dos mil diecisiete. CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a veinticinco de junio del año dos mil diecisiete. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número quince mil seiscientos once del año dos mil

Más detalles

KAREN FABIOLA BETANCUR DELGADO con CENCOSUD RETAIL S.A. Rep SARGENT & KRAHN. alanizproducciones.cl. Causa Rol N 1672

KAREN FABIOLA BETANCUR DELGADO con CENCOSUD RETAIL S.A. Rep SARGENT & KRAHN. alanizproducciones.cl. Causa Rol N 1672 KAREN FABIOLA BETANCUR DELGADO con CENCOSUD RETAIL S.A. Rep SARGENT & KRAHN alanizproducciones.cl Causa Rol N 1672 29 de enero de 2015 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

En Santiago de Chile, a 15 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 15 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 15 de mayo de 2012.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO15702 de fecha 29 de diciembre de 2011 me notificó de la designación

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veintiocho de junio del año dos mil diecisiete.

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veintiocho de junio del año dos mil diecisiete. CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a veintiocho de junio del año dos mil diecisiete. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número dieciséis mil siete del año dos mil diecisiete,

Más detalles

En Santiago, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete VISTO Y TENIENDO PRESENTE: I. Identificación de las partes y procedimiento Con fecha 24 de

En Santiago, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete VISTO Y TENIENDO PRESENTE: I. Identificación de las partes y procedimiento Con fecha 24 de 1 En Santiago, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete VISTO Y TENIENDO PRESENTE: I. Identificación de las partes y procedimiento Con fecha 24 de julio de 2017 se creó el expediente electrónico rol

Más detalles

En Santiago de Chile a 2 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 2 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 2 de agosto de 2007.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO7463 de fecha 3 de mayo de 2007 me notificó de la designación como árbitro

Más detalles

En Santiago de Chile, a 8 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 8 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 8 de agosto de 2014.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 19631 de fecha 28 de abril de 2014 me notificó de la designación como

Más detalles

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro Sentencia definitiva Juicio por nombre de dominio cuentaschile.cl Expediente Rol N 17273-2017 Santiago, 20 de septiembre de 2017 VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 23 de junio de 2017, el Departamento de Ciencias

Más detalles

JAVIER VELOZO ALCAIDE

JAVIER VELOZO ALCAIDE Santiago, diez de junio de dos mil diecisiete. NOMBRE DE DOMINIO EN CONTROVERSIA oscamchile.cl TITULAR Oscar Toro Martínez REVOCANTE CAM CHILE S.A. TIPO DE REVOCACIÓN Temprana EXPEDIENTE Nº 15845 VISTOS:

Más detalles

FELIPE ALEJANDRO URCELAY VIDAL v. LABORATORIOS RECALCINE S.A. Causa Rol No

FELIPE ALEJANDRO URCELAY VIDAL v. LABORATORIOS RECALCINE S.A. Causa Rol No TRIBUNAL ARBITRAL CRISTIAN SAIEH MENA FELIPE ALEJANDRO URCELAY VIDAL v. LABORATORIOS RECALCINE S.A. Causa Rol No. 05-2012 Santiago, 19 de abril de 2012. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad

Más detalles

RS CHILE S.A. v. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE. Causa Rol No

RS CHILE S.A. v. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE. Causa Rol No JUEZ ÁRBITRO CRISTIAN SAIEH MENA Fojas 163 RS CHILE S.A. v. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Causa Rol No. 55-2012 Santiago, 23 de noviembre de 2012. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de

Más detalles

En Santiago de Chile, a 3 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 3 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 3 de junio de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 17727 de fecha 4 de marzo de 2013 me notificó de la designación como

Más detalles

En Santiago de Chile a 2 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 2 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 2 de septiembre de 2011.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO14170 de fecha 1 de junio de 2011 me notificó de la designación

Más detalles

TORK3 (MACELO ALEXIS GALLARDO RIQUELME) con SCA HYGIENE PRODUCTS AB (ESTUDIO CAREY LIMITADA) tork3.cl Causa Rol N

TORK3 (MACELO ALEXIS GALLARDO RIQUELME) con SCA HYGIENE PRODUCTS AB (ESTUDIO CAREY LIMITADA) tork3.cl Causa Rol N Foja 110 TORK3 (MACELO ALEXIS GALLARDO RIQUELME) con SCA HYGIENE PRODUCTS AB (ESTUDIO CAREY LIMITADA) tork3.cl Causa Rol N 65-2013 Santiago, 1 de octubre de 2013 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que,

Más detalles

TANIA FERNANDA VALDES SALINAS con CHEFFCO S.A., Rep. por Alessandri & Compañía Ltda. (CHEFFCO S A) casapiedraluna.cl Causa Rol N

TANIA FERNANDA VALDES SALINAS con CHEFFCO S.A., Rep. por Alessandri & Compañía Ltda. (CHEFFCO S A) casapiedraluna.cl Causa Rol N Foja 61 TANIA FERNANDA VALDES SALINAS con CHEFFCO S.A., Rep. por Alessandri & Compañía Ltda. (CHEFFCO S A) casapiedraluna.cl Causa Rol N 32 2014 Santiago, 30 de septiembre de 2014 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

Más detalles

JAVIER VELOZO ALCAIDE Juez Árbitro

JAVIER VELOZO ALCAIDE Juez Árbitro Santiago, veinticinco de marzo de dos mil quince. NOMBRE DE DOMINIO EN CONTROVERSIA rightmanagment.cl TITULAR Jimmy Lemus Alzamora REVOCANTE RMC OF ILLINOIS INC. TIPO DE REVOCACIÓN Temprana EXPEDIENTE

Más detalles

IMPORTADORA, EXPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MAXIMPORTS LIMITADA con DELTA Y&V INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A. delta9.cl Causa Rol N

IMPORTADORA, EXPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MAXIMPORTS LIMITADA con DELTA Y&V INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A. delta9.cl Causa Rol N Foja 240 IMPORTADORA, EXPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MAXIMPORTS LIMITADA con DELTA Y&V INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A. delta9.cl Causa Rol N 91-2013 Santiago, 26 de diciembre de 2013 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

Más detalles

En Santiago de Chile a 1 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 1 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 1 de junio de 2010.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO11987 de fecha 26 de febrero de 2010 me notificó de la designación como

Más detalles

ANDHA CHILE con. revocación, ASOCIACIÓN NACIONAL DE AVISADORES ANDA A.G. andha.cl. Causa Rol N

ANDHA CHILE con. revocación, ASOCIACIÓN NACIONAL DE AVISADORES ANDA A.G. andha.cl. Causa Rol N ANDHA CHILE con ASOCIACIÓN NACIONAL DE AVISADORES ANDA A.G. andha.cl Causa Rol N 15.506 25 de agosto de 2017 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Política de Resolución

Más detalles

r CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile

r CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile r CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a dieciséis de mayo del año dos mil dieciséis. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número nueve mil doscientos setenta y siete del año dos

Más detalles

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro

Juan Agustín Castellón Munita Juez Árbitro Sentencia definitiva Juicio por nombre de dominio amigosdeentel.cl ROL N 17832-2017 Santiago, 2 de octubre de 2017 VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 17 de julio de 2017, el Departamento de Ciencias de la

Más detalles

En Santiago de Chile a 10 de diciembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 10 de diciembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 10 de diciembre de 2009.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO11238 de fecha 8 de septiembre de 2009 me notificó de la designación

Más detalles

MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio ofertasokey.cl

MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio ofertasokey.cl MAT: arbitraje por revocación de nombre de dominio ofertasokey.cl Santiago, 19 de enero de 2018. VISTOS: 1.- Que por oficio N 201708111203-18147, de fecha 11de agosto de 2018, el Centro de Resolución de

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veintiséis de enero del año dos mil diecisiete.

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veintiséis de enero del año dos mil diecisiete. CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a veintiséis de enero del año dos mil diecisiete. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número once mil doscientos cincuenta y uno del año dos

Más detalles

En Santiago de Chile a 19 de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 19 de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 19 de 2011.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO14808 de fecha 29 de agosto de 2011 me notificó de la designación como árbitro

Más detalles

En Santiago de Chile, a 4 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 4 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 4 de junio de 2014.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 19058 de fecha 28 de noviembre de 2013 me notificó de la designación

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a dieciséis de octubre del año dos mil diecisiete.

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a dieciséis de octubre del año dos mil diecisiete. CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a dieciséis de octubre del año dos mil diecisiete. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número dieciocho mil ciento veintitrés del año dos

Más detalles

JAVIER VELOZO ALCAIDE

JAVIER VELOZO ALCAIDE Santiago, siete de diciembre de dos mil dieciséis. NOMBRE DE DOMINIO EN CONTROVERSIA nutrivivo.cl TITULAR Cristian Navarro REVOCANTE Empresas Carozzi S.A. TIPO DE REVOCACIÓN Temprana EXPEDIENTE Nº 12187

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Luis Villarroel Villalón Juez Árbitro Sistema de solución de controversias NIC Chile Expediente Rol Nº8470 Nombre de dominio: ricciardi.cl Titular: Claudio López Revocante: Comercializadora Minorista Ronitex

Más detalles

Rodrigo León U. Juez Árbitro Arbitrador NIC Chile

Rodrigo León U. Juez Árbitro Arbitrador NIC Chile Expediente Rol n : 463 Dominio Titular Revocante Revocación : crayola.cl Rodrigo León U. : Maggie Verónica Velasquez Portilla : Crayola Properties Inc : Temprana. SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, 20 de enero

Más detalles

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete.

CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile. En Santiago de Chile, a veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete. CAROLA CANELO Juez Árbitro NIC Chile En Santiago de Chile, a veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete. VISTOS: Que en la causa, expediente Rol número dieciocho mil cuatrocientos ochenta del año

Más detalles

Santiago, 1º de septiembre de VISTOS:

Santiago, 1º de septiembre de VISTOS: Santiago, 1º de septiembre de 2006. VISTOS: PRIMERO: Que, en conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo sobre Procedimiento de Mediación y Arbitraje de la Reglamentación para el funcionamiento del

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Expediente Rol N 706, fundacionsuramerica.cl. Titular: Fundación Educacional Sur América Revocante: Fundación América Tipo de Revocación: Temprana SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, siete de abril de dos mil

Más detalles

En Santiago de Chile a 24 de octubre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 24 de octubre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 24 de octubre de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 18346 de fecha 22 de julio de 2013 me notificó de la designación como

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Expediente Rol N 11236, tpllogistica.cl Titular: Alejandro Pretton Garrido Revocante: Gerardo José Sandoval Gouët Tipo de Revocación: Temprana SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, veintitrés de septiembre de

Más detalles

En Santiago de Chile a 11 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 11 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 11 de septiembre de 2007.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO7620 de fecha 11 de junio de 2007 me notificó de la designación

Más detalles

Rodrigo León U. Juez Árbitro Arbitrador NIC Chile

Rodrigo León U. Juez Árbitro Arbitrador NIC Chile Expediente ROL n 6955 Nombre de dominio: KINROSSGOLD.CL Partes Titular: DMONTALVA Revocante: KINROSS MINERA CHILE LTDA. Tipo Revocación: Temprana SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, 6 de noviembre de 2015.

Más detalles

En Santiago de Chile a 3 de enero de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 3 de enero de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 3 de enero de 2006.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO5298 de fecha 14 de octubre de 2005 me notificó de la designación como

Más detalles

En Santiago de Chile a 29 de octubre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 29 de octubre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 29 de octubre de 2012.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 16579 de fecha 6 de agosto de 2012 me notificó de la designación como

Más detalles

En Santiago de Chile a 10 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 10 de junio de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 10 de junio de 2011.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO13807 de fecha 4 de marzo de 2011 me notificó de la designación como

Más detalles

Santiago, 16 de octubre de VISTOS:

Santiago, 16 de octubre de VISTOS: Santiago, 16 de octubre de 2007. VISTOS: PRIMERO: Que, en conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo sobre Procedimiento de Mediación y Arbitraje de la Reglamentación para el funcionamiento del Registro

Más detalles

Rol: Dominio: i-magina.cl. Caratulados: DESARROLLO INMOBILIARIO MIPA con Margarita Correa Cabezas. Tipo de revocación: temprana.

Rol: Dominio: i-magina.cl. Caratulados: DESARROLLO INMOBILIARIO MIPA con Margarita Correa Cabezas. Tipo de revocación: temprana. Rol: 19641. Dominio: i-magina.cl. Caratulados: DESARROLLO INMOBILIARIO MIPA con Margarita Correa Cabezas. Tipo de revocación: temprana. SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, 11 de diciembre de 2017 VISTOS 01)

Más detalles

En Santiago a 12 de septiembre de VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago a 12 de septiembre de VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. En Santiago a 12 de septiembre de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 18072 de fecha 10 de junio de 2013 me notificó de la designación como árbitro

Más detalles

Rol N Nombre de dominio <boldchile.cl> Santiago, 24 de diciembre de 2017 VISTOS:

Rol N Nombre de dominio <boldchile.cl> Santiago, 24 de diciembre de 2017 VISTOS: Rol N 19377 Nombre de dominio Santiago, 24 de diciembre de 2017 VISTOS: 1) Que, con fecha 13 de octubre de 2017, la administración del Centro de Resolución de Controversias de NIC Chile,

Más detalles

MAT: Arbitraje por revocación de nombre de dominio iman.cl. Santiago, 22 de julio de VISTOS:

MAT: Arbitraje por revocación de nombre de dominio iman.cl. Santiago, 22 de julio de VISTOS: MAT: Arbitraje por revocación de nombre de dominio iman.cl Santiago, 22 de julio de 2016. VISTOS: 1.- Que por oficio N 201604281156-10293, de fecha 28 de abril de 2016, el Centro de Resolución de Controversias

Más detalles

En Santiago de Chile a 4 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 4 de agosto de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 4 de agosto de 2006.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO6058 de fecha 9 de mayo de 2006 me notificó de la designación como árbitro

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA

SENTENCIA DEFINITIVA Expediente Rol N 4924, alertabancochile.cl. Titular: Maria Ateo Revocante: Banco de Chile S.A. Tipo de Revocación: Temprana SENTENCIA DEFINITIVA Santiago, veintidós de octubre de dos mil quince. VISTOS:

Más detalles

En Santiago de Chile a 6 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 6 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 6 de septiembre de 2011.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO14207 de fecha 1 de junio de 2011 me notificó de la designación

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO iamcc.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO iamcc.cl 54 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO iamcc.cl Santiago, miércoles quince de octubre de dos mil ocho.- VISTOS: Con fecha 9 de marzo de 2008, don Mauro Nicolás Porcia

Más detalles

En Santiago de Chile, a 30 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 30 de septiembre de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 30 de septiembre de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 18056 de fecha 28 de mayo de 2013 me notificó de la designación

Más detalles

ANGEL ARTURO LEIVA PALMA v. VIÑA CONCHA Y TORO S.A. Causa Rol No

ANGEL ARTURO LEIVA PALMA v. VIÑA CONCHA Y TORO S.A. Causa Rol No TRIBUNAL ARBITRAL CRISTIAN SAIEH MENA ANGEL ARTURO LEIVA PALMA v. VIÑA CONCHA Y TORO S.A. Causa Rol No. 01-2012 Santiago, 19 de abril de 2012. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a

Más detalles

En Santiago de Chile, a 16 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 16 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 16 de mayo de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por Oficio N 17513 de fecha 14 de enero de 2013 me notificó de la designación como

Más detalles

MIGUEL KARIM SALIPE YUTRONIC con DART INDUSTRIES, INC. REP. SARGENTE &KRAHN, (SARGENT Y KRAHN PROCURADORES INTERNACIONALES DE PATENTES Y MARCAS LTDA.

MIGUEL KARIM SALIPE YUTRONIC con DART INDUSTRIES, INC. REP. SARGENTE &KRAHN, (SARGENT Y KRAHN PROCURADORES INTERNACIONALES DE PATENTES Y MARCAS LTDA. Foja 190 MIGUEL KARIM SALIPE YUTRONIC con DART INDUSTRIES, INC. REP. SARGENTE &KRAHN, (SARGENT Y KRAHN PROCURADORES INTERNACIONALES DE PATENTES Y MARCAS LTDA.) tupersexchile.cl Causa Rol N 74-2013 Santiago,

Más detalles

Carmen Paz Álvarez Enríquez Juez Árbitro NIC-Chile

Carmen Paz Álvarez Enríquez Juez Árbitro NIC-Chile Sentencia definitiva Arbitraje por nombre de dominio plazasport.cl Titular: LUIS ANTONIO PLAZA ROCO Revocante: PLAZA OESTE S.A Rol Nº 11001 Tipo de revocación: Temprana Santiago, 13 de septiembre de 2016.

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO azparis.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO azparis.cl 44 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO azparis.cl Santiago, miércoles ocho de mayo de dos mil trece.- VISTOS: Con fecha 24 de julio de dos mil doce, la Sociedad

Más detalles

RAICO SOCIEDAD ANÓNIMA con AUTOMOTORES GILDEMEISTER S.A. bulldocer.cl Causa Rol N

RAICO SOCIEDAD ANÓNIMA con AUTOMOTORES GILDEMEISTER S.A. bulldocer.cl Causa Rol N Foja 113 RAICO SOCIEDAD ANÓNIMA con AUTOMOTORES GILDEMEISTER S.A. bulldocer.cl Causa Rol N 69-2013 Santiago, 19 de noviembre de 2013 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto

Más detalles

En Santiago de Chile a 16 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile a 16 de mayo de VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile a 16 de mayo de 2006.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO5759 de fecha 25 de enero de 2006 me notificó de la designación como

Más detalles

Causa Rol No

Causa Rol No TRINIDAD BIANCHI ZORNOW v. FABRICA DE CALZADOS GINO S.A. Causa Rol No. 10-2012 Santiago, 07 de mayo de 2012. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el N 8 del Anexo

Más detalles

Juan Agustín Castellón Munita Juez Arbitro

Juan Agustín Castellón Munita Juez Arbitro Sentencia definitiva en juicio por nombre de dominio control.cl Santiago, a 22 de abril de 2014. VISTOS: PRIMERO: Que por oficio OF19267 de 2 de enero de 2014, el cual rola a fojas 1 de autos, el suscrito

Más detalles

2. Que mediante Oficio OF08861, NIC Chile designa al infrascrito como árbitro para la resolución del conflicto sobre el referido dominio;

2. Que mediante Oficio OF08861, NIC Chile designa al infrascrito como árbitro para la resolución del conflicto sobre el referido dominio; Re.: Arbitraje por el conflicto del nombre de dominio farmaciamakewelawen.cl Oficio OF08861 VISTOS: 1. Que con fecha 20 de diciembre de 2007, doña MARCIA MARIA BERNARDITA MORA MANRIQUEZ, representada en

Más detalles

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO bardahl.cl

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO bardahl.cl 47 SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO ARBITRAL POR ASIGNACIÓN DE NOMBRE DE DOMINIO bardahl.cl Santiago, jueves cuatro de abril de dos mil trece.- VISTOS: Con fecha 25 de julio de 2012, don Ernesto Mauricio

Más detalles

Fallo arbitraje por nombre de dominio automovil-club-chile.cl Expediente Rol Santiago, 22 de Septiembre de 2018 VISTOS

Fallo arbitraje por nombre de dominio automovil-club-chile.cl Expediente Rol Santiago, 22 de Septiembre de 2018 VISTOS Fallo arbitraje por nombre de dominio automovil-club-chile.cl Expediente Rol 23792 Santiago, 22 de Septiembre de 2018 VISTOS PRIMERO: Que, a través del oficio 201807241202-23792 de 24 de Julio de 2018

Más detalles

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 15 de autos, artículos 160 y 170 del Código de

Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de. procedimiento de fojas 15 de autos, artículos 160 y 170 del Código de Foja 29 Santiago, once de abril del año dos mil once VISTOS: Y, teniendo presente lo dispuesto por el número quinto de las bases de procedimiento de fojas 15 de autos, artículos 160 y 170 del Código de

Más detalles